Ampliación 2 suspensión ejecución contrato

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<!-- image --> 36150/2022 Expedient núm.: Resolució amb número i data establerts al marge Procediment: Contractacions CONT-026/2023. Contrato de servicios consistente en Assumpte de l'Expedient: prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grau de Gandia Visto el expediente que se tramita en este Ayuntamiento por el Servicio de Contratación y Patrimonio, y atendidos los siguientes ## FETS I FONAMENTS DE DRET CONT-026/2023. Contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grao de Gandia. Ampliación nº2 suspensión temporal ejecución contrato. ## ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Mediante resolución número 2023-7731, de fecha 27 de septiembre de 2023, del Concejal de Contratación se adjudicó el contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grao de Gandia, CONT026/2023, a la mercantil SIMA DEPORTE Y OCIO, S.L. con CIF número B40212649, de acuerdo con las siguientes características: - a) Importe máximo de adjudicación (sin IVA): 609.925,93 euros. - b) IVA máximo (21%): 128.084,44 euros. - c) Importe máximo total (IVA incluido): 738.010,37 euros. - d) Porcentaje de descuento sobre cada uno de los precios máximos unitarios por unidades de ejecución sobre los que versa la licitación: 16,61%. - e) Duración del contrato: 2 años a contar desde la fecha de formalización del contrato en documento administrativo. - f) Prórroga: Sí, hasta un máximo de 2 años, siendo la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, de 4 años. - g) Mejoras: Dotación de material deportivo con todas las características indicadas en el pliego. <!-- image --> <!-- image --> ## DECRETO <!-- image --> <!-- image --> h) Aplicación presupuestaria: 86.34207.22799. Segundo.El contrato se formalizó en documento número 2023-0090 de fecha 27 de octubre de 2023, indicando en el mismo como duración del contrato 2 años a contar desde el día 1 de noviembre de 2023. Tercero.Mediante resolución número 2025-8177, de fecha 20 de octubre de 2025, del Concejal Delegado de Gobierno Abierto y Contratación se aprobó la prórroga primera del contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grao de Gandia, CONT-026/2023, por un periodo de 1 año, a contar desde el día 1 de noviembre de 2025 se mantienen las mismas condiciones de la adjudicación y el importe máximo (precio adjudicación (304.962,97 euros) más precio modificado para los meses de noviembre y diciembre (10.165,44 euros)) será de 315.128,41 euros, IVA no incluido, más 66.176,97 euros, en concepto de IVA (21%), siendo el importe total de 381.305,38 euros, IVA incluido. Cuarto.Mediante resolución número 2025-10317, del Concejal Delegado de Gobierno Abierto y Contratación, de fecha 25 de diciembre de 2025, se resolvió suspender temporalmente la ejecución del contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grau de Gandia, a partir del 1 de marzo de 2026 y por un periodo de 2 meses. Quinto.Mediante resolución número 2026-3744, del Concejal Delegado de Gobierno Abierto y Contratación, de fecha 7 de mayo de 2026, se resolvió ampliar la suspensión temporal de la ejecución del contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grau de Gandia, a partir de mayo de 2026 y por un periodo de 15 días. Sexto.El día 15 de mayo de 2026, el Responsable de Deportes, supervisor del contrato, con el visto bueno del Concejal de Deportes, emite informe en el que solicita una nueva ampliación a la suspensión temporal de la ejecución del contrato, hasta el 22 de mayo, motivando que las deficiencias pendientes de subsanar todavía no han sido solucionadas en su totalidad. Se adjunta como anexo a este decreto. Séptimo.El día 15 de mayo de 2026 (2026-S-RE-21922) se le otorga al contratista trámite de audiencia de la nueva ampliación de la suspensión propuesta del contrato en los términos que se indican en el informe emitido por el Responsable de Deportes, supervisor del contrato, con el visto bueno del Concejal de Deportes, al que se refiere el antecedente de hecho anterior, que se adjunta al trámite de audiencia. Octavo.El día 15 de mayo de 2026 (2026-E-RE-20086) la mercantil SIMA DEPORTE Y OCIO, S.L. con CIF número B40212649, presenta escrito manifestando la aceptación de la nueva ampliación de la suspensión de la ejecución del hasta el 22 de mayo de 2026. Sobre estos antecedentes se formulan los siguientes, <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## FUNDAMENTOS DE DERECHO ## PRIMERO. En cuanto al régimen jurídico aplicable. El artículo 190 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) disponen que, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de esta. ## SEGUNDO. - En cuanto al órgano competente. La disposición adicional tercera, apartado 3 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que en los municipios de gran población a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), las atribuciones como Órgano de Contratación se ejercerán por la Junta de Gobierno Local, cualquiera que sea el importe del contrato o la duración del mismo. Dicha atribución, según el artículo 127.2 de la LRBRL, podrá delegarla la Junta de Gobierno Local a favor de los Tenientes de Alcalde, de los demás miembros de la Junta de Gobierno y concejales, de los coordinadores generales, directores generales u órganos similares. El municipio de Gandia ha sido declarado Municipio de Gran Población por la Ley 5/2010, de 28 de mayo, de la Generalitat, por la que se establece la aplicación al municipio de Gandia del Régimen de Organización de los Municipios de Gran Población. Esta Ley, de conformidad con su disposición final única, entró en vigor el día 4 de junio de 2010. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 27 de junio de 2023, delegó en el Concejal Delegado en materia de Contratación, las atribuciones siguientes en materia de contratación: - a) Las atribuciones que la Disposición Adicional Segunda, párrafo 4 (en relación con los párrafos 1 y 2) y párrafo 11 (en relación con los párrafos 9 y 10) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, confiere a la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación. - b) Las atribuciones que la Disposición Adicional Segunda, párrafo 4 (en relación con los párrafos 1 y 2) y párrafo 11 (en relación con los párrafos 9 y 10) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, confiere a la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación en relación a los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), incluyendo el informe del órgano de contratación para la resolución del recurso especial en materia de contratación (REMC), así como la aceptación de la propuesta de adjudicación <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> antes que el Servicio de Contratación requiera al propuesto como adjudicatario por la mesa de contratación, siempre que no se separe del dictamen de esta mesa. Queda excluida de la delegación de la Junta de Gobierno Local, en relación con los contratos SARA, la aprobación de los pliegos y del expediente administrativo y el resto de documentación preparatoria para la adjudicación del contrato. ## RESOLUCIÓ PRIMERO.Aceptar y, por tanto, aprobar la nueva ampliación de la suspensión temporal de la ejecución del contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físico-deportivas en el Centro Deportivo del Grao de Gandia*,* CONT-026/2023, propuesta por el responsable del contrato y con el acuerdo favorable del contratista, hasta el 22 de mayo de 2026. SEGUNDO . Suspender el cómputo del plazo de ejecución, hasta que se reinicie de nuevo -la ejecución del servicio, teniendo en cuenta que la suspensión no genera indemnización alguna a favor del contratista, salvo que se cumplan los requisitos legales que originen su nacimiento. TERCERO.Instar al responsable del contrato y a la mercantil adjudicataria para que firmen el acta de suspensión temporal de la ejecución del contrato CUARTO.Notificar esta resolución al contratista, para su conocimiento y efectos oportunos. QUINTO.Comunicar la presente resolución al funcionario encargado de supervisar la ejecución del contrato y a los servicios económicos, para su conocimiento y efectos SEXTO.Publicar esta resolución en la Plataforma de Contratación del Estado. Gandia, en la fecha de la firma electrónica según codificación al margen. ## DOCUMENT SIGNAT ELECTRÒNICAMENT <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> DEPARTAMENTO: Deportes EXPEDIENTE: Gestiona 36150/2022. CONT- 026/2023 OBJETO: Contrato de servicios consistente en prestación de actividades deportivas en las instalaciones del Centro Deportivo del Grau. ASUNTO: Informe ampliación suspensión temporal contrato. ## ANTECEDENTES Primero.Mediante resolución núm. 9495/2023 de fecha 27 de octrubre de 2023, del Concejal Delegado en materia de Contratación y Patrimonio se resolvió adjudicar el contrato de servicios consistente en Contrato de servicios consistente en prestación del servicio de actividades físicodeportivas de las instalaciones del Centro Deportivo del Grau a la mercantil Sima Deporte y Ocio, S.l. con CIF núm B40212649, que se materializó el 1 de noviembre de 2023 por el período de 2 años. Segundo.En fecha 3 de noviembre de 2025, se formalizó la prórroga por un año . <!-- image --> Tercero .- Mediante resolución 10420/25, se formalizó un contrato (CONT-056/2025) mixto de obra y suministro consistente en la reforma de las unidades de producción térmica (CALEFACCIÓN) y nueva instalación fotovoltaica para el centro Deportivo Grau de Gandia. NEXT GENERATION. Lo que supone un cierre de 2 meses de las instalaciones con la consecuente disminución de las unidades de ejecución. Con la previsión, según el cronograma de obra presentado por la empresa adjudicataria, que el cierre se realice a partir de la primera semana de marzo. Cuarto.Mediante Decreto 2025-10317 de fecha 26/12/2025 del concejal de contratación se aprueba la suspensión temporal del contrato a partir del 1 de marzo de 2026 por un periodo de 2 meses. Quinto.En fecha de abril de 2025 se emitió Informe de deficiencias y propuestas de mejora por parte del departamento de bioseguridad de la empresa LABAQUA S.A.. Sexto.En fecha 29 de abril de 2026 se emite Informe por parte de la Técnica de Ciencias Ambientales del Ayuntamiento de Gandia indicando las deficiencias pendientes de subsanar. Séptimo .- En fecha 7 de mayo de 2026, se dicta Resolución ampliando temporalmente la ejecución del contrato hasta el día 15 de mayo. ## SOLICITUD Primero. Visto que las deficiencias mencionadas no han sido todavía solucionadas en su totalidad, por seguridad de los usuarios el centro deberá permanecer cerrado todavía hasta el día 22 de mayo <!-- image --> <!-- image --> Segundo . Josep Estrugo Almiñana, como responsable del contrato de referencia, solicita la ampliación de la suspensión temporal del contrato de referencia hasta el día 22 de mayo, motivada por la ejecución de la finalización de la subsanación de las deficiencias mencionadas en el informe de la empresa Labaqua S.A. en las instalaciones del Centro Deportivo del Grau. Segundo. Dar traslado al servicio de Contratación a los efectos oportunos. EL RESPONSABLE DEL CONTRATO EL CONCEJAL DELEGADO (Decreto núm. 5416 de 21/06/2023) Josep Estrugo Almiñana Jesús Naveiro Murgui (firmado digitalmente, según consta al margen) DECRET <!-- image -->