Contrato de servicios de actuaciones musicales en las fiestas patronales en honor a Nuestra Señora de la Victoria de Lepanto del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, año 2026, dividido en cinco lotes.
Objeto y condiciones del contrato
Alcaldía del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés convoca la licitación «Contrato de servicios de actuaciones musicales en las fiestas patronales en honor a Nuestra Señora de la Victoria de Lepanto del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, año 2026, dividido en cinco lotes», un contrato de servicios con un valor estimado de 84.000,00 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Servicios de entretenimiento.; Servicios artísticos.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 16 de septiembre de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Resuelta.
Plazo de presentación
Presentación exclusivamente electrónica a través de la Plataforma, en un archivo independiente por cada lote al que se concurra, sin que quepa una única proposición conjunta. El plazo es de cinco días hábiles desde el envío de la invitación, fijado al amparo del artículo 136.1 de la Ley 9/2017, sin que en el procedimiento negociado sin publicidad resulten de aplicación los plazos mínimos del artículo 156. La proposición tendrá la consideración de oferta definitiva conforme al artículo 169.8.
Requisitos de los licitadores
Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del lote o lotes a los que se concurra, conforme al artículo 87.1.a) de la LCSP. Alternativamente podrá acreditarse mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales con cobertura no inferior al valor estimado del lote o lotes a los que se concurra, acompañado del compromiso de su renovación o prórroga durante toda la ejecución, conforme al artículo 87.1.b).
Solvencia técnica o profesional
- Relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato realizados en los tres últimos años, avalada por certificados de buena ejecución, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al setenta por ciento del valor estimado del lote o lotes a los que se concurra, conforme al artículo 90.1.a) de la LCSP. Se considerarán servicios de igual o similar naturaleza los que compartan los tres primeros dígitos del código CPV principal.
- Se exigirá asimismo, conforme al artículo 90.1.h), la indicación de los medios técnicos y del personal adscrito a la ejecución, comprensiva de la infraestructura escénica y de los equipos de sonido e iluminación que hayan de emplearse en cada lote, así como el compromiso de adscripción de dichos medios en los términos del artículo 76.2, cuyo cumplimiento tendrá la consideración de obligación contractual esencial a los efectos del artículo 211.1, letra f).
Condiciones de ejecución
- Consideraciones de tipo social: Salario y condiciones del convenio sectorial y del RD 1435/1985 de artistas en espectáculos públicos, con alta y cotización efectivas y complementos por horario nocturno y festivo. Seguridad del montaje escénico e instalación eléctrica conforme al REBT. Coordinación de actividades empresariales (RD 171/2004). Pago a subcontratistas (arts. 216 y 217 LCSP).
- Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer: Medidas de igualdad efectiva conforme a la Ley Orgánica 3/2007, con protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo, y abstención de contenidos discriminatorios en el repertorio, la puesta en escena y la difusión.
- Consideraciones de tipo medioambiental: Retirada de los medios y restitución del emplazamiento tras cada actuación, con entrega de residuos a gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022. Ajuste de los niveles sonoros a la ordenanza municipal y a la Ley 37/2003, con respeto de la franja horaria autorizada.
Subcontratación
No se admite subcontratar la prestación principal, esto es, la actuación artística y su montaje escénico, conforme al art. 215.2 LCSP y a la cláusula 6.6 del PCAP.
Prórrogas
No se prevé la posibilidad de prórroga. Se trata de un elenco cerrado de actuaciones con fechas predeterminadas por el programa festivo, que se agota con la celebración de la última de ellas. La extensión a ejercicios sucesivos no constituiría prórroga sino contratación de una prestación nueva y distinta.
Motivación de la adjudicación
- Resolución de Adjudicación
- Resolución de Alcaldía
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Lotes
5 lotes
| Criterio | Tipo | Peso |
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Proposición económica
Se adjudicará cada lote a la oferta presentada siempre que su base imponible no supere el presupuesto base de licitación del lote, que opera como límite máximo. No procede fórmula de reparto de puntuación por presentarse una única proposición por lote. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que, a los solos efectos de posibilitar la presentación de la proposición económica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público, el precio se consigne en ella como criterio único de aplicación automática con la totalidad de la ponderación. Dicha consignación tiene carácter meramente instrumental, de modo que la oferta presentada resultará adjudicataria siempre que sea admisible y no supere el presupuesto base de licitación del lote, sin que proceda comparación ni reparto de puntuación alguno.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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Proposición económica
Se adjudicará cada lote a la oferta presentada siempre que su base imponible no supere el presupuesto base de licitación del lote, que opera como límite máximo. No procede fórmula de reparto de puntuación por presentarse una única proposición por lote. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que, a los solos efectos de posibilitar la presentación de la proposición económica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público, el precio se consigne en ella como criterio único de aplicación automática con la totalidad de la ponderación. Dicha consignación tiene carácter meramente instrumental, de modo que la oferta presentada resultará adjudicataria siempre que sea admisible y no supere el presupuesto base de licitación del lote, sin que proceda comparación ni reparto de puntuación alguno.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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Proposición económica
Se adjudicará cada lote a la oferta presentada siempre que su base imponible no supere el presupuesto base de licitación del lote, que opera como límite máximo. No procede fórmula de reparto de puntuación por presentarse una única proposición por lote. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que, a los solos efectos de posibilitar la presentación de la proposición económica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público, el precio se consigne en ella como criterio único de aplicación automática con la totalidad de la ponderación. Dicha consignación tiene carácter meramente instrumental, de modo que la oferta presentada resultará adjudicataria siempre que sea admisible y no supere el presupuesto base de licitación del lote, sin que proceda comparación ni reparto de puntuación alguno.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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Proposición económica
Se adjudicará cada lote a la oferta presentada siempre que su base imponible no supere el presupuesto base de licitación del lote, que opera como límite máximo. No procede fórmula de reparto de puntuación por presentarse una única proposición por lote. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que, a los solos efectos de posibilitar la presentación de la proposición económica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público, el precio se consigne en ella como criterio único de aplicación automática con la totalidad de la ponderación. Dicha consignación tiene carácter meramente instrumental, de modo que la oferta presentada resultará adjudicataria siempre que sea admisible y no supere el presupuesto base de licitación del lote, sin que proceda comparación ni reparto de puntuación alguno.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
| Criterio | Tipo | Peso |
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Proposición económica
Se adjudicará cada lote a la oferta presentada siempre que su base imponible no supere el presupuesto base de licitación del lote, que opera como límite máximo. No procede fórmula de reparto de puntuación por presentarse una única proposición por lote. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que, a los solos efectos de posibilitar la presentación de la proposición económica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público, el precio se consigne en ella como criterio único de aplicación automática con la totalidad de la ponderación. Dicha consignación tiene carácter meramente instrumental, de modo que la oferta presentada resultará adjudicataria siempre que sea admisible y no supere el presupuesto base de licitación del lote, sin que proceda comparación ni reparto de puntuación alguno.
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Objetivo / Automático | 100,00% |
Documentación
7 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato