El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego, es la ejecución de las obras descritas en el apartado 1 de su Anexo I al mismo y definido en el correspondiente proyecto, según el proyecto aprobado por la Administración, que recoge las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta. Dicho proyecto, según resulta de la resolución de su aprobación, consta de cuantos documentos son exigidos en el artículo 233 de la LCSP habiéndose contemplado en su elaboración lo preceptuado en el Libro II, Título I, Capítulo II, Sección 2ª del RGLCAP. De conformidad con el artículo 99.3 LCSP el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos que deberán justificarse debidamente. En el presente contrato la justificación de la no división en lotes, se indica en el apartado 1 del Anexo I al presente pliego. Si así se señala en el Anexo I, existirá la posibilidad de licitar por lotes. Las limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en su caso en el Anexo I conforme a los criterios allí indicados. Todas las referencias efectuadas en el presente pliego al contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso.
Objeto y condiciones del contrato
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zalamea la Real convoca la licitación «El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego, es la ejecución de las obras descritas en el apartado 1 de su Anexo I al mismo y definido en el correspondiente proyecto, según el proyecto aprobado por la Administración, que recoge las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta. Dicho proyecto, según resulta de la resolución de su aprobación, consta de cuantos documentos son exigidos en el artículo 233 de la LCSP habiéndose contemplado en su elaboración lo preceptuado en el Libro II, Título I, Capítulo II, Sección 2ª del RGLCAP. De conformidad con el artículo 99.3 LCSP el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos que deberán justificarse debidamente. En el presente contrato la justificación de la no división en lotes, se indica en el apartado 1 del Anexo I al presente pliego. Si así se señala en el Anexo I, existirá la posibilidad de licitar por lotes. Las limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en su caso en el Anexo I conforme a los criterios allí indicados. Todas las referencias efectuadas en el presente pliego al contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso», un contrato de obras con un valor estimado de 255.986,09 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Huelva. Clasificación CPV: Trabajos de construcción.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 1 de abril de 2021 a las 23:59. Estado actual del expediente: Resuelta.
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
31 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato