Decreto de Aprobación

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<!-- image --> ## DECRETO 24032/2026 Expediente nº: Resolución con número y fecha establecidos al margen Contratación Mayor Servicios Procedimiento: SE 77/26 SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CARTELERÍA Y Asunto del Expediente: OTROS ELEMENTOS PARA FIESTAS El Tte Alcalde Delegado de Hacienda y Administración Pública y Economía, ## HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO DECRETO.Teniendo conocimiento del INFORME-PROPUESTA PARA LA CONTRATACIÓN POR CUENTA ABIERTA DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CARTELERÍA Y DE OTROS ELEMENTOS DESTINADOS A LA PRESENTACIÓN DE LOS DIFERENTES EVENTOS ORGANIZADOS POR LA DELEGACIÓN DE FIESTAS; SE que presenta la Coordinadora Técnica de Contratación, 77/26 GESTIONA 24032//2026) Patrimonio y Gestión de Vivienda a la aprobación del órgano de contratación del siguiente tenor, **'…**Objeto del contrato: es el servicio de IMPRESIÓN DE CARTELERÍA Y DE OTROS ELEMENTOS DESTINADOS A LA PRESENTACIÓN DE LOS DIFERENTES EVENTOS ORGANIZADOS POR LA DELEGACIÓN DE FIESTAS. Se trata del servicio de impresión necesario para la presentación de los eventos organizados por la Delegación de Fiestas de Marbella, además del transporte, colocación, carga y descarga de los elementos citados, dentro del término municipal de Marbella. En el anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas, en adelante PPT, se recoge las impresiones a ejecutar de forma orientativa, donde se especifica el servicio, las tintas y el papel a utilizar, y el precio unitario máximo Los servicios objeto de este contrato que se plantean son orientativos y no supondrán ninguna Obligación en cuanto a la solicitud se refiere, ya que estos se pedirán en función de la necesidad de la Delegación. Si, por cualquier causa, la Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Marbella dejara de necesitar de la prestación del servicio, ello no supondrá derecho del adjudicatario a indemnización alguna. El presupuesto base de licitación, para los dos años de vigencia del contrato es VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS EUROS (24.200,00 €) , sin que dichas cantidades puedan ser rebasadas, y en base al siguiente desglose artículo 100 LCSP de la siguiente forma: - Precio ……………………….20.000 € <!-- image --> <!-- image --> - IVA 21%................................ 4.200 € Este importe se distribuye en las siguientes anualidades: | EJERCICIO | PRECIO | IVA | TOTAL | |----------------|-------------|------------|-------------| | 2026 | 10.000,00 € | 2.100,00 € | 12.100,00 € | | 2027 | 10.000,00 € | 2.100,00 € | 12.100,00 € | | TOTAL CONTRATO | 20.000,00 € | 4.200,00 € | 24.200,00 € | En el Anexo I de PPT se recoge el Cuadro de precios unitarios conforme al cual se ejecutará el contrato y sobre los cuales se ofertará el porcentaje de descuento CONSIDERANDO que al expediente se han incorporado los siguientes documentos: - Providencia de inicio de la Directora General de Turismo. - Memoria Justificativa de la necesidad conforme al artículo 28 LCSP, que incluye criterios de negociación y de solvencia. - Informe de no división en lotes, conforme al artículo 99.3.b) LCSP. - Propuesta de designación del responsable del contrato. - Informe de precios de mercado según el artículo 100-102 LCSP. - Certificado de los derechos de exclusividad. - Informe de valoración sobre la repercusión del contrato en cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. - Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. - Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. - RC 2026 Y RC FUTURO - Informe del Titular de la Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO .- Que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. CONSIDERANDO .- La necesidad de este Ayuntamiento de tramitar, conforme a las disposiciones legales vigentes, expediente de contratación administrativa, que regularice el servicio de referencia. <!-- image --> <!-- image --> Corresponde, según la Disposición Adicional Segunda, punto 4, de la LCSP, a la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual, cualquiera que sea el importe del contrato. Si bien, en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de junio 2023, se delegan dichas competencias en favor del Concejal del Excmo. Ayuntamiento de Marbella Delegado de Hacienda y Administración Pública y, emitidos los correspondientes Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas, que han sido informados por el Titular de la Asesoría Jurídica y que será sometido a informe del Interventor General de la Corporación. Al Órgano de Contratación, que adopte el siguiente acuerdo: PROPONGO PRIMERO.Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, para la contratación, POR CUENTA ABIERTA DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CARTELERÍA Y DE OTROS ELEMENTOS DESTINADOS A LA PRESENTACIÓN DE LOS DIFERENTES EVENTOS ORGANIZADOS POR LA DELEGACIÓN DE FIESTAS**, por procedimiento simplificado sumario, tramitación ordinaria**. SEGUNDO.Aprobar el procedimiento de contratación por tramitación electrónica; así como la aprobación del gasto previsto por importe de**,** para el plazo de vigencia de dos (2) años de vigencia del contrato es VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS EUROS , sin que dichas cantidades puedan ser rebasadas, y en base al siguiente (24.200,00 €) desglose artículo 100 LCSP de la siguiente forma: - Precio …………………… ….20.000 € - IVA 21%................................ 4.200 € Este importe se distribuye en las siguientes anualidades: | EJERCICIO | PRECIO | IVA | TOTAL | |----------------|-------------|------------|-------------| | 2026 | 10.000,00 € | 2.100,00 € | 12.100,00 € | | 2027 | 10.000,00 € | 2.100,00 € | 12.100,00 € | | TOTAL CONTRATO | 20.000,00 € | 4.200,00 € | 24.200,00 € | En el Anexo I de PPT se recoge el Cuadro de precios unitarios conforme al cual se ejecutará el contrato y sobre los cuales se ofertará el porcentaje de descuento La financiación del contrato para este ejercicio económico se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 6040 3380 22799 del Presupuesto Municipal. Siendo el gasto de carácter plurianual, de conformidad con lo dispuesto en el art. 174 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, la realización del gasto para las siguientes anualidades, estará subordinado o sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato. <!-- image --> <!-- image --> El Ayuntamiento se compromete a consignar en los ejercicios siguientes el crédito necesario para hacer frente a las cuotas que correspondan cada año, con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias aplicables al respecto, en cada momento, a las Entidades Locales. No obstante, en el caso de que, por circunstancias sobrevenidas no pudiera procederse a consignar los créditos correspondientes en los presupuestos futuros, el Ayuntamiento quedará exento de la indemnización al contratista adjudicatario por el lucro cesante producido por la no realización del servicio Igualmente, disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que se aprueban y que se consideran parte integrante del contrato. TERCERO.Designar como responsable del contrato al Técnico Administración General, Kaoutar Bouasria Lemhamdi. CUARTO. - Que se proceda a llevar a cabo la publicación de los anuncios correspondientes, así como cuantos trámites administrativos sean necesarios para el buen fin de este procedimiento….' Vista la propuesta de resolución PR/2026/7506 de 25 de marzo de 2026 fiscalizada favorablemente con fecha de 30 de marzo de 2026. Por todo ello, el Tte. de Alcalde Delegado de Hacienda y Administración Pública, en virtud de la delegación de firma efectuada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 2023/10340 de fecha 17 de junio de 2023, así como por la Delegación efectuada por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo de 27 de junio de 2023 de delegación de competencias, ha dispuesto lo siguiente, ## RESOLUCIÓN PRIMERO.Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, para la contratación, POR CUENTA ABIERTA DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CARTELERÍA Y DE OTROS ELEMENTOS DESTINADOS A LA PRESENTACIÓN DE LOS DIFERENTES EVENTOS ORGANIZADOS POR LA DELEGACIÓN DE FIESTAS**, por procedimiento simplificado sumario, tramitación ordinaria**. SEGUNDO.Aprobar el procedimiento de contratación por tramitación electrónica; así como la aprobación del gasto previsto por importe de**,** para el plazo de vigencia de dos (2) años de vigencia del contrato es VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS EUROS <!-- image --> <!-- image --> , sin que dichas cantidades puedan ser rebasadas, y en base al siguiente (24.200,00 €) desglose artículo 100 LCSP de la siguiente forma: - Precio …………………… ….20.000 € - IVA 21%................................ 4.200 € Este importe se distribuye en las siguientes anualidades: | EJERCICIO | PRECIO | IVA | TOTAL | |----------------|-------------|------------|-------------| | 2026 | 10.000,00 € | 2.100,00 € | 12.100,00 € | | 2027 | 10.000,00 € | 2.100,00 € | 12.100,00 € | | TOTAL CONTRATO | 20.000,00 € | 4.200,00 € | 24.200,00 € | En el Anexo I de PPT se recoge el Cuadro de precios unitarios conforme al cual se ejecutará el contrato y sobre los cuales se ofertará el porcentaje de descuento La financiación del contrato para este ejercicio económico se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 6040 3380 22799 del Presupuesto Municipal. Siendo el gasto de carácter plurianual, de conformidad con lo dispuesto en el art. 174 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, la realización del gasto para las siguientes anualidades, estará subordinado o sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato. El Ayuntamiento se compromete a consignar en los ejercicios siguientes el crédito necesario para hacer frente a las cuotas que correspondan cada año, con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias aplicables al respecto, en cada momento, a las Entidades Locales. No obstante, en el caso de que, por circunstancias sobrevenidas no pudiera procederse a consignar los créditos correspondientes en los presupuestos futuros, el Ayuntamiento quedará exento de la indemnización al contratista adjudicatario por el lucro cesante producido por la no realización del servicio Igualmente, disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que se aprueban y que se consideran parte integrante del contrato. TERCERO.Designar como responsable del contrato al Técnico Administración General, Kaoutar Bouasria Lemhamdi. <!-- image --> <!-- image --> CUARTO. - Que se proceda a llevar a cabo la publicación de los anuncios correspondientes, así como cuantos trámites administrativos sean necesarios para el buen fin de este procedimiento. QUINTO.Dar cuenta del presente decreto a la Junta de Gobierno Local En Marbella a fecha y hora indicadas a pie de firma electrónica. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE <!-- image -->