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PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD NOVIEMBRE 2022 <!-- image --> ## EQUIPO REDACTOR <!-- image --> LPA Studio, S.L.P. C/ Ingeniero José Bosch y Sintes, nº 6, 1º 35003, Las Palmas de Gran Canaria, España Tlf. 928 323 054 ## CERTIFICACIONES DE CALIDAD Y MEDIOAMBIENTE <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> PA Studio es una oficina multidisciplinar que desarrolla proyectos y trabajos de consultoría en los campos de la planificación urbanística y medioambiental , las infraestructuras , el diseño urbano y el paisajismo . LPA Studio está habilitada por BREEAM para la auditoría y certificación de la sostenibilidad urbanística de proyectos y planes. LPA Studio cuenta con un equipo multidisciplinar de profesionales y consultores organizados en tres divisiones, LPA Strategy, LPA Design y LPA Constructing , que supervisan el desarrollo del proyecto desde su fase inicial de planificación hasta su materialización final. PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS ## ÍNDICE GENERAL ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 01. MEMORIA 02. PLIEGO DE CONDICIONES 03. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO 04. PLANOS PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 01. MEMORIA 02. PLIEGO DE CONDICIONES 03. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO 04. PLANOS <!-- image --> ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ## 01. MEMORIA ## ÍNDICE | 1. INTRODUCCIÓN | 5 | |------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----| | 2. OBJETO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD | 5 | | 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES | 5 | | 3.1. Datos del proyecto | 5 | | 3.2. Condiciones del solar y su entorno | 6 | | 3.2.1. Climatología | 6 | | 3.2.2. Accesos | 6 | | 3.3. Descripción de las obras | 6 | | 4. INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR Y SERVICIOS DE PRIMEROS AUXILIOS | 7 | | 4.1. Cálculo del número de trabajadores en la obra | 7 | | 4.2. Dotación de servicios sanitarios | 8 | | 4.3. Dotación de servicios comunes | 9 | | 4.3.1. Dotación de vestuarios y aseos | 9 | | 4.3.2. Dotación del comedor | 10 | | 4.4. Cálculo de las instalaciones | 10 | | 4.5. Servicios de asistencia médica y emergencias | 11 | | 5. MEDIAS PREVIAS AL INICIO DE LA OBRA | 11 | | 5.1. Condiciones generales | 11 | | 5.2. Información previa | 12 | | 5.3. Servicios afectados: identificación, localización y señalización | 12 | | 5.4. Accesos: circulación interior y delimitación de la obra | 13 | | 6. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS PREVISTAS SEGÚN LOS TRABAJOS A REALIZAR | 13 | | 6.1. Demoliciones | 13 | | 6.1.1. Demolición por medios mecánicos | 13 | | 6.2. Movimiento de tierras | 14 | | 6.2.1. Desbroce y limpieza | 14 | | 6.2.2. Excavación a cielo abierto y excavación de zanjas | 16 | | 6.2.3. Terraplenes, rellenos de tierras o rocas | 19 | | 6.3. Estructuras | 20 | | 6.3.1. Formación de bases de material granular | 20 | |---------------------------------------------------------------------------------------------------|------| | 6.4. Metabolismo e instalaciones | 23 | | 6.4.1. Canal de drenaje | 23 | | 6.5. Espacios Libres y viales | 24 | | 6.5.1. Pavimentos de adoquines | 24 | | 6.6. Jardinería y biodiversidad | 24 | | 6.6.1. Extendido de tierra vegetal | 24 | | 6.6.2. Siembras y plantaciones | 26 | | 7. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SU PREVENCIÓN SEGÚN MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS A REALIZAR | 27 | | 7.1. Compresor | 27 | | 7.1.1. Identificación de los riegos | 27 | | 7.1.2. Normas de uso y mantenimiento | 28 | | 7.1.3. Equipos de protección individual | 29 | | 7.2. Pala cargadora sobre ruedas | 29 | | 7.2.1. Identificación de los riegos | 29 | | 7.2.2. Normas de uso y mantenimiento | 29 | | 7.2.3. Equipos de protección individual | 31 | | 7.3. Retroexcavadora | 31 | | 7.3.1. Identificación de los riegos | 31 | | 7.3.2. Normas de uso y mantenimiento | 31 | | 7.3.3. Equipos de protección individual | 33 | | 7.4. Compactador | 33 | | 7.4.1. Identificación de los riegos | 33 | | 7.4.2. Normas de uso y mantenimiento | 33 | | 7.4.3. Equipos de protección individual | 34 | | 7.5. Camión de transporte | 34 | | 7.5.1. Identificación de los riegos | 34 | | 7.5.2. Normas de uso y mantenimiento | 34 | | 7.5.3. Equipos de protección individual | 35 | | 7.6. Motoniveladora | 36 | | 7.6.1. Identificación de los riegos | 36 | | 7.6.2. Normas de uso y mantenimiento | 36 | | 7.6.3. Equipos de protección individual | 37 | | 7.7. Herramientas manuales | 37 | | 7.7.1. Identificación de los riegos | 37 | | 7.7.2. Normas de uso y mantenimiento | 38 | | 7.7.3. Equipos de protección individual | 39 | | 7.8. Camión basculante | 39 | | 7.8.1. Identificación de los riegos | 39 | 4 | 7.8.2. Normas de uso y mantenimiento | 40 | |------------------------------------------------------------------------------------|------| | 7.8.3. Equipos de protección individual | 42 | | 8. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SU PREVENCIÓN SEGÚN LOS MEDIOS AUXILIARES | 42 | | 8.1. Escaleras de mano | 42 | | 8.1.1. Identificación de los riegos | 42 | | 8.1.2. Normas de uso y mantenimiento | 43 | | 8.1.3. Equipos de protección individual | 44 | ## 1. INTRODUCCIÓN El cumplimiento del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, establece, en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la obligatoriedad de elaborar un Estudio de Seguridad y Salud en las obras, siempre que se presenten alguno de los supuestos siguientes: - Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.759,08 €. - Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. - Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500. - Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas. - En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud. En nuestro caso, dadas las características de las obras a realizar, se cumple al menos uno de los supuestos anteriormente expuestos, por lo que se considera obligatoria la redacción del presente Estudio de Seguridad y Salud. ## 2. OBJETO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD La redacción del presente Estudio de Seguridad y Salud tiene por objeto establecer las Normas de prevención de los riesgos de accidentes de trabajo, así como prever la dotación mínima de las instalaciones preceptivas de higiene y bienestar, al servicio de los trabajadores, durante la construcción de las obras proyectadas. La integración de los aspectos preventivos, desde la planificación inicial de todas las actividades a desarrollar durante la obra, es el mejor medio de establecer una política eficaz, para disminuir los riesgos de accidentes y aumentar la calidad de la obra, como consecuencia inmediata de una mayor seguridad pensada para quienes la ejecutan. ## 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES ## 3.1. Datos del proyecto El presente estudio de Gestión de Residuos se refiere al proyecto de 'PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS', cuyos datos generales son: Promotor: Ayuntamiento de Valleseco Proyectista: LPA Studio S.L.P COAC 10.407 Juan Palop - Casado arquitecto Redactor del Presente Estudio: LPA Studio S.L.P COAC 10.407 Emplazamiento: C/ Párroco Marrero Díaz, 12. CP: 35340. T.M Valleseco. Presupuesto: El presupuesto de ejecución material de la obra asciende a 1.472.456,39 €. Plazo de ejecución: Se ha estimado un plazo de ejecución de 12 meses. ## 3.2. Condiciones del solar y su entorno ## 3.2.1. Climatología En Valleseco, los veranos son cómodos, áridos y sumamente ventosos; los inviernos son largos, fríos, secos y ventosos y está mayormente despejado durante todo el año. Durante el transcurso del año, la temperatura generalmente varía de 9 °C a 21 °C y rara vez baja a menos de 7 °C o sube a más de 24 °C. Con estos datos se considera que no es necesario adoptar medidas especiales de seguridad por motivos climatológicos. Lo cual no quiere decir que no haya que adoptarlos si ello fuera necesario. En presencia de lluvia, nieve, heladas o vientos superiores a 40 km/hora: - o Se suspenderá cualquier trabajo que haya que realizar en altura (cubierta, forjados, etc.). - o Se suspenderán los trabajos sobre encofrados para evitar el riesgo de accidentes por resbalones al caminar sobre los tableros. - o Se suspenderá cualquier trabajo de movimiento de tierras (excavaciones, zanjas, taludes, etc.). - o Se extremarán al máximo las medidas de seguridad. ## 3.2.2. Accesos La obra dispondrá de dos accesos independientes para personal y vehículos, con la señalización obligatoria de prohibido el paso a toda persona ajena a la obra y uso obligatorio de EPIs. ## 3.3. Descripción de las obras A continuación, se realiza una breve descripción de las distintas actuaciones que forman parte de este proyecto: - Demoliciones: demoliciones de algunos de los elementos preexistentes para la ejecución de la nueva propuesta. - Movimiento de tierras: desbroce y limpieza, excavación y relleno de tierras para alcanzar las cotas requeridas en proyecto. - Cimentación y estructuras: consiste en la ejecución de la cimentación y la estructura de la nueva edificación. - Envolventes exteriores: consiste en la ejecución de los muros de fachada y la sobrecubierta, incluyendo sus acabados. - Envolventes interiores: consiste en la ejecución de tabiques interiores, falsos techos y acabados interiores, - Carpinterías: instalación de las carpinterías de puertas, ventanas y lucernarios. - Instalaciones: incluye las diversas instalaciones de la edificación: electricidad de baja tensión, abastecimiento y evacuación de aguas, telecomunicaciones, contra incendio y climatización. - Jardinería y espacios libres: plaza-patio central con sus bancales de huerto urbano y jardineras perimetrales. Además, incluye jardineras de balcones. ## 4. INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR Y SERVICIOS DE PRIMEROS AUXILIOS ## 4.1. Cálculo del número de trabajadores en la obra Para el cálculo medio de trabajadores, se han realizado las siguientes estimaciones: - Se parte de los datos obtenidos del presupuesto de obra, donde tenemos el presupuesto de ejecución material destinado a la mano de obra y el número de horas total empleados. ## MANO DE OBRA (PRESUPUESTO) | CODIGO | RESUMEN | CANTIDADUD.PRECIO/UD. | | IMPORTE | |----------|-----------------------|-------------------------|-------|-----------| | M01A0010 | Oficial primera | 2.047,345 h | 15,89 | 32.532,32 | | | Oficial primera | | | | | M01A0020 | Oficial segunda | 49,243 h | 15,51 | 763,76 | | | Oficial segunda | | | | | M01A0030 | Peon | 2.542,589 h | 14,96 | 38.037,13 | | | Peon | | | | | M01B0010 | Oficial cerrajero | 315,755 h | 15,49 | 4.891,04 | | | Oficial cerrajero | | | | | M01B0020 | Ayudante cerrajero | 427,532 h | 14,69 | 6.280,45 | | | Ayudante cerrajero | | | | | M01B0050 | Oficial fontanero | 24,400 h | 15,49 | 377,96 | | | Oficial fontanero | | | | | M01B0060 | Ayudante fontanero | 24,400 h | 14,69 | 358,44 | | | Ayudantefontanero | | | | | M01B0070 | Oficial electricista | 10,550 h | 15,49 | 163,42 | | | Oficial electricista | | | | | M01B0080 | Ayudante electricista | 10,550 h | 14,69 | 154,98 | | | Ayudante electricista | | | | | M01B0090 | Oficial pintor | 95,825 h | 15,89 | 1.522,65 | | | Oficial pintor | | | | | M01B0100 | Ayudante pintor | 95,825 h | 15,08 | 1.445,03 | | | Ayudantepintor | | | | | M01B0110 | Oficial instalador | 27,200 h | 15,49 | 421,33 | | | Oficial instalador | | | | | M01B0120 | Ayudante instalador | 27,200 h | 14,69 | 399,57 | | | Ayudante instalador | | | | | M01B0140 | Oficial carpintero | 397,250 h | 15,89 | 6.312,30 | | | Oficial carpintero | | | | | M01B0150 | Ayudante carpintero | 397,250 h | 15,08 | 5.990,53 | | | Ayudante carpintero | | | | | | | Grupo M01. | | 99.650,91 | | | TOTAL | | | 99.650,91 | De aquí obtenemos que las horas totales de mano de obra se corresponden a 6.492,91 h. - Se ha supuesto que se trabaja una media de 8 horas al día y 22 días al mes durante los meses de ejecución de la obra: 5 meses x 22 días/mes x 8 h/día = 880 horas - Dividiendo el total de horas de mano de obra, entre las totales que dedica cada empleado, obtenemos el número de trabajadores que necesitamos: ## 6.492,91 h / 880 h = 7,38 = 8 trabajadores Como se ha indicado, este número de trabajadores es una estimación media, pues habrá fases de obra con más operarios y otros con menos, por lo que como base para el dimensionado de las instalaciones provisionales de bienestar e higiene de los trabajadores nos puede servir el dato obtenido incrementando aproximadamente un 35%. Se considera que el número de trabajadores punta es: <!-- formula-not-decoded --> Para el cálculo de consumo de los "equipos de protección individual", no se escoge los 8 operarios, que corresponden al número de trabajadores punta; sino al número de trabajadores distintos que van a pasar por la obra durante su ejecución, estos son los que resultan de la estimación realizada mediante el estudio del plan de desarrollo de los trabajos, y se han considerado 11 trabajadores. En este segundo número, que refleja el aumento en la concurrencia en un determinado instante por necesidad en la programación, quedan englobadas todas las personas que intervienen en el proceso de esta construcción, independientemente de su afiliación empresarial o sistema de contratación. Luego el resumen de las estimaciones serán las siguientes: - 1.- Número de trabajadores en el día punta = 8 operarios - 2.- Número de trabajadores distintos que pasan por la obra = 11 trabajadores Si el plan de seguridad y salud efectúa alguna modificación de la cantidad de trabajadores que se ha calculado que intervengan en esta obra, deberá adecuar las previsiones de instalaciones provisionales y protecciones colectivas e individuales a la realidad. ## 4.2. Dotación de servicios sanitarios Será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por personal con la suficiente formación. Deberán adoptarse medidas para 'garantizar la evacuación', a fin de recibir cuidados médicos, de los trabajadores accidentados o afectados por una indisposición repentina. Cuando el tamaño de la obra o el tipo de actividad lo requieran, deberá contarse con uno o varios locales para primeros auxilios. Los locales para primeros auxilios deberán estar dotados de las instalaciones y el material de primeros auxilios indispensables y tener fácil acceso para las camillas. Los locales de primeros auxilios deberán estar señalizados conforme al R.D. 485/1997 sobre 'señalización de seguridad y salud en el trabajo'. En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberá disponer también de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácil acceso. Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfono del servicio local de urgencia. Botiquín: Se dispondrá en obra de los botiquines necesarios para primeros auxilios, con su equipamiento correspondiente. El maletín botiquín de primeros auxilios, deberá contener todos los artículos que se especifican a continuación: - Agua oxigenada - Alcohol de 96 grados - Tintura de iodo; 'betadine' o "mercurocromo" o "cristalmina" - Gasa estéril - Algodón hidrófilo estéril - Vendas - Esparadrapo antialérgico - Apósitos autoadhesivos - Tijeras y pinzas - Guantes esterilizados Los botiquines se revisarán mensualmente y se repondrá inmediatamente el material consumido. ## 4.3. Dotación de servicios comunes ## 4.3.1. Dotación de vestuarios y aseos - o Vestuarios Cuando los trabajadores tengan que llevar ropa especial de trabajo deberán tener a su disposición vestuarios adecuados. Los vestuarios deberán ser de fácil acceso, tener las dimensiones suficientes y disponer de asientos e instalaciones que permitan a cada trabajador poner a secar, si fuera necesario, su ropa de trabajo. Para calcular su superficie, se considerará como mínimo 2 metros cuadrados por trabajador para el caso en el que se encuentran trabajando simultáneamente el máximo número de trabajadores en la fase punta de la obra. Cuando las circunstancias lo exijan (por ejemplo, sustancias peligrosas, humedad, suciedad), la ropa de trabajo deberá poder guardarse separada de la ropa de calle y de los efectos personales. Cuando los vestuarios no sean necesarios, en el sentido del párrafo primero de este apartado, cada trabajador deberá poder disponer de un espacio para colocar su ropa y sus objetos personales bajo llave. - o Aseos La zona de aseos contará con inodoros en cabina individual, duchas en cabina individual, con agua caliente, lavabos, con espejo, jabón y agua caliente, jaboneras, secamanos y portarrollos con papel higiénico. Para calcular su superficie, se considerará como mínimo 2 metros cuadrados por trabajador para el caso en el que se encuentran trabajando simultáneamente el máximo número de trabajadores en la fase punta de la obra. Cuando el tipo de actividad o la salubridad lo requiera, se deberán poner a disposición de los trabajadores duchas apropiadas y en número suficiente. Las duchas deberán tener dimensiones suficientes para permitir que cualquier trabajador se asee sin obstáculos y en adecuadas condiciones de higiene. Deberán de disponer de agua corriente caliente y fría. Cuando, no sean necesarias duchas, deberá haber lavabos suficientes y apropiados con agua corriente, caliente y si fuera necesario, cerca de los puestos de trabajo y vestuarios. Se dispondrá de duchas y lavabos apropiados en número mínimo de 1 ducha y 1 lavabo por cada 10 trabajadores o fracción que trabajen en la misma jornada. Se dotará de 1 inodoro por cada 25 hombres y 1 por cada 15 mujeres y 1 urinario por cada 25 hombres. Todas las unidades se refieren a las personas que coincidan en un mismo turno de trabajo. Los vestuarios, duchas, lavabos e inodoros estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos. Igualmente, en los servicios destinados para las mujeres se colocarán recipientes especiales y cerrados para depositar las compresas higiénicas o similares. ## 4.3.2. Dotación del comedor Se deberá disponer en obra de un comedor con iluminación natural y artificial adecuada y una correcta ventilación. Para calcular su superficie, se considerará como mínimo 2 metros cuadrados por trabajador para el caso en el que se encuentran trabajando simultáneamente el máximo número de trabajadores en la fase punta de la obra. La dotación del comedor será: - o 1 mesa por cada 10 trabajadores o fracción. - o 1 banco por cada 5 trabajadores o fracción. - o 1 fregadero con servicio de agua potable por cada 25 trabajadores o fracción. - o 1 horno microondas por cada 25 trabajadores o fracción. - o Cubos con tapa para depositar los desperdicios. ## 4.4. Cálculo de las instalaciones | Instalaciones | Elementos necesarios | Elementos necesarios en función del número de trabajadores 'punta' | |---------------------------------------------------------------------------|--------------------------------|----------------------------------------------------------------------| | Bancos (1 cada 5) Taquillas (1 por trabajador) Perchas (1 por trabajador) | 2 Bancos 8 Taquillas 8 Perchas | Vestuario | | Inodoros (1 por cada 25 hombres y 1 por cada 15 mujeres) | 2 Inodoros 1 Duchas | Aseos | | | Duchas (1 por cada 10) Lavabos (1 por cada 10) Espejos (1 por cada 10) Jaboneras (1 por cada 10) Secamanos (1 por cada lavabo) Portarrollos con papel higiénico (1 por cada inodoro) | 1 Lavabos 1 Espejos 1 Jaboneras 1 Secamanos 2 Portarollos con papel higiénico | |---------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------| | Comedor | Mesas (1 cada 10) Bancos (1 cada 5) Fregadero con agua potable (1 por cada 25) Horno Microondas (1 por cada 25) Cubos con tapa para desperdicios 1 mesas 2 bancos 1 fregadero 1 horno Microondas 2 cubos con tapa para | | ## 4.5. Servicios de asistencia médica y emergencias En caso de accidente se acudirá al Centro Asistencial más cercano, y en caso necesario se avisará a una ambulancia para que proceda al traslado del accidentado. Los centros sanitarios de referencia para la obra, tanto por sus características como por su cercanía a obra, son: - Emergencias: 112. - Centro de Salud Valleseco teléfono: 928 11 74 01 - Hospital Doctor Negrín teléfono: 928.45 00 00 - Hospital Insular teléfono: 928 44 40 00 Se estima la conveniencia de que se comprueben los centros asistenciales, así como los teléfonos de interés para su inclusión en el plan de seguridad, así como reflejarlos en lugares de paso para información de todos los trabajadores. El coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución estimará, una vez comprobados, la conveniencia de indicar además los itinerarios a seguir a cada uno de estos centros. ## 5. MEDIAS PREVIAS AL INICIO DE LA OBRA ## 5.1. Condiciones generales No deberá iniciarse ningún trabajo en la obra sin la aprobación previa del Plan de Seguridad y Salud. Antes del inicio de la obra, habrán de estar instalados los locales y servicios de higiene y bienestar para los trabajadores. Antes de iniciar cualquier tipo de trabajo en la obra, será requisito imprescindible que el contratista tenga concedidos los permisos, licencias y autorizaciones reglamentarias que sean pertinentes, tales como: colocación de vallas o cerramientos, señalizaciones, desvíos y cortes de tráfico peatonal y de vehículos, accesos, acopios, etc. Antes del inicio de cualquier trabajo en la obra, deberá realizarse las protecciones pertinentes, en su caso, contra actividades molestas, nocivas, insalubres o peligrosas que se lleven a cabo en el entorno próximo a la obra y que puedan afectar a la salud de los trabajadores. ## 5.2. Información previa Antes de acometer cualquiera de las operaciones o trabajos preparatorios a la ejecución de la obra, el contratista deberá informarse de todos aquellos aspectos que puedan incidir en las condiciones de seguridad e higiene requeridas. A tales efectos recabará información previa relativa, fundamentalmente, a: - Servidumbre o impedimentos de redes de instalaciones y servicios y otros elementos ocultos que puedan ser afectados por las obras o interferir la marcha de éstas. - Intensidad y tipo de tráfico de las vías de circulación adyacentes a la obra, así como cargas dinámicas originadas por el mismo, a los efectos de evaluar las posibilidades de desprendimientos, hundimientos u otras acciones capaces de producir riesgos de accidentes durante la ejecución de la obra. - Vibraciones, trepidaciones u otros efectos análogos que puedan producirse por actividades o trabajos que se realicen o hayan de realizarse en el entorno próximo a la obra y puedan afectar a las condiciones de seguridad e higiene de los trabajadores. - Actividades que se desarrollan en el entorno próximo a la obra y puedan ser nocivas insalubres o peligrosas para la salud de los trabajadores. ## 5.3. Servicios afectados: identificación, localización y señalización Antes de empezar cualquier trabajo en la obra, habrán de quedar definidas qué redes de servicios públicos o privados pueden interferir su realización y pueden ser causa de riesgo para la salud de los trabajadores o para terceros. En el caso de líneas eléctricas aéreas que atraviesen la zona de obra o estén próximas a él de tal forma que interfieran la ejecución de la obra, no se deberá empezar a trabajar hasta que no hayan sido modificadas por la compañía suministradora. A tales efectos se solicitará de la propia compañía que proceda a la descarga de la línea o a su desvío. De no ser viable lo anterior, se considerarán unas distancias mínimas de seguridad, medidas entre el punto más próximo con tensión y la parte más cercana del cuerpo o herramienta del obrero, o de la máquina, teniéndose en cuenta siempre la situación más desfavorable. Habrá de vigilarse en todo momento que se mantienen las distancias mínimas de seguridad referidas. En el supuesto de redes subterráneas de gas, agua o electricidad, que afecten a la obra, antes de iniciar cualquier trabajo deberá asegurarse la posición exacta de las mismas, para lo que se recabará, en caso de duda, la información necesaria de las compañías afectadas, gestionándose la posibilidad de desviarlas o dejarlas sin servicio. Estas operaciones deberán llevarlas a cabo las citadas compañías. De no ser factible, se procederá a su identificación sobre el terreno y, una vez localizada la red, se señalizará marcando su dirección, trazado y profundidad, indicándose, además, el área de seguridad y colocándose carteles visibles advirtiendo del peligro y protecciones correspondientes. ## 5.4. Accesos: circulación interior y delimitación de la obra Antes del inicio de los trabajos se procederá al cercado y cerramiento de toda la zona de obra, de forma que se evite la entrada de cualquier persona ajena a la obra. Todos los accesos a la obra se colocarán carteles de "Prohibido el paso a toda persona ajena a la obra", "Es obligatorio el uso de los equipos de protección individual", y, en los accesos de vehículos, el cartel indicativo de "Entrada y salida de vehículos". Deberán acotarse y delimitarse las zonas de cargas, descargas, acopios y almacenamiento. En el cuadro eléctrico general, así como en las máquinas, se colocarán señales de 'Riesgo Eléctrico', y cuando se estén realizando reparaciones, se desconectará la fuente de alimentación y se colocará el cartel de 'No Conectar'. El perímetro de la zanja o excavación deberá estar debidamente señalizada y vallada. Durante todo el transcurso de la obra, se deberá mantener actualizada la señalización correspondiente a cada tajo. ## 6. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS PREVISTAS SEGÚN LOS TRABAJOS A REALIZAR ## 6.1. Demoliciones ## 6.1.1. Demolición por medios mecánicos - o Descripción de los trabajos Esta actividad de obra incluye todos aquellos trabajos necesarios para realizar la demolición de cualquier elemento o estructura utilizando para ello medios mecánicos. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de herramientas manuales: compresor, martillo eléctrico. - o Identificación de los riesgos Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Caída de personas a distinto nivel. - o Exposición a ambientes pulverulentos. - o Pérdida de seguridad en operación por señalización deficiente. - o Proyección de fragmentos o partículas. - o Ruido. - o Medidas preventivas En las tareas de demolición que presenten un riesgo de caída de altura superior a 2 metros, se deberá proceder a la instalación de un sistema anticaída. Deberá evitarse la formación de polvo regando ligeramente los elementos o escombros. El área de trabajo de la maquinaria deberá estar debidamente acotada y señalizada. Deberá prestarse especial atención a la proyección de partículas que pueda provocar la maquinaria durante la realización de trabajos. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en la ejecución de los trabajos de demoliciones deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Chaleco reflectante. - o Gafas de seguridad. - o Guantes. - o Mascarilla - o Protectores auditivos. - o Equipos de protección colectiva - o Líneas de vida. - o Sistemas provisionales de protección de borde. ## 6.2. Movimiento de tierras ## 6.2.1. Desbroce y limpieza ## o Descripción de los trabajos Consiste en extraer y retirar de las zonas designadas todos los árboles, tocones, plantas, maleza, broza, maderas caídas, escombros, basura o cualquier otro material indeseable según el Proyecto o a juicio del Director de las Obras. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de palas cargadoras. - o Identificación de los riegos Será de aplicación la identificación de los riesgos en el uso de la maquinaria y las herramientas manuales anteriormente especificadas. - o Caídas de personas al mismo nivel. - o Caídas de personas a distinto nivel en acceso o descenso de la maquinaria. - o Pisadas sobre objetos. - o Choques contra objetos inmóviles. - o Choques contra objetos móviles de las máquinas. - o Proyección de fragmentos o partículas. - o Sobreesfuerzos. - o Exposición a contactos eléctricos. - o Atropellos, colisiones y atrapamientos por maquinaria o elementos móviles. - o Caídas de material desde la caja de los vehículos. - o Ruido. - o Vibraciones - o Picaduras - o Mordeduras ## o Medidas preventivas Serán de aplicación las normas de uso y mantenimiento de la maquinaria y las herramientas manuales necesarias para la ejecución de los trabajos anteriormente especificadas. Se colocará cinta de balizamiento en las zonas con riesgo de caída a distinto nivel. En caso de tener que actuar en bordes de desniveles se colocarán líneas de vida y se usará arnés de seguridad. Se procurará establecer zonas de aparcamiento de vehículos tanto del personal de obra como de maquinaria utilizada para los trabajos de despeje y desbroce. Se señalizará la presencia de servicios aéreos. En presencia de líneas de electricidad aéreas dentro del solar, en espera de ser derivadas, y ante la posibilidad de un contacto eléctrico directo, se mantendrá una distancia de seguridad. Queda prohibida la circulación o estancia del personal dentro del radio de acción de la maquinaria. La maleza debe eliminarse mediante siega con desbrozadoras y se evitará siempre recurrir al fuego. Se deben planificar y señalar las zonas de acopios y escombros. Antes de proceder al desbroce se obtendrá información sobre la probabilidad de encontrar en él cualquier especie animal o vegetal capaz de afectar a la salud de los trabajadores, causando infecciones, irritaciones, picaduras, mordeduras y otras lesiones causadas por seres vivos. Los lugares en los que puedan producirse desprendimientos de rocas o árboles con raíces descarnadas, sobre personas, máquinas o vehículos, deberán ser señalizados, balizados y protegidos convenientemente. Los árboles, postes o elementos inestables deberán apuntalarse adecuadamente con tornapuntas y jabalcones. Los elementos inestables deberán apearse y ser apuntalados adecuadamente. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en la ejecución de los trabajos de desbroce y limpieza deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Guantes de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Casco de seguridad - o Ropa de trabajo adecuada. - o Mascarilla - o Protectores auditivos - o Chaleco reflectante. - o Gafas de seguridad. ## 6.2.2. Excavación a cielo abierto y excavación de zanjas ## o Descripción de los trabajos Excavación a cielo abierto: La unidad se aplicará a la excavación realizada a cielo abierto en cualquier tipo de terreno. Se define como excavación al conjunto de operaciones realizadas para excavar y nivelar las zonas donde ha de asentarse la obra. Excavación de zanjas: comprende las operaciones realizadas para llevar el terreno hasta la cota prevista de las conducciones enterradas. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de excavadora retroexcavadora y camión basculante y para la detección de posibles servicios afectados serán necesarias operaciones manuales. - o Identificación de los riegos Será de aplicación la identificación de los riegos en el uso de la maquinaria anteriormente especificados. Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Deslizamiento de tierras y/o rocas. - o Desprendimientos de tierras y/o rocas, por sobrecarga de los bordes de excavación. - o Desprendimientos de tierra y/o roca, por no emplear el talud adecuado. - o Desprendimientos de tierra y/o roca, por variación de la humedad del terreno. - o Desprendimientos de tierra y/o roca, por filtraciones acuosas. - o Desprendimientos de tierra y/o roca, por vibraciones cercanas - o Desprendimientos de tierra y/o roca, por alteraciones del terreno, debidos a variaciones fuertes de temperaturas. - o Desprendimiento de tierras y/o rocas, por fallo de las entibaciones. - o Desprendimiento de tierras y/o rocas, en excavaciones bajo nivel freático. - o Atropellos, colisiones, vuelcos y falsas maniobras de la maquinaria para movimientos de tierras. - o Caídas de personal y/o de cosas a distinto nivel (desde el borde de la excavación). - o Riesgos derivados de los trabajos realizados bajo condiciones meteorológicas adversas - o Caídas de personal al mismo nivel. - o Contactos eléctricos directos e indirectos. - o Polvos. - o Ruido. - o Medidas preventivas Serán de aplicación las normas de uso y mantenimiento de la maquinaria necesaria para la ejecución de los trabajos anteriormente especificados. En caso de presencia de agua en la obra se achicará inmediatamente. Se procederá al apuntalamiento, u otro sistema análogo de protección, de las paredes de la excavación cuando se sobrepase 1'30 metros de profundidad y exista riesgo de desprendimiento o deslizamiento del terreno, dependiendo del tipo y estado de las tierras, en cuya base de la pared exista la presencia de personas, o bien se adoptará alguna otra medida de prevención que posteriormente se citará. El frente de excavación realizado mecánicamente no sobrepasará en más de un metro, la altura máxima de ataque del brazo de la máquina. Se prohibirá el acopio de tierras o de materiales a menos de dos metros del borde de la excavación para evitar sobrecargas y posibles vuelcos del terreno. Se eliminarán todos los bolos o viseras, de los frentes de excavación que por su situación ofrezcan riesgo de desprendimiento. El frente y paramentos verticales de una excavación debe ser inspeccionado siempre al iniciar (o dejar) los trabajos, por el Capataz o Encargado que señalará los puntos que deben tocarse antes del inicio (o cese) de las tareas. El saneo (de tierras, o roca) mediante palanca (o pértiga), cuando exista riesgo de caída superior a 2 metros y cuando no exista protección colectiva alguna, se ejecutará sujeto mediante arnés de seguridad amarrado a un 'punto fuerte' (construido expresamente, o del medio natural; árbol, gran roca, etc.) Se señalizará mediante una cinta de señalización la distancia de seguridad mínima de aproximación al borde de una excavación, (mínimo 1,5 metros, como norma general). Se detendrá cualquier trabajo al pie de un talud, si no reúne las debidas condiciones de estabilidad definidas por la Dirección de Obra. Se inspeccionarán por personal cualificado y autorizado para ello, las entibaciones que pudieran haberse colocado, aunque en principio no se prevén éstas, antes del inicio de cualquier trabajo en la coronación o en la base. Se paralizarán los trabajos a realizar al pie de entibaciones cuya garantía de estabilidad no sea firme u ofrezca dudas. En este caso, antes de realizar cualquier otro trabajo, debe reforzase, apuntalarse, etc., la entibación. Deben prohibirse los trabajos en la proximidad de postes eléctricos, de telégrafo, etc., cuya estabilidad no quede garantizada antes del inicio de las tareas. Deben eliminarse los árboles, arbustos y matojos cuyas raíces han quedado al descubierto, mermando la estabilidad propia y del corte efectuado al terreno. No obstante, y mientras tanto se procede a su eliminación, las zonas en las que puedan producirse desprendimientos de árboles con raíces descarnadas deberán ser señalizadas, balizadas y protegidas convenientemente. Se han de utilizar testigos que indiquen cualquier movimiento del terreno que suponga el riesgo de desprendimientos. Se prohíbe permanecer o trabajar al pie de un frente de excavación recientemente abierto, antes de haber procedido a su saneo o entibado en caso de que fuese necesario. Las maniobras de carga a cuchara de camiones serán dirigidas por persona cualificada para ello. La circulación de vehículos se realizará a un máximo de aproximación al borde de la excavación no superior a los 3 metros para vehículos ligeros y de 4 metros para pesados. Se conservarán los caminos de circulación interna cubriendo baches, eliminando blandones y compactando. Se recomienda evitar en lo posible los barrizales, en prevención de accidentes. Para acceso a zonas (fondos) de excavación se tendrá presente que procurará separar, el acceso de personas del de vehículos. En caso contrario, se construirá una barrera de acceso de seguridad a la excavación para el uso peatonal. Se prohibirá trabajar o permanecer, dentro del radio de acción del brazo de una máquina para movimiento de tierras. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en la ejecución de los trabajos de excavación deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de Seguridad - o Botas de seguridad. - o Chaleco reflectante - o Guantes de seguridad. - o Mascarilla - o Protectores auditivos. - o Arnés de seguridad. - o Equipos de protección colectiva - o Vallado de protección ## 6.2.3. Terraplenes, rellenos de tierras o rocas - o Descripción de los trabajos Rellenos en terraplén: consisten en la extensión y compactación de suelos procedentes de la excavación o de préstamo, en zonas de extensión tal que permita la utilización de maquinaria de elevado rendimiento o de bajo rendimiento en el relleno de cajeos y bataches para asiento de terraplenes. Rellenos en zanjas: esta unidad consiste en el relleno entre la cota a partir de la cual se establece la profundidad de definición de la conducción y la del terreno natural o línea de explanación existente, o de zanjas o pozos para conducciones y arquetas, según el caso, con material procedente de la excavación. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos de relleno en terraplén se prevé la utilización de pala cargadora, compactador y camión de transporte y para el relleno de zanjas se prevé la utilización de retroexcavadora y compactador manual. - o Identificación de los riegos Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Accidentes por conducción en ambientes pulverulentos de poca visibilidad. - o Accidentes por conducción sobre terrenos encharcados, sobre barrizales. - o Interferencias entre vehículos por falta de dirección o señalización en las maniobras. - o Siniestros de vehículos por exceso de carga o mal mantenimiento. - o Caídas de material desde las cajas de los vehículos. - o Atropellos y golpes por maquinaria y vehículos de obra. - o Atrapamientos de personas por maquinaria. - o Colisiones y vuelcos de maquinaria o vehículos de obra. - o Corrimientos o desprendimientos del terreno. - o Caídas de personas al mismo nivel. - o Vibraciones sobre las personas. - o Ruido ambiental. - o Caída de objetos por desplome o derrumbamiento. - o Pisada sobre objetos. - o Proyección de fragmentos o partículas. - o Atrapamiento por vuelco de máquinas. - o Sobreesfuerzos. - o Exposición a contactos eléctricos. - o Golpes con vehículos. - o Polvo. - o Atropellos de personal propio o ajeno a la obra. - o Riesgos derivados de los trabajos realizados bajo condiciones meteorológicas adversas - o Medidas preventivas Con respecto al entorno de la obra hay que tener especial cuidado con la posible presencia de líneas eléctricas aéreas, así como mantener las distancias mínimas de seguridad para evitar que los operarios entren dentro del radio de acción de la máquina en movimiento. Cada equipo de carga para rellenos será dirigido por un jefe de equipo que coordinará las maniobras. Todas las maniobras de vertidos en retroceso serán dirigidas por el Capataz o Encargado. Se prohíbe la permanencia de personas en un radio no inferior a los 5 metros, (como norma general) en torno a las compactadoras y apisonadoras en funcionamiento. (La visibilidad para el maquinista es inferior a la deseable dentro del entorno señalado). Se señalizarán los accesos a la vía pública, mediante las señales normalizadas de 'peligro indefinido', 'peligro salida de camiones' y 'STOP'. También se señalizará el recorrido de los vehículos en el interior de la obra. Se establecerán a lo largo de la obra los letreros divulgativos y señalización de los riesgos propios de este tipo de trabajos (peligro: -vuelco-, -atropello-, -colisión-, etc.). Será obligatorio el establecimiento de un procedimiento de información y formación específica para los trabajadores en relación con los sistemas y procedimientos de protección colectiva, medidas preventivas y medidas de carácter organizativo y procedimental definidas, equipos de protección individual, así como de las condiciones del entorno en el que se realiza la obra. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en la ejecución de los trabajos de terraplenes, rellenos de tierras o rocas deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Chaleco reflectante. - o Guantes. - o Mascarilla - o Cinturón anti vibratorio. ## 6.3. Estructuras ## 6.3.1. Formación de bases de material granular ## o Descripción de los trabajos Formación de capas granulares de base para carreteras, realizadas con áridos machacados, total o parcialmente. Su ejecución incluye las siguientes operaciones: Preparación y comprobación de la superficie de asiento, aportación del material, extensión y humectación si procede, compactación de cada tongada y refino de la superficie de la última tongada. ## o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de: ## lpastudio.net - o Camión transporte para el transporte del material. - o Motoniveladora para el extendido del material. - o Compactador del material aportado. - o Como herramienta manual a emplear durante la ejecución de estos trabajos se prevé la utilización de: Pala, rastillo y escobas. - o Identificación de los riegos Será de aplicación la identificación de los riesgos en el uso de la maquinaria y las herramientas manuales anteriormente especificada. Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Caídas del personal al mismo nivel. - o Caídas del personal a distinto nivel. - o Caída de objetos por desplome o derrumbamiento. - o Caída de objetos desprendidos. - o Atropellos. - o Accidentes y choques del tráfico de obra. - o Vuelcos y/o deslizamientos de la máquina. - o Afecciones a vías de servicio. - o Atrapamientos por partes móviles de máquinas y camiones. - o Polvaredas que disminuyan la visibilidad. - o Irritación de las mucosas, afecciones cutáneas y reacciones alérgicas. - o Proyección de fragmentos o partículas. - o Contactos térmicos. - o Vibraciones. - o Ruido. - o Pisada sobre objetos. - o Cortes y golpes producidos por objetos y herramientas. - o Sobreesfuerzos. - o Medidas preventivas Debe señalizarse y balizarse la zona de trabajo, para evitar que por ella discurran operarios ajenos a los trabajos. Colocar vallado o balizas al borde de taludes que indiquen su presencia y adviertan del peligro de vuelco. Respetar las vías de circulación, la velocidad y el resto de señalización vial y de seguridad durante el trabajo y al desplazarnos por la obra. Anunciar las maniobras con antelación y respetar la distancia de seguridad con los trabajadores y el resto de los vehículos y maquinaria. Detener el vehículo si vemos trabajadores o maquinaria en el recorrido que vamos a realizar. Si invadimos el radio de acción de otro vehículo o maquinaria, detener nuestras operaciones o coordinar nuestros movimientos mediante un señalista. Examinar el terreno antes de comenzar los trabajos para evitar grietas o pozos que pudieran ocasionar hundimientos o vuelco. Durante la maniobra de descarga, no habrá trabajadores cerca de la caja del camión. No fumar ni hacer llama junto al depósito de combustible, la cisterna ni las baterías. Los camiones basculantes no arrancarán hasta tener la caja completamente bajada. Se recomienda la existencia de un extintor de polvo polivalente en la cabina de la maquinaria. Se tratará de que los terrenos por los que deba transitar sean lo más regulares posibles, circulando a velocidades lentas. El personal que maneje la maquinaria será especialista en su uso y contará con el Permiso de Conducir de la categoría correspondiente. Los movimientos de vehículos y máquinas serán regulados, si fuera preciso, por personal auxiliar que ayudará a conductores y maquinistas en la correcta ejecución de maniobras e impedirá la proximidad de personas ajenas a estos trabajos. Los vehículos se cargarán adecuadamente, tanto en peso a transportar como en distribución de la carga, estableciéndose un control necesario para que no se produzcan excesos que puedan provocar riesgos por caída incontrolada de material desde los vehículos o por circulación de éstos con sobrecarga. Siempre que un vehículo parado inicie un movimiento lo anunciará con una señal acústica. Se mantendrán las zonas de trabajo limpias y ordenadas. Se regarán periódicamente los tajos, las cargas y cajas de camión, para evitar las polvaredas, (especialmente si se debe conducir por vías públicas, calles y carreteras). Se señalizarán los accesos y recorrido de los vehículos en el interior de la obra para evitar interferencias. Todas las maniobras de vertido en retroceso serán dirigidas por el Capataz o Encargado. Cuando sea obligado el tráfico rodado por zonas de trabajo, éstas se delimitarán convenientemente, indicándose los distintos riesgos con las correspondientes señales de tráfico y seguridad. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en los trabajos de extendido de firmes granulares deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de Seguridad. - o Chaleco reflectante. - o Mascarilla - o Guantes. - o Protectores auditivos. - o Cinturón antivibratorio. - o Equipos de protección colectiva - o Vallado de protección ## 6.4. Metabolismo e instalaciones ## 6.4.1. Canal de drenaje - o Descripción de los trabajos Se definen canal de drenaje al sistema encargado de filtrar, gestionar y almacenar el agua de pluviales de la plataforma. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de herramientas manuales. - o Identificación de Riesgos. Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Caída de personas al mismo nivel. - o Caída de personas a distinto nivel. - o Pisadas sobre objetos. - o Golpes por objetos o herramientas - o Medidas preventivas. Será de aplicación la identificación de los riegos en el uso de la maquinaria anteriormente especificados. Se efectuará un acopio ordenado de todos los materiales necesarios para ejecutar la unidad. Las zonas de trabajo serán limpiadas de escombros diariamente, para evitar las acumulaciones innecesarias. - o Equipos de protección individual. Los operarios que intervengan en la ejecución de los trabajos de ejecución de cunetas deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Ropa de trabajo apropiada. - o Chaleco reflectante. ## 6.5. Espacios Libres y viales ## 6.5.1. Pavimentos de adoquines - o Descripción de los trabajos Revestimiento para acabados de suelos con piezas de piedra natural recibidas al soporte mediante capa de arena. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de: - o Bandeja vibrante - o Herramientas manuales - o Identificación de los riegos Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Caída al mismo nivel. - o Golpes en las manos y en los miembros inferiores. - o Sobreesfuerzos por manejo de cargas y/o posturas forzadas. - o Medidas preventivas Serán de aplicación las normas de uso y mantenimiento de la maquinaria y las herramientas manuales necesarias para la ejecución de los trabajos anteriormente especificadas. Ejecución de los trabajos en posturas no forzadas. - o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en los trabajos de colocación de pavimentos de piedra deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad - o Chaleco reflectante - o Guantes. - o Fajas contra sobreesfuerzos. ## 6.6. Jardinería y biodiversidad ## 6.6.1. Extendido de tierra vegetal - o Descripción de los trabajos Se define el aporte y extendido de tierra vegetal como la operación de situar, en los lugares y cantidades indicados en el Proyecto una capa de tierra vegetal. Comprende las operaciones de: - o acopio de la tierra cuando proceda - o carga de la tierra ## lpastudio.net - o transporte hasta el lugar proyectado - o distribución o extendido en capa uniforme ## o Equipos de trabajo / maquinaria La carga y la distribución de la tierra se debe hacer generalmente con una pala cargadora y camiones basculantes, que dejan la tierra en la parte superior de las zonas de actuación, en el caso de extendido mecánico, siendo manual el reparto en el resto de los casos. - o Identificación de los riegos Será de aplicación la identificación de los riesgos en el uso de la maquinaria anteriormente especificada. Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Caída de personas al mismo nivel. - o Caída de personas a distinto nivel. - o Atrapamiento por o entre objetos. - o Atrapamiento por vuelco de máquinas. - o Sobreesfuerzos. ## o Medidas preventivas Serán de aplicación las normas de uso y mantenimiento de la maquinaria y las herramientas manuales necesarias para la ejecución de los trabajos anteriormente especificadas. En la zona donde se realicen los trabajos sólo permanecerá el personal que los lleve a cabo, informando al resto de trabajadores de la prohibición de transitar por estos tajos. Para delimitar el área de trabajo se balizará con la suficiente amplitud para comprender una zona de seguridad, en previsión de que fragmentos o el radio de acción de las máquinas pudieran ocasionar riesgos en espacios mayores. Para prevenir los riesgos que se pudieran ocasionar a terceras personas ajenas a la obra, se colocará la señalización vial necesaria y un operario advertirá la presencia de estos trabajos (a los peatones y vehículos) e indicará los itinerarios que deben seguir. Se ordenará la circulación del tráfico dentro de la obra, mediante el balizamiento y señalización vial necesaria, estableciendo pasos seguridad para los operarios que transiten a pie. Los lugares en los que puedan producirse desprendimientos de rocas o árboles con raíces descarnadas, sobre personas, máquinas o vehículos, deberán ser señalizadas, balizadas y protegidas convenientemente. Los árboles, postes o elementos inestables deberán apuntalarse adecuadamente con tornapuntas y jabalcones. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en la ejecución de los trabajos de aporte y extendido de tierra vegetal deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Chaleco reflectante. - o Mascarilla ## 6.6.2. Siembras y plantaciones - o Descripción de los trabajos Dicha unidad de obra comprende el conjunto de operaciones necesarias para el correcto establecimiento y el enraizamiento en el lugar definido en el proyecto de las especies objeto de revegetación procedentes de vivero, así como la recuperación de los desmontes y terraplenes mediante siembra. - o Equipos de trabajo / maquinaria Como maquinaria a emplear durante la ejecución de los trabajos se prevé la utilización de herramientas manuales. - o Identificación de los riegos Será de aplicación la identificación de los riesgos en el uso de la maquinaria anteriormente especificada. Los riesgos más significativos de la presente unidad de obra son los siguientes: - o Caídas al mismo nivel. - o Caídas a distinto nivel. - o Caídas de objetos por manipulación. - o Caídas de objetos desprendidos. - o Daño en ojos por golpes con ramas. - o Heridas en manos y pies, por espinas, astillas, raíces, etc... - o Dermatitis y alergias por contacto con plantas y/o abonos. - o Picaduras de insectos o reptiles. - o Cortes con herramientas. - o Golpes con herramientas manuales. - o Medidas preventivas Serán de aplicación las normas de uso y mantenimiento de la maquinaria necesaria para la ejecución de los trabajos anteriormente especificada. La carga de maleza y leña en camiones se realizará de forma que no se caiga ni durante la carga ni sobresalgan ramas de la caja de los camiones. Si hace falta se cubrirá la carga con lonas o se atará con cuerdas la leña. Cuando se realicen labores para el cultivo con tractores, sembradoras, etc., se mantendrá al personal alejado de la zona. En plantaciones o labores manuales el personal se encontrará distanciado suficientemente uno de otro para no golpearse entre ellos con la herramienta manual. Los hoyos o zanjas para la plantación de árboles se mantendrán abiertos el menor tiempo posible, si fuera preciso se balizarán. Se mantendrá especial cuidado con la manipulación de grandes árboles tanto en la fase de transporte como en la descarga y plantación, no colocándose debajo de ellos cuando se encuentren suspendidos, y se manejarán con cuerdas a distancia. Los árboles trasplantados se apuntalarán para evitar su caída hasta que enraícen. Los parterres de plantaciones en zonas de tránsito que presenten riesgos de pinchazos o heridas a los transeúntes se balizarán adecuadamente. Los abonos, pesticidas, semillas, etc., que lo requieran dada su toxicidad se manejarán con el equipo adecuado, y se acopiarán en zonas cercadas que impidan el paso de las personas no autorizadas, colocando carteles que adviertan del peligro de toxicidad o envenenamiento. Quedará prohibida la ingestión de cualquier alimento, beber o fumar mientras se estén realizando las operaciones. La herramienta manual, principalmente hachas, azadas, etc. se mantendrán perfectamente afiladas y con los mangos en buen estado; se realizará diariamente una revisión de las mismas antes del comienzo diario de las labores. ## o Equipos de protección individual Los operarios que intervengan en la ejecución de siembras y plantaciones deberán hacer uso de los siguientes equipos de protección individual: - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Chaleco reflectante - o Gafas de seguridad. - o Guantes. ## 7. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SU PREVENCIÓN SEGÚN MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS A REALIZAR ## 7.1. Compresor Maquinaria formada por un mecanismo que absorbe el aire a presión atmosférica, la somete a una presión superior y la transforma para que sea apta para instrumentos o equipos neumáticos. ## 7.1.1. Identificación de los riegos - o Golpes y atrapamientos por caída del compresor. - o Caída por pendientes durante su transporte. - o Caía del compresor durante el transporte en suspensión. - o Ruido. - o Vibraciones. - o Golpes por rotura de la manguera de presión. - o Los derivados de la emanación de gases tóxicos por escape del motor. - o Caída del compresor por trabajos en zonas próximas a bordes. - o Sobreesfuerzos - o Proyecciones de material. - o Explosión e incendio. - o Contactos térmicos. - o Exposición a contactos eléctricos. ## 7.1.2. Normas de uso y mantenimiento Los emplazamientos de compresores en zonas próximas a excavaciones se fijarán a una distancia mínima de 3 metros en prevención del riesgo de desprendimiento de la cabeza del talud por sobrecarga. El compresor (o compresores), se ubicará en los lugares señalados para ello en prevención de los riesgos por imprevisión o creación de atmósferas ruidosas. La zona dedicada en esta obra para la ubicación del compresor quedará acordonada en un radio de 4 metros (como norma general), en su entorno, instalándose señales de 'obligatorio el uso de protectores auditivos' para sobrepasar la línea de limitación. El transporte en suspensión se efectuará mediante un eslingado a cuatro puntos del compresor, de tal forma que quede garantizada la seguridad de la carga. El compresor a utilizar en esta obra quedará en estación con la lanza de arrastre en posición horizontal (entonces el aparato en su totalidad esta nivelado sobre la horizontal), con las ruedas sujetas mediante tacos antideslizamientos. Si la lanza de arrastre carece de rueda o de pivote de nivelación se le adaptará mediante un suplemento firme y seguro. El compresor se debe situar en terreno horizontal, calzando las ruedas; caso de que sea imprescindible colocarlo en inclinación deberán calzar las ruedas y amarrar el compresor con cable o cadena a un elemento fijo resistente. Los compresores a utilizar en esta obra serán de los llamados 'silenciosos' en la intención de disminuir la contaminación acústica. Caso de uso de compresores no silenciosos, estos se ubicarán a una distancia mínima del tajo de martillos (o de vibradores), no inferior a 15 metros, (como norma general). Las carcasas protectoras de los compresores a utilizar en esta obra estarán siempre instaladas en posición de cerradas, en prevención de posibles atrapamientos y ruido. Se debe cuidar que la toma de aire del compresor no se halle cerca de depósitos de combustible, tuberías de gas o lugares de donde puedan emanar gases o vapores combustibles, ya que pueden producirse explosiones. Se deben proteger las mangueras contra daños por vehículos, materiales, etc. y se deberán tender en canales protegidos al atravesar calles y caminos. Evitar la presencia de cables eléctricos en las zonas de paso. Las mangueras que se llevan en alto o verticalmente deben ir sostenidas con cable de suspensión, puente o similar. No es recomendable esperar que la manguera se sostenga por sí misma en un trecho largo. Las mangueras a utilizar en esta obra estarán siempre en perfectas condiciones de uso, es decir, sin grietas o desgastes que puedan predecir un reventón, en caso de que aparezcan desgastadas o agrietadas, se desecharán. Los mecanismos de conexión o de empalme, estarán recibidos a las mangueras mediante racores de presión según cálculo. El Encargado o Capataz, controlará el estado de las mangueras, comunicando los deterioros detectados diariamente con el fin de que sean subsanados. Evitar inhalar vapores de combustible. No realizar trabajos cerca de su tubo de escape. Revisar periódicamente todos los puntos de escape del motor. ## 7.1.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad - o Botas de seguridad - o Gafas de seguridad - o Guantes - o Protectores auditivos. - o Ropa de trabajo. ## 7.2. Pala cargadora sobre ruedas Equipo de trabajo destinado a la carga de material a través de una cuchara articulada. ## 7.2.1. Identificación de los riegos - o Caída de personas a diferente nivel. - o Golpes y contactos con elementos móviles de la máquina. - o Atrapamientos por o entre objetos. - o Atrapamientos por vuelco de máquinas. - o Contactos térmicos. - o Contactos eléctricos. - o Explosiones. - o Incendios. - o Atropellos, golpes y choques con o contra vehículos. - o Riesgo de daños a la salud derivados de la exposición a agentes químicos: polvo. - o Riesgo de daños a la salud derivados de la exposición a agentes físicos: ruidos y vibraciones. ## 7.2.2. Normas de uso y mantenimiento Utilizar palas con marcado CE prioritariamente. Cuando esta máquina circule únicamente por la obra, verificar que la persona que la conduce está autorizada, tiene la formación e información específica de PRL y se ha leído su manual de instrucciones. Si la máquina circula por una vía pública, es necesario, además, que el conductor tenga el carnet B de conducir. Verificar que se mantiene al día la ITV (Inspección Técnica de Vehículos). Comprobar que todos los rótulos de información de los riesgos estén en buen estado y situados en lugares visibles. Verificar que la altura máxima de la pala es la adecuada para evitar interferencias con elementos viarios, líneas eléctricas o similares. Prohibir la presencia de trabajadores o terceros en el radio de acción de la máquina. Prohibir el transporte de personas ajenas a la actividad. Prohibir el transporte de personas en la cuchara. No subir ni bajar con la cuchara en movimiento. Evitar desplazamientos de la pala en zonas a menos de 2 m del borde de coronación de taludes. Si la máquina empieza a inclinarse hacia adelante, bajar la cuchara rápidamente para volverla a equilibrar. En operaciones de carga de camiones, verificar que el conductor se encuentra fuera de la zona de trabajo de la máquina. Durante esta operación, hay que asegurarse de que el material queda uniformemente distribuido en el camión, que la carga no es excesiva y que se deja sobre el camión con precaución. No utilizar cucharas y accesorios más grandes de lo que permite el fabricante. Extraer siempre el material de cara a la pendiente. Mover la máquina siempre con la cuchara recogida. No derribar elementos que estén situados por encima de la altura de la pala. Circular con la cuchara a unos 40 cm del suelo. La tierra extraída de las excavaciones se ha de acopiar como mínimo a 2 m del borde de coronación del talud y siempre en función de las características del terreno. No utilizar la cuchara como andamio o plataforma de trabajo. Trabajar, siempre que sea posible, con viento posterior para que el polvo no impida la visibilidad del operario. Para desplazarse sobre terrenos en pendiente, orientar el brazo hacia abajo, casi tocando el suelo. Trabajar a una velocidad adecuada y sin realizar giros pronunciados cuando se trabaje en pendientes. Hay que evitar que la cuchara de la pala se sitúe por encima de las personas. Dejar la cuchara en el suelo una vez haya finalizado los trabajos, aplicando una ligera presión hacia abajo. No superar las pendientes fijadas por el manual de instrucciones. En operaciones de cambio de cuchara o brazo, no controlar la alineación de los cojinetes y juntas con la mano, sino que aseguraremos su posición con cinta adhesiva. ## 7.2.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Guantes. - o Protectores auditivos. - o Ropa de trabajo adecuada ## 7.3. Retroexcavadora Equipo de trabajo destinado a la excavación de terrenos y a la carga de material a través de cucharas y palas articuladas. ## 7.3.1. Identificación de los riegos - o Caída de personas a distinto nivel al subir y bajar de la retroexcavadora. - o Caída de la retroexcavadora a distinto nivel. - o Golpes y cortes contra objetos. - o Caída de material en manipulación. - o Proyección de fragmentos y partículas. - o Atrapamiento por o entre objetos. - o Atrapamiento por vuelco de la retroexcavadora. - o Exposición a contactos eléctricos. - o Contactos térmicos. - o Incendios. - o Atropellos y golpes por maquinaria. - o Ambiente pulverulento. - o Ruido. - o Vibraciones. ## 7.3.2. Normas de uso y mantenimiento Deberá poseer el avisador luminoso de tipo rotatorio o flas. Ha de estar dotada de señal acústica de marcha atrás, y de cabina antivuelco (pórtico de seguridad antivuelco y antiimpactos) que deberán ser exclusivamente las indicadas por el fabricante de la retroexcavadora. Antes de iniciar los trabajos se verificará que todos los dispositivos de la retroexcavadora responden correctamente y están en perfecto estado: frenos, estado de los faros. Asegurar la máxima visibilidad de la retroexcavadora mediante la limpieza de los retrovisores, parabrisas y espejos. Se deberá subir y bajar de la retro únicamente por la escalera prevista por el fabricante. Deberá existir en la cabina de la retro un extintor timbrado y con las revisiones al día, y un botiquín portátil de primeros auxilios, ubicados de forma resguardada. Mantener limpios los accesos, asideros y escaleras. Antes de comenzar los trabajos, se asegurará de la no presencia de personal en las proximidades del radio de acción de la retroexcavadora. Se deberá conocer las posibilidades y los límites de la máquina y particularmente el espacio necesario para maniobrar. En caso de existir líneas eléctricas cercanas al tajo, se deberán tener en cuenta las sinuosidades del terreno, los baches y demás irregularidades al calcular las distancias. Cuando no se disponga de una buena visibilidad de la ubicación del servicio, será necesaria la presencia de un señalista. Está terminantemente prohibido el transporte de personas sobre la retro o en la cuchara. Mirar continuamente en la dirección de la marcha para evitar atropellos durante la marcha. Se deberá balizar la zona de evolución de la retroexcavadora cuando el espacio es reducido. Guardar distancias a las zanjas, taludes, pendientes del terreno, y toda alteración del mismo que puede posibilitar el vuelco de la máquina. Es necesario hacer retroceder la retroexcavadora cuando la cuchara comienza a excavar por debajo de la superficie de apoyo, para evitar su cabeceo y vuelco. Está prohibido hacer uso de la retroexcavadora como grúa para introducir piezas, tuberías…, en el interior de las zanjas. Circular con la cuchara a unos 40 cm. del suelo. El cambio de posición de la retroexcavadora se efectuará situando el brazo en el sentido de la marcha (salvo en distancias muy cortas). El cambio de posición en trabajos a media ladera se efectuará situando el brazo hacia la parte de la pendiente con el fin de aumentar en lo posible la estabilidad de la máquina. Si la máquina empieza a inclinarse hacia delante, bajar la cuchara rápidamente para volverla a equilibrar. Está prohibido verter los productos de la excavación con la retroexcavadora a menos de 2 metros, (como norma general), del borde de corte superior de una zanja o trinchera, para evitar los riesgos por sobrecarga del terreno. En operaciones de carga de camiones, verificar que el conductor se encuentra fuera de la zona de trabajo de la máquina. Durante esta operación, hay que asegurarse de que el material queda uniformemente distribuido en el camión, que la carga no es excesiva y que se deja sobre el camión con precaución. Al reiniciar una actividad tras producirse lluvias importantes, hay que tener presente que las condiciones del terreno pueden haber cambiado, así mismo hay que comprobar el funcionamiento de los frenos. Está prohibido bajar pendientes con el motor parado o en punto muerto. Cuando se conduzca subiendo una pendiente, se deberá mantener abajo la cuchara. Cuando los trabajos comporten tareas complejas o peligrosas, el maquinista tiene que disponer de un señalista experto que lo guíe. En operaciones de mantenimiento, la máquina ha de estar estacionada en terreno llano, el freno de estacionamiento conectado, la palanca de transmisión en punto muerto, el motor parado y el interruptor de la batería en posición de desconexión. Estacionar la retroexcavadora en zonas adecuadas, de terreno llano y firme, sin riesgos de desplomes, desprendimientos o inundaciones (como mínimo a 2 metros de los bordes de coronación). Hay que poner los frenos, sacar las llaves del contacto, cerrar el interruptor de la batería, cerrar la cabina, el compartimento del motor y apoyar la cuchara o el martillo en el suelo. ## 7.3.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Guantes. - o Chaleco reflectante. - o Protectores auditivos. - o Ropa de trabajo adecuada - o Cinturón antivibratorio - o Mascarilla ## 7.4. Compactador Equipo de trabajo destinado a compactar determinados tipos de terrenos, capaz de simultanear el tendido de material mediante una pala. ## 7.4.1. Identificación de los riegos - o Caída de personas a diferente nivel. - o Golpes o contactos con elementos móviles de la máquina. - o Atrapamientos por vuelco de máquinas. - o Contactos térmicos. - o Contactos eléctricos. - o Explosiones. - o Incendios. - o Atropellos, golpes y choques con o contra vehículos. ## 7.4.2. Normas de uso y mantenimiento Además de las medidas generales de maquinaria, se establecerán, adecuadamente desarrolladas, en su caso, las siguientes medidas preventivas específicas, las cuales deberán ser concretadas a nivel más detallado por el Plan de Seguridad y Salud que desarrolle el presente estudio. Se pueden utilizar compactadores de rodillos metálicos, estáticos o vibrantes, triciclos o tándem, de neumáticos o mixto, y un compactador de neumáticos. Todos los tipos de compactadores son autopropulsados, tienen inversores de sentido de la marcha de acción suave, y están dotados de dispositivos para la limpieza de sus llantas y neumáticos durante la compactación. En los lugares inaccesibles para los equipos de compactación normales, se emplearán otros de tamaño y diseño de acuerdo a las labores que se pretenda realizar. Los rodillos llevan su rueda motriz del lado más cercano a la extendedora; los cambios de dirección se hacen sobre la mezcla apisonada ya, y los cambios de sentido se efectúan con suavidad. ## 7.4.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Protectores auditivos. - o Guantes. ## 7.5. Camión de transporte Vehículo motorizado para el transporte de carga. Está formado por un chasis portante, generalmente un marco estructural, una cabina y una estructura para transportar la carga. ## 7.5.1. Identificación de los riegos - o Caída de personas al subir o bajar de la caja. - o Atrapamiento por o entre maquinaria y objetos. - o Atrapamiento por vuelco de máquinas. - o Atropellos y golpes por vehículos. - o Choque contra otros vehículos, (entrada, circulación interna y salida). - o Vuelco del camión, (blandones, fallo de cortes o de taludes). - o Vuelco por desplazamientos de carga. ## 7.5.2. Normas de uso y mantenimiento Ha de estar dotado de señal acústica de marcha atrás. Cuando esta máquina circule únicamente por la obra, verificar que la persona que la conduce está autorizada, tiene la formación e información específica de PRL que fija el RD 1215/1997, de 18 de julio, artículo 5, y se ha leído su manual de instrucciones. Si la máquina circula por una vía pública, es necesario, además, que el conductor tenga el carnet C de conducir. Garantizar en cualquier momento la comunicación entre el conductor y el encargado. Antes de iniciar los trabajos, comprobar que todos los dispositivos del camión responden correctamente y están en perfecto estado: frenos, faros, intermitentes, neumáticos, etc. Subir y bajar del camión únicamente por la escalera prevista por el fabricante. Para subir y bajar por la escalera, hay que utilizar las dos manos y hacerlo siempre de cara al camión grúa. Verificar la existencia de un extintor en el camión. Siempre se colocarán calzos inmovilizadores en las cuatro ruedas y en los gatos estabilizadores, antes de iniciar las maniobras de carga que, como las de descarga, serán siempre dirigidas por un especialista. Se prohíbe sobrepasar la carga máxima admisible fijada por el fabricante del camión en función de la extensión brazo - grúa. El gruísta tendrá en todo momento a la vista la carga suspendida. Si no fuera posible, las maniobras serán dirigidas por un señalista. Se prohíbe realizar suspensiones de cargas de forma lateral cuando la superficie de apoyo del camión esté inclinada hacia el lado de la carga. Se prohíbe estacionar o circular con el camión grúa a distancias inferiores a 2 metros del corte del terreno, en prevención de los accidentes por vuelco. Se prohibirá la permanencia de personas alrededor del camión grúa a distancias inferiores a 5 metros del mismo, así como la permanencia bajo cargas en suspensión. El conductor tendrá prohibido dar marcha atrás sin la presencia y ayuda de un señalista, así como abandonar el camión con una carga suspendida. Se prohíbe hacer tirones sesgados de la carga. Se prohíbe arrastrar cargas con el camión-grúa. Se prohíbe la permanencia bajo las cargas en suspensión. Tanto durante los desplazamientos como durante el trabajo propiamente dicho, el operador vigilará atentamente la posible existencia de líneas eléctricas aéreas próximas. Se procurará que los accesos a los tajos sean firmes, para evitar aterramientos. Las pendientes de posibles rampas de acceso a los tajos no serán superiores al 20%. Se utilizarán tablones o chapas de palastro para salvar irregularidades o zonas blandas del terreno de paso. Situar el camión grúa en una zona de seguridad respecto al viento y suspender la actividad cuando éste supera los valores recomendados por el fabricante. Al reiniciar una actividad tras producirse lluvias importantes, hay que tener presente que las condiciones del terreno pueden haber cambiado. Asimismo, hay que comprobar el funcionamiento de los frenos. ## 7.5.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Guantes. - o Botas de seguridad. - o Ropa de trabajo. - o Chaleco reflectante ## 7.6. Motoniveladora Equipo de trabajo utilizado para mover tierra u otros materiales sueltos. Su función principal es nivelar, moldear o dar pendiente a estos materiales. ## 7.6.1. Identificación de los riegos - o Afecciones en la piel por dermatitis de contacto. - o Aplastamientos. - o Atrapamientos. - o Atropellos (por mala visibilidad, velocidad inadecuada etc.) y/o colisiones. - o Deslizamiento de la máquina (terrenos embarrados o poco cohesivos). - o Vuelco de la máquina (inclinación del terreno superior a la admisible para la circulación de la máquina, descuidos del operador, etc.). - o Proyecciones de objetos y/o fragmentos. - o Caídas por pendientes (trabajo al borde de taludes, cortes y similares). - o Caídas de objetos y/o máquinas. - o Caídas de personas al distinto nivel y desde la máquina. - o Golpes y/o cortes con objetos y/o maquinaria. - o Contactos eléctricos. - o Contactos térmicos. - o Explosiones. - o Incendios. - o Vibraciones. - o Polvo ambiental. - o Sobreesfuerzos. - o Ruido. ## 7.6.2. Normas de uso y mantenimiento Además de las medidas generales de maquinaria, se establecerán, adecuadamente desarrolladas, en su caso, las siguientes medidas preventivas específicas, las cuales deberán ser concretadas a nivel más detallado por el Plan de Seguridad y Salud que desarrolle el presente estudio. Esta máquina, como en general todas las provistas de cuchilla, es muy difícil de manejar, por este motivo se debe disponer de personal especializado y habituado a su uso. Antes de realizar una pasada de cuchilla sobre el terreno, se comprobarán las tablas de inclinaciones de la cabina. No se sobrepasarán los límites marcados en ellas, por riesgo de vuelco. Se podrá volcar la caja de marchas o dirección cuanto esté parado. Se circulará con precaución y a velocidad moderada, sobre todo en las proximidades de taludes o zanjas, con la cuchilla levantada a 10 cm del suelo. En caso de trabajar de noche, se deberá tener el alumbrado en condiciones, y deberá colocar señales rojas que indiquen que la cuchilla sobresale de la máquina. En caso de desplazamientos largos colocará el bulón de seguridad. En los traslados, circular con la hoja elevada sin que sobrepase el ancho de la máquina. Para desplazarse sobre terrenos en pendiente, orientar el brazo hacia abajo, casi tocando el suelo. La máquina deberá estar alejada de terrenos inseguros, propensos a hundimientos. Estacionar la motoniveladora en zonas adecuadas, de terreno llano y firme, sin riesgos de desplomes, desprendimientos o inundaciones (como mínimo a 2 m de los bordes de coronación). Hay que poner los frenos, apoyar el escarificador y la hoja en el suelo, asegurándose de que ésta no sobrepase el ancho de la máquina, sacar las llaves del contacto, cerrar el interruptor de la batería y cerrar la cabina y el compartimento del motor. Para evitar el riesgo de vuelco con atrapamiento del conductor de la motoniveladora, está previsto que esté dotada de pórtico contra vuelcos y contra impactos. Además, el encargado controlará: Que el refino de taludes se realice cada 2+3 de altura. La máquina trabaja mejor, con mayor rapidez, evitando posibles desprendimientos origen de accidentes. Que no sobrepasen en ningún caso pendientes laterales superiores al 40%. No debe nunca utilizarse como bulldozer, ya que gran parte de los accidentes y del deterioro de la máquina se debe a esta causa. Debe recordarse que las motoniveladoras están diseñadas para mover materiales ligeros y efectuar refinos. Se debe tener cuidado en los pozos de registro, tocones de árboles o rocas. Solicitar que éstos se encuentren marcados y señalizados. En las labores de mantenimiento debe apoyarse la cuchilla, parar el motor y poner en servicio el freno de mano y bloqueo de la máquina. ## 7.6.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Ropa adecuada. - o Guantes. - o Botas de seguridad. - o Protectores auditivos. ## 7.7. Herramientas manuales ## 7.7.1. Identificación de los riegos - o Cortes. - o Quemaduras. - o Golpes. - o Proyección de fragmentos. - o Caída de objetos. - o Contacto con la energía eléctrica. - o Vibraciones. - o Ruido. ## 7.7.2. Normas de uso y mantenimiento Las máquinas-herramientas eléctricas a utilizar estarán protegidas eléctricamente mediante doble aislamiento. Los motores eléctricos de las máquinas-herramienta estarán protegidos por la carcasa y resguardos propios de cada aparato, para evitar los riesgos de atrapamientos o de contacto con la energía eléctrica. Las transmisiones motrices por correas estarán siempre protegidas mediante bastidor que soporte una malla metálica, dispuesta de tal forma que, permitiendo la observación de la correcta transmisión motriz, impida el atrapamiento de los operarios o de los objetos. Se prohíbe realizar reparaciones o manipulaciones en la maquinaria accionada por transmisiones por correas en marcha. Las reparaciones, ajustes, etc. se realizarán a motor parado, para evitar accidentes. El montaje y ajuste de transmisiones por correas se realizará mediante "montacorreas" (o dispositivos similares), nunca con destornilladores, las manos, etcétera, para evitar el riesgo de atrapamiento. Las transmisiones mediante engranajes accionados mecánicamente estarán protegidas mediante un bastidor soporte de un cerramiento a base de malla metálica, que, permitiendo la observación del buen funcionamiento de la transmisión, impida el atrapamiento de personas u objetos. La instalación de letreros con leyendas de "máquina averiada", "máquina fuera de servicio", etc., serán instalados y retirados por la misma persona. Las máquinas-herramienta con capacidad de corte, tendrán el disco protegido mediante una carcasa antiproyecciones. Las máquinas-herramienta no protegidas eléctricamente mediante el sistema de doble aislamiento, tendrán sus carcasas de protección de motores eléctricos, etc., conectadas a la red de tierras en combinación con los disyuntores diferenciales del cuadro eléctrico general de la obra. Las máquinas-herramienta a utilizar en lugares en los que existen productos inflamables o explosivos (disolventes inflamables, explosivos, combustible y similares), estarán protegidas mediante carcasas antideflagrantes. En ambientes húmedos la alimentación para las máquinas-herramienta no protegidas con doble aislamiento, se realizará mediante conexión a transformadores a 24 V. En prevención de los riesgos por inhalación de polvo ambiental, las máquinas-herramientas con producción de polvo se utilizarán en vía húmeda, para eliminar la formación de atmósferas nocivas. Las herramientas accionadas mediante compresor se utilizarán a una distancia mínima del mismo de 10 m., (como norma general), para evitar el riesgo por alto nivel acústico. Las herramientas a utilizar, accionadas mediante compresor estarán dotadas de camisas insonorizadas, para disminuir el nivel acústico. Se prohíbe la utilización de herramientas accionadas mediante combustibles líquidos en lugares cerrados o con ventilación insuficiente, para prevenir el riesgo por trabajar en el interior de atmósferas tóxicas. Se prohíbe el uso de máquinas-herramientas al personal no autorizado para evitar accidentes por impericia. Se prohíbe dejar las herramientas eléctricas de corte (o taladro), abandonadas en el suelo, para evitar accidentes. Las conexiones eléctricas de todas las máquinas-herramienta a utilizar mediante clemas, estarán siempre protegidas con su correspondiente carcasa anti-contactos eléctricos. Siempre que sea posible, las mangueras de presión para accionamiento de máquinasherramientas, se instalarán de forma aérea. Se señalizarán mediante cuerda de banderolas, los lugares de cruce aéreo de las vías de circulación interna, para prevenir los riesgos de tropiezo (o corte del circuito de presión). ## 7.7.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Guantes. - o Botas de seguridad. - o Gafas de seguridad - o Protectores auditivos. - o Mascarilla. ## 7.8. Camión basculante Equipo de trabajo que se utiliza para el transporte de material. ## 7.8.1. Identificación de los riegos - o Atropellos de personas (entrada, circulación interna y salida). - o Golpes por objetos inmóviles. - o Vuelco del camión (blandones, fallo de cortes, taludes, zanjas, etc.) - o Choque contra otros vehículos. - o Atrapamiento por partes móviles. - o Proyección de objetos. - o Desplome de tierras. - o Vibraciones. - o Ruido ambiental. - o Polvo ambiental. - o Caídas al subir o bajar a la cabina. - o Contactos con la energía eléctrica (líneas eléctricas). - o Contactos térmicos. - o Explosiones. - o Incendios. - o Golpes por la manguera de suministro de aire. - o Sobreesfuerzos. ## 7.8.2. Normas de uso y mantenimiento Utilizar camiones de obra con marcado CE prioritariamente o adaptados al RD 1215/1997. Se recomienda que el camión de obra esté dotado de avisador luminoso de tipo rotatorio o flas. Ha de estar dotado de señal acústica de marcha atrás. Cuando esta máquina circule únicamente por la obra, verificar que la persona que la conduce está autorizada, tiene la formación e información específica de y se ha leído su manual de instrucciones. Todos los vehículos dedicados al transporte de materiales deberán estar en perfectas condiciones de uso. La empresa se reserva el derecho de admisión en función de la puesta al día de la documentación oficial del vehículo, en especial en referencia a las revisiones obligatorias de la ITV. Antes de iniciar los trabajos, comprobar que todos los dispositivos del camión de obra responden correctamente y están en perfecto estado: frenos, neumáticos, etc. Ajustar el asiento y los mandos a la posición adecuada. Asegurar la máxima visibilidad del camión de obra mediante la limpieza de los retrovisores, parabrisas y espejos. Verificar que la cabina esté limpia, sin restos de aceite, grasa o barro y sin objetos descontrolados en la zona de los mandos. El conductor tiene que limpiarse el calzado antes de utilizar la escalera de acceso a la cabina. Subir y bajar del camión de obra únicamente por la escalera prevista por el fabricante. Para subir y bajar por la escalera, hay que utilizar las dos manos y hacerlo siempre de cara al camión de obra. Comprobar que todos los rótulos de información de los riesgos estén en buen estado y situados en lugares visibles. Verificar la existencia de un extintor en el camión. Verificar que la altura máxima del camión es la adecuada para evitar interferencias con elementos viarios, líneas eléctricas o similares. Mantener limpios los accesos, asideros y escaleras. Controlar la máquina únicamente desde el asiento del conductor. Prohibir la presencia de trabajadores o terceros en el radio de acción de la máquina. Prohibir el transporte de personas ajenas a la actividad. No subir ni bajar con el camión de obra en movimiento. Durante la conducción, utilizar siempre un sistema de retención (cabina, cinturón de seguridad o similar). Fuera de la obra, hay que utilizar el cinturón de seguridad obligatoriamente. En trabajos en zonas de servicios afectados, en las que no se disponga de una buena visibilidad de la ubicación del conducto o cable, será necesaria la colaboración de un señalista. Al reiniciar una actividad tras producirse lluvias importantes, hay que tener presente que las condiciones del terreno pueden haber cambiado. Asimismo, hay que comprobar el funcionamiento de los frenos. En operaciones en zonas próximas a cables eléctricos se ha de verificar la tensión de los mismos para identificar la distancia mínima de trabajo. No está permitido bajar pendientes con el motor parado o en punto muerto. Cuando las operaciones comporten maniobras complejas o peligrosas, el maquinista tiene que disponer de un señalista experto que lo guíe. Mantener el contacto visual permanente con los equipos de obra que estén en movimiento y los trabajadores del puesto de trabajo. Evitar desplazamientos del camión de obra en zonas a menos de 2 m del borde de coronación de taludes. Si se tiene que trabajar en lugares cerrados, comprobar que la ventilación es suficiente o que se han extraído los gases. Durante la carga y descarga, el conductor ha de estar dentro de la cabina; si el camión no dispone de visera, el conductor abandonará la cabina antes de que comience la carga. Realizar la carga y descarga del camión en lugares habilitados. Situar la carga uniformemente repartida por toda la caja del camión. Cubrir las cargas con un toldo, sujetado de forma sólida y segura. Antes de levantar la caja basculadora, hay que asegurarse de la ausencia de obstáculos aéreos y de que la plataforma esté plana y sensiblemente horizontal. En operaciones de mantenimiento, no utilizar ropa holgada, ni joyas, y utilizar los equipos de protección adecuados. En operaciones de mantenimiento, la máquina ha de estar estacionada en terreno llano, el freno de estacionamiento conectado, la palanca de transmisión en punto neutral, el motor parado y el interruptor de la batería en posición de desconexión. Efectuar las tareas de reparación del camión con el motor parado y la máquina estacionada. Los residuos generados como consecuencia de una avería o de su resolución hay que segregarlos en contenedores. Estacionar el camión de obra en zonas adecuadas, de terreno llano y firme, sin riesgos de desplomes, desprendimientos o inundaciones (como mínimo a 2 m de los bordes de coronación). Hay que poner los frenos, sacar las llaves del contacto, cerrar el interruptor de la batería y cerrar la cabina y el compartimento del motor. Los accesos a los tajos serán firmes, para evitar aterramientos. Las pendientes de posibles rampas de acceso a los tajos no serán superiores al 20%. Las vías de circulación deberán estar libres de obstáculos señalizando las zonas con riesgo. La caja será bajada inmediatamente después de efectuada la descarga y antes de emprender la marcha. Al realizar las entradas y salidas de los tajos, lo hará con precaución, auxiliado por las señales de un miembro de la obra. El conductor deberá respetar todas las normas del código de circulación y señalización de la obra. Si por cualquier circunstancia tuviera que parar en una rampa, el vehículo quedará frenado y calzado con topes. Las maniobras, dentro del recinto de obra se harán sin brusquedades, anunciando con antelación las mismas, auxiliándose con personal de obra. La velocidad de circulación estará en consonancia con la carga transportada, la visibilidad y las condiciones del terreno. Siempre tendrán preferencia de paso en la obra los vehículos cargados. Estará prohibida la permanencia de personas en la caja o tolva. La pista de circulación en obra no es zona de aparcamiento, salvo emergencias. Antes de dar marcha atrás, se comprobará que la zona está despejada. ## 7.8.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Botas de seguridad. - o Mascarilla - o Chaleco reflectante - o Cinturón anti vibratorio. - o Guantes. - o Protectores auditivos. - o Ropa de trabajo adecuada ## 8. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SU PREVENCIÓN SEGÚN LOS MEDIOS AUXILIARES ## 8.1. Escaleras de mano ## 8.1.1. Identificación de los riegos - o Caídas a distinto nivel. - o Caída de objetos por desplome. - o Caída de objetos desprendidos. - o Golpes contra objetos móviles. - o Atrapamientos por o entre objetos - o Deslizamiento por incorrecto apoyo (falta de zapata, etc.). - o Vuelco lateral por apoyo irregular, falta de arriostramiento en parte superior e inferior. - o Rotura por defectos ocultos. - o Los derivados de los usos incorrectos o de los montajes peligrosos (empalme de escaleras, formación de plataformas de trabajo, escaleras 'cortas' para la altura a salvar, etc.). - o Sobreesfuerzos. ## 8.1.2. Normas de uso y mantenimiento Se ubicarán en lugares sobre los que no se realicen otros trabajos a niveles superiores, salvo que se coloquen viseras o marquesinas protectoras sobre ellas. Se apoyarán en superficies planas y resistentes. En la base se dispondrán elementos antideslizantes. Las escaleras de mano tendrán la resistencia y los elementos de apoyo y sujeción necesarios para que su utilización no suponga riesgo de caída, por rotura o desplazamiento. Utilizar ambas manos para subir y bajar. La escalera ha de estar sujeta por la parte superior a la estructura; por la parte inferior tiene que disponer de zapatos antideslizantes, grapas o cualquier mecanismo antideslizante y se ha de apoyar siempre sobre superficies planas y sólidas. No se puede utilizar escaleras como pasarelas. No se pueden empalmar escaleras a menos que esté previsto por el fabricante. Las escaleras de mano a utilizar en esta obra, se instalarán de tal forma, que su apoyo inferior diste de la proyección vertical de superior, 1/4 de la longitud del larguero entre apoyos o lo que es lo mismo formando un ángulo de 75º respecto a la horizontal. Tiene que sobre pasar en un metro el punto de apoyo superior. Hay que revisar las abrazaderas en las escaleras extensibles. Los largueros serán de una sola pieza y estarán sin deformaciones o abolladuras que puedan mermar su seguridad. Para utilizar las escaleras es necesario verificar que ni los zapatos ni la propia escalera se han ensuciado con sustancias que provoquen resbalones: grasa, aceite, etc. El tensor ha de estar completamente estirado en las escaleras de tijera. Para utilizar la escalera hay que mantener el cuerpo dentro de la anchura de la escalera. Evitar realzar actividades con vibraciones excesivas o peso importantes. No mover la escalera cuando haya un trabajador. En las escaleras de tijera el trabajador no se puede situar con una pierna en cada lateral de la escalera. Las escaleras de tijera, no se pueden utilizar con escaleras de mano de apoyo en elementos verticales. Las escaleras suspendidas tienen que fijarse de manera segura para evitar movimientos de balanceo. Las escaleras compuestas por varios elementos adaptables o extensibles tienen que utilizarse de manera que la inmovilización recíproca de los diferentes elementos esté asegurada. No se permite utilizar escaleras de mano en los trabajos cercanos a aberturas, huecos de ascensor, ventanas o similares, si no se encuentran eficazmente protegidos. Las herramientas o materiales que se están utilizando durante el trabajo en una escalera manual nunca tienen que dejarse sobre los peldaños, sino que se tiene que colocar en elementos que permitan sujetarlos a la escalera, colgados en el hombro o en la cintura del trabajador. No se pueden transportar las escaleras horizontalmente; el transporte de una escalera ha de hacerse con precaución, para evitar golpear a otras personas, mirando bien por donde se pisa para no tropezar con obstáculos. La parte delantera de la escalera deberá llevarse baja. Se prohíbe en esta obra transportar pesos a mano (o a hombro), iguales o superiores a 25 Kg. sobre las escaleras de mano. Las escaleras portátiles deben mantenerse en perfecto estado de conservación, revisándolas periódicamente y retirando de servicio aquellas que no estén en condiciones. Cuando no se usen, las escaleras portátiles deben almacenarse cuidadosamente y no dejarlas abandonadas sobre el suelo, en lugares húmedos, etc.… Las escaleras de mano se colocarán siempre apartadas de elementos móviles que puedan derribarlas. Las escaleras de mano se colocarán fuera de las zonas de paso, o se limitarán o acotarán éstas. Nunca se efectuarán trabajos sobre las escaleras que obliguen al uso de las dos manos. ## 8.1.3. Equipos de protección individual - o Casco de seguridad. - o Ropa adecuada. - o Botas de seguridad. <!-- image --> PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 01. MEMORIA 02. PLIEGO DE CONDICIONES 03. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO 04. PLANOS <!-- image --> ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ## 02. PLIEGO DE CONDICIONES ## ÍNDICE | 1. LEGISLACIÓN Y NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN | 4 | |--------------------------------------------------------------------------------------|-----| | 1.1. Normativa general | 4 | | 1.1.1. Normas Básicas | 4 | | 1.1.2. Normas Generales | 4 | | 1.2. Normativa Construcción | 4 | | 2. PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | 6 | | 2.1. Ordenación de la acción preventiva | 6 | | 2.1.1. Criterios de Selección de las Medidas Preventivas | 6 | | 2.1.2. Planificación y Organización | 6 | | 2.1.3. Coordinación de Actividades Empresariales | 7 | | 2.2. Organigrama funcional | 7 | | 2.2.1. Los servicios de prevención | 7 | | 2.2.2. Los Representantes de los trabajadores | 8 | | 2.2.3. Comité de Seguridad y Salud | 8 | | 2.2.4. Coordinación de Seguridad y Salud, técnicos y mandos intermedios | 8 | | 2.2.5. Coordinación de los distintos Órganos especializados | 9 | | 2.3. Normas generales de seguimiento y control | 9 | | 2.3.1. Toma de decisiones | 9 | | 2.3.2. Evaluación continua de los riesgos | 9 | | 2.3.3. Controles periódicos | 10 | | 2.3.4. Adecuación de las medidas preventivas y adopción de medidas correctoras. | 10 | | 2.3.5. Paralización de los trabajos | 10 | | 2.3.6. Colaboración con el responsable del seguimiento del Plan de Seguridad y Salud | 11 | | 2.4. Acciones formativas | 11 | | 2.4.1. Normas generales | 11 | | 2.4.2. Contenido de las acciones de formación | 12 | | 2.4.3. Organización de la Acción formativa | 13 | | 2.5. Instrucciones generales y específicas | 13 | | 2.6. Información y divulgación | 14 | | 2.7. Normas sobre primeros auxilios y socorrismo | 15 | | 2.8. Prevención y extinción de incendios | 16 | | 2.8.1. Disposiciones generales | 16 | ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. 02. Pliego de Condiciones | 2.8.2. Medidas de prevención y extinción | 16 | |------------------------------------------------------------|------| | 3. MEDIDAS GENERALES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA | 17 | | 3.1. Generalidades | 17 | | 3.2. Zonas de especial riesgo | 18 | | 3.3. Zonas de tránsito, comunicación y vías de circulación | 18 | | 3.4. Trabajos con riesgos especiales | 20 | | 3.5. Productos, materiales y sustancia peligrosas | 21 | | 3.6. Iluminación de los lugares de trabajo y tránsito | 21 | | 3.7. Orden y limpieza en la obra | 22 | | 3.8. Evacuación de materiales y residuos | 23 | | 3.9. Equipos de protección | 23 | | 3.10. Equipos de trabajo | 23 | ## 1. LEGISLACIÓN Y NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Las disposiciones legales, en vigor, que afectan a cuestiones relacionadas con la Seguridad y Salud en el trabajo de la construcción, sector de la edificación, son principalmente: ## 1.1. Normativa general ## 1.1.1. Normas Básicas - o Constitución Española de 1978. - o Ley Orgánica 10/95, de 23 noviembre, del Código Penal. - o Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores. - o Decreto de 226 de julio de 1957, sobre trabajos prohibidos a menores (modificaciones posteriores por la Ley 31/95). ## 1.1.2. Normas Generales - o Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 de 8 de noviembre. - o Ley 54/2003 de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. - o R.D. 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. - o R.D. 39/97 de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos. - o Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción - o Orden de 9 de marzo de 1971 por la que se aprueba la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo, - o Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. - o Orden de 15 de marzo de 1963, por la que se aprueba una instrucción que dicta normas complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. ## 1.2. Normativa Construcción - R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción. - [Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-21567) - Orden de 28 de agosto de 1970, por el que se aprueba la Ordenanza de Trabajo de la construcción, vidrio y cerámica. ( Derogada en todo, excepto en su capítulo XVI, excepto las secciones Primera y Segunda). - Resolución de 26 de julio de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción 2002-2006. - R.D. 842/02 por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de Baja Tensión. - R.D. 614/01 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos eléctricos. - R.D. 2.291/85 del 8 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de aparatos de Elevación y Manutención. - R.D. 836/03 sobre Instrucción técnica complementaria 'MIE-AEM-2' del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referentes a grúas-torre para obras u otras aplicaciones. - R.D. 837/03 sobre Instrucción Técnica Complementaria 'MIE-AEM-4' del reglamento de aparatos de elevación y manutención referente a grúas móviles autopropulsadas. - Orden de 20 de enero de 1956, por la que se aprueba el Reglamento de Higiene y Seguridad en los trabajos realizados en cajones con aire comprimido. - Ley 21/1992 de Industria de 16 de julio. - R.D. 485/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo. - R.D. 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. - R.D. 487/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañen riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores. - R.D. 664/97, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo y O.M. 25-03-98, como adaptación al dicho Real Decreto. - R.D. 1124/00, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. - Real Decreto 773/97 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. - R.D. 1215/97, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. - R.D. 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se modifica el R.D. 1215/1997, de 18 de julio. - Normativa y Reglamentación aplicables, de gases combustibles. - Normativa y reglamentación aplicable del amianto. - Ordenanzas Municipales vigentes. - Convenios colectivos vigentes en la construcción. - Demás disposiciones aplicables, relativas a la seguridad y salud para los trabajos a desarrollar, dentro de esta obra. - Ley 32/2006 de 18 de octubre reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción - Real decreto 1215/1997 modificado por el R.D 2177/2004 ## 2. PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ## 2.1. Ordenación de la acción preventiva ## 2.1.1. Criterios de Selección de las Medidas Preventivas Las acciones preventivas que se lleven a cabo en la obra, por el empresario, estarán constituidas por el conjunto coordinado de medidas, cuya selección deberá dirigirse a: - o Evitar los riesgos. - o Evaluar los riesgos que no se pueden evitar, adoptando las medidas pertinentes. - o Combatir los riesgos en su origen. - o Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la selección de los métodos de trabajo y de producción, con miras, en especial, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. - o Tener en cuenta la evolución de la técnica. - o Sustituir lo peligroso por lo que entraña poco o ningún peligro. - o Planificar la prevención buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. - o Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. - o Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. En la selección de las medidas preventivas se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que las mismas pudieran implicar, debiendo adoptarse, solamente, cuando la magnitud de dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existen alternativas razonables más seguras. ## 2.1.2. Planificación y Organización La planificación y organización de la acción preventiva deberá formar parte de organización del trabajo, siendo, por tanto, responsabilidad del empresario, quien deberá orientar esta actuación a la mejora de las condiciones de trabajo y disponer de los medios oportunos para llevar a cabo la propia acción preventiva. La acción preventiva deberá integrase en el conjunto de actividades que conllevan la planificación, organización y ejecución de la obra y en todos los niveles jerárquicos del personal adscrito a la obra, a la empresa constructora principal y a las subcontratas. El empresario deberá reflejar documentalmente la planificación y organización de la acción preventiva, dando conocimiento y traslado de dicha documentación, entre otros, al responsable del seguimiento y control del Plan de Seguridad y Salud, con carácter previo al inicio de las obras, para su aprobación. El empresario, en base a la evaluación inicial de las condiciones de trabajo y a las previsiones establecidas en el Estudio de Seguridad y Salud, planificará la acción preventiva. El empresario deberá tomar en consideración las capacidades profesionales, en materia de seguridad e higiene, de los trabajadores en el momento de encomendarles tareas que impliquen riesgos graves. ## 2.1.3. Coordinación de Actividades Empresariales El empresario principal adoptará las medidas necesarias para que los trabajadores de las demás empresas subcontratadas reciban la información adecuada sobre los riesgos existentes en la obra y las correspondientes medidas de prevención. Cuando en la obra desarrollen simultáneamente actividades dos o más empresas, vinculadas o no entre sí contractualmente, tendrán el deber de colaborar en la aplicación de las prescripciones y criterios contenidos en este Pliego, conjunta y separadamente. A tal fin, deberán establecerse entre estas empresas, y bajo la responsabilidad de la principal, los mecanismos necesarios de coordinación en cuanto a la seguridad en higiene se refieren. El empresario deberá comprobar que los subcontratistas o empresas con las que ellos contraten determinados trabajos reúnen las características y condiciones que les permitan dar cumplimiento a las prescripciones establecidas en este Pliego. A tal fin, entre las condiciones correspondientes que se estipulen en el contrato que haya de suscribirse entre ellas, deberá figurar referencia específica a las actuaciones que tendrán que llevarse a cabo para el cumplimiento de la normativa de aplicación sobre seguridad e higiene en el trabajo. La empresa principal deberá vigilar que los subcontratistas cumplan con la normativa de protección de la salud de los trabajadores en la ejecución de los trabajos que desarrollen. ## 2.2. Organigrama funcional ## 2.2.1. Los servicios de prevención El empresario, en los términos y con las modalidades previstas en las disposiciones vigentes, deberá disponer de los servicios encargados de la asistencia técnica preventiva, en cuya actividad participarán los trabajadores conforme a los procedimientos establecidos. El conjunto de medios humanos y materiales constitutivos de dicho servicio será organizado por el empresario directamente o mediante concierto. Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a: - o Diseñar y aplicar los planes y programas de actuación preventiva. - o Evaluar los factores de riesgo que puedan afectar a la salud e integridad física de los trabajadores. - o Determinar las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. - o La asistencia para la correcta información y formación de los trabajadores. - o Asegurar la prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia. - o Vigilar la salud de los trabajadores respecto de los riesgos derivados del trabajo. El servicio de prevención tendrá carácter interdisciplinar, debiendo sus medios ser apropiados para cumplir sus funciones. Para ello, el personal de estos servicios, en cuanto a su formación, especialidad, capacitación, dedicación y número, así como los recursos técnicos, deberán ser suficientes y adecuados a las actividades preventivas a desarrollar en función del tamaño de la empresa, tipos de riesgo a los que puedan enfrentarse los trabajadores y distribución de riesgos en la obra ## 2.2.2. Los Representantes de los trabajadores Los representantes del personal que en materia de prevención de riesgos hayan de constituirse según las disposiciones vigentes, contarán con una especial formación y conocimiento sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. El empresario deberá proporcionar a los representantes de los trabajadores la formación complementaria, en materia preventiva, que sea necesaria para el ejercicio de sus funciones, por sus propios medios o por entidades especializadas en la materia. Dicha formación se reiterará con la periodicidad necesaria. ## 2.2.3. Comité de Seguridad y Salud Se constituirá obligatoriamente un comité de Seguridad y Salud cuando la obra cuente con 50 o más trabajadores. Estará compuesto por los representantes de los trabajadores y por el empresario o sus representantes, en igual número. Su organización, funciones, competencias y facultades serán las determinadas legalmente. En las empresas no obligadas a constituir Comités de S.S. y que ocupen a 5 o más trabajadores, el empresario designará un trabajador, cuyo nombramiento deberá recaer en la persona cualificada en materia de S.S.T. ## 2.2.4. Coordinación de Seguridad y Salud, técnicos y mandos intermedios El Promotor deberá nombrar, entre el personal técnico adscrito a la obra, al representante de seguridad que coordinará la ejecución del Plan de Seguridad y Salud. La persona asignada para ello deberá estar especializada en prevención de riesgos profesionales y acreditar tal capacitación mediante la experiencia, diplomas o certificaciones pertinentes. ## 2.2.5. Coordinación de los distintos Órganos especializados Los distintos órganos especializados que coincidan en la obra, deberán coordinar entre si sus actuaciones en materia preventiva, estableciéndose por parte del contratista la programación de las diversas acciones, de modo que se consiga una actuación coordinada de los intervinientes en el proceso y se posibilite el desarrollo de sus funciones y competencias en la seguridad y salud del conjunto de la obra. El empresario principal organizará la coordinación y cooperación en materia de seguridad y salud que propicien actuaciones conjuntas sin interferencias, mediante un intercambio constante de información sobre las acciones previstas o en ejecución y cuantas reuniones sean necesarias para contraste de pronunciamientos y puesta en común de las actuaciones a emprender. ## 2.3. Normas generales de seguimiento y control ## 2.3.1. Toma de decisiones Con independencia de que, por parte del contratista, su representante, los representantes legales de los trabajadores o Inspección de Trabajo se pueda llevar a cabo la vigilancia y control de la aplicación correcta y adecuada de las medidas preventivas recogidas en el Plan de Seguridad y Salud, la toma de decisiones en relación con el mismo corresponderá al responsable de la prevención, salvo que se trate de casos en que hayan de adoptarse medidas urgentes sobre la marcha que, en cualquier caso, podrán ser modificadas con posterioridad si el referido técnico no las estima adecuadas. En aquellos otros supuestos de riesgos graves e inminentes para la salud de los trabajadores que hagan necesaria la paralización de los trabajos, la decisión deberá tomarse por quien detecte la anomalía referida y esté facultado para ello sin necesidad de contar con la aprobación previa del responsable de la Seguridad y Salud Laboral, aun cuando haya de darse conocimiento inmediato al mismo, a fin de determinar las acciones posteriores. ## 2.3.2. Evaluación continua de los riesgos Por parte del empresario principal se llevará a cabo durante el curso de la obra una evaluación continuada de los riesgos, debiéndose actualizar las previsiones iniciales, reflejadas en el Plan de Seguridad y Salud, cuando cambien las condiciones de trabajo o con ocasión de los daños para la salud que se detecten, proponiendo en consecuencia, si procede, la revisión del Plan. Asimismo, cuando se planteen modificaciones de la obra proyectada inicialmente, cambios de los sistemas constructivos, métodos de trabajo o proceso de ejecución previstos, o variaciones de los equipos de trabajo, el contratista deberá efectuar una nueva evaluación de riesgos previsibles y, en base a ello, proponer, en su caso, las medidas preventivas a modificar, en los términos reseñados anteriormente. ## 2.3.3. Controles periódicos La empresa deberá llevar a cabo controles periódicos de las condiciones de trabajo, y examinar la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios para detectar situaciones potencialmente peligrosas. Cuando se produzca un daño para la salud de los trabajadores o, si con ocasión de la vigilancia del estado de salud de éstos respecto de riesgos específicos, se apreciasen indicios de que las medidas de prevención adoptadas resultan insuficientes, el contratista deberá llevar a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de dichos hechos. Sin perjuicio de que haya de notificarse a la autoridad laboral, cuando proceda por caso de accidente. Asimismo, el contratista deberá llevar el control y seguimiento continuo de la siniestralidad que pueda producirse en la obra, mediante estadillos en los que se reflejen: tipo de control, número de accidentes, tipología, gravedad y duración de la incapacidad (en su caso) y relaciones de partes de accidentes cursados y deficiencias. La empresa principal deberá vigilar que los subcontratistas cumplan la normativa de protección de la salud de los trabajadores y las previsiones establecidas en el Plan de Seguridad y Salud, en la ejecución de los trabajos que desarrollen en la obra. El personal directivo de la empresa principal, delegado o representante del contratista, técnicos y mandos intermedios adscritos a la obra deben cumplir personalmente y hacer cumplir al personal a sus órdenes lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud Laboral y las normas o disposiciones vigentes sobre la materia. ## 2.3.4. Adecuación de las medidas preventivas y adopción de medidas correctoras. Cuando, como consecuencia de los controles e investigaciones anteriormente reseñadas, se apreciase por el contratista la inadecuación de las medidas y acciones preventivas utilizadas, se procederá a la modificación inmediata de las mismas en el caso de ser necesario, proponiendo al responsable de la Seguridad y Salud su modificación en el supuesto de que afecten a trabajos que aún no se hayan iniciado. En cualquier caso, hasta tanto no puedan materializarse las medidas preventivas provisionales que puedan eliminar o disminuir el riesgo, se interrumpirán, si fuere preciso, los trabajos afectados. Cuando el responsable de la Seguridad y Salud observase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales o la inadecuación a las previsiones reflejadas en el Plan de Seguridad y Salud Laboral y requiriese la adopción de las medidas correctoras que procedan, vendrá obligado su ejecución en el plazo que se fije para ello. ## 2.3.5. Paralización de los trabajos Cuando se observase la existencia de riesgo de especial gravedad o de urgencia, se dispondrá la paralización de los tajos afectados o de la totalidad de la obra, en su caso, debiendo la empresa principal asegurar el conocimiento de dicha medida a los trabajadores afectados. Si con posterioridad a la decisión de paralización se comprobase que han desaparecido las causas que provocaron el riesgo motivador de tal decisión o se han dispuesto las medidas oportunas para evitarlo, podrá acordarse la reanudación total o parcial de las tareas paralizadas mediante la orden oportuna. El personal directivo de la empresa principal o representante del mismo, así como los técnicos y mandos intermedios adscritos a la obra, habrán de prohibir o paralizar, en su caso, los trabajos en que se advierta peligro inminente de accidentes o de otros siniestros profesionales. A su vez, los trabajadores podrán paralizar su actividad en el caso de que, a su juicio, existiese un riesgo grave e inminente para la salud, siempre que se hubiese informado al superior jerárquico y no se hubiesen adoptado las necesarias medidas correctivas. Se exceptúan de esa obligación de información los casos en que el trabajador no pudiera ponerse en contacto de forma inmediata con su superior jerárquico. En los supuestos reseñados no podrá pedirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el riesgo denunciado. De todo ello deberá informarse, por parte del contratista principal o su representante, a los trabajadores, con antelación al inicio de la obra o en el momento de su incorporación a ésta. ## 2.3.6. Colaboración con el responsable del seguimiento del Plan de Seguridad y Salud El contratista deberá proporcionar al responsable del seguimiento y control del Plan de Seguridad y Salud cuantos medios sean precisos para que pueda llevar a cabo su labor de inspección y vigilancia. El contratista se encargará de coordinar las diversas actuaciones de seguimiento y control que se lleven a cabo por los distintos órganos facultados para ello, de manera que no se produzcan interferencias y contradicciones en la acción preventiva y deberá, igualmente, establecer los mecanismos que faciliten la colaboración e interconexión entre los órganos referidos. El contratista habrá de posibilitar que el responsable del seguimiento y control del Plan pueda seguir el desarrollo de las inspecciones e investigaciones que lleven a cabo los órganos competentes. Del resultado de las visitas a obra del responsable del seguimiento y control del Plan se dará cuenta por parte del contratista principal a los representantes de los trabajadores. ## 2.4. Acciones formativas ## 2.4.1. Normas generales El contratista está obligado a posibilitar que los trabajadores reciban una formación teórica y práctica apropiada en materia preventiva en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, así como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo susceptibles de provocar riesgos para la salud del trabajador. Esta formación deberá repetirse periódicamente. El tiempo dedicado a la formación que el empresario está obligado a posibilitar, como consecuencia del apartado anterior, se lleve a cabo dentro del horario laboral o fuera de él, será considerado como tiempo de trabajo. La formación inicial del trabajador habrá de orientarse en función del trabajo que vaya a desarrollar en la obra, proporcionándole el conocimiento completo de los riesgos que implica cada trabajo, de las protecciones colectivas adoptadas, del uso adecuado de las protecciones individuales previstas, de sus derechos y obligaciones y, en general, de las medidas de prevención de cualquier índole. Con independencia de la formación impartida directamente a cuenta del empresario o sus representantes, en cumplimiento de los estipulado anteriormente, se emplearán, además, y como mínimo, las horas que se consideran en el presupuesto para formación de los trabajadores en la misma obra y dentro de la jornada laboral o fuera de ésta, considerando el tiempo empleado como tiempo de trabajo. A las sesiones que a tal fin se establezcan deberán asistir, también, los trabajadores de los subcontratistas. ## 2.4.2. Contenido de las acciones de formación - A nivel de mando intermedios, el contenido de las sesiones de formación estará principalmente integrado, entre otros, por los siguientes temas: - o Plan de Seguridad y Salud de la obra. - o Causas, consecuencias e investigación de los accidentes y forma de cumplimentar los partes y estadillos de régimen interior. - o Normativa sobre Seguridad y Salud Laboral. - o Factores técnicos y humanos. - o Elección adecuada de los métodos de trabajo para atenuar el trabajo monótono y repetitivo. - o Protecciones colectivas e individuales. - o S alud laboral. - o Socorrismo y primeros auxilios. - o Organización de la Seguridad y Salud de la obra. - o Responsabilidades. - o Obligaciones y derechos de los trabajadores. - A nivel de operarios, e l contenido de las sesiones de formación se seleccionará fundamentalmente en función de los riesgos específicos de la obra y estará integrado principalmente, entre otros, por los siguientes temas: - o Riesgos específicos de la obra y medidas de prevención previstas en el Plan de Seguridad y Salud. - o Causas y consecuencias de los accidentes. - o Normas de Seguridad y Salud (señalización, circulación, manipulación de cargas, etc.). - o Señalizaciones y sectores de alto riesgo. - o Socorrismo y primeros auxilios. - o A ctitud ante el riesgo y formas de actuar en caso de accidente. - o Salud laboral. - o Obligaciones y derechos. - A nivel de los Delegados de Prevención o representantes de los trabajadores en materia de prevención, el contenido de las sesiones de formación estará integrado, además de por los temas antes especificados para su categoría profesional, por los siguientes: - o Investigación de los accidentes y partes de accidentes. - o Estadística de la siniestralidad. - o Inspecciones de seguridad. - o Legislación sobre Prevención de Riesgos Profesionales. - o Responsabilidades. - o Coordinación con otros órganos especializados. ## 2.4.3. Organización de la Acción formativa Las sesiones de formación serán impartidas por personal suficientemente acreditado y capacitado en la docencia de Seguridad y Salud contándose para ello con los servicios de seguridad de la empresa, representante o delegado de ésta en la obra, servicios de prevención, mutuas, organismos oficiales especializados, representantes cualificados de los trabajadores y servicio médico, propio o mancomunado, que por su vinculación y conocimientos de la obra en materia específica de seguridad y salud sean los más aconsejables en cada caso. En el Plan de Seguridad y Salud que haya de presentar el contratista se establecerá la programación de las acciones formativas, de acuerdo con lo preceptuado en el presente documento y según lo establecido, en su caso, por los Convenios Colectivos, precisándose de forma detallada: número, duración por cada sesión, períodos de impartición, frecuencia, temática, personal al que van dirigidas, lugar de celebración y horarios. ## 2.5. Instrucciones generales y específicas Independientemente de las acciones de formación que hayan de celebrarse antes de que el trabajador comience a desempeñar cualquier cometido o puesto de trabajo en la obra o se cambie de puesto o se produzcan variaciones de los métodos de trabajo inicialmente previstos, habrán de facilitársele, por parte del empresario o sus representantes en la obra, las instrucciones relacionadas con los riesgos inherentes al trabajo, en especial cuando no se trate de su ocupación habitual; las relativas a los riesgos generales de la obra que puedan afectarle y las referidas a las medidas preventivas que deban observarse, así como acerca del manejo y uso de las protecciones individuales. Se prestará especial dedicación a las instrucciones referidas a aquellos trabajadores que vayan a estar expuestos a riesgos de caída de altura, atrapamientos o electrocución. El empresario habrá de garantizar que los trabajadores de las empresas exteriores o subcontratas que intervengan en la obra han recibido las instrucciones pertinentes en el sentido anteriormente indicado. Las instrucciones serán claras, concisas e inteligibles y se proporcionarán de forma escrita y/o de palabra, según el trabajo y operarios de que se trate y directamente a los interesados. Las instrucciones para maquinistas, conductores, personal de mantenimiento u otros análogos se referirán, además de a los aspectos reseñados, a: restricciones de uso y empleo, manejo, manipulación, verificación y mantenimiento de equipos de trabajo. Deberán figurar también de forma escrita en la máquina o equipo de que se trate, siempre que sea posible. Las instrucciones sobre socorrismo, primeros auxilios y medidas a adoptar en caso de situaciones de emergencia habrán de ser proporcionadas a quienes tengan encomendados cometidos relacionados con dichos aspectos y deberán figurar, además, por escrito en lugares visibles y accesibles a todo el personal adscrito a la obra, tales como oficina de obra, comedores y vestuarios. Las personas relacionadas con la obra, con las empresas o con los trabajadores, que no intervengan directamente en la ejecución del trabajo, o las ajenas a la obra que hayan de visitarla serán previamente advertidas por el empresario o sus representantes sobre los riesgos que han de seguir y utilización de las protecciones individuales de uso obligatorio. ## 2.6. Información y divulgación El empresario o sus representantes en la obra deberán informar a los trabajadores de: - Los resultados de las valoraciones del medio ambiente laboral correspondientes a sus puestos de trabajo, así como los datos relativos a su estado de salud en relación con los riesgos a los que puedan encontrarse expuestos. - Los riesgos para la salud que su trabajo pueda entrañar, así como las medidas técnicas de prevención o de emergencia que hayan sido adoptadas o deban adoptarse por el empresario, en su caso, especialmente aquéllas cuya ejecución corresponde al propio trabajador y, en particular las referidas a riesgo grave e inminente. - La existencia de un riesgo grave e inminente que les pueda afectar, así como las disposiciones adoptadas o que deban adoptarse en materia de protección, incluyendo las relativas a la evacuación de su puesto de trabajo. Esta información, cuando proceda, deberá darse lo antes posible. - El derecho que tienen a paralizar su actividad en el caso de que, a su juicio, existiese un riesgo grave e inminente para la salud y no se hubiese podido poner en contacto de forma inmediata con su superior jerárquico o, habiéndoselo comunicado a éste, no se hubiesen adoptado las medidas correctivas necesarias. Las informaciones anteriormente mencionadas deberán ser proporcionadas personalmente al trabajador, dentro del horario laboral o u fuera del mismo, considerándose en ambos casos como tiempo de trabajo el empleado para tal comunicación. Asimismo, habrá de proporcionarse información a los trabajadores, por el empresario o sus representantes en la obra, sobre: - Obligaciones y derechos del empresario y de los trabajadores. - Funciones y facultades de los Servicios de Prevención, Comités de Salud y Seguridad y delegados de Prevención. - Servicios médicos y de asistencia sanitaria con indicación del nombre y ubicación del centro asistencial al que acudir en caso de accidente. - Organigrama funcional del personal de seguridad y salud de la empresa adscrita a la obra y de los órganos de prevención que inciden en la misma. - Datos sobre el seguimiento de la siniestralidad y sobre las actuaciones preventivas que se llevan a cabo en la obra por la empresa. - Estudios, investigaciones y estadísticas sobre la salud de los trabajadores. Toda la información referida se le suministrará por escrito a los trabajadores o, en su defecto, se expondrá en lugares visibles y accesibles a los mismos, como oficina de obra, vestuarios o comedores, en cuyo caso habrá de darse conocimiento de ello. El empresario deberá disponer en la oficina de obra de un ejemplar del Plan de S.S.T. aprobado y de las normas y disposiciones vigentes que incidan en la obra. En la oficina de obra se contará, también, con un ejemplar del Plan y de las normas señaladas, para ponerlos a disposición de cuantas personas o instituciones hayan de intervenir, reglamentariamente, en relación con ellos. El empresario o sus representantes deberán proporcionar al responsable del seguimiento y control del Plan de Seguridad y Salud toda la información documental relativa a las distintas incidencias que puedan producirse en relación con dicho Plan y con las condiciones de trabajo de la obra. El empresario deberá colocar en lugares visibles de la obra rótulos o carteles anunciadores, con mensajes preventivos de sensibilización y motivación colectiva. Deberá exponer, asimismo, los que le sean proporcionados por los organismos e instituciones competentes en la materia sobre campañas de divulgación. El empresario deberá publicar mediante cartel indicador, en lugar visible y accesible a todos los trabajadores, la constitución del organigrama funcional de la seguridad y salud de la obra y de los distintos órganos especializados en materia de prevención de riesgos que incidan en la misma, con expresión del nombre, razón jurídica, categoría o cualificación, localización y funciones de cada componente de los mismos. De igual forma habrá de publicar las variaciones que durante el curso de la obra se produzcan en el seno de dichos órganos. ## 2.7. Normas sobre primeros auxilios y socorrismo Con base en el análisis previo de las posibilidades situaciones de emergencia y accidentes que puedan originarse por las circunstancias de toda índole que concurran en la obra, el empresario deberá asegurar el diseño y el establecimiento de las normas sobre primeros auxilios y socorrismo que habrán de observarse por quienes tengan asignado el cometido de su puesta en práctica. Las normas sobre primeros auxilios habrán de estar encaminadas a realizar el rescate y/o primera cura de los operarios accidentados, a evitar en lo posible las complicaciones posteriores y a salvar la vida de los sujetos. Para dotar de la mayor eficacia posible a las normas que se establezcan para primeros auxilios, éstas habrán de elaborarse de manera que cumplan los siguientes requisitos: simplicidad y exactitud técnica, facilidad de comprensión y aplicación rápida y fácil, sin necesidad de medios complicados. En las normas a establecer sobre primero auxilios deberán recogerse los modos de actuación y las conductas a seguir ante un accidentado para casos de rescate de heridos que queden aprisionados, pérdidas del conocimiento, asfixia, heridas, hemorragias, quemaduras, electrocución, contusiones, fracturas, picaduras y mordeduras. Se especificará, para cada caso concreto: forma de manejar al herido, traslados del accidentado, posiciones convenientes, principios de reanimación y métodos de respiración artificial, primeras curas a realizar, fármacos o bebidas que deben, o no, administrase, etc. Todos los trabajadores deberán ser adiestrados en técnicas elementales de reanimación para que, en caso de accidente en su área de trabajo, puedan actuar rápida y eficazmente. Asimismo, habrá de ponerse en conocimiento de todo el personal de la obra la situación de ellos teléfonos de urgencia, del botiquín de obra, de las normas sobre primeros auxilios y de los anuncios indicativos que hayan de exponerse en relación con la localización de servicios médicos, ambulancias y centros asistenciales. Las normas e instrucciones sobre primeros auxilios deberán exponerse en lugares accesibles y bien visibles de la obra. ## 2.8. Prevención y extinción de incendios ## 2.8.1. Disposiciones generales Se observarán además de las prescripciones que se establezcan en el presente Pliego, las normas y disposiciones vigentes sobre la materia. En los trabajos con riesgo específico de incendio se cumplirán, además, las prescripciones impuestas por los Reglamentos y normas técnicas generales o espaciales, así como las preceptuadas por las correspondientes ordenanzas municipales. Se deberá prever en obra un número suficiente de dispositivos apropiados de lucha contra incendios y en función de las características de la obra, dimensiones y usos de los locales y equipos que contengan, características físicas y químicas de las sustancias materiales que se hallen presentes y número máximo de personal que pueda hallarse en los lugares y locales de trabajo. ## 2.8.2. Medidas de prevención y extinción Además de observar las disposiciones anteriores, se adoptarán las prevenciones que se indican a continuación, combinando su empleo, en su caso, con la protección general más próxima que puedan prestar los servicios públicos contra incendios. - o Uso del agua Si existen conducciones de agua a presión se instalarán suficientes tomas o bocas de agua a distancia conveniente y cercanas a los lugares de trabajo, locales y lugares de paso del personal, colocándose junto a tales tomas las correspondientes mangueras, que tendrán la sección y resistencia adecuadas. Cuando se carezca normalmente de agua a presión, o ésta sea insuficiente, se instalarán depósitos con agua suficiente para combatir los posibles incendios. En incendios que afecten a instalaciones eléctricas con tensión, se prohibirá el empleo de extintores con espuma química, soda ácida o agua. - o Extintores portátiles En la proximidad de los puestos de trabajo con mayor riesgo de incendio y colocados en sitio visible y de fácil acceso, se dispondrán extintores portátiles o móviles sobre ruedas, de espuma física o química, mezcal de ambas o polvos secos, anhídrido carbónico o agua, según convenga a la posible causa determinante del fuego a extinguir. Cuando se empleen distintos tipos de extintores serán rotulados con carteles indicadores del lugar y clase de incendio en que deben emplearse. Los extintores serán revisados periódicamente y cargados, según los fabricantes, inmediatamente después de usarlos. Esta tarea será realizada por empresas autorizadas. ## o Prohibiciones En las dependencias y lugares de trabajo con alto riesgo de incendio se prohibirá terminantemente fumar o introducir cerillas, mecheros o útiles de ignición. Esta prohibición se indicará con carteles visibles a la entrada y en los espacios libres de tales lugares o dependencias. Se prohibirá igualmente al personal introducir o emplear útiles de trabajo no autorizados por la empresa y que puedan ocasionar chispas por contacto o proximidad a sustancias inflamables. ## 3. MEDIDAS GENERALES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA ## 3.1. Generalidades Será requisito imprescindible, antes de comenzar cualquier trabajo, que hayan sido previamente dispuestas y verificadas las protecciones colectivas e individuales y las medidas de seguridad pertinentes, recogidas en el Plan de Seguridad y Salud aprobado. En tal sentido deberán estar: - Colocadas y comprobadas las protecciones colectivas necesarias, por personal cualificado. - Señalizadas, acotadas y delimitadas las zonas afectadas, en su caso. - Dotados los trabajadores de los equipos de protección individual necesarios y de la ropa de trabajo adecuada. - Los tajos limpios de sustancias y elementos punzantes, salientes, abrasivos, resbaladizos u otros que supongan riesgos a los trabajadores. - Debidamente advertidos, formados e instruidos los trabajadores. - Adoptadas y dispuestas las medidas de seguridad de toda índole que sean precisas. Una vez dispuestas las protecciones colectivas e individuales y las medidas de prevención necesarias habrán de comprobarse periódicamente y deberán mantenerse y conservarse adecuadamente durante todo el tiempo que hayan de permanecer en obra. Las estructuras provisionales, medios auxiliares y demás elementos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos serán determinados por la Dirección Facultativa y no podrá comenzar la ejecución de ninguna unidad de obra sin que se cumpla tal requisito. Durante la ejecución de cualquier trabajo o unidad de obra: - Se seguirán en todo momento las indicaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas del proyecto y las órdenes e instrucciones de la Dirección Facultativa, en cuanto se refiere al proceso de ejecución de la obra. - Se observarán, en relación con la salud y seguridad de los trabajadores, las prescripciones del presente pliego, las normas contenidas en el Plan de Seguridad y Salud y las órdenes e instrucciones dictadas por el responsable del seguimiento y control del mismo. - Habrán de ser revisadas e inspeccionadas con la periodicidad necesaria las medidas de seguridad e higiene adoptadas. - Se ordenará suspender los trabajos cuando existan condiciones climatológicas desfavorables (fuertes vientos, lluvias, nieve, etc.). Después de realizada cualquier unidad de obra: - Se dispondrán los equipos de protección colectivos y medidas de seguridad necesarias para evitar nuevas situaciones potenciales de riesgo. - Se darán a los trabajadores las advertencias e instrucciones necesarias en relación con el uso, conservación y mantenimiento de la parte de obra ejecutada, así como de las protecciones colectivas y medidas de seguridad dispuestas. Una vez finalizados los trabajos, se retirarán del lugar o área de trabajo: - Los equipos y medios auxiliares. - Las herramientas. - Los materiales sobrantes. - Los escombros. ## 3.2. Zonas de especial riesgo Las zonas de la obra que entrañen riesgos especiales, tales como almacenes de combustible, centros de transformación, etc., deberán estar equipadas con dispositivos que eviten que los trabajadores no autorizados puedan penetrar en las mismas. Se deberán tomar las medidas pertinentes para proteger a los trabajadores autorizados a penetrar en las zonas de peligro y podrán acceder a las zonas o recintos de riesgo grave y específico sólo aquellos trabajadores que hayan recibido información adecuada. Las zonas de peligro deberán estar señalizadas de modo claramente visible e inteligible y deberán delimitarse y señalizarse las áreas de prohibición expresa y condicionada. ## 3.3. Zonas de tránsito, comunicación y vías de circulación Las zonas de tránsito y vías de circulación de la obra, incluidas las escaleras, las escalas fijas y los muelles y rampas de carga, deberán estar calculados, situados, acondicionados y preparados para su uso, de tal manera que se puedan utilizar con facilidad, con toda seguridad y conforme al uso al que se les haya destinado. Hay que asegurarse de que los trabajadores empleados en las proximidades de dichas zonas de tránsito o vías de circulación no corran riesgo. Las dimensiones de las vías destinadas a la circulación de personas o de materiales y elementos deberán estar previstas en función del número potencial de usuarios y del tipo de actividad. Cuando se utilicen medios de transporte en las vías de circulación, se deberán prever unas distancias de seguridad suficientes o medios de protección adecuados para los peatones. Aquellos lugares de la obra por los que deban circular los trabajadores y que, por lo reciente de su construcción, por no estar completamente terminados o por cualquier otra causa, ofrezcan peligro deberán disponer de pasos o pasarelas formadas por tablones de un ancho mínimo de 60 cm u otros elementos similares, de modo que resulte garantizada la seguridad del personal que deba circular por ellos, a no ser que se acceda al área de que se trate con prohibición de paso por ella. Las pasarelas situadas a más de 2 metros de altura sobre el suelo o piso tendrán una anchura mínima de 60 cm deberán poseer un piso unido y dispondrán de barandillas de 90 cm de altura y rodapiés de 20 cm, también de altura. Las pasarelas deberán disponer de accesos fáciles y seguros y se mantendrán libres de obstáculos. Se adoptarán las medidas necesarias para evitar que el piso resulte resbaladizo. Se tendrá un especial cuidado en no cargar los pisos o forjados recién construidos con materiales, aparatos o, en general, cualquier carga que pueda provocar su hundimiento. Se procurará no cargar los pisos o plataformas de trabajo más que en la medida de lo indispensable para la ejecución de los trabajos, procediendo a la elevación de los materiales de acuerdo con estas necesidades. Los huecos y aberturas para la elevación de materiales y, en general, todos los practicados en los pisos de la obra y que por su especial situación resulten peligrosos serán convenientemente protegidos mediante barandillas sólidas, mallazos u otros elementos análogos, sólidos y estables, de acuerdo con las necesidades del trabajo. Las escaleras que pongan en comunicación las distintas plantas o pisos de la obra deberán salvar, cada una, sólo la altura entre dos pisos inmediatos. Podrán ser de fábrica metálicas o de madera, siempre que reúnan las condiciones suficientes de resistencia, amplitud y seguridad y estarán debidamente protegidos los lados abiertos. Cuando sean escaleras de mano, de madera, sus largueros serán de una sola pieza. No se admitirá, por tanto, empalme de dos escaleras, y los peldaños deberán ir bien ensamblados, sin que se permita que vayan solamente clavados. Las vías de circulación destinadas a vehículos y máquinas deberán estar situadas a distancia suficiente de las puertas, accesos, pasos de peatones, pasillos y escaleras. Las zonas de tránsito y vías de circulación deberán mantenerse en todo momento libres de objetos u obstáculos que impidan su utilización adecuada y puedan ser causa de riesgo para los trabajadores y habrán de estar, asimismo, claramente marcadas y señalizadas y suficientemente iluminadas. Ninguna puerta de acceso a los puestos de trabajo o a las distintas plantas permanecerá cerrada de manera que impida la salida durante los períodos de trabajo. Las puertas de acceso a las escaleras no se abrirán directamente sobre sus peldaños, sin sobre descansillos o rellanos de igual anchura a la de aquéllos. Todas aquellas zonas que se queden sin protección estarán condenadas para evitar acercamientos peligrosos. Y ello, con la debida señalización. ## 3.4. Trabajos con riesgos especiales La manipulación y almacenamiento de sustancias susceptibles de producir polvos, emanaciones, olores, gases o nieblas corrosivas, o radiaciones, que especialmente pongan en peligro la salud o la vida de los trabajadores, se efectuará en locales o recinto aislados y por el menor número de trabajadores posible, adoptando las debidas precauciones, salvo que los Reglamentos de aplicación no prescriban lo contrario. La utilización de esas sustancias se realizará preferentemente en aparatos cerrados, que impidan la salida al medio ambiente del elemento nocivo y si esto no fuera posible, las emanaciones, nieblas, vapores y gases que produzcan se captarán por medio de aspiración en su lugar de origen, para evitar su difusión. Se instalará, además, un sistema de ventilación general eficaz, natural o artificial, que renueve constantemente el aire de estos locales. En las grandes fugas o escapes de gases producidos por accidentes o roturas de las instalaciones, máquinas, envases o útiles, se adoptarán las siguientes precauciones: - Los trabajadores evacuarán el local o recinto ordenadamente y con la máxima rapidez. - Se aislará el peligro para evitar su propagación. - Se atascará el peligro por los medios más eficaces. En las dependencias, locales, recintos o lugares de la obra donde se manipulen, almacenen, produzcan o empleen sustancias que originen riesgos específicos se indicará el peligro potencial con caracteres llamativos y las instrucciones a seguir para evitar accidentes o atenuar sus efectos. El personal empleado en trabajos con riesgos especiales será previamente instruido por técnicos competentes y deberá demostrar su suficiencia mediante un examen o prueba teórico-práctica. Los recipientes que contengan sustancias explosivas, corrosivas, tóxicas o infecciosas, irritantes o radioactivas serán rotulados ostensiblemente, indicando su contenido y las precauciones para su empleo y manipulación por los trabajadores que deban utilizarlos. Se evitarán los olores persistentes o especialmente molestos mediante los sistemas de captación y expulsión más eficaces y, si fuera imposible, emplearán obligatoriamente máscaras respiratorias. En los recintos de la obra donde se fabriquen, depositen o manipulen sustancias pulvígenas perniciosas para los trabajadores se eliminarán las mismas por el procedimiento más eficaz y se dotará a los trabajadores expuestos a tal riesgo de máscaras respiratorias y protección de ella cabeza, ojos y partes desnudas de la piel. Los trabajadores expuestos a sustancias corrosivas, irritantes, tóxicas e infecciosas o a radiaciones peligrosas deberán estar provistos de ropas de trabajo y elementos de protección personal adecuados y serán informados verbalmente y por medio de e instrucciones escritas de los medios previstos para su defensa. ## 3.5. Productos, materiales y sustancia peligrosas Los productos, materiales y sustancias químicas de utilización en el trabajo que impliquen algún riesgo para la seguridad o la salud deberán recibirse en obra debidamente envasados y etiquetados de forma que identifiquen claramente su contenido y los riesgos que su almacenamiento, manipulación o utilización conlleven. Deberán proporcionarse a los trabajadores la información e instrucciones sobre su forma correcta de utilización, las medidas preventivas adicionales que deben tomarse y los riesgos que conllevan tanto su normal uso como su manipulación o empleo inadecuados. No se admitirán en obra envases de sustancias peligrosas que no sean los originales y que no cumplan con las disposiciones vigentes sobre la materia. Estas consideraciones se harán extensivas al etiquetado de los envases. Los envases de capacidad inferior o igual a un litro y contengan sustancias líquidas muy tóxicas, tóxicas o corrosivas, deberán llevar una indicación de peligro detectable. ## 3.6. Iluminación de los lugares de trabajo y tránsito Todos los lugares de trabajo o de tránsito tendrán iluminación natural, artificial o mixta apropiada a las operaciones o trabajos que se efectúen. Se empleará siempre que sea posible la iluminación natural. Se deberá intensificar la iluminación de máquinas, aparatos y dispositivos peligrosos, lugares de trabajo y de tránsito con riesgo de caídas, escaleras y salidas de urgencia o de emergencia. Se deberá graduar la luz en los lugares de acceso a zonas de distinta intensidad luminosa. Cuando exista iluminación natural se evitarán, en lo posible, las sombras que dificulten los trabajos a realizar. Se procurará que la intensidad luminosa en cada zona de trabajo sea uniforme, con evitación de los reflejos y deslumbramientos al trabajador. En las zonas de trabajo y de tránsito que carezcan de iluminación natural, cuando ésta sea insuficiente o se proyecten sombras que dificulten los trabajos, de modo que supongan riesgos para los trabajadores, o durante las horas nocturnas, se empleará la iluminación artificial. Se utilizarán, en su caso, puntos de luz portátiles provistos de protecciones antichoques, focos u otros elementos la iluminación requerida para cada trabajo. Cuando la índole del trabajo exija la iluminación artificial intensa en un lugar determinado, se combinarán la iluminación general con otra complementaria, adaptada a la labor que se efectúe y dispuesta de tal modo que se eviten deslumbramientos. Se evitarán los contrastes fuertes de luz y sombras para poder apreciar los objetos en sus tres dimensiones, prohibiéndose el empleo de fuentes de luz que produzcan oscilaciones en la emisión del flujo luminoso. La iluminación artificial deberá ofrecer garantías de seguridad, no viciar la atmósfera del lugar de trabajo ni presentar ningún peligro de incendio o explosión. En los locales y lugares de trabajo con riesgo de incendio o de explosión por el género de sus actividades, sustancias almacenadas o ambientes peligrosos, la iluminación será antideflagarante. Se dispondrá de iluminación de emergencia adecuada a las dimensiones de los locales y número de trabajadores ocupados simultáneamente y capaz de mantener al menos durante una hora una intensidad de cinco lux. Su fuente de energía será independiente del sistema normal de iluminación. Los locales, lugares de trabajo y zonas de tránsito en que los trabajadores estén particularmente expuestos a riesgos en caso de avería de la iluminación artificial deberán disponer de una iluminación de seguridad de intensidad suficiente. ## 3.7. Orden y limpieza en la obra Las vías de circulación interna, las zonas de tránsito y los locales y lugares de trabajo, así como los servicios de higiene y bienestar de los trabajadores, deberán mantenerse siempre en buen estado de salubridad e higiene, para lo que se realizarán las limpiezas necesarias. Los suelos de las vías de circulación interior y zonas de tránsito, así como los de los locales y lugares de trabajo, deberán estar siempre libres de obstáculos, protuberancias, agujeros, elementos punzantes o cortantes, sustancias resbaladizas y, en general, de cualquier elemento que pueda ser causa de riesgo para la salud y seguridad de los trabajadores. En los locales y lugares de trabajo y las zonas de tránsito susceptibles de producir polvo, la limpieza se efectuará por medios húmedos cuando no se a peligroso, o mediante aspiración en seco cuando el proceso productivo lo permita. Todos los locales y lugares de trabajo deberán someterse a una limpieza periódica, con la frecuencia necesaria. Cuando el trabajo sea continuo se extremarán las precauciones para evitar efectos desagradables o nocivos del polvo y residuos y los entorpecimientos que la misma limpieza pueda causar en el trabajo. Las operaciones de limpieza se realizarán con mayor esmero en las inmediaciones de los lugares ocupados por máquinas, aparatos o dispositivos cuya utilización ofrezca mayor peligro. El pavimento no estará encharcado y se conservará limpio de aceite, grasas u otras materias resbaladizas. Los operarios encargados de la limpieza de los locales, lugares de trabajo o de elementos de las instalaciones de ella obra, que ofrezcan peligro para su salud al realizarla, serán provistos del equipo protector adecuado. Los aparatos, máquinas e instalaciones deberán mantenerse siempre en buen estado de limpieza por los trabajadores encargados de su manejo. Como líquidos de limpieza o desengrasado, se emplearán preferentemente, detergentes. En los caos en que sea imprescindible limpiar o desengrasar con gasolina u otros derivados del petróleo, estará prohibido fumar en las proximidades, lo que se advertirá convenientemente. ## 3.8. Evacuación de materiales y residuos Deberá planificarse de forma adecuada la evacuación y transporte de materiales, tierras, escombros y residuos, de manera que los trabajadores no estén expuestos a riesgos para la seguridad o la salud y estén debidamente protegidos contra infecciones u otros factores derivados de tales operaciones. La evacuación o eliminación de residuos se realizará bien directamente, previa desinfección y desratización en su caso, o por medio de tuberías o acumulándose en recipientes adecuados. Igualmente habrán de ser eliminadas o evacuadas las aguas residuales y las emanaciones molestas o peligrosas por procedimientos eficaces que aseguren la salud y seguridad de los trabajadores. Se dispondrán lonas, mallas o recipientes adecuados para evitar el derrame durante el transporte de productos y materiales al vertedero. ## 3.9. Equipos de protección Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas de organización del trabajo. En cualquier caso, los equipos deberán ser adecuados para la protección de los riesgos y tener en cuenta las condiciones existentes en el lugar de trabajo y las circunstancias personales del trabajador, debiéndose adecuar al mismo tras los necesarios ajustes. Antes de la utilización y disponibilidad de los equipos de protección habrán de llevarse a cabo las verificaciones oportunas al objeto de comprobar su idoneidad. Asimismo, deberá llevarse a cabo el mantenimiento periódico y el control del funcionamiento de las instalaciones, elementos y dispositivos de seguridad. Los elementos para la protección de los trabajadores serán instalados y usado en las condiciones y de la forma recomendada por los fabricantes y suministradores. Deberá proporcionarse a los trabajadores la información que indique el tipo de riesgo al que van dirigidos, el nivel de protección frente al mismo y la forma correcta de uso y mantenimiento. Estos deberán estar homologados con el marcado CE. ## 3.10. Equipos de trabajo Se entiende como equipo de trabajo, cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo y como utilización, cualquier actividad que les atañe, tal como la puesta en marcha o parada, el empleo propiamente dicho, el transporte, la reparación, la transformación, el mantenimiento, la conversación y la limpieza. Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizados en el trabajo será seleccionado de modo que no ocasione riesgos añadidos para la seguridad y salud de los trabajadores y/o para terceros. Los equipos de trabajo y elementos constitutivos de éstos o aparatos acoplados a ellos estarán diseñados y construidos de forma que las personas no estén expuestas a peligros cuando su montaje, utilización y mantenimiento se efectúen conforme a las condiciones previstas por el fabricante. Las diferentes partes de los equipos, así como sus elementos constitutivos, deben poder resistir a lo largo del tiempo los esfuerzos a que vayan a estar sometidos, así como cualquier otra influencia externa o interna que puedan presentarse en las condiciones normales de utilización previstas. Los equipos a utilizar estarán basados en las condiciones y características específicas del trabajo a realizar y en los riesgos existentes en el centro de trabajo y cumplirán las normas y disposiciones en vigor que les sean de aplicación, en función de su tipología, empleo y posterior manejo por los trabajadores. El equipo de trabajo no podrá utilizarse para operaciones y en condiciones para las cuales no sea adecuado. En las partes accesibles de los equipos no deberán existir aristas agudas o cortantes que puedan producir heridas. Se adoptarán las medidas necesarias, incluido en mantenimiento adecuado, para que los equipos que se utilicen se sigan manteniendo en un nivel tal que cumplan lo dispuesto en la legislación vigente. Los trabajadores dispondrán de la formación adecuada, en relación con la utilización segura de los equipos, y se les facilitará la información necesaria, garantizando para aquellos equipos, cuya utilización pueda presentar un riesgo específico para la seguridad y la salud de los trabajadores. PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 01. MEMORIA 02. PLIEGO DE CONDICIONES 03. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO 04. PLANOS <!-- image --> ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ## 03. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO ## ÍNDICE 1. MEDICIONES Y PRESUPUESTO 3 ## lpastudio.net ## 1. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO Para más información, ver apartado 1. Medición y presupuesto. <!-- image --> <!-- image --> PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO DESTINADO A LA IMPLANTACIÓN Y FOMENTO DEL COHOUSING Y VIVIENDAS COLABORATIVAS ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD 01. MEMORIA 02. PLIEGO DE CONDICIONES 03. MEDICIÓN Y PRESUPUESTO 04. PLANOS <!-- image --> ## ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ## 04. PLANOS ## ÍNDICE - 1. Implantación en obra\_ Seguridad y Salud - 2. Recorrido a Dotaciones de Asistencia Médico <!-- image --> <!-- image --> Cliente: Ayuntamiento de Valleseco Situacion: T.M. Valleseco Codigo: PRT\_22183 Fecha: Noviembre 2022 Proyecto: Redaccion deProyecto de Ejecucion del EdificioDestinado ala Implantaciony Sub-Proyecto: Fomento del Cohousing y Viviendas Colaborativas Estudio de Seguridad y Salud Bloque: Capitulo: <!-- image --> NNE 50m Implantacion enobra 1 1 de 1 <!-- image --> Ruta al Centro de Salud de Valleseco <!-- image --> <!-- image --> Ruta al Hospital Doctor Negrin <!-- image --> Ruta al Hospital Insular <!-- image --> 50m ## Recorridoadotacionesdeasistenciamedica | LPAStudio www.lpastudio.net | Cliente: Ayuntamiento de Valleseco | Codigo: PRT_22183 | Proyecto: | Fomento del Cohousing y Viviendas Colaborativas | Bloque: 2 | |-------------------------------|--------------------------------------|-----------------------|-------------------------------------------|---------------------------------------------------|-------------| | COAGC_10.407 | Situacion:T.M. Valleseco | Fecha: Noviembre 2022 | Sub-Proyecto:Estudio de Seguridad y Salud | Capitulo: | 1 de 1 | <!-- image -->