Acuerdo de iniciación del expediente
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ConsejeriadePresidencia, AdministracionesPublicas, JusticiaySeguridad
DireccionGeneraldeEstudios, Formacion e Investigaci6n en SeguridadPublica
RESOLUCIÓN del Director General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública por la que se acuerda el inicio del expediente para la contratación del SERVICIO DE REALIZACIÓN DE PRUEBAS FISICAS PARA PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA LA POLICIA LOCAL EN CONVOCATORIA ANUAL UNIFICADA DE VARIOS AYUNTAMIENTOS DE CANARIAS Y DE LOS EMPLEOS DE ACCESO Y PROMOCIÓN INTERNA AL CUERPO GENERLA DE LA POLICÍA CANARIA por el procedimiento de contratación abierto simplificado sumario, de tramitación ordinaria.
VISTA la Memoria justificativa y propuesta de contratación del Servicio de Asuntos Generales, de fecha 31 de marzo de 2026, en la que se acredita la necesidad de proceder a la contratación del servicio de asistencia técnica pericial de las pruebas físicas de los ejercicios en qué consisten de los procesos de selección de personal de acceso al Cuerpo General de la Policía Canaria, mediante procedimiento de contratación abierto simplificado sumario por un presupuesto máximo de licitación de CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (59.569,41 EUROS), con IGIC. , que debe soportar la Administración y teniendo en cuenta los siguientes:
## ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.Consta en el expediente identificado con la referencia SER/2026/000000534 ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO ASISTENCIA PERICIAL POLICIA CANARIA informe de necesidad y propuesta de contratación suscrito por el responsable de Estudios y Trabajos de Investigación de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, mediante la cual:
'1º.- La Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, es el centro directivo competente en materia de convocatoria y resolución de los procesos de selección para el ingreso a las escalas y empleos del cuerpo general de la Policía Canaria, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 359/2023, de 4 de septiembre, que modifica el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
2º.- Las convocatorias de acceso a los diferentes cuerpos de policía han experimentado un importante aumento de candidatos en los últimos años, lo que exige un nivel preparativo y organizativo más elevado por parte de los tribunales de oposición, a los cuales se les requiere realizar la mejor selección posible entre los candidatos al puesto.
La integridad física de los aspirantes que consiguen llegar a ser miembros de las fuerzas del estado podría verse alterada por una inadecuada selección. Es decir, un proceso deficiente puede no evaluar las demandas físicas necesarias para un trabajo.
3º.- Así pues, el objeto de la presente contratación consiste en un servicio de asistencia de peritos especializados para supervisar y valorar las pruebas señaladas en las Bases reguladoras de la convocatoria citada, con un perfil concreto para el asesoramiento y evaluación de pruebas físicas que redunde en una garantía que todas las pruebas, sobre todo aquellas de alta exigencia técnica y orgánica, estén asesoradas y supervisadas por personal cualificado y colegiado. Con este sistema se garantizan:
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- los principios de Equidad y transparencia, basada en la independencia profesional al que obliga la deontología de la profesión, y que puede ser recurrida a través de la vía de denuncias que proporciona la organización colegial.
- Soporte legal ante cualquier inconveniente o reclamación.
- Cobertura por los daños o perjuicios a terceros en el caso de que la evaluación fuese incorrecta, contemplada en el seguro de responsabilidad civil de las personas colegiadas en la organización colegial de la Educación Física y Deportiva (COLEFC).
- Actualización profesional en peritaje de pruebas de aptitud física.
Obviamente, por la propia naturaleza y el destino del servicio del que se trata, este centro directivo no cuenta en la actualidad y de forma urgente con los medios personales y materiales objeto del mismo, por lo que se hace precisa su contratación a empresas especializadas y habilitadas en este tipo de servicios a celebrar en varias islas del archipiélago canario.
4º.- Las pruebas selectivas de aptitud física se referirán al procedimiento para ingresar, aprobado por Resolución de 3 de febrero de 2026, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
5º.- Por otra parte, la contratación del servicio ha de realizarse por el procedimiento de adjudicación abierto simplificado sumario (o de tramitación muy rápida y simplificada) y tramitación ordinaria en atención al presupuesto base de licitación que resulta inferior a sesenta mil euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público'.
Segundo.Las pruebas selectivas de aptitud física se referirán al procedimiento para ingresar, aprobado por Resolución del Director General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública de 3 de febrero de 2026, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tercero.Por la propia naturaleza y el destino del servicio del que se trata, este centro directivo no cuenta en la actualidad y de forma urgente con los medios personales y materiales objeto del mismo, por lo que se hace precisa su contratación a empresas especializadas y habilitadas en este tipo de servicios a celebrar en varias islas del archipiélago canario.
Cuarto.El objeto del contrato será el servicio de asistencia técnica pericial de las pruebas físicas de los ejercicios en que consisten de los procesos de selección de personal de acceso a la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se regirán por la Resolución de 3 de febrero de 2026, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuarto.La adjudicación del contrato está sujeto a procedimiento abierto simplificado y tramitación ordinaria.
