Resolución aprobación del expediente

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DGEN02.002.01.2 Código Seguro de Verificación: 16340723174146137745 Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv Datos del expediente: Asunto: 142364Y/2026 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del CM CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACION DE contrato FMCEUP GRUPO ELECTRÓGENO PARA EL MUSEU PUEBLU DE Datos del documento: ASTURIES POR PROCEDIMIENTO ABREVIADO Emisor: SIMPLIFICADO CON CONDICIÓN MEDIOAMBIENTAL Fecha Emisor: 26/10/2026 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: RESOLUCIÓN ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO. Se formula propuesta de Resolución de la Presidencia de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (en adelante FMCEyUP) para proceder a la contratación del contrato de suministro de CM CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACION DE GRUPO ELECTRÓGENO PARA EL MUSEU PUEBLU DE ASTURIES POR PROCEDIMIENTO ABREVIADO SIMPLIFICADO CON CONDICIÓN MEDIOAMBIENTAL, que se extenderá por un período máximo de un mes desde el día siguiente a la formalización. SEGUNDO. Por resolución de la Presidencia de 20 de octubre 2026 se da comienzo al expediente de contratación con el objeto y alcance recogido en el informe previo de necesidad. El presente contrato resulta necesario para proceder a la adquisición de un grupo electrógeno para Museu del Pueblu d’Asturies, para disponer de una fuente de alimentación eléctrica de respaldo en caso de interrupción del suministro, garantizando el adecuado funcionamiento de las instalaciones del museo y en cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad aplicables. La incorporación de este equipo permitirá dotar al museo de una infraestructura técnica adecuada a sus necesidades de funcionamiento y contribuirá a mantener sus instalaciones en condiciones óptimas de servicio, cumpliendo así con la normativa vigente. La FMCEyUP, es un organismo autónomo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, que desarrolla los fines públicos que tiene atribuidos en sus Estatutos, aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, en sesión de 12 de febrero de 1993 (BOPA 16-III 1993), en las áreas de actividad del saber, la cultura y la educación, según lo señalado en el art. 3 de los mismos. Las áreas de actividad de la FMCEyUP que se ven afectadas por el presente contrato, se encuentran amparadas por la competencias municipales que la FMCEyUP desarrolla, por encomienda del Ayuntamiento de Gijón/Xixón a través de sus Estatutos, en el ejercicio de competencias propias que la legislación vigente atribuye a dicha entidad local el art. 25.2 m) de la Ley de Bases del régimen Local. La FMCEyUP carece de medios propios para satisfacer la necesidad objeto del contrato y no se estima adecuado contar con ellos de forma permanente, debido a su carácter puntual. Por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE 272, de 9 de noviembre de 2017), en adelante LCSP y tal como se justifica en la documentación obrante en el expediente, el contrato resulta necesario para el cumplimiento de los citados fines, y el objeto y contenido del mismo es idóneo para la satisfacción de las necesidades identificadas.

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