Contrato de suministro de diverso material de electricidad, ferretería, fontanería y calefacción para el mantenimiento de las instalaciones del Instituto Municipal de Deporte de Albacete (IMDA). EXP 160-2025
Objeto y condiciones del contrato
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete convoca la licitación «Contrato de suministro de diverso material de electricidad, ferretería, fontanería y calefacción para el mantenimiento de las instalaciones del Instituto Municipal de Deporte de Albacete (IMDA). EXP 160-2025», un contrato de suministros con un valor estimado de 63.586,16 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Albacete. Clasificación CPV: Materiales y accesorios eléctricos.; Materiales eléctricos.; Materiales de construcción.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 23 de junio de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Evaluación.
Plazo de presentación
RECOMENDACIÓN DE HORA DE PRESENTACIÓN: A efectos de la inexistencia de problemas de presentación de ofertas y todo ello como consecuencia del soporte técnico de la Plataforma de Contratación del Sector Público, se recomienda que la presentación de las ofertas se realice en el horario en el que la plataforma dispone de soporte técnico, siendo el mismo de lunes a jueves de 9:00 horas a 19:00 horas y viernes de 9:00 horas a 15:00 horas.
Requisitos de los licitadores
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Solvencia económica y financiera
7.1. ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS DEL LICITADOR o candidato en los tres últimos ejercicios disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen anual de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: 305.213,56 €, si se opta a todos los lotes. En el caso de optar a uno o varios lotes, se exigirá acreditar las siguientes cuantías: Ver cuadro pág 61 del PCAP. C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. Ver páginas 61 y 62 del PCAP.
Solvencia técnica o profesional
7.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: 7.2.1. EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: PRIMER CRITERIO. EXPERIENCIA: A) Criterio: EXPERIENCIA EN LA REALIZACION DE SUMINISTROS de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos 3 años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir, deber ser al menos por las cuantías siguientes: 47.477,66 € si se opta a todos los lotes. En el caso de optar a uno o varios lotes, se exigirá acreditar las siguientes cuantías: Ver cuadro pág 62 del PCAP. C) Medio de acreditación: Relación de suministros del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado en el curso de los 3 últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el art 89, apdo 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, relación de los principales suministros, en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. 7.2.2. EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a 5 años): UN ÚNICO CRITERIO: MEDIOS PERSONALES: a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa d) Principales razones de la imposición de este requisito: Es un criterio legal (art 90.1.b LCSP), que aportará un plus más en la calidad de las prestaciones objeto del contrato, ya que se encargará a nivel interno en la empresa de verificar y controlar que las prestaciones se ejecutan de una manera correcta, contribuyendo a una mejora en una de las fases que más preocupan en las licitaciones: fase de ejecución de los contratos. Pág 62 y 63 PCAP.
Condiciones de ejecución
Consideraciones de tipo medioambiental: A) DE TIPO MEDIO AMBIENTAL: Promoción del reciclado del producto y el uso de envases reutilizables. La entrega de los productos se llevará a cabo sin embalajes siempre que sea posible, o en el caso de que su uso sea necesario, los mismos serán de material reciclable a efectos de mejora de valores medioambientales y minimización de sus impactos negativos. Ver página 70 del PCAP.
Subcontratación
Si. Ver página 71 PCAP.
Prórrogas
Posibilidad de prórroga contractual: SI. 2 prórrogas de 1 año cada una. Ver página 47 del PCAP
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Lotes
4 lotes
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS.
10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS. En el presente contrato, que se realiza por precios unitarios, el precio total del contrato no es objeto de baja económica, ya que se tramita de conformidad con la Disposición Adicional 33 de la LCSP por precios unitarios, con un presupuesto máximo, en el que el número de entregas o prestaciones incluidas es orientativo sin que se defina con exactitud en el momento de celebrar el contrato, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, necesidades que no se pueden precisar con total exactitud. El licitador deberá presentar una proposición económica conforme al Anexo IV y V, donde se detallará el precio unitario ofertado para la adquisición de cada suministro, indicando el importe total económico resultante de multiplicar el precio unitario ofertado por el número de unidades. Se valorará con la máxima puntuación (100 puntos) a aquel licitador que, conforme a lo mencionado, proporcione un menor importe por el suministro de la totalidad del suministro y con ningún punto (0 puntos) a aquel que presente el mayor valor de adquisición. El resto de las ofertas recibirán puntuaciones proporcionales conforme a la aplicación de una regla de tres: Ver cuadro pág 64 del PCAP.
Las ofertas que superen el Presupuesto base de licitación serán excluidas del procedimiento de adjudicación de este contrato, al igual que aquellas en las que se supere alguno de los precios unitarios máximos indicados.
En la valoración de la oferta económica no se tomará en consideración la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido, y ello por aplicación de la normativa comunitaria y doctrina de órganos consultivos y del TACRC. Ver páginas 64 y 65 del PCAP.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS.
10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS. En el presente contrato, que se realiza por precios unitarios, el precio total del contrato no es objeto de baja económica, ya que se tramita de conformidad con la Disposición Adicional 33 de la LCSP por precios unitarios, con un presupuesto máximo, en el que el número de entregas o prestaciones incluidas es orientativo sin que se defina con exactitud en el momento de celebrar el contrato, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, necesidades que no se pueden precisar con total exactitud. El licitador deberá presentar una proposición económica conforme al Anexo IV y V, donde se detallará el precio unitario ofertado para la adquisición de cada suministro, indicando el importe total económico resultante de multiplicar el precio unitario ofertado por el número de unidades. Se valorará con la máxima puntuación (100 puntos) a aquel licitador que, conforme a lo mencionado, proporcione un menor importe por el suministro de la totalidad del suministro y con ningún punto (0 puntos) a aquel que presente el mayor valor de adquisición. El resto de las ofertas recibirán puntuaciones proporcionales conforme a la aplicación de una regla de tres: Ver cuadro pág 64 del PCAP.
Las ofertas que superen el Presupuesto base de licitación serán excluidas del procedimiento de adjudicación de este contrato, al igual que aquellas en las que se supere alguno de los precios unitarios máximos indicados.
En la valoración de la oferta económica no se tomará en consideración la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido, y ello por aplicación de la normativa comunitaria y doctrina de órganos consultivos y del TACRC. Ver páginas 64 y 65 del PCAP.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS.
10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS. En el presente contrato, que se realiza por precios unitarios, el precio total del contrato no es objeto de baja económica, ya que se tramita de conformidad con la Disposición Adicional 33 de la LCSP por precios unitarios, con un presupuesto máximo, en el que el número de entregas o prestaciones incluidas es orientativo sin que se defina con exactitud en el momento de celebrar el contrato, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, necesidades que no se pueden precisar con total exactitud. El licitador deberá presentar una proposición económica conforme al Anexo IV y V, donde se detallará el precio unitario ofertado para la adquisición de cada suministro, indicando el importe total económico resultante de multiplicar el precio unitario ofertado por el número de unidades. Se valorará con la máxima puntuación (100 puntos) a aquel licitador que, conforme a lo mencionado, proporcione un menor importe por el suministro de la totalidad del suministro y con ningún punto (0 puntos) a aquel que presente el mayor valor de adquisición. El resto de las ofertas recibirán puntuaciones proporcionales conforme a la aplicación de una regla de tres: Ver cuadro pág 64 del PCAP.
Las ofertas que superen el Presupuesto base de licitación serán excluidas del procedimiento de adjudicación de este contrato, al igual que aquellas en las que se supere alguno de los precios unitarios máximos indicados.
En la valoración de la oferta económica no se tomará en consideración la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido, y ello por aplicación de la normativa comunitaria y doctrina de órganos consultivos y del TACRC. Ver páginas 64 y 65 del PCAP.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS.
10.2.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) PRIMER Y UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS. En el presente contrato, que se realiza por precios unitarios, el precio total del contrato no es objeto de baja económica, ya que se tramita de conformidad con la Disposición Adicional 33 de la LCSP por precios unitarios, con un presupuesto máximo, en el que el número de entregas o prestaciones incluidas es orientativo sin que se defina con exactitud en el momento de celebrar el contrato, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, necesidades que no se pueden precisar con total exactitud. El licitador deberá presentar una proposición económica conforme al Anexo IV y V, donde se detallará el precio unitario ofertado para la adquisición de cada suministro, indicando el importe total económico resultante de multiplicar el precio unitario ofertado por el número de unidades. Se valorará con la máxima puntuación (100 puntos) a aquel licitador que, conforme a lo mencionado, proporcione un menor importe por el suministro de la totalidad del suministro y con ningún punto (0 puntos) a aquel que presente el mayor valor de adquisición. El resto de las ofertas recibirán puntuaciones proporcionales conforme a la aplicación de una regla de tres: Ver cuadro pág 64 del PCAP.
Las ofertas que superen el Presupuesto base de licitación serán excluidas del procedimiento de adjudicación de este contrato, al igual que aquellas en las que se supere alguno de los precios unitarios máximos indicados.
En la valoración de la oferta económica no se tomará en consideración la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido, y ello por aplicación de la normativa comunitaria y doctrina de órganos consultivos y del TACRC. Ver páginas 64 y 65 del PCAP.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
Documentación
18 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
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Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato