05_PPT definitiu EMDA Febrer 26.pdf

Pliego Técnico Ver licitación
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OTROS DATOS Código para validación: Página 1 de 11 <!-- image --> OMN60-FDXNK-KAD2C FIRMAS - El documento ha sido firmado por : - 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> ## Pliego de Prescripciones Técnicas. Servicio formativo de la Escuela Municipal de Danza de Aldaia (EMDA). SERVICIO: Cultura Exp: 2025/RJUC-SERV/1 ## 1. JUSTIFICACIÓN DEL CONTRATO. La Escuela Municipal de Danza de Aldaia (EMDA) constituye un proyecto educativo y cultural impulsado por el Ayuntamiento de Aldaia a través de su Servicio de Cultura. La escuela es un servicio formativo municipal y tiene como objetivo principal fomentar la educación artística, la participación ciudadana y la difusión de las artes escénicas como elementos esenciales de la vida cultural del municipio. La EMDA ofrece un programa no formal de aprendizaje estable en danza clásica, contemporánea y española (en este último caso, excepcionalmente), con grupos adaptados a diferentes edades y niveles, desde los 4 años la iniciación hasta la edad adulta, pasando por la adolescencia y juventud. Las clases -de un mínimo de 24 horas semanales- se realizan en los espacios municipales de la Casa de la Música y del Centro Matilde Salvador, y están conducidas por profesionales titulados y con experiencia docente. Su actividad incluye, además, la producción de una Muestra coreográfica anual y la participación en actos culturales y conmemorativos, favoreciendo así la formación integral del alumnado y la dinamización cultural del municipio. Dicha escuela contribuye de manera decisiva a la promoción de la cultura y la cohesión social de Aldaia, generando oportunidades educativas y de expresión artística para todas las edades. La licitación del servicio formativo permite garantizar la continuidad de este proyecto municipal, asegurar la calidad pedagógica y dar respuesta a la creciente demanda ciudadana, dentro de los principios de eficacia, eficiencia e interés público que rigen la actuación de la administración local. ## 2. OBJETO DEL CONTRATO. La finalidad primordial del presente pliego de prescripciones técnicas es establecer de manera detallada las características técnicas requeridas para el servicio que aquí nos concierne. El objeto de este contrato radica en llevar a cabo el servicio formativo de la Escuela Municipal de Danza de Aldaia (EMDA) promovido por el Ayuntamiento de Aldaia y gestionado y supervisado por el Servicio de Cultura, de acuerdo con las especificaciones técnicas y características mínimas que se indican en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Los objetivos generales de este servicio de formación municipal se fundamentan en los valores antes mencionados, así: <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 OTROS DATOS Código para validación: Página 2 de 11 <!-- image --> OMN60-FDXNK-KAD2C FIRMAS El documento ha sido firmado por : - 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> ## Objetivos generales de la Escuela Municipal de Danza de Aldaia (EMDA) 1. Fomentar la formación y la sensibilidad artística en el ámbito de la danza, ofreciendo una enseñanza de calidad adaptado en las diferentes edades y niveles, que permita al conjunto del alumnado desarrollar sus capacidades expresivas, corporales y creativas. 2. Consolidar la danza como herramienta educativa, social y cultural en el municipio, promoviendo la participación ciudadana, la igualdad de oportunidades y el acceso a la cultura a través de actividades formativas, muestras coreográficas y colaboraciones con otros programas municipales. 3. Garantizar la continuidad y estabilidad de la EMDA, asegurando una gestión profesionalizada del servicio mediante la contratación de un equipo docente cualificado y con experiencia, de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por el Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Aldaia. ## 3. DESTINATARIOS. La población destinataria del servicio formativo de la EMDA son personas mayoritaria y prioritariamente de Aldaia, con edades comprendidas entre los 4 años y la edad adulta . Convendría pues que, dado el abanico de edades, el nivel formativo y otros condicionantes organizativos y pedagógicos se formaran grupos en pro de la atención y la calidad del servicio formativo. Habrá que cumplimentar adecuadamente el formulario de inscripción por parte de las personas interesadas y estar en el día con el pago de las cuotas correspondientes. ## 4. CALENDARIO. El calendario del servicio formativo del EMDA será de octubre a junio (ambos incluidos, con posibilidad de realizar alguna actividad extraordinaria de colaboración municipal en los meses de septiembre y de julio). Por parte de la EMDA, habrá una dedicación lectiva semanal mínima de 24 horas, entre lunes y jueves (algún viernes con carácter excepcional), repartidas entre las 17:00 horas y las 21:00 horas (pudiendo ampliarse hasta las 21:30 horas en caso de necesidad). ## 5. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El lugar de prestación de servicio de estos servicios formativos serán espacios del Ayuntamiento de Aldaia gestionados por el Servicio de Cultura: tendrá lugar en las aulas de Danza de la Casa de la Música y del Centro Matilde Salvador. ## 6. DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato, que alcanzará todas las actuaciones descritas, será de 2 AÑOS, más DOS PRORROGABLES, (con la fórmula de 1 + 1). Es decir, dos cursos (octubrejunio) 2026/2027 y 2027/2028 y prórrogas por cursos (2028/2029 y 2029/2030), de octubre a <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 OTROS DATOS Código para validación: OMN60-FDXNK-KAD2C Página 3 de 11 <!-- image --> FIRMAS El documento ha sido firmado por : - 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> junio. Durante los meses de septiembre y de julio, con carácter excepcional, la EMDA podrá colaborar en alguna actividad de carácter municipal que se considerará incluida en este contrato. ## 7. PROYECTO TÉCNICO. De acuerdo con los apartados anteriores de Justificación y Objeto del Contrato, el servicio formativo de la EMDA , tiene como finalidad fomentar la experiencia formativoeducativa en el ámbito danza, propio de un proyecto integrador de dinamización en danza en el municipio. El proyecto de organización y funcionamiento del servicio formativo de la EMDA tendrá que atender los siguientes parámetros técnicos: ## A) FORMACIÓN: Se ofrecerá una dedicación mínima total de 24 horas de clase lectiva semanal repartida entre lunes a jueves (algún viernes con carácter excepcional) entre las 17.00 y las 21.00 horas (si fuera necesario se ampliaría hasta las 21.30 h) a lo largo de la duración del curso (octubre a junio incluidos, septiembre/julio de manera excepcional) que alcanzan los siguientes grupos genéricos de formación (las edades son orientativas). Los grupos y la distribución se conformarán en función de la madurez artística del alumnado. La nomenclatura de los cursos es aproximada: - -Preballet I, II, III, IV: alumnas/-os de 4 a 7-8 años. - -Dansa clàssica I: alumnas/-os de 8 a 9 años. - -Dansa clàssica II: alumnas/-os de 10 a 11 años. - -Dansa clàssica III: alumnas/-os de 12 a 13 años. - -Dansa clàssica IV: alumnas/-os de 14 a 15 años. - -Dansa clàssica V: alumnas/-os a partir de 15 años. Estos grupos tendrán la flexibilidad necesaria para facilitar el buen funcionamiento de cada uno de ellos. Si procede, se preparará al alumnado para el acceso al Conservatorio Profesional de Danza o al Conservatorio Superior de Danza. El alumnado será mayoritaria y prioritariamente de Aldaia. Se tendrán que fomentar las experiencias formativo-educativas en danza, propias de un proyecto integrador de dinamización en danza en el municipio. ## B) PRODUCCIÓN : Se preparará la puesta en escena y posterior exhibición de un espectáculo en interior y otro para exterior (puede concebirse bajo la fórmula de un 'Festival' o una 'Mostra') que dé a conocer los avances y progresos en el ámbito formativo. Esta producción se programará al final <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 OTROS DATOS Código para validación: OMN60-FDXNK-KAD2C Página 4 de 11 <!-- image --> ## FIRMAS El documento ha sido firmado por : - 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> de cada curso lectivo. También podrá preverse celebrar a lo largo del curso diferentes jornadas de puertas abiertas de la EMDA o incluso un 'Mini festival' aprovechando algunas fechas que motiven para este tipo de producciones (navidad, Día Mundial de la Danza...), así como diferentes colaboraciones puntuales con otras concejalías (Día contra la violencia de género, Día de las mujeres...). ## C) INVESTIGACIÓN: A lo largo del curso se convocarán varios foros, cursos monográficos y especializados, se planificarán intercambios con otras escuelas de danza, visitas al Conservatorio Profesional de Danza de València, se asistirá a la representación de espectáculos de danza, entre otros, con el objetivo de incentivar y motivar la formación del alumnado de la EMDA. Las clases se impartirán en los espacios municipales o educativas adecuado y en condiciones para albergar tales actividades. ## D) GESTIÓN: La EMDA dependerá directamente del Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Aldaia. Se invitará al alumnado de la EMDA a los espectáculos de danza/teatro programados en el TAMA, como aspecto proactivo de su formación. Las clases se desdoblarán y se impartirán en los espacios municipales de las aulas de danza en la Casa de la Música y en el Centro Matilde Salvador. La adjudicataria se ocupará de tutelar las altas y bajas de las inscripciones de la EMDA, estableciendo una fluida comunicación con el Servicio de Cultura para la correcta eficiencia en la gestión de los recibos trimestrales. Se comunicará mensualmente, durante los primeros 5 días de cada mes las faltas de asistencia del alumnado a las clases formativas. Se tendrá que subscribir un seguro de responsabilidad civil obligatorio y otro de accidentes y riesgo derivados de la prestación del servicio, con el capital mínimo exigido por la Ley, en atención al número de personas inscritas. En toda documentación, publicidad, imagen o materiales se hará un uso no sexista del lenguaje, se evitará cualquier imagen discriminatoria o estereotipos sexistas y, se fomentará una imagen con los valores de la igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. Por otra parte, siempre se incluirá el logo del Ayuntamiento de Aldaia, el de Cultura Viva a Aldaia y, en su caso, el del TAMA. ## 8. RECURSOS HUMANOS. La adjudicataria aportará el personal necesario para la ejecución del servicio y cubrirá las posibles bajas. Todo el personal dispondrá de experiencia demostrable en el sector y contará con las titulaciones mínimas estipuladas. Para garantizar un servicio formativo de calidad y la atención necesarias para su buen funcionamiento y desarrollo los servicios formativos, se establecerá un mínimo de 2 <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 OTROS DATOS Código para validación: OMN60-FDXNK-KAD2C Página 5 de 11 <!-- image --> FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> profesores/as de danza para atender la demanda existente y para cubrir las expectativas de la EMDA. El equipo de profesorado deberá acreditar formación y experiencia docente en artes escénicas, y en particular, en la disciplina de danza clásica, contemporánea y española (en este último caso, excepcionalmente). Se requerirá el título profesional de Danza que otorga el Conservatorio Profesional de Danza. La organización final del personal se hará con el total de participantes que realicen la inscripción final, contando con la ratio establecida por cada uno de los servicios formativos. ## 9. RECURSOS MATERIALES. Por cuenta del alumnado será el vestuario o la ropa adecuada para las representaciones, espectáculos, muestras o cualquier otra intervención que se tenga que llevar a cabo. ## 10. PRESUPUESTO Y CONDICIONES De conformidad con lo establecido en el artículo 102.1 de la LCSP, el precio de los contratos tiene que ser cierto, respetando siempre las reglas previstas en el Reglamento General de Contratación de las Administraciones Públicas, estableciéndose un precio adecuado en el mercado y a las características del servicio. Por su parte, el apartado 4 establece que ' El precio del contrato podrá formularse tanto en términos de precios unitarios referidos a los distintos componentes de la prestación o a las unidades de la misma que se entregan o ejecutan ...' Con el propósito de la determinación del precio del contrato, se han tomado en consideración diversas variantes, habiendo incorporado todos los gastos en las cuales la empresa adjudicataria o el personal adjudicatario podría incurrir para asegurar el cumplimiento adecuado de los servicios contratados, los cuales alcanzan aspectos generales, financieros, beneficios, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal bajo su responsabilidad, tasas, licencias y cualquier otro tipo de impuesto, con la excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que de conformidad con el artículo 20. Uno. 9 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, se encuentra la prestación del servicio exenta del impuesto. Para la determinación del precio del contrato se ha tenido en cuenta tanto la legislación en materia laboral, las características ofrecidas y especializadas, revisión de facturas emitidas con anterioridad por servicios de la misma naturaleza y un sondeo de mercado, cruzando datos para ajustar en precio de acuerdo con las razones y a la ley que aquí nos concitan. La EMDA requiere además de una prestación de servicios de carácter formativo, sociocultural y artístico por parte del adjudicatario y de un trabajo de coordinación y de cohesión de un equipo de profesionales de la danza con la coordinación del Servicio de Cultura En virtud de aquello el expuesto, se sostiene que la determinación del presupuesto, llevada a cabo en el momento de la divulgación del anuncio de licitación, es conforme con las condiciones del mercado y con las especificidades del servicio. <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 | DOCUMENTO PLIEGO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS: 05_PPT definitiu EMDA. Febrer'26 (versión 4) | IDENTIFICADORES | IDENTIFICADORES | |------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------| | OTROS DATOS Código para validación: OMN60-FDXNK-KAD2C Página 6 de 11 | FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 | FIRMADO 06/03/2026 12:02 | <!-- image --> <!-- image --> | ESCUELA MUNICIPAL DE DANZA DE ALDAIA (EMDA) | ESCUELA MUNICIPAL DE DANZA DE ALDAIA (EMDA) | ESCUELA MUNICIPAL DE DANZA DE ALDAIA (EMDA) | |-----------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------| | Configuración del equipo/horario/jornadas | Configuración del equipo/horario/jornadas | Configuración del equipo/horario/jornadas | | Ejecución | - Coordinación, creación, medios y apoyo del proyecto de actividades. Gastos de dirección, licencias, seguros, etc. -Disciplinas: Ballet clásico y Danza contemporánea. -24 horas de clase lectiva semanal, repartida entre lunes a jueves (algún viernes con carácter excepcional), entre las 17.00 h. y les 21.00 h. (si es necesario hasta las 21.30 h), a lo largo de la duración del curso (octubre a junio e incluidos, excepcionalmente alguna actividad en septiembre y julio). Se crearán los siguientes grupos de formación: - Preballet I, II, III, IV: alumnas/- os de 4 a 7-8 años. - Dansa clàssica I: alumnas/-os de 8 a 9 años. - Dansa clàssica II: alumnas/-os de 10 a 11 años. - Dansa clàssica III: alumnas/-os de 12 a 13 años. - Dansa clàssica IV: alumnas/-os de 14 a 15 años. - Dansa clàssica V: alumnas/-os a partir de 15 años. - Mínimo de 2 profesores/-as de danza para atender la demanda existente y para cubrir las expectativas del servicio formativo de la EMDA | | | | TOTAL | 33.500,00 € | <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org | OTROS DATOS Código para validación: OMN60-FDXNK-KAD2C Página 7 de 11 | FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 | FIRMADO 06/03/2026 12:02 | |------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------| <!-- image --> <!-- image --> | | IMPORTE | |-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------| | Importe de licitación (para una duración inicial de 2 años; IVA exento, conforme al artículo 20. Uno.9ª Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido) | 67.000,00 € | | Incremento de las modificaciones previstas ( (IVA excluido) | | | Importe de las opciones eventuales (IVA excluido) | | | Prórrogas (2) (IVA exento) | 67.000,00 € | | TOTAL VALOR ESTIMADO | 134.000,00€ | | Duración inicial del Contrato | 2 AÑOS | |---------------------------------|----------| | 1ª Prórroga | UN AÑO | | 2ª Prórroga | UN AÑO | ## 11. CONDICIONES DE PAGO. En cuanto a las condiciones de pago, este se efectuará mediante pago mensual vencido una vez sea prestado de conformidad el servicio, previa presentación de las facturas que correspondan, las cuales tendrán que estar debidamente conformadas por parte de la responsable del Servicio de Cultura. ## 12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | CRITERIO DE ADJUDICACIÓN | FÓRMULA | PONDERACIÓN | |----------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------| | CRITERIOS AUTOMÁTICOS | CRITERIOS AUTOMÁTICOS | CRITERIOS AUTOMÁTICOS | | 1 - Precio | Puntuación = 45 x baja ofrecida / mejor baja ofrecida Baja ofrecida = diferencia entre el tipo de licitación o presupuesto base de licitación y el precio ofrecido a valorar. Mejor baja ofrecida = diferencia entre el tipo de licitación o presupuesto base de licitación y precio más bajo ofrecido. Se asignarán 0 puntos a la proposición que ofrezca el tipo de licitación. | Máximo 45 PUNTOS | <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org | DOCUMENTO PLIEGO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS: 05_PPT definitiu EMDA. Febrer'26 (versión 4) | IDENTIFICADORES | IDENTIFICADORES | |------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------| | OTROS DATOS Código para validación: OMN60-FDXNK-KAD2C Página 8 de 11 | FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 | FIRMADO 06/03/2026 12:02 | <!-- image --> <!-- image --> | 2 - Bolsa de horas de libre disposición |  20 horas de libre disposición ofertadas por curso (contado desde octubre a junio): 7 (siete) puntos  10 horas de libre disposición ofertadas para meses extraordinarios del curso (septiembre y julio): 3 (tres) puntos | Máximo 10 PUNTOS | |-------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------| | CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIOS DE VALOR | CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIOS DE VALOR | CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIOS DE VALOR | | 3- Proyecto y experiencia en contratos de naturaleza igual o análoga en escuelas municipales de Danza |  Se otorgarán 2 (dos) puntos por cada certificado de experiencia en escuelas municipales de danza con un máximo de 5 certificados de servicios prestados/buena ejecución (máximo 10 puntos).  Y máximo 35 (treinta y cinco) puntos por el proyecto presentado con el contenido curricular y de programación/planificación de un curso de la EMDA Únicamente puntuará la documentación presentada junto con la oferta realizada. | Máximo 45 PUNTOS | ## 13. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO. Por parte de los responsables del Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Aldaia se facilitará a la empresa adjudicataria aquella información que se disponga y que esté relacionada con las actuaciones objeto del presente contrato. Además, se hará cargo de las inscripciones de los participantes y pasará el listado a la empresa adjudicataria. El Ayuntamiento pondrá a disposición de la persona adjudicataria las instalaciones para la realización de los servicios formativos para la EMDA, y, se encargará de la difusión del programa y supervisará las actividades para mejorar el funcionamiento. ## A. Estrategias de difusión - Inicio de inscripciones en el mes de septiembre. Se compartirá la campaña por los canales adecuados y públicos. <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org OTROS DATOS Código para validación: Página 9 de 11 <!-- image --> OMN60-FDXNK-KAD2C FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> - Difusión en los centros educativos y socioculturales, en las redes sociales, así como a cualquier otro lugar que se considere estratégico. ## B. Creación de materiales promocionales Cartelería: se crearán carteles, folletos, contenido, etc. Imágenes redes sociales: se adaptará el cartel a diferentes formatos. En ambos casos, siempre se utilizará el lenguaje inclusivo, no discriminatorio, fomentando una imagen con valores de igualdad, diversidad, presencia equilibrada, pluralidad de roles e identidades de género. Por otra parte, siempre se incluirá el logo del Ayuntamiento de Aldaia, el de Cultura Viva a Aldaia y, en su caso, el del TAMA. ## C. Colaboración con instituciones educativas y comunitarias Colaboración con otras áreas y concejalías como Igualdad, las entidades musicales, etc. de Aldaia para la difusión y promoción de los servicios formativos de la EMDA. ## D. Uso de redes sociales y medios de comunicación Se aprovechará la difusión de los centros municipales, mediante la cartelería en las redes sociales, web del Ayuntamiento, como por los grupos de difusión de WhatsApp. ## 14. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. - a. Cumplir con la programación y la calidad del servicio ofrecido. - b. Garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de menores y seguridad. - c. Presentar el informe o memoria correspondientes al seguimiento y la evaluación. - d. Presentar el certificado de Delitos de Naturaleza Sexual, tanto del profesorado, como de cada una de las personas que vayan a realizar sustituciones, antes del inicio de la ejecución del Servicio. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente aquello que se establece en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diera el Servicio de Cultura como responsable del contrato designado por el órgano de contratación. <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 OTROS DATOS Código para validación: Página 10 de 11 <!-- image --> OMN60-FDXNK-KAD2C ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02 ## FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios indicados, los licitadores tendrán que asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente. Respecto del personal adscrito a la prestación del servicio, la empresa o personal de la adjudicación, se obliga al cumplimiento bajo su exclusiva responsabilidad de las disposiciones vigentes en materia de derecho del trabajo, certificación de delitos de naturaleza sexual, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo y cualquier otra de general observancia, especialmente las de carácter laboral. Así mismo, el contratista, se obliga al cumplimiento de la normativa dictada por el Estado o la Comunidad Autónoma reguladora de la actividad objeto del presente contrato. Así, el Servicio de Cultura podrá requerir esta información a la empresa adjudicataria en cualquier momento si así lo estima. En consecuencia, el Ayuntamiento no asumirá ninguna responsabilidad por los incumplimientos de la normativa referida en el párrafo anterior quedando el contratista obligado ante el Ayuntamiento a resarcir las sanciones o indemnizaciones que hubieron tenido que satisfacerse por estos conceptos. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, respondiendo de la calidad de los trabajos que pudieran apreciarse durante esta. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causan, por sí o por el personal o medios dependientes de este, a terceros a consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y prejuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y prejuicios que se originan durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los cuales el trabajo haya incurrido. El contratista deberá disponer, durante toda la vigencia del contrato y sus posibles prórrogas, de una póliza de seguro de responsabilidad civil obligatorio y otro de accidentes y riesgo derivados de la prestación del servicio en atención al número de personas inscritas, que cubra los daños personales, materiales y perjuicios económicos derivados de la ejecución del servicio, incluidos los ocasionados por su personal y los derivados de actividades con menores. El capital asegurado no podrá ser inferior a 300.000 euros por siniestro y anualidad , debiendo acreditarse su vigencia y pago de la prima antes del inicio del servicio y siempre que sea requerido por el órgano de contratación. La falta de mantenimiento del seguro tendrá la consideración de incumplimiento contractual esencial . <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org OTROS DATOS Código para validación: Página 11 de 11 <!-- image --> OMN60-FDXNK-KAD2C ## FIRMAS El documento ha sido firmado por : 1.- FRANCIS LOPEZ SANCHIS, Gestora Técnica - Cap de Cultura i directora del TAMA, de Ajuntament d'Aldaia. Firmado 06/03/2026 12:02 <!-- image --> La persona adjudicataria se hará responsable del cuidado, vigilancia y control de los/as niños/as tanto en la entrada como la salida de las dependencias del centro, vigilando las puertas u otros accesos o salidas del mismo a fin de prevenir que ningún niño/a pueda salir sin compañía del padre, madre o persona en quien delegue. La persona adjudicataria estará obligada a cubrir las bajas, permisos, sustituciones del personal a su cargo, a fin de mantener el servicio en óptimas condiciones. Así mismo, se deberá comunicar con suficiente antelación a la persona responsable del contrato las sustituciones que se produzcan del profesorado. El contratista, antes del inicio de la actividad, realizará una acción informativa (supervisada por el Servicio de Cultura) con las familias para explicarlos el funcionamiento del servicio. La empresa o persona adjudicataria tiene la condición de encargado del tratamiento con este fin del que dispone la legislación sobre la protección de datos. El contratista tendrá que guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, sin ser públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión de este. Aldaia, a la fecha de la firma Documento firmado electrónicamente <!-- image --> *Avda de la Música, 11. 46960 Aldaia (València). 96 198 84 06 cultura@ajuntamentaldaia.org ESTADO FIRMADO 06/03/2026 12:02