Informe no división de lotes

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<!-- image --> <!-- image --> Plande Transformacion Recuperacion, yResiliencia <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> INFORME DE NO DIVISIÓN EN LOTES DE LA CONTRATACIÓN DE LA «INSTALACIÓN DE TECHOS SOSTENIBLES EN ESPACIOS PÚBLICOS DE USO TURÍSTICO, DENTRO DEL PLAN TERRITORIAL DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN DESTINO DE ANDALUCÍA 2021, EN EL MARCO DEL PRTR (C14.I1.2)» EXP. OBRAS: PR-1836/25-SUM.1 EXP. CONTRATACIÓN: SU 118/26 OFICINA CONTABLE: ÓRGANO GESTOR: UNIDAD TRAMITADORA: LA0010815 - Registro Central de Facturas LA0013616 - Obras y Proyectos LA0013616 - Obras y Proyectos De conformidad con lo establecido en el art. 99.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y una vez comprobado el proyecto en cuanto al contrato a celebrar, se considera que existen motivos válidos para la no realización independiente de cada una de las partes del contrato mediante su división en lotes. En el presente caso, se considera que el motivo a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del contrato es el establecido en la letra b) del apartado 3 del art. 99 LCSP, a saber: - -B) El hecho de que, la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico; o bien que el riesgo para la correcta ejecución del contrato proceda de la naturaleza del objeto del mismo, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. El objeto del contrato que regula el presente pliego es el suministro y la instalación de dos instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo eléctrico con elementos de sombra en la Jefatura de Policía Local y Parque de Bomberos de San Pedro Alcántara, sito en la carretera de Ronda en San Pedro de Alcántara y en la Jefatura de Policía Local en Marbella, sito en la Playa del Cable de Marbella. La instalación solar fotovoltaica como fuente de energía renovable, permitirá un importante grado de autoconsumo energético, reduciendo así su facturación eléctrica anual, consiguiendo un importante ahorro energético debido al uso del sol como fuente de energía. La incorporación de techados vegetales y sostenibles en espacios públicos urbanos contribuye a la mitigación y adaptación al cambio climático, mejora el confort térmico y el atractivo turístico, fomenta la biodiversidad y apoya un modelo de ciudad verde, resiliente e inteligente alineado con los ODS. Por otra parte, esta instalación permitirá un importante ahorro de emisiones de CO2, mejorando la imagen y competitividad de la empresa. Esta documentación permitirá conocer dicha instalación y su modo de funcionamiento. La realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico, ya que <!-- image --> <!-- image --> implicaría la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. En este sentido, atendiendo a la finalidad del contrato, lo más conveniente, en aras de garantizar la pública concurrencia e igualdad en la licitación, sería conveniente optar por licitar en conjunto la totalidad del suministro y montaje de los productos y estructura y se considera inviable la división del objeto del contrato en lotes, ya que no se considera posible la contratación por separado de los suministros que se integran en el objeto del presente contrato por razón de su propia naturaleza y porque consideradas conjuntamente sirven a la funcionalidad de la prestación contractual, que no podría lograrse si no concurrieran todas ellas. Por todo lo anterior, se considera no adecuada la división en lotes del presente Contrato. Lo que se informa, desde el punto de vista técnico, a los efectos oportunos. Marbella, a fecha de firma electrónica. Fdo.: Ana Mª Sánchez González Técnico de la Delegación de Obras e Infraestructuras <!-- image -->