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Pliego Técnico
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO, DE LA EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA PISCINA PÚBLICA DE REVENGA.
## ÍNDICE
0. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
- I. DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato.
2. Órgano de Contratación.
3. Valor estimado y presupuesto base de licitación.
4. Existencia de crédito.
5. Plazo de ejecución del contrato.
- II. DE LAS CLAUSULAS ESPECIALES DEL SERVICIO
6. Procedimiento y criterios de adjudicación.
7. Garantía Provisional
8. Condiciones de aptitud. Capacidad y solvencia de las empresas.
9. Plazo de presentación y Contenido de las proposiciones.
10. Actuaciones para la adjudicación
11. Adjudicación del contrato.
- III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
12. Garantía definitiva.
13. Formalización del contrato.
14. Régimen jurídico del contrato.
- IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
15. Pago del precio.
16. Revisión de precios.
23. V.- EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
17. Obligaciones y gastos exigibles al empresario
18. Modificación.
19. Responsabilidad del contratista.
20. Suspensión de los Trabajos.
21. Inspección y Vigilancia.
22. Resolución del contrato.
23. Cesión y Subcontratación
24. Protección de datos de carácter personal
25. Prerrogativas de la administración y Jurisdicción competente
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## 0.- CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
## A.- OBJETO DEL CONTRATO
EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA PISCINA PÚBLICA DE REVENGA.
## B.- PRESUPUESTO BASE DE LA LICITACIÓN (AL ALZA).
EN CIFRA: 1.500. -€, IVA NO INCLUIDO, AL ALZA.
EN LETRA : MIL QUINIENTOS EUROS, IVA NO INCLUIDO, AL ALZA.
## C.- PLAZO DE EJECUCIÓN
66 DÍAS NATURALES.
## D- PLAZO DE GARANTÍA
NO SE ESTABLECE
## E.- FÓRMULAS POLINÓMICAS A EFECTOS DE REVISIÓN DE PRECIOS
NO PROCEDE
## F.- FORMA DE ABONO DEL PRECIO
SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
G.- GARANTÍA DEFINITIVA.
NO PROCEDE
H.- SOLVENCIA .
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| 1.- SOLVENCIA ECONÓMICA: |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------|
| No se exige su acreditación conforme al art. 159-6º,b), de la Ley de Contratos del Sector Público. |
| 2.- SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL: |
| No se exige su acreditación conforme al art. 159-6º,b), de la Ley de Contratos del Sector Público. |
## I.- CONTRATO .
| Clase: ADMINISTRATIVO ESPECIAL | Otorgado por: ADMINISTRACIÓN LOCAL |
|----------------------------------|--------------------------------------|
## J- PROCEDIMIENTO, FORMA DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN.
| La adjudicación tendrá lugar mediante ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO. |
|-----------------------------------------------------------------------|
| La tramitación SERÁ ORDINARIA. |
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## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
## I.- DISPOSICIONES GENERALES.
## 1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es la explotación del servicio de bar de la piscina pública de Revenga, con todos los enseres que contiene, bajo la supervisión de la Entidad Local Menor de Revenga.
La explotación del Bar se realizará desde el día 27 de junio de 2026 al 31 de agosto de 2026 .
El carácter del contrato es administrativo especial de conformidad con lo dispuesto en el art. 25-1º,b), de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, LCSP).
## 2. ORGANO DE CONTRATACIÓN.
El Órgano de Contratación es el Alcalde Pedáneo de la Entidad Local Menor de Revenga.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
La forma de acceso público al perfil de contratante del Órgano de Contratación será a través de la página https://contrataciondelestado.es
## 3.- CANON.
El canon que sirve de base a la licitación se fija en 1.500.-€ (mil quinientos euros), IVA no incluido , al alza, pagaderos por adelantado a la formalización del contrato.
El canon anual por la explotación de un bar en instalaciones municipales está sujeto al IVA.
## 4. EXISTENCIA DE CRÉDITO.
El presente contrato no supone gasto para la Entidad Local Menor de Revenga.
## 5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de explotación del Bar se realizará desde el día 27 de junio de 2026 al 31 de agosto de 2026 ambos inclusive, es decir, por un periodo de 66 días naturales.
## II.- DE LAS CLAUSULAS ESPECIALES DEL CONTRATO.
## 6. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
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## Entidad Local Menor de Revenga
- A).Conforme al arts.159-6º de la LCSP, se utiliza el procedimiento abierto simplificado sumario . La tramitación del expediente será ordinaria .
- B).Conforme a lo establecido en el art. 159-6º,c), de la LCSP, en relación con el art. 145-3º,g), de la misma norma, el criterio de adjudicación del contrato será exclusivamente el importe económico .
## 7. GARANTÍA PROVISIONAL.
No se requiere garantía provisional.
## 8. CONDICIONES DE APTITUD. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS
A).- Capacidad: Podrán formular proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras en los términos de los arts. 67 y 68 de la LCSP, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten, de resultar procedente, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o se encuentren debidamente clasificadas. En ningún caso podrán contratar con la Entidad Local Menor de Revenga las personas en quienes concurran algunas de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la LCSP.
Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastante para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La capacidad de obrar se acreditará:
- a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
- b) La capacidad de obrar de las personas jurídicas y que las prestaciones objeto del contrato estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, se acreditará mediante la presentación de la declaración responsable que figura como Anexo 1 al presente pliego. En la declaración también deberá constar que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para presentar la proposición y de la persona jurídica. Todo lo anterior sin perjuicio de que la ELM de Revenga, si existieran dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, pueda requerir que se justifiquen la capacidad de obrar en los términos del art.84 del la LCSP y los restantes extremos mediante los documentos acreditativos que sean procedentes.
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## Entidad Local Menor de Revenga
- B).- Solvencia : Para concurrir a esta licitación, no será preciso acreditar ni la solvencia económica ni solvencia técnica y profesional.
## 9.- PLAZO DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
Para la licitación del presenta contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a las siguientes causas:
- A).- El órgano de contratación no puede ofrecer para su descarga o utilización a distancia, las aplicaciones que soportan formatos de archivo adecuados para descripción de las ofertas ya que utilizan formatos de archivo que no pueden ser procesados por otros programas abiertos o generalmente disponibles o estén sujetas a un régimen de licencias de uso privativo.
- B).- La utilización de medios electrónicos requiere equipos ofimáticos especializados de los que nos dispone el órgano de contratación de esta entidad local menor.
- C).- Porque en el proceso de presentación de ofertas el uso de medios no electrónicos es necesario bien por una violación de la seguridad de los antedichos medios electrónicos o para proteger información especialmente delicada que requiere un nivel tan alto de protección que no se puede garantizar adecuadamente utilizando dispositivos y herramientas electrónicos de los que disponen en general los operadores económicos o de los que se puede disponer a través de otros medios de acceso alternativo en el sentido expresado en el apartado 7 de la Disposición Adicional 15 de la LCSP.
Las proposiciones , contenidas en un único sobre, deberán presentarse en el Registro de esta Entidad Local Menor, sita en la Plaza del Mayo de Revenga, en horas de oficina (los lunes y martes, de 16:30 horas a 20:00 horas) , en el plazo DE DIEZ DIAS HÁBILES contados desde el siguiente de la publicación del anuncio en el perfil del contratante .
No será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha en que se cumpla el plazo indicado.
Una vez entregada o remitida la documentación, no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. Terminado el plazo de recepción el Secretario de la Entidad Local expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores en su caso.
Las proposiciones estarán sujetas al modelo que se establece en el Anexo 2 al presente pliego. Su presentación presume la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, y su forma de presentación se ajustará a lo dispuesto en el art. 80-1º del Real Decreto 1098/2001.
Las proposiciones se presentarán en UN sobre cerrado identificado en su exterior con la leyenda: «Proposición para licitar a la contratación de la explotación del servicio de bar de la piscina pública de Revenga » y con los siguientes datos :
- -Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- -Persona de contacto.
- -Dirección Postal.
- -Nº de teléfono, correo electrónico y fax.
- -D.N.I ó CIF del licitador.
- -Firma del licitador
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En el interior del sobre se hará constar en hoja independiente su contenido enunciado numéricamente.
## El sobre deberá contener ;
- 1º).Documentación administrativa: Se introducirá la siguiente documentación (deberán presentarse originales o fotocopias debidamente compulsadas por Notario o por el Secretario de esta Entidad Local Menor):
- A).Los que acrediten la personalidad jurídica del licitador . Si se trata de una persona física, el DNI. Cuando se trate de una persona jurídica, la declaración responsable del licitador de que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social se puede presentar a la licitación , así como de que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para presentar la proposición y de la empresa.
En todo caso , ya se trate de una persona física o jurídica, el licitador debe presentar declaración responsable de que no se halla comprendido en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el artículo 71 de la LCSP, debiendo incluir también la manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Segovia y con la Entidad Local Menor de Revenga y de las obligaciones con la Seguridad Social.
La declaración responsable se ajustará al modelo que figura como Anexo 1 al presente Pliego. Todo lo anterior sin perjuicio de que la ELM de Revenga, cuando concurran las circunstancias a que se alude en la Cláusula 8, pueda requerir que se justifiquen los extremos indicados mediante los documentos acreditativos que sean procedentes.
- B).Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
- 2º).La proposición económica conforme al modelo recogido como Anexo 2 al Pliego. En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
10. ACTUACIONES PARA LA ADJUDICACIÓN .
2. 1.- Mesa de Contratación
3. 1.1 Régimen de la Mesa de Contratación
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## Entidad Local Menor de Revenga
De conformidad con lo establecido en el artículo 326.1, en relación con el artículo 159.6, ambos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), al tratarse de un procedimiento abierto simplificado de tramitación abreviada, la constitución de la Mesa de Contratación es potestativa.
## 1.2. Asunción de funciones por el Órgano de Contratación
En el ejercicio de dicha facultad, el órgano de contratación acuerda prescindir de la constitución de la Mesa de Contratación para el presente procedimiento.
En consecuencia, todas las funciones que la normativa de contratación atribuye a la Mesa de Contratación -incluyendo la calificación de la documentación, la valoración de las ofertas y la formulación de la propuesta de adjudicación- serán asumidas directamente por el Órgano de Contratación.
## 1.3. Apoyo técnico
De acuerdo al artículo 159.6.d de la LCSP, la valoración de las ofertas se podrá efectuar con la colaboración de una unidad técnica que auxilie al órgano de contratación. De esta manera para la evaluación de los criterios de adjudicación, el órgano de contratación podrá recabar el informe y asistencia de los servicios técnicos municipales correspondientes, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
## 2º).- Actuaciones para la adjudicación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y al no existir criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor, la valoración de las ofertas se realizará mediante la aplicación de las fórmulas o forma establecidas en este Pliego.
En virtud de la potestad reconocida en el artículo 326.1 de la citada Ley, y al haberse prescindido de la Mesa de Contratación, el Órgano de Contratación asumirá directamente la calificación de la documentación, la aplicación de los criterios de adjudicación cuantificables mediante fórmulas y la formulación de la propuesta de adjudicación, pudiendo recabar asistencia de los servicios técnicos municipales correspondientes
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones el Organo de contratación, de acuerdo a lo visto en el punto anterior, procederá a la apertura de los sobres que contengan las proposiciones. Será público el acto de apertura de los sobres.
Tras dicho acto público, en la misma sesión, el órgano de contratación procederá a:
- A.- Previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos del pliego, evaluar y clasificar las ofertas.
- B.- Realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato que haya formulado la mejor oferta económica .
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C.- En caso de empate entre dos o más ofertas, el órgano de contratación resolverá el empate mediante la celebración de un sorteo público entre los licitadores empatados. El día y la hora del sorteo se comunicarán previamente a los interesados.
## 3º).- Adjudicación.
El Órgano de Contratación realizará la adjudicación del contrato.
La adjudicación, motivada en los términos del art. 151-1º de la LCSP, se notificará a los candidatos o licitadores, con el contenido del art. 151-2º, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante en el plazo de 15 días desde la adjudicación.
## III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
## 12. GARANTÍA DEFINITIVA.
No procede la constitución de garantía definitiva a tenor de lo dispuesto en el art. 159-6º, f), de la LCSP.
