Memoria justificativa
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ÁREA: CIUDAD SOSTENIBLE, AGENDA URBANA, PARTICIPACIÓN CIUDADANA E IGUALDAD EXPEDIENTE: 2599/2026 ASUNTO: Procedimiento de Licitación para la Contratación de Obras y Servicios por Procedimiento Abierto 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique'
## MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO (art. 116)
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 28, 63.3.a) y 116 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), se emite la presente Memoria Justificativa del contrato de las obras y servicios consistente en la ejecución de las obras recogidas en el proyecto denominado 'PROYECTO DE DESAMIANTADO Y SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS DEL CEIP CÉSAR MANRIQUE' , en el Municipio de Puerto de la Cruz, y el servicio de Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante el desarrollo de las obras contenidas en el citado proyecto.
De acuerdo con lo ordenado en la Propuesta de Inicio suscrita por el Sr. Concejal del Área de Área Genérica de 'Ciudad Sostenible, Agenda Urbana, Participación Ciudadana e Igualdad' del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, que obra en el expediente administrativo electrónico, se procede, a continuación, a justificar los extremos contenidos en los preceptos indicados, así como otros aspectos que se consideran necesarios para la correcta ejecución del contrato.
I. El contrato que pretende adjudicarse se desarrollará en el Término Municipal de Puerto de la Cruz (Código NUTS:ES709-Tenerife), y tiene por OBJETO , la contratación de las obras recogidas en el proyecto 'PROYECTO DE DESAMIANTADO Y SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS DEL CEIP CÉSAR MANRIQUE' , y el servicio de Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante el desarrollo de las obras.
II. El proyecto ha sido redactado por el estudio Grupo Inascan S.L. Dicho documento contiene la descripción y valoración de las distintas obras que se han estimado necesarias para llevar a cabo las obras de desamiantado y reposición de cubiertas del CEIP César Manrique, con la determinación completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos para ejecutar las obras.
II.De conformidad con lo previsto en el artículo 12, 13, 17 y 18 de la LCSP la naturaleza del contrato a celebrar ha de entenderse como CONTRATO MIXTO DE OBRAS Y SERVICIOS, al tener el mismo como objeto la ejecución de una obra, entendiendo este último término, como el conjunto de trabajos de construcción y la realización de trabajos que mejoren el medio físico en cuestión, y la prestación de un servicio, entendido éste como el desarrollo de una prestación dirigida a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, en este caso las tareas de Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante el desarrollo de las obras, según los preceptos de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y el R.D. 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 34.2, las prestaciones que se recogen en el presente procedimiento pueden fusionarse en un contrato mixto porque son prestaciones directamente vinculadas entre sí y mantienen relaciones de complementariedad que exigen su consideración y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción de una determinada necesidad o a la consecución de un fin institucional propio de la entidad contratante. III. La APROBACIÓN DEL PROYECTO se produce en el expediente administrativo 843/2026 , por Decreto número 2026-0514 de fecha 14/02/2026 . Suscrito el Decreto por el Sr. Concejal Delegado del 'Área De Ciudad Sostenible, Agenda Urbana, Participación Ciudadana e Igualdad' del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz. Aprobado el documento técnico y previamente a la aprobación del expediente de contratación de la obra se procederá a efectuar el replanteo de las obras, el cual consistirá en comprobar la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución. Asimismo, se deberán comprobar cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar (Art. 236.1 de la LCSP). IV. - La CODIFICACIÓN del contrato en la nomenclatura del Vocabulario Común de contratos Públicos, aprobada por el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) número 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, es la siguiente: LOTE 1 (Obra consistente en la ejecución de las obras contenidas en el proyecto denominado 'PROYECTO DE DESAMIANTADO Y SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS DEL CEIP CÉSAR MANRIQUE'):
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## Códigos CPV\_Obra:
- 45000000-7 - Trabajos de construcción
- 45111100-9 - Trabajos de demolición
- 45262660-5 - Trabajos de retirada de amianto
- 90650000-8 - Servicios de retirada de amianto
- 45111214-1 - Trabajos de evacuación de escombros de demolición
- 45261420-4 - Trabajos de impermeabilización
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- 45261220-2 - Trabajos de pintura y demás trabajos de recubrimiento de cubiertas
- 45261221-9 - Trabajos de pintura de cubiertas
- 45261222-6 - Recubrimiento de cubiertas con cemento
- 45223110-0 - Instalación de estructuras metálicas
- 45262310-7 - Trabajos con hormigón armado
- 45432100-5 - Trabajos de pavimentación y revestimiento de suelos
- 45262520-2 - Trabajos de albañilería
LOTE 2 (Servicio consistente en la Dirección Facultativa y coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras contenidas en el proyecto denominado 'PROYECTO DE DESAMIANTADO Y SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS DEL CEIP CÉSAR MANRIQUE'):
## Código CPV\_Servicio:
- 71000000 - Servicios de arquitectura, construcción, ingeniería e inspección.
- 71240000 - Servicios de arquitectura, ingeniería y planificación.
- 71247000 - Supervisión del trabajo de construcción.
- 71317210-8 - Servicios de consultoría en salud y seguridad
V.En lo referente a la ELECCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, no es cometido de la presente justificar la elección del procedimiento de licitación, al corresponder dicha elección al órgano de contratación.
VI.En lo que respecta a la NECESIDAD , ésta surge consecuencia de la necesidad de ejecutar las obras contenidas en el Proyecto y de realizar la Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las mismas, no obstante, se justificará por el órgano de contratación convenientemente dentro del expediente.
VII.Respecto a la DIVISIÓN EN LOTES de la prestación del contrato, y conforme a lo dispuesto en el art. 99.3 de la LCSP, se definen DOS LOTES diferenciados, uno de obras y el otro de servicios, según las siguientes definiciones:
LOTE 1: Obras recogidas en el Proyecto denominado 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique'
LOTE 2: Servicio consistente en la Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante el desarrollo de las obras que recoge el LOTE 1 (ejecución de obras del 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique'
VIII.La DURACIÓN TOTAL de la prestación será de SEIS (6) MESES desglosada, según lotes en:
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LOTE 1: 6 MESES a contar desde el día siguiente a la fecha del acta de comprobación del replanteo, que deberá extenderse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato. LOTE 2: 6 MESES a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato del Lote 1 y estará condicionada a la duración del contrato de obras del que depende, extendiéndose la duración del contrato desde los trabajos previos que deben realizarse para la aprobación del Plan de Seguridad hasta la fecha de recepción de las obras.
No se establece posibilidad de prórroga alguna.
## IX.PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO
Es el límite máximo de gasto que, en virtud de este contrato de obras, puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto General Indirecto de Canarias (IGIC), y asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS (400.967,17 €), de los que TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (374.735,67 €) lo son en concepto de principal y VEITISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (26.231,50 €) en concepto de IGIC.
El desglose del Presupuesto Base de Licitación, por lotes, es el siguiente:
LOTE 1: Obra consistente en la ejecución de las actuaciones contenidas en el 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique' : TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (382.976,90 €), de los que TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (357.922,34 €) lo son en concepto de principal y VEINTICINCO MIL CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (25.054,56 €) en concepto de IGIC.
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## LOTE 2:
## Ayuntamiento de Puerto de la Cruz
| Capitulo | Importe (E) |
|---------------------------------------------------------------|---------------|
| 1ACTUACIONESPREVIAS,DESMONTAJESYDEMOLICIONES | 27.921,77 |
| 2DESAMIANTADO | 73.299,04 |
| 3ALBANILERIA | 17.192,32 |
| 4IMPERMEABILIZACIONDECUBIERTA | 115.647,60 |
| 5ESCALERASDEACCESOYBARANADILLADEPROTECCION | 4.418,976 |
| 6SUSTITUCIONDEELEMENTOSEXISTENTES | 6.860,29 |
| 7GESTIONDERESIDUOS | 49.762,46 9 |
| 8SEGURIDADYSALUD | 5.672,63 |
| Presupuestodeejecucionmaterial(PEM) | 300.775,08 |
| 13%degastosgenerales | 39.100,76 |
| 6%debeneficioindustrial | 18.046,50 |
| Presupuestodeejecucionporcontrata(PEC=PEM+GG+Bl) | 357.922,34 |
| 7%IGIC | 25.054,56 |
| PresupuestodeejecucionporcontrataconIGIC(PEC=PEM+GG+BI+IGIC) | 382.976,90 |
AsciendeelpresupuestodeejecucionporcontrataconIGICalaexpresadacantidaddeTRESCIENTOs OCHENTAYDOSMILNOVECIENTOSSETENTAYSEISEUROSCONNOVENTACENTIMOS.
Servicio consistente en la Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras descritas en el lote número '1' de este contrato): DIECISIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (17.990,27 €), de los que DIECISIES MIL OCHOCIENTOS TRECE EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (16.813,33 €) lo son en concepto de principal y MIL CIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1.176,94 €) en concepto de IGIC.
X.El contrato objeto de la presente memoria tiene un VALOR ESTIMADO , calculado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la LCSP, que asciende a TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (374.735,67 €).
El desglose del valor estimado por lotes resulta como sigue:
LOTE 1: Obra consistente en la ejecución de las actuaciones contenidas en el 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique' : TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (357.922,34 €).
LOTE 2: Servicio consistente en la Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras descritas en el lote número '1' de este contrato): DIECISIES MIL OCHOCIENTOS TRECE EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (16.813,33 €).
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XI.Dada la duración de la ejecución de la obra , NO PROCEDE LA REVISIÓN DE PRECIOS indicada en el art.103 de la LCSP.
XII.En lo referente a la CLASIFICACIÓN Y SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, así como ECONÓMICA Y FINANCIERA a exigir a los participantes en la licitación, esta se ajustará a lo establecido en el artículo 74 de la LCSP 'Para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando esta sea exigible conforme a lo dispuesto en esta Ley.' Asimismo, habremos de estar a lo dispuesto en el artículo 77 del mencionado texto legal que establece que será exigible la clasificación del contratista en los siguientes supuestos:
- a) Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000€ será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores. Para dichos contratos, la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, con categoría igual o superior a la exigida para el contrato, acreditará sus condiciones de solvencia para contratar.
- b) Para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario.
- c) La clasificación no será exigible para los demás tipos de contratos.
En virtud de lo expuesto, se establecen los siguientes requisitos por lotes:
LOTE 1: Comprende obras cuyos montantes totales son inferiores a 500.000€, conforme lo citado, no se requiere la correspondiente clasificación empresarial. A efectos informativos, o en su caso de facilitar el procedimiento evitando la presentación de solvencia, se propone que la clasificación pueda ser justificada mediante la presentación de la siguiente propuesta de clasificación:
| GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORÍA |
|------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------|
| C) Edificaciones | 1. Demoliciones 3. Estructuras metálicas 4. Albañilería, revocos y revestidos 6. Pavimentos, solados y alicatados 7. Aislamientos e impermeabilizaciones 9. Carpintería metálica | 1 |
El licitador propuesto como adjudicatario debe acreditar estar en posesión de las siguientes condiciones mínimas de solvencia:
## SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.-
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Para el Lote número '1' ( Obra consistente en la ejecución de las contenidas en el 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique' : Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior a 350.000 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y, en caso contrario, por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o justificando la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 350.000 €. Para el Lote número '2' ( Servicio consistente en la Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras descritas en el lote número '1' de este contrato): justificando la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 100.000.-€, vigente al menos hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) acreditará, frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de
solvencia económica y financiera del empresario.
## SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL.-
Para el Lote número '1' ( Obra consistente en la ejecución de las contenidas en el 'Proyecto de desamiantado y sustitución de cubiertas del CEIP César Manrique' : haber realizado en el curso de los últimos cinco años obras cuyo objeto esté relacionado con las del objeto del presente contrato, esto es, de las descritas en el CPV, por un importe total anual acumulado, en el año de mayor ejecución, igual o superior a 357.922,34 €.
La solvencia técnica se acreditará mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Pese a no ser legalmente exigible, el licitador que cuente con la clasificación que se estable a continuación, si así lo desea, puede acreditar de esta forma la solvencia solicitada para el lote número '1':
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Grupo C. Edificaciones: Subgrupo 1. Demoliciones Subgrupo 3. Estructuras metálicas Subgrupo 4. Albañilería, revocos y revestidos Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados Subgrupo 7. Aislamientos e impermeabilizaciones Subgrupo 9. Carpintería metálica Categoría 1
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará aportando una Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de obras similares adjuntándose la documentación acreditativa pertinente.
Para el Lote número '2' ( Servicio consistente en la Dirección Facultativa que incluye la Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras descritas en el lote número '1' de este contrato): Relación de los servicios o trabajos realizados como coordinar de seguridad y salud de las obras en el curso de, como máximo los cinco últimos años en la que se indique el importe, que ha de ser necesariamente igual o superior a 12.500,00.-€ (acumulado en esos cinco años), la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Esos servicios o trabajos efectuados han de acreditarse, necesariamente por el licitador propuesto como adjudicatario, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará aportando documentación que indique el personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados de la seguridad y salud, debiendo contar necesariamente con el siguiente profesional:
- Persona con titulación técnica habilitante para realizar el servicio con experiencia mínima de 5 años en la materia objeto de la prestación del servicio.
## HABILITACIÓN.
## Ayuntamiento de Puerto de la Cruz
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Las empresas que opten a ser adjudicatarias del Lote 1 del presente contrato, deberán estar inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA) a la fecha de finalización de la presentación de ofertas.
XIII.En lo referente a las CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 202 que establece que será obligatorio el establecimiento en el pliego de cláusulas administrativas particulares de al menos una de las condiciones especiales de ejecución de entre la relación que enumera el apartado segundo del artículo, a la vista de lo cual se entiende que las condiciones especiales de ejecución que más se vinculan al objeto del contrato, y que por tanto habrán de exigirse en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, es o son los siguientes:
LOTE 1: Como condición especial de ejecución para este contrato será de tipo social o relativa al empleo cuya finalidad será la de garantizar el mantenimiento de la plantilla . A tal efecto, se establece como obligación del adjudicatario el mantenimiento de la plantilla adscrita al objeto del contrato, durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, sin que proceda suspensión o extinción de puestos de trabajo salvo por bajas voluntarias, despidos disciplinarios, disconformidad de la administración o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria. Esta condición especial de ejecución del contrato será exigida igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.
LOTE 2: Reducción de las copias en papel de los documentos de trabajo, priorizando los formatos digitales siempre que sea posible. No obstante, aportarán el libro de órdenes y asistencias, y el libro de incidencias . Siempre que no exista posibilidad de usar formato electrónico, al realizar las impresiones debe emplear un papel ecológico, reciclado 100% o que contenga al menos un 60% de fibras recicladas, siendo el resto de fibras certificadas FSC y libre de cloro.
XV.Respecto a algunas OTRAS CONSIDERACIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO y, que resultan relevantes para el correcto desarrollo del mismo, indicar:
a) Horario de ejecución: En cuanto al horario de ejecución de la obra, en los periodos lectivos en los que se imparte docencia a los alumnos, salvo que se llegue a un Acuerdo previo con la Dirección del Centro que determine lo contrario, será, NECESARIAMENTE, a partir de las 15:00 horas, debiendo dejar las zonas de actuación perfectamente acondicionadas, acotadas y señalizadas al final de la jornada, en condiciones de poder desarrollar, sin riesgos, para alumnos, profesores y personal del centro, la actividad que le es propia.
En periodos de vacaciones las obras se podrán desarrollar en horario de mañana. No obstante, se tendrá en cuenta, en coordinación con la Dirección de los centros, las zonas donde pueda simultanearse la ejecución de las obras sin impedimento para el desarrollo de la actividad lectiva, aun siendo en horario de mañana.
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- b) Posibilidad de prórroga del contrato: No se prevé prórroga alguna, sin perjuicio que durante la ejecución de las obras de darse las condiciones legalmente previstas resultara necesaria.
## c) Subcontratación:
Permitida en los términos legalmente establecidos.
## d) Forma de abono del precio:
LOTE 1: Abonos parciales, mediante pagos a cuenta por meses vencidos (certificaciones), previa conformidad del responsable del contrato (Director de obras) y validada por el técnico gestor.
LOTE 2: 20% con la firma del Acta de Comprobación de Replanteo, tras la entrega de la documentación necesaria para la aprobación, por parte de la Administración, del Plan de Seguridad y Salud o Documento de Gestión Preventiva y la aprobación del Plan de Gestión de Residuos.
80% a la firma del Acta de Recepción de las obras contratadas en el Lote 1.
e) Modificaciones Contractuales: No se prevé modificación alguna del contrato, sin perjuicio de que durante la ejecución del contrato se den las circunstancias que conforme artículo 205 de la LCSP pudieran motivar una modificación.
f) Responsable del contrato: Se especificará en el contrato quien actué como tal según designación del área.
g) Coordinador de Seguridad y Salud: El que resulte adjudicatario del Lote 2 del presente procedimiento, para su contratación.
h) Unidad encargada del seguimiento de la ejecución: Área de Ciudad Sostenible, Agenda Urbana, Participación Ciudadana e Igualdad.
