Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES signed.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: Exp. C26/48 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE UNA POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MATERIALES PARA SADECO CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA Procedimiento abierto Licitación electrónica INTRODUCCIÓN El Excmo. Ayuntamiento de Córdoba para la prestación de servicios obligatorios de su competencia, constituyó por Acuerdo Plenario del 24 de Septiembre de 1986, en régimen de gestión directa, la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba, S.A., en adelante SADECO. En la actualidad tiene su domicilio social, y para notificaciones en la ciudad de Córdoba en la Avenida de Medina Azahara, 4, CP 14004. Teléfono 957 762000 En la página Web de SADECO, (www.sadeco.es), en el apartado Perfil del Contratante, los licitadores podrán acceder a la Plataforma de Contratos del Sector Público, donde encontrarán publicados los anuncios, pliegos, y demás documentación de referencia. Para participar en la licitación electrónica deberán acceder a través de la Plataforma de Contratos del Sector Público. En la Plataforma de Contratos del Sector Público, se publicará toda la información relativa a la licitación, y en concreto lo siguiente: - Anuncio de licitación. - Pliegos. - Adjudicación. - Formalización. - Demás documentación relacionada con el procedimiento. Al ser un contrato sujeto a regulación armonizada, será publicada dicha licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea. SADECO tiene encomendadas las tareas de Higiene Urbana y Control Animal de la Ciudad de Córdoba. Los servicios que presta al Municipio en ese concepto son: Servicios públicos de higiene urbana, entre ellos se encuentran los de limpieza viaria, gestión de residuos, limpieza de edificios, sanidad animal, control de plagas, jardinería y actividades conexas o derivadas de las anteriores. De conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 la sociedad mercantil SANEAMIENTOS DE CORDOBA SA (SADECO) tiene la consideración de poder adjudicador no administración pública rigiéndose su actuación por lo previsto en el Título I del Libro Tercero de la citada norma. Teniendo en cuenta esta realidad se redacta este pliego con las siguientes prescripciones: Página 1 de 35 PÁGINA 1 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO El contrato al que se refiere el presente Pliego es de naturaleza privada, y se regirá por las cláusulas en él contenidas, que junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos Anexos revestirán carácter contractual. Idéntico carácter merecerá la documentación que, a modo de oferta, haya presentado la empresa adjudicataria en la presente contratación. Este contrato se tipifica como contrato de servicios, según lo establecido en el artículo 17 de la LCSP. El órgano de contratación es el Consejo de Administración de SADECO, según lo estipulado en la normativa interna de la empresa. A los efectos del artículo 62 de la LCSP se designa como responsable del contrato, al Técnico del Departamento Económico, Alejandro Cardona Bravo y la Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato es el Departamento Económico, de SADECO. Al responsable del contrato designado le corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 LCSP, supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya. Los contratos a que se refiere el presente pliego son de naturaleza privada, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 segundo párrafo del Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), quedando sometida su preparación y adjudicación a la referida LCSP y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. Estará sujeto a las normas aplicables para la adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (art. 317 de LCSP), de obligado cumplimiento para los poderes adjudicadores que no tienen la consideración de Administración Pública a los efectos de dicha Ley. En cuanto a su adjudicación por las normas establecidas en las Secciones 1.ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro II de la citada ley. En cuanto a sus efectos, extinción y duración se regirán por las normas de Derecho Privado con las especialidades establecidas en el art. 319 LCSP. Serán de aplicación las siguientes disposiciones: - Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. - Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido disposiciones legales vigentes en materia de Régimen local. Página 2 de 35 PÁGINA 2 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, el contrato de seguro se regirá por lo dispuesto en la siguiente normativa de derecho privado: • Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. • Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. • Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. • Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la normativa de la Unión Europea en materia de distribución de seguros. • Las condiciones generales, particulares y especiales de la póliza que resulten de aplicación. • Asimismo, serán de aplicación las restantes disposiciones vigentes que resulten pertinentes por razón de la materia. • En particular, resultarán de aplicación las disposiciones relativas al seguro contra daños previstas en la Ley 50/1980. El orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación a los acuerdos que se adopten en la preparación del expediente y su contratación; y en cuanto a los efectos de su cumplimiento, modificación y resolución del mismo, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 de la LCSP. Finalmente, por cualquier otra disposición de derecho que regule los servicios de seguros y de la contratación de la Administración que resulte de aplicación. El presente Pliego, junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos Anexos revestirá carácter contractual. Idéntico carácter merecerá la documentación que, a modo de oferta, haya presentado la empresa adjudicataria en la presente contratación. En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones de los licitadores y el adjudicatario. No eximirá al contratista de la obligación del cumplimiento del contrato, el desconocimiento de éste en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que puedan ser de aplicación en ejecución de lo pactado. La presentación de la oferta supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato y resto de documentos contractuales, sin salvedad o reserva alguna. ELEMENTOS DEL CONTRATO 1) OBJETO DEL CONTRATO Será objeto del presente contrato la suscripción por parte de SADECO de la póliza de seguro de todo riesgo de daños materiales, conforme a las condiciones que se especifican en los pliegos, las cuales tienen la consideración de coberturas mínimas. Clasificación CPV 66510000 Servicios de seguros 66515000 Servicios de seguros de daños Página 3 de 35 PÁGINA 3 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: La necesidad administrativa para satisfacer con el contrato dimanante del expediente de contratación es la siguiente: la formalización de una póliza de seguro de daños para amparar los riesgos/incidentes y sus consecuencias relativos y definidos en el PPT. La prestación al tomador de los servicios de asesoramiento preparatorio de la formalización del contrato de seguros, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato, será efectuada por AON IBERIA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.U., empresa adjudicataria del Servicio de Gerencia de Riesgos, Asesoramiento y Mediación de Seguros de SADECO. La remuneración del mediador de seguros se realizará de acuerdo con las previsiones legales existentes al respecto, será a cargo de las compañías aseguradoras que resulten adjudicatarias de este procedimiento. El coste de la comisión para el mediador será asumido íntegramente por la adjudicataria del Contrato. Porcentaje de comisión a percibir sobre la prima neta de cada contrato de seguro 5 %. La descripción y características de los servicios y la forma de llevar a cabo la prestación por el adjudicatario serán las estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas particulares. El plazo de vigencia del contrato será de UN (1) año, contado a partir de las 00.00 horas del día 1 de noviembre de 2026 y hasta las 24.00 horas del día 31 de octubre de 2027. No obstante, en el supuesto de que la formalización del contrato se produjera con posterioridad a dicha fecha, el plazo de vigencia comenzará a contarse desde la fecha de firma del contrato, manteniéndose en todo caso una duración de un (1) año. La duración del contrato es de UN (1) AÑO. El contrato NO podrá prorrogarse. En todo caso, en relación con el plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 29 LCSP. Una vez finalizada la vigencia del contrato, y en tanto en cuanto se resuelve la nueva licitación pública que al efecto se convoque, las Entidad Aseguradora adjudicataria, vendrá obligada a prorroga técnica del contrato en vigor, si SADECO así lo solicitara, por un periodo máximo de cuatro meses, en las mismas condiciones, siendo su importe proporcional al tiempo prorrogado. La Aseguradora renuncia a su derecho de rescindir el contrato durante su vigencia, después del acaecimiento de un siniestro. 2) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN El presupuesto base de licitación para el año de duración del contrato 725.000,00 €. IVA: Exento, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1.16 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. No obstante, si con posterioridad el servicio estuviera sujeto a IVA, se aplicará el que resulte vigente en cada momento. El valor estimado del contrato asciende a 725.000 €, conforme a los conceptos indicados en el artículo 101 LCSP, incluyendo el importe de la duración inicial del contrato, cualquier forma de opción eventual, primas o pagos a los candidatos o licitadores, las eventuales prórrogas y modificaciones, así como el resto de los conceptos previstos en el citado artículo. Página 4 de 35 PÁGINA 4 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: Las Entidades Aseguradoras determinarán el precio del contrato en base a las condiciones de aseguramiento que se indican en el Pliego de Prescripciones Técnicas, aplicando su tasa de prima. Las ofertas se presentarán a la baja y se entenderá que el importe de cada oferta es el precio total, incluidos todos los gastos que la empresa debe realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas y, especialmente, tasas y toda clase de tributos no expresamente repercutibles como partida independiente, así como los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato. El método de cálculo aplicado por el órgano de contratación para calcular el valor estimado en todo caso son los precios orientativos del mercado. Los licitadores que presenten ofertas que superen el precio base de licitación, serán inmediatamente excluidos de la licitación. A todos los efectos se entenderá que las propuestas de los licitadores comprenden no solo el precio de la oferta, sino también, cuantos gastos, tributos que proceda abonar, además de los que se desprendan de lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No existirá revisión de precios durante la ejecución del contrato. 3) PRECIO DEL CONTRATO En el precio se considerarán incluidos los demás tributos, gastos de entrega, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego de cláusulas administrativas y pliego de prescripciones técnicas. Asimismo, el órgano competente se compromete a consignar y reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden no solo el precio de la prima del seguro, sino también todos los impuestos legalmente repercutibles que puedan afectar a la misma, incluyendo el recargo establecido por el Consorcio de Compensación de Seguros, y demás tributos que fuesen de aplicación. Las ofertas de los licitadores determinarán el precio del contrato. En dicha oferta se entenderán incluidos todos los gastos que de acuerdo con el presente pliego son de cuenta del adjudicatario, así como todos los costes directos e indirectos a los que éste haya de hacer frente para presentar su oferta y cumplir con todas las obligaciones contractuales. Este contrato está exento de I.V.A. según el artículo 20.1.16 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. 4) GARANTÍA DEFINITIVA Garantía provisional no se exige. Con anterioridad a la firma del contrato, el órgano de contratación exigirá la constitución de una garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación (IVA no incluido), por cualquiera de los medios previstos en el art 108 LCSP, y por el plazo establecido al efecto. Dicha garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 110 y ss LCSP. Página 5 de 35 PÁGINA 5 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: En cuanto a la devolución y cancelación de la garantía definitiva se estará a lo establecido en el Artículo 111 LCSP. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN 5) TRAMITACION Y FORMA DE ADJUDICACIÓN Este contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto atendiendo a una pluralidad de criterios, con sujeción a los trámites y condiciones fijados en el presente pliego y de acuerdo con lo previsto en el art. 316 LCSP, para la adjudicación de contratos sujetos a regulación armonizada, por poderes adjudicadores que no tengan el carácter de Administraciones Públicas. No se admite la presentación de variantes al objeto de la licitación, sin perjuicio de las mejoras, prescripciones u observaciones que señale, establezca, imponga o permita el Pliego de Prescripciones técnicas. El órgano de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información en los términos establecidos en el art. 133 LCSP. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, atendiendo a una pluralidad de criterios, según lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en ocho días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites referidos a la presentación de ofertas incursas en presunción de anormalidad conforme al artículo 158.3 LCSP. 6) NORMAS DE LICITACIÓN a) Podrán presentar ofertas en la licitación objeto del contrato y en la forma y plazo que se especifica más adelante, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar cuya finalidad o actividad guarde relación con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, debiendo acreditar su solvencia y la disposición de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los licitadores habrán de ser necesariamente entidades aseguradoras, debiendo acreditar las entidades españolas la obtención de la autorización administrativa a que hace referencia el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, mediante certificación de estar inscrita en el registro administrativo de entidades aseguradoras dependiente de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, así como el estar autorizada para operar en los ramos objeto de esta contratación. Las entidades aseguradoras domiciliadas en países miembros del espacio Económico Europeo distinto de España que hayan obtenido la autorización para operar en el Estado miembro de origen deberán presentar certificación de la toma de razón de la entidad en el registro administrativo a que hace referencia el párrafo anterior. b) La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación del servicio o suministro objeto de la licitación. Página 6 de 35 PÁGINA 6 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: c) No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. d) Asimismo, los licitadores no podrán suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Asimismo, no se podrá presentar más de una oferta con el mismo representante, mediador, corredor o intermediario. e) Para participar en la presente licitación, el proponente deberá presentar, las proposiciones ajustándose al contenido de los sobres electrónicos que a tal efecto se describen en el presente pliego. f) Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica, no admitiéndose variantes. g) Los licitadores aceptan como medio de notificación las comunicaciones telemáticas efectuadas a través de la Plataforma de licitación. Se entenderá cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos con la puesta a disposición de la notificación en la citada Plataforma de Contratación. Transcurridos tres días desde dicha puesta a disposición sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada la notificación. 7) PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES El anuncio de licitación del contrato precisará de publicación en el perfil del contratante, que se encuentra en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Al ser un contrato sujeto a regulación armonizada, será publicada dicha licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Perfil de contratante de SADECO: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3AperfilContratante&idBp=kwCgfdjFs8IQK2TEfXGy% 2BA%3D%3D En aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la LCSP, la presentación de ofertas se realizará exclusivamente de forma electrónica, dentro del plazo habilitado al efecto, y a través de la Plataforma de Contratos del Sector Público. Al tratarse de un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, el plazo de presentación de proposiciones será de 30 días naturales, contados desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna. 8) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR, LUGAR DE PRESENTACIÓN Y FORMA DE PRESENTACIÓN. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Antes del plazo de finalización fijado en el anuncio de licitación y en el lugar que se determina en este Pliego, deberá presentarse la siguiente documentación: Página 7 de 35 PÁGINA 7 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: 8.1.-Sobre electrónico "A": Documentación administrativa: 1) Declaración responsable del licitador, conforme al modelo adjunto. 2) Formulario del documento europeo único de contratación establecido en el Reglamento (UE) nº2016/7, que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación, en la que el licitador ponga de manifiesto lo siguiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP: a) Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella. b) Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones establecidas en el presente Pliego Administrativo. c) Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo setenta y uno, apartado tercero, de la LCSP. d) Designación de una dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones que deberá ser habilitada. 3) En los casos en que el licitador recurra a la a acreditación de la solvencia por medio de otras empresas, se estará lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP, debiendo presentarse por cada una de ellas una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos, con arreglo al formulario normalizado del documento europeo único de contratación. 4) En relación con las empresas que concurran agrupadas en unión temporal, se aportará un documento europeo por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en el formulario normalizado. Adicionalmente se deberá aportar el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que formen la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 69, 3, de la LCSP. 5) La mesa de contratación podrán pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. 6) Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de la perfección del contrato. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, incluida la solvencia económica y técnica, en los términos consignados en el art. 141del LCSP. En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Página 8 de 35 PÁGINA 8 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con SADECO será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. 7) En relación con las empresas que concurran agrupadas en unión temporal, la aportación de la declaración responsable indicada en el apartado anterior, no les exime de su obligación de presentar el documento a que se refiere el art. 69 del LCSP. Esto es, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. 8) Protección de datos: Los licitadores deberán indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. 9) En relación con las empresas que concurran agrupadas en modalidad de coaseguro, se aportará un documento europeo por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en el formulario normalizado, al igual que los anexos I (declaración responsable) y IV (modelo modalidad coaseguro) de este pliego: • En el caso de que la oferta se realice en régimen de coaseguro cada coaseguradora deberá cumplir con los requisitos para contratar establecidos y deberá firmar y sellar la propuesta que presentará la abridora. • La oferta recogerá los porcentajes asumidos por cada compañía. • Para la efectividad del pago de la prima, la Entidad Aseguradora abridora emitirá una única factura electrónica para el tomador, por la totalidad de las participaciones. Su pago tendrá efectos liberatorios para el tomador frente a cada uno de los coaseguradores, sin perjuicio de las liquidaciones posteriores entre los mismos, a las que será ajeno la tomadora. • En sus relaciones con la tomadora, los coaseguradores estarán siempre representados por la Entidad Aseguradora abridora, incluso cuando se trate de declarar, tramitar o liquidar los siniestros que acaecieren. La tomadora se dirigirá exclusivamente a la Entidad aseguradora abridora para comunicar aquellas contingencias de las que haya de dar cuenta a sus aseguradores. • Asimismo, en caso de siniestro, las decisiones que sea preciso adoptar para la común defensa de los intereses de asegurado y aseguradores, se tomarán previo acuerdo entre aquél y la Entidad Aseguradora abridora. 8.2.- Sobre electrónico "B": Proposición económica y Criterios cuantificables de forma automática: Los licitadores presentarán un sobre “B” donde se tendrá en cuenta para valorar la propuesta en favor de la más ventajosa, siendo la máxima puntuación que se puede obtener de 100 puntos, conforme a los desgloses que se detallarán seguidamente: 1) Propuesta Económica Hasta 50 puntos 2) Otros criterios Hasta 50 puntos a. Incremento de límites y sublímites Hasta 28 puntos b. Reducción de franquicias Hasta 8 puntos c. Inclusión de las garantías adicionales Hasta 10 puntos d. Inclusión de cláusulas adicionales Hasta 3 puntos e. Eliminación de exclusiones Hasta 1 puntos Página 9 de 35 PÁGINA 9 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: En este sobre se incluirá únicamente la proposición relativa a criterios cuantificables de forma automática, debidamente firmada y fechada y ajustada al ANEXO: MODELO DE PROPUESTA ECONOMICA del presente documento, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese el precio máximo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. Este Anexo deberá ser presentado por el empresario individual o por la persona que, en representación de persona jurídica, ostente los poderes suficientes a tales efectos. En la oferta económica se entenderán incluidos los tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. Este contrato no es afectado por aplicación de I.V.A. 1.- Propuesta Económica hasta un máximo de 50 puntos, valorando la mejora sobre el tipo máximo de 725.000 € para la duración de un año del contrato. Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: 𝑃,𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑎 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑠𝑒 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎 𝑂𝐵 𝑋,𝑐𝑎𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎 𝑑𝑒 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠 𝑞𝑢𝑒 𝑝𝑢𝑒𝑑𝑒 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑒𝑟𝑠𝑒 𝑃=𝑋· 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑂𝐿 𝑂𝐵,𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑏𝑎𝑗𝑎 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑒𝑛𝑡𝑎𝑑𝑎 (𝑚𝑒𝑗𝑜𝑟 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎) {𝑂𝐿,𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑠𝑒 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎 2.- Otros criterios, Se valorará de 0 a 50 puntos las mejoras presentadas por el licitador, teniendo en cuenta las ofrecidas sobre los requisitos del Pliego de Prescripciones Técnicas. La puntuación se desglosará: 1. Incremento de límites y sublímites hasta 28 puntos. Este criterio se dividirá de la siguiente manera: • Se otorgarán 2 puntos al licitador que ofrezca mayor aumento del límite máximo de indemnización por siniestro (fijado en 12.000.000 €). El resto de las ofertas se valorarán según la formula establecida. • Se otorgarán los siguientes puntos, valorándose el resto según la formula establecida, al licitador que ofrezca el mayor aumento del sublímite relativo a: o Gastos de salvamento (fijado en 60.000€): 1,5 puntos o Gastos de extinción (fijado en 450.000€): 1,5 puntos o Gastos de demolición y desescombro (fijado en 600.000€): 1,5 puntos o Incremento del coste de reconstrucción (fijado en 50.000 €): 1,5 puntos o Gastos de reparación provisional y para agilizar la reparación (fijado en 50.000 €):1,5 puntos o Gastos de limpieza, desembarre y extracción de lodos (fijado en 500.000 €): 1,5 puntos o Permisos y licencias (fijado en 6.000 €): 1 punto Página 10 de 35 PÁGINA 10 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: o Horas extraordinarias (fijado en 10.000 €): 1 punto o Transportes urgentes (fijado en 10.000 €): 1 punto o Honorarios de profesionales externos (fijado en 90.000 €):1,5 puntos o Honorarios de peritos del asegurado (fijado en 45.000 €): 1,5 puntos o Desalojo forzoso o inhabilitación (fijado en 30.000€): 1 punto o Daños a bienes en construcción y/o montaje (fijado en 150.000 €): 1,5 puntos o Bienes temporalmente desplazados (fijado en 30.000€): 1 punto o Bienes propiedad de terceras personas (fijado en 50.000 €): 1 punto o Daños eléctricos (fijado en 500.000€): 1,5 puntos o Desperfectos por robo y reposición de cerraduras (fijado en 30.000 €): 1,5 puntos o Avería de maquinaria (fijado en 500.000 € a primer riesgo): 1,5 puntos. o Todo riesgo de equipos electrónicos: ▪ Daños a portadores externos de datos (fijado en 5.000€):1 punto ▪ Incremento del coste de operación (fijado en 5.000€): puntos: 1 punto La fórmula que valorará cada mejora ofertada será la siguiente: 𝑃,𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑎 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑠𝑒 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎 𝑂𝐿 𝑋,𝑐𝑎𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎 𝑑𝑒 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠 𝑞𝑢𝑒 𝑝𝑢𝑒𝑑𝑒 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑒𝑟𝑠𝑒 𝑃=𝑋· 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑂𝐵 𝑂𝐿,𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑠𝑒 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎 {𝑂𝐵,𝑚𝑒𝑗𝑜𝑟 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 (𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑖𝑛𝑐𝑟𝑒𝑚𝑒𝑛𝑡𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑙í𝑚𝑖𝑡𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜,𝑑𝑒 𝑙𝑜𝑠 𝑠𝑢𝑏𝑙í𝑚𝑖𝑡𝑒𝑠) 2. Reducción de franquicias hasta 8 puntos. Se otorgarán los siguientes puntos, valorándose el resto según la fórmula establecida, al licitador que ofrezca mejor franquicia: • General (fijada en 5.000 €): 2 puntos. • General para las oficinas centrales en Avda. Medina Azahara, 4 en Córdoba (fijada en 1.000€): 1 punto • De incendio, rayo y explosión para el resto de riesgos (fijada en 15.000€): 1,5 puntos • De rotura de lunas, cristales, letreros y rótulos luminosos (fijada en 500 €):1 punto. • De incendio, rayo y explosión del Complejo Medioambiental de Córdoba en Ctra. Nacional 432 km 281,5 en Córdoba (fijada en 10% del siniestro con mínimo de 500.000€ y máximo 1.500.000€): 2,5 puntos. Este criterio se dividirá: o Se otorgarán 0,5 puntos al licitador que ofrezca el menor porcentaje (fijado en el 10%), el resto se valorarán con arreglo a la fórmula establecida. o Se otorgará 1 punto al licitador que ofrezca el menor importe sobre el mínimo establecido (fijado en el 500.000 €), el resto se valorarán con arreglo a la fórmula establecida. o Se otorgará 1 punto al licitador que ofrezca el menor importe sobre el máximo establecido (fijado en el 1.500.000 €), el resto se valorarán con arreglo a la fórmula establecida. Página 11 de 35 PÁGINA 11 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: La fórmula que valorará cada mejora ofertada será la siguiente: 𝑃,𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑎 𝑝𝑜𝑟 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑠𝑒 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎 𝑂𝐵 𝑋,𝑐𝑎𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎 𝑑𝑒 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠 𝑞𝑢𝑒 𝑝𝑢𝑒𝑑𝑒 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑒𝑟𝑠𝑒 𝑃=𝑋· 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑂𝐿 𝑂𝐵,𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑏𝑎𝑗𝑎 𝑝𝑟𝑒𝑠𝑒𝑛𝑡𝑎𝑑𝑎 (𝑚𝑒𝑗𝑜𝑟 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎) {𝑂𝐿,𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑒𝑛𝑡𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑠𝑒 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎 3. Inclusión de las garantías adicionales hasta 10 puntos Se otorgarán las siguientes puntuaciones al licitador que ofrezca las siguientes garantías adicionales: • Nuevas Adquisiciones y/o Inversiones: hasta 2 puntos El Asegurador garantiza al Asegurado, sin necesidad de comunicación previa, toda nueva adquisición y/o inversión, siempre que sea de la misma clase y naturaleza que los bienes asegurados en la póliza. Una vez finalizado el año de seguro, el Asegurado deberá comunicar al Asegurador las adquisiciones y/o inversiones realizadas en el transcurso de dicho período, con el fin de emitir suplemento de regularización aplicando al capital así declarado, la tasa de prima anual y por los tiempos realmente consumidos. El licitador que ofrezca la garantía de nuevas adquisiciones y/o inversiones deberá proponer un límite de indemnización por siniestro dentro de los indicados a continuación, asignándose la puntuación que en cada caso se detalla: - Límite de 500.000 € por siniestro:1 punto. - Límite de 1.000.000 € por siniestro:1,5 puntos - Límite de 1.500.000 € por siniestro:2 puntos • Errores y Omisiones: hasta 1 punto Quedan garantizados los daños materiales ocasionados por cualquier hecho cubierto a los bienes del asegurado situados en el territorio nacional que adolezcan de algún defecto de cobertura por causa de errores y omisiones no intencionados que se deriven de las circunstancias siguientes: • Errores y omisiones no intencionados en la descripción o situación de los bienes asegurados que existieran a la fecha de efecto de la póliza. • Errores y omisiones no intencionados en la descripción o situación de los bienes asegurados en cualquier suplemento subsiguiente a la póliza. • Errores no intencionados al incluir cualquier situación de su propiedad u ocupada por el Asegurado en la fecha de efecto de la póliza, así como cualquier situación adquirida u ocupada durante la duración de la póliza. Este tipo de errores y omisiones no intencionados deberán ser notificados, inmediatamente en el momento que se descubran, a fin de regularizar la póliza en el sentido que proceda. El licitador que ofrezca la garantía de errores y omisiones deberá proponer un límite de indemnización por siniestro dentro de los indicados a continuación, asignándose la puntuación que en cada caso se detalla: - Límite de 100.000 € por siniestro:0,5 puntos - Límite de 150.000 € por siniestro:0,75 puntos - Límite de 200.000 € por siniestro:1 punto Página 12 de 35 PÁGINA 12 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: • Bienes al Aire Libre: hasta 2 puntos Quedan garantizados como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, los daños materiales ocasionados a los bienes del Asegurado y que directamente relacionadas con su actividad por sus características, sea necesario situar al aire libre. El licitador que ofrezca la garantía de bienes al aire libre deberá proponer un límite de indemnización por siniestro dentro de los indicados a continuación, asignándose la puntuación que en cada caso se detalla: - Límite de 100.000 € por siniestro:1 punto - Límite de 200.000 € por siniestro:1,5 puntos - Límite de 300.000 € por siniestro: 2 puntos • Movimientos y Asentamientos de Tierra: hasta 2 puntos Quedan garantizados mediante esta cláusula, los daños materiales directos y las pérdidas consecuenciales causadas por un movimiento de tierra, cuya cobertura no corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros. Se entiende por movimiento de tierra, cualquier movimiento del suelo, natural o provocado por la acción del hombre, incluyendo temblores de tierra y deslizamientos del terreno, con independencia de la causa que lo origine. Quedan excluidos los daños causados por asentamientos del terreno, sobre el que se ejecutan obras de construcción y/o montaje según la garantía de Daños a Bienes en Construcción y/o Montaje, debido a ausencia, deficiencia o insuficiencia de compactación y estabilización del terreno, así como los que se deriven de las características del subsuelo, los materiales y los métodos de construcción empleados en función de las cargas a soportar. El licitador que ofrezca la garantía de movimientos y asentamientos de tierra deberá proponer un límite de indemnización por siniestro dentro de los indicados a continuación, asignándose la puntuación que en cada caso se detalla: - Límite de 500.000 € por siniestro: 1 punto - Límite de 1.000.000 € por siniestro:1,5 puntos - Límite de 1.500.000 € por siniestro:2 puntos • Colapso y/o subsidencia: hasta 2 puntos Quedan garantizados los daños materiales producidos en la edificación a causa del colapso y/o subsidencia de las instalaciones o el hundimiento de terrenos, aun cuando no se produzca incendio, siempre que se produzca de forma súbita e imprevista. Se entiende por: Colapso: Desplome, hundimiento o derrumbamiento total o parcial de cualquier edificio o construcción, chimeneas, torres u otras estructuras. Subsidencia: Hundimiento del terreno. El licitador que ofrezca la garantía de colapso y/o subsidencia deberá proponer un límite de indemnización por siniestro dentro de los indicados a continuación, asignándose la puntuación que en cada caso se detalla: Página 13 de 35 PÁGINA 13 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: - Límite de 500.000 € por siniestro: 1 punto - Límite de 1.000.000 € por siniestro:1,5 puntos - Límite de 1.500.000 € por siniestro: 2 puntos • Reclamación de daños: 1 punto Hasta el límite de 12.000 €, el Asegurador asume, en nombre del Asegurado, los gastos derivados de la reclamación (amistosa o judicial) a los terceros responsables de los daños que le hayan causado durante el desarrollo de la actividad objeto del seguro, siempre que los daños sufridos por el Asegurado sean de idéntica naturaleza a los amparados por las garantías contratadas. La Entidad asume la gestión del ramo y garantiza que ningún miembro del personal que se ocupa de la gestión de asesoramiento jurídico relativo a dicha gestión ejerce al tiempo una actividad parecida en otro ramo. El asegurado tendrá derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase del procedimiento. El asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y Procurador en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. El Abogado y Procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador. En caso de conflicto de intereses o de desavenencia sobre el modo de tratar una cuestión litigiosa, el asegurador deberá informar inmediatamente al asegurado de la facultad que le compete de ejercitar los derechos antes referidos. Procedimiento para la reclamación de daños propios Si el Asegurador consigue del responsable o de su Aseguradora, en vía de arreglo amistoso, la conformidad al pago de una indemnización y no considera probable obtener mejor resultado reclamando judicialmente, lo comunicará al asegurado. Si éste no acepta dicho arreglo amistoso, podrá proseguir la reclamación judicial por su exclusiva cuenta, dándose por terminada la intervención del Asegurador, el cual se obliga a reembolsar al asegurado los gastos procesales y los de Abogado y Procurador en el supuesto de que dicha reclamación judicial tenga éxito por encima de la transacción ofrecida. Será de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior en los casos en que no sea posible el arreglo amistoso y el Asegurador considere improcedente la reclamación en vía judicial. Si el Asegurado optase por confiar la reclamación en vía judicial a Abogados y/o Procuradores por él designados, deberá comunicarlo inmediatamente al Asegurador indicando nombre y señas de los profesionales elegidos, debiendo acreditar a la compañía los trámites realizados por los mismos. Serán a cargo del Asegurado los gastos en los que incurra por razón de haber elegido profesionales que no residen en el partido judicial donde se sustancie el pleito. Cuando el Asegurado se acogiera al derecho de libre elección del Abogado y Procurador para efectuar la reclamación judicial, el Asegurador responderá de los honorarios y gastos que ocasione dicha reclamación hasta la cantidad indicada por siniestro, pudiendo el asegurador solicitar la acreditación de las actuaciones profesionales objeto de cobertura. Página 14 de 35 PÁGINA 14 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: Gastos cubiertos 1. Los Honorarios y gastos del Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva. 2. Las tasas, derechos y costas procesales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos. 3. Los honorarios y gastos de peritos necesarios. 4. La condena en costas. Exclusiones No quedan comprendidas en las garantías de la presente Póliza: a) Las reclamaciones de cuantía inferior a 300,00 €. b) Las indemnizaciones, intereses, multas o sanciones que impongan al Asegurado las Autoridades administrativas o judiciales. c) Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal dimanantes de la presentación de documentos públicos o privados ante los Organismos Oficiales. d) Las reclamaciones derivadas de los contratos de suministros (agua, gas, electricidad y otros). e) Reclamaciones de Daños y Perjuicios dirigidos contra la Aseguradora. f) Los gastos derivados de la reclamación extrajudicial cuando el asegurado ejerce el derecho de libre elección de profesionales. 4. Inclusión de cláusulas adicionales hasta 3 puntos Se otorgarán las siguientes puntuaciones al licitador que ofrezca las siguientes cláusulas adicionales: • Cláusula de Aplicación una Única Franquicia: 1 punto Todas las reclamaciones que deriven de, o sean atribuibles a una misma causa o hecho generador, y en el que actúen coberturas y/o bienes con franquicias diferentes, tendrán la consideración de una sola reclamación. En consecuencia, se aplicará una única Franquicia para todas ellas, que será la de mayor cuantía de las aplicables. Lo anterior dispuesto será sin perjuicio del deber de notificar todas las citadas Reclamaciones por el Tomador del Seguro y el Asegurado, de conformidad con las Cláusulas de Notificación de Reclamaciones que tenga la póliza. • Cláusula de Derogación de la Regla Proporcional: 1 punto El Asegurado se compromete a revisar y actualizar al comienzo de cada anualidad las sumas aseguradas para que las mismas se ajusten en lo posible al valor de los bienes asegurados de acuerdo con el criterio de aseguramiento elegido. En contrapartida, el Asegurador renuncia a la aplicación de la Regla Proporcional que pudiera aplicar por estar prevista en su Condicionado General. • Cláusula de temporalidad de 72 horas: 1 punto Las pérdidas o daños amparados en la póliza darán origen a una reclamación separada por cada uno de los siniestros, sin exceder el total del valor asegurado. Si varios de estos siniestros ocurren dentro de cualquier periodo de setenta y dos horas consecutivas durante la vigencia de la póliza, se computarán como un solo siniestro y las pérdidas y daños que se causen deberán estar comprendidos en una sola reclamación, sin exceder el total del valor asegurado. Página 15 de 35 PÁGINA 15 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: 5. Eliminación de exclusiones 1 punto Se otorgará al licitador 0,25 puntos por cada una de las exclusiones derogadas de los riesgos excluidos que oferte, con un máximo de 1 punto. Ofertas anormales o desproporcionadas. En defecto de previsión en los pliegos en relación con el criterio de adjudicación “precio” se podrán aplicar las reglas contenidas en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, o en su caso, en la normativa que resulte de aplicación. Criterios de desempate de las ofertas con base en las consideraciones sociales de las mismas o de las ofertas. En el caso de que se produzcan empates entre varias ofertas con la aplicación de los criterios de valoración anteriores, se establece como criterios de desempate los que primen directamente la responsabilidad social de los licitadores, atendiendo en primer lugar a las empresas que hayan sido reconocidas con el Sello de Inclusión Social (Disposición adicional primera del RD-Ley 22/2220, dedicado a la colaboración de las empresas al tránsito de los beneficiarios del ingreso mínimo vital a la participación activa en la sociedad), en su defecto al mayor número de trabajadores fijos con discapacidad; a las proposiciones presentadas por empresas de inserción; y a la naturaleza del licitador, como empresas y entidades de economía social o de entidades reconocidas como Organización de Comercio Justo. De persistir el empate, se atenderá al cumplimiento de las directrices relativas a la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres, hombres y personas de condición sexual o expresión de género diferente, aunque no la igualdad salarial pues esta se impone como condición especial de ejecución en todo caso. Se dará preferencia a aquellos licitadores que hubiesen obtenido el distintivo empresarial en materia de igualdad (artículo 50 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad mujeres y hombres). De persistir el empate, si en la valoración de las ofertas se incluyeron criterios sociales, se dará preferencia a la oferta que más puntuación haya obtenido en estos criterios. 9) NOTAS COMUNES Y ACLARATORIAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN a) El licitador deberá presentar la documentación acompañada por un índice con la relación nominativa y numerada de los documentos que se incluyen en cada sobre. Este índice deberá estar dentro de cada uno de los sobres. b) La Mesa de Contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados en aplicación de los artículos anteriores o requerirle para la presentación de otros complementarios. c) SADECO podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres electrónicos, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquella si no se ha constituido o si no se exige su constitución, debiendo indemnizar, además, a SADECO de los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. APERTURA DE PROPOSICIONES 10) CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, DEFECTOS SUBSANABLES Y APERTURA DE PROPOSICIONES Se constituirá la Mesa de Contratación como órgano asesor del órgano competente en materia de Contratación, que estará integrada por los miembros designados al efecto por SADECO. Página 16 de 35 PÁGINA 16 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: La apertura de las proposiciones deberá efectuarse, por la Mesa de Contratación, en el plazo máximo de veinte días desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. La Mesa de Contratación declarará excluidas aquellas que no hayan sido presentadas en tiempo y forma, y entrará a examinar las restantes. La Mesa de Contratación examinará con carácter previo el contenido del sobre electrónico "A", y calificará los documentos presentados por licitadores. A los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Una vez finalizado el examen de la documentación anterior, se emitirá el correspondiente informe motivado, en base al cual la Mesa de contratación acordará las proposiciones rechazadas y las admitidas, notificando las exclusiones a los licitadores afectados. Acordada la admisión de ofertas, se procederá a la apertura del sobre electrónico “B”, aplicándose la posibilidad prevista para el procedimiento abierto en el art. 157.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que permite prescindir del acto público de apertura de las ofertas económicas cuando se prevea el empleo de medios electrónicos en la licitación, y se llevará a cabo la valoración de aquellos aspectos de las ofertas cuya evaluación resulte de forma automática de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego y los datos aportados. Realizadas las valoraciones anteriores, y a la vista de los informes emitidos, se formulará expresamente por la Mesa la valoración final y elevará propuesta de selección de Oferta con relación calidad precio más ventajosa, al Órgano de Contratación. La selección realizada en estos términos no supone aceptación irrevocable de la oferta por parte de SADECO, ni la adquisición de derechos derivados de la misma por el licitador seleccionado. SADECO estará facultado en todo momento para anular la licitación o incluso la adjudicación, siempre antes de la formalización del contrato, si no pudiera llevarse a cabo, sin que los licitadores o el adjudicatario, puedan exigir indemnización por daños y perjuicios. ADJUDICACION Y FORMALIZACION DEL CONTRATO 11) REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA Y ADJUDICACIÓN 1) Acordada la selección de la oferta económicamente más ventajosa, se procederá a notificarlo al licitador que la haya presentado, requiriéndosele para que en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la notificación presente la documentación siguiente: - Documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva. - Escritura de constitución de unión temporal de empresas, en su caso. - Certificados de estar al corriente en las Obligaciones Tributarias y la Seguridad Social 2) Junto con la documentación indicada, el licitador cuya oferta sea declarada como económicamente más ventajosa deberá presentar en idéntico plazo la documentación acreditativa de la capacidad para contratar, estando ésta conformada por los siguientes documentos: a) Documento Nacional de Identidad de la persona que presente la proposición en nombre propio o como apoderado. Página 17 de 35 PÁGINA 17 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constataren las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado. d) La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el artículo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. e) Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante al efecto. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo noventa y cuatro apartado uno del Reglamento del Registro Mercantil. f) Los licitadores deberán justificar y acreditar debidamente la existencia de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. g) Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 71 de la LCSP. h) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones. i) Solvencia económica, financiera. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser un importe igual o superior al 70% del valor anual medio del contrato. En este caso, teniendo en cuenta que el valor estimado anual de 725.000,00 €, por lo que aplicándole el 70% a este valor el volumen anual de negocio a justificar requerido es de 507.500,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o mediante la presentación del modelo 390 del IVA. j) Solvencia técnica o profesional Relación de los principales servicios, efectuados en los últimos tres ejercicios económicos finalizados, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Página 18 de 35 PÁGINA 18 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: En este caso, teniendo en cuenta que el valor estimado anual de 725.000,00 €, por lo que aplicándole el 70% a este valor el volumen anual de negocio a justificar requerido es de 507.500,00 €. Los servicios prestados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un empresario privado, mediante un certificado expedido por este. A falta de estos, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Protección de datos: Los licitadores deberán indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. La no presentación de documento alguno que acredite la solvencia técnica y/o económica dará lugar a la exclusión del licitador, teniéndose tal defecto por no subsanable. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o de la Comunidad Autónoma de Andalucía, eximirá a los licitadores inscritos de la presentación de la documentación relativa a los extremos acreditados en dichos registros: capacidad de obrar, bastanteo de poder, de las declaraciones o no de no encontrarse incurso en prohibiciones de contratar, de la clasificación y, en su caso de la solvencia económica, financiera, y técnica. Será necesario que los licitadores aporten certificado de inscripción, acompañado de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Asimismo, deberán presentar aquella otra documentación relativa a los extremos no acreditados en el certificado anterior. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de LCSP, para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación. k) Relación de documentos o información que el candidato califique como de confidencial, en cuyo caso SADECO no podrá divulgarla. Caso que no se indique expresamente tendrán esta condición la documentación que afecta a la propiedad intelectual y a la protección de datos, según la legislación vigente. l) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. m) Declaración relativa a la ubicación de los servidores (Protección de datos): El adjudicatario deberá presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Asimismo, el contratista tendrá la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la referida declaración. n) Certificado de inscripción en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acreditativo de la autorización para operar en el ramo de seguros objeto de esta contratación. Página 19 de 35 PÁGINA 19 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71. LCSP. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios seguidos en el pliego. Una vez aportada la documentación requerida, se procederá por el Órgano de Contratación de SADECO, en el plazo máximo de cinco días, a la adjudicación del contrato. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos y licitadores y, simultáneamente se publicará en el perfil de contratante. En todo caso en la misma se indicará el plazo en debe procederse a la formalización conforme al art. 153 LCSP La notificación de adjudicación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. Se entenderá cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos con la puesta a disposición de la notificación en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Transcurridos diez días naturales desde dicha puesta a disposición sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada la notificación. 12) PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato se perfeccionará con su formalización y se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentra la sede del órgano de contratación. El contrato deberá formalizarse en documento privado que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el adjudicatario podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 LCSP. Si el contrato fuera susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44 LCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. (Art. 153 LCSP). EJECUCIÓN DEL CONTRATO 13) EJECUCIÓN DEL CONTRATO El adjudicatario deberá ejecutar el contrato con estricta sujeción a las cláusulas del presente Pliego, al Pliego de prescripciones técnicas que sirve de base al mismo, y a las órdenes e instrucciones que en interpretación de éstos diera SADECO. Página 20 de 35 PÁGINA 20 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: 14) DIRECCION E INSPECCION DE LA EJECUCIÓN. RESPONSABLE DEL CONTRATO El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y dictar las instrucciones necesarias para la correcta prestación del mismo. A los efectos de este artículo, el responsable y la Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato, es el Técnico Responsable del Dpto Económico, Alejandro Cardona Bravo, y la Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato, es el Departamento Económico. En particular le corresponde: a) Promover y convocar las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente en la ejecución del objeto del contrato en los términos que mejor convenga a los intereses públicos. b) Resolver las incidencias surgidas en la ejecución del contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el art. 97 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo RGCAP). c) Informar en expedientes de reclamación de daños y perjuicios. d) Proponer la imposición de penalidades que estuvieran establecidas en su caso. e) Proponer, en su caso, la prórroga del contrato. f) Informar con carácter previo a las recepciones parciales y/o totales. g) Informar en expedientes de devolución o cancelación de garantías. h) Proponer la ampliación del plazo de ejecución estipulado. i) Informar sobre el cumplimiento de plazo de garantía. j) Informar sobre el cumplimiento de las condiciones especiales y esenciales señalas para la ejecución del contrato. k) Informar sobre solicitudes de buena ejecución de prestaciones contratadas para la expedición de certificaciones. l) Establecer las directrices oportunas en cada caso, pudiendo requerir al adjudicatario, en cualquier momento, la información que precise acerca el estado de ejecución del objeto del contrato, de las obligaciones del adjudicatario, y del cumplimiento de los plazos y actuaciones. m) Acordar, en caso de urgente necesidad, las medidas precisas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, o cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, debiendo dar cuenta al órgano de contratación. n) Proponer los reajustes de anualidades de conformidad con el art. 96 del RGCAP. o) Proponer e informar respecto de la suspensión de la ejecución de la prestación. p) Asistir a los actos de recepción y suscribir la/s Acta/s de Recepción (o documento que acredite la conformidad o disconformidad en el cumplimiento) y en su caso dar o no la conformidad con las facturas presentadas. Página 21 de 35 PÁGINA 21 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: q) Dirigir instrucciones al contratista siempre que no suponga una modificación del objeto del contrato ni se oponga a las disposiciones en vigor o a las derivadas de los Pliegos y demás documentos contractuales. r) Inspeccionar la parte de la prestación subcontratada informando al órgano de contratación. s) Inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, del proceso de realización o elaboración de los bienes que hayan de ser suministrados pudiendo ordenar o realizar por sí mismo análisis, comprobaciones, estudios, encuestas, ensayos, pruebas, o explicaciones sobre la metodología o elementos que se siguen o se emplean, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. t) Emitir informe en expedientes de cesión del contrato. u) Dar cuenta al órgano de contratación de todas las actuaciones realizadas por el responsable del contrato. v) Y todas aquellas otras previstas en este Pliego, Pliego de Prescripciones técnicas o acordadas por el órgano de contratación. 15) NORMAS GENERALES A LA EJECUCION DEL CONTRATO La prestación de los servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuada por la entidad mediadora de seguros designada por SANEAMIENTOS DE CÓRDOBA S.A, que actualmente es Aon Iberia, Correduría de Seguros y Reaseguros SAU, y hasta la fecha de finalización del contrato suscrito con la mencionada correduría. Todos los avisos y notificaciones que se deriven de las pólizas de seguros concertadas, al amparo del presente contrato, serán dados por el asegurado a la empresa de seguros a través de la Correduría de Seguros antes citada, considerándose por este solo hecho como cursado directamente a la empresa, debiendo seguir el mismo procedimiento en la tramitación y liquidación de siniestros. Las entidades aseguradoras responderán ante SADECO, por el incumplimiento o demora en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, de acuerdo con la legislación sobre contratos de seguros y normas de Derecho privado aplicables de carácter subsidiario. a) El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por el responsable del contrato. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario Página 22 de 35 PÁGINA 22 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: b) El contratista queda obligado a aportar, para la realización del suministro o servicio, el equipo y medios personales a que se hubiera comprometido, o en su defecto, los precisos para la buena ejecución de aquél en los plazos convenidos en el contrato. A este respecto, la empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones, sin que sirva de eximente los periodos vacacionales, bajas, o situaciones de huelga, o circunstancias análogas. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo. c) Confidencialidad.- El adjudicatario queda obligado a garantizar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Todos los datos aportados y trabajos y servicios realizados para el buen fin del presente contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo el adjudicatario, subcontratista o cesionario utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato o información alguna de los trabajos o suministros contratados sin autorización escrita del SADECO, estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del presente contrato, cualquiera que sea el momento temporal. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. En este sentido, deberá sujetarse a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Las personas proporcionadas por la empresa adjudicataria, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, únicamente tratarán los datos conforme a las instrucciones que reciban de SADECO y no los aplicarán o utilizarán con otro fin distinto, ni los comunicarán a otras personas. Además, deberán cumplir con las medidas de seguridad, normas y procedimientos que en cada caso establezca la legislación vigente. Si alguna de estas personas destina los datos a otra finalidad, los comunica o los utiliza incumpliendo lo preceptuado en la legislación vigente, la empresa adjudicataria será responsable de las infracciones cometidas. Estas obligaciones se extienden durante la ejecución de los servicios o suministros y seguirán vigentes una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes del adjudicatario genera, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Estas obligaciones se extienden durante la ejecución de los suministros y servicios, y seguirán vigentes una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes del adjudicatario genera, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Dado que para el desarrollo del contrato pudiera resultar imprescindible el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento es responsable la entidad contratante, aquel tendrá la consideración de encargado del tratamiento de conformidad con la disposición adicional vigésimo quinta LCSP, para lo cual habrá de respetar la normativa nacional y de la Unión Europea vigente en materia de protección de datos, Página 23 de 35 PÁGINA 23 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: indicando al responsable del contrato la ubicación de los servidores donde se van a tratar los datos considerados confidenciales, manteniéndolo en todo momento informado de su ubicación en caso de se produzcan cambios, por lo que habrá que suscribirse el oportuno documento al respecto (anexo III de este PCAP). Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a la entidad contratante responsable, o al encargado de tratamiento que esta hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento conservará debidamente bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento. d) El contratista será responsable de la ejecución del contrato y de las prestaciones, suministros y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para SADECO derivadas de las omisiones, errores, métodos inadecuados, falta de pericia, o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Si como consecuencia de ello se resuelve el contrato, el contratista deberá indemnizar a SADECO de los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada. e) Corresponde al contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización de la prestación. f) Son de cuenta del contratista los gastos que se requieran para la obtención de licencias, documentos o cualquiera información de Organismos Oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen. g) El contratista facilitará a SADECO, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc. h) El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y a los plazos parciales que puedan señalarse en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Si llegado el término del plazo total o de los plazos de cumplimiento parcial, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas, establecidas en el Pliego de prescripciones técnicas. 16) PAGO DEL PRECIO El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación adoptada por el órgano de contratación, de acuerdo con la proposición de superior relación calidad-precio. A todos los efectos, se entenderá que el precio del contrato comprende también todos los gastos que deban realizarse para el cumplimiento de la prestación, y demás tributos que sean de aplicación, y todos los gastos que, con arreglo al presente Pliego de Cláusulas Administrativas, sean de cuenta del adjudicatario. SADECO realizará el pago, de las primas correspondientes al periodo contratado, una vez formalizados los contratos y emitidas las pólizas, mediante la presentación de los recibos correspondientes a cada anualidad de contrato. Página 24 de 35 PÁGINA 24 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: A efectos de lo dispuesto en la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP, se informa que el órgano de contratación es el Consejo de Administración de SADECO, siendo la información que debe constar en la prima y recibos correspondientes. Es condición obligatoria para el abono de la factura: 1) Que aparezca la referencia al número de expediente del contrato, en este caso Exp. C26/48. 2) Que se remita a SADECO por correo electrónico a la dirección facturacionelectronica@sadeco.es 3) Que en la factura emitida aparezca la frase “Unidad Destino: Departamento Económico”. 17) MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en la Subsección 4 ª de la Sección 3ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la LCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191 LCSP, con las particularidades previstas en el artículo 207 LCSP. SADECO, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 198.5 LCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 208 LCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP. Dichas modificaciones no podrán realizarse con el fin de adicionar prestaciones complementarias, de ampliar el objeto del contrato para cumplir finalidades nuevas o de incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. Modificaciones previstas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares: De conformidad con el artículo 204 de la LCSP, el contrato se podrá modificar hasta un máximo de un 20% del precio inicial cuando concurran las siguientes circunstancias: • Variación en la composición de los riesgos que le afectan. • Inclusión o eliminación de garantías por petición del contratante El procedimiento para la tramitación del expediente de modificación será el siguiente: 1) Propuesta de la Administración o petición del contratista. 2) Audiencia del contratista e informe del servicio competente a evacuar en ambos casos en un plazo de cinco días hábiles. 3) Informe, en su caso, de la Asesoría Jurídica y de la Intervención, a evacuar en el mismo plazo anterior. 4) Resolución motivada del órgano que haya celebrado el contrato y subsiguiente notificación al contratista. 5) Formalización de la modificación, incorporándose como Anexo del contrato inicial. La resolución de las contrataciones adjudicadas en el ámbito del presente contrato se regirá por la ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. En caso de acordarse la resolución de la contratación por incumplimiento del adjudicatario, la entidad contratante podrá efectuarla con otro proveedor. Página 25 de 35 PÁGINA 25 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: 18) CESION DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que SADECO lo autorice de forma previa y expresa, y que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 214.2 LCSP, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2, letra b) del artículo 214 LCSP, no podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato. Para que los contratistas puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros se deberán contemplar, como mínimo, la exigencia de los siguientes requisitos: a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, trascurrido el cual deberá entenderse otorgada por silencio administrativo. b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato o, cuando se trate de un contrato de concesión de obras o concesión de servicios, que haya efectuado su explotación durante al menos una quinta parte del plazo de duración del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso, aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal. No obstante lo anterior, el acreedor pignoraticio o el acreedor hipotecario podrá solicitar la cesión en aquellos supuestos en que los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios los pliegos prevean, mediante cláusulas claras e inequívocas, la posibilidad de subrogación de un tercero en todos los derechos y obligaciones del concesionario en caso de concurrencia de algún indicio claro y predeterminado de la inviabilidad, presente o futura, de la concesión, con la finalidad de evitar su resolución anticipada. c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar. d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública. El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente. Para la subcontratación total o parcialmente de la ejecución del contrato, se estará a lo previsto en el art. 215 LCSP. 19) ADMINISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS La prestación de los servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados, así como la posterior asistencia a éste, a los asegurados y beneficiarios durante la ejecución del contrato será efectuada por la entidad mediadora de seguros designada por SANEAMIENTOS DE CÓRDOBA S.A, que actualmente es Aon Iberia, Correduría de Seguros y Reaseguros SAU, y hasta la fecha de finalización del contrato suscrito con la mencionada correduría. Todos los avisos y notificaciones que se deriven de las pólizas de seguros concertadas, al amparo del presente contrato, serán dados por el asegurado a la empresa de seguros a través de la Correduría de Seguros antes citada, considerándose por este solo hecho como cursado directamente a la empresa, debiendo seguir el mismo procedimiento en la tramitación y liquidación de siniestros. Página 26 de 35 PÁGINA 26 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: Las entidades aseguradoras responderán ante SADECO, por el incumplimiento o demora en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, de acuerdo con la legislación sobre contratos de seguros y normas de Derecho privado aplicables de carácter subsidiario. La garantía definitiva presentada responderá del cumplimiento de dichas obligaciones. La misma será devuelta al año de haber finalizado el plazo contractual una vez autorizado por SADECO, y conforme de la Correduría de Seguros mediadora. 20) OBLIGACIONES MINIMAS DE CARÁCTER ESENCIAL Se considerarán obligaciones de carácter esencial y condiciones especiales de ejecución del contrato del art. 202 LCSP, por tanto, susceptibles de provocar la resolución del contrato en caso de incumplimiento durante su ejecución, las siguientes: a) Cláusula de promoción de la igualdad. La empresa adjudicataria está obligada a implementar medidas para promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en los términos que se establezcan en cada momento por la legislación vigente y en los casos en que igualen o superen los 50 trabajadores en plantilla, contar con el correspondiente Plan de Igualdad, en los términos de la Ley Orgánica 3/2007, 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y demás normativa de aplicación. A su vez, la empresa adjudicataria deberá cuidar el uso no sexista del lenguaje y de la imagen en todas las actuaciones y documentos producidos en la ejecución del contrato. En virtud de la disposición final vigesimoséptima de la Ley 31/2022 aquellas empresas de 50 o más trabajadores que no dispongan de un plan de igualdad aprobado e inscrito en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas conforme a lo dispuesto en el art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, incurrirán con la prohibición de contratar con el sector público. b) Cumplimiento en relación al volumen de trabajadores con discapacidad. Los licitadores que empleen a un número de cincuenta o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, o de manera excepcional haber adoptado las medidas alternativas previstas en R.D. 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula en cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad y ello conforme a lo establecido en el art. 115 de la Ley 18/2003 de 29 de diciembre. A tal efecto, deberán presentar certificado de la empresa donde conste tanto el número global de trabajadores con plantilla, como el número particular de trabajadores con discapacidad, o en el caso de haber optado por el cumplimiento de medidas alternativas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas aplicadas al respecto. c) Cumplimiento de la normativa laboral. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa laboral vigente, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo, así como las disposiciones aplicables en materia de ordenanzas laborales y convenios colectivos correspondientes, garantizar la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables. d) Cumplimiento en materia de Seguridad Social. El adjudicatario deberá comunicar a SADECO, todas las contrataciones necesarias para la ejecución del contrato, y justificar el alta en Seguridad Social. e) Cumplimiento en materia de protección del medioambiente. El adjudicatario deberá cumplir la totalidad de las obligaciones derivadas de normativa vigente en materia de protección del medioambiente. En concreto, que las comunicaciones que se realicen, siniestros... sean electrónicas con el fin de reducir el uso de papel. Página 27 de 35 PÁGINA 27 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: f) Cumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales. Además de lo regulado en los Pliegos, la empresa adjudicataria adoptará las medidas de seguridad e higiene en el trabajo que sean obligatorias o necesarias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de los trabajadores. g) Cumplimiento de normativa de protección de datos. También se establece como condición especial de ejecución la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, advirtiéndose además al mismo de que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado primero del artículo 211 de la LCSP. En cuanto a cláusulas de tipo ambiental, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP, se establecen como condiciones especiales de ejecución del presente contrato la adopción de medidas concretas que persigan los siguientes fines: Todos los trabajos relacionados con la ejecución del contrato se realizarán adoptando protocolos de protección y calidad medioambiental exigibles de acuerdo con la legislación vigente en cada momento. Deberá poderse acreditar el cumplimiento de la normativa aplicable si fuese requerido para ello por SADECO. Estas condiciones tienen la consideración de condiciones esenciales del contrato y su incumplimiento constituye causa de resolución del mismo. El responsable del contrato comprobará de forma periódica el cumplimiento de las obligaciones que en materia social se hayan impuesto al adjudicatario directamente en el pliego o hayan sido ofertadas por éste, así como las que deriven de la legislación medioambiental, social y laboral vigentes. 21) INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PENALIDADES Si el contratista por causas imputables al mismo incurriera en incumplimiento de las obligaciones contraídas, SADECO podrá optar por la resolución del contrato, sin perjuicio de la reclamación que pudiera corresponderle por los daños y perjuicios ocasionados. En cuanto a los incumplimientos y penalidades se regirá por lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, sin perjuicio de lo dispuesto en la LCSP para los contratos de servicios. A todos los efectos, se consideran incumplimientos de obligaciones esenciales, los que deriven de las órdenes efectuadas por el Responsable del Contrato, la ejecución de nuevas unidades del servicio o prestaciones distintas de las contratadas sin autorización del Órgano de Contratación, las recogidas en las Cláusulas de este Pliego de cláusulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas, y la negativa expresa o tácita a colaborar en las inspecciones, comprobaciones o requerimientos de información. Respecto de los datos de carácter personal a los que tenga acceso en virtud del contrato, la contratista está obligada al cumplimiento de lo dispuesto en disposición adicional vigesimoquinta de la LCSP, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 22) EXTINCION Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Se entenderá cumplido el contrato cuando el contratista haya formalizado, de acuerdo con los términos del mismo y durante todo el periodo de ejecución y vigencia, a satisfacción de SADECO el suministro y servicio adjudicado. Su constatación exigirá un acto formal y positivo de conformidad dentro del mes siguiente de realizarse el objeto del contrato, mediante la correspondiente Acta de conformidad. Página 28 de 35 PÁGINA 28 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 211 y 306 LCSP, así como las previstas en el presente pliego. Serán causas de resolución las siguientes: - La imposibilidad física o legal de realizar el contrato. - La demora en el cumplimiento de los plazos previstos por parte del adjudicatario - Incumplimiento de guardar sigilo, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos y notorios, estén relacionados con el objeto del contrato. - Incurrir el contratista, durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones de contratar previstas en el art. 71 del LCSP. - Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato. - El incumplimiento de cualquiera de algunos de los compromisos ofertados. - Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en los documentos que integran la presente contratación. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento del contratista, esté deberá indemnizar a SADECO los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía definitiva que, en su caso se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda de la garantía incautada. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 213 y 307 de la LCSP, así como en su caso, a lo dispuesto en el desarrollo reglamentario. 23) PROTECCIÓN DE DATOS Los datos recabados serán incluidos en los ficheros de Saneamientos de Córdoba, S.A – SADECO-, con C.I.F. A-14087126, y con domicilio social en Avda. de Medina Azahara nº4; 14005 de Córdoba. Los datos se recaban con la finalidad del estudio, comparación y elección de aquella proposición u oferta que más se ajuste a la demanda de servicios de Saneamientos de Córdoba, S.A – SADECO-, así como el mantenimiento de los mismos en nuestro Registro de Licitadores para control de la documentación necesaria para concurrir en procedimientos de contratación del sector público y homogeneizar, agilizar y normalizar la tramitación de estos procedimientos, unificando criterios de actuación y permitiendo compartir información. La licitud para el tratamiento de los datos es el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los datos de carácter personal se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Los licitadores pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, en la dirección de la entidad, o bien ante el Delegado de Protección de Datos: delegado_pd@sadeco.es. Asimismo, se le informa del derecho a reclamar ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Página 29 de 35 PÁGINA 29 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: El contratista se someterá en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos: - REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). - Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El adjudicatario deberá presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Asimismo, el contratista tendrá la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la referida declaración. 24) JURISDICCION COMPETENTE Este contrato tiene carácter privado, estará sujeto a las normas aplicables a los contratos sujetos a regulación armonizada de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (art. 316 LCSP), de obligado cumplimiento para los poderes adjudicadores que no tienen la consideración de Administración Pública a los efectos de dicha Ley. En cuanto a sus efectos y extinción se regirán por las normas de Derecho Privado con las especialidades establecidas en el art. 319 LCSP. El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes relativas a la preparación, adjudicación, de los contratos privados y de los contratos sujetos a regulación armonizada, de sujetos que tengan la condición de poderes adjudicadores. También conocerá de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos de resolución de recursos previstos en el art. 41 y art. 47 de LCSP. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entra las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en la presente convocatoria, y su presentación supone la aceptación incondicional por el adjudicatario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. En este sentido, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Córdoba. Udad. Compras y Contratación Página 30 de 35 PÁGINA 30 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: ANEXO I: MODELO DE PROPUESTA ECONOMICA D./Dª…………………………………… , con Documento Nacional de Identidad número…………………., en su propio nombre (o en la representación de ……………………con Cif………………….), con domicilio a efectos de comunicaciones en ……………………………………………………………….., enterado de las condiciones y requisitos que rigen para la adjudicación de la contratación de una POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MATERIALES PARA SADECO (Exp C26/48), los acepta en su integridad y se compromete a ejecutarlos con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Particulares y documentos anexos, que respectivamente los definen, sin perjuicio de las mejoras presentadas en la oferta, por un importe impuestos incluidos de: DATOS QUE SE EVALUAN PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO: CRITERIO Nº1: Oferta económica 1.- Propuesta Económica hasta un máximo de 50 puntos, valorando la mejora sobre el tipo máximo de 725.000 € para un año de duración del contrato: Precio prima total anual de seguro de: En número ______________________________________________________ euros En letra ______________________________________________________ euros CRITERIO Nº2: Otros criterios 2.1.- Propuesta del límites y sublímites LÍMITES Y SUBLÍMITES (completar en caso de oferta. En caso de incongruencia Incremento Límite total entre el incremento y el total ofertado, se tomará como válido el total ofertado) límite (€) ofertado (€) 1.1 Límite máximo de indemnización por siniestro 1.2 Gastos de salvamento 1.3 Gastos de extinción 1.4 Gastos de demolición y desescombro 1.5 Incremento del coste de reconstrucción 1.6 Gastos de reparación provisional y para agilizar la reparación 1.7 Gastos de limpieza, desembarre y extracción de lodos 1.8 Permisos y licencias 1.9 Horas extraordinarias 1.10 Transportes urgentes 1.11 Honorarios de profesionales externos 1.12 Honorarios de peritos del asegurado 1.13 Desalojo forzoso o inhabilitación 1.14 Daños a bienes en construcción y/o montaje 1.15 Bienes temporalmente desplazados 1.16 Bienes propiedad de terceras personas 1.17 Daños eléctricos 1.18 Desperfectos por robo y reposición de cerraduras 1.19 Avería de maquinaria (a primer riesgo) 1.20 Todo riesgo de equipos electrónicos – Daños a portadores externos de datos 1.21 Todo riesgo de equipos electrónicos – Incremento del coste de operación Página 31 de 35 PÁGINA 31 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: 2.2.- Propuesta de Franquicias FRANQUICIAS (completar en caso de oferta) Franquicia ofertada 2.1 General (euros) 2.2 General para las oficinas centrales en Avda. Medina Azahara, 4 (euros) 2.3 De incendio, rayo y explosión del resto de riesgos (euros) 2.4 De rotura de lunas, cristales, letreros y rótulos luminosos (euros) 2.5 De incendio, rayo y explosión del Complejo Medioambiental • Porcentaje (%) • Importe mínimo (euros) • Importe máximo (euros) 2.3.- Inclusión de garantía GARANTÍAS (marcar X en caso de ofertar la garantía y marcar X en la opción del límite ofertado. Las opciones de límites son incompatibles entre sí y deberá escoger UNA ÚNICA OPCIÓN. En caso de incongruencia, este criterio se valorará con 0 puntos) 500.000,00 € Nuevas adquisiciones o inversiones 1.000.000,00 € 1.500.000,00 € 100.000,00 € Errores y omisiones 150.000,00 € 200.000,00 € 100.000,00 € Bienes al aire libre 200.000,00 € 300.000,00 € 500.000,00 € Movimientos y asentamientos de tierras 1.000.000,00 € 1.500.000,00 € 500.000,00 € Colapso y/o subsidencia 1.000.000,00 € 1.500.000,00 € Reclamación de daños 2.4.- Inclusión de cláusulas adicionales (marcar X en caso de oferta) SI NO Cláusula de Aplicación una Única Franquicia Cláusula de Derogación de la Regla Proporcional. Cláusula de temporalidad 72 horas 5.Eliminación de exclusiones EXCLUSIONES (detallar, del Pliego de Prescripciones Técnicas, las exclusiones derogadas en caso de oferta. Hasta 4 posibles exclusiones) Firma electrónica Página 32 de 35 PÁGINA 32 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D./Dª __________________________________________________________________________________ Con N.I.F. ___________________________________________________________________________ En representación de: ____________________________________________________________________ Con C.I.F.: ___________________________________________________________________________ Y domicilio en: ___________________________________________________________________________ Teléfono: __________________________________, Fax: ____________________________________ De conformidad con lo dispuesto en la LCSP, autorizo a que cualquier comunicación que SADECO tenga que hacer de cualquier actuación relativa a este procedimiento se me notifique a través de la siguiente dirección de correo electrónico: _________________________________________________________________________ Y que acepto como medio de notificación las comunicaciones telemáticas efectuadas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. En relación con el expediente de contratación de una POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MATERIALES PARA SADECO (Exp C26/48). DECLARO, BAJO MI RESPONSABILIDAD: • Que la empresa dispone de capacidad de obrar, y habilitación profesional, necesaria para concertar con SADECO, la ejecución del presente contrato, estando dicha actividad en el objeto social de la empresa según lo dispuesto en sus estatutos sociales. • Que ninguno de los administradores de esta empresa, está incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar con el Sector Público, según el art. 71 Ley de Contratos del Sector Público, estando al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. • Que esta empresa NO/SI, tiene un número de 50 o más trabajadores, siendo el número de trabajadores con discapacidad de____, lo que supone un __% trabajadores pertenecientes a este colectivo, o que se ha suplido esta exigencia legal de disponer de más del 2% de trabajadores con discapacidad por medidas alternativas previstas legalmente. • Que la empresa a la que representa: (Marque la casilla que corresponda): En virtud de la disposición final vigesimoséptima de la Ley 31/2022 aquellas empresas de 50 o más trabajadores no dispongan de un plan de igualdad aprobado e inscrito en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas conforme a lo dispuesto en el art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, incurrirán con la prohibición de contratar con el sector público.  Emplea a 50 o más trabajadores y NO cuenta con un plan de igualdad aprobado y registrado.  Emplea a 50 o más trabajadores y cuenta con un plan de igualdad aprobado y registrado.  Emplea menos de 50 trabajadores y no está obligada. • Que la oferta que presenta garantiza respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en los bienes y servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los Convenios Colectivos aplicables, el Derecho español y de la Unión Europea, así como otras disposiciones de Derecho Internacional que sean aplicables. • Dentro de los objetivos de transparencia fomentados por el Compliance de SADECO, se promueve que las entidades que se relacionan con la organización actúen conforme a principios de integridad, cumplimiento normativo, prevención de riesgos legales y promoción de una cultura ética en su organización, mediante la existencia de políticas internas, controles y procedimientos que garanticen una conducta empresarial responsable. Por ello me declaro conocedor y responsable, garantizando un compromiso con la integridad, la legalidad y la gestión proactiva de riesgos de cumplimiento, contribuyendo a una cultura organizacional ética y responsable." Lo que declaro a los efectos del art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, comprometiéndome a presentar justificación de la posesión y validez de los citados documentos que lo acreditan, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario a requerimiento de SADECO, y en todo caso previamente a la adjudicación del contrato. Firma electrónica Página 33 de 35 PÁGINA 33 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: ANEXO III: declaración relativa al tratamiento de datos personales POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MATERIALES PARA SADECO (Exp C26/48) Don/ña: _______________________________________ con DNI. Núm. _______________ y domicilio fiscal _____________________________________________________________ de ________________________ ❒ Actuando en nombre propio ❒ Actuando en representación de la entidad licitadora _________________________, con NIF núm. ________________________ y domicilio fiscal en _________________________________________________ ___________________________, en calidad de (representante, administrador/a……), según Escritura de constitución de fecha _____________________________ otorgada ante el Notario __________________ ____________________________________________________, con protocolo núm.: ____________________, certifica que la empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato (especificar nombre del contrato), es la encargada del tratamiento de datos, siendo la responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de27 de abril de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el PCAP. La empresa encargada del tratamiento garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba de la persona responsable del tratamiento. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al/la encargado/a del tratamiento, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa encargada del tratamiento se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del responsable del tratamiento, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario encargado del tratamiento devolverá al/la responsable, o entregará a otro encargado que designe el/la responsable, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado, siempre que los equipos no queden en poder del responsable del tratamiento. Cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato de la información facilitada en esta declaración será comunicado de forma inmediata al órgano de contratación. Por todo ello, me comprometo, en nombre propio/ en nombre de la empresa (razón social), al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP y resto de normativa aplicable, en relación con el tratamiento de datos personales. Firma electrónica Página 34 de 35 PÁGINA 34 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación. DOCUMENTOS REFERENCIAS TIPO: PLIEGO_CLAUS - Pliego de cláusulas FIRMAS NOMBRE: Exp C26 48 PCAP DANOS MATERIALES.pdf PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: 11/06/2026 12:58 UNIDAD: Contratación JUAN PABLO MORAL BLANCAT: Técnico Unidad de Compras y Contratación - 11/06/2026 ORIGEN: Administración 12:59 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN: 11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 IDENTIFICADOR: ES_LA0022655_2026_000000000000000000000000184049 ESTADO DE ELABORACIÓN: Firmado/validado NIVELL D'ACCÉS: ANEXO IV: MODELO DE DECLARACIÓN DE PRESENTACIÓN DE OFERTA EN RÉGIMEN DE COASEGURO D./Dª…………………………………… , con Documento Nacional de Identidad número…………………., en su propio nombre (o en la representación de ……………………con Cif………………….), con domicilio a efectos de comunicaciones en ……………………………………………………………….., enterado de las condiciones y requisitos que rigen para la adjudicación de la contratación de una POLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MATERIALES PARA SADECO (Exp C26/48). DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD PRIMERO.- Que la entidad a la que representa concurre a la presente licitación en régimen de COASEGURO junto con las siguientes entidades aseguradoras: 1. _________________________________________________, NIF _________________________] 2. _________________________________________________, NIF _________________________] 3. _________________________________________________, NIF _________________________] SEGUNDO.- Que todas las entidades aseguradoras anteriormente relacionadas se comprometen, en caso de resultar adjudicatarias, a suscribir la póliza objeto del contrato en régimen de coaseguro, con los siguientes porcentajes de participación: 1. _________________________________________________, % _________________________] 2. _________________________________________________, % _________________________] 3. _________________________________________________, % _________________________] La suma total de participación asciende al 100 % del riesgo objeto de cobertura. TERCERO.- Que las entidades participantes en el coaseguro están habilitadas para operar en España en el ramo o ramos objeto de la presente licitación y reúnen los requisitos de capacidad y habilitación exigidos en los pliegos rectores del procedimiento. CUARTO.- Que, en caso de adjudicación, las entidades coaseguradoras asumirán la cobertura del riesgo en la proporción indicada, conforme a la oferta presentada y a las condiciones establecidas en los pliegos y demás documentos contractuales. QUINTO.- Que se designa como entidad abridora / interlocutora única ante el órgano de contratación a: DENOMINACIÓN SOCIAL: _____________________________________ NIF: _____________________________________ Persona de contacto: _____________________________________ Correo electrónico: _____________________________________ Teléfono: _____________________________________ A efectos de comunicaciones, gestión de la oferta, formalización contractual y cualesquiera actuaciones derivadas del procedimiento, sin perjuicio de la identificación y participación de todas las entidades coaseguradoras. SEXTO.- Que las entidades participantes aceptan íntegramente el contenido de los pliegos que rigen la licitación y se comprometen a mantener la composición y porcentajes de participación declarados, salvo autorización expresa del órgano de contratación, en su caso. SÉPTIMO.- Que la presente declaración se formula a los efectos de acreditar la concurrencia conjunta en régimen de coaseguro en esta licitación. Firma electrónica (de todas las aseguradoras) Página 35 de 35 PÁGINA 35 de 35 FECHA Y HORA DE IMPRESSIÓN: 11/06/2026 12:59 Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Puede comprobar su validez en https://www.sadeco.es/tramites-online/validacion-documentos?csv=11f9de31-a8f5-4f87-a9d4-cf01787b8c19 empleando el código seguro de verificación.