Acuerdo Adjudicación Lote 7

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6202/4155 :.pxE :latnemucoD nóitseG DAVID POVEDANO ALONSO, SECRETARIO, DEL AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL (MADRID). CERTIFICO: Que la Junta de Gobierno Local en fecha, ha adoptado el acuerdo cuyo tenor transcribo: “… 2 PROPUESTA DE RECHAZO Y SIGUIENTE. PA. SERVICIOS TALLERES CASA DE CULTURA (2025 - 2027+1). LOTE 7. ESCUELA DE DANZA Se eleva a la Junta de Gobierno la siguiente propuesta: “….El vicesecretario que suscribe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y artículo 3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el expediente y asunto de referencia, emite el siguiente INFORME EN DERECHO: ANTECEDENTES. 1º Por la Junta de Gobierno Local se aprobó el expediente de contratación relativo al servicio de talleres de la Casa de Cultura, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, incluyendo, entre otros, el lote 7 — Escuela de Danza. 2º. Tramitado el procedimiento de licitación y valoradas las proposiciones presentadas, la Mesa de Contratación clasificó las ofertas del lote 7, Escuela de Danza, resultando en primer lugar DINAMO EDUCACIÓN, DEPORTES Y VIAJES S.L., con 86,00 puntos; en segundo lugar, ESCUELA DUENDE S.L., con 60,21 puntos; y en tercer lugar, NASCOR FORMACIÓN S.L.U., con 58,79 puntos. 3º. A DINAMO EDUCACIÓN, DEPORTES Y VIAJES S.L., como licitadora mejor clasificada en el lote 7, se le requirió la documentación previa a la adjudicación, incluyendo la acreditación de la solvencia técnica, la adscripción de medios personales, la titulación y experiencia del profesorado, la plantilla necesaria para la prestación del servicio, la garantía definitiva y demás documentación administrativa exigida en los pliegos. 4º. Emitido informe por el Área de Cultura sobre la documentación presentada se puso de manifiesto, respecto del lote 7, que la mercantil no acreditaba suficientemente contratos o servicios análogos referidos específicamente a danza, ni experiencia empresarial en impartición de clases de danza, ni profesorado adscrito con la organización, titulación y experiencia exigidas. 5º. Con fecha 14 de mayo de 2026 se emitió informe de Vicesecretaría en el que se concluyó, respecto del lote 7, que no procedía elevar propuesta favorable de adjudicación a favor de DINAMO EDUCACIÓN, DEPORTES Y VIAJES S.L., al no quedar acreditada la solvencia técnica específica ni la adscripción de profesorado con la titulación y experiencia exigidas por el pliego. No obstante, se contempló la posibilidad de conceder un trámite final de aclaración o subsanación limitado, sin alteración de la oferta ni creación ex novo de solvencia. 6º. En ejecución de dicho criterio, se formuló requerimiento final de aclaración y/o subsanación documental a DINAMO EDUCACIÓN, DEPORTES Y VIAJES S.L., relativo al lote 7 — Escuela de Danza, requiriendo expresamente: a) Contratos o certificados de servicios análogos específicamente referidos a enseñanza de danza, escuela de danza, baile o disciplinas equivalentes, ejecutados en los años 2022, 2023 y 2024. b) Relación nominativa del profesorado adscrito al lote 7. NOMBRE: PUESTO DE TRABAJO: FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: David Povedano Alonso Secretario 29/06/2026 491F627538125E9734EE01ACB15E8DCF4B375AA3

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