## 13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario del contrato queda obligado a suscribir, dentro del plazo de tres días hábiles, computados desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación. La formalización se hará mediante la firma de la aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá constituir un seguro de responsabilidad civil que cubra el periodo de explotación de la instalación con una cobertura mínima de 80.000.-€. La copia de la póliza o un justificante expedido por la compañía aseguradora en el que se haga constar expresamente los riesgos cubiertos y las cuantías aseguradas por unidad de siniestro, deberá ser aportada al órgano de contratación previamente a la formalización del contrato.
## 14. REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene carácter administrativo y ambas partes quedan sometidas, expresamente para cuanto no esté previsto en el presente pliego, a la Ley de Contratos del Sector Público, y en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares reviste carácter contractual, por lo que deberá ser firmado en el mismo acto de formalización del contrato.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó o ser impugnados mediante recurso
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contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
## IV.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
## 15. PAGO DEL PRECIO.
El pago del precio del contrato se hará por anticipado con motivo de la formalización del contrato en los términos de la Cláusula 3 y 13.
## 16. REVISION DE PRECIOS.
No procede la revisión de Precios de este contrato debido a las características del mismo.
## V.- EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DEL CONTRATO.
## 17. OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL EMPRESARIO. DERECHOS.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el responsable del contrato, en los casos en que se hubiere designado. En otro caso, esta función corresponderá a los servicios dependientes del órgano de contratación o a éste mismo.
## 17.1 CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y PENALIDADES.
El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación se estará a lo dispuesto en los artículos 193 y 194 de la LCSP. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
Se considerará incumplimiento toda acción u omisión por parte del Contratista que suponga la vulneración de las obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones y demás normas de general aplicación.
La penalización será del 0,5 % del importe del contrato por cada incumplimiento.
## 17.2 GASTOS EXIGIBLES AL EMPRESARIO.
El contratista está obligado a sufragar los gastos derivados de la ejecución del contrato; los que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública, si lo requiriera; los que se requieran para la obtención de autorizaciones o informaciones de organismos oficiales o particulares y, en general, cualesquiera otros gastos a que hubiere lugar para la ejecución del contrato.
## 17.3 OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
Plaza Eras del Mayo, 1. 40195 REVENGA (Segovia). CIF: P4000013E. Tel. y Fax: 921 47 90 63
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## Entidad Local Menor de Revenga
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social y prevención de riesgos laborales. También, está obligado al cumplimiento del R.D. Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato y resulten de aplicación.
Asimismo, está obligado el contratista a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el Convenio Colectivo de aplicación y, en todo caso, a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y la Entidad Local Menor de Revenga. A la extinción de este contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el art. 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma.
## 17.4 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. DERECHOS.
El contratista está obligado a cumplir el contrato según los plazos fijados y hasta que se termine la actividad.
De forma específica, le incumben las siguientes obligaciones :
- 4.1.- Prestar el servicio de Bar de la Piscina Pública de Revenga.
- 4.2.Cumplir con las Ordenanzas Municipales y la normativa estatal y autonómica de aplicación, obteniendo las autorizaciones que resulten precisas.
- 4.3.- Realizar las reparaciones, mantenimientos y entretenimientos ordinarios del local y mobiliario donde se va realizar la prestación.
- 4.4.- Mantener el local en las debidas condiciones higiénicas y sanitarias.
- 4.5.- Cumplir con los horarios de cierre y apertura, que para este tipo de establecimientos establece la normativa vigente.
- 4.6.- No sobrepasar el aforo máximo del local.
- 4.7.- Constituir un seguro de responsabilidad civil, que cubra el periodo de explotación de la instalación con una cobertura mínima de 80.000.-€, y contra incendios, en este último figurará como asegurado la Entidad Local Menor de Revenga. La copia de la póliza o un justificante expedido por la compañía aseguradora en el que se haga constar expresamente los riesgos cubiertos y las cuantías aseguradas por unidad de siniestro, deberá ser aportada al órgano de contratación previamente a la formalización del contrato.
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## Entidad Local Menor de Revenga
- 4.8.- Costear cualquier tributo de carácter local, autonómico o estatal que grave el local o la actividad.
- 4.9.- Queda prohibido la venta de labores del tabaco sin la debida autorización. No se admitirá la instalación de máquinas expendedoras de tabaco, máquinas recreativas de apuestas, de azar ni otras máquinas que no sean propias del servicio de bar-cafetería.
- 4.10.- Quedan prohibidas las ventas de rifas o sorteos que no cuenten con las debidas autorizaciones administrativas.
- 4.11.- Garantizar a los particulares el derecho a utilizar los servicios de la prestación contratada mediante el abono que se establezca.
- 4.12.- Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, creencia, sexo,...así como impedir cualquiera actos que sean contrarios a los principios constitucionales.
- 4.13.Indemnizar los daños que se causen a terceros o a la propia Administración como consecuencia de la prestación y explotación del servicio.
- 4.14.- Aportar en el plazo de cinco días desde la firma del contrato alta en el régimen que proceda de la seguridad social del contratista y la autorización sanitaria del Servicio Territorial de la Junta de Castilla y León competente.
- 4.15.- Deberá controlar el uso en horario nocturno de los focos del frontón anejo a las instalaciones, que solo podrán permanecer encendidos de lunes a sábado, de 22,00 a 24,00 horas en el mes de julio y de 21,30 a 24,00 en el mes de agosto, asegurándose de que a las horas establecidas quedan apagados. Se deberá informar a la ELM de Revenga de cualesquiera incidencias que se produzcan en relación al cumplimiento de este horario.
- 4.16.- Utilizar el inmueble para destinarlo a bar, conforme a su propia naturaleza y no destinarlo a otros usos
- 4.17.- Abonar el canon de la forma establecida en este Pliego.
- 4.18.- Exponer al público en lugar visible la lista de precios de todos los artículos y géneros que se expendan.
- 4.19.- Se deberán respetar los niveles de ruido contemplados en la normativa autonómica sobre contaminación acústica.
- 4.20.- Será de cuenta del contratista el menaje, útiles, vajilla, ajuar, enseres y en general, lo indispensable para la explotación del bar, salvo lo que pone a su disposición, el Ayuntamiento.
- 4.21.- Será asimismo por cuenta del contratista cualquier rotura o desperfecto que se ocasione en las instalaciones o utensilios por la utilización impropia de los mismos.
- 4.22.- Deberá cumplir todas las exigencias legales de cualquier tipo que el correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios que se contratan exijan.
- 4.23.- El contratista vendrá obligado a la finalización del contrato a dejar las instalaciones en el mismo estado en que le son entregadas.
- 4.24.- Finalizada la actividad, eliminar la totalidad de instalaciones utilizadas para llevar a cabo esta y efectuar las reposiciones oportunas.
- 4.25.- El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
- 4.26.- Deberá custodiar las llaves de las que se le harán entrega respondiendo personalmente por su pérdida y por los posibles perjuicios que su extravío origine, y entregarlas al final de cada contrato.
- 4.27.- Queda prohibida la subcontratación.
- 4.28.- De forma previa al inicio del contrato, en fecha que se comunicará, se
Plaza Eras del Mayo, 1. 40195 REVENGA (Segovia). CIF: P4000013E. Tel. y Fax: 921 47 90 63
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## Entidad Local Menor de Revenga
revisará junto con un miembro del Ayuntamiento las instalaciones que la ELM de Revenga pone a disposición para verificar su estado.
- 4.29.- Mantener en todo momento el bien objeto de explotación en perfectas condiciones de conservación y no realizar obras o modificaciones de ninguna clase sin la autorización del Ayuntamiento.
- 4.30.- La explotación será a riesgo y ventura del contratista, por lo que no será procedente ningún tipo de indemnización por causas adversas que hagan disminuir la afluencia de personas a las instalaciones públicas.
- 4.31.- Llevará a cabo la limpieza de los aseos, para que estos estén en adecuadas condiciones higienico y sanitarias, en el horario en el que esté abierto el bar, excepto en el horario en el que esté abierta la piscina, que es de 12:00 a 20:00 horas momento en el que corresponderá la limpieza a quién lleve a cabo el servicio de gestión y mantenimiento de la piscina. Se utilizarán productos adecuados para asegurar la higiene y desinfección.
## 17.5. DERECHOS DEL CONTRATISTA
De forma específica, tiene los siguientes derechos :
- 5.1.- A utilizar las dependencias donde se ha de realizar la prestación y explotación del servicio, así como del mobiliario existente en el bar de la Piscina Municipal de Revenga. Los gastos de luz y agua serán asumidos por la ELM de Revenga.
- 5.2.- Al cobro de las prestaciones de bar objeto de esta contratación.
- 5.3.- A organizar la prestación del servicio y establecer los precios.
- 5.4.- A establecer venta de labores del tabaco siempre que se cuente con la debida autorización.
- 5.5.- A instalar aquella maquinaría y utensilios que sean necesarios para la prestación del servicio, cumpliendo la normativa vigente y el régimen de autorizaciones administrativas que sean aplicables, siendo a costa del adjudicatario los costes de proyectos, honorarios técnicos y arbitrios.
- 5.6.- Contratar el personal necesario para la prestación del servicio, que deberá encontrarse dado de alta en Seguridad Social y disponer de los carnets o autorizaciones necesarias, en su caso, para la manipulación de bebidas y alimentos.
- 5.7.- La industria de bar deberá cumplir los requisitos exigidos en este tipo de industria y darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente.
- 5.8.- Prestar el servicio de bar, bocadillos, tapas, raciones etc. sin que se pueda ofrecer menú del día ni carta.
- 5.9.- Expedición de bebidas alcohólicas a aquellas personas que así lo autorice la normativa vigente.
## 17.6 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Como contrato de mera actividad o de medios, el presente se extinguirá por el cumplimiento del plazo inicialmente previsto, sin perjuicio de la prerrogativa de la Administración de depurar la responsabilidad del contratista por cualquier eventual incumplimiento detectado con posterioridad.
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La Administración determinará si la actividad realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 311-3º de la LCSP.
## 18. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente, en los términos del art. 205 de la LCSP, todo ello sin perjuicio de lo previsto en la Ley, en su caso, respecto a la sucesión del contratista, la cesión del contrato, la revisión de precios y la ampliación del plazo establecido
Las modificaciones se tramitarán con arreglo a lo establecido en el artículo 191 de la LCSP.
## 19. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.
Será de cuenta del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en el art. 196 de la LCSP.
## 20. SUSPENSION DEL CONTRATO.
Si la Entidad Local Menor acordase la suspensión del contrato, se levantará la correspondiente acta de suspensión en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél, conforme a lo previsto en el art. 208 de la LCSP.
## 21. INSPECCION Y VIGILANCIA
La Entidad Local Menor podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia a través del responsable del contrato, si lo hubiere designado, sin perjuicio de que pueda confiar tales funciones a cualquiera de sus órganos, en los términos de la Cláusula 17 de ese pliego.
El contratista o su delegado deberá acompañar en sus visitas inspectoras al responsable del contrato o a las personas a las que se refiere el párrafo primero, que tendrán libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato. Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas por escrito por la Administración.
## 22. RESOLUCION DEL CONTRATO.
Serán causas de resolución del contrato las especificadas en los arts. 211, 312,g), y 3131º de la LCSP, con los efectos previstos en los arts. 213-1º y 3º de la LCAP.
No obstante, en caso de disconformidad sobre la actividad realizada por el contratista, la Entidad Local Menor de Revenga comunicará a aquél los motivos de la misma, para
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## Entidad Local Menor de Revenga
que pueda, en su caso, tomar las adecuadas medidas correctoras. La ELM de Revenga podrá resolver el contrato si por cualquier causa el contratista no cumpliese con las obligaciones adquiridas en el presente contrato, con un preaviso de 5 días y con indicación de las causas que lo motivan.
## 23. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
El contrato no podrá ser cedido a un tercero, ni podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo, de acuerdo con los artículos 214 y 215 de la LCSP.
## 24. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
## 24.1.- Confidencialidad.
El adjudicatario, como encargado del tratamiento de datos, y su personal, en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Reglamento (UE) 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato.
## 24.2.- Tratamiento de datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento General de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por esta ELM con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
## 25. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa.
Para cualquier tipo de discrepancia en cuanto a la adjudicación, formalización, ejecución, cumplimiento e interpretación del contrato correspondiente, el adjudicatario se someterá al fuero del Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Segovia, o a cualquier otro que legalmente le sustituya en la competencia que naturalmente tiene dicho Juzgado atribuida, renunciando a cualquier otro particular que pudiera corresponderle con arreglo a las leyes procedimentales vigentes.
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Revenga, mayo de 2026.
Los anexos que se relacionan a continuación constituyen parte integrante del presente pliego de cláusulas administrativas particulares:
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## ANEXO 1 MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR (CONTRATO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO).
## DATOS DEL INTERESADO
CIF/NIF/DNI
APELLIDOS Y NOMBRE o RAZÓN SOCIAL:
NOMBRE DE LA VÍA
Nº/PISO/PUERTA
C.P.
PROVINCIA
MUNICIPIO
TELÉFONO
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
## DATOS DEL REPRESENTANTE
CIF/NIF/DNI
APELLIDOS Y NOMBRE o RAZÓN SOCIAL
NOMBRE DE LA VÍA
Nº/PISO/PUERTA
C.P.
PROVINCIA
MUNICIPIO
TELÉFONO
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
## DECLARACIÓN
## DECLARA expresamente y bajo su responsabilidad:
- Que el representante ostenta la debida representación de la persona física o jurídica.
- Que el contratista tiene capacidad de obrar; que, en su caso, está la empresa debidamente constituida y que, conforme a su objeto social o al epígrafe del IAE, puede realizar la contratación objeto del contrato; y que dispone el contratista de las autorizaciones necesarias para contratar con la ELM de Revenga.
- Que ni el representante, ni la persona o empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones Públicas.
- Que el contratista se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las de las Haciendas Locales (Ayuntamiento de Segovia y ELM de Revenga), y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- [ ] SI
- [ ] NO
Autorizo a la Entidad Local Menor de Revenga, para que pueda solicitar de la Administración Tributaria y Tesorería de la Seguridad Social competentes, la certificación de obligaciones tributarias y con la seguridad social, referida a esta empresa, a efectos de contratación pública. La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de reconocimiento, seguimiento y control del procedimiento mencionado anteriormente. En el caso de seleccionar la opción 'No', tendrá que presentar certificaciones del cumplimiento de dichas obligaciones en cada contratación.
Esta declaración se considera vigente durante el año natural en el que se ha realizado su presentación, a menos que el interesado comunique lo contrario al Ayuntamiento de Revenga.
Lugar Revenga
Día/Mes/Año
Firma interesado o representante
Órgano al que se dirige
SR. ALCALDE PEDÁNEO DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE REVENGA
A continuación se indica la normativa aplicable a este trámite y la información sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
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## NORMATIVA APLICABLE
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.
## LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recabados en el presente documento, son necesarios y tienen como finalidad la tramitación del presente expediente.
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## ANEXO 2
## MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ---------------------------------------------------------------- con domicilio en ------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- y D.N.I. nº -----------------------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de ------------------------------------------------------------ ----------------------------, según se declara de forma responsable, hace constar:
- 1º.- Que enterado del Pliego de Cláusulas aprobado por la Entidad Local Menor de Revenga, que ha de regir en el procedimiento abierto simplificado sumario para la contratación de EXPLOTACIÓN DEL BAR DE LA PISCINA PÚBLICA DE REVENGA, lo acepta íntegramente y presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo.
- 2º.- Que ofrece como canon para la ejecución del citado contrato la cantidad de..................................................................................................................................... EUROS (expresar en letra y número), IVA EXCLUIDO, al que corresponde un IVA de ……………………. …………………..EUROS (expresar en letra y número), lo que hace un total de …………………………………………………………………………………….. EUROS (expresar en letra y número)
- 3º).- Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ..................., .........de ................... de 2026.
Firma
NOTA: A efectos del cumplimento de lo establecido en el art. 159-6º, in fine , de la LCSP, en relación con el apartado 4º, d), segundo inciso, del mismo artículo, se hace constar que la apertura de los sobres que contengan las proposiciones, se hará por el órgano de Contratación y que será público el acto de apertura de los sobres.