Contrato de concesión de servicios para la explotación de la modalidad deportiva de judo en las instalaciones deportivas de Navalcarnero (Madrid).
Objeto y condiciones del contrato
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero convoca la licitación «Contrato de concesión de servicios para la explotación de la modalidad deportiva de judo en las instalaciones deportivas de Navalcarnero (Madrid)», un contrato de concesión de servicios con un valor estimado de 700,00 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Servicios deportivos.; Servicios relacionados con los deportes.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 25 de agosto de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Evaluación.
Plazo de presentación
De conformidad con lo establecido en el Artículo 156.6 de la LCSP, el plazo de presentación de proposiciones será de veintiséis (26) días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación del contrato en el perfil de contratante. Se recomienda que tengan en cuenta el horario de soporte de plataforma (L-J 9h a 19h; V 9h a 15h).
Solvencia económica y financiera
VER PUNTO D.1 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.1) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de conformidad con el Artículo 87.1.b de la LCSP y 11.4.a del RGLCAP: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será disponer de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: disponer de un seguro de responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 300.000 euros, en los términos dispuestos en la Cláusula 9 del PPT. Medio de acreditación: copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil en los términos indicados y recibo de pago, o certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.
Solvencia técnica o profesional
VER PUNTO D.2 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.2) Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de conformidad con el Artículo 90.1.a de la LCSP y 11.4.b del RGLCAP: El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años. Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional: los licitadores deberán acreditar en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, un importe anual acumulado igual o superior a 4.252,06 euros, en el año de mayor ejecución de los tres últimos ejercicios concluidos (70 por ciento de la anualidad media del contrato, de conformidad con los Artículos 90.1.a, 90.2 y 91 de la LCSP). Medio de acreditación: Relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Certificados acreditativos de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Empresas de nueva creación: Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refieren las letras b), e), g) y h) del Artículo 90 de la LCSP, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 90.4 de la LCSP.
Condiciones de ejecución
Consideraciones de tipo social: VER APARTADO 15 DEL ANEXO I DEL PCAP.
Prórrogas
Prórroga: No procede.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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Mejoras
VER APARTADO 11.1 DEL ANEXO I DEL PCAP:
Mejoras (hasta 20 puntos)
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Objetivo / Automático | 20% |
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Oferta económica
VER APARTADO 11.1 DEL ANEXO I DEL PCAP:
Oferta económica (hasta 40 puntos)
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Objetivo / Automático | 40% |
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Memoria técnica
VER APARTADO 11.2 DEL ANEXO I DEL PCAP:
Memoria técnica (hasta 40 puntos)
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Subjetivo / Manual | 40% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
11 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato