Información sobre recursos

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<!-- image --> ## SUBSECRETARIA DIRECCIÓN GENERAL DE RACIONALIZACIÓN Y CENTRALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ## Información de Recursos Cuando el valor estimado del contrato basado sea superior a 100.000 euros, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que, podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), en el registro del órgano de contratación, o en el del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha de envío de la notificación o del aviso de la misma, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado. Alternativamente podrá interponerse directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta Resolución, conforme con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Cuando el valor estimado del contrato basado sea igual o inferior a 100.000 euros podrá interponerse recurso de reposición tal y como disponen los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), ante la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, en el plazo de un mes desde la fecha de envío de la notificación o del aviso de la misma, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado. Alternativamente, de conformidad con lo prevenido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta Resolución, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.