Memoria justificativa

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DOCUMENTO IDENTIFICADORES DA-Documento del expediente: 005_MEMORIA JUSTIFICATIVA CICAM 2027_2031 OTROS DATOS F E I l R d M o A c S umento ha sido firmado o aprobado por : ESTADO FIRMADO Código para validación: 5OV7O-232SP-9P7BZ 1.- Jefa de Servicio de Vigilancia y Control de Animales del AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA. Firmado 11/06/2026 24/06/2026 10:57 Fecha de emisión: 24 de Junio de 2026 a las 11:06:12 14:22 Página 1 de 3 MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS INTEGRAL DE GESTIÓN INTEGRAL, ACOGIDA, ATENCIÓN VETERINARIA Y MANTENIMIENTO DE LOS ANIMALES DEL CENTRO INTEGRAL CANINO DE MAJADAHONDA (CICAM), GESTIÓN INTEGRAL DE COLONIAS FELINAS El Ayuntamiento de Majadahonda, en el ejercicio de sus competencias en materia de protección animal, salubridad pública y bienestar animal, viene obligado a garantizar la atención de los animales abandonados, extraviados, desamparados o incautados, así como la gestión integral de las colonias felinas existentes en el término municipal. La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales atribuye a las administraciones públicas locales un papel esencial en la protección animal y en la gestión de colonias felinas, incluyendo la obligación de contar con centros públicos de protección animal, propios o concertados y configura el centro de protección animal como el establecimiento destinado al alojamiento y cuidado de animales extraviados, abandonados, desamparados o incautados, y define la gestión de colonias felinas como un procedimiento normalizado de alimentación, censo, programa sanitario y control poblacional CER. En el mismo sentido, la normativa de la Comunidad de Madrid exige la adopción de medidas efectivas para la recogida, custodia, protección y gestión de animales de compañía y colonias felinas. La Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, establece obligaciones específicas para los ayuntamientos en relación con la recogida de animales, su alojamiento en centros de acogida, la atención veterinaria, debiendo contar con un servicio de 24 horas de urgencia para la recogida y atención veterinaria de estos animales, ya sea propio, mancomunado o convenido. Asimismo, corresponderá a los Ayuntamientos recoger y hacerse cargo de los animales internados en residencias de animales que no hubieran sido retirados por sus propietarios en el plazo acordado y la gestión de colonias felinas, reforzando la necesidad de disponer de medios adecuados y permanentes para dar cumplimiento a tales previsiones. La recogida y alojamiento deberá llevarse a cabo por personal cualificado de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente y contará con medios especializados e instalaciones adecuadas. La Ley 4/2016, de 22 de julio, atribuye a los ayuntamientos en su art. 21 la puesta en marcha de medidas para el fomento de la adopción e incluso provisionalmente los Centros de acogida podrán otorgar la custodia provisional de animales sin dueño a particulares en régimen de acogida. Se gestiona también la adopción de los animales abandonados y vagabundos, fomentando que se haga de forma responsable. Así mismo se establece que corresponde a las entidades locales la gestión de gatos comunitarios, mediante gestión integral de colonias felinas, realizando el control poblacional de los gatos comunitarios con el fin de reducir progresivamente su población, manteniendo su protección como animales de compañía. La necesidad que se pretende cubrir mediante el presente contrato consiste en garantizar una prestación continuada, especializada y técnicamente adecuada para la gestión del Centro Integral Canino de Majadahonda (CICAM) y para la gestión integral de colonias felinas del municipio. Esta necesidad incluye, entre otras actuaciones, la recogida y custodia de animales, su alojamiento, alimentación, limpieza, observación sanitaria, atención veterinaria, esterilización, identificación, adopción, seguimiento y retorno, cuando proceda, así como la aplicación del método CER en colonias felinas. 1 ed ogidóc le etnaideM .ODAMRIF átse otnemucod lE .codamriF acitámrofni nóicacilpa al noc adareneg )25D6ABC3C1ADC25233328C455C7409CB9D453D17 ZB7P9-PS232-O7VO5 6987414 :feR( ocinórtcele otnemucod led aserpmi aipoc anu se atsE ?od.sotnemucoDracifirev/latrop/gro.adnohadajam.edes//:sptth :bew nóiccerid al ne sodamrif sotnemucod sol ed acinórtcele amrif al ed zedilav al raborpmoc edeup nóicacifirev DOCUMENTO IDENTIFICADORES DA-Documento del expediente: 005_MEMORIA JUSTIFICATIVA CICAM 2027_2031 OTROS DATOS F E I l R d M o A c S umento ha sido firmado o aprobado por : ESTADO FIRMADO Código para validación: 5OV7O-232SP-9P7BZ 1.- Jefa de Servicio de Vigilancia y Control de Animales del AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA. Firmado 11/06/2026 24/06/2026 10:57 Fecha de emisión: 24 de Junio de 2026 a las 11:06:12 14:22 Página 2 de 3 En el presente contrato se incluye como objeto también la atención a los perros de la unidad canina de Majadahonda y se mantiene otra necesidad administrativa fruto de la experiencia de los últimos años, incluida en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid como competencia municipal, que es la gestión ética de las colonias de gatos, consistente en la captura, esterilización, marcaje y suelta en colonia de origen de estos animales. El “CENTRO INTEGRAL CANINO DE MAJADAHONDA (CICAM)” se encuentra dado de alta como Centro Oficial de Recogida en el Registro de Centro de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid con el número ES2820002. Sin embargo, el Ayuntamiento de Majadahonda, no dispone del personal especializado suficiente, ni de los medios propios adecuados para dar una calidad óptima de servicio de acuerdo con la condición de “seres vivos dotados de sensibilidad” de que disfrutan los animales. Por este motivo, se hace necesario realizar un proceso de contratación teniendo en consideración el artículo 20 de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, que establece que las funciones de recogida y alojamiento podrán ser realizadas directamente por los servicios municipales competentes o por entidades privadas, preferentemente de defensa de los animales. El Ayuntamiento no dispone actualmente de medios personales y materiales suficientes para asumir con recursos propios la ejecución completa y permanente de estas funciones. La prestación exige personal especializado, disponibilidad continuada, medios veterinarios, instalaciones adecuadas, capacidad logística para recogidas urgentes y conocimiento técnico específico en bienestar animal y gestión de colonias felinas. En particular, la atención de un centro de protección animal requiere personal cualificado para el manejo de animales, limpieza y desinfección, custodia, control sanitario y tramitación de adopciones, mientras que la gestión de colonias felinas exige coordinación territorial, seguimiento de colonias, capturas seguras, esterilización y retorno, además de control de incidencias y colaboración con cuidadores autorizados. Estas funciones no pueden ser atendidas de forma estable y eficaz con los medios municipales actualmente disponibles, ni resultan compatibles con una prestación meramente ocasional o residual. Justificación de la contratación externa La contratación de este servicio se considera la alternativa más adecuada por razones de eficacia, continuidad y especialización técnica. La prestación requiere una organización profesional específica, con capacidad de respuesta inmediata y recursos materiales que exceden los disponibles en la estructura municipal ordinaria. La gestión indirecta mediante contrato de servicios permitirá asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales, la mejora del bienestar animal, la reducción del abandono, el control poblacional de colonias felinas y la atención adecuada de los animales recogidos o alojados en el centro. Además, permite incorporar personal y medios especializados sin necesidad de crear una estructura municipal permanente de mayor dimensión, evitando una carga organizativa y presupuestaria desproporcionada. Funciones que contratar: El contrato deberá abarcar, al menos, las siguientes prestaciones: • Gestión integral del Centro integral canino de Majadahonda (CICAM). • Recogida, traslado, alojamiento, custodia y cuidado de animales abandonados, extraviados o desamparados. • Limpieza, desinfección, mantenimiento y vigilancia sanitaria de las instalaciones. • Atención veterinaria básica y coordinación de urgencias. • Gestión de adopciones, acogidas y retornos, cuando proceda. • Gestión integral de colonias felinas mediante el método CER. • Censo, identificación, esterilización, seguimiento sanitario y control poblacional de colonias felinas. 2 ed ogidóc le etnaideM .ODAMRIF átse otnemucod lE .codamriF acitámrofni nóicacilpa al noc adareneg )25D6ABC3C1ADC25233328C455C7409CB9D453D17 ZB7P9-PS232-O7VO5 6987414 :feR( ocinórtcele otnemucod led aserpmi aipoc anu se atsE ?od.sotnemucoDracifirev/latrop/gro.adnohadajam.edes//:sptth :bew nóiccerid al ne sodamrif sotnemucod sol ed acinórtcele amrif al ed zedilav al raborpmoc edeup nóicacifirev DOCUMENTO IDENTIFICADORES DA-Documento del expediente: 005_MEMORIA JUSTIFICATIVA CICAM 2027_2031 OTROS DATOS F E I l R d M o A c S umento ha sido firmado o aprobado por : ESTADO FIRMADO Código para validación: 5OV7O-232SP-9P7BZ 1.- Jefa de Servicio de Vigilancia y Control de Animales del AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA. Firmado 11/06/2026 24/06/2026 10:57 Fecha de emisión: 24 de Junio de 2026 a las 11:06:12 14:22 Página 3 de 3 • Coordinación con cuidadores autorizados y con el servicio municipal competente. • Elaboración de partes, registros e informes de seguimiento. • La atención a los perros de la unidad canina de policía local de Majadahonda, cuando se encuentren alojados en el CICAM. Estas prestaciones responden al contenido material de las obligaciones legales derivadas de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales y de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid. Conclusión A la vista de lo expuesto, existe una necesidad pública cierta, actual y permanente de contratar un servicio especializado para la gestión del Centro Integral Canino de Majadahonda (CICAM) y de las colonias felinas del municipio. Asimismo, se constata la insuficiencia de medios personales y materiales del Ayuntamiento para prestar este servicio con recursos propios, por lo que resulta procedente promover el correspondiente expediente de contratación. En Majadahonda, a la fecha de su firma firmado electrónicamente. Fdo. María Luz López García Jefa de Servicio de Sanidad, Consumo y Vigilancia y Protección de Animales 3 ed ogidóc le etnaideM .ODAMRIF átse otnemucod lE .codamriF acitámrofni nóicacilpa al noc adareneg )25D6ABC3C1ADC25233328C455C7409CB9D453D17 ZB7P9-PS232-O7VO5 6987414 :feR( ocinórtcele otnemucod led aserpmi aipoc anu se atsE ?od.sotnemucoDracifirev/latrop/gro.adnohadajam.edes//:sptth :bew nóiccerid al ne sodamrif sotnemucod sol ed acinórtcele amrif al ed zedilav al raborpmoc edeup nóicacifirev