20260512_Contrato_Pliego de clausulas_Pliegos PCAP Bar Piscinas.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
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<!-- image --> Telefono:976812336 Fax:976813455 alpartir@dpz.es www.alpartir.es ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE BAR UBICADO EN LAS PISCINAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALPARTIR. ## 1 . OBJETO DEL CONTRATO. ## 1.1 Descripción del objeto del contrato El contrato tiene por objeto la prestación del servicio de bar ubicado en las piscinas del Ayuntamiento de Alpartir conforme al presente Pliego, que tendrá carácter contractual, cuya codificación es CPV 55330000-2 Servicios de cafetería. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de concesión de servicios, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. ## 1.2 División en lotes del objeto del contrato El presente contrato no se divide en lotes al no ser compatible con su naturaleza y con el objeto de los servicios a prestar. ## 2. TIPO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO. El importe base de licitación del presente contrato asciende a la cuantía de 1.000,00 € y el Impuesto sobre el Valor Añadido (tipo vigente 21%) por valor de 210 €, lo que supone un total de 1.210 €. Los concurrentes a esta licitación podrán modificar el tipo establecido, mejorándolo al alza y expresando con toda claridad la cantidad exacta, más el I.V.A, por la que ofrecen prestar el servicio. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente en cada momento. Los pagos se realizarán según el siguiente calendario: El primer 50% del precio de adjudicación se abonará en el plazo de 10 días desde que se notifique el requerimiento de documentación necesaria, para la adjudicación del contrato. El 50% restante del precio, se abonará con anterioridad al día 1 de agosto de 2026. ## 3. DURACIÓN DEL CONTRATO. La duración del contrato se extenderá para un período comprendido desde el 22 de junio de 2026 al 8 de septiembre de 2026, sin perjuicio de su ampliación a 15 días tanto desde el inicio como a la finalización del plazo. No cabe posibilidad de prórroga. ## 4. PERFIL DEL CONTRATANTE. Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma (ódánValidaciónfn5«Q«-ÉX6Z-(6TRTHS9íY5TÉRQn <!-- image --> ## 5 . PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION. La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio. ## 6. EXISTENCIA DE CREDITO. Las obligaciones económicas del contrato se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias 2025/54100 (ES EL CONTRATISTA EL QUE PAGA EL CANON A LA ADMINISTRACIÓN) ## 7. REVISION DE TARIFAS. No se prevé revisión de tarifas por parte de la Administración. ## 8. ACREDITACION DE LA APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará: - a) De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. De los empresarios que fueren persona físicas mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente. - b) De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. - c) De los demás empresarios extranjeros , con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar , podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. ## 3. La solvencia del empresario: ## 3.1. Acreditación Solvencia Económica, Financiera y Técnica Solvencia económica y financiera (artículo 75 TRLCSP) <!-- image --> <!-- image --> X Telefono:976812336 Fax:976813455 alpartir@dpz.es www.alpartir.es Justificante seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 300.000,00 euros. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro junto con copia del justificante de pago. Y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. ## 3.2. Solvencia técnica (artículo 78 y 79 TRLCSP) | X | Acreditación por parte del licitador de que la/s persona/s encargada/s de ejecutar la explotación de Bar está en posesión del carnet de manipulador de alimentos. | |-----|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | X | Acreditar haber trabajado en hostelería en el curso de, como máximo los tres últimos años. | (La solvencia técnica se acreditará con la presentación como mínimo del primer requisito exigido) 4. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. ## 9. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. ## 9.1 Condiciones previas Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. ## 9.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público La utilización de estos servicios supone: <!-- image --> -  La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. -  La custodia electrónica de ofertas por el sistema. -  La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo de veintiséis días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público que se pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin. Por este motivo, para participar en esta licitación, es importante que los licitadores interesados se registren, en el supuesto de que no lo estén, en la Plataforma de Contratación del Sector Público. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío. Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo. ## 9.3. Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación. ## 9.4 Contenido de las proposiciones Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre cerrado que contendrá otros dos sobres cerrados, firmados todos por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda « PROPOSICIÓN PARA LICITAR EL CONTRATO DE CONCESION DE SERVICIOS DEL BAR UBICADO EN LAS PISCINAS DE ALPARTIR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO ». La denominación de los sobres es la siguiente: - Sobre «A»: Documentación Administrativa. - Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. <!-- image --> <!-- image --> Telefono:976812336 Fax:976813455 alpartir@dpz.es www.alpartir.es Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: ## SOBRE «A» ## DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA - a) Declaración Responsable del licitador (conforme al modelo del Anexo I suscrita por el licitador o su representante reconociendo que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos y comprometiéndose, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a aportar los documentos que se señalan en el presente pliego, así como a darse de alta en el IAE. (Art. 146.4 y 5 TRLCSP) - b) Documento Nacional de Identidad del licitador si este fuera persona física. Si fuera jurídica se presentará el Documento Nacional de Identidad de quien la represente. ## SOBRE «B» ## PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA. Se presentará en la forma especificada en el Anexo II del presente Pliego, añadiendo la referencia 'Proposición Económica'. ## 10. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderán varios criterios de adjudicación. - a) Precio…………………….…………………………………. hasta 50 puntos . - Se concederá 1 punto por cada 1.000,00 € que se oferte por encima del precio de licitación (2.000,00 € + IVA). En caso de empate, se adjudicará el contrato a favor de aquél licitador que obtuviera una mayor puntuación en el criterio de precio. Si pese a ello persistiese el empate, la adjudicación se realizará mediante sorteo entre aquellos que hubieran obtenido igual puntuación. - b) Ampliación del horario de apertura del bar……………….. hasta 20 puntos . -  Por apertura del Bar a las 10:00 horas ……….. 20 puntos -  Por apertura del Bar a las 10:30 horas ……….. 10 puntos. - c) Experiencia acreditada en el sector de la hostelería…………….. hasta 30 puntos . Se atribuirán 1 punto por cada mes completo de experiencia laboral en el sector de la restauración que tenga el licitador que se proponga adscribir al contrato de servicio de bar. Se acreditará mediante informe de vida laboral o certificado de empresa junto con los contratos de trabajo respectivos. <!-- image --> La motivación reside en que la calidad del personal empleado resulta pertinente para el nivel de rendimiento del contrato, ya que puede afectar a la correcta y efectiva ejecución de la prestación. El personal encargado de la ejecución efectiva del contrato se justifica en la necesidad de tener un perfil profesional o puesto específico adscrito al contrato. Asimismo, las condiciones particulares de las personas que vayan a ocupar los puestos de trabajo pueden afectar de manera significativa a la ejecución del contrato, es decir, constituye una influencia relevante con el fin de garantizar una adecuada calidad al servicio. Los datos no justificados de la forma señalada no serán tenidos en cuenta ni valorados. ## 11. GARANTIA PROVISIONAL En atención a la naturaleza del contrato no se exige garantía provisional. ## 12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION. ## 12.1.- Procedimiento de Adjudicación. La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con los dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Pública. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato. ## 12.2.- Mesa de Contratación La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas. La Mesa, de conformidad con la Disposición Adicional segunda TRLCSP, apartado 10, estará compuesta por siguientes miembros: - -Presidente. - -Vocal. - -Secretario ## 12.3.- Apertura de Ofertas. La Mesa de Contratación se constituirá tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, y calificará los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A y el Secretario certificará la relación ofertas presentadas. Seguidamente, si cabe, se comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los licitadores la existencia de defectos u omisiones enmendables, fijando un plazo para que los licitadores puedan presentar la oportuna enmienda. Dicho plazo no podrá ser bajo ningún concepto superior a tres días hábiles a contar desde la fecha de la referida comunicación. No se podrán enmendar los defectos consistentes en la carencia de los requisitos exigidos, y sí se podrá poner solución a los que hagan referencia a la mera falta de acreditación. Además, la Mesa de Contratación podrá pedir a los licitadores aclaraciones sobre los certificados o documentos presentados o podrá requerirle para la presentación de documentos complementarios. Las ofertas que correspondan a empresarios excluidos de la licitación por defectos, omisiones no enmendables o por carencia de subsanación quedarán fuera del procedimiento de adjudicación. A continuación se procederá a la apertura de los Sobres «B», salvo que sea necesario otorgar plazo para corregir defectos u omisiones enmendables, en cuyo caso se comunicará a los licitadores mediante anuncio en el perfil del contratante el nuevo día y hora. <!-- image --> <!-- image --> Telefon0:976812336 Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego. A la vista de la valoración del criterio cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación procederá a efectuar la propuesta de adjudicación a favor de la oferta económicamente más ventajosa. A la vista los resultados, la Mesa de contratación propondrá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, formulando la propuesta al órgano de contratación. Se dejará constancia documental de todo lo actuado ## 13. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES. No se admiten variantes. ## 14. GARANTIA DEFINITIVA. El candidato que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas: - a) En metálico debiéndose ingresar en la cuenta bancaria Ibercaja del Ayuntamiento, nº ES82 2085/1021/24/0300036996. - b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. - c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. Los avales y los certificados de seguro de caución que se constituyen como garantías provisionales o definitivas, deberán ser autorizados por apoderados de la entidad avalista o aseguradora que tengan poder suficiente para obligarla. Estos poderes deberán ser bastanteados previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos o por la Abogacía del Estado de la provincia cuando se trate de sucursales o por los órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes. No obstante, si el poder se hubiere otorgado para garantizar al interesado en un concreto y singular procedimiento y forma de adjudicación o contrato, el bastanteo se realizará con carácter previo por el órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico del órgano de contratación -Secretaría- , no obstante, este trámite se entenderá cumplido si existe bastanteo realizado por cualquier Administración de ámbito superior a la Corporación. En el texto del aval o del certificado de seguro de caución se hará referencia al cumplimiento de este requisito. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 110 LCSP 9/2017 La garantía será devuelta una vez finalizado el contrato, siempre que quede debidamente acreditado que no existe responsabilidad ni daño causado por el contratista. <!-- image --> Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquella. ## 15. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de anormalidad, se concederá a los licitadores afectados un plazo de tres días para que puedan presentar una justificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 149.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El carácter anormal de las ofertas se apreciará cuando la mejor oferta suponga una baja superior al 20 % de la baja media teniendo en cuenta exclusivamente el canon ofertado. Recibidas las justificaciones, la Mesa solicitará un informe técnico, que analice detalladamente las motivaciones que haya argumentado el licitador para poder mantener su oferta. En todo caso, se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes. A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada y del informe técnico municipal que las analice, la Mesa de Contratación, propondrá al órgano de contratación motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión. En la valoración de las ofertas no se incluirán las proposiciones declaradas desproporcionadas o anormales hasta tanto no se hubiera seguido el procedimiento establecido en el art 149 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de y, en su caso, resultara justificada la viabilidad de la oferta. ## 16. PREFERENCIAS DE ADJUDICACION EN CASO DE EMPATES. Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración establecidos y se produzca un empate en la puntuación otorgada a dos o más ofertas, se utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad: - 1º Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. - 2º Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. - 3º Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. - 4º El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo. ## 17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. ## 17.1- Requerimiento documentación El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como de disponer efectivamente de los <!-- image --> <!-- image --> Telefono:976812336 Fax:976813455 alpartir@dpz.es www.alpartir.es medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. ## El adjudicatario estará obligado a presentar la siguiente documentación: -  Alta en el IAE -  Declaración Responsable del licitador de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. -  Documento Nacional de Identidad del licitador si este fuera persona física. Si fuera jurídica se presentará el Documento Nacional de Identidad de quien la represente. -  Constitución de la garantía definitiva . -  Justificante de pago del 50% del precio de adjudicación incluido la parte correspondiente al IVA, de ese primer 50%. -  Recibo del seguro de responsabilidad civil. -  Justificante de estar dado de alta en la Seguridad Social. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se comunicará al interesado por teléfono o, en su defecto, por fax o electrónicamente a través de los medios que los licitadores hayan indicado, concediéndoles un plazo no superior a tres (3) días hábiles para su corrección o subsanación. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas El licitador incurrirá en prohibición de contratar, si hubiera incurrido en falsedad al efectuar las declaraciones responsables sobre su capacidad, representación y solvencia. El licitador que no cumplimente lo establecido en este apartado dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia podrá ser declarado en prohibición de contratar. ## 17.2- Adjudicación del contrato Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: -  En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. -  Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. <!-- image --> -  En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización. ## 18. FORMALIZACION DEL CONTRATO. 18.1. La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los 15 días hábiles siguientes a contar desde la fecha de recepción de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. 18.2. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. 18.3. Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional que en su caso se hubiese constituido. 18.4. Simultáneamente a la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario los siguientes documentos que tendrán carácter contractual: -  Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. -  Pliego de Prescripciones Técnicas. 10.5. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios antes de la firma del contrato el adjudicatario deberá presentar escritura pública de formalización de la unión temporal de empresarios cuya duración deberá ser coincidente con la del contrato hasta su extinción total. ## 19.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. ## 19.1 Obligaciones del contratista . El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente Pliego, en Pliego de Prescripciones Técnicas, en el documento contractual, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista el Ayuntamiento. ## SEGURO DE RESPONSABILIDAD. El licitador que sea propuesto para la adjudicación deberá formalizar seguro de responsabilidad por la actividad a desempeñar en el plazo que se le conceda, no procediéndose a la formalización del contrato en caso de incumplimiento de esta condición. El importe de daños asegurados por prestación de la actividad será de 300.000,00 € como mínimo, valorándose como mejora en la oferta un importe mayor. ## IMPUESTOS Y GASTOS Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluido el impuesto de valor añadido. ## DESTINO DE LA FINCA El único y exclusivo objeto del contrato es la gestión del Bar de las Piscinas municipales como centro de reunión de los vecinos, sus familiares y amigos de éstos, durante el plazo en que estas se encuentren abiertas. <!-- image --> <!-- image --> ## DE LAS OBRAS. Las obras o instalaciones que se realicen en las instalaciones serán de propiedad municipal, sin que por ella deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al adjudicatario. Sólo podrán ser llevadas por el cesionario aquellas instalaciones o maquinaria que puedan ser extraídas sin daño ni menoscabo para los inmuebles. Todo tipo de construcción, instalación u obra deberá disponer de la correspondiente autorización municipal en cuanto propietario del edificio, además de los permisos municipales requeridos por la legislación -apertura, licencias urbanísticas.-. ## PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El concesionario se obliga a la prestación del servicio con las siguientes condiciones: -  Limpieza diaria de toda la terraza, del bar, de vestuarios y baños. -  Cuidar el buen uso de materiales y útiles. -  Conservación de la instalación y equipamiento así como el mantenimiento y perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene del bar, así como del botiquín y el almacén. -  Cualquier otro servicio o función que le encomienden el Ayuntamiento en relación con las instalaciones ó gestión de la piscina. -  Controlar la iluminación de las pistas de fútbol. -  Apertura y cierre de los accesos a la zona de la terraza y el bar de las piscinas, en los horarios establecidos por el Ayuntamiento, para evitar posibles peligros en las personas. -  El volumen de la música deberá ser moderado a partir de las 00,00 horas de tal forma que no se altere la tranquilidad y el derecho al descanso del resto de los vecinos. -  El cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral y de Seguridad Social. Deberá darse de alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E. y en la Seguridad Social, por la actividad de que se trata, cuyas cotizaciones serán de su cuenta. Por tanto, no existirá ninguna relación laboral entre el adjudicatario, su personal y este Ayuntamiento, siendo de su cuenta y absoluta responsabilidad las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento de la normativa aplicable. -  El adjudicatario se compromete, en relación con las bebidas y productos que pueda vender en el bar, a confeccionar una lista de precios acorde con los precios de uso habitual en la localidad. -  Dar el oportuno servicio de comidas a la clientela. ## Aclaraciones sobre la prestación principal: Horario de apertura y cierre de las instalaciones. El horario de apertura y cierre de las piscinas será con carácter general para toda la temporada de 11:00 horas de la mañana a las 21:00 horas , salvo que el Ayuntamiento por concurrir circunstancias especiales pueda determinar otro distinto, que será convenientemente comunicado al adjudicatario y a los usuarios. Apertura del Bar fuera de horario. El adjudicatario podrá explotar el servicio de bar durante la temporada de piscinas, prolongando el horario de apertura de este, más allá del horario de cierre de las piscinas, hasta la hora de cierre habitual del resto de los establecimientos similares de esta localidad. Medios para la realización de la prestación : <!