Acuerdo de iniciación del expediente

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Secretaría General FIRMADO POR Expediente 1877982J NIF: P2217800H RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA La pavimentación de las vías públicas es un servicio mínimo obligatorio a prestar en todos los Ayuntamientos con independencia de su población, de conformidad con el artículo 26.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. De igual forma, la normativa aragoneses en materia de régimen local reconoce en su artículo 42.2.d) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, la competencia de los municipios aragoneses en relación a la pavimentación de las vías públicas urbanas. Las obras contenidas en el mencionado anexo proyecto simplificado – memoria técnica denominado “RENOVACIÓN Y REPOSICIÓN DEL PAVIMENTO DE LA PLAZA MARQUES DE LA CADENA DE JACA (HUESCA)” redactado por la Arquitecto Técnico Doña Teresa Estallo Betrán, consisten en la renovación y reposición del pavimento de la Plaza del Marques de la Cadena, situada en el núcleo de Jaca, perteneciente al municipio de igual denominación. El deterioro que presenta actualmente, como consecuencia del uso continuado, el paso del tiempo, y las condiciones a las que se ha visto sometido, hacen necesaria la ejecución de las mismas. En el mismo se pueden observar grietas, fisuras, baches, hundimientos, etc. Es decir, el pavimento existente en la actualidad presenta un grado de deterioro que afecta a sus condiciones de funcionalidad, seguridad y conservación, las cuales dificultan el adecuado uso y mantenimiento de la vía y pueden generar riesgos para usuarios, especialmente para los peatones y vehículos que transitan sobre el mismo. A través de la actuación propuesta, se pretende restituir las condiciones de uso, seguridad y durabilidad, pretendiendo evitar la progresiva degradación de la superficie existente y prevenir la aparición de daños de mayor entidad que pudieran exigir en el futuro actuaciones de mayor alcance y coste. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; y en el artículo 345 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, el Ayuntamiento aprobó previamente el mencionado proyecto mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jaca, adoptado en sesión ordinaria de fecha 09 de julio de 2025, NO sometiéndose a información pública. Ante la imposibilidad de llevar a cabo dichas obras por medios propios se debe proceder a la contratación externa. El proyecto que sirve de base al presente contrato recoge las obras y demoliciones a realizar, siendo, por tanto, un contrato administrativo y, en concreto, un contrato de obras, contenido en el artículo 13 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Vista la propuesta del Concejal delegado de Urbanismo, Desarrollo urbano, rural y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Jaca, para la celebración de un contrato administrativo de obras para la realización de aquellas contenidas en el “PROYECTO SIMPLIFICADO – MEMORIA TÉCNICA

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