Memoria justificativa
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## MEMORIA JUSTIFICATIVA
## CONTRATACIÓN OBRAS DE CONSOLIDACIÓN DE TALUD Y PAVIMENTACIÓN EN EL ÁREA DEPORTIVA DE LAROLES.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que establece que 'las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales, y a tal efecto, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, cuando se adjudique por un procedimiento abierto, restringido o negociado sin publicidad, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación, se emite el siguiente informe:
## JUSTIFICACIÓN Y NECESIDAD DEL CONTRATO. -
La actuación proyectada consiste en la consolidación del talud existente en C/ Camino de Mauricio y Carretera Puerto de Ragua, como medida de seguridad, dado que el talud existente contiene materiales que con las lluvias acaecidas en estos meses han provocado un riesgo para las construcciones existentes en el área deportiva del núcleo de Laroles.
Las obras y/o instalaciones que se proyectan, son:
- Ejecución de muros de contención de hormigón armado, de sección y alturas variables en función de su ubicación para contener los taludes.
- Ejecución de pavimento a base de solera de hormigón armado para minimizar las filtraciones de agua, favorecer su evacuación y servir de base a futuros proyectos deportivos.
## OBJETO DEL CONTRATO Y DIVISIÓN EN LOTES. -
El objeto del presente proyecto es la definición de las obras y prescripciones técnicas para la actuación de Consolidación del talud existente en C/ Camino de Mauricio y Carretera Puerto de Ragua, en el área deportiva del núcleo de Laroles (Nevada).
No procede la división en lotes de la obra, debido a que para la ejecución de la obra se entiende que la realización independiente de las
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## Ayuntamiento de Nevada
diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico.
La coordinación de los trabajos, en cuanto al desarrollo de las unidades de obra, hacen desaconsejable que se establezcan lotes con objeto de conseguir el cumplimiento del cronograma de actuación, sobre todo de los trabajos que precisan realizarse y que se solapan en el tiempo, siendo necesario estar correctamente finalizados para comenzar otras tareas y no originar así retraso, lo que repercutiría negativamente en el cumplimiento de los plazos para la realización total de la misma.
Ello, unido a las dificultades que genera desde el punto de vista de la coordinación de seguridad y salud, al tratarse de un único ámbito de actuación, lo que provocaría que, al no existir un contratista principal, ni tampoco un jefe de obra ni un encargado que organice a pie de obra y en el día los trabajos, ni tampoco un responsable de la señalización y de los equipos de protección colectiva, entre otras cuestiones, hacen desaconsejable que se establezcan lotes.
## INSUFICIENCIA DE MEDIOS
El Ayuntamiento de Nevada no dispone de suficientes medios personales y materiales para ejecutar el proyecto 'Ejecución de Muros y pavimentación en el área deportiva de Laroles (Nevada), dada la necesidad de disponer de medios auxiliares para tareas específicas, por lo que será necesario celebrar un contrato según lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
## PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO. -
El presupuesto base de licitación de estas obras asciende a un total de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (157.250,00 €), I.V.A. incluido, conforme al siguiente desglose:
## RESUMEN DE PRESUPUESTO
SUBVENCION PARA INVERSIONES DE REPARACION Y PREVENCION DE DAÑOS POR TEMPORAL
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## Ayuntamiento de Nevada
| CAPITULO | RESUMEN | EUROS | % |
|------------|--------------------------------------|------------|-------|
| 01 | DEMOLICIONES Y MOVIMIENTO DE TIERRAS | 7.737,67 | 7,09 |
| 02 | CIMENTACIONES Y CONTENCIONES | 100.397,66 | 91,93 |
| 03 | SEGURIDAD Y SALUD | 887,03 | 0,81 |
| 04 | GESTION DE RESIDUOSS | 186,61 | 0,17 |
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TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL ………………………..109.208,97
13,00 % Gastos generales ............................. 14.197,17
6,00 % Beneficio industrial ........................... 6.552,54
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SUMA DE G.G. y B.I. ………………………………………...20.749,71
21,00 % I.V.A. ........................................... 27.291,32
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TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA …………………..157.250,00
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TOTAL PRESUPUESTO GENERAL ………………………….157.250,00
El valor estimado del contrato será el importe máximo que éste puede alcanzar, sin incluir el IVA, en este caso se fija en 129.958,68 €, calculado en la forma establecida en el artículo 101 de la LCSP.
## APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.-
La actuación objeto del contrato se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 1532.619.
## FINANCIACIÓN.-
Subvención para Inversiones de Reparación de daños producidos por el temporal e inversiones de carácter preventivo de la Diputación Provincial de Granada. ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO, SESIÓN EXTRAORDINARIA Y URGENTE DE 9 DE MARZO DE 2026, INGRESADO CON FECHA 15/04/2026.
## DURACIÓN DEL CONTRATO.-
La duración del contrato se establece entre la fecha de formalización del contrato y la fecha en la que legalmente proceda la devolución de la garantía definitiva.
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## Ayuntamiento de Nevada
Las obras deberán ser entregadas en el plazo máximo de TRES MESES, a contar desde la formalización del acta de comprobación del replanteo, de conformidad con la programación prevista en el proyecto.
## JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
En base a las necesidades descritas y al objeto del contrato, la forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto simplificado, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluido toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante ubicado en la plataforma de contratación del sector público: https://contrataciondelestado.es/
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo de 20 días naturales.
## JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE SOLVENCIA.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, NO es necesario exigir clasificación al contratista, ya que el valor estimado del contrato no supera los 500.000,00 €.
## JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DE LA FORMULACIÓN DE VALORACIÓN DEL CRITERIO ECONÓMICO.
La adjudicación recaerá en el licitador que, en conjunto, haga la mejor oferta, mediante la aplicación de criterios de adjudicación cuantificables mediante la aplicación de fórmulas que se realizar sin perjuicio del derecho del Ayuntamiento a declararlo desierto.
## CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA:100
- PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN. 50
- GARANTÍA ADICIONAL.30
- OFERTA ECONÓMICA. 20
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## Ayuntamiento de Nevada
## PUNTUACIÓN TOTAL: 100
Los criterios de valoración, por orden decreciente de importancia, así como las ponderaciones respectivamente atribuidas a los mismos, que se tendrán en cuenta para la valoración de las proposiciones, serán los siguientes:
1. PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN (0 A 50 PUNTOS):
Las propuestas de reducción del plazo de ejecución (3 MESES) se baremarán según la siguiente tabla:
PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN PUNTUACIÓN No ejecuta reducción 0
Reducción de 1 semana la ejecución 10
Reducción de 2 semanas la ejecución 20
Reducción de 3 semanas la ejecución 30
Reducción de 4 semanas la ejecución 50
No se admitirán ofertas de reducción del plazo de ejecución que no se ajusten a los periodos que figuran en la tabla, sin que sean posibles ofertas intermedias.
## 2.2 GARANTÍA ADICIONAL (0 A 30):
Las propuestas de ampliación del plazo de garantía se baremarán según la siguiente tabla:
PROPUESTA DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA PUNTUACION:
No se amplía la garantía 0
Ampliación de la garantía 1 año, garantía total 2 años 15
Ampliación de la garantía 2 año, garantía total 3 años 30
No se admitirán ofertas de ampliación del plazo de garantía que no se ajusten a los periodos que figuran en la tabla, sin que sean posibles ofertas intermedias.
## 2.3. OFERTA ECONÓMICA (0 A 20 PUNTOS):
La oferta económica se valorará en función de la oferta más favorable para la administración, siguiendo el siguiente criterio:
P=20*( PL-PV / PL-PB)
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## Donde:
P: es la puntuación de la oferta a valorar.
PL: es el tipo de licitación.
PV: precio oferta que se valora.
PB: precio oferta más baja.
Las operaciones y las puntuaciones de este apartado se calcularán con una aproximación de dos decimales.
No se admitirán las ofertas económicas que superen el presupuesto base de licitación.
## CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 202 LCSP, se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución a cumplir por parte del adjudicatario:
- -De tipo medioambiental: la promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
- -De tipo social: Se garantizará el uso no sexista del lenguaje en la totalidad de los documentos emitidos por la empresa adjudicataria en la ejecución del presente contrato.
Las condiciones especiales de ejecución de carácter social o medioambiental son compatibles con los criterios de adjudicación del mismo carácter. En estos casos, la compatibilidad siempre vendrá determinada por el hecho de que las condiciones de ejecución marquen unos mínimos que cualquier empresa adjudicataria deba cumplir y los criterios de adjudicación puntúen a las empresas licitadoras que voluntariamente asuman compromisos para mejorar dichos mínimos obligatorios en la ejecución del contrato.
Todas las condiciones especiales de ejecución serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del contrato.
En Nevada, a la fecha de la firma electrónica. El Alcalde
## Ayuntamiento de Nevada
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