Informe de insuficiencia de medios
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## INFORME JUSTIFICATIVO DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS ADSCRITOS AL ÁREA DE GOBIERNO DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIA E IGUALDAD.
## Nº Expediente:
300/2026/00622
El presente informe se emite de conformidad con el artículo 116.4 apartado f) LCSP.
El presente contrato es un contrato servicios conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 9/17 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
El Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad cuenta con un conjunto de edificios adscritos para el cumplimiento de las competencias que tiene atribuidas. Estos edificios están destinados a diversos usos, entre los que destaca el uso administrativo, el educativo y la atención social directa a usuarios.
Para poder mantener estos edificios e instalaciones en las debidas condiciones higiénicas y sanitarias a fin de garantizar el confort y la seguridad y salubridad a los usuarios de los mismos, así como a sus trabajadores, es necesario llevar a cabo unas tareas de limpieza, tanto en cuanto al continente como al contenido de estos edificios.
El Ayuntamiento de Madrid no dispone de la categoría profesional de limpiadores/as, ni de maquinarias, ni medios técnicos auxiliares y materiales, por lo que al no contar con estos recursos se ve en la necesidad de contratar a algunas de las empresas especializadas del sector de la limpieza profesional.
Por ello, resulta necesario que los edificios adscritos al área de gobierno cuenten, mediante el contrato correspondiente, con un servicio de limpieza que garantice unas condiciones adecuadas de limpieza e higiene tanto para este tipo de usuarios como para el personal que trabaja en ellos.
A la vista de lo indicado, la externalización de la prestación de los servicios de limpieza en los edificios anteriormente citados resulta conveniente, beneficioso y necesario para esta Área de Gobierno.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de 15 de diciembre de 2016, del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueba la Instrucción 5/2016, relativa a los criterios de actuación en la contratación municipal, se cumple rigurosamente lo dispuesto en la Instrucción 5/2012, sobre servicios externos contratos por el Ayuntamiento de Madrid, así como las disposiciones establecidas en la Instrucción 9/2013 en materia de personal para la correcta gestión de los contratos de servicios a fin de evitar incurrir en supuestos de cesión ilegal de trabajadores, especialmente las instrucciones específicas establecidas en el apartado segundo de dicha Instrucción.
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Por lo anteriormente expuesto se justifica la necesidad de contratar con una empresa especializada en el sector, que aporte los recursos personales y materiales necesarios para realizar las actividades que constituyen el objeto de este contrato.
## Firmado electrónicamente
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
COORDINACIÓN DE LOS SERVICIOS Julia de la Cruz Carralero