Acuerdo de iniciación del expediente

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Contratación FIRMADO POR Expediente 94427Z NIF: P3301600G ASUNTO: CONTRATO DE OBRAS DEFINIDAS EN EL "PROYECTO TÉCNICO DE REPARACIÓN EN LA ENVOLVENTE, CANALONES Y BAJANTES DE POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE PIEDRAS BLANCAS"–RESOLUCIÓN INICIO EXPEDIENTE. I.- Resultando que en fecha 03-11-2026, la arquitecta municipal, redacta la Memoria justificativa de las necesidades a cubrir mediante el contrato de obras definidas en el "Proyecto técnico de reparación en la envolvente, canalones y bajantes del Polideportivo Municipal de Piedras Blancas". II.- Considerando que el artículo 116 de la LCSP exige, para la celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas, la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de dicha Ley y que deberá ser publicado en el perfil de contratante, en los términos y con el alcance del artículo 63 de la LCSP. III.- Considerando que, de conformidad con el artículo 28.1 de la LCSP, las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. A tal efecto, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden de su objeto y contenido para satisfacerlas, cuando se adjudique por un procedimiento abierto, restringido o negociado sin publicidad, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación. Esta Alcaldía, en virtud de las facultades que le atribuyen la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, HE RESUELTO: PRIMERO. Iniciar el expediente del Contrato de obras definidas en el "Proyecto técnico de reparación en la envolvente, canalones y bajantes de Polideportivo Municipal de Piedras Blancas", motivando su necesidad en los términos recogidos en la Memoria justificativa señalada en el punto I de esta resolución, y que se incorpora en Anexo I. SEGUNDO. Realizar las siguientes designaciones: 1.- Director facultativo de la obra y responsable del contrato: Dirección Facultativa de las obras: Lara Cuervo Álvarez. Resolución Nº1965 de 05/08/2026. Expediente 62391E 2.- Unidad de seguimiento: Oficina Técnica Municipal del Ayuntamiento de Castrillón. Así lo dispuso la autoridad que firma al margen en la fecha indicada, actuando en exclusivo ejercicio de la fe pública, la Secretaría que igualmente firma. AYUNTAMIENTO DE CASTRILLÓN Código Seguro de Verificación: F3CA A4WA 3LRR 9TDK 29XK Resolución Nº 2685 de 05/11/2026 "Contrato de obras de reparación en polideportivo municipal de Piedras Blancas- Resolución de inicio" - SEGRA 33558 La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://sede.castrillon.es/ nóllirtsaC ed otneimatnuyA led edlaclA lE oteirP osnolA yolE súseJ 6202/11/50 FIRMADO POR nóllirtsaC ed otneimatnuyA led lareneG airaterceS aL onserF aicraB adalucamnI 6202/11/50 Pág. 1 de 5

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