2026-10_PCAP.pdf

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES (PCAP) DEL CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS ORDINARIOS PARA EL CONSORCIO CENTRO NACIONAL DE NEUROTECNOLOGÍA (SPAIN NEUROTECH) A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO CUADRO RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO EXPEDIENTE 2026/10 1 Expediente 2026/10 Gerencia del Consorcio Paseo de la Castellana Órgano de Centro Nacional de 162, CP 28046 Madrid contratación Neurotecnología (en NIF: S2801524F adelante, “Consorcio Spain Neurotech”), conforme a la delegación de funciones realizada por la Comisión 2 Ejecutiva en su reunión del 27 de marzo de 2026 Código NUTS NUTS: ES30 Comunidad de Madrid Es accesible desde la siguiente dirección de Internet (art. 63 LCSP): Perfil del Contratante https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:p erfilContratante&idBp=EcxDTU13NmSExvMJXBMHHQ%3 D%3D El contrato tiene carácter privado y no sujeto a regulación armonizada (art. 25.1.a 1º de la LCSP). El objeto del contrato comprende la apertura y mantenimiento de hasta un máximo de cinco (5) cuentas corrientes operativas, incluyendo la remuneración de los Calificación y saldos acreedores, la gestión de cobros y abonos, la 3 Objeto del ejecución de transferencias nacionales e internacionales, contrato la prestación de servicios de banca electrónica y los servicios complementarios asociados a la actividad financiera ordinaria del Consorcio Spain Neurotech. Las cuentas operativas del Consorcio que tengan fines específicos se gestionarán bajo su normativa especial; P á g i n a 1 | 78 Consorcio Centro Nacional de Neurotecnología (Spain Neurotech): Paseo Castellana 162, 28046 Madrid, info@neurotech.es concretamente, las cuentas destinadas al pago de haberes y retribuciones del personal se regirán por el Decreto 680/1974, de 28 de febrero, y el Real Decreto 1465/2007, de 2 de noviembre, mientras que aquellas destinadas a pagos periódicos o repetitivos mediante el Sistema de Anticipos de Caja Fija quedarán sujetas a lo dispuesto en los Real Decreto 640/1987, Real Decreto 725/1989 y Real Decreto 1469/2001, comprometiéndose la entidad adjudicataria a respetar dichas especialidades operativas. Tal y como se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares ("PPTP"), serán por cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos, costes, comisiones o cualquier otro que se pudiera derivar de la ejecución de los servicios a que se refiere el contrato, y cualquier impuesto o tasa que puedan generar las operaciones a realizar, incluidas las transferencias realizadas al extranjero en divisas. Reglamento (CE) nº 13/2008 de la Comisión, de 28 de Clasificación noviembre de 2007 CPV CPV: 66110000-4 “Servicios bancarios” El Consorcio Spain Neurotech, en su condición de Necesidad del organismo público adscrito al Ministerio de Ciencia, contrato e Innovación y Universidades y de reciente creación (en fase insuficiencia de inicial de despliegue administrativo) precisa disponer de medios servicios bancarios de carácter ordinario que son necesarios para este tipo de consorcios estatales de cara a poder realizar las funciones reflejadas en su Convenio de creación y en sus Estatutos de aplicación. Concretamente, los servicios objeto de este contrato a realizar por una entidad bancaria resultan indispensables para la actividad del Consorcio Spain Neurotech. Por ello y en cumplimiento del artículo 28 de la LCSP, se hace constar la idoneidad y contenido del contrato proyectado para poder satisfacer

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