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<!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LOS EXTREMOS INDICADOS EN EL ARTÍCULO 116.4 DE LA LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO ## EXPEDIENTE: ## CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR NEXTGENERATIONEU ## 1. Elección del procedimiento de licitación (Art. 116.4.a LCSP) De acuerdo con la definición del artículo 18.1 de la LCSP, el expediente corresponde a un contrato mixto , siendo su prestación principal -si atendemos al presupuesto del contratoel suministro. De acuerdo con los artículos 131 y 156 de la LCSP, se propone el abierto como procedimiento de adjudicación, ya que es el que mejor garantiza los principios de concurrencia, igualdad y libre competencia. Por otra parte, no concurren circunstancias que recomienden acudir a un procedimiento restringido, ni ninguno de los supuestos que permiten la utilización de otro tipo de procedimiento. ## 2. Clasificación exigible (Art. 116.4.b LCSP) No exigible de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la LCSP, al ser un contrato de mixto, siendo su prestación principal -si atendemos al presupuesto del contrato el suministro. ## 3. Criterios de solvencia económico-financiera y técnica profesional, criterios de adjudicación del contrato y condiciones especiales de ejecución (Art. 116.4.c LCSP) En aplicación del artículo 87 de la LCSP, se acreditará la solvencia económica y financiera si el adjudicatario cuenta con un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por importe mínimo de 9.949.919,94 € adjuntando las cuentas anuales y la inscripción en ROLECE. La cantidad ha sido elegida teniendo en consideración el importe de licitación. En aplicación del artículo 90 de la LCSP, se acreditará la solvencia técnica mediante una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos 3 años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe mínimo anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será de 4.643.295,97 € (70% de la anualidad media) en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, para lo cual se tomará como referencia los tres primeros dígitos de a CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. <!-- image --> <!-- image --> Entre las opciones posibles en el artículo 90, se ha escogido esta opción porque los trabajos a contratar son específicos, siendo necesario acreditar conocimiento y experiencia en la materia objeto de licitación. Al ser un contrato sujeto a regulación armonizada, no se considera el caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años (artículo 90.4 de la LCSP). ## a. Criterios de adjudicación del contrato Varios criterios, tanto cualitativos cuya cuantificación depende de un juicio de valor, como evaluables de forma automática, según la descripción detallada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP). Los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor tienen por objeto ponderar la calidad y capacitación técnica de las ofertas en función de criterios de naturaleza operativa. En concreto, se aplicarán los siguientes criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor: ## Criterio 1: Calidad técnica, arquitectura y adecuación global de la solución propuesta Este criterio evalúa la calidad técnica global de la solución HPC propuesta, analizando si la arquitectura planteada es coherente, sólida y adecuada para cubrir las necesidades operativas, científicas y estratégicas de AEMET. Se valora especialmente la comprensión profunda del licitador sobre la complejidad de un sistema HPC distribuido, con un clúster interno y un clúster externo, y su capacidad para diseñar una solución equilibrada que soporte de forma estable cargas de predicción numérica, simulación intensiva, análisis de datos e inteligencia artificial. En particular, se examina el diseño de la arquitectura HPC distribuida, prestando atención a la correcta definición de las particiones funcionales del sistema (cómputo, administración, login, DTN y E/S), al dimensionamiento de los recursos y a la modularidad de la solución. Se valoran positivamente las arquitecturas escalables, tanto horizontal como verticalmente, que permitan la evolución futura del sistema sin rediseños disruptivos. Asimismo, se aprecia la capacidad de la propuesta para minimizar cuellos de botella internos, logrando un equilibrio armónico entre CPU, almacenamiento y redes, y garantizando un rendimiento sostenido bajo cargas mixtas. El criterio también aborda el subsistema de almacenamiento HPC multinivel, evaluando la adecuación del diseño a los patrones de acceso propios de AEMET. Se analiza la correcta diferenciación entre capas de almacenamiento para datos calientes, fríos y temporales, así como sus latencias, anchos de banda y mecanismos de paralelización. Se valora la justificación técnica de las tecnologías elegidas, su resiliencia, la protección de metadatos y la capacidad de recuperación ante fallos, especialmente en entornos con modelos numéricos y pipelines de IA. Asimismo, se examina el diseño de la red HPC interna y la interconexión entre CPDs (IXCPD), valorando la claridad de la topología propuesta, la capacidad de ancho de banda, la redundancia y la mitigación de fallos. Se aprecian especialmente las propuestas que justifican adecuadamente el uso de tecnologías de red avanzadas y que incorporan mecanismos para soportar flujos intensivos de E/S y replicación asíncrona de datos con baja latencia. CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 2 <!-- image --> <!-- image --> Finalmente, este criterio considera la integración de la solución HPC con la infraestructura TIC corporativa de AEMET. Se evalúa cómo la solución se incorpora de forma segura, gobernada y eficiente en el ecosistema existente, incluyendo sistemas de monitorización, SIEM, gestión de identidades, red corporativa y plataformas de datos y multicloud. Se completa el análisis con la valoración de la eficiencia energética de la arquitectura, apreciando tecnologías y diseños orientados a reducir el consumo, mejorar la eficiencia térmica y optimizar el uso de recursos, en línea con los principios de sostenibilidad y DNSH. ## Criterio 2: Plan de Implantación Este criterio evalúa la capacidad del licitador para planificar y ejecutar de forma ordenada la implantación de un sistema HPC distribuido de alta complejidad, minimizando riesgos y evitando impactos en la operación. Se analiza la estrategia general de despliegue, valorando su coherencia con la arquitectura propuesta y la correcta identificación de dependencias críticas entre fases, recursos y componentes. Se presta especial atención a la calidad del cronograma presentado, evaluando su exhaustividad, realismo y viabilidad. Se valora que el cronograma refleje un entendimiento profundo de los tiempos reales asociados al suministro de hardware, la integración de redes, la configuración del almacenamiento, las pruebas de rendimiento y la validación funcional del sistema, evitando planificaciones excesivamente optimistas o poco fundamentadas. El criterio también contempla la definición de hitos y entregables clave del proyecto, como la instalación en el CPD interno y externo, la configuración de la interconexión entre CPDs, la ejecución de pruebas FAT y SAT, la validación de rendimiento y la transición a operación. Se valoran especialmente las propuestas que definen criterios de finalización claros y verificables, alineados con el PPT. Asimismo, se analiza la calidad del plan de pruebas, incluyendo procedimientos detallados para pruebas funcionales, de rendimiento, saturación de red, validación de almacenamiento paralelo y replicación entre CPDs. Finalmente, se evalúa la gestión de riesgos, valorando la capacidad del licitador para identificar riesgos técnicos, logísticos y operativos, así como la solidez y realismo de las medidas de mitigación propuestas. ## Criterio 3: Plan de Operación Este criterio analiza la idoneidad del modelo operativo propuesto para la explotación diaria del sistema HPC, tanto en el clúster interno como en el externo, incluyendo la interconexión IXCPD y los subsistemas de almacenamiento y red. Se valora la claridad en la definición de roles, responsabilidades y procesos, así como la coherencia del modelo con los procedimientos operativos de AEMET y con buenas prácticas reconocidas como ITIL o ITSM. Se evalúa de forma específica la estrategia de supervisión y monitorización, analizando la cobertura de métricas, la calidad de los dashboards, la telemetría avanzada y la integración con sistemas corporativos como IToM y SIEM. Se valoran especialmente las propuestas que incorporan mecanismos avanzados de observabilidad, como profiling, tracing o análisis de anomalías, orientados a una operación proactiva. El criterio incluye también la valoración de los informes e indicadores operativos (KPIs), examinando su utilidad para la gestión del sistema, su periodicidad y su alineación con parámetros clave como disponibilidad, eficiencia, uso de recursos, CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 3 <!-- image --> <!-- image --> latencias, consumo energético y estado de la replicación. Por último, se evalúa la madurez de los procesos ITSM y de mantenimiento, apreciando la calidad de los procedimientos documentados y su adecuación al ciclo de vida real de un sistema HPC crítico. ## Criterio 4: Plan de Soporte, Continuidad y Actuación ante Emergencias Este criterio evalúa la capacidad del licitador para garantizar la continuidad del servicio y una respuesta eficaz ante incidencias y situaciones de emergencia en un entorno crítico como el de AEMET. Se analiza el modelo de soporte 24×7, valorando la claridad en los niveles de servicio, los tiempos de respuesta, los mecanismos de escalado y la disponibilidad de personal especializado. Se presta atención a la gestión de incidencias, evaluando la precisión en su clasificación, la adecuación de las respuestas asociadas y la experiencia demostrada en la operación de infraestructuras HPC críticas. Asimismo, se valoran los valores de RPO y RTO propuestos, analizando su coherencia técnica, su viabilidad real y su alineación con la arquitectura planteada y los requisitos del PPT. Finalmente, el criterio examina los mecanismos de replicación, recuperación ante desastres y conmutación entre CPDs. Se valora la claridad y robustez de la solución propuesta, la frecuencia y consistencia de la replicación, la trazabilidad de los datos y la capacidad para realizar una conmutación efectiva al CPD externo, minimizando el impacto operativo y garantizando la integridad de la información. Como criterio evaluables de forma automática, se ha considerado el precio y los nueve siguientes criterios: ## Criterio 1: Pruebas de rendimiento ('benchmark') de predicción numérica Este criterio evalúa la capacidad del sistema ofertado para ejecutar el benchmark oficial de predicción numérica HARMONIE-AROME, tal y como se define en el Anexo VII del PPT. Se valora que el sistema sea capaz de completar las integraciones con la configuración mínima requerida, respetando el dominio, los parámetros y el paralelismo especificados, y alcanzando tiempos de ejecución iguales o inferiores a los tiempos de referencia marcados por AEMET. Se entiende que este benchmark reproduce condiciones reales de producción, por lo que una buena respuesta en estas pruebas es indicativa de la idoneidad del sistema para la predicción operativa. Asimismo, se valora que cualquier optimización aplicada al código no altere el resultado meteorológico del modelo: las normas de variables como vorticidad, divergencia y temperatura deben ser prácticamente idénticas a las de la salida de referencia proporcionada por AEMET. También se tiene en cuenta la reproducibilidad de los resultados: dos ejecuciones con el mismo ejecutable y las mismas condiciones iniciales deben producir resultados equivalentes, con independencia de la distribución MPI o de la configuración de hilos OpenMP. Todo ello se comprobará durante el periodo de aceptación del sistema. ## Criterio 2: Compromiso de prestaciones en capacidad de cálculo superiores a las de referencia en el benchmark oficial Este criterio valora hasta qué punto la solución propuesta supera el rendimiento de referencia del benchmark HARMONIE-AROME. No se analiza únicamente si el sistema cumple el tiempo de referencia, sino cuánto lo mejora, combinando el número de integraciones simultáneas comprometidas con los tiempos máximos de ejecución para CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 4 <!-- image --> <!-- image --> los dos conjuntos de pruebas definidos (Set A y Set B). De este modo se obtiene una medida agregada de 'capacidad de cálculo efectiva' de cada oferta. La evaluación se realiza por separado para el Set A y el Set B y para cada uno de los dos clústeres del sistema: el clúster de AEMET y el clúster externo. Para cada clúster se calculan unas unidades de cálculo y una puntuación asociada a cada set de pruebas, y posteriormente se combinan los resultados de ambos clústeres, de forma que se premie a las ofertas que proporcionen un rendimiento equilibrado y elevado en los dos entornos. Es imprescindible que el licitador aporte los datos necesarios (número de integraciones y tiempos comprometidos) para ambos clústeres; en caso contrario, no es posible valorar positivamente este criterio. ## Criterio 3: Incremento de la memoria ofertada por nodo de cómputo respecto a los requisitos del PPT Este criterio analiza si los nodos de cómputo CPU del clúster de AEMET y del clúster externo disponen de más memoria RAM por nodo que la mínima exigida en el PPT. La memoria es un recurso crítico para la ejecución eficiente de modelos numéricos y cargas de análisis de datos; por ello, se valora que una parte significativa de los nodos disponga de una capacidad superior a la requerida. Se evalúan por separado ambos clústeres. Para cada uno de ellos se comprueba el porcentaje de nodos que incrementan su memoria por encima del valor mínimo y el grado de ese incremento. Se valoran más las ofertas en las que un mayor porcentaje de nodos de cómputo dispone de memorias sensiblemente superiores al mínimo, ya que esto proporciona mayor flexibilidad para ejecutar dominios más grandes, modelos más complejos o cargas concurrentes sin penalizar el rendimiento. ## Criterio 4: Incremento de la memoria ofertada en los nodos GPU del clúster externo Este criterio se centra específicamente en los nodos GPU del clúster externo y en la memoria disponible tanto en el nodo CPU que aloja las GPU como en la propia memoria HBM de cada GPU. El PPT fija unos mínimos para ambas capacidades, pero la experiencia operativa indica que disponer de más memoria permite abordar modelos de IA más complejos, lotes de datos mayores y experimentos más exigentes. Se valora, por un lado, el incremento de la memoria del nodo CPU respecto al mínimo exigido y, por otro, el aumento de la memoria HBM de cada GPU. Las ofertas que proporcionen nodos con memorias significativamente superiores en alguna de estas dimensiones, o en ambas, obtendrán mejor valoración, al ofrecer un entorno más preparado para cargas intensivas de IA y simulación híbrida. ## Criterio 5: Incremento porcentual de la capacidad y del ancho de banda ofertados en los sistemas de almacenamiento Este criterio mide las mejoras ofrecidas sobre la capacidad y el rendimiento mínimos de los sistemas de almacenamiento de ambos clústeres. Se analiza, de forma diferenciada, el almacenamiento del clúster de AEMET y el del clúster externo, y dentro de cada uno se consideran tanto la capacidad utilizable de las capas de datos calientes y fríos como su rendimiento (ancho de banda efectivo en lectura y escritura). Para cada capa de almacenamiento se calcula el incremento porcentual de capacidad y de rendimiento respecto a los valores exigidos por el PPT. Se valoran especialmente las ofertas que proporcionen aumentos significativos de capacidad en los tiers caliente y frío, así como mejoras apreciables en la velocidad de acceso, ya que ello repercute CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 5 <!