-- image --> Telefono:976812336 Fax:976813455 alpartir@dpz.es www.alpartir.es - a) Personales: Los medios personales son por cuenta del adjudicatario. - b) Materiales: Son por cuenta del Ayuntamiento los medios materiales (agua, electricidad, etc) excepto los de limpieza y aseo de la terraza, bar, vestuarios y baños, que son por cuenta del adjudicatario. A dichos efectos se realizará un inventario que recogerá el equipamiento, menaje y útiles, con que cuenten las instalaciones a principios de temporada, inventario que será firmado por las dos partes contratantes, quedando obligado el contratista a reponerlo en número y calidad idéntico al entregado conforme se vaya rompiendo o deteriorando, respondiendo de cualquier falta con la fianza constituida al efecto. - c) El adjudicatario recibirá íntegramente los ingresos procedentes del Bar de las piscinas, siendo por tanto de su cuenta, las provisiones, bebidas y productos que en el mismo se vendan. Prohibición de subarriendo.- El adjudicatario no podrá en ningún caso subarrendar el servicio, a persona física o jurídica. Queda, por tanto, absolutamente prohibido el subarriendo. ## 19.2 Derechos del contratista -  La recepción del local por parte del Ayuntamiento en condiciones óptimas para su explotación. El Ayuntamiento se compromete a realizar las reparaciones necesarias antes del comienzo de la temporada estival. -  La explotación del local destinado a bar existente en el recinto de la piscina en su estado actual. El mencionado bar podrá permanecer abierto, con acceso a la vía pública, en las horas posteriores al cierre del recinto de la piscina propiamente dicha. ## 19.3 Obligaciones de la Administración Poner a disposición del contratista los medios necesarios para la prestación del servicio, relacionados en el inventario para comprobar las existencias al comienzo del servicio y para que sea devuelto a la finalización del contrato en las mismas condiciones y número. ## 20. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO. A efectos contractuales se considerará falta penalizable toda acción u omisión del contratista que suponga un quebranto de las exigencias específicas en el contrato. Las faltas que pudiera cometer el contratista se clasificarán, según su trascendencia, en leves, graves y muy graves, de acuerdo a los siguientes criterios: - Faltas leves: Se considerarán faltas leves aquellas irregularidades en el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de condiciones que no sean debidas a una actuación voluntaria, o deficiencia en las inspecciones, ni lleven unido peligro a personas o cosas, ni reduzcan la vida económica de los componentes de las instalaciones, ni causen molestias a los usuarios de los equipamientos. La sanción será de 1 a 500 €. - Faltas graves: Aquellas actividades por parte del contratista que produzcan una depreciación del bien de dominio público, realizar una actividad distinta a aquella para la que se adjudicó el contrato o la reiteración en actuaciones calificadas como infracciones leves. La sanción será de 501 a 1.500 euros. - Faltas muy graves: Aquellas actuaciones voluntarias o por realización deficiente de las inspecciones o trabajos que afecten gravemente al valor económico del bien de dominio público o que puedan ocasionar peligro para las personas o cosas. La sanción será de 1.501 a 5.000 €. Si por causa imputable al contratista, cualquiera de las instalaciones permanece cerrada por un día se penalizará con una multa de 50 euros, si permanece cerrada por medio día se penalizará con una multa de 25 €, salvo fallecimiento de ascendientes, descendientes o parientes por consanguineidad o afinidad hasta segundo grado, en que no habrá penalización por dos días. Si hay retrasos en la apertura o <!-- image --> <!-- image --> Telefon0:976812336 cierre se acumulará durante un mes, si las fracciones son iguales o superiores a una hora. Las penalizaciones por comisión de faltas serán impuestas por el Órgano de contratación previa audiencia de la empresa adjudicataria, mediante la correspondiente resolución, en la que el importe de las penalizaciones será deducido de la primera factura que se extienda una vez que se conforme la imposición de la misma o de las sucesivas de ser esta insuficiente. La acumulación de 3 faltas graves y 2 muy graves podrá ser motivo de resolución del contrato. ## 21. RESOLUCION DEL CONTRATO. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en LCSP 9/2017 y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía. ## 22. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RÉGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION. El órgano de contratación, ostenta las siguientes prerrogativas: - a) Interpretación del contrato. - b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento. - c) Modificación del contrato por razones de interés público. - d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el LCSP 9/2017 y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional ContenciosoAdministrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato. Documento firmado electrónicamente en Alpartir, a la fecha que figura al margen. <!-- image --> ## ANEXO I: MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DE REQUISITOS PREVIOS D. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio a efectos de notificaciones en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, c/ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, n.º \_\_\_, con DNI n.º \_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre propio o en representación de la Entidad \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con CIF n.º \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en calidad de de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a efectos de su participación en la licitación del contrato \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, convocado por el Ayuntamiento de Alpartir, de acuerdo con lo establecido en LCSP 9/2017, de 8 de noviembre. ## DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del contrato administrativo de concesión de servicio de bar ubicado en las piscinas del Ayuntamiento de Alpartir SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos en la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de referencia, en concreto: - -Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación. - -Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. - -Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - -No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, así como en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones, ni ser empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, así como de tampoco haber sido empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos. - -Que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme Ley de Contratos del Sector Público, en su caso. - -Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras) - -Que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones relativas a las disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo. - -Que la dirección de correo electrónico en que consiente efectuar notificaciones por medios electrónicos en el presente procedimiento de contratación son: - -Persona autorizada a recibir las notificaciones: Nombre y Apellidos Correo Electrónico TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello. Y para que conste, firmo la presente declaración. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_ de 2026. Firma del declarante, <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO II Telefono:976812336 Fax:976813455 alpartir@dpz.es www.alpartir.es PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN OBJETO DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA CONTRATO SERVICIOS DEL SERVICIO DE BAR UBICADO EN LAS PISCINAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALPARTIR ## MODELO DE PROPOSICIÓN Don…………………………………………............................................., con domicilio en ………………….…………......................................................................................, y con NIF nº..............................., con teléfono de contacto ……………………. enterado del expediente de contratación del servicio para la gestión del bar de las piscinas, propiedad del Ayuntamiento de Alpartir, así como de las condiciones y requisitos que se exigen para su adjudicación, se compromete a ser el adjudicatario, por el plazo, derecho y obligaciones indicados en el pliego y con sujeción estricta al mismo. Los criterios valorables serán los establecidos en el punto 10 de este PCAP, debiendo quedar absolutamente clara la oferta realizada. Caso de que la Mesa tuviera dudas, sobre la oferta presentada, podrá valorar e interpretar la solicitud, al objeto de resolver dichas dudas, si así lo estima oportuno. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Solicita las notificaciones que se le realicen en relación a este proceso, se lleven a cabo mediante (rellenar el que proceda): - [ ] □ correo electrónico: ………………………………………………………………………… □ correo ordinario: …………………………………………………………………............... □fax: …………………………………………………………………………………………… Como oferta que se propone, para su consideración por el Ayuntamiento es: - a) Precio : Se compromete a ejecutar el contrato por el precio de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (en letra) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ € (en número), I.V.A. no incluido. (mínimo 1.000,00 € + IVA). - b) Ampliación del horario de apertura del bar . Marcar con una X lo que proceda. - [ ]  Por apertura del Bar a las 10:00 horas. - [ ]  Por apertura del Bar a las 10:30 horas. - c) Experiencia acreditada en el sector de la hostelería. Se adjuntan informe de vida laboral o certificado de empresa junto con los contratos de trabajo respectivos. (Lugar, fecha y firma de los proponentes). En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_ de 2026. Firma del candidato, Fdo.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ <!-- image -->