XVI.En lo referente a los CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN , han de servir de base para la adjudicación del contrato, y se relacionan a continuación. Son todos evaluables automáticamente o mediante fórmulas, pudiendo alcanzar su ponderación un máximo de 100 puntos, y son diversos según el lote al que se opte:
Lote 1 ( Obra consistente en la ejecución de las obras contenidas en el proyecto denominado 'PROYECTO DE DESAMIANTADO Y SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS DEL CEIP CÉSAR MANRIQUE' :
- a) Precio.(Máximo 30 puntos) .
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Se valorará hasta un máximo de 30 puntos la mejor oferta económica que realicen los licitadores. Las ofertas serán valoradas conforme a la siguiente fórmula:
P1= 30 x (Omin/Oi)
## Siendo: P1 : Puntuación otorgada a cada oferta analizada Omin
## : Oferta económica válida más baja presentada Oi : Oferta económica analizada
Podrán desestimarse aquellas ofertas que se consideren desproporcionadas por haber sido formuladas en términos que las hacen anormalmente bajas, en los términos previstos en el artículo 149 de la LCSP.
- b) Ampliación del plazo de garantía del contrato.(Máximo 40 puntos).
Se valorará con 20 puntos cada año extra de garantía que oferte el licitador sobre el año inicial legalmente previsto en el Pliego, pudiendo ampliarse dicho plazo en anualidades hasta un máximo de dos años más. Para el cómputo de este criterio se computarán únicamente los años completos, sin
posibilidad de puntuar su fraccionamiento.
- c) Asignación a la ejecución del contrato de un Jefe de Obra con perfil Técnico .(Máximo 30 puntos).
La asignación a la ejecución del contrato de un Jefe de Obra con titulación de Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero Civil o titulaciones equivalentes, con experiencia mínima de 5 años (en dicha categoría profesional, y con experiencia mayoritaria en la ejecución de obras de edificación.
Se puntuará la dedicación mínima a la obra según los siguientes valores:
Dedicación del 30 % de su jornada laboral, establecido en 2,25 horas diarias, a la obra 30 puntos
Dedicación del 15 % de su jornada laboral, establecido en 1,13 horas diarias, a la obra 15 puntos
De ser ofertado, el profesional que ocupe el puesto, además de asumir las funciones propias del puesto durante el desarrollo de las obras, actuará de interlocutor con el responsable del contrato, por lo que, parte del tiempo dedicado a la obra estará destinado a las visitas conjuntas de inspección.
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Lote 2 (Servicio consistente en la Dirección Facultativa y coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras contenidas en el proyecto denominado 'PROYECTO DE DESAMIANTADO Y SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS DEL CEIP CÉSAR MANRIQUE':
- a) Precio.Máximo 30 puntos.
Se valorará hasta un máximo de 30 puntos la mejor oferta económica que realicen los licitadores. El resto de las ofertas serán valoradas conforme a la siguiente fórmula:
P1= 30 x (Omin/Oi)
## Siendo: P1 : Puntuación otorgada a cada oferta analizada Omin : Oferta económica válida más baja presentada Oi : Oferta económica analizada
Podrán desestimarse aquellas ofertas que se consideren desproporcionadas por haber sido formuladas en términos que las hacen anormalmente bajas, en los términos previstos en el artículo 149 de la LCSP.
- b) Nivel de formación de los trabajadores: (Máximo 70 puntos).
2. -Adscribir a la ejecución del contrato un Coordinador de Seguridad y Salud con titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales con la especialidad de Higiene Industrial (50 puntos)
3. -Adscribir a la ejecución del contrato personal con formación específica sobre riesgos del amianto y procedimientos de desamiantado. Para poder valorar este criterio se requerirá que el curso tenga un mínimo de 20 horas. (20 puntos)
Acreditación: mediante la aportación de los Títulos/Certificados acreditativos de la formación requerida. (Dicha documentación deberá ser presentada únicamente por el licitador propuesto adjudicatario).
XVII.En lo referente al NÚMERO DE LOTES POR LICITADOR , por la naturaleza de las tareas propias a desarrollar por el adjudicatario del Lote 2, y en aplicación del apartado 4.a del artículo 99 de la LCSP, se limita la concurrencia de un mismo licitador a un único lote de los dos que componen la presente licitación.
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La Arquitecta Técnica Municipal (Documento firmado electrónicamente)
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