Ejecución de obras de reurbanización del núcleo histórico de Palma de Gandía en las calles Pedro Vidal, Hernán Cortés, la Iglesia y San MIguel
Objeto y condiciones del contrato
Alcaldía del Ayuntamiento de Palma de Gandía convoca la licitación «Ejecución de obras de reurbanización del núcleo histórico de Palma de Gandía en las calles Pedro Vidal, Hernán Cortés, la Iglesia y San MIguel», un contrato de obras con un valor estimado de 317.628,98 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Valencia/València. Clasificación CPV: Trabajos de construcción.; Trabajos de demolición.; Trabajos de movimiento de tierras.. El plazo de presentación de ofertas finaliza el 20 de octubre de 2026 a las 12:00. Estado actual del expediente: En Plazo.
Plazo de presentación
Contrato de obras
Requisitos de los licitadores
Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
- Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad obrar, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que se encuentran recogidas en el artículo 71 de la LCSP, y acrediten debidamente su solvencia económica, financiera y técnica o profesional del modo en el que se indique en el presente Pliego, o en su caso acreditación de la clasificación empresarial. A estos efectos, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitida por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. A tales efectos, para acreditar el requisito de la solicitud de inscripción bastará la aportación del acuse de recibo del correspondiente registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a el valor estimado del contrato. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil, de conformidad al artículo 11.4. a) del RD 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Solvencia técnica o profesional
Haber realizado, como mínimo, dos (2) contratos de presupuesto y objeto análogo, aprobados o en tramitación en los últimos cinco años. Se acreditará mediante la presentación de una relación de servicios prestados de objeto similar y de presupuesto análogo realizados en el curso de los últimos cinco años, avalada por certificados de ejecución debidamente firmados. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución. Se entenderán como servicios de presupuesto análogo aquellos cuyos precios de adjudicación no sean inferiores al 70% de la cantidad señalada como presupuesto base de licitación del servicio objeto del presente pliego. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, no se exige clasificación empresarial a los licitadores, al tratarse de un contrato de obras cuyo valor estimado es inferior a 500.000 euros.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
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Ampliación del plazo de garantía
Se valorará con un máximo de 20 puntos la ampliación del plazo de garantía de las
obras ofertada por los licitadores.
El plazo mínimo de garantía será de UN (1) AÑO, contado desde la fecha de
recepción de las obras.
Se valorará la ampliación del plazo de garantía por años completos adicionales,
conforme al baremo dispuesto en los Pliegos (Cláusula decimoquinta)
No se otorgará puntuación por ampliaciones inferiores a un año completo ni por ofertas
formuladas de manera indeterminada, condicionada o que requieran aclaración
posterior para conocer su alcance.
Durante el plazo de garantía, incluido el plazo mínimo y la ampliación ofertada, el
contratista responderá de los defectos, vicios o deficiencias que resulten imputables a
la ejecución de las obras, en los términos previstos en la LCSP, en el proyecto técnico,
en el presente Pliego y en el resto de documentación contractual.
La ampliación del plazo de garantía ofertada por el adjudicatario tendrá carácter
contractual y será exigible durante la ejecución y liquidación del contrato.
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Objetivo / Automático | 20% |
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Oferta económica
Se valorará con un máximo de 80 puntos la oferta económica presentada por los
licitadores.
La oferta deberá formularse sobre el presupuesto base de licitación, IVA excluido, y
deberá indicar separadamente el importe correspondiente al IVA.
No se admitirán ofertas que superen el presupuesto base de licitación.
La puntuación se valorará según dispone en los pliegos (Cláusula decimoquinta).
La oferta económica más baja obtendrá la máxima puntuación. Las restantes ofertas
obtendrán la puntuación que resulte de la aplicación proporcional de la fórmula
anterior.
La valoración de la oferta económica se realizará sin perjuicio de la aplicación, en su
caso, del régimen previsto para las ofertas incursas en presunción de anormalidad
conforme a lo establecido en la LCSP y en el presente Pliego.
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Objetivo / Automático | 80% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
12 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato