Acuerdo de iniciación del expediente

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<!-- image --> Expediente n.º: 629/2026 Procedimiento: Contratación Asunto: Licitación contrato de servicio postal universal, correspondencia certificada y notificaciones administrativas del Ilustre Ayuntamiento de La Guancha, comprendiendo su Oficina Judicial Municipal. ## PROVIDENCIA DE LA CONCEJALÍA DELEGADA, ENTRE OTRAS, DEL ÁREA DE RÉGIMEN INTERIOR DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA GUANCHA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Asimismo, el apartado 2 del citado artículo establece las materias en las que el municipio ejercerá, en todo caso, competencias propias, debiendo en todo caso garantizar la prestación de los servicios necesarios para el adecuado funcionamiento de la organización municipal y el ejercicio de sus potestades administrativas. En este sentido, la contratación de servicios postales, incluyendo la remisión de correspondencia administrativa, notificaciones y comunicaciones oficiales, constituye un instrumento necesario para el ejercicio de competencias municipales, especialmente en lo relativo a la tramitación de procedimientos administrativos y la práctica de notificaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la citada Ley 7/1985, los municipios gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, lo que incluye la potestad de autoorganización y la capacidad de contratar los medios necesarios para el ejercicio de sus funciones. Por todo ello, la contratación del servicio postal se configura como una actuación instrumental necesaria para garantizar el adecuado funcionamiento de la Administración municipal y el cumplimiento de sus obligaciones legales, quedando plenamente amparada en el marco competencial atribuido a las entidades locales por la normativa vigente. - 1.- OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL CONTRATO: <!-- image --> <!-- image --> Constituye el objeto del presente contrato la prestación integral de los servicios postales necesarios para la gestión de los envíos generados tanto por el Ilustre Ayuntamiento de La Guancha como por la Oficina Judicial municipal integrada en el mismo.Dichos servicios comprenderán la recogida, admisión, clasificación, tratamiento, curso, transporte, distribución y entrega de envíos postales, tanto en el ámbito urbano como interurbano, incluyendo específicamente cartas certificadas y notificaciones administrativas. Asimismo, el contrato incluirá la prestación de servicios complementarios asociados, tales como el acuse de recibo, seguimiento de envíos, gestión de incidencias y cualesquiera otras actuaciones necesarias para garantizar la correcta ejecución del servicio, asegurando en todo caso la validez legal y la constancia fehaciente de las notificaciones practicadas. Quedan excluidas del mismo todas las tareas específicas previas como el diseño del envío, impresión, ensobrado automático, embolsado, etc., incluyéndose en el presente pliego únicamente la prestación del servicio postal. En aplicación del artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se justifica la presente licitación en los siguientes términos: · Es necesaria la satisfacción de la obligación legal que tiene el Ayuntamiento de realizar las notificaciones y comunicaciones administrativas con las debidas garantías exigidas por la normativa vigente, debiendo proceder a la contratación de estos servicios atendiendo a las dimensiones de esta Administración Pública, al no disponer de medios personales y materiales suficientes para cubrir la necesidad prestacional objeto del presente contrato. · La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece el deber de las Administraciones Públicas de garantizar la eficacia de los actos de comunicación en los procedimientos administrativos, lo que exige la correcta práctica de las notificaciones previstas en los artículos 40 a 46 del citado texto legal, siendo el servicio postal un medio esencial para su realización con plena validez jurídica. A la vista del objeto del contrato, no es posible su fragmentación en lotes debido a que no existen prestaciones de división, en virtud de lo establecido en el artículo 99.3 de la LCSP, se trata de un servicio esencial para una corporación municipal, de manera que la división en lotes podría aumentar el riesgo de descoordinación técnica o administrativa evitando que el servicio postal sea ágil y efectivo. ## 2.- V ALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El valor estimado del contrato, teniendo en cuenta el año de contrato más las tres posibles prórrogas asciende al importe de TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS <!-- image --> <!-- image --> ## Ayuntamiento de La Guancha NOVENTA Y TRES EUROS CON SESENTA EUROS (39.693,60 €) IGIC no incluido. ## 3.- PLAZO DE EJECUCIÓN La duración del contrato será de un (1) año, a contar desde su formalización o desde la fecha que se establezca en el documento contractual, pudiendo ser objeto de prórroga anual expresa hasta un máximo de tres (3) años adicionales, sin que la duración total del contrato pueda exceder de cuatro (4) años, incluidas las prórrogas. ## 4.- LUGAR DE PRESTACIÓN Las prestaciones del contrato se desarrollarán en el Ilustre Ayuntamiento de La Guancha. ## 5.- RESPONSABLE DEL CONTRATO En virtud del artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014- en lo sucesivo LCSP.- se propone la designación como responsable del contrato a Dña. Carolina Pérez Escobar. ## 6.- PROCEDIMIENTO DEL CONTRATO Por razón de la cuantía, el presente contrato se licitará conforme al art. 159.6 de la LCSP, es decir, mediante procedimiento abierto simplificado sumario , al cumplirse los requisitos legalmente exigidos para su aplicación, teniendo el contrato la consideración de contrato administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 25 LCSP. El contrato objeto del presente pliego se califica como un contrato de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la LCSP. Se trata además de un contrato no sujeto a regulación armonizada puesto que el importe no supera los limites establecidos conforme el artículo 22.1.b) de la LCSP. ## 7.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación será el Concejal Delegado, entre otras, del Área de Régimen Interior del Ilustre Ayuntamiento de La Guancha, de conformidad con la delegación de competencias de la Alcaldía mediante Decreto núm. 2025-0629, de 11 de junio, rectificado por error material mediante nuevo Decreto núm. 2025-0630, de 12 de junio al no superar el importe de la contratación la cantidad de 40.000,00 € sin I.G.I.C., órgano que las tiene atribuidas legalmente en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la LCSP. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al <!-- image --> <!-- image --> contratista a raíz de la ejecución del mismo, suspender dicha ejecución, acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por la persona contratista durante la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 190 de la LCSP. Considerando que el órgano de contratación, de conformidad con la legislación aplicable ya citada, es la Alcaldía-Presidencia, tal y como se regula en la D.A Segunda de la LCSP, competencia que en el Ayuntamiento de La Guancha ha sido delegada en la Junta de Gobierno Local mediante Decreto de Alcaldía núm. 2025-0633, de 13.06.2025, cuando el importe de la contratación exceda la cantidad de 40.000 euros (sin IGIC), sin que sea el caso del presente expediente, y en esta Concejalía cuando se trate de materias delegadas genéricamente a mi favor y por valor estimado inferior al indicado mediante Decreto nº 2025-0629 rectificado mediante Decreto nº 2025-0630, por el presente RESUELVO: PRIMERO.Que por la Sección de Contratación se inicie el trámite para la licitación para la prestación del servicio postal universal, correspondencia certificada y notificaciones administrativas del Ilustre Ayuntamiento de La Guancha, comprendiendo su Oficina Judicial Municipal. SEGUNDO.Que por la Intervención General, se emita informe de existencia de crédito adecuado y suficiente para llevar a cabo la presente licitación, con cargo al presupuesto general para el ejercicio 2026. Por tanto, a la vista de que se estima un plazo de licitación de dos meses , se solicita la emisión de documento contable de retención de créditos RC, para un periodo de 6 meses (junio a diciembre de 2026) por importe total de 5.079,06 euros, con un gasto mensual de 846,51 euros con cargo al Presupuesto General correspondiente al ejercicio 2026. Con el compromiso de consignar el resto del crédito hasta completar la anualidad con cargo al Presupuesto General correspondiente al ejercicio 2027. La autorización o realización de los gastos que se deriven de la presente licitación para las anualidades siguientes, se subordinará al crédito que para ese ejercicio autoricen los respectivos presupuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con relación a la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera. TERCERO.Que por la Sección de Contratación se proceda a la elaboración de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que servirán como normativa aplicable al procedimiento de licitación y que pasaran a formar parte del contrato. CUARTO.Que la Técnico de Administración General del Área de Contratación junto con la Secretaría General emitan el informe propuesta, según lo previsto en la disposición adicional tercera punto octavo de la LCSP. <!-- image --> <!-- image --> ## Ayuntamiento de La Guancha QUINTO.Que por la Intervención General, se fiscalice el expediente, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera punto tercero de la LCSP. SEXTO.Que evacuados los trámites anteriores se eleve propuesta de acuerdo con el órgano competente. En La Guancha, en la fecha de la firma electrónica. Así lo manda y firma el Sr. Concejal Delegado del Área de Régimen Interior D. Jesús Alejandro Hernández Luis (P.D. Decreto 2025-0629 de 11.06.2025, rectificado mediante Decreto 2025-0630 de 12.06.2025) (Firmado electrónicamente al margen) <!-- image -->