Quinto.El presupuesto base de licitación, que incluye el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), asciende a un máximo de cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y dos euros con treinta y cinco céntimos (55.672,35 €), sin IGIC, de los que tres mil ochocientos noventa y siete euros con seis céntimos (3.897,06 €), son en concepto de IGIC, que hace un total de CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (59.569,41 EUROS), con IGIC.
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Sexto.El valor estimado del contrato es de cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y dos euros con treinta y cinco céntimos (55.672,35 €), sin IGIC. El método aplicado para calcularlo es el siguiente: se ha tomado el importe neto de la licitación (presupuesto base de licitación deduciendo el IGIC). No se prevén prórrogas ni modificaciones. En consecuencia, el expediente no es de regulación armonizada.
Séptimo.La contratación que es objeto de inicio mediante la presente Resolución cuenta con crédito presupuestario en este ejercicio para atender las obligaciones económicas que se deriven de la misma con cargo a la partida presupuestaria 0829 132C 226.07.10 'Oposiciones y procesos selectivos' por los siguientes importes:
- Importe neto:………………………………………………….. 55.672,35 euros
- 7% IGIC:……………………………………………………….. 3.897,06 euros
- Importe total PBL……………………………………..………59.569,41 euros
Octavo.El presente expediente no está sujeto a función interventora, y no se encuentra afectado por el Acuerdo de Gobierno de 23 de febrero de 2026, por el que se suspenden durante el ejercicio 2026, para determinadas actuaciones, los Acuerdos de Gobierno por los que se sustituyó la función interventora por el control financiero permanente y se adoptan medidas de seguimiento sobre la ejecución del presupuesto de gastos del sector público con presupuesto limitativo, para contribuir a su racionalización y al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.
## FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, es el Director General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública con arreglo a las facultades que le confiere el artículo 6.5 del Decreto 108/2024, de 31 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.
Le corresponde al Director General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública ejercer las facultades de contratación administrativa hasta el límite de 600.000 euros.
Segundo.En atención al valor estimado del contrato que asciende a la cantidad de cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y dos euros con treinta y cinco céntimos (55.672,35 €), sin IGIC, el presente expediente de adjudicación NO es de regulación armonizada, en virtud de lo establecido en el artículo 21 de la LCSP, que dispone lo siguiente:
1. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de suministro cuyo valor estimado sea igual o superior a las siguientes cantidades:
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- a) 143.000 euros, cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. No obstante, cuando los contratos se adjudiquen por órganos de contratación que pertenezcan al sector de la defensa, este umbral solo se aplicará respecto de los contratos de suministro que tengan por objeto los productos enumerados en el anexo II.
- b) 221.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro distintos, por razón del sujeto contratante o por razón de su objeto, de los contemplados en la letra anterior.
2. En el supuesto previsto en el artículo101.12 relativo al cálculo del valor estimado en los contratos que se adjudiquen por lotes separados, cuando el valor acumulado de los lotes en que se divida el suministro iguale o supere las cantidades indicadas en el apartado anterior, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote. No obstante, los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a 80.000 euros, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos.'
TERCERA.El artículo 116 de la LCSP dispone lo siguiente: ' 1. La celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta ley y que deberá ser publicado en el perfil del contratante. 2. El expediente deberá referirse a la totalidad del objeto del contrato, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 7 del artículo 99 para los contratos adjudicados por lotes. 3. Al expediente se incorporarán el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato (…)'.
CUARTA.De conformidad con lo establecido los artículos 138 y siguientes de la LCSP, el expediente de contratación se tramitará electrónicamente y, por tanto, el órgano contratación ofrecerá el acceso a los pliegos y resto de la documentación complementaria por medios electrónicos a través del perfil del contratante, acceso que será libre, directo, completo y gratuito. Asimismo, la presentación de las proposiciones se realizará electrónicamente.
VISTOS , los preceptos citados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación, en su virtud y en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones vigentes,
## RESUELVO
Primero.Iniciar conforme a la normativa citada, el expediente para la contratación del servicio de asistencia técnica pericial de las pruebas físicas de los ejercicios en que consisten de los procesos de selección de personal de acceso al Cuerpo General de la Policía Canaria, mediante procedimiento de contratación abierto simplificado sumario, tramitación ordinaria por un presupuest o máximo de licitación de VEINTIOCHO MIL CINCUENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (28.055,40 EUROS), con IGIC.
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Segundo.Acordar la retención del crédito correspondiente al gasto indicado, con cargo a la aplicación presupuestaria 0829 132C 226.07.10 'Oposiciones y procesos selectivos' de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, para el ejercicio 2026 por los siguientes importes:
- Importe neto:………………………………………………….. 55.672,35 euros
- 7% IGIC:……………………………………………………….. 3.897,06 euros
- Importe total PBL……………………………………..………59.569,41 euros
Tercero.Que se proceda a la elaboración del pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, así como a realizar los trámites contables necesarios, destinados a la autorización del gasto, antes de proceder a la aprobación del expediente y desarrollo del posterior proceso de adjudicación.
Contra la presente resolución, por ser un acto de trámite, no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
## En Santa Cruz de Tenerife, a
## EL DIRECTOR GENERAL DE ESTUDIOS, FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SEGURIDAD PÚBLICA
José Manuel González Afonso
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