Informe Tecnico y Acta de Replanteo.pdf

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INFORME TÉCNICO SOBRE PROYECTO DE SUSTITUCIÓN DE CÉSPED DEL CAMPO DE FÚTBOL EN LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO DEPORTIVO “CERRILLO DE MARACENA” Expte. Por los Servicios Técnicos Municipales se ha redactado el “PROYECTO DE SUSTITUCIÓN DE CÉSPED DEL CAMPO DE FÚTBOL EN LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO DEPORTIVO CERRILLO DE MARACENA”, y se aprueban créditos para atender a su financiación. En relación con el mismo se emite el siguiente informe técnico: PRIMERO.- La obra se clasifica, de conformidad con el Ar(cid:52)culo 232 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) 9/2017 de 8 de noviembre, como “Obras de primer establecimiento, reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación”. El Proyecto cumple los requisitos del Ar(cid:52)culo 233 de la citada Ley, y ha sido supervisado (Ar(cid:52)culo 235). SEGUNDO.- Comprobada la implantación de la obra a ejecutar, los terrenos son de propiedad municipal, se encuentran libres de ocupación y cumplen para los fines previstos en el Proyecto. Se incorpora ACTA de REPLANTEO de conformidad con las determinaciones del Ar(cid:52)culo 236 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) 9/2017 de 8 de noviembre. TERCERO.- El Proyecto se adecua a las determinaciones del PGOU vigente a los efectos del Art. 75.2 d) de la LOUA, y en especial a la Norma(cid:69)va para la redacción de Proyectos de Urbanización y/o para los fines previstos en el Proyecto. CUARTO.- El Proyecto responde a la programación de mejora de las infraestructuras urbanas prevista por el Ayuntamiento de Granada, así como a las demandas vecinales y consiste en la renovación del césped ar(cid:69)ficial del campo de fútbol del Complejo Depor(cid:69)vo Cerrillo de Maracena. QUINTO.- Se incluye asimismo Estudio de Seguridad y Salud, en cumplimiento de la Ley 1627/1997, de 24 de Octubre y la Coordinación de Seguridad y Salud en Ejecución de Obra. SEXTO.- No se incluye estudio geotécnico de los terrenos, ya que la naturaleza de la obra no afecta al terreno existente, por ser ésta una sus(cid:69)tución del césped instalado actualmente, según lo establecido en el Ar(cid:52)culo 233, Apartado 3 de la LCSP. En consecuencia, se es(cid:69)ma que el Proyecto cumple todos los requisitos necesarios para su tramitación y puesta en ejecución. Granada, a la fecha firmado electrónicamente El Subdirector General de Instalaciones, Mantenimiento, Obras y Proyectos Eduardo Arenas Villodres (firmado electrónicamente) Pag. 1 de 2 adanarG ed otneimatnuyA aipoC / sortO nóicarobale ed odatsE :nóicatneserp ed ahceF adartnE lareneg ortsigeR /gro.adanarg.edes//:sptth ne otnemucod etse ed dadicitnetua al racifirev edeuP 00440731535715463361 :nóicacifirev ed oruges ogidóC

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