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Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## ANEXO I ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRAT IVAS PARTICULARES PARA CONTRATOS DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ## CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO ## ÍNDICE - 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. - 2.- PODER ADJUDICADOR. - 3.PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN. - 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA. - 5.-SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. - 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. - 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. - 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. - 9.- MESA DE CONTRATACIÓN. - 10.- GARANTÍA PROVISIONAL. - 11.- GARANTÍA DEFINITIVA. - 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA. - 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. - 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. - 15.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DE ADJUDICACIÓN. - 16.- PLAZO DE DURACIÓN Y PRORROGA. - 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. - 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO. Página 1 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 1/28 | <!-- image --> <!-- image --> Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 - 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. - 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. - 21.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. - 22.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y PENALIDADES. - 23.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. - 24.- RÉGIMEN DE PAGOS Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS. - 25.INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN EN LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA QUE ESTÁN PRESTANDO SERVICIO EN LA ACTUALIDAD. - 26.- INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO CUYO CARÁCTER CONFIDENCIAL DEBE RESPETAR EL CONTRATISTA. - 27.- PLAZO DE GARANTÍA. - 28.- OTRAS ESPECIFICACIONES. - 29.- RÉGIMEN DE RECURSOS. - 30.- CUADRO DE SEGUIMIENTO. Página 2 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 2/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 TÍTULO: CONTRATO DE SERVICIO DE INTERVENCIÓN ESPECIALIZADA CON FAMILIAS EN ACOGIMIENTO FAMILIAR Y CON FAMILIAS EN ADOPCIÓN. Nº EXPEDIENTE: PSS/2026/0000015775 CONTRATO FINANCIADO CON FONDOS PRTR: - [x] SI □ NO X CONTRATO RESERVADO (D.A 4ª de la LCSP y artículo 30 de la LCPSREx): SI □ NO X CONTRATO PRECEDIDO DE UNA CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO (artículo 115 de la LCSP y artículo 7 de la LCPSREx) : SI □ NO X ## 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. - 1.1.Incluido en el artículo 17 de la LCSP, el objeto del contrato viene constituido por: el servicio de intervención especializada con familias en acogimiento familiar y con familias en adopción. ## 1.2.- CÓDIGO/S CPV/S: 85312000-9, Servicios de asistencia social sin alojamiento. A los efectos contemplados en los artículos 22.1.c y 145.4 LCSP 9/17, así como a cuantos otros sean relevantes, el presente contrato se considera englobado en la categoría de contratos de servicios sociales identificados en el Anexo IV de la LCSP 9/17. - 1.3.- División en lotes: - [x] SI □ NO X - 1.4.- Admisión de variantes: - [x] SI □ NO X ## 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. - -Identificación: Consejería de Salud y Servicios Sociales - -Ejercicio de la competencia para contratar: la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por delegación de la Consejera de Salud y Servicios Sociales mediante Resolución de 25 de Página 3 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 3/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 septiembre de 2023, publicada en el DOE núm. 189, de 2 octubre de 2023. - -Dirección Postal: Avda. de las Américas nº 2 (06800) Mérida - -NIF DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: S0611001I - -Dirección Registro General del órgano de contratación: Secretaría General 06800 Mérida - -E-mail: contratación.syps@salud-juntaex.es - -Perfil de contratante: De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP 9/17 es accesible a través de la siguiente dirección de internet: https://contrataciondelestado.es - - - Fax: 924930356 ## 3.PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN. - -Presupuesto base licitación IV A excluido: 1.775.312,62 € - -Tipo IVA aplicable: 10 % De conformidad con el artículo 20, en sus puntos a y h, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la prestación del servicio, por su naturaleza, podría resultar exenta de IVA, exención que sólo resultará posible si el prestatario tiene la condición de entidad o establecimiento privado de carácter social, por lo que es necesaria su consignación. - -Importe IVA: 177.531,26 € - -Presupuesto base licitación IVA incluido: 1.952.843,88 € El presupuesto base licitación se desglosa en: - - - Costes directos: 1.443.343,59 € - - - Costes salariales: 1.129.425,75 € - -Otros costes: 313.917,84 € - -Costes indirectos: No procede. - -Otros eventuales gastos: - o Costes generales: 245.368,41 € - o Beneficio industrial: 86.600,62 € El desglose de los costes salariales se encuentra en la Memoria Económica. - -Valor estimado del contrato (IVA excluido) : 4.438.281,55 € Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado: para el cálculo de los costes laborales del personal se han seguido las reglas contenidas y estipuladas en el V Convenio Colectivo Estatal de Reforma Juvenil y Página 4 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 4/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 Protección de Menores. La valoración de los demás costes, se han elaborado a partir de las estimaciones de gastos efectuadas que se ajustan a costes de mercado para servicios similares o análogos. Se incluye también un 17% en concepto de gastos de estructura y un 6% en concepto de beneficio industrial y el valor de las posibles prórrogas. Anualidades y aplicación presupuestaria: | ANUALIDAD | IMPORTE | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | |-------------|--------------|-----------------------------| | 2026 | 284.789,74 € | 110030000/G/252A/22799 | | 2027 | 976.421,94 € | 110030000/G/252A/22799 | | 2028 | 691.632,20 € | 110030000/G/252A/22799 | - -Proyecto de gasto: No procede su consignación. - -Cofinanciación: Comunidad de Extremadura: 100% Otros Entes: 0% - -Aportación de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 1.952.843,88 € - -Sistema de determinación del precio: TANTO ALZADO. ## 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI. ## 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. ## 5.1.- Solvencia: ## · Acreditación de la solvencia económica y financiera: - -Artículo 87 de la LCSP 9/17, apartado 1 a): Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior a 0,2 veces el valor estimado del contrato (887.656,31 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. Página 5 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 5/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. - Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: NO PROCEDE. - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 90 de la LCSP 9/17, apartado 1 a). - -Relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Para determinar si los trabajos son de igual o similar naturaleza se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV . Exigiéndose que en la relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza realizados en el curso de los tres últimos años, el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor de la anualidad media del contrato (621.359,42 €). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificado expedido o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. - Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 90.4 de la LCSP 9/17: NO. - 5.2.- Clasificación del contratista. A pesar de no ser requisito la clasificación, la solvencia podrá ser justificada mediante la acreditación de encontrarse en el grupo o subgrupo, y categoría mínima indicada a continuación: NO PROCEDE. - 5.3.Presentación de certificados expedidos por organismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP 9/17) : NO PROCEDE. . - 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. - Procede: NO. | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 6/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. - Procede: NO. ## 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. - -Tramitación anticipada: NO. En caso de tramitación anticipada conforme al artículo 117.2 de la LCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en que vaya a ejecutarse el contrato. - -Tramitación: Ordinaria. - -Procedimiento: Abierto. - -IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto de esta primera sesión, a la apertura del SobreArchivo 2 ó 3 según proceda. ## 8.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ## 8.1.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA: - 1.-Evaluación de la oferta económica: - 1.1.- Puntuación máxima y mínima aplicable al criterio precio. Puntuación (Peco) 30 puntos - 1.2.-Fórmulas matemáticas a utilizar para valorar el criterio precio. <!-- image --> ## Fórmula B: 30 puntos. La puntuación obtenida por cada licitador (Pi) se obtendrá de la siguiente forma: Página 7 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 7/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 <!-- formula-not-decoded --> <!-- formula-not-decoded --> ## Donde: Baja de cada uno de los licitadores. Medida en % con relación al presupuesto base de licitación (IVA excluido) . B Baja media de todas las ofertas. Medida en % con relación al presupuesto base de licitación (IVA excluido) . B med - Puntos obtenidos por el licitador. Pi = - Puntos que se otorgan a la , = Peco * 0,74 = 22,20 puntos. P = med = Puntuación del criterio económico. P = Baja de la oferta más barata. Medida en % con relación al presupuesto base de licitación (IVA excluido) . B ## Procedimiento: - a) Se calculará el porcentaje de baja media ( ) de todas las ofertas. - b) Se calcularán los porcentajes de baja de cada una de las ofertas ( ). - c) La oferta más barata ( ) obtendrá el máximo de puntos asignado al criterio económico ( ). - d) La media de las ofertas ( ) obtendrá P puntos. - e) En el caso de que todas las ofertas fueran al tipo de licitación, la puntuación de todas ellas será igual a la puntuación máxima del criterio económico ( ). - f) La puntuación de cada una de las ofertas se calculará aplicando las fórmulas indicadas anteriormente, distinguiendo las ofertas ( ) por debajo de la baja media ( ), de aquellas otras que la superen o igualen. B med Página 8 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 8/28 | ## JUNTA DE EXTREMADURA <!-- image --> <!-- image --> Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## 2.- Otros criterios de adjudicación de valoración automática: (Hasta 30 puntos) ## 2.1.- BOLSA DE HORAS ANUALES: Hasta 10 puntos. Se valorará la aportación de una bolsa de horas anuales, con un máximo de 250 horas, de las que la Administración dispondrá libremente y sin coste alguno, para la realización de trabajos de seguimiento, valoración de expedientes, formación a familias, sensibilización y promoción así como todas aquellas que se encuentran recogidas en el apartado 3.1 del PPT a desarrollar por todo el equipo técnico de las dos áreas de intervención especializada, disponible durante la vigencia del contrato, incluidas posibles prórrogas. La oferta de horas adicionales gratuitas que realicen las empresas licitadoras para la realización de trabajos extraordinarios será la correspondiente a cada año de duración del contrato, por lo que el número de horas adicionales gratuitas se incrementará en la misma cantidad ofertada cada año de duración, incluidas las posibles prórrogas, liquidándose anualmente. En el supuesto de que la bolsa de horas se ofrezca condicionada o restringida en su libre disponibilidad por la Administración, la oferta recibirá 0 puntos. Obtendrá la máxima puntuación (hasta 10 puntos) la oferta más ventajosa, resultando puntuadas el resto de las proposiciones en base a la siguiente disposición, debiendo ajustarse las propuestas a las posibilidades detalles a continuación: - Por 50 horas de servicio adicional: 2 puntos. - Por 100 horas de servicio adicional: 4 puntos. - Por 150 horas de servicio adicional: 6 puntos. - Por 200 horas de servicio adicional: 8 puntos. - Por 250 horas de servicio adicional: 10 puntos. Con independencia de ello, sin una oferta es igual a 0, se le asignará 0 puntos. La no facilitación de las horas de trabajo relativas a esa mejora, en caso de haber sido ofertada y haber sido instada su activación por el responsable del contrato, podrá motivar la interposición de penalidades, de conformidad con lo que se dispone en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. La no disposición de tales horas, cuando sea por causas ajenas al adjudicatario, no dará lugar a consecuencias alguna para éste. La no facilitación de las horas de trabajo relativas a esa mejora (o su facilitación parcial), en caso de haber sido ofertada y de no haber sido instada su activación, (o haber sido activada su activación para un número inferior de las mismas) por el responsable de ejecución del contrato, conllevará una detracción en la facturación de 20,36 € (IV A no inc.) por hora no prestada, hasta el límite de aquellas que se configuran en la definición del criterio. Dicha minoración procederá hacerse en las facturas correspondientes al último mes de cada periodo anual de prestación del servicio. ## 2.2. MEJORA DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA. Hasta 15 puntos. - 2.2.1.- Aspectos personales del PPT mejorables. Mejoras sobre el número de profesionales del personal de la oferta con cualificación técnica de Psicólogo/a y Trabajador/a Social definido en el Pliego de Página 9 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 9/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## Prescripciones Técnicas contratados a media jornada (hasta 15 puntos). Características generales y organizativas: será su cometido el de ofrecer el soporte técnico adicional al equipo de profesionales de las diferentes oficinas que conforman los dos servicios especializados de acogimiento y adopción. De igual modo, esta mejora será sin cargo adicional para el órgano gestor del contrato, disponible durante la vigencia del contrato, incluidas posibles prórrogas, no siendo posible imputar las horas de este servicio a la jornada establecida a los profesionales que desarrollan sus funciones en las diferentes oficinas que conforman los dos servicios especializados objeto de este contrato. Las titulaciones de dichos profesionales serán de igual características y exigencias a las del personal de igual cualificación de la plantilla de adscripción obligatoria (tanto en el caso de la especialidad de Psicología, como en la de Trabajo Social). Esta media jornada adicional se prestará durante todo el periodo de vigencia del contrato y, en su caso en cualquiera de sus prórrogas. Obtendrá la máxima puntuación (hasta 15 puntos), la oferta más ventajosa, resultando puntuadas el resto de las proposiciones en base a la siguiente disposición, debiendo ajustarse las propuestas a las posibilidades detalladas a continuación: - -Por un/a profesional con cualificación de Psicología a media jornada: 7,5 puntos . En el supuesto de que la bolsa de que esta mejora se ofrezca condicionada o restringida en su libre disponibilidad por la Administración, la oferta recibirá 0 puntos. - -Por un/a profesional con cualificación de Trabajo Social a media jornada: 7,5 puntos . ## 2.3. CRITERIOS SOCIALES DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA. Hasta 5 puntos. - 2.3.1. Medidas de prevención, seguridad y salud laboral. Cursos de formación en materias directamente relacionadas con el desempeño de las funciones a realizar por parte de los/as trabajadores/as. Hasta 5 puntos. Se valorará la realización del CURSO I sobre: Técnicas y herramientas para un eficaz trabajo colaborativo. ( 2,5 puntos ) El curso tendrá las siguientes características: - -Duración mínima: 20 horas, (en sesiones no superior a 5 horas por semana). - -Ediciones y formato: 1 edición en formato presencial. - -Destinatarios: Todo el equipo técnico adscrito al contrato. - -Contenido mínimo: - Objetivos del curso y beneficios del trabajo colaborativo. Diferencias entre trabajo en equipo y trabajo colaborativo. Principios básicos: confianza, comunicación, responsabilidad compartida - Fundamentos de la colaboración eficaz. Roles y responsabilidades en equipos colaborativos. Dinámicas de grupo y cohesión. Barreras comunes y cómo superarlas (conflictos, falta de comunicación, resistencia al cambio) Página 10 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 10/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## JUNTA DE EXTREMADURA - Técnicas para mejorar la colaboración y la comunicación efectiva. - Herramientas digitales para la colaboración: gestión de proyectos y tareas, Trello, Asana, M.Planer, etc.. - Metodologías ágiles aplicadas a la colaboración: Kanban, Scrum, Tableros visuales para seguimiento de tareas, Reuniones ágiles: daily stand-up, retrospectivas. - Cultura colaborativa y liderazgo: Cómo fomentar una cultura de colaboración en la organización, liderazgo colaborativo vs. liderazgo tradicional, motivación y reconocimiento en equipos distribuidos. - Evaluación y mejora continua: Indicadores de éxito en la colaboración, herramientas para medir la productividad y satisfacción del equipo, Planes de mejora continua. - -Características del curso: impartido por profesionales especialistas en la temática. Se impartirá de forma presencial. El desarrollo del taller deberá ser eminentemente práctico y pretenderá la adquisición de habilidades y manejo de herramientas al equipo con las que poder desarrollar sus funciones de forma coordinada entre las tres sedes existentes. El desarrollo del taller deberá recoger los aspectos señalados en el apartado 'Contenido mínimo', no estando permitida la intervención de personal voluntario para la realización de la formación. Se valorará la realización del CURSO II sobre: Herramientas y Desarrollo de campañas de comunicación y Marketing Social. ( 2,5 puntos ). El curso tendrá las siguientes características: - -Duración mínima: 20 horas, (en sesiones no superior a 5 horas por semana) - -Ediciones y formato: 1 edición en formato presencial. - -Destinatarios: Todo el equipo técnico adscrito al contrato. - -Contenido mínimo: - Principios del marketing social: cambio de comportamiento, impacto social y Aplicación al ámbito de la inclusión, derechos humanos y servicios sociales. - Fundamentos de la Comunicación Social: Elementos del proceso comunicativo, Comunicación persuasiva y emocional, Storytelling aplicado a la sensibilización, promoción y captación de familias para el desarrollo de medidas de protección a la infancia de base familiar. - Estrategias comunicativas para la sensibilización, promoción y captación de familias para el desarrollo de medidas de protección a la infancia de base familiar. Definición de objetivos SMART, Selección de mensajes clave, Elección de canales y medios (offline y online), Planificación temporal y presupuesto. - Herramientas Digitales para la Comunicación y Marketing Social. - Creación de Contenidos y Creatividad: Técnicas para generar engagement. Consideraciones legales en el manejo de la protección de datos para la difusión de contenido en las redes sociales. - Coordinación de equipos y recursos, Herramientas de gestión de proyectos: Trello, Asana. - Evaluación y Medición del Impacto: Indicadores de éxito, Herramientas para análisis de resultados, Ajustes y mejora continua Página 11 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 11/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 - -Características del curso: impartido por profesionales especialistas en la temática. Se impartirá de forma presencial. El desarrollo del taller deberá ser eminentemente práctico y pretenderá la adquisición de conocimientos, herramientas y métodos de fácil aplicación al equipo con los que poder llevar a cabo acciones a nivel comunicativo eficaz con las familias en los términos que recoge el PPT en su apartado 3.1 de forma coordinada entre las tres sedes existentes con el fin de obtener el mejor feedback de las familias destinatarias del servicio. El desarrollo del taller deberá recoger los aspectos señalados en el apartado 'Contenido mínimo', no estando permitida la intervención de personal voluntario para la realización de la formación. Las empresas licitadoras deberán especificar si ofertan todos, algunos o ninguno de los cursos de formación indicados o no, con las horas establecidas. La puntuación para otorgar será de '0' puntos si no se oferta ninguno, si se oferta : Curso 1 '2,5' puntos y Curso 2 '2,5' puntos. Documentación técnica a presentar para la valoración de los criterios establecidos en el punto 2 del apartado 8.1.1.: Deberá adjuntarse el modelo contenido en el Anexo II Bis debidamente cumplimentado. ## 8.1.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: (Hasta 40 puntos) ## 1. CALIDAD TÉCNICA DE LA PROPUESTA. Hasta 30 puntos. - 1.1. Planteamientos técnicos, aspectos específicos, actuaciones, actividades y herramientas concretas para la totalidad del pliego o, en su caso para cada parte del servicio, hito o capítulo que se defina, así como la validez de estas para cumplir los objetivos y prescripciones que, con relación a los mismos, contempla el PPT. Hasta 30 puntos. Se valorará el alcance de las herramientas, el tratamiento total o parcial de los objetivos o áreas señalados, la validez de estas, el diseño de implantación de las propuestas o actuaciones identificadas; el grado de desarrollo y detalle, así como su articulación e idoneidad con relación al objeto del contrato en el siguiente HITO: Plan de formación especializado para familias acogedoras y adoptivas (Escuela de Familias acogedoras y adoptivas EFAA). Se procederá a la valoración de esta variable de conformidad con el siguiente baremo, aplicable a todos ellos, con las especificaciones que se indican a continuación: - a) PLANTEAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DEL DESARROLLO DE ACTIVIDADES, PROGRAMAS Y HERRAMIENTAS INEXISTENTE O INSUFICIENTE. No se aporta la información requerida o, incorporándose esta y adecuándose al contenido y la naturaleza del servicio, se incluyen indicaciones o pautas manifiestamente erróneas o en exceso simplificadas hasta el punto de no ofrecer valor técnico o práctico significativo, carecer de fundamentación empírica o científica u otros aspectos análogos o relacionados. Puntuación asignable en la valoración: 0 puntos . Página 12 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 12/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 - b) PLANTEAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DEL DESARROLLO DE ACTIVIDADES, PROGRAMAS Y HERRAMIENTAS SUFICIENTE. El diseño de actividades, programas y herramientas o ámbitos de intervención es suficiente para conocer cómo se organizará el Plan de Formación especializado para familias acogedoras y adoptivas (Escuela de familias acogedoras y adoptivas EFAA , siendo esta adecuada para el trabajo básico con las familias en los diferentes momentos de su itinerario para ser familia de acogida o adoptiva en las áreas que se contemplan en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el HITO valorado. No obstante, se verifican algunos de los siguientes aspectos en la propuesta efectuada: - i. No se profundiza especialmente, ya sea porque se omiten algunos aspectos relevantes de las actuaciones a desarrollar, o bien porque el desarrollo es general y no concreto. - ii. La propuesta podría ser aplicable pero no resulta suficientemente idónea desde el punto de vista técnico. - iii. La propuesta podría ser aplicable pero no resulta suficientemente ajustada a la naturaleza o realidad del recurso y sus destinatarios. - iv. No se establecen suficientes diferenciaciones en las actuaciones en función de las áreas de intervención, edad y distintos grupos de menores en función de las diferentes necesidades de estos. - iv. Otras posibles causas que no permitan entender que la propuesta puede ser incorporada en la categoría de BUENO o MUY BUENO. ## Puntuación asignable en la valoración: 10 puntos . - c) PLANTEAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DEL DESARROLLO DE ACTIVIDADES, PROGRAMAS Y HERRAMIENTAS BUENO. Se desarrolla una explicación óptima de actividades, programas, herramientas o ámbitos de intervención en los que se vertebrará el trabajo técnico con las familias en los diferentes momentos de su itinerario para ser familia de acogida o adoptiva. Este desarrollo se efectúa con suficiente profundidad y concreción y se basa en pautas y actuaciones idóneas desde el punto de vista técnico y ajustadas a las distintas edades y diferentes niveles de funcionalidad, capacidades, circunstancias personales y necesidades de los usuarios del recurso. El diseño que se proporciona se encuentra clara y adecuadamente estructurado y segmentado en función de aquellas actuaciones, intervenciones y material a emplear con cada menor (o su entorno) en función de las áreas de intervención, su edad, nivel de desarrollo evolutivo y sus necesidades específicas, proporcionándose, en su conjunto, una propuesta completa, técnicamente adecuada, realizable en el contexto de la prestación contratada, así como una adecuada coherencia teórica y metodológica. Puntuación asignable en la valoración: 20 puntos. - d) PLANTEAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES SEÑALADAS MUY BUENO. Cumpliéndose con lo señalado en el nivel de baremo especificado anteriormente, se aporta una propuesta que, en el ámbito señalado, destaca en su conjunto y cualitativamente respecto al resto de licitadores, superando de forma amplia y global lo ofertado por el resto, con elementos especialmente significativos, innovadores, de especial eficacia contrastada o con presencia de otros aspectos de calidad diferencial. Puntuación asignable en la valoración: 30 puntos . ## 2. MEJORA DE LA CALIDAD TÉCNICA E INNOVACIÓN: Hasta 10 puntos Descripción de las actuaciones encaminadas a la mejora de la calidad en la prestación del servicio: realización de auditorías; encuestas de satisfacción; espacios de supervisión profesional, uso de protocolos de atención a los usuarios; actuaciones que persigan la reflexión y revisión de las actuaciones, mejorando las potencialidades, como proceso de ayuda a los profesionales o cualquier método o aporte que facilite el análisis cuantitativo y cualitativo del impacto de la propuesta y la mejora de la prestación. Hasta 10 puntos. Se valorará la 'Descripción del Plan de Formación técnicos a los trabajadores tanto de las horas de formación temáticas como de la metodología a desarrollar en los Estudios de Casos con base en los datos, Página 13 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 13/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 información y práctica profesional abordados en la supervisión técnica de casos, así como la Coherencia del planteamiento, alcance y significatividad de las hipótesis de trabajo planteadas (Definido en el apartado 6.2.5 del PPT), todo ello conforme al siguiente baremo: - a) DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA FORMACIÓN TEMÁTICA Y DE LA METODOLOGÍA DEL ESTUDIO DE CASOS INEXISTENTE O INSUFICIENTE. No se aporta la información requerida o esta adolece de serias deficiencias que hacen imposible asignar puntuación alguna (entre ellas, alguna de las siguientes u otras análogas: se incluyen previsiones de Formación temática y metodología del Estudio de Casos en exceso simplificadas hasta el punto de no ofrecer valor descriptivo alguno; las líneas de formación temática o la metodología del Estudio de casos planteados son irrealizables o no aportan valor alguno o no resultan significativas, entre otros aspectos). Puntuación asignable: 0 puntos . - b) DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO DE CASOS, SUFICIENTE. Las indicaciones ofrecidas en la materia señalada son suficientes para efectuar una valoración de las líneas de formación temática y la metodología del Estudio de Casos. No obstante, y adicionalmente a lo anterior, concurren algunas o algunas de las siguientes circunstancias: - i. Falta de definición o profundización en alguno de los apartados que han de incorporarse en la redacción del documento, quedando incompleta alguna de las propuestas efectuadas. - ii. Insuficiente desarrollo del apartado metodológico de alguna de las propuestas efectuadas, no pudiendo objetivarse con claridad la secuencia de actuaciones propuestas para la confirmación o reputación de la hipótesis o avance en la línea cuestionada. - iii. Líneas o hipótesis, de alguna o todas las propuestas efectuadas, relevantes con el objeto del contrato, pero de poca significatividad desde el punto de vista científico. - iv. Cualesquiera otras razones motivadas que impidan clasificar la propuesta en los niveles BUENA ó MUY BUENA. ## Puntuación asignable: 3,5 puntos . - c) DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN TEMÁTICA Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO DE CASOS, BUENA. El licitador plantea líneas de formación temática y la metodología del Estudio de Casos relevantes y significativas, directamente relacionadas con el objeto del contrato y el tipo de intervenciones (y población destinataria) que se desarrollarán en el servicio. Las propuestas metodológicas son razonables, permiten un avance o ampliación de conocimientos, de mayor o menor alcance, en la temática planteada y se ajustan a los recursos y temporalidad asignados al contrato. Puntuación asignable: 6,5 puntos . - d) DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO DE CASOS, MUY BUENA. Además de verificarse los estipulado para el nivel anterior, se aporta una propuesta que, en el ámbito señalado, destaca en su conjunto y cualitativamente respecto al resto de licitadores, superando de forma amplia y global lo ofertado por el resto, con elementos especialmente significativos, innovadores, con presencia de otros aspectos de calidad diferencial, ya sea por los principios metodológicos planteados; por la significatividad, utilidad práctica o relevancia de las hipótesis o líneas planteadas u otros factores. Puntuación asignable: 10 puntos . <!-- image --> | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 14/28 | | Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 Documentación técnica a presentar para la valoración de los criterios establecidos en el apartado 8.1.2: 1. Memoria de proposición técnica de Plan de Formación y Capacitación especializado para familias acogedoras (Escuela de Padres acogedores) (en lo sucesivo, EPA) , que deberá regirse, como mínimo, por las indicaciones de diseño y contenido que se contemplan en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en su apartado 5.1.1. Dichas indicaciones, por claridad expositiva, también se desarrollan en el Anexo I del citado PPT. 2. La Propuesta de Plan de Formación y Capacitación especializado para familias acogedoras (Escuela de Padres acogedores) se presentará escrito en castellano y no podrá tener una extensión superior a 150 páginas, con fuente Arial 10 ó Arial Narrow 10, interlineado 1.15 y los siguientes márgenes: Superior: 2,5 cms; Inferior: 2,5 cms; Izquierdo: 3 cms; Derecho: 3 cms. En caso de incumplimiento de estas prescripciones formales, se aplicará una penalización en la valoración de aquellos criterios que tengan en cuenta este documento del 12% de la puntuación que inicialmente hubiera correspondido otorgar. ## 2. Memoria descriptiva del Plan de Formación de los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato. Este documento contendrá, al menos, los siguientes extremos: - 2.1.- Definición de las actuaciones formativas a las que se compromete el adjudicatario, adicionales a las establecidas en el PPT y/o en las disposiciones vigentes aplicables, durante el periodo de ejecución del contrato, entendidas éstas como actuaciones de formación y reciclaje profesional dirigida al personal adscrito a la ejecución del contrato en aspectos educativos y psicosociales relativos a la formación, orientación e intervención en acogimiento familiar, que contribuyan a actualizar los conocimientos y competencias técnicas de esos trabajadores. Se señalará la duración total del plan de formación propuesto (en horas) y, en su caso, la segmentación o distribución de éstas en actuaciones concretas, seminarios, cursos u otras actuaciones, con la duración específica de cada una, en horas. Estas actuaciones puntuables serán adicionales a las que señale el PPT, deberán desarrollarse en su totalidad durante la vigencia del contrato y sobre la totalidad de la plantilla adscrita al mismo. - 2.2.- Para cada una de las actuaciones formativas se deberá indicar: - a. Título. - b. Objetivos. - c. Esquema de contenidos y distribución horaria de los mismos. - d. Profesionales (o empresas, universidades, entidades, etc.) que lo impartirán, con una breve reseña relativa a la experiencia profesional de éstos en aspectos de investigación, práctica o formación relativas al objeto del contrato. - e. Duración (en horas). ## 8.1.3.- ADMISIÓN DE MEJORAS: NO. ## 8.2.- ANORMALIDAD. Si una oferta económica, resulta incursa en presunción de anormalidad por su bajo importe, la Mesa de contratación recabará información necesaria para que el órgano de contratación pueda estar en disposición de determinar si efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada o si, por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja y, por ello, debe ser tomada en consideración para adjudicar el contrato. Para ello, la Mesa de contratación, a través del módulo de Página 15 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 15/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 licitación electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público, solicitará con claridad al licitador que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de los servicios prestados, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionales favorables de que disponga, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para prestar los servicios, el respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación, no siendo justificables precios por debajo de mercado o que incumplan lo establecido en el artículo 201 de la LCSP 9/17, o la posible obtención de una ayuda de Estado. El licitador dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles desde el envío de la notificación al interesado, para presentar sus justificaciones a través de la citada Plataforma. Si transcurrido este plazo la Mesa de contratación no hubiera recibido dichas justificaciones, propondrá al órgano de contratación que la proposición no puede ser cumplida, por lo que la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento. Si, por el contrario, se reciben en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de contratación remitirá al órgano de contratación la propuesta correspondiente para que éste pueda decidir la aceptación o no de la oferta. Se considerarán ANORMALMENTE BAJAS las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: ## 8.2.1.- EN RELACIÓN CON EL PRECIO: ## 8.2.1.1.- Aplicable a la fórmula A y B: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación (IV A excluido) en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en 7 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de las unidades porcentuales señaladas anteriormente a dicha media. En cualquier caso, se considerará anormal la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en 7 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores en más de las unidades porcentuales señaladas anteriormente a dicha media, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo de empresas, en la forma en que se define al grupo de empresas el artículo 42 del Código de Comercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas anormales, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales a las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo. Página 16 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 16/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## 8.2.2.- EN RELACIÓN CON EL RESTO DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 LCSP 9/17, el parámetro objetivo que deberá permitir identificar los casos en que una oferta, considerada en su conjunto, deba considerarse anormal, atendiendo a la ponderación de los criterios de adjudicación y al umbral de saciedad establecido para los demás criterios, será la oferta económica. ## 9.- MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación está compuesta por: - -Presidente: Un Jefe de Servicio o un Jefe de Sección del Servicio de Contratación Administrativa. - -Secretario: Un Jefe de Negociado del Servicio de Contratación Administrativa. - -Vocales: - Un interventor de la Intervención General de la Junta de Extremadura o personal funcionario de la Intervención habilitado para ello. - Un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación. - Un funcionario del Servicio de Contratación Administrativa. - Un técnico adscrito al Protección y Atención a la Infancia. La composición, con identidad de cada uno de los miembros que componen la Mesa de contratación y de sus suplentes, se publicará en el Perfil del contratante con una antelación mínima de 7 días, con respecto a la sesión de apertura del Sobre-Archivo 1 (artículo 21.4 del RPLCSP). Suplencias: En caso de imposibilidad sobrevenida de asistir de alguno de los miembros de la Mesa, el Órgano de Contratación procederá a la designación del /los suplente/s, procediéndose de igual forma a su publicación en el Perfil del Contratante. ## 10.- GARANTÍA PROVISIONAL. - -Procede: NO. ## 11.- GARANTÍA DEFINITIVA. - Procede: SI - - - Importe: x 5 por 100 del presupuesto final ofertado, IV A excluido. - Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI. Página 17 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 17/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 Forma y condiciones de la retención: Si así lo solicita el propuesto como adjudicatario en el trámite que establece el art. 150.2 de la LCSP. Se detraerá de la primera factura y de las siguientes en el caso de que aquélla no alcance el importe suficiente. - -Para constituir la garantía se estará a lo establecido en la cláusula 10.2 del PCAP. ## 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA (artículo 107.2 de la LCSP). - -Procede: NO. ## 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. - -Obligación de presentar un programa de trabajo: NO. - -Plazo de presentación: No procede. ## 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. ## -A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: - Declaración responsable contenida en el Anexo III, así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , compromiso de adscripción de medios (Anexo V) o documento acreditativo de la garantía provisional, cuando procedan. - Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ' criterios de selección ' del Anexo III (declaración responsable) : NO. En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ' criterios de selección ' del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. - Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No procede. ## -A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 2: - Los documentos no excluyentes (*) que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.2 de este CRC. - (*) IMPORTANTE: En este sobre-archivo no se admitirá ningún dato que ponga de manifiesto información relevante sobre los criterios de adjudicación de valoración automática del SobreArchivo 3. De concurrir dicha circunstancia, la Mesa de contratación podrá determinar la exclusión del licitador correspondiente. ## -A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 3: - Los documentos que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.1 de este CRC. La proposición económica se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo II. Página 18 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 18/28 | ## JUNTA DE EXTREMADURA <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 - Otros criterios de valoración cuantificables matemáticamente: ANEXO II BIS ## 15.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DE ADJUDICACIÓN. - -Plazo de presentación de proposiciones: 30 días contados desde la fecha del envío del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea, hasta las 23:59 horas. - -Plazo de adjudicación: el establecido en el artículo 158.2 de la LCSP. ## 16.- PLAZO DE DURACIÓN Y PRÓRROGA. - -Plazo de ejecución total: Será de 24 meses, desde el 16 de agosto de 2026 a 15 de agosto de 2028, ambos inclusive, o desde la fecha de inicio que se señale en la formalización del contrato, si esta fuera posterior. - -Plazos de ejecución parciales: NO. - -Procede la prórroga del contrato: SI, una o varias sucesivas, sin duración mínima o máxima prefijada de las mismas. - -Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 60 meses. ## 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. - -Procede NO, en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. ## 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: NO. ## 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. ## 19.1.- CESIÓN. Procede: SI. ## 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: NO , fundamentado en los objetivos propuestos para los servicios de intervención especializada que componen el mismo, sobre los cuales se pretende preservar la unidad de acción, lo cual es prioritario para conseguir dichos objetivos fijados en el PPT, mediante una coordinación eficaz entre cada una de las tres sedes y las dos áreas de intervención especializada que componen el contrato, y conseguir una correcta prestación de forma armonizada y con la mayor eficiencia, para lo cual es necesario la unidad de criterio que ofrece un contrato gestionado por una sola empresa adjudicataria que gestione de forma integral el contrato (apdo 2.4 de la Memoria Justificativa). | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 19/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. - 20.1.Obligación de ejecutar determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI , la totalidad del contrato, para lo cual es necesario la unidad de criterio que ofrece un contrato gestionado por una sola empresa adjudicataria que gestione de forma integral el contrato (apdo 2.4 de la Memoria Justificativa). - 20.2.Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato (cláusula 15.7 del PCAP) : Servicio de Protección y Atención a la Infancia. - 20.3.Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria (artículo 27.2 de la LCPSREx) : No procede. - 20.4.Otros: No procede. ## 21.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. - 21.1.Condiciones especiales de ejecución (previstas en el artículo 202.2 de la LCSP: - a) La empresa contratista remitirá al órgano de contratación, con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, relación detallada de los trabajadores asignados a la misma. - b) Durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria deberá comunicar cualquier variación que, respecto del personal asignado a la ejecución del contrato, pudiera producirse en el plazo de 15 días a contar desde que se produzca dicha variación. - c) Asimismo, deberá aportar, a solicitud del órgano de contratación, las veces que sea requerido para ello, justificación del cumplimiento respecto de los mismo de las obligaciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo de las personas trabajadores vinculadas a la ejecución del contrato y aportará, a solicitud del órgano de contratación, cuantas veces sea requerido para ello, justificación del cumplimiento de las obligaciones que el incumben en tales ámbitos. Asimismo, deberá acreditarse que dichas personas trabajadoras están sometidas, como mínimo, al convenio colectivo sectorial. La persona responsable del contrato podrá recabar de la empresa adjudicataria la documentación que estime pertinente para ejercer sus facultades de control y evaluación del cumplimiento de dichas obligaciones. - d) En materia de subrogación en los contratos laborales del personal afectado por el presente expediente de contratación, la empresa adjudicataria actuará de conformidad con la normativa vigente. El contratista, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130.6 de la LCSP 9/17, está obligado a responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 de la LCSP9/17, en el Anexo II del PPT se facilita la información sobre las condiciones laborales de los trabajadores a los que afecta la subrogación. Dicha información ha sido facilitada por la empresa actualmente prestadora del servicio objeto de contratación, correspondiendo a la misma la responsabilidad derivada de la inexactitud o falta de veracidad de los datos suministrados. Página 20 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 20/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 El personal afectado por la obligación de subrogación no tendrá relación laboral, contractual ni de ninguna otra naturaleza respecto de la Junta de Extremadura y a tales efectos, la empresa adjudicataria deberá informar adecuadamente a dicho personal sobre este extremo. En caso de incumplimiento por parte del contratista de la obligación de subrogación prevista en el artículo 130 de la LCSP 9/17, procederá la imposición de las penalidades previstas en la cláusula 22.3 del presente pliego. ## 21.2.Obligatorias: - -Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 28.4 de la LCPSREx: pago directo a la/s empresa/s subcontratista/s. - -En contratos cuya ejecución implique la cesión de datos por las entidades del sector público al contratista: Obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos; obligación que tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP. - 21.3.La ejecución del contrato se sujetará, además, a las siguientes condiciones: A) La empresa adjudicataria deberá disponer de una póliza de seguro multirriesgo, en particular, un seguro contra incendios, accidentes, riesgos profesionales y de responsabilidad civil que garantice la cobertura de las posibles indemnizaciones a favor de los jóvenes y de las personas profesionales o a favor de terceros que pudieran generarse por hechos o circunstancias acaecidos en el marco de las actividades desarrolladas en el recurso por sus profesionales o por aquellos que se encuentren adscritos al recurso, incluyéndose las acontecidas durante el desarrollo de talleres propios o prácticas en empresas en los que participen jóvenes adscritos al programa. La cobertura económica mínima del seguro será de al menos 300.000€ (apartado 8 del PPT). - B) El adjudicatario aportará, conjuntamente con la remisión al órgano de contratación de relación de trabajadores asignados a la misma, de conformidad con lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, Certificaciones negativas del Registro Central de delincuentes sexuales respecto del personal que trabaja en el recurso en atención directa a usuarios, que no deberán haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores. Estas certificaciones deberán ser igualmente aportadas en caso de sustitución del trabajador o en cualquier otro momento, a petición del responsable de ejecución del contrato. Igualmente, el prestatario asume el compromiso de la inmediata sustitución del profesional adscrito a la ejecución del contrato afectado de manera sobrevenida por el incumplimiento de la obligación de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, incluyendo la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Página 21 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 21/28 | ## JUNTA DE EXTREMADURA <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## 22.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y PENALIDADES. ## 22.1.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO (cláusula 25 del PCAP) : Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 195, 211 y 313 de la LCSP 9/17, con los efectos previstos en los artículos 213 y 313 del mismo texto legal. Asimismo, serán causa de resolución del contrato, el incumplimiento de las restantes obligaciones esenciales establecidas en los pliegos. La aplicación de las causas de resolución se efectuará cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos 212 de la LCSP 9/17 y artículo 109 RGLCAP. 22.2- CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN (contemplados en el artículo 16.1 de la LCPSREx) : De conformidad con lo establecido en dicho precepto. ## 22.3.- PENALIDADES (artículo 16 de la LCPSREx) : - Incumplimiento total o parcial de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve, con una penalización del 1% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave, con una penalización del 3% del precio del contrato, IV A excluido. - -El tercer o sucesivos incumplimientos tendrán la consideración de infracción muy grave, con una penalización del 6% del precio del contrato, IV A excluido. - Ejecución defectuosa del contrato, en especial con relación a aquellos aspectos que hayan sido objeto de valoración en la licitación, así como a aquellas obligaciones calificadas como esenciales en los pliegos: - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve, con una penalización del 1% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave, con una penalización del 3% del precio del contrato, IV A excluido. - -El tercer o sucesivos incumplimientos tendrán la consideración de infracción muy grave, con una penalización del 8% del precio del contrato, IV A excluido. - Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato, en particular las relativas al cumplimiento de obligaciones laborales o sociales del adjudicatario en relación con los/las trabajadores/as, así como las medioambientales: - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 5% del precio del contrato, IV A excluido - Incumplimiento de las órdenes recibidas por parte del responsable del contrato, en las cuestiones relativas a la ejecución del mismo: - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve, con una penalización del 1% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo incumplimiento tendrá la consideración de grave, con una penalización del 3% del precio del contrato, IV A excluido. Página 22 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 22/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 - -El tercer o sucesivos incumplimientos tendrán la consideración de infracción muy grave, pudiendo imponerse penalidades, con una penalización del 6% del precio del contrato, IV A excluido. - Incumplimiento de la obligación de informar sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores en caso de subrogación: - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de muy grave, con una penalización del 6% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo o sucesivos incumplimientos tendrán la consideración de infracción muy grave con una penalización del 8% del precio del contrato, IV A excluido. ## · Incumplimiento en la presentación del informe relativo al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 27 de la LCPSREx: - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio del contrato, IV A excluido. - -El tercer incumplimiento tendrá la consideración de infracción muy grave con una penalización del 6% del precio del contrato, IV A excluido. ## · En general, cualquier incumplimiento o cumplimiento defectuoso que produzca perjuicios a la Administración, a terceros o al medioambiente: - -El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve, con una penalización del 1% del precio del contrato, IV A excluido. - -El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave, con una penalización del 3% del precio del contrato, IV A excluido. - -El tercer o sucesivos incumplimientos tendrán la consideración de infracción muy grave, con una penalización del 6% del precio del contrato, IV A excluido. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, previa audiencia del contratista, adoptado a propuesta del Servicio de Protección y Atención a la Infancia, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago deban abonarse al contratista o sobre la garantía que se hubiera constituido cuando no puedan deducirse de aquel. El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse al contratista no podrá exceder del 50 % del precio del contrato, IV A excluido. Cuando las penalidades por incumplimiento excedan del 10 por ciento del importe de adjudicación, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades, de conformidad con lo dispuesto en el art. 16.4 LCPSREx. ## 23.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO (el incumplimiento de las mismas será causa de resolución del contrato conforme a la LCSP) . Se consideran obligaciones esenciales del contrato: - [ ] □ Compromiso de adscripción de medios personales o materiales (artículo 76.2 de la LCSP) : NO. - [x] x Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202.1 de la LCSP) : - La prevista en el apartado 21.2: la condición especial de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos en el caso de cesión de éstos al contratista y la Página 23 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 23/28 | ## JUNTA DE EXTREMADURA <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 prevista en el apartado 21.3 del CRC. - □ Criterios de adjudicación de las ofertas (artículos 122.3 y 145 de la LCSP): NO. ## 24.- RÉGIMEN DE PAGOS Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS. ## 24.1.- FORMA DE PAGO: El abono de los servicios tendrá lugar con periodicidad mensual, contra presentación de la factura, de conformidad con el precio de adjudicación y siempre que se verifique la adecuada prestación del mismo por parte del órgano responsable de la ejecución del contrato. Las dos áreas de intervención especializada que componen el presente contrato tienen que ver con la realización de servicios con cuantías de facturación fijas mensuales, en función de la oferta económica que hubiera realizado el adjudicatario en el momento de la licitación. ## 24.2.- PRESENTACIÓN DE FACTURAS: El contratista deberá presentar factura en la que deberá constar, además de lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, la identificación del órgano de contratación (órgano gestor) , de la unidad tramitadora (órgano de destino) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad) con indicación de los correspondientes códigos, de acuerdo con el 'Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3' así como la dirección postal, de acuerdo con lo siguiente: ## ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DENOMINACIÓN: Consejería de Salud y Servicios Sociales CÓDIGO DIR3: A11044884 DIRECCIÓN POSTAL: Avenida de las Américas nº 2, 06800 Mérida ## UNIDAD TRAMITADORA DENOMINACIÓN: Secretaria General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia. CÓDIGO DIR3: A11030103 DIRECCIÓN POSTAL: C/ Antonio Rodríguez Moñino nº 2 06800 Mérida Página 24 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 24/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## OFICINA CONTABLE DENOMINACIÓN: Intervención Delegada de Salud y Servicios Sociales CÓDIGO DIR3: A11046192 DIRECCIÓN POSTAL: Avenida de las Américas nº 4 06800 Mérida ## 24.3.ABONOS A CUENTA POR OPERACIONES PREPARATORIAS (artículo 201 del RGLCAP) : Proceden: NO. ## 25.-INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN EN LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA QUE ESTÁN PRESTANDO SERVICIO EN LA ACTUALIDAD (artículo 130 de la LCSP) : El Anexo I del PPT contiene la información aportada por los anteriores contratistas, a los efectos de facilitar a los licitadores sobre la obligación de subrogar el contrato adscrito al servicio objeto de la presente licitación: Convenio colectivo aplicado : V Convenio Colectivo Estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores. ## 26.- INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO CUYO CARÁCTER CONFIDENCIAL DEBE RESPETAR EL CONTRATISTA. Tendrá carácter confidencial la información que por su naturaleza deba ser tratada como tal. Plazo durante el cual deberá mantener el deber de respetar el carácter confidencial de la información: 5 años desde el conocimiento de esa información. ## 27.- PLAZO DE GARANTÍA (cláusula 26 del PCAP) : - -Se establece plazo de garantía: SI. Plazo de garantía: 6 meses. ## 28.- OTRAS ESPECIFICACIONES. 28.1.El adjudicatario, deberá cumplir, en caso de cofinanciarse la prestación con cargo a Fondos Europeos, con los requisitos de información, publicidad y comunicación establecidos en la normativa europea de aplicación. Concretamente, deberá cumplir con lo establecido en al apartado 2.2 'Responsabilidades de los beneficiarios' del Anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y Reglamento de ejecución (UE) nº 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio de 2014. Excepto para el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) que deberá regirse por el Anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) nº 808/2013 de la Comisión, de 17 de julio de 2014. Las obligaciones reglamentarias en materia de información y comunicación, así como los signos de Página 25 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 25/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 identidad, se encuentran recogidos en el Manual de Identidad gráfica de los Fondos Europeos en Extremadura 2014-2020. El citado Manual, se encuentra ubicado en la dirección web: https://www.juntaex.es/temas/administracion-publica/fondos-europeos (apartado 'comunicación' dentro del programa operativo 14-20 del fondo europeo que corresponda). En relación al período 2021-2027, el adjudicatario, deberá cumplir, en caso de cofinanciarse la prestación con cargo a Fondos Europeos, con los requisitos de información, publicidad y comunicación establecidos en la normativa europea de aplicación. Concretamente, deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 50 'Responsabilidades de los beneficiarios' del Reglamento de ejecución (UE) nº 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021. Excepto para el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) que deberá regirse, en el período 2023-2027, por el Anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) nº 2022/129 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021. Las obligaciones reglamentarias en materia de información y comunicación, así como los signos de identidad, se encuentran ubicados en la dirección web: https://www.juntaex.es/temas/administracionpublica/fondos-europeos (apartado 'comunicación' dentro del programa operativo 21-27 del fondo europeo que corresponda). Asimismo, el adjudicatario deberá facilitar en plazo y forma al órgano gestor toda la información que le solicite, en aplicación de la normativa sobre información y comunicación, así como en cumplimiento de la Estrategia de Comunicación correspondiente. 28.2.De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD) y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, le informamos que los datos personales facilitados, como persona física, o en el caso de representantes de una persona jurídica, serán tratados, en calidad de Responsable del tratamiento por: por el titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, Avenida de las Américas, 2, 06800, Mérida, Teléfono 924 004138, email: susana.maria@salud-juntaex.es. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la valoración de la idoneidad en el procedimiento de adjudicación del contrato, así como en el caso de ser adjudicatario su utilización para mantener la relación contractual, en los aspectos económicos y técnicos derivados, así como el control del objeto contractual y, en su caso, remisión de información sobre las incidencias relacionadas con aquel. La base legal para el tratamiento de los datos es la establecida en el artículo 8.2 de la LOPDGDD ' en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679, cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de ley '. En concreto en el caso de la contratación pública, la legitimación resulta de la propia LCSP. Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para los que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran determinar de dicha finalidad. Los datos facilitados por el licitador que resulte adjudicatario podrán ser cedidos a la Intervención General de la Junta de Extremadura y al Tribunal de Cuentas en su caso, sin perjuicio de que se puedan ceder a otros órganos en virtud del control a que está sujeta la contratación administrativa, de conformidad con la legislación vigente y algunos de esos datos formaran parte del anuncio de adjudicación. No están previstas transferencias internacionales de datos. Así mismo el titular de los datos tiene derecho a acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de Página 26 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 26/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 los datos que sean inexactos o, en su caso, a solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias podrá oponerse o solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, así como el derecho a la portabilidad de los mismos. Estos derechos podrán ejercitarse ante el Responsable del Tratamiento. No obstante, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos. En el caso de producirse alguna modificación de los datos, se rogaría que se comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados. - 28.3.Finalidad para la cual se cederán los datos, en aquellos contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, de conformidad con lo establecido en el artículo 122.2.a) de la LCSP: - 28.4.La documentación relativa al expediente puede ser descargada desde la PLACSP, con la referencia del órgano de contratación y el código. - El licitador podrá obtener en el Servicio de Protección y Atención a la Infancia la información relativa a las disposiciones vigentes en materias técnicas aplicables a la ejecución del contrato. - 28.5.Régimen jurídico de los contratos de servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la ciudadanía (artículo 312 de la LCSP): será de aplicación la normativa que se relaciona en el apartado 1.2 de la Memoria Justificativa. - 28.6.En su caso, especifíquese lo que proceda respecto a los conceptos indemnizables derivados de la suspensión del contrato, en aplicación del artículo 208.2.a) de la LCSP: según lo establecido en dicho precepto. ## 29.- RÉGIMEN DE RECURSOS . Contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación: El presente pliego y el de prescripciones técnicas podrán ser recurridos potestativamente mediante el recurso especial del artículo 44 de la LCSP en el supuesto de contratos de servicios, cuyo valor estimado sea superior al establecido en el artículo 44.1.a) de la citada Ley. El recurso podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el registro de la Comisión Jurídica de Extremadura, según lo que dispone el artículo 51 de la LCSP. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 60 de la LCSP. No obstante, para los contratos financiados con el PRETRES habrán de tenerse en cuenta las especialidades establecidas en el artículo 58 del RDL 36/2020 y en el artículo 36 del DL 3/2021. Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su notificación. Página 27 de 28 | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 27/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Secretaría General Avda. de las Américas 4 06800 MÉRIDA Tel.: 924 00 4100 ## 30.- CUADRO DE SEGUIMIENTO. | Aspectos Contemplados: | Aspectos Contemplados: | SI | NO | |---------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------| | - | Inserción Laboral | □ | X | | - | Igualdad entre Mujeres y Hombres | □ | X | | - | Seguridad y Salud en el Trabajo | X | □ | | - | Mejora de las Condiciones Laborales | □ | X | | - | Criterios Éticos y de Comercio Justo en materia de compra pública de alimentos o de | Criterios Éticos y de Comercio Justo en materia de compra pública de alimentos o de | Criterios Éticos y de Comercio Justo en materia de compra pública de alimentos o de | | | protección del medio ambiente | □ | X | | - | I + D + i | □ | X | | Apartados en los que se han incluido: | Apartados en los que se han incluido: | SI | NO | | - | Objeto del Contrato | □ | X | | - | Especificaciones Técnicas | □ | X | | - | Criterios de Adjudicación | □ | X | | - | Condiciones Especiales de Ejecución | X | □ | A fecha de firma electrónica ## LA JEFA DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA | Csv: | FDJEXMSGXCP5KYKE9GH6N5RYL5P6X5 | Fecha | 22/04/2026 14:46:49 | |---------------------|---------------------------------------------------------------------|---------|-----------------------| | Firmado Por | MARÍA TERESA AVIS SÁNCHEZ - J. Serv. De Contratacion Administrativa | | | | Url De Verificación | https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf | Página | 28/28 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image -->