INFORME INSUFICIENCIA DE MEDIOS

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<!-- image --> ## INFORME DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS CONTRATO MIXTO DE SERVICIOS Y SUMINISTROS DE LA CABALGATA DE REYES PARA EL AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS MADRID, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA. Se emite el siguiente informe sobre insuficiencia de medios personales y técnicos de este Ayuntamiento por el que se requiere la prestación del objeto del contrato por empresas externas al propio Ayuntamiento. En base a lo dispuesto en el artículo 116.4.f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), cuando se haga necesario celebrar un contrato de servicios, previamente se deberá justificar adecuadamente en el expediente la insuficiencia de medios. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 28 y 116 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, la Concejalía de Cultura, Festejos y Participación Ciudadana, plantea la necesidad de esta contratación está motivada por la tiene la necesidad de licitar el contrato de referencia para poder realizar la tradicional Cabalgata de Reyes en el municipio, para disfrute del público infantil y para vecinos y visitantes, durante la celebración de la navidad, siendo la cabalgata uno de los elementos protagonistas imprescindibles de dichas fiestas y elemento fundamental de su celebración, todo ello dentro de las competencias que en materia de cultura, ferias, etc., dispone el Ayuntamiento conforme a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. ## INFORME El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo (artículo 25.1 LRBRL), sin embargo, para su cumplimiento, el Ayuntamiento de Arroyomolinos carece de: PRIMERO. Insuficiencia de medios personales: Personal propio con formación específica en la materia que la prestación requiere, por lo que viene a ser necesario, ante la falta de recursos humanos, la contratación para la puesta en marcha de ciertos servicios relacionados con la Cabalgata. <!-- image --> <!-- image --> En la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento, no constan las plazas correspondientes de personal municipal, ni montadores de carrozas, ni animadores de espectáculos de calle, etc, para atender las funciones que requiere el servicio y que se detallan en los correspondientes pliegos, por lo que se hace necesaria la contratación de empresas especializadas con personal de los que el Ayuntamiento carece. SEGUNDO. Insuficiencia de medios materiales: A tenor de lo descrito en los pliegos, este Ayuntamiento no dispone de los medios materiales ni equipamiento necesarios para para proceder a realizar la cabalgata, ni carrozas, ni hinchables, ni tronos, ni caramelos, ni obsequios, etc, ya que no cuenta con los elementos objeto del contrato. Elementos todos, con los que no cuenta el Ayuntamiento. TERCERO. Que por parte del órgano de contratación se emita resolución acreditando la insuficiencia de medios y/o la conveniencia de no ampliarlos y se proceda a la celebración del correspondiente contrato. CUARTO. Publicar el informe de insuficiencia de medios en el perfil de contratante de conformidad con lo establecido en el artículo 63.3.a) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La Técnico <!-- image -->