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Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> ## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ACTUACIONES DE PROMOCIÓN DEPORTIVA DENOMINADO: ' DEPORTE EN LA CALLE DISTRITO VILLAVERDE ' ## 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato es la prestación de todos los servicios necesarios para la organización y desarrollo de labores técnicas, auxiliares, de logística puesta en marcha, ejecución y evaluación de las actuaciones deportivas que contribuyan a la promoción deportiva del Distrito de Villaverde. La promoción deportiva pretende facilitar a la ciudadanía el acceso a la actividad física y deportiva desde un punto de vista lúdico, fomentando a su vez, el ocio activo y los hábitos saludables. Para ello se han contemplado una gran variedad de actuaciones deportivas: actividades, jornadas, exhibiciones, torneos, competiciones, eventos y entrega de menciones; que intentan llegar a todos los segmentos de población y a diferentes colectivos con un enfoque intergeneracional, intercultural y de género teniendo en cuenta las diferencias y desigualdades presentes y específicas en el Distrito. Las características técnicas del servicio y su programa se especifican en el apartado 3 de este pliego de prescripciones técnicas y comprenden actuaciones deportivas cuya organización, promoción, ejecución y evaluación dependen exclusivamente de la empresa adjudicataria; y otras, en las que la empresa proporciona el apoyo preciso para atender las necesidades tanto materiales como personales de las organizadas por la propia Junta Municipal, o por la ciudadanía: equipos, clubes deportivos, comunidad educativa, asociaciones, fundaciones, etc., que operan en el Distrito. ## 2. OBJETIVOS BÁSICOS La programación de actuaciones de promoción deportiva deberá atender a los siguientes objetivos: - General: Proporcionar a la ciudadanía actividades que propicien su bienestar físico y social, contribuyan a cubrir sus necesidades de ocio e incrementen su nivel de práctica deportiva. ## - Específicos: - o Proporcionar una oferta deportiva de ocio variada y atractiva para la población del Distrito, sin distinción alguna basada en sexo, etnia, raza, color, lengua, religión, ideas políticas o de otra cualquier otra circunstancia. - o Fomentar la práctica deportiva. - o Ajustarse a los cambios y nuevas tendencias que surjan en los ámbitos deportivos de forma más inclusiva y evitando la masculinización de determinadas disciplinas. - o Acomodarse a las condiciones físicas y estructurales de los espacios donde se van a prestar los servicios. <!-- image --> - o Difundir la programación a través de la realización de los materiales divulgativos indicados por el Distrito, siempre con lenguaje inclusivo. - o Dinamizar con actividades deportivas organizadas en las instalaciones deportivas, los espacios en la calle y demás espacios públicos. ## 3. PROGRAMA Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO: El programa de actuaciones deportivas ' Deporte en la calle Distrito Villaverde ' estará configurado por las siguientes actividades, jornadas, exhibiciones, torneos, competiciones, eventos y entrega de menciones: ## 3.1 Actividades en la calle. El servicio de organización y ejecución de esta actuación deportiva consistirá en sesiones semanales de cada una de las actividades de carácter gratuito para las personas asistentes. Las actividades a realizar serán las siguientes: - -Zumba. - -Actividades cuerpo-mente (yoga, pilates o taichí) - -Deportes urbanos (skate, calistenia y parkour) Para cada una de las actividades será necesario que los/as monitores/as tengan los requisitos y experiencia suficientes para impartir la actividad. Además, se realizarán dos fiestas anuales de zumba y otras dos fiestas anuales de deportes urbanos, antes del periodo navideño y como fiesta final de la temporada en el mes de junio. En estas fiestas se incluirá un avituallamiento consistente en refresco + fruta, chucherías o barrita energética. La asistencia estimada a estas fiestas es de 150 personas en el caso de zumba y 50 para deportes urbanos. Categorías ## : Abierta. Lugar de celebración : diferentes instalaciones deportivas básicas del Distrito de Villaverde. Fechas : desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio. Duración: Cada sesión tendrá una duración de 90 minutos, excepto las fiestas que serán de 120 minutos. El total de sesiones será el siguiente: Zumba: dos sesiones semanales, viernes por la tarde y domingo por la mañana, para un total de 75 sesiones + 2 fiestas. Deportes Urbanos: 2 sesiones semanales, martes y jueves por la tarde, para un total de 77 sesiones + 2 fiestas. Actividades cuerpo-mente: 3 sesiones semanales, lunes y miércoles por la tarde y sábado por la mañana, para un total de 119 sesiones. Antes del inicio del contrato, se consensuará con el Departamento de Deportes que actividad concreta se realiza cada día de la semana. Participación estimada : 275 jornadas x 24 participantes=6.600 (en el total de las sesiones). <!-- image --> ## Recursos humanos: Monitores necesarios para cada sesión: - 1 monitor/a de zumba grupo 3.2. - 3 monitores/as deportes urbanos grupo 3.2. - 1 monitor/a de actividades de cuerpo-mente grupo 3.2. ## Recursos materiales: Transporte de material. Avituallamiento + material 4 fiestas. Material para el desarrollo de las actividades. ## 3.2 Fiesta del deporte Propuesta de actividades deportivas de ocio saludable para la población de Villaverde que incluirán al menos montaje de hinchables, realidad virtual y otras actividades deportivas o de ocio. El equipo de monitores coordinará los hinchables, las experiencias de realidad virtual y las propuestas deportivas para garantizar la seguridad y el correcto flujo de participantes. Se establecerá un punto central de información y animación donde el speaker dinamizará la jornada y comunicará los horarios de cada actividad. Además, se organizarán pausas estructuradas para repartir avituallamiento y mantener la participación durante las seis horas del evento. Lugares de desarrollo: La ubicación será la que se determine en instalaciones deportivas básicas, centros deportivos municipales, otros edificios municipales, parques, plazas y otros espacios de la vía pública. Fecha: junio. Duración: 6 horas. Participación estimada: 8 00 personas. ## Recursos humanos: Necesarios durante el desarrollo de la actividad: - 10 monitores/as grupo 3.2. - 1 speaker. ## Recursos materiales: Transporte de material. Avituallamiento 800 personas (refresco + fruta o chuches). Regalo mochila de cuerdas 500 niños personalizada Distrito Villaverde. Hinchables x 3. Certificación técnica montaje hinchables. Realidad virtual. Material actividades + montaje. Tarima 6x2. ## 3.3 Media maratón rockera +10K. Actividad para corredores del Distrito de Villaverde. Las dos carreras transcurrirán por diferentes calles del Distrito de Villaverde (recorrido por determinar) cerrado a la circulación de vehículos. Durante el desarrollo de la carrera habrá actuaciones musicales por parte de grupos del Distrito que quieran darse a conocer. La organización de estas pruebas incluirá la habilitación anticipada del recorrido, con señalización visible, zonas de control y puntos de animación distribuidos <!-- image --> estratégicamente. Previamente a la salida, el personal de organización coordinará la entrega de dorsales y revisará la seguridad del circuito. Durante la carrera, los equipos de control velarán por el buen desarrollo del evento, apoyándose en vehículos guía y personal situado en cruces y puntos críticos. La jornada culminará en la zona de meta, donde se instalará un espacio de avituallamiento, animación musical y entrega de premios. ## Categoría: Abierto. Lugar de celebración : Parque y/u otros espacios de la vía pública del Distrito de Villaverde. Fecha : abril. Duración : 6 horas Participación estimada : 900 personas media maratón + 600 personas 10k ## Recursos humanos : Necesarios durante el desarrollo de la actividad: - 1 speaker. - 1 técnico de sonido. - 80 personas organización y control de carrera grupo 4.2. - 4 personas para entrega de camisetas y dorsales grupo 4.2. - 10 personal avituallamiento grupo 4.2. - 8 personal guardarropa grupo 4.2. - Servicio médico ## Recursos materiales: Servicio inscripciones (incluyendo dorsales y chips). Las inscripciones en esta actividad tendrán u n coste por persona que no superará los 15€ en la media maratón y los 10 € en 10k. El coste de la inscripción se destinará íntegramente al material que se le facilitará a cada corredor-a. El pago de la inscripción lo recibirá la empresa, que presentará, junto con la memoria mensual correspondiente, una liquidación detallada de los ingresos por inscripciones recibidos, acreditando que han sido íntegramente destinados a los conceptos previstos en este pliego. Dos coches, uno de ellos con cronometraje. Camiseta corredor x 1500. Trofeos 16 en total (primer, segundo y tercer clasificado en categoría masculina y femenina en cada carrera + corredor y corredora de mayor edad en cada carrera). Equipo sonido + generador. 10 aseos portátiles. Avituallamiento (agua + isotónico + barrita + fruta). Bolsa del corredor. Transporte de vallas. Actuaciones musicales y contratación de al menos dos grupos del Distrito. Chalecos personal x 115. Seguro de carreras. Reportaje fotográfico. Conos necesarios para delimitar el recorrido. ## 3.4. Actividades recreativas de refuerzo de la actividad física. La finalidad de esta convocatoria es la realización de 12 actividades recreativas de carácter lúdico y/o competitivas, elegidas y creadas por el Departamento de Deporte para fomentar la práctica deportiva durante la temporada 2026/2027. Estas actividades serán diseñadas puntualmente según las necesidades que se detecten en el Distrito de Villaverde. El adjudicatorio prestará apoyo logístico, de recursos humanos y de imagen corporativa para estas actividades. <!-- image --> Estas actividades se desarrollarán a lo largo de la temporada según las necesidades detectadas en el distrito, lo que permitirá adaptar cada propuesta a la realidad social y deportiva del momento. Categorías: Abierta. Lugar de celebración: diferentes espacios de las instalaciones deportivas del Distrito de Villaverde. Fecha de la actividad: Durante toda la duración del contrato Duración: 12 jornadas de 5 horas cada una. Participación estimada: 720 personas (en el total de las sesiones). ## Recursos humanos: 3 monitores/as deportivos de apoyo grupo 3.2 para cada una de las actividades y jornada ## Recursos materiales: Transporte de material. Avituallamiento. Material para el desarrollo de las actividades. Trofeos y medallas. Detalles de participación. Todas las actividades, así como sus necesidades materiales y de personal, se decidirán junto al Departamento de Deportes. ## 3.5 Olimpiadas escolares Esta actividad físico-deportiva, tiene por objeto transmitir, divulgar e inculcar los valores del deporte y del ideario olímpico entre la población escolar del Distrito. Se pretende facilitar a la infancia el acceso a la actividad física y deportiva, fomentando el ocio activo y los hábitos saludables y transmitiendo los efectos positivos sobre la salud y la condición física que tiene el deporte. Se hará a través de una metodología lúdica, integradora y saludable que incentive los principios éticos fundamentales y universales asociados a la práctica de la actividad física y del deporte, como el valor del esfuerzo, el respeto por las reglas del juego y hacia los demás participantes. El desarrollo de las Olimpiadas escolares incluirá una planificación previa con cada centro educativo para coordinar horarios, desplazamientos y participación en las diferentes pruebas. Durante cada jornada se habilitarán circuitos, estaciones deportivas y zonas de espera para garantizar un flujo organizado del alumnado. El equipo técnico dinamizará las actividades mediante explicaciones previas, calentamientos dirigidos y apoyo continuo en cada prueba, asegurando que todos los menores comprendan su funcionamiento. En la jornada final, se generará un clima de celebración con entrega de medallas. Las pruebas que contemplará esta olimpiada se decidirán conjuntamente con el Departamento de Deportes, no obstante, siempre habrá tanto competiciones individuales como por equipos. Estas olimpiadas podrán servir como sistema de clasificación para las Escoladas del Ayuntamiento de Madrid. <!-- image --> Habrá tres jornadas de clasificación, donde cada centro participará en uno de los días, y una jornada final con todos los participantes. De este modo, cada centro escolar participará en dos jornadas. Categorías : Abierta. Lugar de celebración : En uno de los centros deportivos municipales del Distrito. Fechas : 4 días consecutivos en febrero. Duración: 4 jornadas de 5 horas. (3 de clasificación y 1 final) Participación estimada : 3000 niños/as (en el total de las jornadas). ## Recursos humanos: Necesarios para cada jornada: - 25 monitores/as deportivos/as grupo 3.2. - peones de mantenimiento grupo 5. - 1 enfermero 2.2. ## Recursos materiales: Transporte de material. Avituallamiento 3000 niños/as (refresco +fruta + chuches). Transporte escolar. Dorsales x 1500. Camisetas conmemorativas x 1500. Trofeos para los colegios ganadores y 1500 medallas, para todos los participantes. Speaker. Escenario. Material deportivo. Gastos de montaje. ## 3.6 Cross escolar de la constitución Este cross escolar está destinado a fomentar el compromiso de los centros escolares del Distrito con el deporte. Una excelente manera de promover la actividad física y los valores entre los más jóvenes. El Cross escolar se organizará creando un circuito seguro y señalizado que se adaptará a cada categoría de edad, garantizando la correcta separación entre participantes. La empresa organizará la recogida en los centros y a la llegada, el equipo técnico coordinará la acogida, organizará los grupos y explicará el funcionamiento general de la jornada. Antes de cada salida se realizará un calentamiento dirigido para preparar al alumnado y evitar riesgos, acompañado de música y dinamización para mantener un ambiente motivador. Durante las carreras, el personal de control se distribuirá por puntos estratégicos del recorrido para guiar a los menores, supervisar ritmos y reforzar la seguridad. La jornada culminará con el avituallamiento y la entrega de medallas y trofeos. Categorías y distancias ## : Abierta. Benjamín Femenina y Masculino: Nacidos en 2016-2017, recorren 800 metros. Alevín Femenina y Masculino: Nacidos en 2014-2015, recorren 800 metros. Infantil Femenina y Masculina: Nacidos en 2012-2013, recorren 1.100 metros. Cadete Masculino y Femenino: Nacidos en 2010-2011, recorren 2.250 metros. Popular Masculino y Femenino: Nacidos en 2009 y anteriores, recorren 2.250 metros. Minis A, B, C, D y E: Distintas distancias para los más pequeños, desde nacidos en 2018 hasta 2022 Profesores: recorren 1.100 metros. <!-- image --> Expediente: 300/2026/00739 Lugar de celebración : Zona que se reserve entre las instalaciones deportivas básicas, centros deportivos municipales, otros edificios municipales, parques, plazas y otros espacios de la vía pública del Distrito de Villaverde. Fecha : diciembre. Duración: 5 horas Participación estimada : 3000 personas. ## Recursos humanos: Necesarios durante el desarrollo de la actividad: - 1 speaker. - 1 técnico de sonido. - 30 personas organización y control de la carrera 4.2. - 6 personal avituallamiento 4.2. - Servicio Médico. ## Recursos materiales: Transporte de material. Avituallamiento 3000 personas (agua + fruta). Transporte escolar para todos los participantes desde el centro educativo hasta el lugar donde se desarrolle la competición. Aseos químicos x 4. Equipo de sonido + generador. Medallas x 3000 + 36 trofeos. ## 3.7 Cross de la constitución Este cross está destinado a promover la práctica deportiva, la convivencia vecinal y hábitos de vida saludables, mediante una jornada segura, inclusiva y accesible que fomente la participación ciudadana y el uso responsable de los espacios públicos del distrito. Para el Cross de la Constitución se habilitará un circuito urbano o de parque totalmente delimitado, garantizando un recorrido accesible y seguro para todos los participantes. Antes del inicio, el equipo técnico organizará la zona de salida, gestionará los dorsales y ofrecerá información a los corredores sobre normas básicas y tiempos estimados. Durante la prueba, el personal de control se situará en cruces y puntos clave para guiar el tránsito de los corredores y asegurar la correcta circulación del evento. El speaker dinamizará la actividad con avisos y música, creando un ambiente motivador para corredores y público. En la línea de meta se instalará el avituallamiento y el espacio de entrega de trofeos. Categoría y distancia: Abierto. 5000 metros. Lugar de celebración : Parque y/u otros espacios de la vía pública del distrito de Villaverde. Fecha : diciembre. Duración : 5 horas Participación estimada : 600 personas ## Recursos humanos : Necesarios durante el desarrollo de la actividad: - 1 speaker. - 1 técnico de sonido. - 10 personas organización y control de carrera grupo 4.2. - personal avituallamiento grupo 4.2. - Servicio médico <!-- image --> ## Recursos materiales: Servicio inscripciones (incluyendo dorsales y chips). Las inscripciones en esta actividad tendrán un coste por persona que no superará los 6 €. El coste de la inscripción se destinará íntegramente al material que se le facilitará a cada corredor/a. El pago de la inscripción lo recibirá la empresa, que presentará, junto con la memoria mensual correspondiente, una liquidación detallada de los ingresos por inscripciones recibidos, acreditando que han sido íntegramente destinados a los conceptos previstos en este pliego. Camiseta corredor x 600. Equipo sonido + generador. 4 aseos portátiles. Avituallamiento (agua + fruta). Medallas y trofeos. Transporte de material. ## 3.8 Masterclass zumba Halloween y Carnaval Se ofrecerá una experiencia divertida, festiva y saludable a los participantes, utilizando la música y la energía característica de la Zumba para celebrar estas festividades de manera activa y dinámica. Cada masterclass se ambientará según la temática festiva -Halloween o Carnaval -incorporando decoración, música y dinámicas propias de cada celebración para crear una experiencia inmersiva. Al finalizar, se procederá al reparto de avituallamiento y se abrirá un breve espacio para fotos. Categorías: Abierta. Lugar de celebración: Instalaciones deportivas del Distrito de Villaverde. Fechas: octubre y febrero. Duración: 3 horas x 2 fiestas. Participación estimada: 150 personas x 2 fiestas. ## Recursos humanos: Necesarios para cada una de las fiestas: - 3 monitores/as de zumba grupo 3.2. ## Recursos materiales: Transporte de materiales. Avituallamiento 150 personas (refresco +fruta o chuches) x 2 fiestas. Material para el desarrollo de las actividades. ## 3.9 Sábados diferentes Esta actividad consiste en 4 eventos deportivos diferentes para promocionar un ocio alternativo entre la población del Distrito de Villaverde. Las 4 jornadas serán: 1. Sábado en febrero. Deporte Urbano 2. Sábado en marzo. Fútbol sala y baloncesto 3x3 3. Sábado en abril. Gymkana. 4. Sábado en mayo. Deportes con ruedas (Skate/BMX). Cada una de las cuatro jornadas se organizará como un evento autónomo, con su propia estructura, materiales y dinámicas adaptadas a la temática deportiva del mes. Al finalizar cada jornada, se entregarán los trofeos y detalles. <!-- image --> Categorías ## : abierta. Lugar de celebración: Instalaciones deportivas básicas, centros deportivos municipales, otros edificios municipales, parques, plazas y otros espacios de la vía pública del Distrito de Villaverde. Fecha : febrero, marzo, abril y mayo. Duración: 5 horas x 4 sábados. Participación estimada: 75 personas x 4 eventos. Recursos humanos: 4 monitores/as deportivos/as grupo 3.2 para cada sábado. ## Recursos materiales : Transporte de material. Avituallamiento 75 personas x 4 eventos (refresco + fruta o chuches). Camisetas de un sábado diferente x 300. Trofeos 6 x jornada. Arbitrajes deportes de equipo. Materiales deportivos para el desarrollo de las actividades. ## 3.10 Villaverde en bici Con la finalidad de promocionar el ciclismo en el Distrito de Villaverde y en el contexto de la movilidad sostenible, la empresa adjudicataria llevara a cabo la organización e infraestructura necesaria para el desarrollo de un recorrido ciclista por las calles del distrito (recorrido por determinar de aproximadamente 15 km) cerrado a la circulación de vehículos. El recorrido, previamente señalizado y cerrado al tráfico, contará con monitores en bicicleta distribuidos a lo largo del pelotón para asegurar un avance uniforme y atender cualquier incidencia. A mitad del itinerario se habilitarán puntos de control y acompañamiento para comprobar el bienestar de los ciclistas y reforzar la seguridad del grupo. Al finalizar la ruta, se ofrecerá un avituallamiento y un pequeño espacio de convivencia Categorías: Intergeneracional. Lugar de celebración : parques, plazas y otros espacios de la vía pública del Distrito de Villaverde. Fecha : mayo. Duración: 6 horas. Participación estimada: 300 personas. ## Recursos humanos: Necesarios durante el desarrollo de la actividad: - 1 speaker. - 1 técnico de sonido. - 20 monitores/as en bici grupo 3.2. - 7 personas avituallamiento grupo 4.2. - Servicio médico. ## Recursos materiales: 2 vehículos de acompañamiento. Equipo de sonido + generador. 2 aseos portátiles. Avituallamiento (agua + isotónico + barrita + fruta) x 300. Bolsa del corredor. Chalecos personal x 30. <!-- image --> Seguro de carreras. Reportaje fotográfico. ## 3.11 Parque y salud Se trata de una actividad para usuarios que desean realizar práctica deportiva al aire libre, combinando paseo con ejercicios dinámicos. Está dirigida a usuarios adultos mayores de 50 años. Lugar de desarrollo: Plazas, parques y otros espacios de la vía pública del Distrito de Villaverde. Fechas: martes, jueves del 1 de septiembre al 30 de junio. Duración: 82 sesiones de 2 horas. Participación estimada: 1.896 personas (en el total de las sesiones). ## Recursos humanos: 2 titulados/as CCAFYD grupo 2.1 para cada sesión. ## Recursos materiales: Transporte de material. Material para el desarrollo de las actividades. ## 3.12 Dinamización de instalaciones básicas deportivas e instalaciones deportivas escolares Garantizar la realización de actividades deportivas, de ocio y tiempo libre saludable, así como desarrollar un servicio de dinamización deportiva y prevención de conflictos a través del seguimiento y control del uso, en las Instalaciones deportivas básicas e instalaciones deportivas escolares del Distrito de Villaverde. El adjudicatario deberá aportar para la ejecución de las actividades deportivas el material deportivo necesario para una buena ejecución de las actividades programadas. Las actividades que realizarán los dinamizadores deportivos serán: - Coordinación y trabajo en red para la difusión del proyecto entre los profesionales y usuarios de las instalaciones deportivas básicas. - Actividades de captación y orientación de los usuarios que acuden e intervenir en la prevención de posibles conflictos. - Información y orientación sobre la normativa vigente en uso y mantenimiento de los espacios públicos y sobre las normas de convivencia en los espacios vecinales y públicos. - Desarrollo de actividades deportivas y lúdicas para aprovechamiento del espacio público, que generen dinámicas de participación y convivencia. - Coordinación con entidades y recursos sociales para dar respuesta a las necesidades detectadas en la población que frecuenta las instalaciones deportivas. - Sesiones informativas, sobre las problemáticas detectadas en los distintos espacios: venta ambulante, suciedad, conflictos por la utilización de las instalaciones deportivas, etc. - Apoyar el tejido social que opera o/y está situado en el Distrito. <!-- image --> - Dichas actividades se realizarán a nivel individual, grupal y comunitario. Lugar de desarrollo: Instalaciones deportivas básicas e instalaciones deportivas escolares. Fechas: 3 jornadas semanales, sábados y domingos por la tarde y sábado o domingo por la mañana (horario por determinar) 1 de septiembre al 30 de junio. Duración: 3 horas x 117 sesiones = 351 horas en total. Participación estimada: 2.808 personas (en el total de las sesiones). ## Recursos humanos: 4 dinamizadores/as grupo 3.2 para cada jornada. ## Recursos materiales: Transporte de material. Material para el desarrollo de las actividades. ## 3.13 Fiesta de Deporte en la calle Realización de actividades de deporte en la calle de manera simultánea en distintas ubicaciones del Distrito. Para ello se contará con la colaboración de forma voluntaria de clubes, entidades y asociaciones deportivas del Distrito. Lugares de desarrollo: La ubicación será la que se determine en instalaciones deportivas básicas, centros deportivos municipales, otros edificios municipales, parques, plazas y otros espacios de la vía pública. Fecha: septiembre. Duración: 6 horas. Participación estimada: 800 personas. ## Recursos humanos: 12 monitores/as grupo 3.2 durante el desarrollo de la fiesta. ## Recursos materiales: Transporte de material y montaje. Avituallamiento 800 personas (refresco + fruta o chuches). ## 3.14 Escuela de escalada Es una actividad para usuarios que desean realizar práctica deportiva de escalada, promoviendo la adquisición de habilidades físicas y técnicas, el trabajo en equipo, la superación personal y el uso activo y saludable del tiempo libre entre personas de todas las edades del Distrito. Lugar de desarrollo: rocódromos del Distrito de Villaverde. Fechas: sábados y domingos del 1 de septiembre al 30 de junio. Duración: 76 sesiones de 2 horas. Participación estimada: 1.520 personas (en el total de las sesiones). ## Recursos humanos: 2 monitores deportivos grupo 3.2 para cada sesión. ## Recursos materiales: Transporte de material. <!-- image --> Material de escalada para el desarrollo de las actividades. ## 3.15 Campeonato baloncesto 3x3 Servicio de preparación, organización y desarrollo de un campeonato de baloncesto 3x3 en un período de 3 días. El objetivo es fomentar la práctica del deporte del baloncesto entre la población del Distrito de Villaverde y ofrecer un espacio de ocio saludable y deportivo para todas las edades. Lugares de desarrollo: La ubicación será en el Auditorio de El Espinillo. Deberá de instalarse canastas y suelo de juego para jugar en 4 campos simultáneamente desde viernes por la tarde hasta domingo por la mañana. Fecha: mayo. Duración: 16 horas. Participación estimada: 450 personas, en equipos de 4 participantes. ## Recursos humanos: 6 monitores/as grupo 3.2 para cada uno de los días en los que se desarrolla la actividad. ## Recursos materiales: Servicio inscripciones. Las inscripciones en esta actividad tendrán un coste por equipo que no superará los 20 €. El coste de la inscripción se destinará íntegramente al material que se le facilitará a cada jugador/a. El pago de la inscripción lo recibirá la empresa, que presentará, junto con la memoria mensual correspondiente, una liquidación detallada de los ingresos por inscripciones recibidos, acreditando que han sido íntegramente destinados a los conceptos previstos en este pliego. Material actividades + montaje Camisetas para todos los participantes. Servicio de arbitraje Medallas y trofeos Alquiler de canchas y suelo ## 3.16 Gastos diversos del proyecto Para coordinar todas las actividades será necesaria la contratación a jornada completa de un director/a deportivo 2.1 y un coordinador presencial 3.1 y a media jornada un auxiliar administrativo 4.2. Además, en los recursos materiales, se incluirán aquellos necesarios para el correcto desarrollo de todas las actividades: material institucional, equipos de sonido, arco de meta y salida personalizado, elaboración de memorias, seguros de accidentes, desarrollo de página web, prevención de riesgos laborales, gastos de almacenamiento, protección de datos y licencias y mantenimiento. ## 4. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES La entidad adjudicataria deberá proveer de todos los recursos materiales, técnicos y personales necesarios para el correcto desarrollo de cada actuación deportiva, incluyendo el transporte, montaje y desmontaje de estos, siguiendo las oportunas directrices por parte de los responsables del Distrito de Villaverde. Todos los espacios públicos del Distrito, ubicaciones o espacios cedidos para la realización de las actividades tendrán el adecuado acondicionamiento para el desarrollo de la actividad desde el principio hasta el fin y se mantendrán en perfecto estado y se <!-- image --> arreglarán los posibles desperfectos que fueran ocasionados por el desarrollo de estas actividades. Además, se mantendrá el entorno limpio y ordenado y sin que exista afección al tránsito peatonal y rodado. El contrato comprende actuaciones deportivas cuya organización, promoción, ejecución y evaluación dependen exclusivamente de la empresa adjudicataria; y otras, en las que la empresa proporciona el apoyo preciso para atender las necesidades tanto materiales como personales de las organizadas por la propia Junta Municipal, o por la ciudadanía: equipos, clubes deportivos, comunidad educativa, asociaciones, fundaciones, etc., que operan en el Distrito. Ambas deben tener una participación comunitaria por haber surgido de las demandas de las vecinas y vecinos por lo que para el desarrollo del programa la empresa adjudicataria deberá tener en cuenta la colaboración con los antedichos agentes prestándoles el apoyo técnico y logístico para el correcto desarrollo de las actividades, jornadas, competiciones, torneos y eventos deportivos que propongan y contribuyan a la promoción deportiva del Distrito. A este efecto, la Junta Municipal facilitará a la empresa adjudicataria la información necesaria sobre las entidades que operan en el Distrito con tiempo suficiente para su desarrollo. La entidad adjudicataria presentará la documentación requerida por el departamento de deportes en relación con las infraestructuras, montajes o instalaciones o cualesquiera otros que sean solicitados. La entidad adjudicataria estará obligada a atender las siguientes condiciones técnicas generales en la prestación del servicio: ## 4.1. Condiciones técnicas en las carreras En aquellas en las que haya chips o dorsales, la empresa adjudicataria deberá velar porque todos los participantes los lleven obligatoriamente durante toda la carrera hasta su entrada en meta. Podrá descalificar a aquellos participantes que se intercambien los dorsales, que entren en meta sin ellos o que incumplan el reglamento técnico de la prueba o muestren actitudes antideportivas. Queda prohibido para el adjudicatario el uso de patrocinios en la organización de las carreras. La empresa adjudicataria deberá contar con los medios informáticos suficientes para gestionar a través de la página web en internet (todo ello segregado por género): procedimiento de inscripciones, adjudicación de dorsales, listados de participantes, exposición del recorrido, resultados y clasificación, debiendo ser publicadas éstas dos horas después de terminada la carrera en la página web. Estos servicios serán gratuitos para los participantes, excepto la actividad de ' maratón rockera+10k ' y 'cross de la constitución ' , cuyo importe de inscripción será pagado a la empresa adjudicataria por cada participante, debiendo ésta invertir dicho importe en los recursos materiales especificados en dichas actividades, y en concreto en los siguientes: inscripción + chip, camisetas, avituallamiento, bolsa del corredor, trofeos y medallas. <!-- image --> ## 4.2. Camisetas En las actividades que incluyan entrega de camisetas, la empresa adjudicataria deberá entregar a cada participante una camiseta técnica de manga corta, de atletismo, con cuello redondo que será de tejido 100% poliéster, serigrafiada con el nombre e imagen de la actividad y la corporativa del Ayuntamiento de Madrid -Distrito de Villaverde. La empresa adjudicataria estará obligada a presentar al Departamento de Deportes del Distrito de Villaverde una muestra física de dicha camiseta, para la comprobación del color, la calidad del tejido y la serigrafía. ## 4.3. Lugar de desarrollo, fechas y horarios Todos los lugares, fechas y horarios propuestos para las actividades deportivas referidas en el punto 3. Programa y características técnicas del servicio del presente pliego de prescripciones técnicas son orientativas y las definitivas serán comunicadas al adjudicatario por el Distrito con una antelación mínima de 42 días naturales. ## 4.4. Convocatoria El contratista elaborará la convocatoria de las actuaciones deportivas en coordinación con los/as técnicos/as del Distrito. A tal efecto, deberá hacer entrega de la siguiente ficha, con una antelación mínima de 35 días naturales : Denominación: Lugar: Fecha: Horario: Categorías Participación individual - -Total: - -Femenina - -Masculina Participación por equipos - -Total: - -Femenina - -Masculina Organiza: Normativa/Reglamento: Otros datos: - -Explicación del acto - -Histórico - -Curiosidades La convocatoria servirá para que el Distrito elabore la nota de prensa y la lance a la Dirección General de Medios, a fin de darle publicidad y enviarla a todos los medios de comunicación. ## 4.5. Diseño y maquetación para la dinamización de las actividades. La entidad adjudicataria será responsable del diseño, maquetación, creación y registro de logotipos, imágenes, licencias, infografías, material de apoyo, etc. Y deberá en todo momento, fomentar, impulsar y promover la imagen corporativa de Madrid y <!-- image --> particularmente la del Distrito de Villaverde para lo cual tendrá en cuenta la normativa municipal, el manual de identidad corporativa y las guías de comunicación clara y lenguaje inclusivo del Ayuntamiento de Madrid. Cada diseño deberá ser aprobado por el Departamento de Deportes al menos 28 días hábiles previos al desarrollo de la actividad. ## 4.6. Dinamización de las actividades entre los ciudadanos y ciudadanas del Distrito. El contratista será responsable de la distribución de todo el material divulgativo de las actuaciones deportivas del Distrito, así como de la difusión de estas en páginas web, redes sociales, medios de comunicación locales y entre las entidades del Distrito y de la ciudad de Madrid, a quienes deberán invitar a participar en las actuaciones deportivas que componen el programa Deporte en la Calle Distrito Villaverde. La entidad adjudicataria realizará antes de cada actuación deportiva un estudio de la realidad del Distrito a través de asociaciones, entidades, colectivos y grupos vecinales con los que poder colaborar en la difusión con campañas digitales en redes sociales con el objetivo de alcanzar al mayor número de participantes posibles. La dinamización de cada actividad conllevará siempre la dirección y supervisión de los/as técnicos/as designados por el Distrito de Villaverde y aprobada como mínimo 21 días antes de la realización de cada actividad. ## 4.7. Gestión y web La entidad adjudicataria desarrollará una web que permita la correcta planificación, difusión, ejecución y evaluación del programa de actuaciones deportivas mediante la integración de los siguientes módulos de gestión: - -Calendario de actuaciones deportivas. - -Integración de creatividades y desarrollo y gestión de contenidos en formato blog, podcast y audiovisual. - -Convocatorias y su difusión con campañas digitales en redes sociales. Integración con apps de gestión de eventos deportivas: copérnico, racetec, etc. - -Inscripciones. Control de usuarios, registros y aforos. Comunicación con usuarios registrados y desarrollo e implementación de posibilidad de descargar pdf desde la web (Normativas, reglamentos, manifiestos de adherencia, etc.). - -Notificaciones de celebración, anulación, modificación, sustitución, variaciones en el calendario. - -Elaboración y difusión de las clasificaciones de los participantes. - -Histórico con las actuaciones realizadas y sus memorias correspondientes. - -Formulario de contacto. - -Boletín informativo. - -Implementación de la herramienta de accesibilidad acorde a la norma WCAG 2.1, ADA, Sección 508, AODA, EN 301549 e IS 5568. Generación de un Script. <!-- image --> ## 4.8. Inscripciones El contratista gestionará las inscripciones de los participantes y la coordinación con la ciudadanía, equipos, clubes deportivos, comunidad educativa, asociaciones, fundaciones, etc.; que operan en el Distrito, según sea el caso, y se tramitarán con antelación a la actividad, siguiendo las indicaciones de los/as técnicos/as del Distrito con al menos 14 días antes de la realización de cada actividad. ## 4.9. Celebración La celebración de cada actuación deportiva estará condicionada a que 7 días antes de su celebración al menos se cuente con un 50 % de inscritos sobre la participación estimada o máxima establecidas en el punto 3. Programa y características técnicas del servicio. En tal caso, el adjudicatario suspenderá la actuación deportiva y deberá proponer una alternativa que presentará ante el Departamento de Deporte del Distrito para su aprobación. ## 4.10. Anulación, modificación o sustitución La celebración de cada actuación deportiva estará siempre condicionada a que exista participación e interés entre los ciudadanos, pudiéndose anular, modificar o sustituir con hasta 72 horas de antelación si así lo considerase la Junta Municipal del Distrito. ## 4.11. Variaciones en el calendario Este contrato contempla la posibilidad de poder modificar las fechas propuestas en el programa de competiciones y actos por causas meteorológicas o de fuerza mayor, sin que ello suponga una modificación del contrato. Las nuevas fechas serán comunicadas al contratista por el promotor del Distrito con plazo suficiente para su organización y, en cualquier caso, con una antelación mínima de 28 días naturales con respecto a la fecha prevista. Todas las actividades deberán de realizarse en su totalidad. ## 4.12. Recursos técnicos y materiales, almacenaje, montaje y desmontaje. El adjudicatario deberá suministrar los recursos técnicos y materiales necesarios para la realización de cada actividad, incluyendo el almacenaje, transporte, montaje y desmontaje de estos. La empresa adjudicataria deberá garantizar la reposición periódica del material deteriorado, de forma que durante toda la ejecución del contrato se mantenga un nivel adecuado de calidad y seguridad. ## 4.13. Elementos visuales con identidad institucional Todas las actividades deberán identificarse con la identidad institucional del Distrito de Villaverde, siempre la imagen estará sujeta al manual de material corporativo de la Comunidad de Madrid, con los siguientes elementos: <!-- image --> - -8 pancartas 200x70 cm. - -4 banderas gota 350cm de altura. - -1 mesa o mostrador. - -2 fotocall. - -3 roll-ups. - -2 carpas publicitarias 3x3 metros. - -10 km de cinta de balizar. - -Arco de salida y meta personalizado. Al término del contrato, los elementos visuales con la identidad institucional del Distrito de Villaverde (carpa, atril, mostrador, gotas, lonas, postes separadores, cinta de balizar), se entregarán al Distrito para su aprovechamiento. ## 4.14. Gastos de almacenamiento Todos los gastos de almacenamiento de los materiales de todas las actividades correrán a cargo de la empresa adjudicataria. ## 4.15. Seguros de responsabilidad civil y seguro de accidentes El adjudicatario deberá tener suscrita una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil, por un importe mínimo de 300.000 euros, sin franquicia, que cubra los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros durante la ejecución del contrato. De conformidad con el Decreto de 5 de octubre de 2017 del Delgado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción conjunta del titular de dicha Área de Gobierno y de la Gerente de la Ciudad sobre responsabilidad de los contratistas en las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, el adjudicatario deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato en los términos establecidos en la cláusula 17 del anexo I del PCAP, en el que se describe las coberturas, los asegurados adicionales, el momento de entrega de las pólizas entre otros. Igualmente, la empresa adjudicataria deberá contar con un seguro de accidentes para los participantes de las actividades que deberá aportar 3 días hábiles antes del inicio cada actividad. ## 4.16. Música y megafonía Todas las actividades que precisen de música ambiental incluirán equipo autónomo de sonido o megafonía según se precise para la ejecución del servicio de acuerdo con las siguientes características: - -El equipo autónomo de sonido constará de 2 maletas de música (equipos de sonido portátiles con asa retráctil y ruedas), batería recargable y fuentes de alimentación, mando a distancia y micrófonos inalámbricos (headset) con las siguientes características: - o Potencia de pico: 750W - o Potencia RMS: 400W - o Potencia amplificador: 100W - o Reproductor: USB, MP3, WMA, Bluetooth. <!-- image --> - o 2 micrófonos VHF inalámbricos, de mano y cabeza (207,5MHz &amp; 203,5MHz). - o Salida conexión: puerto jack y minijack. - o Control de volumen y eco de micrófono. - o Ecualizador de graves y agudos. - o Entradas MP3 y Ipod. - o Entradas de micrófono y línea. - o Cargador integrado y batería recargable. - o Duración de batería mínimo 3 horas. - -La megafonía constará al menos de los siguientes equipos: - o 1 etapa potencia estéreo 500+500 watios. - o 1 micrófono inalámbrico de mano. - o 1 micrófono inalámbrico de diadema. - o 1 micrófono de mano. - o 1 lector de CD con control pitch, mp3. - o 1 mesa de mezclas de sonido 6 entradas. - o 2 bafles 12 pulgadas 2 vías 500 watios, con trípodes de sujeción. - o 1 línea de 10 metros cable micrófono canon macho canon hembra. - o 2 línea de 20 metros cable línea 2 x 1,5mm con conectores audio. En las actividades donde no se pueda disponer de acometida eléctrica para suministrar energía a los equipos correspondientes, el adjudicatario tendrá que disponer de un generador eléctrico para el suministro de esta. Este generador será como mínimo de 2.000 vatios de potencia a 220 voltios y los cables o alargadores imprescindibles, así como los recursos humanos necesarios. ## 4.17. Derechos de propiedad intelectual Corresponde a la empresa adjudicataria la gestión y pago de cualquiera de los derechos de la propiedad intelectual que se generen en las actividades como consecuencia de cualquiera de las actividades derivadas de este contrato. La adjudicataria deberá satisfacer estos derechos con la entidad de gestión que corresponda: SGAE, AGEDI-AIE o cualquier otra que se pudiera ver afectada. ## 4.18. Avituallamiento El adjudicatario deberá proveer avituallamiento en las actuaciones deportivas que lo indique en el punto 3. Programa y características técnicas del servicio del presente pliego de prescripciones técnicas. El avituallamiento consistirá en mínimo 1 unidad de agua embotellada por participante que se repartirán durante la actividad y al finalizar la misma y alimento sólido, si así se requiere, que constará de barrita energética y/o fruta o chuches dependiendo de las características de la prueba. La composición de este será consensuada con antelación a la misma por los/as técnicos/as del Distrito. ## 4.19. Desarrollo de las actividades, utilización de las instalaciones y aforos El contratista deberá someterse en todo momento a las instrucciones, directrices y observaciones de la Junta Municipal del Distrito o, en su caso, del personal municipal responsable. <!-- image --> Asimismo, el contratista será responsable del buen uso y conservación de las instalaciones, maquinaria, aparatos y demás material que sea de propiedad municipal y se vaya a utilizar en la prestación de la actividad. El aforo de los participantes en estos eventos deportivos presenciales será el permitido por la normativa vigente del Gobierno Central, Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid, para lo cual las plazas se asignarán por riguroso orden de llegada e inscripción, si fuese necesario, hasta completar el aforo. ## 4.20. Clasificaciones La entidad adjudicataria efectuará la elaboración y difusión de las clasificaciones de los participantes. ## 4.21. Pódium y trofeos El pódium para la entrega de conmemoraciones en las actuaciones deportivas que sean necesarias consistirá en una estructura modular resistente formada por tres cajones para los tres primeros clasificados de las pruebas y con una longitud total aproximada de 1.70 metros. El adjudicatario organizará los actos de entrega de trofeos en todas las actividades que los incluyan. Los trofeos deberán incluir la denominación de la prueba y puesto de clasificación, y la imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid -Distrito de Villaverde. El adjudicatario deberá presentar una muestra al Departamento de Deportes del Distrito Villaverde para su aprobación. Las características mínimas de cada uno de los elementos deberán ser las siguientes: - -Trofeos: podrán ser de cristal óptico, serigrafiado, impreso o vinílico, 'zamack' o similar. Serán de un tamaño aproximado entre los 15 y 28 cm de altura, incluyendo la peana, si la llevaran. - -Medallas: serán de al menos 50 mm de diámetro con cinta de al menos 1 cm de ancho en material 'zamack' o similar y con baño electrolítico en oro, plata o bronce, respectivamente. En el reverso deberá figurar el nombre del evento. ## 4.22. Memorias La empresa adjudicataria presentará ante el Departamento de Deportes del Distrito una memoria en formato digital del total de actividades realizadas en cada mes. Esta memoria deberá ser presentada entre el día 5 y el 10 del mes siguiente a su desarrollo. En este documento se reflejarán todas las condiciones técnicas, de organización y desarrollo de realización de cada actividad con la finalidad de considerar mejoras en la organización para futuras ediciones y deberá presentar los datos finales de la ficha de convocatoria. Deberá de incluir participación desglosada por género, reporte fotográfico y un contenido detallado del desarrollo de las actividades. <!-- image --> ## 4.23. Protocolo de seguridad anti-COVID-19 Se aplicará la normativa vigente en el momento de la realización de cada una de las actividades, siempre proporcionando los EPIS necesarios a los trabajadores y cumpliendo las medidas de seguridad. ## 4.24. Prestaciones técnicas generales del transporte en autocar. El contratista deberá cumplir la normativa vigente en materia de transporte escolar, eximiendo a la Administración de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de la misma. asimismo, deberá asegurarse que todos los vehículos a efectos del cumplimiento del presente contrato cumplen con los requisitos de seguridad exigidos por dicha legislación vigente: - -Ordenanza municipal reguladora del servicio de transporte escolar y de menores de carácter urbano en el término municipal de Madrid (BAM 15/11/1984). Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. BOE 02/05/2001 - -Orden de 5 de junio de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se regula la habilitación de vehículos para el transporte escolar y los requisitos de otorgamiento y visado de las autorizaciones de transporte regular de uso especial BOCM 26/06/2001. - -Orden por la que se regula el servicio de transporte escolar en los Centros Docentes Públicos de la Consejería de Educación. BOE 03/08/2005 Si la empresa adjudicataria dispone de transporte propio, deberá presentar en el momento de la firma del contrato la habilitación profesional necesaria y cumplir todos los requisitos legales para el transporte escolar citados en este punto. Si el contratista no dispone de transporte propio, y se procede a la subcontratación del transporte en autocar deberá atender al punto 6 del Anexo II del presente pliego referido a subcontratación y constatar que la empresa encargada del transporte cuenta con la habilitación profesional necesaria y cumple con todos los requisitos legales para el transporte escolar citados en este punto. En ambos casos deberá acreditarse documentalmente con copias de los certificados correspondientes expedidos por la autoridad competente y presentar en el momento de la firma del contrato fotocopia compulsada de los seguros vigentes del autocar o autocares que realicen los diferentes traslados, así como la Inspección Técnica de Vehículos ITV del año en curso del/de los mismos. Los autocares deberán disponer de las siguientes características: - -Limitador de velocidad. - -Sistema antivuelco. - -Butacas anatómicas y reclinables. - -Luces individuales. - -Climatizador. - -Ventanas panorámicas. - -Reposacabezas ergonómicos. - -Cinturones de seguridad. <!-- image --> Los autocares deberán llevar el distintivo indicativo de transporte de menores. Durante la realización de los servicios de transporte escolar, los vehículos deberán encontrarse identificados mediante señal V-10 que figura en el anexo Xl del Reglamento General de Vehículos. La señal deberá colocarse dentro del vehículo, en la parte frontal y en la parte posterior del mismo, de manera que resulte visible desde el exterior. Antigüedad de los vehículos. La antigüedad de los vehículos al inicio de cada actividad deportiva no podrá superar los 5 años, contados desde su primera matriculación. Los neumáticos (ruedas) deberán estar en perfecto estado de utilización. Los itinerarios serán tanto de ida, desde los Centros Escolares a las instalaciones deportivas asignadas, como de vuelta, desde las instalaciones deportivas a los Centros Escolares, siendo informada la Empresa Adjudicataria tanto del horario como de los puntos de partida y llegada en todo momento. Los horarios de vuelta pueden ser flexibles dependiendo de la hora de finalización de las diversas pruebas deportivas. Otros aspectos del transporte en autocar: - -El acceso y abandono de los vehículos por parte de los menores deberá realizarse por la puerta más cercana al conductor. - -En la realización del transporte objeto del presente contrato, el/los adjudicatarios habrán de mantener el/los vehículos en las más adecuadas condiciones de higiene y limpieza, así como el correcto funcionamiento de todos los elementos del interior del vehículo, en especial, los que se encuentran en contacto con los usuarios, tales como ventanillas, asientos, calefacción, etc. - -El conductor del autobús mantendrá en todo momento la mayor consideración y respeto en el trato con los usuarios, adecuando un comportamiento adecuado y correcto. - -En los meses de mayo, junio y septiembre, el adjudicatario estará obligado a poner en funcionamiento el sistema de aire acondicionado o climatización con que cuente el /los vehículos, siempre que la temperatura exterior sea de 24º o superior. Igualmente se podrá poner en funcionamiento la calefacción o climatización siempre que la temperatura exterior sea inferior a 24º. - -Durante la prestación del servicio, en ningún caso, podrá transportarse mayor número de viajeros a los permitidos por las plazas del vehículo, ni permitir el acceso al vehículo de personas diferentes a los usuarios previstos en el presente contrato. - -Los vehículos que transporten personas en sillas de ruedas deberán contar con las mejoras técnicas adecuadas (rampa o plataforma elevadora, dispositivos de anclaje, etc.) que permitan tanto el acceso al vehículo como su permanencia en el mismo durante el trayecto con total seguridad. ## 4.25. Recursos humanos El personal para la realización del servicio estará en posesión de la titulación o capacitación necesaria para el desarrollo de los trabajos y actividades que programen. En el caso de aquellos que ejerzan profesiones recogidas en la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, la titulación será acorde a lo exigido en la citada ley y en su modificación de fecha 27 de febrero (Ley 1/2019). La entidad adjudicataria para el desarrollo general de todas las actividades tendrá que designar: <!-- image --> - Un director/a deportivo/a, quien deberá estar en posesión del título de Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o equivalentes de ambos - Un coordinador/a cuya formación requerida será la equivalente a titulación académica de grado medio, formación profesional de primer grado, o titulación específica a las tareas que desempeñe, o bien acredite una dilatada experiencia adquirida en el sector - Un auxiliar administrativo. Dicho director/a deportivo/a junto con la persona coordinadora y con la ayuda del auxiliar administrativo, prepararán, con los/as técnicos/as designados por el Distrito, todas las actuaciones deportivas contenidas en el presente pliego de condiciones para lo cual deberán: - -Determinar el lugar de desarrollo, fechas y horarios. - -Elaborar las convocatorias, normativas y reglamentos de participación. - -Diseñar y maquetar las creatividades. - -Distribuir todo el material divulgativo, así como de su difusión en páginas web, redes sociales, medios de comunicación locales y entre las entidades del Distrito y de la ciudad de Madrid. - -Planificar, ejecutar y evaluar mediante el aplicativo de gestión que permita visualizar en una web de referencia las siguientes características: - o Calendario de actuaciones deportivas vinculado a geolocalizaciones con el directorio de entidades, instalaciones y servicios deportivos del Distrito de Villaverde. - o Integración de creatividades y desarrollo y gestión de contenidos en formato blog, podcast y audiovisual. - o Convocatorias y su difusión con campañas digitales en redes sociales. Integración con apps de gestión de eventos deportivas: Copérnico, racetec, etc. - o Inscripciones. Control de usuarios, registros y aforos. Comunicación con usuarios registrados y desarrollo e implementación de posibilidad de descargar pdf desde la web (Normativas, reglamentos, manifiestos de adherencia, etc. …). - o Notificaciones de celebración, anulación, modificación, sustitución, variaciones en el calendario. - o Elaboración y difusión de las clasificaciones de los participantes. - o Histórico con las actuaciones realizadas y sus memorias correspondientes. - o Formulario de contacto. - o Boletín informativo. - -Celebrar, coordinar y dinamizar todas las actuaciones deportivas mediante el personal a su cargo. - -Coordinar la entrega de conmemoraciones. - -Elaborar las memorias mensuales. Además de los TSAAFD-monitores/as deportivos, que dirigirán la actividad deportiva, los TSAAFD- monitores/as deportivos de apoyo se harán cargo de realizar funciones de difusión y soporte y control del aforo. Todos ellos llegarán al emplazamiento con tiempo suficiente antes del desarrollo de la actuación deportiva para el montaje y después de la misma destinarán tiempo suficiente <!-- image --> para recoger el material. Por lo tanto, la duración de cada sesión comprenderá la actividad efectiva como el montaje y desmontaje. Los/as técnicos/as serán designados y retribuidos por la entidad adjudicataria, fijando esta las condiciones de enseñanza y régimen interior y asumiendo la relación laboral que corresponda con arreglo a la legislación vigente en esta materia. El Ayuntamiento de Madrid no será responsable del incumplimiento de las obligaciones derivadas de dicha relación. Así mismo en todas las actividades se contemplará además del personal especificado en cada uno de ellos, todo aquel que sea necesario para el montaje y desmontaje de las actividades, como el transporte del material necesario. Corresponderá a la unidad administrativa responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, la supervisión del cumplimiento de las instrucciones específicas en materia de personal durante la ejecución del contrato señaladas en el apartado segundo de la Instrucción 9/2016 con el fin de evitar incurrir en supuestos de cesión ilegal de trabajadores. La entidad adjudicataria se encargarán de la gestión organización, pago de impuestos, seguros, derechos de autor y aportación de los elementos técnicos (cuando estos no existieran en la instalación o lugar en el que se preste el servicio), materiales y humanos que sean necesarios para realizar las actividades propuestas, así como de desarrollo de las mismas, con la mayor eficacia y coordinación. Sin perjuicio de las facultades de control que podrá ejercer el Distrito de Villaverde, en ningún caso existirá vinculación jurídico-laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto el citado personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria. En caso de incumplimiento de las estipulaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y en el de cláusulas administrativas particulares, se comunicará por escrito al adjudicatario, haciendo constar la anomalía detectada, estando obligado a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en el servicio, so pena de la imposición de penalidades o de la resolución del contrato en los términos previstos en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Cuantas cuestiones puedan suscitarse respecto del cumplimiento, interpretación y efectos del contrato, serán competencia del órgano jurisdiccional competente, al que ambas partes se someten con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. ## 5. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del presente contrato será de 24 meses, siendo la fecha prevista de inicio el 1 de septiembre de 2026. En cualquier caso, el inicio de la ejecución no podrá <!-- image --> ser anterior a la formalización del contrato. En el supuesto de que la formalización fuera posterior a la fecha de inicio prevista, se adaptarán las fechas previstas. En cualquier caso, se garantizará el desarrollo del total de las actividades previstas. El contrato podrá prorrogarse, previa conformidad expresa de las partes, hasta un máximo de otros 24 meses, de acuerdo con el Art. 29 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP). Igualmente, de conformidad con el artículo 29.2 de la LCSP, la prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario. ## 6. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA Serán obligaciones de la entidad adjudicataria, además de las que determine la normativa que le sea de aplicación, las relacionadas en los apartados siguientes: - -La empresa adjudicataria deberá ejecutar el contrato teniendo en cuenta todos los aspectos necesarios para la inclusión de las personas con discapacidad, siguiendo lo establecido en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de 13 de diciembre de 2006. - -De conformidad con el art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, donde se establece que será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, determinando, a tal efecto que, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, la entidad adjudicataria deberá disponer de dicha certificación, respecto de los profesionales que se adscriban a la ejecución del contrato .Para acreditar esta circunstancia, la entidad adjudicataria aportará a la persona responsable del contrato, en el plazo máximo de un mes a contar desde la formalización del contrato, la certificación negativa de estos antecedentes penales antes de que el/la profesional tenga contacto con los menores. Las certificaciones citadas deberán permanecer actualizadas de acuerdo con la legislación vigente, a lo largo del periodo de ejecución del contrato. A tales efectos, se estará a lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE n° 312 de 30 de diciembre), por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales , pudiéndose obtener información en el apartado 'trámites y gestiones personales del ciudadano' del Ministerio de Justicia. - -El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que se deriven de la normativa y compromisos que el Ayuntamiento de Madrid adquiera en materia de medio ambiente y sostenibilidad. <!-- image --> - -El presente contrato implica tratamiento de datos de carácter personal, por lo que deberá respetarse en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 , la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales , por la que se adapta al ordenamiento jurídico español el citado Reglamento (UE), así como las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. Los datos personales de los usuarios de los que pueda tener conocimiento el personal que presta estos servicios, así como la información relativa a posibles patologías o circunstancias personales, deben tratarse de forma confidencial, no siendo transmitidos, en ningún caso, a personas ajenas al servicio. - -La entidad adjudicataria asumirá su responsabilidad y la de su personal a través de las pólizas de seguros que precise, cuya cobertura alcance cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el periodo vigente del contrato y utilización de las instalaciones, así como en el ejercicio profesional de sus trabajadores, conforme a lo establecido en la cláusula correspondientes del pliego de cláusulas administrativas particulares. - -La entidad adjudicataria queda obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente 1 , que incluye la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del presente contrato. ## 7. COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO La empresa adjudicataria deberá designar un/a coordinador/a , responsable general, que actuará como interlocutor con el Distrito de Villaverde, con el fin de evitar cualquier error de interpretación o comprensión, facilitando su número de teléfono móvil, así como cuenta de correo electrónico. Esta persona deberá encargarse de coordinar y supervisar el cumplimiento de todas las prescripciones incluidas en el presente pliego, garantizando así que la empresa contratista cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, se deberá designar un/a sustituto/a para supuestos de ausencia de dicho responsable, así como sus datos de contacto. En la prestación del servicio, el contratista deberá someterse, en todo momento, a las instrucciones, directrices y observaciones que realice la persona responsable del contrato, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación en la gestión de dicho servicio. ## 8. RESPONSABLE DEL CONTRATO A efectos del seguimiento de la ejecución del contrato, el responsable del contrato por parte de la Administración será el jefe del Departamento de Deportes del Distrito de Villaverde, que actuará como interlocutor con la entidad adjudicataria. 1 Entre otras, Decreto de 5 de octubre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción conjunta del titular de dicha Área de Gobierno y de la Gerente de la Ciudad sobre responsabilidad de los contratistas en las reclamaciones de responsabilidad patrimonial . <!-- image --> ## 9. CLÁUSULAS SOCIALES De conformidad con lo establecido en la Instrucción 1/2016, relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Municipal, aprobada por Decreto de 19 de enero de 2016, del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, serán obligaciones de carácter general para todos los licitadores y, en particular, para aquél que resulte contratista, las siguientes cláusulas sociales: - -El objeto del contrato se desarrollará en todo momento respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. - -El Anexo III contiene la información necesaria sobre las condiciones de los contratos del personal a subrogar para una exacta evaluación de los costes laborales y de Seguridad Social que dicha subrogación conlleva, de conformidad con lo previsto en el artículo 120 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre . En ningún caso, el personal afectado por la subrogación obtendrá la condición de empleado de las Administraciones Publicas o de sus organismos o entidades de Derecho Público . - -En la ejecución del contrato deberá tenerse en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o diseño para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. - -En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportarse en la fase de licitación o que sean necesarios para la adjudicación del contrato y su ejecución, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. - -La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras y deberá acreditar la formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. El Distrito podrá requerir, en el momento que lo considere necesario, la documentación relativa a las obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus Reglamentos de desarrollo. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: - o La evaluación de riesgos y planificación en la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - o La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - o El justificante de la entrega de los equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios. <!-- image --> - -El contratista deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda, de acuerdo con las prestaciones que constituyen el objeto del contrato. - -La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas que sean necesarias para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general. - -La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato. - -El control de las citadas cláusulas sociales se verificará por el Departamento de Deporte del Distrito. El contratista, previamente a la finalización del contrato o, como máximo, con la última factura, deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de dichas cláusulas sociales, según lo dispuesto en el apartado 6.2 de la Instrucción 1/2016, relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades del sector público municipal , aprobada por Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda . ## 10.CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Es condición especial de ejecución la elaboración por la empresa adjudicataria de un informe de impacto de género en relación con la ejecución del contrato (Anexo I del pliego de prescripciones técnicas), con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El informe deberá aportarse por la empresa antes de la finalización del contrato y deberá ser aprobado por la persona responsable del mismo. ## 11.PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Para dar cumplimiento a lo previsto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el adjudicatario de este contrato actuará como encargado de tratamiento de datos de carácter personal con arreglo a lo que dispone el Acuerdo de encargo de tratamiento que se adjunta al convenio. La entidad adjudicataria del contrato va a tratar datos personales por cuenta del Ayuntamiento de Madrid, por lo que estará a lo dispuesto en el Acuerdo de Encargo de Tratamiento de Datos en los términos en que figura en el Anexo II. <!-- image --> Asimismo, el adjudicatario deberá cumplir con lo dispuesto en el Real Decreto Ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones ## 12.CLÁUSULAS DE TRANSPARENCIA Todos los datos, soportes o documentos que se generen o se adquieran como consecuencia del desarrollo o ejecución del contrato constituyen información pública a disposición del Ayuntamiento, siendo el Ayuntamiento titular de los mismos. En consecuencia, el Ayuntamiento podrá requerir y disponer de los datos del contrato que considere procedente, bien para su divulgación a través del Portal de Transparencia y a través del Portal de Datos Abiertos, bien para atender a las solicitudes de acceso a información pública o bien para cualquier otra finalidad. Quedan exceptuados de las obligaciones señaladas en la cláusula anterior la información o los datos que puedan resultar afectados por la confidencialidad de la oferta del contratista. A tales efectos, el contratista deberá haber indicado en su oferta qué documentación o información resulta afectada por dicha confidencialidad, sin que en ningún caso dicha confidencialidad pueda afectar a la totalidad de la oferta. En todo caso, corresponde al órgano de contratación ponderar y determinar qué información resulta afectada por dicha confidencialidad, debiendo el contratista alegar la misma cuando el Ayuntamiento le solicite la información. Igualmente queda exceptuada de la obligación anterior la información o los datos que resulten afectados por los secretos comerciales, licencias, patentes y derechos de propiedad intelectual o industrial que correspondan al contratista o a terceros. ## Publicidad activa. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, 3.2, 4 y disposición transitoria segunda de la Ley 10/2019, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y 3.2 de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, el contratista está obligado a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo de 10 días desde el acuse de recibo de la petición, toda la información que resulte necesaria para el cumplimiento de las obligaciones que en materia de transparencia establece dicha normativa y la que pueda dictarse en desarrollo de la misma. ## Acceso a Información Pública. Además de lo anteriormente señalado, con objeto de dar respuesta a las solicitudes de acceso a información pública que se dirijan al Ayuntamiento, el contratista estará obligado a facilitar los documentos o contenidos (y bases de datos), que hayan sido elaborados, adquiridos o conservados en el ejercicio de las funciones o actividades objeto del contrato, en el plazo más breve posible y en todo caso en el plazo que el Ayuntamiento le señale, a fin de que el mismo pueda cumplir con los plazos máximos de resolución impuestos por la ley 10/2019 de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y por la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid. El contratista deberá alegar en un plazo de quince días desde que la información le sea requerida, los derechos o intereses legítimos de los que es titular y que podrían resultar <!-- image --> afectados por la publicidad de la información solicitada. De la misma forma podrá manifestar la existencia de otros posibles límites. La ponderación de los intereses y límites que puedan resultar afectados corresponderá al órgano de contratación en la forma dispuesta en la cláusula siguiente. El órgano de contratación ponderará antes de publicar o suministrar la información la posible concurrencia de los límites señalados en el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno En todo caso la información que se recabe y suministre en el desarrollo del contrato deberá respetar la protección de datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en la ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y aplicar el artículo 15 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a Información Pública y Buen Gobierno. Toda la información que el contratista deba suministrar en virtud de las cláusulas anteriores para su publicación en el Portal de Transparencia y en el Portal de Datos Abiertos o para cualquier otra finalidad legítima, se facilitará por medios electrónicos, en formas o formatos que sean abiertos, legibles por máquina, accesibles, fáciles de localizar y reutilizables, conjuntamente con sus metadatos. Toda la información, conjuntos de datos y bases de datos que se generen en el desarrollo del contrato, son de titularidad del Ayuntamiento de Madrid, constituyendo información del sector público municipal. En consecuencia, la propiedad de dicha información corresponde exclusivamente al Ayuntamiento de Madrid tanto en la ejecución o desarrollo del contrato como a su finalización. Tanto el formato como los metadatos cumplirán, siempre que sea posible, normas formales abiertas y deberán cumplir en todo caso la normativa municipal, nacional y comunitaria que resulte de aplicación, y la guía de estándares del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid. A tal efecto el contratista deberá elaborar y facilitar la información con arreglo al principio de 'documentos abiertos desde el diseño y por defecto'. Si el conjunto de datos constituye conjuntos de datos de alto valor de acuerdo con la Directiva 2019/1024 (UE) de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, debe ponerlos a disposición de la Administración en un formato legible por máquina, a través de las interfaces de programación de aplicaciones (API) adecuadas debiendo cumplirse además con los requerimientos que para los mismos pueda determinar la normativa de aplicación. El contratista deberá garantizar en todo momento a lo largo de la ejecución contractual la extracción, modificación y descarga de datos derivados del contrato que deberán ser puestos a disposición de la Administración cuando esta lo solicite. Extracción, para obtener, desde las fuentes de datos de origen, los datasets o conjuntos de datos publicables. Transformación, que puede incluir el filtrado de determinados valores, la eliminación de blancos o valores fuera de rango. Y carga o traslado de la información desde la fuente original hasta el punto lógico donde hayan de utilizarse. También se garantizará por parte del contratista la disponibilidad de toda la información histórica de los datos. <!-- image --> El contratista deberá suministrar a lo largo de toda la vigencia del contrato, la información relativa al objeto del contrato, así como el contenido completo de las bases de datos empleadas a efectos de facilitar su reutilización y su posible incorporación y uso por parte de los sistemas de información del Ayuntamiento de Madrid. Dichas bases de datos tendrán que ser suministradas con todo detalle y en formato abierto y reutilizables, junto con sus metadatos. Los datos deberán reunir los requisitos acordes al régimen aplicable a la información reutilizable reflejados en la normativa reguladora de aplicación. Todos los datos que puedan por su naturaleza deberán estar georreferenciados, indicando la posición geográfica a la que esté asociado el dato o documento, de forma que sea posible su localización sobre una representación cartográfica y la explotación de su carácter espacial. Siempre que sea posible, el dato estará descrito semánticamente, y esta información se guardará junto al dato en la base de datos. Los datos y documentos deberán estar asociados a descriptores semánticos, los cuales aportarán conocimiento sobre el significado de aquéllos su contexto. Los esquemas de representación de la información y los vocabularios de los que se tomen los descriptores deberán estar estandarizados y ser abiertos. La extracción de datos que se solicite podrá ser total, incremental o por rango de fechas. Siempre que sea posible, estos procesos deberán poder programarse y ejecutarse de forma desatendida, con la periodicidad que se desee, dejando los conjuntos de datos, en unos recursos de red o similar especificados por los servicios centrales informáticos del Ayuntamiento. Si los anteriores conjuntos de datos contienen información afectada por alguno de los límites de publicidad activa y acceso a la información pública establecidos en la regulación de transparencia y aquellos otros recogidos en la legislación sectorial que resulte de aplicación, se tendrán que realizar dos tipos de explotaciones, una con todos los datos, y otra con los datos que se puedan publicar. Además de la descarga masiva, siempre que sea posible, se facilitará la puesta a disposición de los datos para su reutilización en un formato legible por máquina a través de las API adecuadas, basado en estándares abiertos, y bajo las recomendaciones del departamento de informática correspondiente. En cualquier caso, además de los conjuntos de datos de alto valor de acuerdo con la Directiva 2019/1024 (UE) de 20 de junio de 2019, la disponibilidad de API será prioritarias en datos de gran volumen de información o de alta importancia en tiempo real. Cuando la puesta a disposición de datos dinámicos para su reutilización Inmediatamente después de su recopilación pudiera ser inviable técnica o económicamente, suponiendo así un esfuerzo desproporcionado, esos datos dinámicos se pondrán a disposición para su reutilización en un plazo o con restricciones técnicas temporales que no perjudiquen indebidamente la explotación de su potencial económico y social. La responsabilidad por el suministro de datos erróneos, las interrupciones en la transmisión de los datos y el trabajo interpretativo de baja calidad (en caso de que este se comparta con conjuntos de datos), así como por la destrucción, pérdida o alteración de datos (ilícita o accidental) que pueda causar daños corresponde al contratista. A la finalización del contrato, el contratista proporcionará al Ayuntamiento de Madrid la información completa de las bases de datos, en formato abierto y reutilizable, junto con sus metadatos, incluyendo la serie histórica de la información, el modelo de datos y toda <!-- image --> la documentación necesaria para su interpretación, siguiendo las directrices de los responsables informáticos. Corresponderá al Ayuntamiento exclusivamente la disposición de la información generada por el contrato sin que el contratista pueda realizar ningún uso o disposición de la misma sin autorización expresa del Ayuntamiento. <!-- image --> ## ANEXO I. INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO ## INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO EN EL QUE SE ACREDITE QUE SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL FIN INSTITUCIONAL CONCRETO QUE SE PERSIGUE ## SITUACIÓN DE PARTIDA Situación de partida mujeres / hombres. Relaciones de género Identificación de objetivos de las políticas de igualdad. ## PREVISIÓN DE RESULTADOS Previsión de resultados cuantitativos. Previsión de impacto en relaciones de género. Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad municipales (Carta Europea para la Igualdad de mujeres y hombres en la vida local, Estrategia municipal para la Igualdad). ## VALORACIÓN DEL IMPACTO DE GÉNERO ## POSITIVO Elimina desigualdades. Contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad. ## NEGATIVO No elimina desigualdades. No contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad. ## PROPUESTAS DE MEJORA Sugerencia de cambios en el servicio o prestación. ## RECOMENDACIONES Sugerencias de aplicación. Previsión de resultados cuantitativos. Previsión de impacto en relaciones de género. Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad. <!-- image --> ## ANEXO II. ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO ## ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO REUNIDOS De una parte, Coordinación del Distrito de Villaverde como Responsable del tratamiento, (en adelante el Responsable) y domicilio a efectos de notificaciones en la Junta de Distrito de Villaverde, C/ Arroyo Bueno, 53,28021 Madrid. De otra parte, [LA EMPRESA ADJUDICATARIA/ENTIDAD] como Encargada del tratamiento, (en adelante, el Encargado) y domicilio a efectos de notificaciones en \_\_\_\_\_\_\_\_ Reconociéndose ambas partes, mutua y recíprocamente, con capacidad legal suficiente para el presente acto, ## EXPONEN Que ambas partes, en cumplimiento del artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD), acuerdan regular, mediante el presente acuerdo las condiciones en las que el Encargado tratará datos personales por cuenta del Responsable en el marco del contrato número 300/2026/00739, denominado CONTRATO DE SERVICIOS DE ACTUACIONES DE PROMOCION DEPORTIVA DENOMINADO: 'DEPORTE EN LA CALLE DISTRITO VILLAVERDE'. En virtud de lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, ambas partes acuerdan suscribir el presente ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES, que se regirá por las siguientes: ## CLÁUSULAS ## PRIMERA. INTERPRETACIÓN DE LAS CLÁUSULAS. Las presentes cláusulas deben leerse e interpretarse con arreglo a las disposiciones del RGPD, la LOPDGDD y el resto de normativa vigente en materia de protección de datos, no pudiendo realizarse interpretaciones que entren en conflicto con los derechos y obligaciones establecidos en él, y/o que perjudiquen los derechos o libertades fundamentales de las personas interesadas . ## SEGUNDA. OBJETO DEL ENCARGO DE TRATAMIENTO Mediante las presentes cláusulas se habilita al Encargado para tratar por cuenta del Responsable los datos de carácter personal necesarios para las siguientes finalidades: prestar el presente servicio de Actuaciones Deportivas del Distrito de Villaverde. El tratamiento de los datos personales comprenderá las siguientes operaciones: (márquese lo que proceda) <!-- image --> |  Recogida (captura de datos) |  Registro (grabación) |  Estructuración |  Modificación | |---------------------------------|--------------------------------------|-------------------------------------------------|------------------| |  Conservación (almacenamiento) |  Extracción |  Consulta |  Cesión | |  Difusión |  Interconexión (cruce) |  Cotejo |  Limitación | |  Supresión |  Destrucción (de copias temporales) |  Conservación (en sus sistemas de información) |  Recuperación | |  Duplicado |  Copia (copias temporales) |  Copia de seguridad |  Otros | ## TERCERA. INFORMACIÓN AFECTADA Y CATEGORÍAS DE INTERESADOS Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el Responsable pone a disposición del Encargado, la información que se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento: ' ACTIVIDADES LÚDICAS Y DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVAS EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE' y que afecta a las siguientes categorías de datos y de interesados ## · Categorías de datos personales tratados: - -Datos básicos: Nombre y apellidos - -Documento o número identificativo: DNI/NIF, - -Datos de contacto: Dirección, Teléfono, Correo electrónico personal - -Datos sobre circunstancias personales: Sexo, Edad - -Datos de categoría especial: Salud - Categorías de interesados: Ciudadanos/as, Mayores de 65, Menores de 14 años. ## CUARTA. DURACIÓN El presente encargo tendrá la misma duración que el contrato y cualquiera de sus prórrogas en cuyo contexto se enmarca, concluyendo a su finalización. No obstante, una vez finalizado el contrato, el deber de secreto continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas que hayan participado en su ejecución. ## QUINTA. OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RGPD, el Encargado se obliga y garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones: - a) Utilizar los datos personales objeto de este tratamiento, así como los que recoja o genere para su incorporación, sólo para la finalidad objeto de este encargo . En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios. - b) Tratar los datos personales siguiendo las especificaciones contenidas en este acuerdo, el propio contrato y cualquier otra instrucción ulterior documentada que el Responsable le traslade durante la vigencia del tratamiento de los datos personales. <!-- image --> Si el Encargado considera que alguna de las instrucciones recibidas infringe el RGPD, o cualquier otra disposición vigente en materia de protección de datos, informará inmediatamente al Responsable. - c) Incorporar a su Registro de Actividades del Tratamiento por cuenta de Responsables aquellos que lleva a cabo en ejecución de este contrato , asegurando el contenido previsto en el artículo 30.2 del RGPD. - d) No comunicar ni difundir los datos a terceras personas , salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable, en los supuestos legalmente admisibles. No obstante, el Encargado podrá comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones documentadas del Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se realizar la comunicación, los datos que deben ser comunicados y las medidas de seguridad que deben aplicarse. - e) No recurrir a subencargados sin autorización previa expresa y por escrito del Responsable . Cuando el encargado recurra a un subencargado para llevar a cabo alguna de las operaciones de tratamiento previstas en este acuerdo, el adjudicatario lo pondrá en conocimiento previo del Responsable con una antelación mínima de 30 días, informando a este sobre el tratamiento que se pretende subcontratar, los datos personales que se verán afectados e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. Será obligación del Encargado formalizar por escrito un contrato que imponga al Subencargado, en esencia, las mismas obligaciones en materia de protección de datos que las impuestas al Encargado en virtud del presente acuerdo, el cual será puesto a disposición del Responsable para verificar su existencia y contenido. En el caso de incumplimiento por parte del Subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones. - f) No transferir datos personales fuera del Espacio Económico Europeo , ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación. En ese supuesto, el Encargado informará al Responsable de esa exigencia legal de manera previa, con antelación suficiente a efectuar la transferencia y, en todo caso, con el plazo de un mes, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. No está prevista la transferencia internacional de datos en el marco del presente acuerdo. - g) Adoptar las medidas de seguridad identificadas por el Responsable dirigidas a garantizar un nivel de seguridad adecuado de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental. Estas medidas deberán estar alineadas con la Política de Seguridad de la información del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, en la que se integra la protección de los derechos y libertades de las personas físicas. Las medidas implementadas se ajustarán a las directrices marcadas por dicha Política y a las <!-- image --> instrucciones y procedimientos dictados en su desarrollo, que serán puestas de manifiesto por el Responsable en la medida en que apliquen a los servicios prestados, así como a lo dispuesto en el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante, ENS) que, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la LOPDGDD, es de obligado cumplimiento para todos aquellos terceros que presten servicios o traten información del Ayuntamiento, adaptando los criterios de determinación del riesgo en el tratamiento de los datos a lo establecido en el artículo 32 del RGPD. A falta de una determinación formal de un nivel de seguridad ENS aplicable, el Responsable, asistido por el Encargado, establecerá al inicio de la ejecución del contrato las medidas mínimas exigibles conforme a una evaluación motivada del riesgo del tratamiento, considerando especialmente los tipos de datos personales implicados, los sujetos afectados, el alcance y la finalidad de las prestaciones y las tecnologías involucradas, con objeto de asegurar un nivel de seguridad coherente con los requisitos del artículo 32 del RGPD. Las medidas de seguridad serán comunicadas por escrito al Encargado e incorporadas como adenda a este acuerdo. El Encargado del tratamiento elaborará un plan de implantación de aquellas medidas que dependan exclusivamente de su intervención, siguiendo las instrucciones y prioridades fijadas por el Responsable. En todo caso, el Encargado deberá cumplir los siguientes principios durante toda la ejecución del contrato: - Minimizar los datos personales objeto de tratamiento. En concreto, no se utilizarán datos personales cuando se pueda obtener la finalidad sin su tratamiento. - Seudonimizar los datos personales siempre que de esa forma puedan alcanzarse los fines perseguidos. - Eliminar los datos personales cuando dejen de ser necesarios , limitando su plazo de conservación. - Limitar a lo estrictamente necesario el número de personas con acceso a los datos personales , delimitando las funciones y tareas a desempeñar por cada perfil implicado en el tratamiento. - Formar al personal sobre sus deberes y obligaciones relativos a la protección de los datos personales, incluyendo el procedimiento de actuación ante una brecha de seguridad. Las medidas de seguridad implantadas serán objeto de evaluación y supervisión periódica a fin de garantizar su eficacia ante la evolución de los riesgos y sistemas de protección. - h) El Encargado facilitará al Responsable la información del Registro de Actividades de Tratamiento a que se refiere el artículo 30.2 del RGPD , que incluirá una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad aplicadas a los tratamientos realizados por cuenta del Responsable. Asimismo, cualquier modificación de dicho registro deberá ser comunicada al Responsable. - i) Comunicar al Responsable del tratamiento , de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 36 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento , junto con toda la información relevante para el registro y comunicación de la incidencia, inclusive el detalle de los interesados afectados. <!-- image --> De la misma manera, el Encargado deberá poner en conocimiento del Responsable cualquier fallo en sus sistemas de tratamiento y gestión de la información que haya sufrido y sea susceptible de poner en riesgo la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos tratados. La comunicación incluirá, como mínimo: - Una descripción de la naturaleza de la violación de seguridad. - Las categorías y el número aproximado de interesados afectados. - Las categorías y el número aproximado de registros de datos tratados. - Las posibles consecuencias de la violación de seguridad. - Las medidas adoptadas o propuestas para remediar la violación de seguridad. - El nombre y datos de contacto de un punto de contacto donde pueda obtenerse más información. Cuando no sea posible facilitar toda la información de forma simultánea, se podrá proporcionar la información de forma gradual sin dilación indebida. En todo caso, el Encargado ayudará al Responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones relativas a la notificación y comunicación de violaciones de seguridad, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del Encargado. - j) Comunicar al Responsable cualquier solicitud de ejercicio de derechos recibida y cooperar en su atención . La comunicación debe hacerse de forma inmediata y, en ningún caso, más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, acompañada, en su caso, de la documentación y otras informaciones que obren en su poder y que puedan ser relevantes para resolver la solicitud, incluida la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho. - k) Facilitar a los interesados en el momento de la recogida de los datos , si así se lo solicita el Responsable, la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción de las cláusulas informativas mediante las que se proporcionará la información a los interesados deberá ser facilitada por el Responsable con carácter previo al inicio de la recogida de los datos. - l) Colaborar con el Responsable en la realización de los análisis de riesgos y/o las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales con causa en las operaciones realizadas a consecuencia del contrato, así como en las consultas previas a la Autoridad de Control que puedan proceder en su caso. - m) Cumplir con el deber de responsabilidad proactiva y poner a disposición del Responsable , a requerimiento de este, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este acuerdo y colaborar en la realización de auditorías e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por el Responsable o terceros autorizados por este. - n) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales del personal a su cargo que participe en el tratamiento de los datos, así como de las obligaciones y responsabilidades que les incumben en el marco del presente acuerdo. - o) Comunicar los datos de contacto del Delegado/a de Protección de Datos del Encargado del tratamiento . <!-- image --> Si en atención a los requisitos previstos en el artículo 37 RGPD, el Encargado no precisara contar con esta figura en su organización, deberá aportar una declaración responsable con indicación motivada de las razones que justifican su falta de designación. - p) Destruir los datos personales a los que haya tenido acceso o que haya generado por causa del tratamiento , así como los soportes y documentos en que cualquiera de estos datos pueda constar, y sin conservar copia alguna para sus propios fines, una vez finalizada la prestación objeto del contrato, salvo que se requiera por ley. No obstante, el Encargado podrá conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el Responsable. En este último caso, los datos personales se conservarán debidamente bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo. El Encargado, una vez destruidos los datos, deberá certificar su destrucción por escrito y entregar el certificado al Responsable en el que se haga constar, los procedimientos o mecanismos de destrucción adoptados, así como el lugar y el momento en que se efectuó la destrucción definitiva. ## SEXTA. OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO Corresponde al Responsable del tratamiento: - a) Garantizar que los datos de carácter personal objeto de tratamiento que se ponen a disposición del Encargado son veraces y han sido recogidos con observancia del deber de información establecido en la normativa de protección de datos personales en vigor y, en particular, que dicho tratamiento cumple con los requerimientos previstos en la citada normativa. - b) Actualizar el análisis de riesgos y, en su caso, realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales cuando los sistema u operaciones del tratamiento realizadas por el Encargado puedan introducir nuevos riesgos. El Encargado asistirá al Responsable en la valoración de los riesgos, facilitándole el soporte, asesoramiento y la documentación que precise. En el caso de resultar procedente la realización de una evaluación de impacto y a la luz de los resultados obtenidos fuera preciso realizar la consulta previa a la que se refiere el artículo 36 RGPD, el Encargado prestará igualmente asistencia al Responsable para su elaboración. - c) Velar, antes y durante todo el tratamiento, por la observancia, por parte del Encargado, de las obligaciones y responsabilidades previstas en el presente acuerdo, así como por el estricto cumplimiento del RGPD, la LOPDyGDD y del resto de disposiciones normativas que sean de aplicación en esta materia. - d) Supervisar internamente el tratamiento, realizando cuantos controles y revisiones estime necesarios para garantizar el correcto tratamiento de los datos personales puestos a su disposición . ## SÉPTIMA. CONTROLES Y AUDITORÍAS POR PARTE DEL RESPONSABLE - El Responsable se reserva el derecho de efectuar, en cualquier momento, directamente o a través de un tercero por él autorizado, los controles y auditorías que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del Encargado del presente contrato. <!-- image --> El Encargado deberá colaborar y facilitar cuantos datos o documentos se le requieran para el adecuado cumplimiento de dichos controles y auditorías. ## OCTAVA. DEBER DE SECRETO Para el cumplimiento del objeto del contrato no se requiere que el Encargado acceda a ningún otro dato personal distinto a los expresamente previstos en la cláusula TERCERA de este acuerdo, no estando autorizado, en ningún caso, al acceso o tratamiento de otros datos que no sean los especificados. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato que conllevará un acceso accidental o incidental a otros datos personales, ya sea del Responsable o de otro órgano del Ayuntamiento de Madrid, el Encargado deberá ponerlo en conocimiento del Responsable con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 24 horas. En virtud de lo establecido en el artículo 5.1 f) del RGPD y el artículo 5 de la LOPDPGDD, el Encargado, así como todas las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento, se obligan a guardar la máxima reserva y secreto de los datos de carácter personal a los que pudieran llegar a acceder en el marco del presente acuerdo, obligándose a la más estricta confidencialidad sobre los mismos, y quedando, igualmente, sujetos a no divulgarlos, comunicarlos o cederlos a terceros, ni siquiera para su conservación, excepto que reciba instrucciones expresas del Responsable o exista alguna disposición legal o resolución judicial que obligue a ello. La obligación de confidencialidad y secreto subsistirá permanentemente, tanto durante la vigencia de la relación entre las partes como posteriormente tras su finalización, cualquiera que fuese la causa de su extinción. ## NOVENA. RESPONSABILIDAD El Encargado será considerado Responsable del tratamiento en el caso de que destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo el presente acuerdo. En estos casos, el Encargado responderá personalmente de las infracciones en que hubiera incurrido. El Encargado indemnizará al Responsable por los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que pudieran resultar del incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente acuerdo. A título enunciativo, y no limitativo, dicha indemnización incluirá los daños morales y de imagen, costes publicitarios o de cualquier otra índole que pudieran resultar necesarios para su reparación. Igualmente, el Encargado deberá responder de cualquier indemnización que, a resultas de su incumplimiento, tuviera que satisfacer a terceros. ## DÉCIMA. NOTIFICACIONES Cualquier notificación entre las partes deberá hacerse por escrito y enviarse por cualquier medio que permita dejar constancia fehaciente de su recepción por la parte destinataria. Los cambios de domicilio, dirección electrónica u otro medio de contacto declarado en el presente acuerdo deberán ser comunicados a la otra parte de forma inmediata, mediante un medio que garantice la constancia de su recepción. Mientras no se comunique dicho cambio, o no exista constancia fehaciente de que la otra parte tenga conocimiento del mismo, las notificaciones efectuadas a los domicilios o medios previamente designados se tendrán por válidamente realizadas. <!-- image --> ## UNDÉCIMA. INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO Sin perjuicio de lo dispuesto en el RGPD, en caso de que el Encargado incumpla las obligaciones que le atribuyen las presentes cláusulas, el Responsable podrá ordenar al Encargado que suspenda el tratamiento de datos personales hasta que este vuelva a dar cumplimiento a las presentes cláusulas, o resolver el contrato. El Encargado informará sin dilación al Responsable en caso de que, por razones sobrevenidas, no pueda dar cumplimiento a las presentes cláusulas para que el Responsable adopte las medidas que estime procedentes, incluida la resolución de este acuerdo y del contrato del que trae causa. ## DUODÉCIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN Para cuantas cuestiones litigiosas puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo, por duplicado, en lugar y fecha indicados: [Por el Responsable del Tratamiento] [Por el Encargado del Tratamiento] Lugar y fecha: [Madrid, dd de mm de aaaa] <!-- image --> ## ANEXO III. LISTADO DE SUBROGACION DE PERSONAL <!-- image --> Salario bruto | Nombre | Alta | Final Antiguedad | 1Contrato | Convenio | Categoria | CoeficienteT.Parcial | anual (estimado) | E/bruto | Pactosenvigor a aplicar | |----------|------------|----------------------------------|-------------|--------------------------------------------|--------------|----------------------------------------------|--------------------|-------------------------|---------------------------| | DF, A | 25/11/2025 | 25/11/2025 | 200 | | GRUPO3NIVEL1 | 0,15 (3 hrs/dia MyJ) | 4.497,00 | 12/hr+ttedia convenio | Coordinacion | | GA,A | 01/10/2024 | 20/10/2023 | 200 | | GRUPO3NIVEL1 | 0,75 (6hrs/dia LaV) | 16.800,00 | 1400/mes | Coordinacion (parcialidad | | CM,C | 01/02/2024 | 02/10/2021 | 200 | | | GRUP03NIVEL10,625(5hrs/diaL,X,VaD)20.400,00 | | 1700/mes | Coordinacion (parcialidad | | CA,H | 01/09/2025 | 26/06/2022 | 200 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,1 (2hrs/dia MyJ) | 3.297,00 | 12/hr+tte dia convenio | Monitor | | BL,A | | 09/09/202530/06/202610/10/2024 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,45(3,5hrs/dia My], 2hr X, 6hrs Sy 3hrs D) | 17.135,00 | 15/hr+ttedia convenio | Monitor | | SA,M | 01/09/2025 | 01/09/2023 | 200 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,1(2hrs/dia MyJ) | 3.297,00 | 12/hr+ttedia convenio | Monitor | | CC,L | | 01/10/202530/09/202619/10/2024 | 300 | | | GRUP03NIVEL20,225(6hrs/diaSy3hrD) | 8.566,89 | 15/hr+ttedia convenio | Monitor | | CR,P | 09/09/2025 | 09/09/2025 | 200 | 99015105012005 GRUPO3NIVEL1 "INSTALACIONES | | 0,75 (6hrs/dia LaV) | 15.600,00 | 10/hr+ttedia convenio | Coordinacion | | MJ,A | | 21/10/2025 30/06/2026 21/10/2025 | 300 | DEPORTIVASY GIMNASIOS | GRUP03NIVEL2 | 0,15 (2hrs/dia M, XyJ) | 5.905,50 | 150/hr+tte dia convenio | Monitor | | RD,M | | 21/10/202530/06/202619/10/2024 | 300 | (ESTATAL) | GRUP03NIVEL2 | 0,038 (1,5hrs S) | 2.085,00 | 15/hr+ttedia convenio | Monitoreventos | | LH,BY | | 27/09/2025 30/06/2026 14/03/2024 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,15 (3hrs D) | 2.855,63 | 15/hr+ tte dia convenio | Monitor | | AA,RS | | 15/09/2025 30/06/2026 18/09/2024 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,15 (1,5hrs/dia Vy D) | 6.708,00 | 20/hr+ttedia convenio | Monitor | | CA,H | | 27/09/202530/06/202616/11/2024 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,038 (1,5hrs S) | 2.085,00 | 100/hr+ttedia convenio | Monitoreventos | | BL,1 | | 20/09/2025 30/06/2026 16/11/2024 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,15 (3hrs/dia SyD) | 5.711,25 | 15/hr+ttedia convenio | Monitor | | MF,A | | 21/10/202530/06/2026 16/11/2024 | 300 | | GRUP03NIVEL2 | 0,15 (6hrs S) | 5.711,25 | 15/hr+ttedia convenio | Monitor | | GM,ME | | 10/09/2025 30/06/2026 10/09/2025 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,15(1,5hrXyS) | 6.708,00 | 20/hr +tte dia convenio | Monitor | | LF,R | | 13/12/2025 30/06/2026 13/12/2025 | 300 | | GRUPO3NIVEL2 | 0,038 (1,5hrs S) | 2.085,00 | 10/hr+ttedia convenio | Monitor Eventos |