VICEPRESIDENCIA SUBSECRETARIA
PRIMERA DEL GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE RACIONALIZACIÓN Y
CENTRALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
MINISTERIO
DE HACIENDA
Información de Recursos
Cuando el valor estimado del contrato basado sea superior a 100.000 euros, contra la
presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente
el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 44 y siguientes de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que, podrá presentarse en los
lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), en el registro del órgano de
contratación, o en el del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en el
plazo de quince días hábiles contados desde la fecha de envío de la notificación o del aviso de
la misma, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de
notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de
contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación
por el interesado. Alternativamente podrá interponerse directamente recurso contencioso-
administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta Resolución,
conforme con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cuando el valor estimado del contrato basado sea igual o inferior a 100.000 euros
podrá interponerse recurso de reposición tal y como disponen los artículos 123.1 y 124.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (LPAC), ante la Dirección General de Racionalización y
Centralización de la Contratación, en el plazo de un mes desde la fecha de envío de la
notificación o del aviso de la misma, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre
que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante
del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de
la notificación por el interesado. Alternativamente, de conformidad con lo prevenido en los
artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción, puede
interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta Resolución, ante el
Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
secretaria.dgrycentralizacioncontratos@hacienda.gob.es ALCALÁ, 9.
28071 MADRID
TEL: 91 595 81 43
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