Informe de insuficiencia de medios
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## INFORME DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS
## ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE ACTUACIONES DEPORTIVAS: 'DEPORTE EN LA CALLE DISTRITO VILLAVERDE'.
El fin institucional que se persigue mediante la presente contratación administrativa es la prestación de todos los servicios necesarios para la organización y desarrollo de actividades y eventos de promoción deportiva en Villaverde, así como las aperturas de los centros, el suministro de materiales para la realización de las diferentes actividades, responsabilizándose del mantenimiento de las instalaciones y equipamiento existente. Se pretende facilitar a la ciudadanía el acceso a la actividad física y deportiva desde un punto de vista lúdico, fomentando a su vez, ocio y hábitos saludables. Para ello se han contemplado una gran variedad de actividades que intentan llegar a todos los segmentos de población y a diferentes colectivos. Se aplicará el enfoque intergeneracional, intercultural y de género teniendo en cuenta las diferencias y desigualdades presentes y específicas en el Distrito.
Estas actividades requieren un importante volumen de recursos, tanto en cuanto a lo que se refiere a los profesionales, con unos requerimientos de formación y experiencia determinados, como en lo relativo a los materiales e instalaciones, imprescindibles para el desarrollo de las actividades, todo ello en consonancia con los objetivos que se pretenden conseguir con el desarrollo de este programa.
Por un lado, los medios con que cuenta la Administración Municipal para llevar a cabo las prestaciones objeto del presente contrato son inadecuados e insuficientes, habida cuenta de la inexistencia de efectivos suficientes para asumir la realización del mismo; siendo todas estas las circunstancias que, en base a lo dispuesto en el artículo 28 de la LCSP y dando, asimismo, cumplimiento al apartado 2.1 de la Instrucción 5/2016, aprobada mediante Decreto de 15 de diciembre de 2016, del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, justifican la necesidad, idoneidad así como la eficiencia de la contratación para conseguir de la misma los objetivos propuestos.
Por otro lado, en la elaboración de la diversa documentación preparatoria de la presente contratación administrativa se ha tenido, asimismo, en cuenta lo dispuesto en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 20 de febrero de 2012, por el que se aprueba la Instrucción 2/2012 sobre inclusión de los requerimientos de medios personales y materiales en los contratos celebrados por los diferentes órganos de contratación del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, determinándose con concreción en el clausulado del Pliego de Prescripciones Técnicas tantos los medios personales como los materiales necesarios para la ejecución del contrato, que serán destinados exclusivamente al cumplimiento del fin institucional perseguido por el mismo y no a terceras necesidades o intereses ajenos al mismo.
Igualmente, se ha observado lo señalado en la referida instrucción 5/2016, apartado 4.2, al haberse incluido, dentro de los criterios valorables en cifras o porcentajes, para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en la relación calidad-precio, criterios que mejoran la calidad de la misma y la prestación del servicio,
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estando éstos vinculados al objeto del contrato y formulados de forma objetiva con pleno respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad.
De la misma forma, las disposiciones contenidas en el Decreto de 19 de enero de 2016, del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueba la Instrucción 1/2016, relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Municipal.
Al no disponer este Ayuntamiento de los medios materiales y personales necesarios para el cumplimiento de las diferentes prestaciones objeto del presente contrato, se propone la contratación externa de todas aquellos que, desde el punto de vista de la proporcionalidad y de eficiencia, eficacia y economía en la utilización de los fondos públicos, se han considerado más adecuadas, según se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Por último, se informa que en las actuaciones preparatorias del presente contrato se ha atendido a lo dispuesto en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 20 de febrero de 2012, por el que se aprueba la Instrucción 5/2012, sobre servicios externos contratados por el Ayuntamiento de Madrid y los entes que conforman su sector público, en cumplimiento de la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio.