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Pliego Técnico
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
TIPO DE CONTRATO:
Servicios
TRAMITACIÓN:
Anticipada
PROCEDIMIENTO:
Abierto b
## 1 ALCANCE DEL PLIEGO
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto describir los trabajos que han de ser materia del contrato de servicios y establecer las condiciones que han de servir de base para la realización de estos.
## 2 OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la prestación de los servicios de consultoría técnica integral al Distrito de Carabanchel para el correcto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Autoprotección, Prevención de Riesgos Laborales y Coordinación de Actividades Empresariales en los equipamientos y recintos al aire libre competencia del Distrito, y se concreta básicamente en los siguientes trabajos distribuidos en dos lotes:
LOTE 1 PLANES DE AUTOPROTECCIÓN Y MEDIDAS DE EMERGENCIA . Contempla la consultoría técnica integral en materia de autoprotección y prevención de riesgos laborales en los equipamientos y recintos al aire libre competencia del Distrito.
- Elaboración, implantación y seguimiento, en su caso, de Planes de Autoprotección o Medidas de Emergencia en los equipamientos y recintos al aire libre.
- Realización de cursos de formación en materia de evacuación de edificios y recintos en situaciones de emergencia, primeros auxilios y manejos de medios manuales de extinción.
- Preparación, realización y análisis de simulacros de evacuación.
LOTE 2 SEGURIDAD Y SALUD Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN OBRAS . Contempla la consultoría técnica integral en materia de prevención de riesgos, seguridad y salud y coordinación de actividades empresariales en obras en los equipamientos y recintos al aire libre competencia del Distrito.
- Elaboración de Estudios Básicos de Seguridad y Salud, o Estudios de Seguridad y Salud en las obras de construcción.
- Coordinación de la Seguridad y Salud tanto en fase de proyecto, como en fase de ejecución de las obras.
- Coordinación de actividades empresariales coincidentes en un mismo centro de trabajo.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
| Doc.: 6 | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES |
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## 3 PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN
Total: 2 años, desde el 1 de abril de 2026 o desde la fecha de formalización si ésta fuese posterior. Duración: 2 años desde la fecha de formalización.
## 4 EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE
En el ANEXO I de este pliego se relacionan los diferentes equipamientos con sus superficies en m 2 , así como los recintos al aire libre en los que se desarrollan eventos, ferias, festejos populares y mercadillos, con las superficies en m 2 de las instalaciones y situados previstos. Todos ellos competencia del Distrito, y sin perjuicio de los que puedan incorporarse o darse de baja durante la ejecución del contrato, así como las actuaciones que se prevea realizar después de ser aprobado el presente contrato, en función de la delegación de competencias.
## 5 CARACTERÍSTICAS Y DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS QUE EJECUTA EL DISTRITO
Para la realización de los trabajos en materia de Seguridad y Salud en obras de construcción, se tendrán en cuenta los diferentes contratos de obras o acuerdos marco de obras vigentes a lo largo de la duración del presente contrato, o aquellos otros que se puedan ejecutar en función de la delegación de competencias.
A los efectos de este contrato, las obras más habituales que se llevan a cabo por el Distrito son las siguientes:
- Rehabilitación, conservación y mantenimiento de los edificios de propiedad municipal que tenga adscritos; así como la conservación y mantenimiento de los colegios públicos.
- Construcción, gran reforma, conservación, rehabilitación y mantenimiento de instalaciones elementales deportivas o culturales al aire libre.
- Rehabilitación, conservación y mantenimiento de las instalaciones deportivas que tenga adscritas.
- Construcción, modificación y supresión de pasos de vehículos, reconstrucción de aceras y la ejecución de pequeñas actuaciones como consecuencia del traslado u otras modificaciones de quioscos y situados aislados de venta en la vía pública, actuaciones en ejecución subsidiaria que tengan por objeto la vía pública y otras actuaciones derivadas de la realización de fiestas populares, ferias y mercadillos que sean competencia del Distrito.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
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## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Redactar, planificar y ejecutar proyectos de renovación y acondicionamiento de pavimentos de vías y espacios públicos de la red local distrital, entendida como tal la definida en el planeamiento municipal como 'Red viaria local', a excepción del viario que forme parte de la Red Básica de Transportes, las vías o espacios singulares y las vías que constituyen límite de Distrito.
- Planificar, ejecutar y supervisar actuaciones de mejora y restauración, tales como las obras de rehabilitación, remodelación y mejora de las siguientes tipologías de espacios verdes contenidas en los Planes por Distritos del Plan de Infraestructura Verde y Biodiversidad de la ciudad de Madrid, incluidos los pavimentos del viario que se encuentren integrados en dichas tipologías: "Parques y jardines urbanos" que tengan una superficie inferior a 5.000 m2.', así como 'crear áreas infantiles, zonas de mayores, circuitos deportivos elementales y otros equipamientos tales como áreas caninas y zonas de ejercicio al aire libre, mediante la adquisición e instalación de sus correspondientes equipamientos, en los espacios verdes indicados
- Otras obras de similares características que figuren en el presupuesto de inversiones de la Junta Municipal, de acuerdo con los decretos de delegación de competencias vigentes en cada momento.
## 6 CARACTERÍSTICAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Al objeto de definir las condiciones para la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, se agrupan éstos por materias, según los siguientes anexos:
## ANEXO I
EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL
## ANEXO II
ELABORACIÓN, IMPLANTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE AUTOPROTECCIÓN O MEDIDAS DE EMERGENCIA. CURSOS DE FORMACIÓN Y SIMULACROS DE EVACUACIÓN.
## ANEXO III
SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
## 7 CONDICIONES DE REALIZACIÓN DEL SERVICIO
## 7.1 Recursos humanos y materiales
Para el desarrollo de las funciones se exige, como mínimo, el siguiente personal:
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## Para el Lote 1: PLANES DE AUTOPROTECCIÓN Y MEDIDAS DE EMERGENCIA
- -1 delegado de la empresa contratista
Se entiende por 'Delegado de la empresa contratista' (en adelante, 'Delegado'), la persona designada expresamente por la empresa adjudicataria, con la titulación de Arquitecto, Arquitecto técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico, y además la de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, al menos en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, y con una experiencia profesional mínima de diez (10) años, de los cuales al menos cinco (5) con experiencia en trabajos de redacción, implantación y seguimiento de planes de autoprotección, debiendo realizar las siguientes funciones:
- Ostentar la representación de la contrata cuando sea necesaria su actuación o presencia, así como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha de los trabajos.
- Organizar la ejecución de los trabajos e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas tanto del responsable del contrato designado por el Distrito, como de su Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana.
- Colaborar con el Distrito en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución de los trabajos.
La contrata deberá nombrar un sustituto del delegado, con el mismo perfil y experiencia exigidos a éste, actuando como Adjunto al Delegado en caso de ausencia o imposibilidad material de comunicación con aquél.
- -3 Técnicos expertos en Autoprotección y Prevención de Riesgos Laborales
Para el cumplimiento de los trabajos descritos en el Anexo II al presente pliego, la contrata debe acreditar un equipo mínimo de 3 Técnicos con titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, al menos en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, y con una experiencia mínima de 3 años en materia de autoprotección y prevención de riesgos laborales en los lugares de trabajo.
## Para el Lote 2: SEGURIDAD Y SALUD Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN OBRAS
- -1 delegado de la empresa contratista
Se entiende por 'Delegado de la empresa contratista' (en adelante, 'Delegado'), la persona designada expresamente por la empresa adjudicataria, con la titulación de Arquitecto, Arquitecto técnico, Ingeniero
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
| Doc.: 6 | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES |
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o Ingeniero Técnico, y además la de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, al menos en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, y con una experiencia profesional mínima de diez (10) años, debiendo realizar las siguientes funciones:
- Ostentar la representación de la contrata cuando sea necesaria su actuación o presencia, así como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha de los trabajos.
- Organizar la ejecución de los trabajos e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas tanto del responsable del contrato designado por el Distrito, como de su Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana.
- Colaborar con el Distrito en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución de los trabajos.
La contrata deberá nombrar un sustituto del delegado, con el mismo perfil y experiencia exigidos a éste, actuando como Adjunto al Delegado en caso de ausencia o imposibilidad material de comunicación con aquél.
## -3 Técnicos expertos en Seguridad y Salud en obras de construcción
Para el cumplimiento de los trabajos descritos en el Anexo III al presente pliego, la contrata debe acreditar un equipo mínimo de 3 Técnicos de Seguridad y Salud o Coordinadores, que deberán tener la titulación prevista en la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero técnico) y además la de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, al menos en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, y con una experiencia mínima de 3 años en materia de Seguridad y Salud Laboral en obras de construcción. A su vez, será requisito imprescindible estar inscritos en el registro oficial de coordinadores de seguridad y salud del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid.
Deberá contarse además con el personal administrativo y de delineación necesario para la realización de informes, planos, esquemas y croquis, y con los locales, y medios auxiliares de oficina para llevar a buen término los trabajos objeto del contrato, en ambos lotes.
La/s contrata/s aportarán todos los medios materiales a los trabajadores que sean necesarios para la realización del trabajo. En consecuencia, si por el número de planes de autoprotección a elaborar e implantar, cursillos de formación a impartir, número de obras a ejecutar por el distrito y/o número de reuniones de coordinación de actividades empresariales a realizar, fuera necesaria durante la ejecución
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
| Doc.: 6 | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES |
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del contrato la adscripción de un mayor número de medios personales para la prestación del servicio, se deberán adscribir los técnicos necesarios con el mismo perfil exigido.
La dotación mínima a los efectos de este contrato para cada uno de los lotes en el caso de resultar adjudicatarias dos empresas, será de una oficina administrativa dotada de medios telefónicos, equipos y aplicaciones informáticas, y servicio de mensajería, en el término municipal de Madrid o en términos municipales limítrofes.
Los medios humanos aportados por la/s contrata/s para la ejecución del contrato estarán sometidos al poder de dirección y organización (retribuciones, horarios, instrucciones, etc.) de la empresa contratista en todo ámbito y orden legalmente establecido. Será, por tanto, ésta la única responsable y estará obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y Tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid. Todo ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente corresponden al mismo.
Se subraya que, con carácter previo a la adjudicación, se exigirá al o los propuestos como adjudicatarios la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos referidos anteriormente, salvo que la misma conste en el Registro oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
Para acreditar la solvencia técnica requerida, se admitirá la siguiente documentación, para cada una las empresas adjudicatarias en su caso:
- 1.-Copias auténticas electrónicas de las titulaciones académicas del personal técnico y del Delegado de la empresa contratista.
- 2.Copias auténticas electrónicas de los títulos del personal técnico como Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, al menos en la especialidad de Seguridad Laboral.
- 3.-Copia auténtica electrónica de la inscripción en el Registro de Coordinadores del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid, en el caso de los expertos en Seguridad y Salud en obras de construcción, además del título mencionado en el apartado anterior.
- 4.-Curriculum Vitae del personal técnico y del Delegado de la empresa contratista.
- 5.-Declaración responsable del empresario licitador en el que se garantice la experiencia mínima exigida tanto al personal técnico como al Delegado de la empresa contratista.
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| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 7.2 Responsable municipal del contrato
A efectos del seguimiento de la ejecución del contrato, se propone como persona responsable del contrato por parte de la Administración al titular de la Jefatura de Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana, o Unidad Administrativa que la sustituya en caso de reorganización municipal, que actuará como interlocutor con el adjudicatario. En caso de ausencia, será sustituido por el/la titular del Departamento de Servicios Técnicos.
## 7.3 Dirección, seguimiento e inspección de los trabajos
Los trabajos se realizarán bajo la dirección y coordinación del Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana del Distrito de Carabanchel. A tal efecto, el órgano competente nombrará una persona como Responsable del contrato, quien designará a su vez los técnicos municipales del Departamento de Servicios Técnicos encargados de las tareas de dirección, seguimiento e inspección de los trabajos (en adelante 'la Dirección').
El Delegado o, en su defecto, el Adjunto al Delegado, será el interlocutor directo de la empresa adjudicataria con el Distrito a través del Responsable del contrato y de sus Servicios Técnicos para la prestación de los servicios contratados.
La Dirección de los trabajos desempeñará una función coordinadora y establecerá los criterios y líneas de la actuación de la contrata. A este fin, la/s contrata/s facilitarán la visita y examen de cualquier proceso o fase de los trabajos, así como lo medios necesarios para que se puedan desempeñar las citadas funciones. A tal fin, se mantendrán reuniones que servirán para supervisar el eficaz cumplimiento de todas las tareas programadas, así como plantear las incidencias y dificultades acontecidas a lo largo del desarrollo de los trabajos, pudiendo acordarse aquellas rectificaciones a los trabajos en ejecución que se consideren oportunas.
En caso de incumplimiento de las estipulaciones establecidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares, se comunicará por escrito a la/s empresa/s adjudicataria/s, haciendo constar la anomalía detectada, estando obligado a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en el servicio, so pena de la imposición de la penalidades o resolución del contrato en los términos previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
## 7.4 Conformidad de los trabajos y facturación
El abono al o los adjudicatarios en su caso, se realizará con arreglo a lo establecido en los artículos 198 y 199 de LCSP. Los pagos de los servicios efectuados se realizarán mediante la presentación de facturas mensuales conformadas por el Responsable del Contrato.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
Doc.:
6
## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
El importe de los trabajos se abonará a la contrata una vez hayan sido concluidos, previa conformidad y recepción de estos por parte de la Dirección.
La forma de pago del precio se realizará mensualmente, conforme a las prestaciones realmente ejecutadas en dicho periodo, de la siguiente manera:
A la finalización de cada mes se presentará factura acompañada de la relación de los trabajos realizados y/o recepcionados durante dicho período, según los diferentes componentes de la prestación, señalando el código de las unidades ejecutadas y su número, así como los precios unitarios e importes parciales por componentes. Sobre el total de estos importes, se aplicará el porcentaje de la baja ofertada. Obtenido ese importe como base imponible, se le aplicará el tipo de IVA vigente.
Los trabajos tarifados según unidades de tiempo (horas, meses, etc.), como los de seguimiento del Plan de Autoprotección en desarrollo de determinados eventos, se podrán facturar a mes vencido, teniendo la consideración de abonos a cuenta de la liquidación final de los trabajos.
Cada factura vendrá acompañada de cuanta documentación sea exigible según el PPTP en sus diferentes apartados y anexos.
El abono al adjudicatario de cada lote de las obligaciones derivadas del presente contrato se realizará con arreglo a lo establecido en el apartado 2.1 de la instrucción 2/2014 sobre aprobación de las certificaciones de obra, conformidad de facturas y tramitación de los expedientes de intereses de demora aprobada por Decreto de 25 de abril de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.
## 7.5 Propiedad de los trabajos
Los trabajos que se realicen en cualquiera de sus fases serán propiedad del Ayuntamiento de Madrid, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos.
Las empresas adjudicatarias no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de estos sin autorización escrita de la Administración. En todo caso las empresas adjudicatarias serán responsables de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
En ambos lotes, la contrata tendrá la obligación de proporcionar al Ayuntamiento todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos, a requerimiento de éste.
## 7.6 Ejecución y responsabilidad de las empresas contratistas
Según el artículo 311 2. de la Ley 9/2017, la empresa contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Las responsabilidades derivadas de las acciones de las empresas contratistas serán asumidas por estas o por las personas físicas que intervengan en la ejecución de los trabajos objeto del contrato. Las empresas contratistas serán responsables subsidiarias de las acciones de su personal relacionadas con el contrato.
Según el Decreto de 5 de octubre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción conjunta del titular de dicha Área de Gobierno y de la Gerente de la Ciudad sobre responsabilidad de los contratistas en las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, se recoge como una obligación específica de la contrata, vinculada a la realización de las prestaciones objeto de cada contrato, indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de su ejecución.
## 7.7 Recusación de los trabajos
El responsable municipal del contrato determinará si la prestación realizada por el contratista de cada lote se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho, como queda definido en el art. 311.3 de la LCSP.
## 7.8 Resolución del contrato
Son causas de resolución del contrato, además de las generales contenidas en el artículo 211 y las previstas en el artículo 313 de la Ley 9/2017, el traspaso no autorizado de información por cualquier
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| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
medio, de las empresas contratistas a terceros en materia objeto del contrato. Esta causa de resolución se considerará, a todos los efectos, como incumplimiento del contrato por culpa de la empresa contratista.
En ambos lotes, en el caso de resolución del contrato por causas imputables a la contrata, la fijación y valoración de los daños y perjuicios causados se verificará por la persona responsable del contrato y resolverá el órgano de contratación previa audiencia de la empresa contratista.
## 8 PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS
Con carácter semestral, a la vista de las necesidades establecidas por el Distrito, éste trasladará al adjudicatario de cada lote una relación de los trabajos a ejecutar en el semestre. Las empresas contratistas, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de dicha relación, elaborarán y presentarán un Programa-calendario para la realización de los trabajos objeto del contrato en dicho periodo, señalando los medios personales y materiales dedicados, las fases de realización, plazos de ejecución y compromiso de entrega de estos.
Dicho Programa-calendario se entregará para su aprobación por el órgano de contratación o persona en quien delegue, quien resolverá sobre él dentro de los 10 días siguientes a su presentación, pudiendo imponer al programa de trabajos presentado la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato.
No obstante, lo manifestado en el párrafo anterior, en cualquier momento podrán entregársele a los adjudicatarios órdenes escritas de trabajos urgentes o imprevistos, no contemplados en el programa semestral, que deberán comenzarse en el plazo máximo de 10 días a partir de ser recibida la citada orden, a no ser que se señale un plazo distinto en la misma, señalando, asimismo, el plazo para su realización y entrega.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día del Programa-calendario afectado por las modificaciones.
## 9 GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.
Las empresas contratistas están obligadas a satisfacer los gastos siguientes:
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- -Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares.
- -Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, descuentos y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
- -Cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la correcta ejecución del contrato.
## 10 CLÁUSULAS SOCIALES
De conformidad con lo establecido en la Instrucción 1/2016 relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal, aprobada por Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, se incorporan como cláusulas sociales de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria, las siguientes:
## 10.1 Especificaciones técnicas
1. Los trabajos objeto del presente contrato se desarrollarán respetando las normas socio-laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.
2. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
3. Los adjudicatarios tienen la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
Asimismo, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
- La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a las actividades contratadas.
- La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.
- El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.
Las empresas adjudicatarias deberán acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la siguiente documentación:
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
|--------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
Doc.:
6
## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Además del justificante de entrega de equipos, deberá aportarse el documento de Evaluación de Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva correspondiente a las actividades contratadas, así como los documentos justificativos de la formación e información preventiva recibida por las personas adscritas a la ejecución del contrato.
4. Las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato deberán estar afiliadas y en situación de alta en la Seguridad Social.
A efectos de acreditar el cumplimiento de esta obligación, las empresas adjudicatarias deberán presentar al inicio de la ejecución del contrato, una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato están afiliadas y en situación de alta en la Seguridad Social.
En todo caso, el Ayuntamiento podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.
## 10.2 Condiciones especiales de ejecución
Para la ejecución del presente contrato se establece como condiciones especiales de ejecución en cada uno de los lotes, las siguientes:
- a) La empresa adjudicataria designará una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en materia de seguridad y salud laboral (distinta del personal mínimo exigido en la cláusula 7.1), para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles en relación con el personal destinado a la ejecución del contrato, así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito.
Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución, la empresa adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, deberá comunicar a la persona Responsable del contrato la persona de contacto designada. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona Responsable del contrato un informe detallado sobre las actuaciones realizadas por aquélla, con determinación de su contenido y alcance.
- b) Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe final de impacto de género del contrato, conforme al modelo que figura como Anexo V del presente pliego, con la evaluación de las intervenciones planificadas, que se remitirá también a la Dirección General de Igualdad.
## 10.3 Control y supervisión de la ejecución de las cláusulas sociales
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
|--------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
Doc.:
6
## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
En cada lote, la persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación supervisará de forma periódica el cumplimiento de las obligaciones que en relación con las cláusulas sociales generales y las condiciones especiales de ejecución se han impuesto directamente a la empresa adjudicataria en el presente pliego.
Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.
## 11 NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN
Será de aplicación toda la normativa vigente sobre Autoprotección y Prevención de Riesgos Laborales, así como sus posibles modificaciones o actualizaciones, y aquella otra que pudiera promulgarse durante la vigencia del presente contrato, y entre otras:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Real decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales en materia de Coordinación de Actividades Empresariales.
- Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
- Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.
- Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
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## Doc.: 6 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
- Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
## 12 CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
En la realización de las tareas descritas en el contrato consistentes en la prestación de servicios de consultoría técnica integral en materia de autoprotección, prevención de riesgos laborales y coordinación de actividades empresariales, en los equipamientos y recintos al aire libre competencia del Distrito de Carabanchel, no se tratarán datos de carácter personal por parte de la empresa adjudicataria, por lo que no se encuadra entre los contratos de prestación de servicios con tratamiento de datos por cuenta de terceros que regula Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, por lo que no precisa de informe de Protección de Datos ni cláusulas al respecto.
## María Soledad Campo Loarte
Jefa de Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
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## ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## ANEXO I
## EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL 1 OBJETO DEL ANEXO
El presente anexo tiene por objeto reflejar el listado de equipamientos y recintos al aire libre competencia del Distrito, en los que llevar a cabo la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato.
| EQUIPAMIENTOS | EQUIPAMIENTOS | EQUIPAMIENTOS | SUPERFICIES DE MANTENIMIENTO | SUPERFICIES DE MANTENIMIENTO | SUPERFICIES DE MANTENIMIENTO |
|-----------------|----------------------------------------------------------|----------------------------------------------------|--------------------------------|--------------------------------|--------------------------------|
| Tip o | Nombre | Dirección | M2 construido s | M2 espacio libre de parcela | M2 zona verde |
| EDIFICIOS | EDIFICIOS | | | | |
| 1 | EDIFICIO SEDE DE LA JUNTA MUNICIPAL DISTRITO CARABANCHEL | Plaza Carabanchel, 1 | 2.544 | 40 | |
| 2 | OFICINA LÍNEA MADRID-ATENCIÓN AL CIUDADANO | Avda. Plaza de Toros, 17 | 954 | | |
| 3 | BIBLIOTECA LA CHATA | C/ General Ricardos, 252 B | 2.324 | 457 | |
| 4 | BIBLIOTECA DE CARABANCHEL | C/ Hermanos del Moral, 15 | 245 | 9 | |
| 5 | CENTRO CULTURAL LÁZARO CARRETER | C/ Josefa Fdez. Buterga, 9 c/v C/ de la Verdad, 29 | 4.368 | 726 | 265 |
| 6 | CENTRO SOCIOCULTURAL CARABANCHEL ALTO (Carácter Juvenil) | C/ Alfonso Fernández, 23 | 897 | 307 | |
| 7 | CENTRO SOCIOCULTURAL FEDERICO GARCÍA LORCA | C/ Eugenia de Montijo, 105 | 1.514 | 82 | |
| 8 | CENTRO SOCIOCULTURAL OPORTO | Avda. de Oporto, 78 c/v Cº Viejo Leganés, 72 | 1.321 | 233 | 93 |
| 9 | CENTRO SOCIOCULTURAL SAN FRANCISCO-LAPRENSA | C/ Aliseda, 4 | 1.878 | | |
| 10 | CENTRO SOCIOCULTURAL BLASCO IBÁÑEZ | C/ Soldado José Mª Rey, 44 | 530 | 26 | |
| 11 | CENTRO DE DÍA DE ENFERMOS DE ALZHEIMER AURORA VILLA | C/ Mercedes Arteaga, 18 | 1.475 | | 113 |
| 12 | CENTRO DE DÍA ENFERMOS ALZEHIMER LA MAGDALENA | C/ Monseñor Oscar Romero, 75 | 955 | 246 | 1.058 |
| 13 | CENTRO DE ATENCIÓN A LA MUJER MARÍA DE MAEZTU | C/ Comandante Fontanes, 8 | 1.910 | 469 | |
| 14 | CENTRO DE MAYORES ENRIQUE TIERNO GALVÁN | C/ Carrero Juan Ramón, 24 c/v Alfonso Mtnez Conde | 819 | 234 | 20 |
| 15 | CENTRO DE MAYORES Y DÍA FRANCISCO DE GOYA | C/ Alfredo Aleix, 3 | 2.818 | 566 | 24 |
| 16 | CENTRO DE MAYORES Y S. SOCIALES MONSEÑOR OSCAR ROMERO | C/ Monseñor Oscar Romero, 42 | 2.716 | 274 | 113 |
| 17 | CENTRO DE MAYORES ROGER DE FLOR | Pza. Roger de Flor, 15 | 1.029 | | 234 |
| 18 | CENTRO DE MAYORES Y DÍA SAN VICENTE DE PAÚL | C/ Portalegre, 69-B - c/ Benito Prieto, 16 | 3.354 | | |
| 19 | CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES ELÍPTICA | C/ Évora, 9 | 370 | 480 | 1.592 |
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
|--------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
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## ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
| 20 | CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES ZAIDA | C/ Zaida, 36 | 2.209 | 651 | 250 |
|----------------------------------------------|----------------------------------------------------|--------------------------------------|---------|--------|-------|
| 21 CASETA Y REJAS PUERTA BONITA | 21 CASETA Y REJAS PUERTA BONITA | C/ General Ricardos, 173 | 24 | | |
| 22 USO PROVISIONAL SOLAR CARONTE | 22 USO PROVISIONAL SOLAR CARONTE | C/. Caronte, 6-10 | 103 | 9.038 | 80 |
| 23 CSS VISTA ALEGRE | 23 CSS VISTA ALEGRE | C/. Eduardo Morales, 28 | 4.627 | 633 | 100 |
| 24 CENTRO DE EMPLEO | 24 CENTRO DE EMPLEO | Avda. de Carabanchel Alto, 52 | 336 | 200 | 37 |
| 25 BIBLIOTECA ANA MARÍA MATUTE | 25 BIBLIOTECA ANA MARÍA MATUTE | C/. Antonio Vico, 3 | 3.358 | 661 | 270 |
| 26 EDIFICIO AUXILIAR JUNTA | 26 EDIFICIO AUXILIAR JUNTA | C/. Albox, 8 | 1.100 | 818 | 560 |
| 27 LOCAL BESOLLA | 27 LOCAL BESOLLA | C/. Besolla, 26 | 303 | | |
| | | TOTAL EDIFICIOS | 44.081 | 16.150 | 4.809 |
| EDUCATIVO | EDUCATIVO | | | | |
| 1 CPEE INMACULADA CONCEPCIÓN | C/ Saldaña, 30 | | 1.235 | 752 | 48 |
| 2 CEIP ANTONIO MACHADO | | C/ Allariz, 3 | 6.603 | 4.462 | 2.798 |
| 3 CEIP ARCIPRESTE DE HITA | | C/ Antonio Moreno, 25 | 1.614 | 1.753 | |
| 4 | CEIP CAPITÁN CORTÉS | C/ Monseñor Oscar Romero, 17 | 3.428 | 1.534 | 80 |
| 5 CEIP CONCEPCIÓN ARENAL | C/ Antonio López, | 1 | 4.931 | 1.957 | 8 |
| 6 CEIP GONZALO DE BERCEO I | | Av. de Abrantes, 5 | 1.539 | 4.527 | 337 |
| 7 CEIP GONZALO DE BERCEO II | C/ Portalegre, | 79 | 1.812 | 3.765 | 24 |
| 8 CEIP HAITÍ | | C/ Guabairo, 22 B | 3.788 | 3.108 | |
| 9 CEIP ISAAC PERAL | Pza. Rufino | Novalvos, 5 | 3.317 | 2.706 | 455 |
| 10 CEIP CEIP JULIÁN BESTEIRO | | Av. Abrantes, 79 | 3.987 | 3.141 | |
| 11 CEIP LOPE DE VEGA | C/ Inglaterra, | 8 | 3.262 | 4.221 | 947 |
| 12 CEIP MIGUEL SERVET | | C/ Fragata, 33 | 3.689 | 3.024 | 88 |
| 13 CEIP PARQUE EUGENIA DE MONTIJO | C/ Jacobinia, 48 | | 1.216 | 4.851 | 268 |
| 14 CEIP | PERÚ | C/ Baleares, 18 | 9.438 | 9.031 | 725 |
| 15 | CEIP PINAR DE SAN JOSÉ | C/ Patrimonio de la Humanidad, 39 | 6.361 | 8.825 | 2.645 |
| 16 CEIP REPÚBLICA DE COLOMBIA | Pza. Alloz, 3 (Caparroso, | 27 y Pza. Alloz s/n) | 4.209 | 5.536 | 77 |
| 17 CEIP REPÚBLICA DEL | ECUADOR | C/ Valle de Oro, 41 | 4.170 | 6.741 | 493 |
| 18 CEIP REPÚBLICA | DOMINICANA | C/ Ronda de Don Bosco, 2 | 1.685 | 760 | 20 |
| 19 CEIP SAN IGNACIO DE | LOYOLA | Av. Abrantes, 1 | 1.569 | 4.175 | 140 |
| 20 | CEIP MAESTRO PADILLA | Av. de la Peseta, 112 y 114 | 6.235 | 8.378 | 2.979 |
| 21 ESCUELA DE MÚSICA MUNICIPAL ISAAC ALBÉNIZ | | C/ Lonja de la Seda, 4 | 2.925 | | |
| 22 | ESCUELA INFANTIL AMAPOLAS | C/ Óbolo, 14 | 1.538 | 917 | 464 |
| 23 | ESCUELA INFANTIL LA PATRIA CHICA | C/ Patrimonio de la Humanidad, 31 | 1.957 | 903 | 68 |
| 24 | CENTRO DE APOYO SOCIOEDUCATIVO ADOLESCENTES (ASPA) | C/ Patrimonio de la Humanidad, 31-33 | 588 | | |
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
|--------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
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## ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
| | | TOTAL CENTROS EDUCATIVOS | 81.096 | 85.067 | 12.66 4 |
|-----------|------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------|-----------|-----------|-----------|
| DEPORTIVO | DEPORTIVO | DEPORTIVO | DEPORTIVO | DEPORTIVO | DEPORTIVO |
| 1 | Auditorio al aire libre PARQUE EMPERATRIZ MARÍA DE AUSTRIA | C/ Vía Lusitana, 19 | | 840 | |
| 2 | Auditorio al aire libre PARQUE DE LA PESETA | Avenida de la Peseta, 47 | | 3.461 | |
| 3 | CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL LA MINA | C/ Monseñor Oscar Romero, 41 | 6.039 | 11.509 | 8.300 |
| 4 | CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL FRANCISCO FERNÁNDEZ OCHOA | C/ Catorce Olivas, 1 | 12.600 | 19.862 | 4.212 |
| 5 | CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL ANTIGUO CANÓDROMO | C/ Vía Carpetana, 57 | 2.777 | 9.110 | 11.65 0 |
| 6 | I.D.M. Básica Campo de Fútbol SAN MARTÍN DE PORRES | Pº Ermita del Santo, 79 (Pq. San Isidro) | 131 | 6.009 | |
| 8 | I.D.M. Básica LOS POBLADOS | Av. Los Poblados c/v Vía Lusitana | 270 | 18.327 | 17.19 0 |
| 9 | I.D.M. Básica PARQUE COMILLAS | C/ Antonio de Leyva, 35 B | 99 | 3.917 | |
| 10 | I.D.M. Básica PARQUE EUGENIA DE MONTIJO | C/ Parque Eugenia de Montijo s/n | 162 | 10.445 | 602 |
| 11 | I.D.M. Básica PARQUE SAN ISIDRO (GORRIÓN) | C/ Gorrión, 36 | 132 | 9.259 | 369 |
| 12 | I.D.M. Básica VÍA LUSITANA | Av. Vía Lusitana, 19 (Parque Sur) | 316 | 16.095 | 1.252 |
| 13 | I.D.M. Básica ALISEDA | C/ Aliseda c/v calle Real Betis | | 820 | 320 |
| 14 | I.D.M. Básica ARROYO OPAÑEL | C/ Arroyo de Opañel, 1 | | 657 | 243 |
| 15 | I.D.M. Básica BELZUNEGUI | Plaza de Alloz, 4 | | 589 | |
| 16 | I.D.M. Básica C. F. SANTA RITA | C/ Alba de Tormes, 2 | | 6.830 | 325 |
| 17 | I.D.M. Básica CAMINO VIEJO DE LEGANÉS | C/ Camino Viejo de Leganés, 179 B | | 1.165 | |
| 18 | I.D.M. Básica CARONTE | C/ Caronte, 4 | | 1.450 | |
| 19 | I.D.M. Básica HORNERO | C/ Hornero, 1 | | 840 | |
| 20 | I.D.M. Básica ISABEL PATACÓN | C/ Isabel Patacón, 7 | | 2.607 | 243 |
| 21 | I.D.M. Básica IVÁN DE VARGAS | Travesía Iván de Vargas, 4 | | 1.725 | |
| 22 | I.D.M. Básica JACINTO VERDAGUER | C/ La Verdad, 2 | | 2.536 | |
| 23 | I.D.M. Básica JULIÁN GONZÁLEZ | C/ Julián González, 4 | | 591 | |
| 24 | I.D.M. Básica LONJA DE LA SEDA | C/ Lonja de la Seda, 32 (Parcela 2.1 PAU) | | 2.709 | |
| 25 | I.D.M. Básica LOS MORALES | C/ Los Morales, fte. 31-33 (Parcela 3.16.2 PAU) | | 608 | |
| 26 | I.D.M. Básica LOS MORALES PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD-I | C/ Patrimonio de la Humanidad, 37 (Par 3.10.4 PAU) | | 1.012 | |
| 27 | I.D.M. Básica LOS MORALES PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD-II | C/ Los Morales c/v Patrº Hdad., 27 (Par3.11.3 PAU) | | 340 | |
| 28 | I.D.M. Básica LOS MORALES PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD-III | C/ Patrimonio de la Humanidad, 17 (Par 3.12.3 PAU) | | 1.100 | |
| 29 | I.D.M. Básica MARÍA DE AUSTRIA | Parque Emperatriz María de Austria (Parque Sur) | | 1.550 | 220 |
| 30 | I.D.M. Básica MARÍA INMACULADA | Camino de las Cruces, 5 | | 1.160 | 10 |
| 31 | I.D.M. Básica MERCEDES ARTEAGA | C/ Mercedes Arteaga c/v San Pantaleón | | 1.519 | |
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
|--------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
Doc.:
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ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
| 32 | I.D.M. Básica PARQUE DE SAN ISIDRO (Vicente Quesada) | C/ Vicente Quesada, 4 (Pq. San Isidro) | | 1.936 | |
|------------------------|--------------------------------------------------------|------------------------------------------------|---------|----------|---------|
| 33 | I.D.M. Básico PEDRO YAGÜE | C/ Pedro Yagüe, 11 | | 693 | |
| 34 | I.D.M. Básica PIEDRAHITA | c/ Piedrahita, 34 | | 3.687 | |
| 35 | I.D.M. Básica TERCIO TEROL | C/ Tulga, 2 c/v Chindasvinto | | 525 | |
| 36 | I.D.M. Básica UVA PAN BENDITO | C/ Belzunegui s/n | | 4.130 | 10 |
| 37 | I.D.M. Básica VIRGEN DE LOS REMEDIOS | C/ Antonio López, 27-31, fte. Madrid Río | | 2.181 | |
| 38 | I.D.M. Básica CIRCUITO BMX Y RADIO CONTROL PARQUE SUR | Av. Vía Lusitana, 19 (Parque Sur) | | 2.582 | |
| 39 | I.D.M. Básica ROCÓDROMOPARQUE SUR | C/ Carranque fte. nº 18 | | 331 | |
| 40 | I.D.M. Básica CAZALEGAS | C/ Cazalegas, nº 9 c/v Mazarambroz | | 440 | |
| 41 | I.D.M. Básica PARQUE DE LAS CRUCES | Av. de los Poblados s/n (Parque de las Cruces) | 404 | 13.438 | |
| | IDM BASICA CARLOS DEL COSO | | | | |
| 42 | I.D.M. Básica ONTANILLA | Av. de los Poblados c/v C/ Ontanilla | 168 | 5.704 | |
| 43 | I.D.M. Básica PIQUEÑAS | C/ Pinar de San José c/v C/ de la Torta | | 9.733 | |
| 44 | I.D.M. Básica PUENTE DE PRAGA | Av. Manzanares c/v C/ San David | 166 | 3.195 | 3.192 |
| 45 | I.D.M. Básica ROC-30 | Av. Manzanares, 108 | 592 | | |
| | | TOTAL INSTALACIONES DEPORTIVAS | 23.856 | 187.21 7 | 48.13 8 |
| RECINTOS AL AIRE LIBRE | RECINTOS AL AIRE LIBRE | | | | |
| 1 Recinto | Ferial de SAN ISIDRO | Parque de San Isidro | 19.237 | | |
| 2 | Recinto Ferial de SAN PEDRO | Parque de Las Cruces | 1.159 | | |
| 3 | Reinto Ferial PESETA | Parque de la Peseta | 2.205 | | |
| 4 | Recinto Ferial de SANTIAGO 1 | Parque de La Patilla | 1.553 | | |
| 5 | Recinto Ferial de SANTIAGO 2 | Plaza de Carabanchel | 1.550 | | |
| 6 | Recinto Ferial SVP | Plaza San Vicente de Paúl | 70 | | |
| 7 | Mercadillo de VALLE DE ORO | Glorieta Valle de Oro | 144 | | |
| 8 | Mercadillo de VÍA LUSITANA | Av. Vía Lusitana | 2.278 | | |
| 9 | Mercadillo de LAS CRUCES | Camino de las Cruces | 520 | | |
| 10 | Mercadillo de GORRIÓN | Calle Gorrión | 714 | | |
| | | TOTAL RECINTOS AL AIRE LIBRE | 29.430 | 0 | 0 |
| | | M2CONSTRUIDOS / puestos | 178.462 | | |
| | DATOS TOTALIZADOS DE SUPERFICIES | M2ESPACIO LIBRE DE PARCELA | | 288.43 4 | |
| | | M2ZONA VERDE | | | 65.61 1 |
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2028 |
| Doc.: 7 | ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES |
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
Doc.:
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## ANEXO II
## LOTE 1: ELABORACIÓN, IMPLANTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE AUTOPROTECCIÓN O MEDIDAS DE EMERGENCIA. CURSOS DE FORMACIÓN Y SIMULACROS DE EVACUACIÓN.
## 1 OBJETO DEL ANEXO
El presente anexo tiene por objeto establecer las condiciones para la realización de los trabajos de elaboración o actualización de los planes de autoprotección, conforme a lo establecido en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia (NBA2007), así como de las medidas de emergencia que se establecen en el artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Es igualmente objeto de este anexo, establecer las condiciones para la realización de la implantación de dichos documentos, la realización de los simulacros de evacuación en situaciones de emergencia, y la impartición de la formación básica teórico/práctica para los integrantes de los equipos de emergencia y trabajadores de los centros.
## 2 CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos incluidos en el presente contrato son:
1. Levantamiento actualizado de los planos de los edificios o recintos al aire libre cuando éstos no existan en los archivos municipales.
2. Elaboración o actualización de planes de autoprotección o medidas de emergencia de cada uno de los edificios o recintos al aire libre que así consten en este pliego, conforme a la NBA2007.
3. Elaboración de ficha con el contenido que requiere el Registro establecido en el ANEXO IV del RD 393/2007.
4. Elaboración, enmarcado e instalación de los planos de evacuación 'Usted está aquí', tanto los que resulten de la nueva elaboración de los documentos de autoprotección o emergencia, como de los afectados por variaciones derivadas de la actualización de los documentos, en número tal, que queden todas las zonas de los edificios cubiertas por ellos.
5. Presentación y seguimiento de los planes de autoprotección hasta su informe favorable, en su caso, por el departamento competente de la Subdirección General de Bomberos.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
## Doc.: 8 ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
6. Estudio de adaptación a la normativa de protección contra incendios en los edificios en los que se elabora o actualiza el Plan de Autoprotección o Medidas de Emergencia, con indicación de las medidas correctoras a adoptar en el edificio, así como estimación económica de las mismas.
7. Impartición de cursos de formación específica teórico/práctica al personal asignado al Plan de Autoprotección o Medidas de Emergencia de cada centro o recinto objeto del contrato en materia de prevención de incendios, manejo de medios de protección y extinción y primeros auxilios.
8. En todos los centros y/o recintos al aire libre objeto del presente contrato se realizarán las siguientes actuaciones:
4. Realización de una sesión de formación general de al menos 1 hora de duración.
5. Preparación y realización de un simulacro de emergencia en cada uno de los centros y/o recintos al aire libre.
## 2.1 Trabajos previos
La empresa contratista deberá realizar, por medios propios o mediante casas especializadas, los oportunos trabajos que servirán de base para la posterior elaboración o actualización de cada uno de los planes de autoprotección o medidas de emergencia. Entre ellos, y de ser preciso, el levantamiento planimétrico de estado actual de los edificios o recintos al aire libre cuando éste no exista en los archivos municipales.
Además de lo anterior, el contratista recabará cuanta información complementaria sea necesaria para el planteamiento del objeto de cada trabajo de elaboración, actualización, adecuación a la normativa de seguridad contra incendios e implantación de los planes de autoprotección.
El Ayuntamiento facilitará el acceso a los edificios y recintos, así como a cuanta documentación relativa a los mismos obre en su poder, entre ella los planes de autoprotección o medidas de emergencia de los edificios y recintos al aire libre objeto del contrato, siendo por cuenta del contratista la obtención de aquella otra que, siendo precisa, no se encuentre disponible.
Todas las visitas que deban realizar los técnicos de la empresa adjudicataria a los edificios y recintos, se harán, de estimarse oportuno, acompañados por la persona o personas designadas al efecto, las cuales facilitarán el acceso a todas las dependencias.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
Doc.:
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 3 ALCANCE Y CONTENIDO DE LOS PLANES DE AUTOPROTECCIÓN Y MEDIDAS DE EMERGENCIA
Los planes de autoprotección elaborados deberán cumplir las determinaciones establecidas en la NBA2007 y se estructurarán con el contenido que figura en su ANEXO II. Deberán igualmente obtener informe favorable, en su caso, del Departamento de Inspecciones y Proyectos de la Subdirección General de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.
El Ayuntamiento podrá optar por la redacción de un Plan de Autoprotección para aquellos edificios o recintos al aire libre que lo crea necesario, aunque no se encuentren dentro de las actividades recogidas en el catálogo del Anexo I del R.D. 393/2007.
En el resto de los casos, y para garantizar la seguridad de trabajadores y visitantes, se redactarán unas Medidas de Emergencia para el edificio o recinto al aire libre, cuyo contenido deberá ser el recogido en el Capítulo VI del Anexo II del mencionado Real Decreto que hace referencia al Plan de Actuación ante Emergencias.
## 3.1 Contenido del Plan de Autoprotección
La documentación de los planes constará como mínimo de 9 capítulos y seguirá el siguiente esquema:
Capítulo nº 1: Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad:
- Dirección, actividad, nombre, teléfono y fax
- Nombre, teléfono y fax del titular de la actividad
- Nombre, teléfono y fax del director del plan de autoprotección y del director del plan de actuación de emergencia (si no es el mismo).
Capítulo nº 2: Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla.
- Descripción de actividades
- Descripción del centro, dependencias, superficies, usos, etc.
- Clasificación y descripción de usuarios (ocupación y horario real y ocupación teórica de cálculo (según el uso)).
- Descripción del entorno, edificios colindantes.
- Descripción de los accesos, condiciones de accesibilidad.
- Documentación gráfica:
- Plano de situación (escala grande)
- Plano de plantas con instalaciones y áreas.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Capítulo nº 3: Inventario, análisis y evaluación del riesgo.
- Descripción y localización de elementos de riesgo
- Evaluación del riesgo de las instalaciones
- Personal, ubicación, cuantificación (trabajadores o no).
- Documentación gráfica:
- Ubicación de las zonas de riesgo.
Capítulo nº 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección.
- Inventario de medios materiales y humanos
- Medidas a tener en cuenta
## Documentación gráfica:
- Ubicación de los medios materiales
- Planos de recorridos de evacuación, con el número de personas a evacuar y los puntos de encuentro (áreas de confinamiento).
- Planos de compartimentación o sectores de riesgo.
Capítulo nº 5: Programa de mantenimiento de las instalaciones.
- Descripción del mantenimiento preventivo de las instalaciones de riesgo.
- Descripción del mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección.
- Realización de las investigaciones de seguridad.
- Documentación adjunta: cuadernillo de hojas numeradas donde queden reflejadas las operaciones de seguridad.
Capítulo nº 6: Plan de actuación en caso de emergencia.
- Identificación y clasificación de las emergencias según:
- Tipo de riesgo
- Gravedad
- Ocupación y medios humanos
- Procedimientos de actuación ante emergencias:
- Detección y alerta
- Mecanismos de alarma (comunicación)
- Mecanismos de respuesta (el plan en sí)
- Evacuación
- Prestación de primeras ayudas
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Recepción de ayudas externas.
- Identificación y funciones de las personas y equipos y del Responsable de la puesta en marcha del plan.
Capítulo nº 7: Integración del plan de autoprotección en otros de ámbito superior.
- Protocolos de notificación de emergencias
- Coordinación entre la empresa y Protección Civil
- Colaboración entre la empresa y Protección Civil
Capítulo nº 8: Implantación del Plan de Autoprotección.
- Identificación del responsable del plan
- Programa de formación y capacitación a los Equipos de Emergencia con participación activa en el Plan de Autoprotección
- Programa de formación e información a todos sobre el Plan de Autoprotección
- Programa de información general para los usuarios
- Señalización y normas para visitantes
- Programa de dotación y adecuación de los medios materiales y recursos.
Capítulo nº 9: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección.
- Programa de reciclaje de la formación (cada vez que se modifique, cada año)
- Programa de ejercicios y simulacros (cada año)
- Programa de revisión y actualización (cada vez que se modifique la instalación, mínimo cada tres años)
- Programa de auditorías e inspecciones.
## Anexos:
- Anexo A. Directorio de comunicación:
- Teléfonos del personal de emergencias
- Teléfonos de ayuda exterior
- Otras formas de comunicación
- Anexo B. Formularios para la gestión de emergencias.
- Anexo C. Planos (todos los recogidos en los capítulos anteriores).
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 3.2 Documentación y planos
La empresa adjudicataria entregará tres (3) copias en papel de toda la documentación del Plan de Autoprotección o Medidas de Emergencia y tres (3) en soporte informático, en CD-ROM o DVD, según los siguientes formatos:
- Documentación escrita:
Archivos en paquete © OFFICE o compatible y PDF
- Mediciones y presupuestos:
Archivos de © PRESTO o compatible, © EXCEL y PDF
- Documentación Gráfica: Formato DWG compatibles con © AUTOCAD y PDF
En la cubierta de todos los documentos deberá constar el nombre o anagrama del Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Carabanchel. Servicios Técnicos.
Podrá figurar igualmente, el anagrama de la empresa adjudicataria.
Los informes y demás documentación vendrán suscritos por el técnico o técnicos redactores, con el conforme del Delegado de la contrata o, en su defecto, del Adjunto al Delegado.
Será responsabilidad del Consultor los posibles daños que ocasione en los equipos informáticos municipales, la transmisión de cualquier virus informático a través de la información entregada.
Se realizarán los planos de evacuación y de los medios técnicos en los formatos adecuados y según estipula la legislación, y recogida en este anexo:
Se realizarán por parte de la empresa los 'Planos de Usted está aquí' los cuales serán previamente supervisados por la Dirección del contrato, la cual podrá requerir la elaboración de cuantos planos considere necesarios para que esté cubierta todo el área y superficie de los edificios. Estos planos se elaborarán a color y en formato mínimo DIN-A3. Se entregarán enmarcados sobre soporte rígido y se instalarán en las ubicaciones y en la forma adecuadas.
Una vez finalizados los planes de autoprotección la empresa adjudicataria será la encargada de remitir una copia a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil. En el supuesto de que esta Dirección General informe desfavorablemente los planes de autoprotección, la empresa adjudicataria analizará y preparará la contestación al Departamento de Prevención de Incendios de las medidas adecuadas para subsanar las deficiencias y completar la información que requiera.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 3.3 Elaboración de informe de deficiencias y mejoras
La empresa contratista elaborará un informe técnico de auditoria que recogerá todas las observaciones pertinentes de las deficiencias encontradas, con el artículo y con la normativa en materia de prevención de incendios que se incumple, así como la propuesta de mejora para aplicar el Plan de Emergencia. En el supuesto de que apareciesen deficiencias, éstas se indicarán por orden de prioridad según el riesgo, en importantes, moderados y tolerables, indicando el plazo recomendable de ejecución de las medidas correctoras.
La propuesta de mejoras se acompañará de una estimación económica del coste de ejecución material (IVA excluido) para su efectiva implantación, con las unidades y capítulos fundamentales de las obras de mejora precisas.
Para realizar esta estimación se aplicará el cuadro de precios aplicable a los presupuestos de los proyectos de urbanización y de edificación de obra nueva del Ayuntamiento de Madrid, vigente en el momento de su elaboración.
## 3.4 Elaboración de resumen de Medidas de Emergencia para terceros
En base al Plan de Autoprotección o Medidas de Emergencia realizados, se elaborará un documento resumen de medidas de emergencia para terceros que cumpla con el objetivo de la Coordinación de Actividades Empresariales descrita en el Anexo III a este PPTP.
## 3.5 Plazos de realización de los trabajos
Los plazos máximos para la realización de estos trabajos, incluido plazo de levantamiento planimétrico, de ser preciso, y según las superficies construidas de los equipamientos o superficie de ocupación por instalaciones en el caso de recintos al aire libre, serán los siguientes:
| Elaboración de nuevo Plan de Autoprotección | Hasta 2.000 m2 | 45 días |
|--------------------------------------------------------|----------------------------|-----------|
| Elaboración de nuevo Plan de Autoprotección | De 2.001 m2, hasta 8.000m2 | 60 días |
| Elaboración de nuevo Plan de Autoprotección | Más de 8.000 m2 | 75 días |
| Actualización o modificación de Plan de Autoprotección | Hasta 2.000 m2 | 30 días |
| Actualización o modificación de Plan de Autoprotección | De 2.001 m2, hasta 8.000m2 | 45 días |
| Actualización o modificación de Plan de Autoprotección | Más de 8.000 m2 | 60 días |
| Elaboración de nuevas Medidas de Emergencia | Sin límite de superficie | 45 días |
| Actualización o modificación de Medidas de Emergencia | Sin límite de superficie | 30 días |
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Los plazos indicados son en días naturales y comenzarán a computarse en el momento en que la Administración haya entregado la documentación disponible a la empresa contratista. Dentro de estos plazos máximos, el empresario deberá entregar al Ayuntamiento el documento elaborado para su estudio al que se denominará borrador.
Por necesidades urgentes e inaplazables, como el caso de eventos en recintos al aire libre cuya fecha de inicio de inicio así lo requiera, estos plazos podrán reducirse a la mitad.
## 4 CARACTERÍSTICAS DE LOS CURSILLOS, SESIONES FORMATIVAS y SIMULACROS DE EMERGENCIA
Los cursillos descritos en este pliego, con carácter de mínimos son de dos tipos:
- Cursos de formación específica teórico/práctica para los miembros de los Equipos de Emergencia en materia de evacuación de edificios y/o recintos al aire libre, manejo de sistemas manuales de extinción de incendios y primeros auxilios.
- Sesiones formativas generales para el resto de personal sin misión asignada en materia de evacuación en situaciones de emergencia de edificios y/o recintos al aire libre.
## 4.1 Cursos de formación específicos
Dentro de la programación prevista en la cláusula 7 del PPTP, se establecerá un adecuado programa de actividades formativas periódicas para asegurar el mantenimiento de la formación teórica y práctica del personal asignado al Plan de Autoprotección, teniendo como objetivos:
- La adquisición de conocimientos suficientes por parte de este personal sobre los riesgos que pueden dar lugar a una situación de emergencia en el centro, sobre las funciones y responsabilidades que como componentes de los diferentes equipos tienen en los procedimientos de actuación, al objeto de actuar de manera coordinada y eficaz en la resolución de una posible situación de emergencia.
- La adquisición de conocimientos básicos sobre prevención de incendios, medios de protección y extinción, y la prestación de primeros auxilios en situaciones de emergencia.
Estos cursillos se impartirán en horario de mañana o tarde, previa planificación de la fecha conjuntamente con los responsables del Distrito, y tendrá lugar en centros de formación propios del adjudicatario o ajenos, y cuyas instalaciones y medios materiales y personales disponibles reúnan las condiciones adecuadas a la consecución de los objetivos fijados.
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
La formación se impartirá por, al menos, un Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, con la especialidad en Seguridad en el Trabajo y experiencia en la impartición de este tipo de cursillos.
## La duración mínima de los cursillos será de 4 horas, en grupos de 20 alumnos máximo.
La empresa adjudicataria facilitará a los alumnos la documentación realizada del Plan de Autoprotección o Medidas de Emergencia del edificio, ya que parte de la formación estará basada en el mismo.
El contratista controlará la asistencia a los cursos de todo el personal que sea convocado al efecto a través de los responsables del Distrito.
Durante el desarrollo de la formación se hará entrega a todo el personal de un Díptico que elaborará la empresa contratista y que contendrá las siguientes características en una hoja de tamaño A4:
- Elaboración de los protocolos de actuación para los equipos de emergencia incluyendo instrucciones claras y concisas de la forma de proceder en caso de emergencia para intervenir o evacuar según el caso.
- Teléfonos de ayuda exterior.
La empresa contratista aclarará cuantas dudas se presenten y sensibilizará a los asistentes para la participación activa en un simulacro de evacuación que ponga en práctica lo aprendido o recordado en los cursos de formación.
De cada cursillo de formación se emitirá el correspondiente certificado de asistencia y participación de cada uno de los asistentes al mismo. Se presentará igualmente un informe final relativo al conjunto de los cursillos impartidos, número de asistentes y evaluación de su nivel de aprovechamiento y adquisición de los conocimientos requeridos.
## 4.2 Sesiones formativas generales
Las sesiones formativas están destinadas a los usuarios de cada uno de los centros objeto del contrato, así como al equipo directivo y demás empleados, y consistirán en dar las explicaciones necesarias para la actuación en caso de emergencia.
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Estas sesiones se impartirán en cada centro con carácter previo a la realización del simulacro de emergencia.
La duración mínima de cada una de estas sesiones será de 1 hora, en grupos de 40 alumnos máximo.
## 4.3 Implantación de los planes y simulacros de emergencia
La implantación del Plan de Autoprotección o Medidas de Emergencia, tendrá lugar en aquellos centros en los cuales se ha realizado nueva elaboración o actualización de dichos documentos. La sesión formativa junto con la realización del simulacro, en la forma que se describe a continuación, constituirá la implantación efectiva de dichos planes o medidas. De dicha implantación se emitirá un certificado suscrito por los técnicos responsables designados por la empresa contratista, con las características y contenido que figura al final del presente anexo.
El simulacro de emergencia se producirá anualmente en cada centro, independientemente de que se modifiquen o actualicen los documentos de autoprotección, previa preparación y programación con la Dirección del mismo, y tiene por finalidad la evaluación de los planes de autoprotección o medidas de emergencia en orden a asegurar la eficacia y operatividad de los planes de actuación en emergencias.
La Dirección de los centros podrá informar a la Subdirección General de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid del día en que se van a realizar los simulacros, a fin de que, si se estima oportuno, pueda proceder a la comprobación, mediante la presencia de algún técnico de la citada Subdirección, de la forma de realización del simulacro.
Cuando se realice un simulacro, se hará en horario de mañana o tarde según se disponga por parte del Ayuntamiento. Se establece una hipótesis de emergencia a partir de la cual se tiene que evacuar el edificio, siendo la empresa adjudicataria la que aportará aquellos medios técnicos necesarios para provocar la misma. El desarrollo del simulacro será controlado por técnicos de la contrata, que posteriormente tendrán una reunión con los equipos de emergencia analizando los aciertos y fallos, recogerán toda la información y elaborarán un informe donde se cuantifiquen tiempos parciales y totales y analizarán las deficiencias encontradas exponiendo las propuestas de mejora.
En el plazo máximo de 5 días naturales desde la realización del simulacro, se presentará el borrador del informe del mismo, con objeto de que por parte del Ayuntamiento puedan realizarse aquellas
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
consideraciones que se estimen convenientes. A partir de ese momento, deberá entregar el informe definitivo del simulacro en un plazo de 3 días naturales.
En función de la superficie construida de los edificios donde se realizará el simulacro se establece el número de técnicos de la empresa que controlarán el desarrollo del mismo, siendo al menos uno de ellos Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales:
- -Hasta 2.000 m 2 ......................................................... 2 personas
- -De 2.001 a 8.000 m 2 ............................................... 3 personas
- -Más de 8.001 m 2 ...................................................... 4 personas
## 5 SEGUIMIENTO DE LOS PLANES DE AUTOPROTECCIÓN O MEDIDAS DE EMERGENCIA EN EVENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE
Por parte del órgano competente, a propuesta de la empresa contratista entre el personal de la misma adscrito a la realización de los trabajos, se designará un técnico titular y un técnico suplente, ambos con titulación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, como Responsable en materia de Seguridad y Emergencias para el seguimiento, control y mantenimiento de las prescripciones contenidas en los planes o medidas, durante el desarrollo de eventos, verbenas y fiestas populares, etc., objeto del presente contrato, con las siguientes funciones:
1. Asistencia al Ayuntamiento, en especial en tareas de comprobación del mantenimiento de las condiciones de seguridad previstas en los planes para el recinto.
2. Garantizar la difusión del Plan de Actuación en Emergencias entre los responsables de las actividades y el personal de los diferentes situados implantados en el recinto.
3. Velar porque se cumplan las tareas propias del mantenimiento de las instalaciones de los situados.
4. Permanecer en el recinto realizando las funciones encomendadas, al menos, durante los días y horario que se determinen.
5. Al tener conocimiento de una situación de emergencia, se personará en la zona afectada.
6. Coordinará la actuación a nivel local y valorará la gravedad del suceso.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
Doc.:
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
7. De ser preciso, movilizará y coordinará los medios propios de los situados con la finalidad de controlar, reducir y/o eliminar la situación de riesgo.
8. Si la situación lo requiere, colaborará en el desalojo de la zona afectada.
9. Solicitará, de ser preciso, la intervención de los Servicios Municipales de Emergencia.
10. Avisará al Director del Plan de Actuación en Emergencias e informará del suceso acaecido.
11. A la llegada de los Servicios Municipales de Emergencia proporcionará el máximo número de datos sobre la emergencia declarada (lugar, origen, etc.), e informará de las acciones llevadas a cabo.
Tras la finalización del evento, en el plazo de 5 días naturales, con objeto de que por parte del Ayuntamiento puedan realizarse aquellas consideraciones que se estimen convenientes, emitirá un borrador del informe de valoración de su desarrollo en materia de seguridad y emergencias, en el que se recojan las actuaciones llevadas a cabo, anomalías detectadas, incidencias ocurridas, etc., así como las conclusiones y recomendaciones para implementar en posteriores eventos similares. Tras las consideraciones que estime conveniente realizar el Ayuntamiento, se entregará al mismo el informe definitivo, en el plazo de 3 días naturales.
## 6 EQUIPO DE LA EMPRESA CONTRATISTA
La dotación de medios humanos que el adjudicatario dedicará a estos trabajos se adaptará en cada momento a las necesidades que requiera su correcta realización. En todo caso, los medios mínimos serán los reflejados en la cláusula 6.1 del PPTP.
Deberá contarse, además, con el personal administrativo y de delineación necesarios para la realización de informes, planos, esquemas y croquis, así como con los locales, medios de locomoción y medios auxiliares de oficina para llevar a buen término todos los trabajos objeto del presente anexo.
## 7 CERTIFICADO DE IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
Para el caso de la implantación de los planes de autoprotección elaborados al amparo de la NBA2007, el certificado constará como mínimo de los siguientes datos:
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| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
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## ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Datos del centro, establecimiento, espacio, instalación y dependencia:
Nombre:
Dirección completa:
Actividad o uso:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
Datos del titular de la actividad o de su representante legal:
Nombre:
DNI:
Dirección completa:
Teléfono:
Fax.
E-mail.
Datos del técnico responsable de la implantación del Plan de Autoprotección:
Nombre:
DNI:
Empresa:
Dirección completa:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
Certifico: que se realizó la implantación completa del plan de autoprotección, con fecha , en los términos que se recogen en el citado plan y siguiendo los criterios establecidos en la Norma básica de autoprotección.
En. , de de
(Firma del técnico responsable)
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
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| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
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ANEXO II PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
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ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## ANEXO III
## LOTE 2. SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
## 1 OBJETO DEL ANEXO
El presente anexo tiene por objeto establecer las condiciones para la prestación de los servicios de consultoría técnica en materia de Seguridad y Salud en obras de construcción promovidas por el Distrito, conforme al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (BOE número 256 de octubre de 1997), así como la coordinación de actividades preventivas, al margen de la ejecución de obras, en aquéllos equipamientos o recintos al aire libre objeto del contrato, en los que el Ayuntamiento actúe como empresario titular del centro de trabajo, conforme al Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
Para la realización de los trabajos en materia de Seguridad y Salud en obras de construcción, se tendrán en cuenta los diferentes contratos de obras o acuerdos marco de obras vigentes a lo largo de la duración del presente contrato, o aquellos otros que se puedan ejecutar en función de la delegación de competencias.
## 2 OBRAS A EJECUTAR POR EL DISTRITO
Para la realización de los trabajos en materia de Seguridad y Salud en obras de construcción, se tendrán en cuenta los diferentes contratos de obras o acuerdos marco de obras, así como los contratos de servicios de mantenimiento integral, vigentes a lo largo de la duración del presente contrato, o aquellos otros que se puedan ejecutar en función de la delegación de competencias.
A los efectos de este contrato, las obras más habituales que se llevan a cabo por el Distrito son las siguientes:
- Rehabilitación, conservación y mantenimiento de los edificios de propiedad municipal que tenga adscritos; así como la conservación y mantenimiento de los colegios públicos.
- Construcción, gran reforma, conservación, rehabilitación y mantenimiento de instalaciones elementales deportivas o culturales al aire libre.
- Rehabilitación, conservación y mantenimiento de las instalaciones deportivas que tenga adscritas.
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Construcción, modificación y supresión de pasos de vehículos, reconstrucción de aceras y la ejecución de pequeñas actuaciones como consecuencia del traslado u otras modificaciones de quioscos y situados aislados de venta en la vía pública, actuaciones en ejecución subsidiaria que tengan por objeto la vía pública y otras actuaciones derivadas de la realización de fiestas populares, ferias y mercadillos que sean competencia del Distrito.
- Redactar, planificar y ejecutar proyectos de renovación y acondicionamiento de pavimentos de vías y espacios públicos de la red local distrital, entendida como tal la definida en el planeamiento municipal como 'Red viaria local', a excepción del viario que forme parte de la Red Básica de Transportes, las vías o espacios singulares y las vías que constituyen límite de Distrito.
- Planificar, ejecutar y supervisar actuaciones de mejora y restauración, tales como las obras de rehabilitación, remodelación y mejora de las siguientes tipologías de espacios verdes contenidas en los Planes por Distritos del Plan de Infraestructura Verde y Biodiversidad de la ciudad de Madrid, incluidos los pavimentos del viario que se encuentren integrados en dichas tipologías: "Parques y jardines urbanos" que tengan una superficie inferior a 5.000 m2.', así como 'crear áreas infantiles, zonas de mayores, circuitos deportivos elementales y otros equipamientos tales como áreas caninas y zonas de ejercicio al aire libre, mediante la adquisición e instalación de sus correspondientes equipamientos, en los espacios verdes indicados
- Otras obras de similares características que figuren en el presupuesto de inversiones de la Junta Municipal, de acuerdo con los decretos de delegación de competencias vigentes en cada momento.
## 3 CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN
Los trabajos de coordinación se realizarán a través de Coordinadores en materia de Seguridad y Salud, quienes, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, en su art. 9 titulado 'Obligaciones del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra', deberán realizar las siguientes funciones:
## a) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:
Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea y/o sucesivamente.
Al estimar la duración requerida para la ejecución de los distintos trabajos o fases de trabajo.
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el art. 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra, y en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 del citado Real Decreto.
- c) Informar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista, previo a su aprobación por la Administración Pública que haya adjudicado la obra.
- d) Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- e) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
- f) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
En consecuencia, las actuaciones comprendidas en el presente contrato se realizarán, para cada obra o servicio, en dos fases:
## 3.1 Fase previa
- 3.1.1. Visita al emplazamiento de la obra y evaluación de sus riesgos.
- 3.1.2. Estudio del proyecto desde el punto de vista del Real Decreto 1627/1997.
- 3.1.3. Redacción de Estudios de Seguridad y Salud (ESS) o Estudios Básicos de Seguridad y Salud (EBSS) que procedan, según las características de las obras.
- 3.1.4. Comentarios al Plan de Seguridad y Salud (PSS), o la Evaluación de Riesgos Laborales (ERL), en su caso, presentado por la empresa contratista de las obras o servicios.
- 3.1.5. Informe sobre el Plan de Seguridad y Salud (PSS), a los efectos de su aprobación.
- 3.1.6. Mantenimiento y custodia del libro de incidencias en cada centro de trabajo. A estos efectos, el libro de incidencias será facilitado por el Ayuntamiento antes de la firma del acta de comprobación del replanteo.
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- 3.1.7. Velar porque el contratista de las obras haya notificado la apertura del centro de trabajo y que a ella se adhieran todos los subcontratistas y trabajadores autónomos que participen en la obra.
- 3.1.8. Las obras en las que no se requiera redacción de proyecto técnico y, en consecuencia, no dispongan de Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud, por ser éste un documento integrante del proyecto, se regirán por la normativa general, es decir, por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención, por lo que será obligatorio por parte de la empresa contratista de las mismas evaluar los puestos de trabajo que se desarrollen en esa obra o centro de trabajo, siguiendo las obligaciones marcadas en el Capítulo II del Real decreto 39/1997. En estos supuestos, el Coordinador en Materia de Seguridad y Salud, previamente al inicio de la ejecución de la obra, deberá comprobar la existencia de esa Evaluación de Riesgos Laborales (ERL) por parte de la empresa contratista, dejando constancia escrita de dicha comprobación en los informes periódicos a entregar a la Administración.
## 3.2. Fase de ejecución de la obra.
- 3.2.1 Realizar visitas periódicas del Coordinador, cuantas sean necesarias para la correcta ejecución de su función, y como mínimo una visita semanal, a fin de adoptar las medidas necesarias en materia de seguridad y salud para evitar riesgos laborales.
- 3.2.2 En estas visitas, además de las obligaciones generales, el Coordinador deberá controlar el cumplimiento por contratistas y subcontratistas del deber general de prevención respecto de sus respectivos trabajadores y en especial:
- Que los trabajadores tengan información sobre los riesgos de su trabajo y de las medidas para combatirlos.
- Que estén debidamente formados en prevención.
- Que se vigila su salud laboral periódicamente y que están acoplados a puestos de trabajo compatibles con su condición física y capacidad laboral.
De igual forma, se controlará que el empresario titular del centro de trabajo facilite información al resto de empresas subcontratistas y trabajadores autónomos, sobre los riesgos y las medidas previstas en los tajos en los que éstos van a trabajar.
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 3.2.3 Efectuar visitas puntuales, siempre que sea requerida por la Dirección de Obra y cuando se prevea un agravamiento de los riesgos o se ejecuten actividades peligrosas, controlando, en estos casos, la presencia de recursos preventivos adecuados.
Cuando el Coordinador constate que hay un riesgo grave e inminente paralizará los tajos afectados, informando previamente de la situación a la Dirección de Obra.
- 3.2.4 Elaborar un Informe mensual, con resumen de visitas efectuadas, índices de siniestralidad y mejoras propuestas.
- 3.2.5 Informar las actualizaciones y revisiones periódicas, si proceden, del Plan de Seguridad y Salud o documento de Evaluación de Riesgos Laborales
- 3.2.6 Revisar las actualizaciones del Libro de Subcontratación.
- 3.2.7 Informar de las circunstancias por las que sea necesaria la ampliación excepcional de la subcontratación prevista en el artículo 5.3 de la Ley 32/2006.
- 3.2.8 Recabar del contratista, una vez finalizada la obra, una copia del Libro de Subcontratación debidamente cumplimentado, y entrega de la misma al Director de Obra.
- 3.2.9 Elaboración del Informe final.
## 3.3. Entrega de la documentación
El adjudicatario entregará al Ayuntamiento la documentación que proceda en cada caso:
- 3.1.9. El Estudio Básico (EBSS) o Estudio de Seguridad y Salud (ESS), para su incorporación al proyecto de ejecución de las obras que proceda.
- 3.1.10. El Informe del Plan de Seguridad y Salud (PSS).
- 3.1.11. El Informe a la Evaluación de Riesgos Laborales que elaboren las contratas para las obras no precisadas de proyecto técnico.
- 3.1.12. El Informe mensual de cada una de las obras en ejecución.
- 3.1.13. El Informe final de cada una de las obras en ejecución.
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Los informes mensual y final podrán coincidir en un único informe, según la duración y fase de ejecución de las obras.
Los informes y demás documentación se presentarán en soporte papel (original más dos copias), encuadernados en formato DIN-A4 o DIN-A3, o según lo requiera la óptima representación de los documentos. Se presentará igualmente en soporte informático firmado de forma electrónica con los archivos informáticos generados, según los siguientes formatos:
- Documentación escrita:
Archivos en paquete ©OFFICE o compatible y PDF
- Mediciones y presupuestos:
Archivos de ©PRESTO o compatible, ©EXCEL y PDF
- Documentación Gráfica:
Formato DWG compatibles con ©AUTOCAD y PDF
En la cubierta de todos los documentos deberá constar el nombre o anagrama del Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Carabanchel. Servicios Técnicos.
Podrá figurar igualmente, el anagrama de la empresa adjudicataria.
Los informes y demás documentación vendrán suscritos por el técnico o técnicos redactores, con el conforme del Delegado de la contrata o, en su defecto, del Adjunto al Delegado.
Será responsabilidad del Consultor los posibles daños que ocasione en los equipos informáticos municipales, la transmisión de cualquier virus informático a través de la información entregada.
## 3.4. Plazos de realización de los trabajos
Los plazos máximos para la realización de estos trabajos, en función del Presupuesto de Ejecución Material de las obras o servicios, serán los siguientes:
| Elaboración de Estudio de Seguridad y Salud (ESS) | 10 días |
|--------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------|
| Informe al Plan de Seguridad y Salud (PSS) | 7 días |
| Elaboración Estudio Básico de Seguridad y Salud (EBSS) | 7 días |
| Informe a la Evaluación de Riesgos Laborales (ERL) | 7 días |
| Informe mensual de Coordinación de SyS en obras | Dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al de referencia |
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| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
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| Doc.: 9 | ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES |
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| | Dentro de los 10 primeros días siguientes |
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| Informe final de Coordinación de SyS en obras | al de finalización de las obras |
Los plazos indicados son en días naturales y comenzarán a computarse, según los casos:
- En el momento en que la Administración o la empresa por ella contratada, para el caso de proyectos realizados por terceros, hayan entregado la documentación disponible a la empresa contratista para la elaboración de los EBSS o ESS.
Dentro de estos plazos máximos, el empresario deberá entregar al Ayuntamiento el documento elaborado para su estudio al que se denominará borrador del EBSS o ESS. Los estudios definitivos se entregarán en el plazo de 5 días naturales, tras los comentarios o correcciones efectuados por la Administración.
- En el momento en que la empresa contratista de las obras o servicios haya entregado el PSS o la ERL.
Dentro de estos plazos máximos, el empresario deberá entregar al Ayuntamiento el informe al PSS o ERL, para su aprobación por el órgano de contratación.
Por necesidades urgentes e inaplazables, como el caso de la ejecución de obras o la prestación de servicios cuya fecha de inicio de inicio así lo requiera, estos plazos podrán reducirse a la mitad.
## 3.5. Protocolo de actuación en caso de accidente
El adjudicatario deberá informar al Ayuntamiento de cualquier accidente que ocurra en la obra. Desde que aquél se produjera, se comunicará en un plazo máximo de 2 horas si se tratara de accidente grave o muy grave, y de 24 horas si fuera leve.
En el caso de que se produjera un accidente grave o muy grave, el adjudicatario deberá facilitar al Ayuntamiento, en un plazo máximo de 48 horas, Informe incluyendo la siguiente comunicación:
- 3.5.1. Registro de formación en seguridad de los trabajadores de la empresa cuyo trabajador hubiera sufrido el accidente.
- 3.5.2. Justificantes de entrega de los equipos de protección individual a los trabajadores.
- 3.5.3. Justificantes de las revisiones médicas de los trabajadores de la empresa.
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Doc.:
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
3.5.4. Recibís acreditativos de que se ha hecho por escrito a las empresas contratistas, éstas a sus subcontratistas, y así sucesivamente, del Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud de la obra.
3.5.5. Recibís de la entrega por escrito a las empresas contratistas de toda la información e instrucciones necesarias respecto a los riesgos existentes en el centro de trabajo y las medidas de emergencia correspondientes, con indicación de que se comuniquen al resto de empresas contratistas y empresarios concurrentes.
## 3.6. Condiciones específicas
Los coordinadores, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, quedarán integrados en la Dirección Facultativa de la Obra.
Dado que cada Coordinador de Seguridad y Salud queda integrado en el momento en que empieza a ejercer sus funciones en una obra concreta en la Dirección de la misma, corresponde a cada Director de Obra el control de su actuación, de acuerdo con el Pliego de Condiciones y la legislación vigente.
El Distrito, cuando requiera los servicios de coordinación para una obra en el ámbito del contrato, deberá comunicarlo por escrito a la empresa contratista, mediante el procedimiento que se establezca con la Dirección del contrato.
## 4 EQUIPO DE LA EMPRESA CONTRATISTA
Los Coordinadores en materia de Seguridad y Salud se encargarán del desarrollo directo de las funciones descritas en los apartados anteriores. Deberán tener la titulación de grado medio o superior según la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999), y además la de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, al menos en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, con experiencia mínima de 3 años en materia de seguridad y salud laboral, y capacitados legalmente para desarrollar las funciones que el Real Decreto 1627/1997 atribuye a los Coordinadores de Seguridad y Salud. A su vez, será requisito imprescindible estar inscritos en el registro oficial de coordinadores de seguridad y salud del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid.
La dotación de medios humanos que el adjudicatario dedicará a estos trabajos se adaptará en cada momento al número de obras en ejecución, así como a la complejidad y peligrosidad de las mismas.
Se establece un número máximo de obras en ejecución de forma simultánea de las que podrá hacerse cargo cada Coordinador, según los siguientes límites:
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## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- 20 obras máximo, con independencia de su importe, o bien:
- 2.000.000 de euros, resultante de la suma de los PEM de las obras correspondientes, excepto en el caso de que una única obra supere dicho importe. En este supuesto, el Coordinador solo podrá hacerse cargo de esta obra.
Si el volumen de obra, en función de estas prescripciones, requiriera la dotación de personal técnico por encima del mínimo indicado en la cláusula 7.1. de este pliego, el adjudicatario estará obligado a facilitar los medios humanos necesarios para cumplir las prescripciones anteriores.
Deberá contarse, además, con el personal administrativo y de delineación necesario para la realización de informes, planos, esquemas y croquis y con los locales, medios de locomoción y medios auxiliares de oficina para llevar a buen término los trabajos objeto del contrato.
## 5 CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Según el artículo 24 de la LPRL 31/1995, el empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquéllos otros empresarios que desarrollen sus actividades en su centro de trabajo (contratas de obras, de servicios de mantenimiento, limpieza, seguridad, auxiliares de información, titulares de puestos en eventos, ferias y festejos populares, mercadillos al aire libre, etc.), reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores.
En la mayoría de los equipamientos objeto del contrato, el Ayuntamiento actúa como titular del centro de trabajo o como empresario principal, según los casos. En dichos centros pueden desarrollarse actividades de diversas empresas concurrentes, sean estas contratistas principales de obras o servicios, subcontratas, trabajadores autónomos, etc.
La empresa adjudicataria del presente contrato, propondrá al Distrito la designación de al menos 1 Técnico de los establecidos en la cláusula 6.1 del PPTP, encargado de la coordinación de las actividades preventivas.
Las funciones de la persona o personas designadas para estas tareas son las previstas en el artículo 14.1 del RD 171/2004:
- a) Favorecer el cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 3 del RD 171/2004
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENT8S Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. 2 LOTES. AÑOS 2026-2024 |
Doc.:
9
## ANEXO III PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- b) Servir de cauce para el intercambio de las informaciones que, en virtud de lo establecido en el real decreto, deben intercambiarse las empresas concurrentes en el centro de trabajo.
- c) Cualesquiera otras encomendadas por el empresario titular del centro de trabajo.
Para llevar a cabo estas tareas, por parte de la empresa adjudicataria se promoverán, prepararán y llevarán a efecto las necesarias reuniones de coordinación de actividades empresariales, y a las que se convocará a los responsables en materia de prevención de riesgos laborales de las diferentes empresas contratistas y empresarios concurrentes.
Cuando por determinadas circunstancias (edificio en obras, recintos al aire libre, etc.) no sea posible realizar las reuniones en el propio lugar de trabajo, la empresa contratista pondrá a disposición sus propias instalaciones para llevarlas a efecto, para lo cual, deberá contar con locales y medios adecuados a tal efecto.
De dichas reuniones se levantará oportuna acta con los asuntos tratados, de la cual se dará traslado a todas las empresas convocadas, y en la que figuren, al menos, la fecha de la reunión, la relación de asistentes, y las conclusiones y/o actuaciones posteriores que deberán llevarse a cabo en sus respectivos ámbitos de actuación.
Copia de dicho acta se entregará al Distrito, junto con los recibís de la entrega por escrito al resto de empresas contratistas y empresarios concurrentes de la copia del acta, así como de toda la información e instrucciones necesarias respecto a los riesgos existentes en el centro de trabajo y las medidas de emergencia correspondientes, con indicación expresa de que se comuniquen a sus respectivos trabajadores, empresas subcontratadas o trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo.
La dotación de medios humanos que el adjudicatario dedicará a estos trabajos se adaptará en cada momento al número de obras en ejecución, así como a la complejidad y peligrosidad de las mismas. En todo caso, los medios mínimos serán los especificados en la cláusula 7.1 del PPTP.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. AÑOS 2026-2028 |
| Doc 10 | ANEXO IV PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS |
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## ANEXO IV
## CLÁUSULAS CONTRACTUALES DE TRANSPARENCIA
## DE APLICACIÓN PARA CADA UNO DE LOS LOTES
PRIMERA. - Todos los datos, soportes o documentos que se generen o se adquieran como consecuencia del desarrollo o ejecución del contrato constituyen información pública a disposición del Ayuntamiento, siendo el Ayuntamiento titular de los mismos.
En consecuencia, el Ayuntamiento podrá requerir y disponer de los datos del contrato que considere procedente, bien para su divulgación a través del Portal de Transparencia y a través del Portal de Datos Abiertos, bien para atender a las solicitudes de acceso a información pública o bien para cualquier otra finalidad.
SEGUNDA. - Quedan exceptuados de las obligaciones señaladas en la cláusula anterior la información o los datos que puedan resultar afectados por la confidencialidad de la oferta del contratista. A tales efectos, el contratista deberá haber indicado en su oferta qué documentación o información resulta afectada por dicha confidencialidad, sin que en ningún caso dicha confidencialidad pueda afectar a la totalidad de la oferta. En todo caso, corresponde al órgano de contratación ponderar y determinar qué información resulta afectada por dicha confidencialidad, debiendo el contratista alegar la misma cuando el Ayuntamiento le solicite la información.
Igualmente queda exceptuada de la obligación anterior la información o los datos que resulten afectados por los secretos comerciales, licencias, patentes y derechos de propiedad intelectual o industrial que correspondan al contratista o a terceros.
## TERCERA. - Publicidad activa. -
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, 3.2, 4 y disposición transitoria segunda de la Ley 10/2019, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y 3.2 de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, el contratista está obligado a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo de 10 días desde el acuse de recibo de la petición, toda la información que resulte necesaria para el cumplimiento de las obligaciones que en
materia de transparencia establece dicha normativa y la que pueda dictarse en desarrollo de esta.
Específicamente, deberá facilitarse toda la información que requiera el órgano de contratación a fin de cumplir las obligaciones de publicidad activa que le son impuestas en los artículos 22 de la ley 10/2019 de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, de 10 de abril y las que establezca la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid de 27 de julio de 2016.
## CUARTA. - Acceso a Información Pública. -
Además de lo anteriormente señalado, con objeto de dar respuesta a las solicitudes de acceso a información pública que se dirijan al Ayuntamiento, el contratista estará obligado a facilitar los
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. AÑOS 2026-2028 |
Doc 10
## ANEXO IV PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
documentos o contenidos (y bases de datos), que hayan sido elaborados, adquiridos o conservados en el ejercicio de las funciones o actividades objeto del contrato, en el plazo más breve posible y en todo caso en el plazo que el Ayuntamiento le señale, a fin de que el mismo pueda cumplir con los plazos máximos de resolución impuestos por la ley 10/2019 de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y por la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.
El contratista deberá alegar en un plazo de quince días desde que la información le sea requerida, los derechos o intereses legítimos de los que es titular y que podrían resultar afectados por la publicidad de la información solicitada. De la misma forma podrá manifestar la existencia de otros posibles límites.
QUINTA. - El órgano de contratación ponderará antes de publicar o suministrar la información la posible concurrencia de los límites señalados en el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En todo caso la información que se recabe y suministre en el desarrollo del contrato deberá respetar la protección de datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en la ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y aplicar el artículo 15 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a Información Pública y Buen Gobierno.
SEXTA. - Toda la información que el contratista deba suministrar en virtud de las cláusulas anteriores para su publicación en el Portal de Transparencia y en el Portal de Datos Abiertos o para cualquier otra finalidad legítima, se facilitará por medios electrónicos, en formas o formatos que sean abiertos, legibles por máquina, accesibles, fáciles de localizar y reutilizables, juntamente con sus metadatos.
SÉPTIMA. - Toda la información, conjuntos de datos y bases de datos que se generen en el desarrollo del contrato, son de titularidad del Ayuntamiento de Madrid, constituyendo información del sector público municipal. En consecuencia, la propiedad de dicha información corresponde exclusivamente al Ayuntamiento de Madrid tanto en la ejecución o desarrollo del contrato como a su finalización.
Tanto el formato como los metadatos cumplirán, siempre que sea posible, normas formales abiertas y deberán cumplir en todo caso la normativa municipal, nacional y comunitaria que resulte de aplicación, y la guía de estándares del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
A tal efecto el contratista deberá elaborar y facilitar la información con arreglo al principio de 'documentos abiertos desde el diseño y por defecto'.
Si el conjunto de datos constituye conjuntos de datos de alto valor de acuerdo con la Directiva 2019/1024 (UE) de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, debe ponerlos a disposición de la Administración en un formato legible por máquina, a través de las interfaces de programación de aplicaciones (API) adecuadas debiendo cumplirse además con los requerimientos que para los mismos pueda determinar la normativa de aplicación.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. AÑOS 2026-2028 |
Doc 10
## ANEXO IV PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
OCTAVA. - El contratista deberá garantizar en todo momento a lo largo de la ejecución contractual la extracción, modificación y descarga de datos derivados del contrato que deberán ser puestos a disposición de la Administración cuando esta lo solicite.
Extracción, para obtener, desde las fuentes de datos de origen, los datasets o conjuntos de datos publicables. Transformación, que puede incluir el filtrado de determinados valores, la eliminación de blancos o valores fuera de rango. Y carga o traslado de la información desde la fuente original hasta el punto lógico donde hayan de utilizarse. También se garantizará por parte del contratista la disponibilidad de toda la información histórica de los datos.
NOVENA. - El contratista deberá suministrar a lo largo de toda la vigencia del contrato, la información relativa al objeto del contrato, así como el contenido completo de las bases de datos empleadas a efectos de facilitar su reutilización y su posible incorporación y uso por parte de los sistemas de información del Ayuntamiento de Madrid. Dichas bases de datos tendrán que ser suministradas con todo detalle y en formato abierto y reutilizables, junto con sus metadatos.
Los datos deberán reunir los requisitos acordes al régimen aplicable a la información reutilizable reflejados en la normativa reguladora de aplicación.
- Todos los datos que puedan por su naturaleza deberán estar georreferenciados, indicando la posición geográfica a la que esté asociado el dato o documento, de forma que sea posible su localización sobre una representación cartográfica y la explotación de su carácter espacial.
- Siempre que sea posible, el dato estará descrito semánticamente, y esta información se guardará junto al dato en la base de datos. Los datos y documentos deberán estar asociados a descriptores semánticos, los cuales aportarán conocimiento sobre el significado de aquéllos y su contexto. Los esquemas de representación de la información y los vocabularios de los que se tomen los descriptores deberán estar estandarizados y ser abiertos.
- La extracción de datos que se solicite podrá ser total, incremental o por rango de fechas. Siempre que sea posible, estos procesos deberán poder programarse y ejecutarse de forma desatendida, con la periodicidad que se desee, dejando los conjuntos de datos, en unos recursos de red o similar especificados por lo servicios centrales informáticos del Ayuntamiento.
- Si los anteriores conjuntos de datos contienen información afectada por alguno de los límites de publicidad activa y acceso a la información pública establecidos en la regulación de transparencia y aquellos otros recogidos en la legislación sectorial que resulte de aplicación, se tendrán que realizar dos tipos de explotaciones, una con todos los datos, y otra con los datos que se puedan publicar.
- Además de la descarga masiva, siempre que sea posible, se facilitará la puesta a disposición de los datos para su reutilización en un formato legible por máquina a través de las API adecuadas, basado en estándares abiertos, y bajo las recomendaciones del departamento de informática
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
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| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. AÑOS 2026-2028 |
| Doc 10 | ANEXO IV PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS |
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correspondiente. En cualquier caso, además de los conjuntos de datos de alto valor de acuerdo con la Directiva 2019/1024 (UE) de 20 de junio de 2019, la disponibilidad de API será prioritarias en datos de gran volumen de información o de alta importancia en tiempo real.
· Cuando la puesta a disposición de datos dinámicos para su reutilización inmediatamente después de su recopilación pudiera ser inviable técnica o económicamente, suponiendo así un esfuerzo desproporcionado, esos datos dinámicos se pondrán a disposición para su reutilización en un plazo o con restricciones técnicas temporales que no perjudiquen indebidamente la explotación de su potencial económico y social.
DÉCIMA. - La responsabilidad por el suministro de datos erróneos, las interrupciones en la transmisión de los datos y el trabajo interpretativo de baja calidad (en caso de que este se comparta con conjuntos de datos), así como por la destrucción, pérdida o alteración de datos (ilícita o accidental) que pueda causar daños corresponde al contratista.
UNDÉCIMA. - A la finalización del contrato, el contratista proporcionará al Ayuntamiento de Madrid la información completa de las bases de datos, en formato abierto y reutilizable, junto con sus metadatos, incluyendo la serie histórica de la información, el modelo de datos y toda la documentación necesaria para su interpretación, siguiendo las directrices de los responsables informáticos.
Corresponderá al Ayuntamiento exclusivamente la disposición de la información generada por el contrato sin que el contratista pueda realizar ningún uso o disposición de esta sin autorización expresa del Ayuntamiento.
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## Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana
| Nº Expte : | 300/2025/01678 |
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| ÁREA / CONCEJALÍA / JMD: | DISTRITO DE CARABANCHEL |
| Servicio Promotor: | SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE Y ESCENA URBANA |
| Objeto: | CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA TÉCNICA INTEGRAL EN MATERIA DE AUTOPROTECCIÓN, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, EN LOS EQUIPAMIENTOS Y RECINTOS AL AIRE LIBRE COMPETENCIA DEL DISTRITO DE CARABANCHEL. AÑOS 2026-2028 |
| Doc 10 | ANEXO V PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS |
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## ANEXO V
## MODELO DE INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO
## SITUACIÓN DE PARTIDA
Situación de partida mujeres / hombres
Relaciones de género Identificación de objetivos de las políticas de igualdad
## PREVISIÓN DE RESULTADOS
Previsión de resultados cuantitativos
Previsión de impacto en relaciones de género
Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad municipales (Carta Europea para la Igualdad de mujeres y hombres en la vida local, Estrategia municipal para la Igualdad)
## VALORACIÓN DEL IMPACTO DE GÉNERO
POSITIVO
Elimina desigualdades
Contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad
NEGATIVO
No elimina desigualdades
No contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad
## PROPUESTAS DE MEJORA
Sugerencia de cambios en el servicio o prestación
## RECOMENDACIONES
Sugerencias de aplicación
Previsión de resultados cuantitativos
Previsión de impacto en relaciones de género
Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad