Contrato basado en el Acuerdo Marco 1/20CC consistente en el arrendamiento dispositivos de impresión, digitalización y copia, asi como su gestión para la dirección territorial de educación, cultura y deporte en Castellón.
Objeto y condiciones del contrato
Conselleria de Educación, Cultura y Universidades convoca la licitación «Contrato basado en el Acuerdo Marco 1/20CC consistente en el arrendamiento dispositivos de impresión, digitalización y copia, asi como su gestión para la dirección territorial de educación, cultura y deporte en Castellón», un contrato de suministros con un valor estimado de 92.792,40 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Comunitat Valenciana. Clasificación CPV: Fotocopiadoras, máquinas offset e impresoras.; Mantenimiento de equipo de tecnología de la información.; Servicios de impresión y servicios conexos.. Estado actual del expediente: Resuelta.
Requisitos de los licitadores
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Solvencia económica y financiera
- Las empresas licitadoras acreditarán la solvencia económica o financiera mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, que cubra la responsabilidad del equipo facultativo designado. Dicha póliza debe cubrir tanto daños a terceros como cualquier otra eventualidad que pudiese surgir durante la vigencia del contrato. La póliza deberá tener vigencia suficiente para cubrir la responsabilidad del equipo hasta el final de la prestación del servicio y, si no la tuviera hasta esa fecha, deberá aportarse el compromiso del asegurado o tomador de su renovación o prórroga de forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Deberán estar asegurados por las pólizas la empresa licitadora o los miembros del equipo facultativo. Dado que la responsabilidad civil de los miembros del equipo facultativo es solidaria, los importes de las pólizas individuales de sus miembros podrán acumularse para alcanzar el importe mínimo requerido. Si no dispone de un seguro suficiente, bastará con un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. La acreditación de este requisito se efectuará con el documento DEUC (se ponen a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas). Se requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que acredite documentalmente la solvencia por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, así como la aportación del compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La suma del importe de la póliza o pólizas será no inferior a .00
- Las empresas licitadoras acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, es de un importe igual o superior a: 0 euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará con la presentación de la declaración responsable que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP. Se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica, mediante una relación de los principales trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70% de la anualidad media, quedando establecido en: 0 euros.
- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y/O MATERIALES: el contratista debe adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales indicados en el apartado L del Anexo I al PCAP
Motivación de la adjudicación
Al ser la entidad contratista del lote 2 del acuerdo marco 1/200 CC.
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Organismo Contratante
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato