Memoria justificativa.pdf

Documento Adicional Ver licitación
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<!-- image --> Placa Major, 1 46700GANDIA Tel.:962959400 Fax.:962959482 SERVICIO: DEPORTES ASUNTO: Memoria justificativa del contrato de servicio de actividades físico-deportivas en el centro deportivo del Grau de Gandia ## MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO En cumplimiento de lo previsto en el artículo 63.3, letras a) y b) de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre (LCSP), deberá publicarse en el perfil del contratante una memoria justificativa del contrato, el informe de insuficiencia de medios en el caso de contratos de servicios, la justificación del procedimiento utilizado para su adjudicación cuando se utilice un procedimiento distinto del abierto o del restringido, el objeto detallado del contrato, su duración, el presupuesto base de licitación y el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Por otro lado, el artículo 28 del mismo texto legal determina que las entidades de sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. Exige este último precepto legal como documento preparatorio de todo contrato la concreción y determinación con detalle de la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlo. En esta memoria tiene por objeto cumplir con los preceptos legales aludidos acreditando la necesidad del contrato, el plazo de duración del contrato, el presupuesto base de licitación, el valor estimado del contrato -que incluye el coste de las posibles prórrogas o modificados previstos-, así como los criterios de adjudicación y solvencia a exigir a los licitadores. Todo ello se lleva a cabo de acuerdo con los objetivos de la LCSP 9/2017, entre los que ahora interesa resaltar: la simplificación de los trámites, menor burocracia, y la eficiencia en la contratación (exposición de motivos II, tercer y sexto párrafo). De acuerdo con la actual situación económica-financiera del Ayuntamiento de Gandia y planes de ajuste y económico-financiero, aprobados el día 15 de julio de 2015 y 26 de enero de 2016, respectivamente, por los órganos municipales y estatales correspondientes a los que debe someterse cualquier gasto de la aludida entidad local, siendo la última modificación la de 28 de octubre de 2019, la contratación que se propone realizar presenta las siguientes características para responder a lo expresado previamente: ## a) Necesidades a cubrir: www.gandia.org Num.REL01461311 CIFP-4613300-E <!-- image --> org Se justifica la necesidad de dicha prestación de servicio deportivo, ya que el Área Municipal de Deporte del Ayuntamiento de Gandia no cuenta con el personal suficiente, con las características profesionales que se requiere para el desarrollo de las actividades que a posterior se detallarán. <!-- image --> ## b) Objeto del contrato. Código CPV : Objeto: Contrato de servicio de actividades físico-deportivas en el centro deportivo del Grau de Gandia CPV: 92000000-1 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos (Servicios administrativos sociales, educativos, sanitarios y culturales)  (Principal) CPV: 92600000-7 'Servicios deportivos' CPV: 92620000-3 'Servicios relacionados con los deportes' ## Posibilidad de licitar en lotes: No. Justificación de la no división en lotes: Coordinación de los trabajadores. En el presente caso en el que existe una única finalidad, como es la prestación de los servicios deportivos en las instalaciones del Centro Deportivo del Grau de Gandia, la división por lotes derivaría en una descoordinación del servicio, siendo uno de los puntos más importantes en el presente contrato, es por ello que la mejor la opción que lo realice una misma empresa todo el contrato y que no lo realicen empresas distintas para cada espacio. Además se justifica la no división en lotes en que dicha división podría conllevar el riesgo de restringir la competencia, no se puede separar la prestación de los servicios deportivos uno para cada espacio dado que el contrato se podría hacer excesivamente difícil para su coordinación entre ellos. La mejor opción es que una empresa, aquella que sea adjudicataria, tenga que realizar toda la prestación conjuntamente para que se ejecute de forma adecuada el objeto del contrato. ## c) Contenido o prestaciones: <!-- image --> <!-- image --> Ejecución y coordinación de actividades físico-deportivas para personas adultas, jóvenes y niños (aeróbic, actividades físico-recreativas, yoga, pilates, taichí, actividades físico deportivas rítmicas, actividades de baile, actividades acuáticas, y actividades dirigidas en sala). A título orientativo en el pliego de prescripciones técnicas particulares se describen algunas de estas actividades, ello sin perjuicio que, previa autorización municipal, se puedan realizar estas actividades y/u otras diferentes). ## d) Idoneidad del objeto: Se trata de actividades que redundan en beneficio de la ciudadanía en tanto que se desarrollan en el ámbito de la salud, el acondicionamiento físico, los deportes alternativos, actividades deportivomusicales, ejercicios de relajación, actividades en el medio acuático, gimnasias suaves. - e) Concretar si el servicio se prestaba o no anteriormente, y de ser así, desde cuando se viene prestando: Si, desde el año 2008 - f) Determinar si se trata de una competencia del Ayuntamiento según los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), en su redacción dada por la LRSAL 27/2013: Artículo 25 de la Ley 7/1985 LRBRL: 2. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: - l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre. Artículo 26 de la Ley 7/1985 LRBRL: 1. Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes: - c) En los Municipios con población superior a 20.000 habitantes, además: instalaciones deportivas de uso público. - g) Precisar si el presente contrato está financiado por otra Administración Pública y en qué porcentaje : Régimen de Financiación: Ayuntamiento 100% ## h) Procedimiento y tramitación: <!-- image --> ## Procedimiento: | X | Abierto ordinario | |-----|------------------------------------------| | | Abierto simplificado normal | | | Abierto simplificado sumario | | | Negociado sin publicidad. Justificación: | Tramitación del expediente: | X | Ordinaria | |-----|-------------| | | Urgente | | | Anticipada | ## i) Acreditación de la insuficiencia de medios humanos: Se justifica la necesidad de dicha prestación de servicio deportivo, ya que el Área Municipal de Deporte del Ayuntamiento de Gandia no cuenta con el personal suficiente, con las características profesionales que se requiere para el desarrollo de las actividades que a posterior se detallaran. ## j) Presupuesto base de licitación: | Importe de licitación (IVA excluido) | Importe IVA | Presupuesto base de licitación (IVA incluido) | |----------------------------------------|--------------------|-------------------------------------------------| | Total: 609.925,93€ | Total: 128.084,44€ | Total: 738.010,37€ | Importe de licitación: A (Costes directos) +B (Costes indirectos) +C (Costes salariales) + Gastos generales + Beneficio industrial. Presupuesto Base de licitación: Importe de licitación + IVA ## A) Costes directos | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | TOTAL | |----------------------------------|--------------| | A) Costes directos | | | B) Costes Indirectos | | | C) Costes salariales | 512.542,80 € | <!-- image --> <!-- image --> | Gastos generales: 13% | 66.630,56 € | |--------------------------|---------------| | Beneficio Industrial: 6% | 30.752,57 € | | IVA (21%) | 128.084,44 € | | TOTAL | 738.010,37€ | ## Precio máximo unitario (horas/semana) por unidades de ejecución sobre los que versa la licitación La licitación versará sobre la baja única y global (expresada como porcentaje) ofertada por las licitadoras sobre los siguientes precios unitarios (IVA no incluido), que se detallan a continuación: | | HORAS/ MENSUALES | COSTE TOTAL MENSUAL | Coste Anual | |-----------------------------------------|--------------------|-----------------------|---------------| | Técnico en salvamento de piscinas | 360 | 4.600,80 € | 50.608,80 € | | Monitor cursos de natación | 470 | 6.768,00 € | 74.448,00 € | | Clases dirigidas en el agua | 60 | 864,00 € | 9.504,00 € | | Monitor de sala de fitness | 360 | 4.600,80 € | 50.608,80 € | | Monitor de actividades dirigidas | 240 | 4.039,20 € | 44.431,20 € | | Monitor de clases dirigidas especificas | 80 | 1.670,40 € | 18.374,40 € | | Supervisor | 40 | 754,20 € | 8.296,20 € | ## k) Valor estimado del contrato: Cálculo del valor estimado del contrato: | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | TOTAL | |-------------------------------------|--------------| | Presupuesto base de licitación (IVA | 609.925,93 € | <!-- image --> <!-- image --> ## l) | excluido) | | |--------------------------------------------------------|----------------| | Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido) | 121.985,19 € | | Importe de la prórroga/s (IVA excluido) | 609.925,93 € | | TOTAL | 1.341.837,05 € | ## Revisión de precios: No. ## m) Aplicación presupuestaria. Anualidades : | | 2 AÑOS | 2 AÑOS | 2 AÑOS | 2 AÑOS | 2 AÑOS | 2 AÑOS | |------------|----------|----------|----------|----------|----------|----------| | Ejercicios | 2023 | 2024 | 2025 | 2025 | 2026 | 2027 | | | (34%) | (100%) | (66%) | (34%) | (100%) | (66%) | ## n) Garantía provisional: No. ## o) Plazo de duración del contrato y prórrogas previstas: | Duración del contrato: 2 años, a contar desde 1 de septiembre del 2023 | Duración del contrato: 2 años, a contar desde 1 de septiembre del 2023 | Duración del contrato: 2 años, a contar desde 1 de septiembre del 2023 | |------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Prórroga:  Si | Duración de la prórroga: anuales Hasta un máximo de: 2 años | Plazo de preaviso de la prórroga al contratista:  General: 2 meses | | Garantía definitiva: Si el 5% del presupuesto máximo, IVA excluido. Se admite la constitución de la garantía mediante retención de precio (art. 108.2 LCSP): No. | Garantía definitiva: Si el 5% del presupuesto máximo, IVA excluido. Se admite la constitución de la garantía mediante retención de precio (art. 108.2 LCSP): No. | Garantía definitiva: Si el 5% del presupuesto máximo, IVA excluido. Se admite la constitución de la garantía mediante retención de precio (art. 108.2 LCSP): No. | ## p) Justificación de la naturaleza del contrato: El presente contrato de servicios está regulado en el artículo 17 de la LCSP. En este artículo se establece que son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obre o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva o por precio unitario. No podrán ser objeto de estos estos contratos los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos. <!-- image --> <!-- image --> ## q) Criterios de adjudicación: | Criterios adjudicación contrato de servicios | Puntuación máxima | |-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------| | OBJETIVOS MEDIANTE FÓRMULAS | 51 puntos | | 1. Precio: Consistirá en ofrecer un mayor porcentaje de baja respecto de los precios unitarios de cada unidad de ejecución. | 42 | | 2. Mejoras: Dotación de material deportivo y de megafonía. | 9 | | SUBJETIVOS | 49 puntos | | 1. Memoria organización del servicio | 49 | | TOTAL | 100 puntos | ## Explicación y justificación de los criterios: -  Criterios objetivos para todos los contratos: Puntuación máxima 51 puntos 1. Precio: Consistirá en ofrecer un porcentaje de baja respecto de los precios unitarios de cada unidad de ejecución. Se valorará hasta un máximo de 42 puntos | CRITERIO OBJETIVO MEDIANTE FÓRMULAS | Puntuación máxima 51 puntos | |---------------------------------------|-------------------------------| ## Ofertas incursas en presunción de anormalidad Tendrán la calificación de incursas en presunción de anormalidad las que incurran en los supuestos previstos en el artículo 85 del Reglamento General de Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001. En caso de producirse, se procederá, conforme al artículo 149 de la LCSP 9/2017, a dar audiencia al licitador que haya presentado la incursas en oferta incursa en presunción de anormalidad para que justifique la valoración de la oferta, conforme a lo previsto en el apartado 4 del aludido precepto legal. ## Valoración: Se asignará el total de puntos (42) a la proposición que ofrezca el mayor porcentaje de descuento sobre cada uno de los precios máximos unitarios (horas / semana) por unidades de ejecución sobre los que versa la licitación (IVA no incluido) detallados en la letra j), puntuándose al resto de proposiciones de forma proporcional. En todo caso, la total puntuación inicialmente prevista para este apartado sólo se otorgará cuando alguna de las proposiciones iguale o supere el porcentaje de descuento del 10%. En caso contrario, el máximo de puntos de este apartado, a otorgar a la proposición con mayor porcentaje de baja, se reajustará conforme a la siguiente fórmula: Puntuación final del apartado = 42 * Md / 10% <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> siendo Md el máximo porcentaje de descuento ofrecido por proposición finalmente admitida Justificación: La fórmula que se aplica es para evitar que licitadores hayan presentado una baja muy reducida puedan obtener la máxima puntuación. Se estima por la experiencia empírica de procedimientos contractuales tramitados con este criterio que una baja que iguale o supere el 10 % del PBL ya es suficiente para acreditar y justificar que se aplique la proporcionalidad directa, atribuyendo la puntuación conforme a dicha proporcionalidad. Sin embargo, cuando ninguno de los licitadores alcanza ese mínimo de baja el aplicar la baja proporcional sin ninguna medida de límite o tope, implica la obtención de puntos que pueden determinar la adjudicación a favor de un licitador cuya baja es ínfima. Para corregir ese defecto, se aplica la fórmula prevista en la letra b) únicamente cuando ningún licitador haya hecho una baja igual o superior al 10 %. De esa forma, las bajas mínimas no reciben nunca la máxima puntuación corrigiendo así las desigualdades derivadas de esas bajas comparadas con el esfuerzo económico del licitador que implican las mayores bajas. ## 2. Mejoras. Dotación de material deportivo y de megafonía. 9 puntos. Se valorará la aportación al servicio de una dotación mínima del siguiente material: ## -MATERIAL FITNESS | Bandas elásticas glúteos | 5 | |----------------------------------|--------| | Cuerda tríceps | 5 | | Gomas elásticas 15,25,35KG Cross | 2 CADA | | Ketlebell juego | 2 | | Disco balance board | 5 | | Rueda abdominales pequeña | 5 | | Juego balones medicinales | 5 | | Cajón 75KG | 5 | | Cinturón ruso | 2 | | Fitball | 3 | | Step | 10 | | bandas PILATES | 10 | | SOFTBALL | 5 | | ESTERILLAS | 10 | | bloques | 8 | | AROS PILATES | 5 | | Barra de body | 5 | | Discos de body 1.25kg | 30 | | Discos de 5kg | 20 | | Mancuernas body 2kg | 30 | | Mancuernas de body 3kg | 30 | | Mancuernas de 5kg | 30 | | BOSU | 17 | ## -MEGAFONÍA: Sistema Bose L1 Compact <!-- image --> <!-- image --> | Sistema Senheiser XSW-D Presentation Set | 1 | |--------------------------------------------|-----| | Micrófono Mark XS1301 | 1 | ## Valoración: -  A quien oferte una dotación de material deportivo y megafonía con todas las características indicadas se le otorgará 9 puntos. -  A quien NO oferte una dotación de material deportivo y megafonía con todas las características indicadas se le otorgará 0 puntos. Justificación: Las mejoras propuestas redundan en una mayor calidad en la prestación de las actividades y con carácter general del servicio. ## CRITERIOS PENDIENTES DE JUICIO DE VALOR -  Criterios Subjetivos para cada tipo de contrato. Puntuación máxima 49 puntos: | CONTRATO DE SERVICIOS | Puntuación máxima 49 puntos | |-------------------------|-------------------------------| ## CRITERIO SUBJETIVO El documento a presentar para justificar este criterio tendrá una extensión máxima de 40 folios a una cara (40 páginas), tipo de letra Arial 11, interlineado 1,5 líneas, espaciado anterior y posterior 6 puntos. Por tanto, si el licitador presenta un proyecto con una extensión superior, únicamente se valorarán aquellos criterios desarrollados hasta la página 40. Será a elección del licitador las hojas destinadas a cada criterio. El papel será tamaño Din A4, las hojas de tamaño Din A3, contarán como 2 hojas. ## MEMORIA ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO Documentación a presentar: En dicha memoria se detallará, la organización y forma de prestar el servicio y en concreto de las siguientes actividades previstas en cada unidad de ejecución incluyendo como mínimo los siguientes apartados: descripción de la actividad, organización, objetivos, metodología, recursos materiales que aportará para la prestación del servicio y medios humanos. En relación a los medios materiales que se aporten indicar si a la finalización del contrato se dejarán en el centro deportivo. Se valorará la calidad de las propuestas y el grado de descripción de las mismas. 1. Piscina con servicio de socorrismo. 2. Cursos de natación. 3. Clases dirigidas en la piscina. 4. Sala de fitness con servicio de monitor. 5. Clases dirigidas en las diferentes salas. Combo-hit, Pilates, GAP, Spinning, Cubba, Body, Yoga Body-power, Cross-training, Combat, Danza urbana, Fit-dance, Suspensión- 6. T, Body pump. 6. Clases dirigidas de bajo impacto 7. Supervisor de las actividades que se realizan en la instalación. <!-- image --> Justificación: A través de la memoria para la prestación del servicio se podrá observar cómo se prestará el servicio por el licitador, donde se detectarán, en su caso, las desviaciones sobre lo previsto en el PPTP y las características de la prestación. ## r) Solvencia técnica o profesional de los licitadores para cada tipo de contrato. Habilitación profesional: -  En los contratos de servicios : <!-- image --> | | CONTRATOS DE SERVICIOS | |------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | a) x | Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. | | | Criterio: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Justificación: Se exige que el licitador cuente con la solvencia técnica descrita con la finalidad de comprobar que, dada su experiencia en las prestaciones similares o iguales a las del objeto del contrato, cumplirá con las prescripciones técnicas y administrativas previstas en los pliegos de prescripciones técnicas particulares y de cláusulas administrativas particulares de forma adecuada, prestando un servicio de calidad. Por ello, se exige que esa relación de trabajos realizados tanto en el sector público como en el sector privado se acompañe de certificados de buena ejecución, expedidos por el órgano competente en cada caso. De esta forma el órgano de contratación tendrá parámetros objetivos que determinarán que el licitador que resulte adjudicatario porque su oferta cumple con el criterio de mejor calidad-precio, también dispone de una experiencia que acredita que el objeto del contrato se cumplirá con mayores garantías. | Habilitación empresarial o profesional: No. - s) Solvencia económica de los licitadores: <!-- image --> <!-- image --> el trabajo. relacionconelpersonalvinculadoalaejecuciondelmismo. El incumplimiento de la condici6n especial de ejecucion del contrato tendra la consideracion de: - [ ] Causa deresoluciondel contrato. - JInfraccion grave a los efectos de interposicion de penalidades. ## SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA - a) Volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. ## Criterio: -  El volumen de negocios mínimo será de una vez y media el valor anual medio del contrato (incluidas modificaciones y prórrogas). ## Se acreditará mediante: -  Las personas jurídicas presentarán sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. -  Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. ## Justificación: Se exige que el licitador tenga la solvencia económica descrita porque de esta forma se garantiza de una forma objetiva que quien resulte adjudicatario porque su oferta sea la de mejor calidad-precio tenga suficiente capacidad y pulmón financiero para poder ejecutar la prestación sin ningún tipo de problema económico y con la suficiencia que requiere el cumplimiento del objeto del contrato. De esta forma se garantiza que el adjudicatario cumplirá el objeto contractual sin problemas económicos, al menos, aparentes. - t) Clasificación del contratista: No. - u) Condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden en relación con la ejecución del contrato, que estén vinculadas al objeto del contrato, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario : ## Social <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Dicho incumplimiento conllevará la imposición de una penalidad del 5% sobre el precio del contrato. - v) Obligaciones esenciales del contrato: x Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 LCSP) Otras - w) Subrogación en contratos de trabajo: Sí - x) Subcontratación de contrato : No. - y) Cesión de contrato: No. - z) Causas específicas de resolución contractual: No dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello a los que se ha comprometido el contratista en su oferta 5. aa) Modificaciones contractuales: Si | CATEGORIAPROFESIONAL | CONVENIODEAPLICACION | CATEGORIA PROFESIONAL | 1D | TIPO CONTRATO | %JORNADA TRABAJO | FECHA | VENCIMIENTO SALARIO ANTIGUEDADDECONTRATOBRUTOANUAL | |------------------------|---------------------------------------------|-------------------------|----------------------------------------|---------------------------------------|--------------------|------------|------------------------------------------------------| | MonActFDeS | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDeS | | 389INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 25 | 27-09-2021 | 4.416,46 | | MonActFDeS | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDeS | 389 | INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 85 | 06-10-2020 | 13.488,46 | | MonActFDeS/coord | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDeS/coord | 300 | INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 87,5 | 27-09-2021 | 13.866,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 389 | CONV.TEMP-INDEF.F.DISC.T.PARCIAL | 30 | 27-09-2021 | 5.172,46 | | MonActFDeS | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDeS | 389 | CONV.TEMP-INDEF.F.DISC.T.PARCIAL | 65 | 29-09-2021 | 10.464,46 | | MonActFDeS/coord | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDeS/coord | 389 CONV.TEMP-INDEF.F.DISC.T.PARCIALP | | 100 | 05-10-2021 | 15.756,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 389 INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 30 | 03-11-2021 | | 5.172,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 300 INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | | 04-10-2022 | | 1.392,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 300INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 15 | 04-07-2022 | | 2.904,46 | | MonActFDeS | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDeS | 300 INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 75 | 01-09-2022 | | 11.976,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 300 INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 22,5 | 21-09-2022 | | 4.038,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 300INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 30 | 10-10-2022 | | 5.172,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 300 INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | 22,5 | 02-11-2022 | | 4.038,46 | | MonActFDep | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2019 | MonActFDep | 300 INDEF.F.DISCONT.T.PARCIALORDINARIO | | | 03-11-2022 | 1.392,46 | | Coordinador | InstalacionesDeportivasyGimnasios,2018-2020 | Coordinador | 100INDEFINIDO-TIEMPOCOMPLETO-ORDINARIO | 100 | 04/06/2018 | | 21.000,00 | ## En los términos que se indica a continuación Se podrá modificar el contrato, ampliando o reduciendo las actividades previstas así como el número de horas/semana previstas para cada actividad, en función de las necesidades del Ayuntamiento que se acreditarán por el Responsable del Contrato y hasta un MÁXIMO del 20% del Precio de Adjudicación, sin IVA, (al alza o a la baja) y previa consignación presupuestaria, que será requisito ineludible y previo a la aprobación del modificado. - b) Condiciones de la modificación (reglas de tramitación que se seguirán para <!-- image --> <!-- image --> determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevos plazos … - -Informe técnico y económico del responsable del contrato que justifique la modificación. - -Audiencia a la empresa adjudicataria. - -Informe jurídico - -Informe del Servicio de contratación - -Fiscalización por la Intervención Municipal - -Aprobación por el órgano de Contratación y firma del contrato modificado por las dos partes. ## bb)Responsable del contrato representante de la administración y técnicos encargados de valorar los criterios juicio de valor: | Responsable del contrato | Antoni Josep Deusa Esteve, Responsable de Instalaciones y Actividades Deportivas. | |------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------| | Representante de la administración | Sara Barber Blasco, Técnica de Administración General del servicio de Deportes. | ## cc) DATOS DE FACTURACIÓN | Entidad contratante: Ayuntamiento de Gandia NIF | Entidad contratante: Ayuntamiento de Gandia NIF | P4613300E | |---------------------------------------------------|---------------------------------------------------|-------------| | OFICINA CONTABLE | CÓDIGO DIR3 | L01461311 | | ÓRGANO GESTOR | CÓDIGO DIR3 | L01461311 | | UNIDAD TRAMITADORA | CÓDIGO DIR3 | L01461311 | A tal efecto, solicita al órgano de contratación ordene al servicio de contratación y patrimonio la incoación del procedimiento contractual correspondiente. Gandia a la fecha de la firma electrónica al margen . <!-- image --> ## Lydia Morant Varó (Firmado electrónicamente según codificación al margen) <!-- image --> ## Antoni Josep Deusa Esteve (Firmado electrónicamente según codificación al margen) 2odilValidaci €l22BZKx2SZHHRZÓB1KJZWWM7KQl Verificaci €lhttps€éégandiaqsedelectronicaqesél -ocumentlsignatlelectr nicamentldesldellalplataformalesPublicolHestional|lP ginal(Óldel(Ó <!-- image -->