-- image --> <!-- image --> directamente en los tiempos de lectura y escritura de los modelos, en la reutilización de datos y en la eficiencia de las cadenas de producción. La puntuación total del criterio resulta de combinar los incrementos logrados en el clúster interno y en el externo. ## Criterio 6: Mejora del rendimiento y aislamiento del subsistema de almacenamiento mediante segregación funcional de red Este criterio valora cómo la solución propuesta mejora el comportamiento del subsistema de almacenamiento mediante la segregación del tráfico de E/S frente al tráfico de cómputo. El objetivo es evitar interferencias entre ambas cargas y garantizar que el almacenamiento rinde de forma holgada incluso bajo condiciones de carga simultánea, tal y como se comprueba mediante las pruebas IOR/IOzone recogidas en el PPT. En primer lugar, se analiza el modelo de segregación funcional de red: si el tráfico de almacenamiento comparte íntegramente el mismo fabric que el cómputo, si se emplean mecanismos lógicos avanzados (como VLAN, QoS o colas dedicadas) o si se ha diseñado una red de almacenamiento físicamente separada y dedicada. En segundo lugar, se valora la mejora de rendimiento efectivo del almacenamiento bajo carga, comparando los resultados de las pruebas con los mínimos exigidos. Se aprecian aquellas propuestas que, gracias a una buena arquitectura de red y a una adecuada planificación de la E/S, demuestran mejoras sustanciales en el rendimiento agregado de lectura y escritura cuando el sistema está sometido a cargas mixtas. ## Criterio 7: Requisitos valorables sobre conectividad con el backbone institucional de AEMET y redes troncales de los CPDs Este criterio analiza las mejoras que la oferta introduce en la conectividad entre el sistema HPC y las redes troncales, tanto en el CPD de AEMET como en el CPD externo, más allá de los mínimos exigidos por el PPT. La conectividad con el backbone institucional y con las redes del CPD externo es esencial para garantizar un flujo eficiente de datos, evitar cuellos de botella y asegurar la resiliencia ante fallos de enlace. Se evalúa, por un lado, el clúster alojado en el CPD de AEMET, valorando el número y capacidad de los enlaces redundantes hacia el backbone, la capacidad agregada ofrecida y las mejoras de redundancia frente a puntos únicos de fallo. Por otro lado, se analiza el clúster del CPD externo, considerando la disposición de switches redundantes, la capacidad agregada hacia el backbone y hacia los servicios de interconexión entre CPDs, así como el diseño de rutas de fibra independientes y su resistencia a incidencias. Las ofertas que aporten una conectividad claramente reforzada, con mayor ancho de banda y redundancia adicional, obtendrán una mejor valoración. ## Criterio 8: Mejora de la eficiencia energética y de la gestión eléctrica avanzada del sistema HPC Este criterio valora las mejoras técnicas en materia de gestión eléctrica y eficiencia energética, más allá de los requisitos básicos del PPT. Se consideran especialmente relevantes las funciones que permiten una monitorización detallada del consumo, una mejor calidad del suministro eléctrico y una mayor resiliencia frente a incidencias, todo ello en un entorno HPC de alta densidad donde el consumo energético es un factor crítico. CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 6 <!-- image --> <!-- image --> Se analiza, en primer lugar, la presencia de PDUs inteligentes con capacidad de medición por salida, exportación de datos en tiempo real e historización de métricas de consumo, lo que facilita un control granular del uso de energía. En segundo lugar, se valora la existencia de sistemas avanzados para el análisis de la calidad eléctrica (por ejemplo, mediante indicadores como la distorsión armónica total) y para la predicción del consumo en función de los patrones de carga. Por último, se evalúan los mecanismos de balanceo automático entre ramas eléctricas A/B y las capacidades de optimización energética por nodo o rack, como la redistribución de cargas o la limitación dinámica de consumo. Las propuestas que integren de forma coherente estas funcionalidades ofrecerán una operación más eficiente y robusta del sistema. ## Criterio 9: Disponibilidad de certificaciones ISO relevantes para la prestación del servicio Este criterio tiene por objeto valorar el grado de madurez organizativa y de gestión del licitador a través de las certificaciones ISO de que dispone. Se consideran especialmente relevantes las certificaciones relacionadas con la seguridad de la información, la gestión de servicios TIC y la gestión energética, dado que el sistema HPC objeto del contrato es una infraestructura crítica que debe operar con altos estándares de calidad, seguridad y sostenibilidad. Se tienen en cuenta únicamente certificaciones vigentes, emitidas por entidades acreditadas y aplicables al ámbito organizativo que desempeñará el suministro, la operación o el soporte del sistema HPC. Se valora de forma creciente la existencia de una o varias certificaciones como ISO/IEC 27001 (seguridad de la información), ISO/IEC 20000-1 (gestión de servicios TIC) e ISO 50001 (gestión de la energía), así como otras certificaciones complementarias en calidad, continuidad de negocio o medio ambiente (ISO 9001, ISO 22301, ISO 14001). Cuanto mayor sea el conjunto de certificaciones relevantes, mayor será la confianza en la capacidad del licitador para prestar el servicio con garantías. La inclusión de estos criterios evaluables de forma automática y diferentes del precio viene motivada por la propia naturaleza del objeto del contrato, que consiste en el suministro e implantación de un sistema de supercomputación distribuido para la prestación del servicio meteorológico y climatológico de AEMET. En este contexto, la mera comparación de precios no permite identificar la oferta económicamente más ventajosa, ya que la aptitud del sistema para cumplir su función depende de parámetros técnicos cuantificables (capacidad de cálculo, rendimiento en los benchmarks de predicción numérica, capacidad y rendimiento del almacenamiento, configuración de memoria, conectividad con la red corporativa y eficiencia energética, entre otros), todos ellos directamente vinculados al objeto del contrato. Los criterios definidos se han configurado como criterios automáticos, basados en magnitudes medibles y en requisitos mínimos recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, lo que garantiza su objetividad, transparencia y no discriminación entre licitadores, de conformidad con el artículo 145 de la LCSP. Su finalidad es ponderar, junto con el precio, aquellos aspectos que inciden de manera directa en la calidad, disponibilidad, resiliencia y coste de operación del sistema a lo largo de su vida útil, asegurando que la adjudicación se realiza a la oferta con mejor relación calidad-precio y no únicamente a la más barata. - b. Condiciones especiales de ejecución del contrato Se establece como condición especial que: CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 7 <!-- image --> <!-- image --> El contratista enviará las comunicaciones, informes y demás documentación requerida en el contrato a través del correo electrónico que le proporcione el responsable del contrato evitando así incurrir en cualquier gasto de papel, transporte y correspondencia. Se acreditará por el responsable designado para el control de la prestación a través de la emisión del correspondiente informe ## c. Medios adscritos al contrato Se adscriben al contrato como medios personales siguientes: Respecto de los medios personales adscritos al contrato, se exige al licitador la disponibilidad de un equipo técnico multidisciplinar y especializado, suficiente para garantizar la correcta implantación, operación y soporte del sistema HPC durante toda la vigencia del contrato. El equipo deberá incluir, como mínimo, un Jefe de Proyecto o Coordinador de Servicio con amplia experiencia en proyectos de supercomputación y CPDs, perfiles senior de administración HPC , infraestructuras y redes de altas prestaciones , y almacenamiento paralelo, así como un consultor especializado en migración y tuning de cargas HPC e IA . Asimismo, se requiere la adscripción de personal de operación 24×7 en régimen de turnos, junto con técnicos de sistemas y de instalaciones con presencia in situ, con experiencia acreditada en entornos críticos. Todos los perfiles indicados tienen carácter de obligación esencial, deberán cumplir los niveles mínimos de experiencia exigidos y acreditar su capacitación y disponibilidad mediante currículum vitae, certificaciones técnicas y documentación justificativa, garantizando en todo momento la continuidad, calidad y seguridad del servicio prestado. ## 4. Valor estimado del contrato, con indicación de todos los conceptos que lo integran, incluyendo siempre los costes laborales si existiesen (Art. 116.4.d LCSP) Se considera que el precio es adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato. Tal como se describe en el apartado 7 del PPT, 'Determinación del precio del contrato', el importe del contrato se estima en 31.686.080,00 € (38.340.156,80 €, IVA incluido). El cálculo de este importe se detalla en los subapartados del apartado 7 del PPT, donde se han tenido en cuenta, entre otros, los costes salariales a partir del XIX Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, publicado en el BOE del día 16 de abril de 2025 mediante Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el citado Convenio De conformidad con el apartado 23 del PCAP, se establece una eventual prórroga de 12 meses. Esta prórroga afecta exclusivamente para las prestaciones CPDEXT (apartado 2.6 del PPT) y OPSYS (apartado 2.7 del PPT). Por lo tanto, el valor estimado del contrato es de 33.166.400,00 €, IVA no incluido. 5. Necesidad de la Administración a la que pretende dar satisfacción mediante la contratación de las prestaciones correspondientes; y su relación con el objeto del contrato, que deberá ser clara, directa y proporcional (Art. 116.4.e LCSP) La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) tiene encomendada, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, la responsabilidad de la predicción, vigilancia y análisis del tiempo atmosférico y del clima en el ámbito estatal, así como la prestación de servicios meteorológicos y climatológicos esenciales para la seguridad de las personas y los CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 8 <!-- image --> bienes, la protección civil, la navegación aérea y marítima, y el apoyo a las políticas públicas relacionadas con el cambio climático y la sostenibilidad. El adecuado cumplimiento de estas funciones requiere disponer de capacidades de computación de altas prestaciones (HPC) suficientes, fiables y alineadas con el estado del arte tecnológico. La evolución reciente de los modelos de predicción numérica del tiempo, de los sistemas de asimilación de datos y de los servicios climáticos avanzados ha conllevado un incremento significativo de la demanda de capacidad de cálculo, memoria, almacenamiento y conectividad, así como la necesidad de integrar de forma progresiva técnicas de inteligencia artificial y analítica avanzada en las cadenas operativas. Las infraestructuras existentes resultan insuficientes para atender de manera sostenible estas necesidades, tanto por limitaciones de capacidad como por obsolescencia tecnológica, lo que hace necesario acometer la contratación de un nuevo sistema de supercomputación distribuido, dimensionado específicamente para las cargas actuales y futuras de AEMET. El objeto del contrato -el suministro, implantación y puesta en operación de un sistema HPC distribuido, compuesto por un clúster ubicado en el CPD de AEMET y otro en un CPD externo, junto con sus subsistemas de almacenamiento, red, interconexión y servicios asociados- guarda una relación directa, clara y proporcional con la necesidad identificada. Dicho sistema constituye la infraestructura crítica que soporta las cadenas de producción de predicción numérica, la explotación de grandes volúmenes de datos meteorológicos y climatológicos, la replicación y continuidad operativa entre CPDs y la incorporación de nuevas capacidades de análisis e inteligencia artificial, siendo por tanto imprescindible para la prestación del servicio público encomendado a la Agencia. Asimismo, la contratación propuesta responde a la necesidad de garantizar la continuidad, resiliencia y calidad del servicio meteorológico, mediante una arquitectura que permita la operación distribuida, la conmutación entre centros, la mejora de los tiempos de cálculo y la reducción de riesgos operativos. La solución prevista permite además optimizar el uso de recursos, mejorar la eficiencia energética y asegurar la escalabilidad futura del sistema, evitando inversiones fragmentadas o soluciones parciales que no darían respuesta adecuada a las necesidades estratégicas de AEMET. En consecuencia, la contratación del sistema HPC objeto de este expediente resulta necesaria, adecuada y proporcionada para satisfacer las necesidades de la Administración, encontrándose plenamente justificada su relación con el objeto del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.4.e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. ## 6. Decisión de no dividir en lotes el objeto del contrato, en su caso (Art. 116.4.g LCSP) El objeto del contrato es el suministro, instalación, interconexión, soporte y garantía de un sistema de supercomputación distribuido, compuesto por un clúster ubicado en el CPD de AEMET y otro en un CPD externo, junto con sus subsistemas de cómputo, almacenamiento, redes de altas prestaciones, interconexión entre CPDs, software de base y servicios asociados. Todos estos elementos conforman una infraestructura tecnológica única, altamente integrada y funcionalmente indivisible, cuyo correcto funcionamiento depende de la coherencia global del diseño y de la interoperabilidad entre sus distintos componentes. Desde esta perspectiva, la división del contrato en lotes independientes (por ejemplo, por componentes de cómputo, almacenamiento, red, interconexión o servicios) no resulta adecuada ni conveniente, conforme a lo previsto en el artículo 99.3 y en el artículo 116.4.g) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, por las siguientes razones: CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 9 <!-- image --> ## 1. Riesgos técnicos y operativos de la fragmentación - o La arquitectura requerida es un sistema HPC distribuido de alta complejidad, en el que los clústeres interno y externo, el almacenamiento paralelo, la interconexión entre CPDs (IXCPD), las licencias software y los servicios de soporte y operación forman un todo inseparable. La responsabilidad integral sobre el diseño, dimensionamiento, integración y rendimiento del conjunto resulta esencial para asegurar el cumplimiento de los requisitos de predicción numérica, continuidad operativa y resiliencia exigidos a AEMET como proveedor del servicio meteorológico estatal. - o La eventual adjudicación a empresas distintas de los distintos componentes introduciría riesgos significativos de incompatibilidad técnica, problemas de integración, solapamiento de responsabilidades y dificultades en la gestión de incidencias, pruebas de aceptación (incluidos benchmarks de rendimiento) y garantías de rendimiento extremo a extremo. En un entorno HPC crítico, la existencia de un único adjudicatario responsable de la solución completa permite exigir de forma eficaz el cumplimiento de los umbrales mínimos (MQR), los niveles de servicio (SLA) y las obligaciones de continuidad de servicio definidos en el PPT. ## 2. Eficiencia económica y organizativa - o La contratación unificada evita costes adicionales de coordinación entre múltiples adjudicatarios, la duplicación de tareas de integración, pruebas y documentación, y la dilución de responsabilidades ante incidencias críticas. Un único contrato permite optimizar la planificación, reducir interfaces contractuales, simplificar la gestión de cambios y garantizar una implantación ordenada y trazable del sistema. - o El precio del contrato se ha determinado prestación por prestación, pero bajo la premisa de una solución integrada de principio a fin. La economía de escala, la coherencia de la arquitectura y la posibilidad de optimizar conjuntamente cómputo, almacenamiento, interconexión y servicios de operación se verían mermadas en caso de fragmentación en lotes. ## 3. Naturaleza mixta del contrato y estructura de financiación El contrato tiene naturaleza de contrato mixto de suministro y servicios y está parcialmente financiado mediante el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) - NextGenerationEU, complementado con presupuesto propio de AEMET. A efectos de imputación presupuestaria, el PPT distingue dos bloques de financiación por prestación: - o Prestaciones financiadas con cargo al PRTR - NextGenerationEU (naturaleza de inversión): -  Suministro e instalación de clúster en CPD de AEMET (HPCINT, apartado 2.2 del PPT). -  Suministro e instalación de clúster en CPD externo (HPCEXT, apartado 2.3 del PPT). -  Suministro de licencias y derechos de uso del software del sistema HPC (LICSOFT, apartado 2.4 del PPT). CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 10 <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> -  Suministro de interconexión extremo-extremo entre CPDs (IXCPD, apartado 2.5 del PPT). Estas prestaciones se financian con cargo a la aplicación 23.301.49ÇB.694, con una cuantía máxima de 31.054.408,00 € IVA incluido. ## o Prestaciones financiadas con presupuesto propio de AEMET (naturaleza de costes recurrentes): -  Servicio de housing para el clúster externo (CPDEXT, apartado 2.6 del PPT). -  Servicios de soporte técnico y administración integral del sistema (OPSYS, apartado 2.7 del PPT). -  Servicios de formación específica al personal técnico de AEMET (TRAINING, apartado 2.8 del PPT). -  Servicios de eventual desinstalación y retirada (UNDEPLOY, apartado 2.9 del PPT). Estas prestaciones se financian con cargo a la aplicación 23.301.495B.206 del presupuesto ordinario de AEMET, por un importe máximo de 7.285.748,80 € IVA incluido. La normativa PRTR impide la financiación de los costes recurrentes. La existencia de dos partidas presupuestarias y de dos fuentes de financiación no obedece a la existencia de 'subcontratos' o prestaciones funcionalmente independientes susceptibles de ser licitadas en lotes separados, sino a la distinta naturaleza económica de las actuaciones (inversión inicial en infraestructuras y costes recurrentes asociados a la explotación y el mantenimiento) que imposibilita que pueda financiarse en su totalidad a través del PRTR y a las exigencias específicas del PRTR en materia de imputación contable y cierre de hitos. ## 4. Calendario de actuaciones y exigencias PRTR Las prestaciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR-NextGenerationEU), correspondientes a HPCINT, HPCEXT, LICSOFT e IXCPD, deberán estar completamente suministradas, instaladas, integradas a nivel técnico y sometidas a las pruebas, validaciones y verificaciones funcionales previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, antes del 30 de junio de 2026, de acuerdo con la normativa de gestión y control del PRTR y con las obligaciones de cierre de los hitos y objetivos financiables. El cumplimiento de dichas exigencias se acreditará mediante el levantamiento del acta de recepción final del suministro financiado con cargo al PRTR, emitida tras la finalización de la FASE 5 (Pruebas, Validación y Aceptación), que verificará que los elementos financiados han sido correctamente suministrados y que el sistema cumple los requisitos técnicos y funcionales establecidos en el PPT. Dicha recepción se entenderá limitada exclusivamente a las prestaciones financiadas con cargo al PRTR y no implicará la puesta en producción del sistema ni el inicio de la operación ni la exigibilidad de los acuerdos de nivel de servicio. Por su parte, las prestaciones financiadas con presupuesto propio de AEMET, correspondientes a CPDEXT, OPSYS, TRAINING y UNDEPLOY, se extienden a lo largo del periodo total de ejecución del contrato, fijado en 48 meses desde la puesta en CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 11 <!-- image --> <!