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Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> <!-- image --> PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL ALQUILER Y PROYECCIÓN DE PELÍCULAS Y OTROS CONTENIDOS AUDIOVISUALES EN EL CENTRO CULTURAL MUNICIPAL Y EN TEMPORADA ESTIVAL EN EL MUNICIPIO DE ALMUSSAFES ## 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es el alquiler y el servicio de proyección de películas u otros contenidos audiovisuales en soporte digital o en otros soportes en el Centro Cultural de Almussafes, con uso del proyector digital de propiedad municipal, y al aire libre con uso de proyector suministrado por la empresa adjudicataria. Mediante el presente pliego se pretende establecer las condiciones técnicas mínimas exigidas para la contratación del servicio. El Ayuntamiento de Almussafes dispone de número de inscripción en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales con el número 03J1211 en el ICCA del Ministerio de Cultura. Tiene registrados un espacio en el Centro Cultural, cubierto, y dos espacios al aire libre, el recinto de las Piscinas Municipales, con el número de Código 550862 y la Ronda Antonio Albuixech con el número de Código 550953 para uso de autocine. En caso de habilitar cualquier otra zona al aire libre, se solicitará la correspondiente autorización. En general el servicio incluye: - Intermediación y gestión con distribuidoras y empresas cinematográficas. - Descarga del material digital para su proyección. - Alquiler de las películas en soporte digital o en otros soportes autorizados. - Recogida y retorno de los discos de almacenamiento para su descarga, en su caso, a los proveedores. - Proyección del material alquilado. - Suministro de pantallas, equipos de sonido y todo el material necesario para las proyecciones al aire libre. - Gestión del material publicitario para la publicidad por parte del departamento de Cultura. - Servicio técnico especializado para la proyección de las mismas. - Auxilio con el personal de taquilla para gestionar la entrada de espectadores. - Control de acceso y ubicación de vehículos en el caso de autocine. - Gestión de los Certificados de las autorizaciones de proyección por parte del ICCA del Ministerio de Cultura. El adjudicatario se obliga a la instalación y comprobación de pantalla y altavoces, funcionamiento del sistema de sonido y cualquier circunstancia necesaria para la proyección. ## 2. INFRAESTRUCTURA NECESARIA En las proyecciones del Centro Cultural, éste dispone de proyector digital, pantalla y equipo de audio suficientes para la óptima proyección. La infraestructura mínima necesaria para la proyección de las películas al aire libre es: <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## * Para Autocine: Pantallas de proyección: dimensiones mínimas de 12x6 metros, que cumplan la normativa de seguridad vigente y con una opacidad suficiente para evitar reflejos que dificulten el visionado de la película. Equipos de proyección: calidad lumínica mínima 8 mil lúmenes. Sonido: será emitido por radiofrecuencia a cada automóvil. ## * Para otras instalaciones al aire libre: Pantallas de proyección: dimensiones mínimas de 8x4 metros, que cumplan la normativa de seguridad vigente y con una opacidad suficiente para evitar reflejos que dificulten el visionado de la película. Equipos de proyección: con una calidad lumínica mínima 6 mil lúmenes, que permita proyectar con un alto índice de calidad al aire libre Sonido: con una potencia mínima de 2.000 vatios. El adjudicatario deberá especificar el sistema de sonorización a emplear (potencia en watios, número de altavoces y características de los mismos, especificando marca y modelo). Estos requisitos se consideran mínimos, pudiendo ser mejorados por el licitador en su oferta. Esta infraestructura será objeto de valoración, por lo que la empresa deberá acreditarlo presentando documentación descriptiva de todos los equipos participantes en el contrato, con fichas técnicas y fotografías. Todos los medios técnicos que emplee el adjudicatario deberán estar debidamente homologados para su uso, conforme a las normas que resulten de aplicación. La empresa adjudicataria será la encargada del transporte hasta el lugar de proyección, el montaje, instalación de pantalla y altavoces, comprobación del funcionamiento del sistema de sonido y cualquier circunstancia necesaria para la proyección, la proyección y desmontaje. La infraestructura necesaria de cada una de las actividades programadas será instalada en el lugar que indique la organización municipal, como se ha dicho anteriormente, a costa del contratista y con sus propios medios, con la antelación requerida para cada actividad o espectáculo, y retirada después de finalización de cada una de ellas. El Ayuntamiento facilitará la conexión eléctrica. La empresa adjudicataria cumplirá la normativa vigente en materia de seguridad y salud, tanto en las fases de montaje/desmontaje del material y equipamientos, como de los equipos propiamente dichos y la legislación de prevención de riesgos laborables aplicables a las personas que participan en todas y cada una de las fases de la instalación. ## 3. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ## 3.1.- Recursos humanos que ha de aportar la empresa El equipo que se dedique específicamente a la realización de este contrato, en las condiciones que se establecen, deberá esta integrado por al menos los profesionales con los perfiles siguientes: <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Expediente 2085286F - 1 Exhibidor cinematográfico. Persona con experiencia contrastada en asesoramiento, intermediación, distribución, programación y/o gestión empresarial de Salas de Exhibición Cinematográfica. - 1 Operador de cabina cinematográfica. Persona con experiencia contrastada como Operador de Cabina Cinematográfica o técnico especialista en los campos objeto del contrato relativos al Servicio Técnico Especializado. Todo el personal que emplee el adjudicatario deberá estar debidamente formado para las tareas a ejecutar. Asimismo, la empresa organizará a su personal de modo que cubra las necesidades de ejecución del contrato, y, en todo caso, deberá sustituir de forma inmediata las ausencias del personal a su cargo, con objeto de que no se perjudique la prestación del servicio. ## 3.2.- Alquiler de los contenidos audiovisuales El contrato consistirá en el alquiler de películas cinematográficas en sistema digital y, en su caso, de otros contenidos audiovisuales (ópera, conciertos que exijan licencia de exhibición) de interés para su proyección en el cine del Centro Cultural de Almussafes, cuyo número de inscripción en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales es el 03J1211 y en los espacios al aire libre de que se disponga autorización por parte del ICAA. Los licitadores deberán presentar un catálogo de al menos 30 películas recientes propuestas para la emisión cinematográfica, dobladas al castellano, que deberá renovarse trimestralmente. El catálogo de películas debe incluir diversos géneros: comedia, drama, thriller, ciencia ficción y animación, al objeto de ofrecer una variedad que se pueda adaptar a los gustos y necesidades de cada público y a las diversas edades recomendadas. Las películas deberán contar, en todo caso, con las necesarias autorizaciones previas de los titulares de los correspondientes derechos de comunicación pública sobre las obras y grabaciones audiovisuales proyectadas; Cumplir las obligaciones de publicidad de la calificación por edades de las películas: Facilitar la información de accesibilidad del visionado, en su caso, a personas con discapacidad. La empresa adjudicataria deberá contactar con las distribuidoras propietarias de los derechos de distribución y conseguir el mejor precio para su exhibición en las fechas propuestas por el Departamento de Cultura. La empresa, a estos efectos, podrá asesorar al Departamento de Cultura, sobre la oportunidad favorable para proyectar las películas. Deberán incluir su correspondiente ficha técnica en donde consten datos tales como: año, protagonistas, la duración, el año de producción, género, clasificación por edades, dirección, así como un resumen del argumento o sinopsis. El responsable del contrato seleccionará las películas que se van a proyectar entre las propuestas en el catálogo presentado por el adjudicatario, si la preselección no fuera adecuada, el responsable del contrato se reserva el derecho a solicitar sin coste para la administración, un mayor número de títulos. La empresa exhibidora deberá presentar presupuesto de las películas a exhibir cada mes, 15 días naturales antes de la primera proyección, para tratar de ajustar <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> éste al presupuesto de adjudicación y controlar el presupuesto máximo, por existir variabilidad en los precios de alquiler de los contenidos audiovisuales. El número máximo de películas a proyectar al año será de 46, realizándose mayoritariamente la tarde del domingo, una sesión para publico infantil y juvenil y otra sesión para adultos. En la temporada estival se estima hasta un máximo de hasta 4 películas al aire libre, con 4 servicios de proyección, ya sea en modalidad cine de verano o autocine. En este caso, el adjudicatario deberá aportar el sistema de proyección y pantalla adecuados. Las películas tendrán el carácter de comerciales de calidad, estrenadas recientemente, disponibles en el mercado, así como de interés cultural. El departamento de Cultura determinará la versión de la película (subtitulada o no). En este caso se negociará previamente con la empresa adjudicataria la disponibilidad de las versiones. La empresa se comprometerá a descargar las películas digitales con suficiente antelación para su proyección, debiendo comprobar los códigos de descarga KDM y las reclamaciones a las distribuidoras para su correcta descarga. Cualquier incidencia en este aspecto deberá ser comunicada a la dirección del Departamento de Cultura para la posible toma de decisiones, en caso de incidencias que impidieran técnicamente la descarga de la película y, por tanto, su proyección. Cualquier cancelación de una película confirmada por la empresa deberá ser comunicada al Departamento de Cultura, exponiendo los motivos, quedando obligada a suministrar otra película, de acuerdo con el Departamento de Cultura, de las mismas características. En el caso de que el Departamento de Cultura desee programar una película que por sus características especiales, no pueda ser facilitada por la empresa adjudicataria, la administración se reserva el derecho a contactar con otras distribuidoras, propietarios de licencia, filmotecas o organismos análogos que pudieran suministrar la película solicitada, siendo por cuenta del adjudicatario su exhibición, sin rebasar los límites presupuestados. ## 3.3.- Servicio de proyección de los contenidos audiovisuales y asistencia al personal de entrada El contrato deberá incluir la proyección cinematográfica y audiovisual de las películas o contenidos audiovisuales objeto del contrato. En concreto, las funciones del operador de cabina serán: - Comprobación de la película o formato digital. Comprobación códigos KDM para su proyección y pruebas. Reclamación a la distribuidora en caso de tardanza en el suministro digital. - Comprobación de pantalla y altavoces, sistema de sonido. - Gestión de los Certificados de las autorizaciones del Ministerio de Cultura. - Proyección de la película y resolución de incidencias. - Una vez proyectada la película, comprobación de la remisión, a través del programa de taquilla, de la declaración de taquilla al ICCA del Ministerio de Cultura. <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - Asistencia al personal de contacto en la entrada de publico al recinto cinematográfico. - Contacto directo con suministradores para reparación o sustitución de piezas deterioradas del sistema de proyección y sonido, previo informe al Departamento de Cultura. ## 3.4.- Servicio de cartelería Consiste en la gestión de la cartelería: Reclamar la cartelería a la distribuidora, control y custodia de la misma, y pegado de la cartelería de las siguientes proyecciones, una vez acabada la sesión en los lugares habilitados al efecto en el departamento de Cultura. ## 4.- SUSPENSIÓN DE LAS PROYECCIONES En caso de suspensión de alguna sesión programada por causas de fuerza mayor, entendiendo por tales: averías, lluvia, viento, inundación, desastre o luto, emergencia sanitaria, la película anunciada ese día podría proyectarse en una nueva fecha designada por el Ayuntamiento, y si no fuere posible, no se abonará la cantidad al contratista. El Ayuntamiento se compromete a que, si por causas ajenas al contratista, se tuvieran que modificar las fechas de proyección, el anuncio se hará con 24 horas de antelación, quedando sujetas a la autorización previa de las distribuidoras de los títulos afectados y a la disponibilidad de las nuevas fechas de proyección por parte del adjudicatario. Solo en el caso del cine de verano, si por circunstancias meteorológicas o sobrevenidas ajenas al contratista no pudiera proyectarse la película, pero los equipos están montados, el Ayuntamiento abonará el servicio completo. ## 5. RESPONSABLE DEL SERVICIO La empresa adjudicataria estará obligada a nombrar un responsable del servicio que será el interlocutor entre el responsable del departamento de Cultura y el personal de la empresa adjudicataria, debiendo estar disponible en todo momento para solventar cualquier cuestión referente al cumplimiento del objeto de la presente contratación. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá designar un sustituto del responsable del servicio. Las funciones del responsable del servicio será : - a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato y la entidad contratante, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. - b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. - c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, de forma que no se altere la correcta ejecución del servicio. e) Informar a la entidad contratante sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. ## 6. FECHAS Y HORARIO PREVISTOS PARA LA ACTIVIDAD. Las proyecciones cinematográficas que se efectúen en el Centro Cultural se efectuarán preferentemente el domingo, a partir de las 16.30 h, con la sesión infantil, y a las 19.00 h. la sesión para adultos. No obstante, si las necesidades de la programación cultural exigieran que se realice otro día de la semana, se comunicará con la antelación suficiente a la empresa adjudicataria. No obstante, cuando el servicio se preste para la celebración de semanas conmemorativas el horario será entre semana pero de tarde noche, y en el caso de demanda de centros educativos, en horario lectivo de mañana o tarde. Las proyecciones cinematográficas en la temporada estival se celebraran los sábados del mes de agosto, a partir de las 23 h, en el lugar que acuerde la administración. Las sesiones comenzarán, con estricta puntualidad según el horario establecido y en el cine al aire libre, el adjudicatario deberá realizar una prueba de sonido previa, con el fin de conseguir un nivel sonoro adecuado para las proyecciones. ## 7. PRECIO El precio anual del contrato incluirá el alquiler de los contenidos audiovisuales y el servicio de proyección, asciende a 41.700 €, más el 21% de IVA, que suma un total de 50.457 € El coste se distribuye de la siguiente manera: | Concepto | Importe medio | Número anual | Coste | |-----------------------------------------------|-----------------|----------------|-----------| | Alquiler películas | 600 | 50 | 30.000 | | Servicio de proyección | 170 | 50 | 8.500 | | Alquiler equipos proyección temporada estival | 800 | 4 | 3.200 | | Suma | Suma | Suma | 41.700,00 | | IVA 21% | IVA 21% | IVA 21% | 8.757,00 | | TOTAL | TOTAL | TOTAL | 50.457,00 | Este techo de gasto se ejecutará en función de las necesidades del servicio sin obligación de agotarlo. El precio del contrato incluirá el suministro de los contenidos audiovisuales, todas las autorizaciones pertinentes, el suministro e instalación de pantallas y equipos de sonido y su proyección, transporte y cartelería. <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Expediente 2085286F No se incluyen en el precio del contrato los derechos de autor a pagar a las sociedades de gestión correspondientes, que serán por cuenta del Ayuntamiento. LA TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE CULTURA <!-- image -->