Informe de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valor
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## Gobierno del Principado de Asturias
CONSEJERÍA DE SALUD
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| Número de expediente | CONP/2025/18 |
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| Núm. de referencia de contrato | 2025000003 |
| Tipo contrato | Servicios |
| Tipo procedimiento | Abierto |
| Tipo tramitación | Ordinaria |
| Objeto del contrato | Gestión del cambio en el marco del programa de atención digital personalizada del Sistema Nacional de Salud, al ámbito del Principado de Asturias financiado por el Plan De Recuperación, Transformación Y Resiliencia de la Unión Europea- Nextgenerativon EU |
## INFORME TÉCNICO
INFORME TÉCNICO DE VALORACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA A EFECTOS DE SUBSANACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LA EFECTIVA DISPOSICIÓN DE LOS MEDIOS QUE SE HUBIESEN COMPROMETIDO A ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, POR LA EMPRESA PROPUESTA COMO ADJUDICATARIA DEL LOTE 2, DEL CONTRATO DE SERVICIO DE LA GESTIÓN DEL CAMBIO, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN DIGITAL PERSONALIZADA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, EN EL ÁMBITO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE LA UNIÓN EUROPEA.NEXT GENERATION EU.
Visto el expediente de referencia, la técnica que suscribe y en relación al mismo, emite el siguiente INFORME:
## ANÁLISIS
Según el acta de la reunión celebrada el 27 de noviembre de 2025, de acuerdo con la cláusula 14.6 D) del PCAP rector del presente contrato, se acuerda requerir la subsanación de la documentación presentada por la empresa DIGIMEVO S.L., propuesta como adjudicataria del contrato de referencia, para la acreditación del compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato.
De acuerdo con la cláusula 12.7.2.e) del PCAP, el Director de Proyecto debe acreditar:
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CONSEJERÍA DE SALUD
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1. Experiencia de un mínimo de 3 años en la dirección de proyectos comunicativos, campañas de sensibilización y/o publicitarias y en acciones participativas sobre temas de salud.
A tales efectos se presenta declaración responsable por parte de la representante legal de DIGIMEVO S.L. sobre la experiencia de la persona propuesta como Director de Proyecto, donde se declara que cuenta con más de 10 años de experiencia profesional en la dirección de proyectos de comunicación, campañas institucionales y proyectos digitales, incluyendo proyectos vinculados al sector salud.
De acuerdo con la cláusula 14.6.D) en la declaración responsable presentada por la empresa no constan: el tiempo planificado para el proyecto en su inicio, el plazo de ejecución real, ni una breve descripción del proyecto, siendo imposible determinar el tiempo de duración de los proyectos acreditables.
Conclusión: No cumple con los criterios según la cláusula 14.6 D) del PCAP.
2. Experiencia de un mínimo de 3 años en la producción de contenidos audiovisuales y retransmisiones en directo.
A tales efectos se presenta declaración responsable por parte de la representante legal de DIGIMEVO S.L. sobre la experiencia de la persona propuesta como Director de Proyecto, donde se declara que cuenta con más de 8 años de participación en la producción de contenidos audiovisuales y retransmisiones en directo.
De acuerdo con la cláusula 14.6.D) en la declaración responsable presentada por la empresa no constan: la declaración de la participación activa, con una dedicación mínima del 50% en las tareas objeto de certificación; el tiempo planificado para los proyectos en su inicio, el plazo de ejecución real, una breve descripción de los proyectos con mención del alcance y el organismo o entidad para la que se realizó el trabajo.
Conclusión: No cumple con los criterios según la cláusula 14.6 D) del PCAP.
Respecto al contrato laboral, contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente o contrato mercantil, que acredite la disponibilidad de los medios humanos correspondientes, ya sean trabajadores por cuenta ajena o trabajadores autónomos, compromiso de contratación o precontrato laboral para el inicio del contrato, con un periodo de vigencia de, al menos, el periodo de permanencia exigido a cada uno de los medios personales de acuerdo con el PCAP:
a tales efectos, se presenta declaración responsable donde se manifiesta que DIGIMEVO, S.L. y la persona propuesta como Director del Proyecto han acordado formalizar el contrato laboral/mercantil definitivo cuando el órgano de contratación confirme la admisibilidad de la subsanación presentada. También se manifiesta que dicho contrato tendrá la vigencia igual o superior
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CONSEJERÍA DE SALUD
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al periodo de ejecución exigido en el PCAP y que la disponibilidad de la persona propuesta está garantizada al 100% para el proyecto. Sin embargo, no presentan compromiso de contratación firmado por ambas partes.
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Conclusión: No cumple con los criterios según la cláusula 14.6 D) del PCAP.
De acuerdo con la cláusula 12.7.2.e) del PCAP, el Técnico Audiovisual debe acreditar:
1. Licenciatura, Grado o Doble Grado en: Periodismo, Comunicación Audiovisual o Publicidad y Relaciones Públicas.
A tales efectos se presenta declaración responsable por parte de la representante legal de DIGIMEVO S.L donde declara que la persona propuesta como Técnico Audiovisual, está en posesión del título universitario: Licenciada en Publicidad y Relaciones Públicas con número 2007168940 y fecha de expedición de 30 de junio de 2006 por la Universidad Ramón LLull.
Además, expone que la profesional no dispone actualmente del título físico expedido en papel por la Universidad Ramón Llull, debido a que, según ha informado la propia institución, los títulos previos a la digitalización y que no fueron retirados físicamente por el alumno solo pueden ser acreditados oficialmente mediante la consulta y certificación emitida por el Ministerio de Universidades.
En la declaración responsable se adjunta imagen del registro oficial del Ministerio y se manifiesta que tanto desde la Universidad como desde la Sede Electrónica del Ministerio se confirma que este documento es el método oficial y válido de acreditación, que tiene plena validez jurídica, equivalente al título en soporte físico y que puede ser contrastado por el órgano de contratación mediante el RNTUO (Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales).
Conclusión: cumple con el criterio según la cláusula 14.6.D) del PCAP.
2. Experiencia de un mínimo de 3 años de experiencia acreditada en comunicación, difusión corporativa y marketing, diseño y desarrollo de campañas digitales y en la producción de contenidos audiovisuales en el campo de la salud.
A tales efectos se presenta declaración responsable por parte de la representante legal de DIGIMEVO S.L donde declara que la persona
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propuesta como Técnico Audiovisual cuenta con más de 7 años de experiencia en: comunicación digital y corporativa, marketing y campañas de sensibilización, diseño y desarrollo de campañas digitales, producción audiovisual, creación de contenidos en el ámbito sanitario y coordinación técnica de rodajes y flujos audiovisuales.
De acuerdo con la cláusula 14.6.D) en la declaración responsable presentada por la empresa no constan: la declaración de la participación activa, con una dedicación mínima del 50% en las tareas objeto de certificación; la dedicación real al proyecto de la persona presentada, el tiempo planificado para el proyecto en su inicio, el plazo de ejecución real, una breve descripción del proyecto con mención del alcance y el organismo o entidad para la que se realizó el trabajo.
Conclusión: No cumple con el criterio según la cláusula 14.6.D) del PCAP.
Respecto al contrato laboral, contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente o contrato mercantil, que acredite la disponibilidad de los medios humanos correspondientes, ya sean trabajadores por cuenta ajena o trabajadores autónomos, compromiso de contratación o precontrato laboral para el inicio del contrato, con un periodo de vigencia de, al menos, el periodo de permanencia exigido a cada uno de los medios personales de acuerdo con el PCAP:
a tales efectos, se presenta declaración responsable donde se manifiesta que DIGIMEVO, S.L. aportará contrato laboral o mercantil firmado, según lo exigido en el requerimiento y que la persona propuesta ha confirmado su participación en el proyecto con una disponibilidad total garantizada, durante la ejecución del contrato. Sin embargo, no presentan compromiso de contratación firmado por ambas partes.
Conclusión: No cumple con los criterios según la cláusula 14.6 D) del PCAP.
De acuerdo con la cláusula 12.7.2.e) del PCAP, el Diseñador Gráfico debe acreditar:
1. Experiencia de un mínimo de 3 años en el diseño de proyectos de comunicación visual y marketing online/offline en el campo de la salud.
A tales efectos se presenta declaración responsable por parte de la representante legal de DIGIMEVO S.L donde declara que la persona propuesta como Diseñador Gráfico cuenta con más de 3 años de experiencia en: diseño de proyectos de comunicación visual, marketing online y offline, comunicación gráfica para entornos clínicos, diseño de materiales destinados a profesionales sanitarios, desarrollo de identidades
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visuales y campañas en salud, motion graphics y animación aplicada a contenidos clínicos y diseño audiovisual para plataformas de e-salud.
De acuerdo con la cláusula 14.6.D) en la declaración responsable presentada por la empresa no constan: la declaración de la participación activa, con una dedicación mínima del 50% en las tareas objeto de certificación; la dedicación real al proyecto de la persona presentada, el tiempo planificado para el proyecto en su inicio, el plazo de ejecución real, una breve descripción del proyecto con mención del alcance y el organismo o entidad para la que se realizó el trabajo.
Conclusión: No cumple con los criterios según la cláusula 14.6 D) del PCAP.
Respecto al contrato laboral, contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente o contrato mercantil, que acredite la disponibilidad de los medios humanos correspondientes, ya sean trabajadores por cuenta ajena o trabajadores autónomos, compromiso de contratación o precontrato laboral para el inicio del contrato, con un periodo de vigencia de, al menos, el periodo de permanencia exigido a cada uno de los medios personales de acuerdo con el PCAP:
a tales efectos presenta declaración responsable donde manifiesta que la persona propuesta forma parte de la plantilla de la empresa desde 2023, con contrato laboral vigente. Entre la documentación presentan contrato laboral cumplimentado, pero sin firma ni de la empresa ni del trabajador.
Conclusión: No cumple con los criterios según la cláusula 14.6 D) del PCAP.
## CONCLUSIÓN
Los documentos presentados por la empresa DIGIMEVO S.L. para la subsanación requerida por la mesa reunida el 27 de noviembre de 2025, no acreditan los criterios requeridos por la cláusula 14.6.D) del PCAP del presente contrato.
Liderando personas y
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equipos
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