-- image --> producción del sistema, con previsión de una prórroga adicional de 12 meses exclusivamente para CPDEXT y OPSYS. Esta distribución temporal se refleja en el cuadro de anualidades del PCAP (2026-2029), en el que se recogen las prestaciones de tracto sucesivo asociadas a los servicios de housing, soporte, formación y retirada, necesarios para garantizar la explotación continuada del sistema. Precisamente por esta diferenciación de calendarios entre la fase de inversión inicial cofinanciada por el PRTR, vinculada a los suministros y su validación técnica, y la fase posterior de operación, soporte y servicios recurrentes, resulta imprescindible la existencia de un único adjudicatario que asuma de forma integral la responsabilidad sobre ambas etapas. La división del contrato en lotes dificultaría la trazabilidad de las actuaciones, la coordinación técnica entre proveedores y la correcta justificación técnica, administrativa y económica de los hitos PRTR, incrementando de manera significativa los riesgos de incumplimiento de plazos y de incidencias en los procesos de control y auditoría. Todo lo anterior, queda reflejado en este cronograma: ## FASE 0 - PREPARACIÓN Y LANZAMIENTO DEL PROYECTO Duración: Semana 0 - Semana 2 tras la formalización del contrato. Incluye el arranque formal del proyecto, la celebración de la reunión de inicio, la designación del Comité de Seguimiento del Proyecto, la elaboración y aprobación del Plan de Gestión del Proyecto (plan de comunicaciones, planificación, matriz RACI y plan de riesgos), así como la validación preliminar de los prerrequisitos técnicos y de infraestructura de los CPD implicados. ## FASE 1 - DISEÑO DETALLADO DE LA SOLUCIÓN Duración: Mes 1 Comprende la definición y validación del diseño técnico detallado del sistema de supercomputación distribuido, incluyendo la arquitectura de cómputo, almacenamiento, redes HPC, interconexión entre CPDs y servicios asociados, que servirá de base para el suministro, instalación e integración del sistema. ## FASE 2 - SUMINISTRO DE EQUIPAMIENTO Duración: Mes 2 Incluye el suministro del equipamiento hardware y software del sistema HPC, así como de las licencias y componentes asociados, conforme a los requisitos del PPT, garantizando la trazabilidad y adecuación de los elementos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. ## FASE 3 - INSTALACIÓN FÍSICA EN CPD AEMET Y CPD EXTERNO Duración: Mes 3 Comprende los suministros para la instalación del equipamiento suministrado en el CPD de AEMET y en el CPD externo, incluyendo el montaje en sala, conexionado eléctrico y de red, y la preparación de la infraestructura necesaria para la correcta integración posterior del sistema. ## FASE 4 - INTEGRACIÓN LÓGICA DEL SISTEMA CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 12 <!-- image --> Duración: Mes 4. Incluye la instalación y configuración del software base del sistema, la integración lógica de los distintos subsistemas (cómputo, almacenamiento, redes e interconexión entre CPDs), así como la integración con los sistemas TIC corporativos de AEMET y la configuración de los mecanismos de operación, seguridad y monitorización. ## FASE 5 - PRUEBAS, VALIDACIÓN Y ACEPTACIÓN (PRTR) Duración: Mes 4 Comprende la ejecución de las pruebas funcionales, pruebas de rendimiento y benchmarks definidos en el PPT, las pruebas de replicación y continuidad operativa entre CPDs, así como la validación técnica del sistema y la aceptación funcional de las prestaciones suministradas. Estas actuaciones forman parte del alcance técnico de los suministros financiados con cargo al PRTR y tienen por objeto verificar el correcto funcionamiento de los elementos suministrados, con carácter previo a la puesta en producción del sistema. La finalización de esta fase dará lugar al levantamiento del acta de recepción final de la parte del contrato financiada con cargo a fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR-NextGenerationEU), que acreditará que los suministros financiados han sido correctamente ejecutados y que el sistema resultante cumple los requisitos técnicos y funcionales establecidos en el PPT, una vez superadas las pruebas y validaciones previstas. Dicha recepción se entenderá limitada exclusivamente a las prestaciones financiadas con cargo al PRTR, será independiente de la puesta en producción del sistema y de las fases posteriores de operación y soporte, y no implicará el inicio de la operación del sistema ni la exigibilidad de los acuerdos de nivel de servicio. El acta de recepción así levantada constituirá el instrumento de verificación del cumplimiento del objetivo 500 de la Componente 32 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. ## FASE 6 - PUESTA EN PRODUCCIÓN DEL CLÚSTER Duración: Mes 5 -6. Incluye la transición ordenada del sistema a entorno productivo, la habilitación para la ejecución de cargas operativas reales y la validación de la disponibilidad del clúster para su uso en la cadena de producción de AEMET. ## FASE 7 - OPERACIÓN, SOPORTE Y EVOLUCIÓN DEL SISTEMA Duración: 48 meses desde la puesta en producción. Comprende la operación continuada del sistema, la prestación del soporte técnico y administración integral 24×7, el mantenimiento preventivo, correctivo y evolutivo, la elaboración de informes operativos y el cumplimiento de los niveles de servicio establecidos en el PPT durante toda la vigencia contractual. ## 7. Tratamiento de datos de carácter personal El presente contrato NO conlleva tratamiento de datos de carácter personal. CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 13 <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## Madrid, a la fecha de la firma electrónica EL COORDINADOR DE TELEMÁTICA Jesús Manuel Montero Garrido CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, INTERCONEXIÓN, SOPORTE Y GARANTÍA DE UN SISTEMA DE SUPERCOMPUTACIÓN DISTRIBUIDO EN DOS CLÚSTERES PARA LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA, PARCIALMENTE FINANCIADO POR EL PRTR - NEXTGENERATIONEU 14