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## ANEXO I. CUADRO DE CARACTERISTICAS CONTRATOS DE SERVICIOS PROCEDIMIENTO ABIERTO
Contrato de referencia: Contratación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' para personas con trastorno mental grave en Toledo
Expediente nº:
2026/001645
Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
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## ANEXOS
## ANEXO I. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
Tramitación según la LCSP
:
- [x] ordinaria
- [ ] urgente
Tramitación contable
:
- [x] ordinaria
- [ ] anticipada
Título:
Contratación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' para personas con trastorno mental grave en Toledo
Nº expediente PICOS:
2026/001645
## 1. PODER ADJUDICADOR.
| ENTE DEL SECTOR PÚBLICO CONTRATANTE: | FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA | FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA |
|--------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------|
| ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: | Secretaria del Patronato de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha | Secretaria del Patronato de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha |
| UNIDAD TRAMITADORA: | Departamento de Contrataciones de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha | Departamento de Contrataciones de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha |
| Fecha de la Resolución de inicio del expediente: | Fecha de la Resolución de inicio del expediente: | 19 de marzo de 2026 |
| Dirección postal del órgano de contratación: | Dirección postal del órgano de contratación: | Avda. de Francia, 4, Torre II, 45005 Toledo |
| Correo electrónico de la unidad tramitadora: | Correo electrónico de la unidad tramitadora: | contrataciones@fsclm.com |
| Teléfonos de contacto: | Teléfonos de contacto: | 925 28 10 80 |
## 2. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
OBJETO DEL CONTRATO: Contratación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' en Toledo.
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## NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO:
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º de los Estatutos de la Fundación, '..entre las actividades fundacionales, se encuentran entre otros, la gestión y promoción de dispositivos y programas residenciales de carácter social', y es por ello, que ante la demanda de servicios para atender a las personas que padecen enfermedad mental grave y que por sus circunstancias personales, familiares y/o sociales no pueden acceder a otros recursos residenciales, se puso en marcha La Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' en mayo de 2023. La Residencia se concibe como un servicio residencial comunitario, con supervisión estable de 24 horas, para personas con enfermedad mental con déficit en su autonomía personal y social y que o no cuentan con apoyo familiar o social, o que debido a circunstancias sociales o necesidades de su proceso de rehabilitación, requieren los servicios de este recurso. Esta Residencia proporciona alojamiento, manutención, rehabilitación psicosocial y apoyo personal, social y a la integración comunitaria a 60 personas con carácter permanente los 365 días del año Para garantizar una atención adecuada y un entorno seguro, confortable y saludable, resulta imprescindible la correcta prestación de los servicios de limpieza y lavandería de las instalaciones. Estos servicios son esenciales para asegurar las condiciones higiénico-sanitarias, la conservación de las instalaciones, y el bienestar de las personas residentes. Por todo lo anterior, y dado que la Fundación no dispone de medios propios suficientes ni adecuados para llevar a cabo estas tareas con los recursos actuales, se justifica la celebración del contrato para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' para personas con trastorno mental grave en Toledo.
- Código/s CPV:
- 90911200-8 Servicios de limpieza de edificios
- 98312000-3 Servicios de limpieza de artículos textiles
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES:
SI NO
Pues bien, se considera que el presente Contrato no admite fraccionamiento por lo que se decide su no división en lotes. Esta decisión se justifica en los siguientes motivos: el objeto del contrato, consiste en la Contratación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' para personas con trastorno mental grave en Toledo, esto implica necesariamente la planificación, organización coordinación y control eficaz y eficiente de las diferentes prestaciones que lo conforman, lo que podría verse dificultado e incluso imposibilitado por la participación en la gestión de la Residencia de una pluralidad de contratistas y por tanto, se requiere de una gestión unificada por un único prestador de los servicios.
Determinar lotes cuando proceda, con sus correspondientes códigos CPV:
Lote 1:
CPV:
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Limitaciones en lotes: SÍ
- [ ] NO
( Indicar en caso afirmativo )
- [ ] Número de lotes para los que una licitadora puede presentar oferta:
- [ ] Número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitadora:
- Criterios o normas aplicar conforme al artículo 99.4. LCSP:
- [ ] Lotes reservados:
Admisión de ofertas integradoras:
- [ ] NO
SÍ Combinaciones admitidas:
## INFORMACIÓN ADICIONAL A LAS LICITADORAS (art. 138.3 LCSP)
- Plazo para solicitar información: hasta 12 días antes del fin de plazo de presentación de proposiciones.
- Plazo para facilitar la información solicitada: 6 días antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.
## 3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE DEL PRESUPUESTO EN EL ANEXO VI).
Importe de licitación (IVA excluido):
Tipo e importe IVA (21%):
Presupuesto base de licitación (IVA incluido):
Contrato
355.868,39 €
74.732,36 €
430.600,75 €
Aplicación/es Presupuestaria/s: Otros gastos Actividad del Presupuesto de Explotación de la Fundación.
## 4. VALOR ESTIMADO.
Coincide con el presupuesto de licitación sin IVA
SI
- [x] NO
Importe total del contrato (sin IVA)
355.868,39 €
Importe de la prórroga (sin IVA)
355.868,39 €
Importe de las modificaciones al alza previstas (sin IVA)
Costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes
Otros costes que se deriven de la ejecución material de los servicios
Gastos generales de estructura
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Beneficio industrial
Cualquier forma de opción eventual
Primas o pagos a abonar a las licitadoras
TOTAL VALOR ESTIMADO
711.736,78 €
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
SI
- [ ] NO
## 5. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO. REVISIÓN DE PRECIOS
- [x] A tanto alzado.
- [ ] Precios unitarios referidos a componentes de la prestación, unidades de ejecución u otros (detallar):
Indicar, en su caso, el porcentaje (máximo 10%) que supone el incremento del número de unidades a ejecutar, determinando su importe (cláusula 5.3 del pliego y art. 309 LCSP). Este porcentaje deberá tenerse en cuenta en el cálculo del valor estimado del contrato:
- [ ] Combinación de modalidades (detallar):
REVISIÓN DE PRECIOS:
NO
- [ ] SÍ ( Indicar fórmula)
## 6. FINANCIACIÓN.
Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha (100%)
(Fondos Europeos y/u otros organismos)
Otros fondos finalistas y/o asociados
100 %
0 %
0 %
## 7. ANUALIDADES.
- Contrato (12 meses)
Aplicación presupuestaria
Ejercicio
Importe
Otros gastos Actividad del Presupuesto de Explotación de la Fundación
2026
207.589.89 €
2027
148.278, 50 €
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TOTAL
355.868,39 €
## - Prorroga (12 meses)
Aplicación presupuestaria
Ejercicio
Importe
Otros gastos Actividad del Presupuesto de Explotación de la Fundación
2028
207.589,89 €
2029
148.278,50 €
TOTAL
355.868,39 €
## 8. DURACIÓN DEL CONTRATO.
Plazo de duración del contrato: 1 año (12 meses)
Fecha estimada de inicio del contrato: 1 de junio de 2026 o desde la fecha de la formalización del Contrato si es posterior
Plazos parciales:
Recepciones Parciales:
- [x] NO
- [ ] SÍ
Las recepciones parciales:
- [ ] SÍ
- [ ] NO darán derecho a la contratista a solicitar la cancelación de la parte
proporcional de la garantía definitiva
Plazo de ejecución del contrato:
Prórroga/s:
- [x] SÍ
- [ ] NO
Duración de la/s prórroga/s: 1 año (12 meses)
En su caso, contrato del que es complementario:
## 9. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' sita en C/Chapinería nº2 en Toledo
## 10. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
10.1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP). Se establecen a continuación los criterios de solvencia económica y financiera, los requisitos mínimos y los medios de acreditación.
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- [x] VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades de la empresa y fecha de presentación de ofertas.
Requisitos: El volumen anual de negocios será de importe igual o superior al 70% de la anualidad media del valor estimado del contrato equivalente a 249.107,87 € (IVA no incluido).
## Medios de acreditación :
- [ ] Presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- [x] Declaración responsable.
- [ ] SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR RIESGOS PROFESIONALES , vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, junto con el compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
## Requisitos:
- Importe igual o superior a: €
- Riesgos cubiertos:
Medios de acreditación: Póliza o compromiso vinculante de suscripción del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo previamente a la adjudicación del correspondiente contrato. En este caso, deberá presentar ante la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha contratante, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de riesgos profesionales para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha contratante como a terceros y siempre derivados de la ejecución del contrato por el periodo de tiempo pactado como de ejecución del contrato, por lo que deberá permanecer vigente durante la duración del contrato, incluidas las posibles prórrogas. La Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia del contrato requerir a la contratista para que acredite la vigencia de la citada póliza.
Otros criterios de solvencia económica :
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- 10.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP) Se establecen a continuación los criterios de solvencia técnica o profesional, los requisitos mínimos y los medios de acreditación.
- UNA RELACIÓN DE LOS PRINCIPALES SERVICIOS O TRABAJOS REALIZADOS (*) de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, fecha y el destinatario público o privado de los mismos.
Requisitos: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución -dentro del citado periodo de tres años- será igual o superior al 70% de la anualidad media del valor estimado del contrato equivalente a 249.107,87 € (IVA no incluido).
Otros requisitos:
## Medios de acreditación:
Certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable de la empresa acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
En particular se requiere al menos:
- Un (1) Certificado que acredite experiencia en Servicios de limpieza de edificios (CPV 90911200-8) Si se aportara más de un certificado, el importe acumulado de los certificados presentados será igual o superior a la cantidad establecida en los requisitos de este criterio de solvencia.
- (*) Este criterio de solvencia no será aplicable, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, para las empresas de nueva creación. Indicar cualquier otro criterio de los señalados en el art. 90 LSCSP.
- [ ] TÍTULOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES de la empresa y del personal directivo de la empresa y, en particular, de la responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de las personas técnicas encargadas directamente de la misma.
Requisitos:
Medios de acreditación:
Otros criterios de solvencia técnica:
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- 10.3. CLASIFICACIÓN ORIENTATIVA: Las empresas licitadoras también podrán acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al contrato, según el artículo 77.1.b) LCSP. La denominación del grupo, subgrupo y categoría contenida en el presente apartado se corresponde con el sistema de clasificación establecido en el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su cuadro de equivalencias:
| SERVICIO | GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORÍA |
|------------|---------|------------|-------------|
| Limpieza | U | 1 | 3 |
## 11. INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA:
Si la empresa licitadora se basa en la solvencia y medios de otras entidades para acreditar su solvencia económica, se establece la responsabilidad solidaria de todas ellas:
- [ ] NO
- [x] SÍ
Otras formas de responsabilidad conjunta ( Indicar, en su caso):
## 12. REQUISITOS ADICIONALES DE SOLVENCIA. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS (para los contratos SARA)
- ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS PERSONALES Y/O MATERIALES. (En el caso de que se exija, se deberá indicar en el apartado correspondiente del presente anexo, de conformidad con lo previsto en el art. 76.2 LCSP, y en la cláusula 13.3.2 del presente pliego, si el compromiso de adscripción tiene el carácter de obligación contractual esencial, apartado 31.2 , o se establecen penalidades en caso de incumplimiento del mismo, apartado 30 )
- [x] NO
- [ ] SÍ:
- ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GARANTÍA DE LA CALIDAD: SI
- [x] NO
Medios de acreditación:
- ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL: SI
- [x] NO
Medios de acreditación:
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13. HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL EXIGIBLE.
- [ ] SÍ
- [x] NO
En caso afirmativo, indicar cuál y qué documentación la acredita:
14. INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO (ARTÍCULO 130 LCSP)
- [ ] NO
- [x] SÍ (Se facilita en el Anexo VI.B del presente pliego)
15. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
- [x] NO
- [ ] SÍ. Forma, requisitos, modalidades y características:
16. LICITACIÓN ELECTRÓNICA
- [x] SÍ
- [ ] NO (indicar la forma de presentación de las proposiciones)
17. PROPOSICIONES: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. CRITERIOS DE DESEMPATE
## SOBRES ELECTRÓNICOS A PRESENTAR:
- [ ] Dos: el n.º UNO (1) y el n.º TRES (3)
- [x] Tres: el n.º UNO (1), el n.º DOS (2) y el n.º TRES (3)
- 17.1. SOBRE ELECTRÓNICO N.º UNO (1): 'Documentación administrativa'
Este sobre contendrá exclusivamente los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos previos referidos en los apartados 1 y 2 del artículo 141 de la LCSP, y que se establecen en la cláusula 15.5.1 del pliego;
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además deberán presentarse los siguientes (indicar, en su caso):
- Declaración responsable ajustada al formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC).
- ANEXO II. Modelo de Declaración Responsable sobre pertenencia a un Grupo Empresarial en el sentido del Art. 42.1. del Código de Comercio, sobre Categorización de Pyme, sobre Cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de Trabajadores con Discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes, y sobre cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
- ANEXO XI. Compromiso de formalización de Unión Temporal de Empresas (Si procede).
- 17.2. SOBRE ELECTRÓNICO N.º DOS (2): 'Documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante un juicio de valor.'
- -Criterios y ponderación : Proyecto Técnico. Ponderación 45%.
| CRITERIOS | PONDERACIÓN | PUNTOS |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------|-------------|
| 1) Criterio Subjetivo: Proyecto Técnico de Trabajo de los servicios (1.A Plan de limpieza y 1.B Lavandería) | 30% | 0-30 puntos |
| 2) Criterio Subjetivo: Productos, útiles y maquinaria | 5% | 0-5 puntos |
| 3) Criterio Subjetivo: Compromiso de aplicación de medidas concretas de gestión medioambiental y eficiencia energética | 5% | 0-5 puntos |
| 4) Criterio Subjetivo. Compromiso de aplicación de medidas de conciliación entre la vida persona, laboral y familiar | 5% | 0-5 puntos |
| Total puntuación | 45% | 45 Puntos |
A continuación, se establece la definición de estos criterios, la ponderación que se asigna a cada uno de ellos y la indicación sobre su método de valoración:
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- 1) Descripción del criterio subjetivo 'Proyecto Técnico de Trabajo de los servicios - Plan de limpieza, y lavandería. Ponderación 30%. Puntuación: 0-30.
Con carácter general, para la valoración del 'Proyecto Técnico' se valorará el detalle, la calidad expositiva y la idoneidad de la propuesta, así como su adaptación a las características y requerimientos específicos de la Residencia 'Hospital del Rey'. Del mismo modo, se valorarán aquellos aspectos relacionados con la coordinación de actuaciones entre los diferentes servicios objeto del contrato, así como con la Dirección de la Residencia y con el resto de servicios prestados en el mismo que no son objeto del Contrato, conforme seguidamente se indica, para cada uno de los servicios:
1.A. Plan de Limpieza: (Hasta 15 puntos). S e valorará en este apartado la adecuación del plan de limpieza, metodología y planificación aportado por la empresa licitadora a las necesidades concretas del servicio a prestar y al edificio objeto de Contrato que incluye toda la infraestructura de la residencia, así como la organización y adecuación de los recursos (técnicos y humanos) y los protocolos específicos de la limpieza según la zonificación de las instalaciones sobre las que se trabaje.
Se tendrán en cuenta, en este apartado aspectos como la frecuencia, calidad de la prestación del servicio, sistema de trabajo, recursos humanos, materiales, equipos y maquinaria de limpieza, y cualquier otra prestación referida a los aspectos básicos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No se considerarán en este apartado aquellos aspectos valorados en otros.
1.B. Plan de lavandería: (Hasta 15 puntos). Se valorará en el servicio de lavandería, la metodología a desarrollar en cuanto a la prestación del servicio con las características que incluyen la clasificación, repasado, planchado, marcado y cuidado de ropa, incluyendo los arreglos necesarios, se realizará conforme a lo descrito en el PPT. Asimismo, y dado que este servicio conlleva la externalización del lavado de lencería (mantelería, mantas, edredones, almohadas, cortinas, sábanas, toallas), se dejara constancia de la metodología a llevar a cabo, conforme las características determinadas en el PPT.
- 2) Descripción del criterio subjetivo 'Productos, útiles y maquinaria'. Ponderación 5%. Puntuación: 0-5. Se valorará en este apartado la tecnología de los productos, útiles y maquinaria, que oferte la licitadora para una mayor calidad y eficacia de la prestación de los servicios. Dada la infraestructura de la Residencia, en cuanto a los suelos, deberá utilizarse una maquinaria adecuada que no dañe el revestimiento de los mismos. Asimismo, deberán reseñar los productos y materiales que vayan a usar las empresas para la correcta prestación del servicio. Se valorará especialmente la oferta de productos y materiales menos nocivos y más ecológicos teniendo en cuenta aspectos medioambientales, en especial producto con etiqueta ecológica de la UE. Estos productos deberán reponerse en cantidad suficiente y adecuada a las demandas propias de la Residencia y sus usuarios y será por cuenta del adjudicatario dicha reposición a lo largo de la vida del Contrato sin que se puedan sustituir por otros de menor calidad o menos ecológicos.
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3) Descripción del criterio subjetivo 'Compromiso de aplicación de medidas concretas de gestión medioambiental y eficiencia energética'. Ponderación 5%. Puntuación: 0-5
Se valorará hasta un máximo de 5 puntos el compromiso detallado y expreso de la licitadora de aplicación efectiva de las siguientes medidas:
- Plan de gestión de residuos y aportación de contenedores de reciclaje. Ponderación 2,5% del total. Puntuación: 0-2,5 puntos . Se valorará la presentación de un plan de gestión de residuos, que contemple la correcta recogida, separación, almacenamiento y traslado de los residuos generados en la ejecución del contrato, así como la aportación de contenedores adecuados para el reciclaje selectivo, todo ello sin coste adicional para la Fundación.
## Medidas valorables:
- -Instalación y mantenimiento de contenedores diferenciados y señalizados para:
- -Residuos orgánicos (cocina, restos alimentarios).
- -Papel y cartón.
- -Plásticos y envases ligeros.
- -Vidrio.
- -Envases vacíos de productos de limpieza y lavandería.
- -Residuos especiales (pilas, tóner, medicamentos caducados, aceites, etc.).
- -Pañales desechables y residuos sanitarios asimilables.
- -Compromiso de entrega de residuos a gestores autorizados o puntos limpios.
- -Uso de contenedores fabricados con materiales reciclados o reciclables.
- -Optimización de embalajes: reducción del uso de plásticos de un solo uso y sustitución por materiales biodegradables.
- -Este servicio llevará incluida la gestión y retirada de residuos sanitarios y objetos punzantes, de acuerdo con la normativa vigente aplicable, si los hubiere. El recipiente contenedor para la retirada de los residuos será aportado por la entidad adjudicataria
- Utilización de elementos y productos respetuosos con el medio ambiente. Ponderación 2.5%
del total. Puntuación: 0-2,5 puntos.
Se valorará la aportación y utilización en la ejecución del contrato
de elementos y productos que contribuyan al mantenimiento o mejora del medio ambiente.
Se valorarán entre otros elementos y productos, los siguientes.
- -Adquisición de productos de limpieza que dispongan de una ecoetiqueta oficial (ecoetiqueta europea, distintivo de garantía de calidad ambiental).
- -Adquisición y uso de productos ecológicos y respetuosos con el medio ambiente como papel 100% reciclado, bolsas de basura de plástico reciclado de diferentes colores para la separación de residuos, entre otras.
- -Adquisición y uso de dosificadores de precisión.
- -Adquisición y uso de electrodomésticos y máquinas con sistemas de eficiencia y ahorro energético.
- -Utilización de elementos que redunden en un menor consumo de agua o electricidad.
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- 4) Descripción del criterio subjetivo 'Compromiso de aplicación de medidas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar'. Ponderación 5% del total. Puntuación: 0-5 puntos.
Se valorara hasta un máximo de 5 puntos el compromiso detallado y expreso de la licitadora de aplicación efectiva de medidas concretas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar para la plantilla que ejecute el contrato y que mejoren los mínimos establecidos en la Ley Orgánica 3 /2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Para su valoración la licitadora deberá presentar una propuesta técnica de las medidas propuestas, junto con un sistema de evaluación de las mismas.
Se valorara, entre otras similares, aquellas medidas concretas que sean de aplicación efectiva al personal adscrito a la ejecución del contrato:
- -Mejoras sobre la reducción de jornada laboral y/o excedencia.
- -Permisos y licencias retribuidas.
- -Flexibilidad horaria.
- -Desarrollo de programas de conciliación específicos para el contrato.
- En este sobre las empresas licitadoras deberán incluir la siguiente documentación: (Proyecto Técnico)
(1-4) De los criterios subjetivos anteriormente explicitados los licitadores deberán presentar un Proyecto Técnico que detalle todo lo descrito en cuanto a la prestación de los servicios a desarrollar en la Residencia Comunitaria 'Hospital de Rey' que constituye el objeto del contrato, atendiendo, tanto a la finalidad de la Residencia, como a los objetivos específicos del servicio objeto del Contrato. En este contexto, la propuesta técnica de los criterios descritos deberá recoger con la amplitud y detalle que cada licitador estime necesario, pero sin sobrepasar las 30 páginas a doble cara (incluidos portada e índice) en formato A4.
- 17.3. SOBRE ELECTRÓNICO Nº TRES (3): 'Oferta económica y Documentación relativa a los criterios de adjudicación cualitativos cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, cifras o porcentajes'. Ponderación 55%:
| CITERIOS | CITERIOS | PONDERACIÓN | PUNTOS |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------|-----------|
| 1. Criterio objetivo: Precio | 1. Criterio objetivo: Precio | 40% | 40 puntos |
| 2. Criterio objetivo: Compromiso de aportación gratuita para la adquisición de equipamiento/material complementario (área de limpieza y lavandería) | 2. Criterio objetivo: Compromiso de aportación gratuita para la adquisición de equipamiento/material complementario (área de limpieza y lavandería) | 10% | 10 puntos |
| 3. Criterio objetivo: Compromiso de realización de horas anuales de formación para el personal que presta los servicios a la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey', objeto del contrato con un mínimo de 20 horas anuales de formación por cada trabajador en alguno de los ámbitos que se describen el PPT | 3. Criterio objetivo: Compromiso de realización de horas anuales de formación para el personal que presta los servicios a la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey', objeto del contrato con un mínimo de 20 horas anuales de formación por cada trabajador en alguno de los ámbitos que se describen el PPT | 5% | 5 puntos |
| | TOTAL PUNTUACIÓN | 55% | 55 puntos |
Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
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1. Criterio objetivo: Precio
Oferta económica: fórmula y ponderación 40%: las ofertas económicas serán puntuadas de 0 a 40 puntos, y serán valoradas según la siguiente fórmula:
Se otorgarán 40 puntos a la oferta de precio más bajo presentada, IVA excluido, y el resto de ofertas la puntuación resultante de la aplicación de la siguiente fórmula:
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2. Criterio objetivo: Compromiso de aportación gratuita para la adquisición de equipamiento/material complementario (área de limpieza y lavandería). Ponderación 10%. Puntuación: 0-10 puntos.
La elección y determinación de los elementos a adquirir por la contratista y a su costa corresponderá a la persona responsable del Contrato por parte de la Fundación, atendiendo en todo caso a las necesidades de la Residencia y de las personas usuarias.
Las cantidades comprometidas serán sin IVA.
Para la aplicación de este criterio se atenderá al importe comprometido por la licitadora para la adquisición del equipamiento/material y se otorgara hasta un máximo de 10 puntos conforme al siguiente baremos:
- -1.000 euros: 5 puntos.
- -1.500 euros: 8 puntos
- -2.000 euros: 10 puntos.
No se otorgará puntuación alguna a las propuestas inferiores a 1.000 euros, ni se otorgará una puntuación superior a 10 puntos por cantidades superiores a 2.000 euros.
3. Criterio objetivo: Compromiso de realización de horas anuales de formación para el personal que presta los servicios a la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey', objeto de este Contrato, (Máximo 5 puntos) con un mínimo de 20 horas anuales de formación por cada trabajador en alguno de ámbitos que se describen el PPT:
Para la aplicación de este criterio se atenderá al número de horas anuales de formación propuestas en su Oferta Económica Anexo V (Si aplica) y en alguno de los ámbitos descritos en el PPT. La valoración se realizará mediante la siguiente asignación de puntos:
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| Compromiso de realización de horas anuales de formación | Puntos | SI |
|-----------------------------------------------------------|----------|------|
| 25 horas de Cursos de formación | 2 | |
| 30 horas de Cursos de formación | 3 | |
| 45 horas de Cursos de formación | 5 | |
Las empresas licitadoras incluirán los siguientes documentos :
Las empresas licitadoras deberán presentar la Oferta económica conforme al Anexo V (SI APLICA ) del presente Pliego.
- 17.4. UMBRAL MÍNIMO:
- [x] SÍ
- [ ] NO
Criterios sobre los que opera (art. 146.3 LCSP):
Umbral mínimo de puntuación exigido al licitador en este criterio técnico y cualitativo para continuar en el procedimiento selectivo: al amparo de lo establecido en el artículo 146.3 de la LCSP, los licitadores, para continuar en el proceso selectivo, deberán obtener, al menos 22,5 puntos en este apartado - Proyecto Técnico. Los licitadores que no superen este umbral quedarán excluidos del procedimiento.
17.5. CRITERIOS DE DESEMPATE: (En caso de empate en la puntuación obtenida por los criterios de adjudicación) Indicar medios del artículo 147.1/147.2 LCSP, si procede:
En el caso en que se produzca empate entre dos o más ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación, el empate se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales:
- -Mayor porcentaje de trabajadores/as con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad el mayor número de trabajadores/as fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadores/as en inclusión en la plantilla.
- -Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
- -Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
- -El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
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## 18. PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMALMENTE BAJA.
Se considerará que las ofertas se encuentran incursas en presunción de anormalidad cuando se encuentren en los siguientes supuestos: (Indicar)
De conformidad con lo establecido en el artículo 149.2 de la LCSP, se considerarán incursas en presunción de anormalidad las ofertas, que se encuentren en los siguientes supuestos:
- a) Cuando concurriendo un solo licitador, su oferta sea inferior al presupuesto de licitación (precio/plaza día) en más de 25 unidades porcentuales.
- b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra proposición.
- c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá del cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
- d) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormal, la Mesa de contratación tramitará el procedimiento previsto en el citado art. 149 de la LCSP.
## 19. GARANTÍA PROVISIONAL, DEFINITIVA Y COMPLEMENTARIA
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## GARANTÍA ROVISIONAL
- [x] No se exige
- [ ] Sí se exige.
Justificación:
Importe:
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## GARANTÍA DEFINITIVA
- [ ] No se exige
Justificación:
- [x] Sí se exige
Importe:
- [x] El 5 % del precio final ofertado, IVA excluido.
- [ ] El 5 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, si el precio del contrato se formula en función de precios unitarios.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA:
- [x] NO
- [ ] SÍ (indicar importe, hasta un 5%)
¿Se admite la constitución mediante retención en el precio?:
- [x] NO
- [ ] SÍ Indicar forma y condiciones
## 20. GASTOS DE PUBLICIDAD.
Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato: NO PROCEDE
## 21. PERSONA DESIGNADA COMO RESPONSABLE DEL CONTRATO Y UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN.
- Responsable del contrato : Directora de la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey'
- Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato : Departamento de Contratación de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha.
## 22. PROGRAMA DE TRABAJO:
Obligación de presentar un programa de trabajo:
- [x] NO
- [ ] SÍ
Plazo de presentación:
## 23. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo dispuesto en el art. 202 LCSP, y la cláusula 32 del pliego, se deberá indicar en el apartado correspondiente si a las mismas se les atribuye el carácter de obligaciones esenciales, a los efectos previstos en el artículo 211 de la LCSP ( apartado 31.2 ), o se establecen penalidades ( apartado 30 ), conforme
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a lo señalado en el artículo 192.2 de la LCSP para el caso de que se incumplan por la adjudicataria.
Será obligatorio establecer al menos una de las siguientes:
- Social y/o ético:
- [ ] En las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que se produzcan durante la ejecución del contrato, la contratista se comprometa a incorporar al menos un % de personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo.
- [x] Emplear en la ejecución del contrato un porcentaje de trabajadores fijos igual o superior al 20 %.
- [x] Se garantizará el uso no sexista del lenguaje en la totalidad de los documentos emitidos
- [x] Los informes, memoria parcial y/o final que contengan datos estadísticos deberán estar desagregados por sexo siempre que sea factible su obtención
- [ ] Si la adjudicataria cuenta con una representación de mujeres en plantilla desequilibrada, deberá realizar durante la ejecución del contrato, al menos, una nueva contratación de mujer o transformar al menos una contratación temporal de mujer en contratación indefinida. Se entenderá por plantilla desequilibrada aquella que cuenta con una representación o presencia de mujeres inferior al 40 por ciento del total de la misma
- [ ] En los casos en que durante la ejecución del contrato se produzcan bajas y/o sustituciones de personal que ocupe plaza reservada a dar cumplimento a las condiciones especiales de ejecución de carácter social, se deberán cubrir con personas que reúnan los mismos requisitos
- [ ] Otras:
- Innovación:
- Medioambientales:
- [x] La empresa contratista vendrá obligada a responsabilizarse de realizar una recogida selectiva de los residuos generados durante la ejecución del contrato. Así mismo deberá retirar los embalajes y envases vacíos, para depositarlos en los contenedores correspondientes o, en su caso, en el punto limpio u otro sistema de gestión de residuos autorizado
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- [ ] Otras:
También tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución del contrato las siguientes :
- En el caso de que la ejecución del servicio conlleve el contacto habitual con menores de edad (lo que se indicará en el apartado 35 del presente anexo), la contratista se cerciorará de que todo su personal acredita no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, según lo establecido en el artículo 57.1. de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. A tal efecto, la empresa adjudicataria deberá recabar de todo el personal a adscribir al servicio aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Una vez se aporte la certificación negativa anteriormente mencionada, su contenido se presumirá vigente en tanto no surjan indicios o se tenga conocimiento de que el interesado hubiera sido condenado en sentencia firme por los delitos incluidos en el mismo. En ese momento la empresa contratista se compromete a sustituir de forma inmediata al personal afectado.
La empresa contratista se compromete a sustituir a cualquier miembro del personal a adscribir al servicio cuyo comportamiento respecto a lo mencionado en los puntos anteriores se considere impropio por parte de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha contratante, al primer requerimiento de la misma.
- Cumplimiento del régimen de pagos a las subcontratistas o suministradoras (artículo 217.1 LCSP).
Las actuaciones de comprobación y de imposición de penalidades por el incumplimiento previstas en el apartado 1 del art. 217 de la LCSP, serán obligatorias para las Administraciones Públicas y demás entes públicos contratantes, en los contratos de servicios cuyo valor estimado supere los 5 millones de euros y en los que el importe de la subcontratación sea igual o superior al 30 por ciento del precio del contrato, en relación a los pagos a subcontratistas que hayan asumido contractualmente con la contratista principal el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra.
- Otras ( Indicar, en su caso):
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Seguro de responsabilidad civil:
- [x] SÍ
- [ ] NO
Importes mínimos: 250.000 €
## 25. PLAZO DE GARANTÍA
Duración en meses: 3 meses a contar desde la fecha de finalización del Contrato
## 26. FORMA DE PAGO Y DATOS DE FACTURACIÓN
FORMA DE PAGO: Recibida la factura y demás documentación exigida por el Responsable del Contrato, y verificada la misma, se abonará mensualmente por parte de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha la cantidad que corresponda mediante transferencia bancaria en el plazo máximo de 30 días.
Las facturas conformadas serán el medio de constatación de la correcta ejecución de las prestaciones realizadas por el adjudicatario.
## DATOS DE FACTURACIÓN:
Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha (G45500394)
Avda. de Francia, 4, Torre II
45005 Toledo
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Secretaria del Patronato de la Fundación
## 27. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
MODIFICACIONES PREVISTAS:
NO
- [ ] SÍ
## EN CASO AFIRMATIVO, ELEMENTO/S DEL CONTRATO QUE PODRÍAN MODIFICARSE:
- Alcance, límites y naturaleza de la modificación: (determinar):
- Condiciones en que podrá hacerse modificarse el contrato por referencia a circunstancias que puedan verificarse de forma objetiva: (determinar):
La modificación no podrá suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el contrato.
Porcentaje máximo del precio de adjudicación al que puede afectar (no > al 20%)
Procedimiento: Se detalla en la cláusula 36 del Pliego.
## 28. CESIÓN DEL CONTRATO
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Conforme al artículo 214 de la LCSP, este contrato podrá ser cedido:
- [ ] NO
- [x] SÍ
## 29. SUBCONTRATACIÓN
- [ ] Tareas críticas que no son susceptibles de subcontratación, de conformidad con lo dispuesto en el art.215.1 LCSP: (indicar si procede)
(En el caso de que el correspondiente contrato conlleve el tratamiento de datos personales, habrá que indicar también si se prohíbe o no la subcontratación de aquellas prestaciones objeto del contrato que comporten el tratamiento de dichos datos)
-
-
-
Justificación:
PAGOS DIRECTOS A SUBCONTRATISTAS:
- [x] NO
- [ ] SÍ
## 30. RÉGIMEN DE PENALIDADES.
Para la determinación de las penalidades correspondientes se atenderá a la gravedad del incumplimiento, pudiendo tener en cuenta la reiteración en la imposición de las mismas.
30.1. Régimen obligatorio de penalidades. ( Deberán preverse, en todo caso , las correspondientes penalidades para los siguientes supuestos):
- Para el supuesto de incumplimiento de la obligación de proporcionar a la Fundación la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación (art. 130.4 LCSP), en los términos previstos en la cláusula 30.7 del PCAP.:
- -Se impondrá a la contratista una penalidad de entre un 1 y un 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, en función de las circunstancias previstas en la cláusula 39.11 del PCAP.
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- Para el supuesto de incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social, laboral o fiscal a la que se refiere el artículo 201 de la LCSP y la cláusula 30.2 del PCAP. Se impondrán las siguientes penalidades
- -Se impondrá la penalidad hasta un 5 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, en función de las circunstancias previstas en la cláusula 39.12 del PCACP.
- 30.2. Régimen potestativo. ( Indicar, de entre las siguientes, las penalidades que procedan): Para el caso de cumplimiento defectuoso de alguna de las prestaciones objeto del contrato ( Indicar, en su caso, los supuestos que dan lugar a un cumplimiento defectuoso y las penalidades que procedan) : Se impondrá una penalidad de hasta el 5 por ciento del techo o límite máximo de gasto, IVA excluido,
cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:
- Ausencias de personal no sustituidas, faltas graves de puntualidad o abandono injustificado del servicio.
- Incumplimiento de los horarios y turnos de trabajo establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Cualquier variación de personal que realice sin la autorización preceptiva por la persona responsable del contrato por parte de la Fundación.
- Incumplimiento de la obligación prevista de poner a disposición del contrato los profesionales exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas o incumplimiento de los requerimientos sobre titulación y experiencia acreditada de la plantilla de personal. Para su determinación se atenderá al número y a la categoría del profesional o profesionales a los que afecten el incumplimiento y, especialmente, a su incidencia en la prestación del servicio y en la ejecución del contrato.
- Deficiencias y trato incorrecto o irrespetuoso a los usuarios de la Residencia, familiares, personal de la misma y otras personas relacionadas directa o indirectamente con la Residencia Comunitaria de Toledo.
- Deficiencias graves o reiteradas en la limpieza de las habitaciones y de las zonas comunes, así como deficiencias en la limpieza de la ropa de cama, ropa de aseo, de mesa y en la ropa de los usuarios residentes.
- Deficiencias graves o reiteradas en el servicio de mantenimiento del edificio y sus instalaciones que pudieran afectar a la seguridad o a la integridad física de los usuarios residentes.
- Desobediencia/inobservancia o incumplimiento reiterado de los requerimientos e instrucciones dadas por el órgano de contratación o por el responsable del contrato, relativas a la correcta
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prestación del servicio.
- Entrega de ropa personal de los usuarios con daños, manchas, pérdida o mezcla indebida.
- Retrasos en la entrega de ropa limpia que afecten al funcionamiento de la Residencia o al bienestar de los residentes.
- [ ] Para el supuesto de incumplimiento de las siguientes condiciones especiales de ejecución:
- Condición especial de ejecución: Obligación de información relativa a los pagos a las subcontratistas o suministradoras a los efectos de comprobar el cumplimiento de dichos pagos en los términos establecidos en el art. 217 de la LCSP
Penalidad: Se impondrá a la contratista una penalidad de hasta un 5 por ciento del precio del contrato, IVA excluido.
Otras (si procede, se especificarán las condiciones especiales de ejecución cuyo incumplimiento conlleva la imposición de penalidades, así como el importe de éstas)
- Obligación de garantizar el uso no sexista del lenguaje en la totalidad de los documentos emitidos.
- Penalidad: Se impondrá una penalidad de hasta un 5 por ciento del precio del contrato (IVA excluido), en proporción a la gravedad del incumplimiento. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Obligación de desagregar por sexo, los datos estadísticos contenidos en los informes, memoria parcial y/o final siempre que sea factible su obtención.
- Penalidad: Se impondrá una penalidad de hasta un 5 por ciento del precio del contrato (IVA excluido), en proporción a la gravedad del incumplimiento. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Obligación de responsabilizarse de realizar una recogida selectiva de los residuos generados durante la ejecución del contrato, así como de retirar los embalajes y envases vacíos, para depositarlos en los contenedores correspondientes o, en su caso, en el punto limpio u otro sistema de gestión de residuos autorizado.
- Penalidad: Se impondrá a la entidad contratista una penalidad de hasta un 5 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, en función de la gravedad y reiteración del incumplimiento de esta obligación.
- [ ] Para el caso de incumplimiento parcial de las prestaciones objeto del contrato ( Indicar, en su caso, los supuestos de incumplimiento y las penalidades a imponer) :
## Código Seguro de Verificación (CSV): E4B24E6A63396635564DB7
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- [ ] Por demora respecto al cumplimiento del plazo total ( se aplicarán las previstas en el apartado 3 del art. 193 de la LCSP). En su caso, atendiendo a las especiales características del contrato, si se considera necesario para la correcta ejecución del mismo, y así se ha justificado en el expediente, indicar otras:
- [ ] Por incumplimiento de los plazos parciales fijados, en su caso, en el apartado 8 del presente anexo ( se aplicarán las previstas en el apartado 3 del art. 193 de la LCSP). En su caso, atendiendo a las especiales características del contrato, si se considera necesario para la correcta ejecución del mismo, y así se ha justificado en el expediente, indicar otras:
- [ ] Por infracción de las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 215 de la LCSP para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud de la subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación ( Indicar, en su caso, las penalidades que procedan. Se podrá imponer una penalidad de hasta un 50 por 100 del importe del subcontrato):
- [x] Para el supuesto de incumplimiento de las características de la oferta vinculadas a los criterios de adjudicación ( indicar supuestos y penalidades a imponer ):
- Se impondrá una penalidad de hasta un 1 por ciento del precio del Contrato, IVA excluido, por el incumplimiento de alguno o algunos de los compromisos asumidos por la contratista en su oferta, que hubieran sido objeto de valoración como criterio de adjudicación. La reiteración en el incumplimiento o la concurrencia de varios compromisos incumplidos podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- [x] Para el supuesto de incumplimiento del responsable de la empresa contratista de las obligaciones previstas en la cláusula 27 del presente pliego. ( Indicar, en su caso, las penalidades que procedan):
- Se impondrá a la contratista una penalidad de hasta un 1 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, en función de la gravedad y reiteración del incumplimiento de las obligaciones exigidas al responsable de la empresa contratista.
- [ ] Otras (si procede, se detallarán otros supuestos de incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato junto con las penalidades a imponer) :
31. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO.
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31.1. OBLIGACIÓN PRINCIPAL DEL CONTRATO: De conformidad con lo previsto en la cláusula 30.1.1 del PCAP, constituye obligación principal del contrato la siguiente:
La entidad contratista deberá prestar los servicios contratados con la continuidad convenida. La entidad contratista deberá cuidar del buen orden de los servicios e indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo de los servicios, con la salvedad de aquellos que sean producidos por causas imputables a la Fundación.
## 31.2. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
Se consideran obligaciones esenciales del contrato, además de las previstas en la cláusula 31 del pliego, las siguientes:
- [ ] Los compromisos de adscripción de medios personales o materiales (artículo 76.2 LCSP).
- [x] La puntual observancia de las características de la prestación cuando se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación (artículo 122.3 LCSP).
- [ ] Las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP):
- Las relativas al contacto habitual con menores de edad (si la prestación del servicio implica dicho contacto)
- Otras:
- [ ] Las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 215 de la LCSP para proceder a la subcontratación.
- [ ] Otras:
## 32. PROTECCIÓN DE DATOS.
La ejecución del contrato NO SÍ requiere el tratamiento por la empresa contratista de datos personales por cuenta de la Fundación.
En caso afirmativo, la finalidad para la cual se cederán dichos datos es la siguiente: Prestación de los servicios de limpieza y lavandería.
## 33. INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable
Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha
Finalidad
Gestión y seguimiento de los expedientes de contratación tramitados por:
Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha
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| Legitimación | Ejercicio de Poderes Públicos - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 |
|-----------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Destinatarios | No existe cesión de datos |
| Derechos | Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional. |
| Información adicional | Disponible en la dirección electrónica: www.fsclm.com |
## 34. OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA:
- Régimen de recursos:
- [x] Recurso especial en materia de contratación.
- [ ] Recurso de alzada
- [ ] Recurso potestativo de reposición
- El presente servicio implica el contacto habitual con menores de edad:
- [ ] SI
- [x] NO
- Plazo máximo para mantener las proposiciones y para efectuar la adjudicación (cláusula 15.7 y cláusula 23.1): 2 MESES.
- Forma en que se compensará a las licitadoras por los gastos en que hubiesen incurrido en el caso de que el órgano de contratación decida no celebrar o no adjudicar el contrato y en el supuesto de desistimiento del procedimiento:
- Respecto de los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial:
- [ ] De conformidad con lo previsto en la cláusula 30.6 del pliego, el presente contrato no lleva aparejada la cesión de derechos (marcar, en su caso, la casilla).
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- Plazo para mantener la obligación de sigilo o confidencialidad prevista en la cláusula 30.11 del pliego (indicar, en su caso): 5 AÑOS.
- Plazo fijado para la recepción o conformidad de la prestación objeto del contrato ( cláusula 34.2 del pliego): 1 MES.
ANEXO II. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL EN EL SENTIDO DEL ART. 42.1. DEL CÓDIGO DE COMERCIO, SOBRE CATEGORIZACIÓN DE PYME, SOBRE CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O ADOPTAR LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS CORRESPONDIENTES, Y SOBRE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA LABORAL, SOCIAL Y DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
D/Dª
con DNI
- [ ] En nombre propio
- [ ] En representación de la empresa en
calidad de (Márquese lo que proceda)
Al objeto de participar en la licitación para la contratación para la prestación de los servicios de limpieza, y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital de Rey' en Toledo, Expediente nº: 2026/001645
## DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
- A) Que, a los efectos de los dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y de conformidad con lo establecido en el artículo 149.3 de la LCSP, la empresa a la que representa: ( Marque una de las casillas )
- [ ] No pertenece a ningún grupo de empresas.
- [ ] Pertenece al grupo de empresas denominado , de cual se adjunta listado.
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- B) Que la empresa a la que representa ( Marque una de las casillas ):
- [ ] No es PYME.
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- [ ] Es PYME. En este caso, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión sobre categorización de las PYME , en microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, señale si la empresa a la que representa es ( Marque una de las casillas ):
- [ ] MICROEMPRESA: En esta categoría se incardinan las empresas que ocupan a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
- [ ] PEQUEÑA EMPRESA: En esta categoría se incardinan las empresas que ocupan a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
- [ ] MEDIANA EMPRESA: En esta categoría se incardinan las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones euros.
- C) Que la empresa a la que representa: ( Marque una de las casillas )
- [ ] Emplea a menos de 50 trabajadores
- [ ] Emplea a 50 o más trabajadores y: ( Marque la casilla que corresponda )
- [ ] Cumple con la obligación de que, entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- [ ] Cumple las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad.
- D) Que la empresa a la que representa: ( Marque una de las casillas )
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- [ ] Cumple con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, que deberán inscribir en el Registro laboral correspondiente.
- [ ] En aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad.
La empresa se compromete a facilitar los datos que la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha considere necesarios para acreditar la veracidad de esta declaración.
Firmado digitalmente
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## ANEXO III. MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS AL CONTRATO
(En su caso, especificar para cada lote)
Las licitadoras, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución del contrato, como concreción de las condiciones de solvencia, los siguientes medios:
- [ ] COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES:
- [ ] COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES:
Estos medios formarán parte de la proposición presentada y, por tanto, del contrato que se firme con la adjudicataria. En consecuencia, se mantendrá durante todo el tiempo de realización de los servicios contratados. Cualquier variación deberá ser comunicada a esta Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha.
Firmado digitalmente
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## ANEXO IV. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA (NO APLICA)
D/Dª:
N.º DNI:
- [ ] En nombre propio
- [ ] En representación de la empresa que se indica a
continuación
Empresa:
N.º NIF
Domicilio fiscal:
Dirección de correo electrónico:
N.º de teléfono:
EXPONE: Que estando conforme con todas las condiciones y requisitos que rigen para la contratación que se indica a continuación:
A) A TANTO ALZADO. Se compromete a su ejecución con estricta sujeción a lo dispuesto en los pliegos reguladores de la presente contratación, por el siguiente precio:
PRECIO (en número y letra)
LOTE: (Cuando el objeto del contrato se divida en lotes, especificar el n.º y denominación. Se presentará una oferta económica por cada uno de los lotes a los que se licite).
Importe Base:
Importe IVA:
Importe TOTAL:
N.º de expediente:
Objeto del contrato:
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Desglose de la proposición y/o descripción de las prestaciones : Cuando así se indique en el pliego de prescripciones técnicas particulares, las empresas licitadoras deberán desglosar la proposición económica y/ o describir las prestaciones objeto del contrato:
- B) POR PRECIOS UNITARIOS: Se compromete a su ejecución con estricta sujeción a lo dispuesto en los pliegos reguladores de la presente contratación, por los siguientes precios unitarios:
| Unidades o ítems | Precio unitario máximo de licitación (IVA excluido) | Precio unitario ofertado (IVA excluido) | Importe IVA | Precio unitario ofertado (IVA incluido) |
|--------------------|-------------------------------------------------------|-------------------------------------------|---------------|-------------------------------------------|
Ascendiendo la oferta total a , según el siguiente desglose:
LOTE: (Cuando el objeto del contrato se divida en lotes, especificar el n.º y denominación. Se presentará una oferta económica por cada uno de los lotes a los que se licite).
Importe Base:
Importe IVA:
Importe TOTAL:
Subcontratación de servidores .- Si la ejecución del contrato requiere el tratamiento por la contratista de datos personales por cuenta de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, a tenor de lo indicado en el apartado 32 del Anexo I , las empresas licitadoras están obligadas a indicar en su oferta si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de las subcontratistas a las que se vaya a encomendar su realización, en el caso de que dicha subcontratación no se prohíba en el apartado 29 del Anexo I (ver cláusula 15.5.3. del pliego) :
Firmado digitalmente
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## ANEXO V (SI APLICA). MODELO DE OFERTA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUALITATIVOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
D/Dª:
Nº DNI:
- [ ] En nombre propio
- [ ] En representación de la empresa que se indica a
continuación
Empresa:
Nº NIF:
Domicilio fiscal:
Dirección de correo electrónico:
Nº de teléfono:
EXPONE: Que estando conforme con todas las condiciones y requisitos que rigen para la contratación que se indica a continuación:
Objeto del contrato : Contratación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' para personas con trastorno mental grave en Toledo
Nº de expediente
: 2026/001645
Se compromete a su ejecución con estricta sujeción a lo dispuesto en los pliegos reguladores de la presente contratación, según la siguiente oferta:
## Criterio 1: Precio
PRECIO (en número y letra)
Importe Base:
Importe IVA:
Importe TOTAL:
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Criterio objetivo 2: Compromiso de aportación gratuita para la adquisición de equipamiento/material complementario al (área de limpieza y lavandería), en el periodo vigente del contrato, conforme se detalla:
| Compromiso de adquisición de equipamiento/material complementario | Puntos | SI |
|---------------------------------------------------------------------|----------|------|
| 1.000 € | 5 | |
| 1.500 € | 8 | |
| 2.000 € | 10 | |
Criterio objetivo 3: Compromiso de realización de horas anuales de formación para el personal que presta los servicios a la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey', con un mínimo de 20 horas anuales de formación por cada trabajador en alguno de los ámbitos que se describen el PPT:
| Compromiso de realización de horas anuales de formación | Puntos | SI |
|-----------------------------------------------------------|----------|------|
| 25 horas de Cursos de formación | 2 | |
| 30 oras de Cursos de formación | 3 | |
| 45 horas de Cursos de formación | 5 | |
Se compromete a su ejecución con estricta sujeción a lo dispuesto en los pliegos reguladores de la presente contratación, según la siguiente oferta:
Firmado digitalmente
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## ANEXO VI. DESGLOSE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN E INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 130 DE LA LCSP.
## ANEXO VI.A: DESGLOSE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 100.2 de la LCSP , el presupuesto base de licitación se desglosará indicando los costes directos, indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. Asimismo, en los contratos en los que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total del contrato, el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia.
DESGLOSE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN POR CONCEPTOS DE GASTOS: los importes que se consignan a continuación están referidos a UNA ( 1 ) anualidad :
ARA LA PRESTA
| CUADRO RESUMEN DE COSTES | CUADRO RESUMEN DE COSTES |
|--------------------------------|----------------------------|
| CONCEPTO | IMPORTE |
| Personal | 246.449,93 € |
| Absentismo (13%) y vacaciones | 32.038,49 € |
| Bienes Corrientes y Servicios | 44.323,98 € |
| Sub total | 322.812,40 € |
| Gastos Generales e Imprevistos | 19.368,74 € |
| Bº Empresarial | 13.687,25 € |
| Total Gastos | 355.868,39 € |
| IVA (21%) | 74.732,36 € |
| Total | 430.600,75 € |
CIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA 'HOSPITAL DEL
REY' PARA PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE EN TOLEDO
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DESGLOSE DEL COSTE DE PERSONAL POR CATEGORÍAS PROFESIONALES: los importes que se consignan a continuación están referidos a UNA (1) anualidad:
| COSTES CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA 'HOSPITAL DEL REY' TOLEDO | COSTES CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA 'HOSPITAL DEL REY' TOLEDO | COSTES CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA 'HOSPITAL DEL REY' TOLEDO | COSTES CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA 'HOSPITAL DEL REY' TOLEDO |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| COSTES DE PLANTILLA | COSTES DE PLANTILLA | COSTES DE PLANTILLA | COSTES DE PLANTILLA |
| Turno | Categoría | Grupo | Coste contrato (€) |
| Mañana | Auxiliar de Servicios Generales | Limpieza | 146.874,38 € |
| Tarde | Auxiliar de Servicios Generales | Limpieza | 72.300,74 € |
| Mañana | Auxiliar de Servicios Generales | Lavandería | 27.274,81 € |
| Total Personal | Total Personal | Total Personal | 246.449,93 € |
| Absentismo | Absentismo | Absentismo | 32.038,49 € |
| Total coste | Total coste | Total coste | 278.488,42 € |
La DESAGREGACIÓN DE GÉNERO que prevé el citado artículo 100.2 de la LCSP, se contiene en el apartado siguiente, referido al personal dependiente de la contratista que viene efectuando la prestación del servicio:
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## ANEXO VI.B: INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 130 DE LA LCSP.
De conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la LCSP y en la cláusula 30.7 del presente pliego, cuando una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga a la adjudicataria la obligación de subrogarse como empleadora en determinadas relaciones laborales, la contratista que viniese efectuando la prestación del servicio, en su condición de empleadora, deberá facilitar a los servicios correspondientes, dependientes del órgano de contratación, la información sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a las que afecte la subrogación y que resulte necesaria para permitir a las licitadoras interesadas una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. Dicha información se facilita a continuación:
## PLANTILLA DE PERSONAL
| | TIPO CONTRATO | CÓDIGO CONTRATO | CAT.PROFESIONAL | F. ANTIGÜEDAD | % JORNADA | IMP. SEG. SOCIAL | SUELDO BRUTO ANUAL | COMPLE MENTOS | OBSERVACIONES |
|------------------------------------|-----------------|---------------------------------|---------------------------------|-----------------|-------------|--------------------|----------------------|-----------------|---------------------|
| XXXXX92F | INDEFINIDO 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 01/06/2023 | 93,7 | | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | |
| XXXXX89J | INDEFINIDO | 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 01/06/2023 | 75,0 | 4.065,46 € | 12.432,60 € | | |
| XXXXX52F | INDEFINIDO | 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 05/06/2023 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | |
| XXXXX46Y | INDEFINIDO | 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 15/06/2023 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | IT (1) |
| XXXXX50E www.jccm.es/viad | INDEFINIDO | 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 04/06/2023 | 37,5 | 2.289,57 € | 7.001,76 € | | |
| XXXXX1N electrónica: | INDEFINIDO | 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 04/07/2023 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | IT (4) |
| XXXXX53K sede | INDEFINIDO | 200 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 01/06/2023 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | |
| XXXXX66T INDEFINIDO Verificable en | | 230 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 12/07/2023 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | |
| XXXXX65V INDEFINIDO | 230 | | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 14/07/2023 | 100,0 | 5.420,61 € | 16.576,80 € | | |
| XXXXX78F INDEFINIDO | 230 | | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 17/11/2023 | 76,5 | 4.065,46 € | 12.432,60 € | | IT (3) |
| XXXXX98L | TEMPORAL | 510 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 14/01/2025 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | CUBRE LA IT (1) (2) |
| | TEMPORAL | | AUXILIAR DE | 09/04/2025 | 93,7 | 5.079,15 € | 15.532,56 € | | CUBRE LA IT (2) |
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| XXXXX6N | | 510 | SERVICIOS GENERALES | | | | | | |
|-----------|------------|-------|---------------------------------|------------|------|------------|-------------|-----------------------------|------------------|
| XXXXX67E | TEMPORAL | 510 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 13/08/2025 | 75,0 | 4.065,46 € | 12.432,60 € | | CUBRE LA IT (3) |
| XXXXX3G | TEMPORAL | 510 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 24/11/2025 | 75,0 | 4.065,46 € | 12.432,60 € | | CUBRE LA IT (4) |
| XXXXX51D | INDEFINIDO | 209 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 02/06/2023 | 93,7 | 5.471,55 € | 16.732,56 € | EXTRA 100 €/m POR ENCARGADA | |
| XXXXX75T | INDEFINIDO | 339 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 29/05/2025 | 75,0 | 4.065,46 € | 12.432,60 € | | FIJO DISCONTINUO |
| XXXXX62T | INDEFINIDO | 350 | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 09/08/2025 | 56,2 | 3.434,36 € | 10.502,64 € | | FIJO DISCONTINUO |
| Nº de Mujeres en la plantilla de la empresa | 13 |
|-----------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Nº de Hombres en la plantilla de la empresa | 5 |
| Convenio Colectivo aplicable | Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Toledo de ámbito Provincial 2022-2026 (BOP 215 de 2023) |
Según la información facilitada por la empresa contratista que actualmente presta los servicios objeto de este contrato se halla al corriente de pago de salarios con las personas trabajadoras que ejercen el presente contrato de servicios en esta Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, así como al corriente de pago de sus correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social: SÍ NO Completar la información ANEXO VII. INFORMACIÓN PARA EL PERSONAL ADSCRITO A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
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En cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal
vigente, mediante la firma del presente documento, D./Dª [NOMBRE Y APELLIDOS DE LA
PERSONA QUE FIRMA], mayor de edad, con D.N.I. [DNI/NIF DE LA PERSONA QUE FIRMA],
trabajador/a de <empresa adjudicataria>, adscrito/a a la ejecución del contrato
compromete y obliga a:
PRIMERO
. Mantener el deber de confidencialidad respecto de los datos de carácter personal a
los que haya tenido acceso en virtud del presente contrato, incluso después de que finalice su
objeto en cumplimiento de lo previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
SEGUNDO.
Notificar de manera inmediata a la persona responsable de su entidad si, en su
opinión, una instrucción infringe el Reglamento Europeo u otras disposiciones en materia de
protección de datos de la Unión o nacional.
TERCERO.
En el caso de ser necesaria la utilización de equipos externos conectados a la red
corporativa, será obligatorio que el equipo disponga de Sistema Operativo actual y Antivirus
activado en todo momento y con una configuración que asegure el mantenimiento de ambos
actualizados
CUARTO.
La persona firmante realizará únicamente las tareas que se le encomienden dentro del
mencionado contrato y en la forma indicadas por la parte responsable del tratamiento, en
particular, no debe utilizar la información tratada para otra finalidad.
Con la firma del presente documento la persona firmante queda informado de que cualquier incumplimiento de estos compromisos y de la legislación vigente, podrá dar origen a las oportunas
, se acciones judiciales para exigir reparación de las posibles responsabilidades en que pudiera incurrir, derivadas del mal uso de los medios tecnológicos que se le faciliten para el desarrollo de las funciones encomendadas.
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Y para que conste a los efectos oportunos firmo la presente.
Firmado digitalmente
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## ANEXO VIII. ACUERDO DE ENCARGO DEL TRATAMIENTO
En , a de de
## REUNIDAS LAS PARTES INTERESADAS
De una parte…………………………………………………….………….. (en adelante, LA PARTE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO), con domicilio en ………………………………………………......…………..y NIF , representada en este acto por .
De otra parte ………………………………………………………………… (en adelante, LA PARTE ENCARGADA DEL TRATAMIENTO), con domicilio en ……………………………… NIF , representada en este acto por .
Reconociéndose ambas partes, mutua y recíprocamente, con capacidad legal suficiente para el presente acto,
## EXPONEN
A) Que LA PARTE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO encarga los servicios de [AÑADIR DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS QUE REALIZA LA PARTE ENCARGADA DEL TRATAMIENTO] a LA PARTE ENCARGADA DEL TRATAMIENTO.
- B) Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD), el tratamiento de datos de carácter personal que realiza la parte encargada del tratamiento por cuenta de la parte responsable del tratamiento requiere la celebración de un acuerdo privado que en este acto realizamos conforme a las cláusula recogidas en la Decisión de Ejecución (UE) 2021/915 de la Comisión de 4 de junio de 2021 relativa a las cláusulas contractuales tipo entre responsables y encargados del tratamiento
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contempladas en el artículo 28, apartado 7, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo.
C) Ambas partes han dado su consentimiento en vincularse por el presente acuerdo a fin de garantizar el cumplimiento del Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos. Y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, por ser obligación de carácter esencial.
En consecuencia, las partes suscriben el presente acuerdo de encargo de tratamiento, que se regirá de conformidad con las siguientes
## CLÁUSULAS
## PRIMERA. - ENCARGO DEL TRATAMIENTO.
LA PARTE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO habilita a LA PARTE ENCARGADA DEL TRATAMIENTO para tratar por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio acordado.
## SEGUNDA. - INVARIABILIDAD DE LAS CLÁUSULAS E INTERPRETACIÓN.
Las partes se comprometen a no modificar estas cláusulas, excepto para añadir o actualizar información en un anexo, y prevalecerán en caso de contradicción entre las presentes cláusulas y las disposiciones de acuerdos conexos entre las partes.
Las presentes cláusulas deben leerse e interpretarse con arreglo a las disposiciones del RGPD, no se podrán realizar interpretaciones que entren en conflicto con los derechos y obligaciones establecidos en él, y/o que perjudiquen los derechos o libertades fundamentales de las personas interesadas.
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## TERCERA. - CLÁUSULA DE ADHESIÓN.
Cualquier entidad que no sea parte del presente acuerdo podrá, previo consentimiento de todas las partes, adherirse al mismo en cualquier momento, ya sea como responsable o como encargada. La entidad que se adhiera no adquirirá derechos y obligaciones del presente, derivados del período anterior a la adhesión.
## CUARTA. - DESCRIPCIÓN DEL TRATAMIENTO OBJETO DEL ENCARGO Y FINALIDAD
La finalidad del encargo del tratamiento de datos es: (descripción de la finalidad)
Concreción de los tratamientos a realizar por la parte encargada del tratamiento:
- [ ] Recogida (captura de datos)
- [ ] Registro (grabación)
- [ ] Estructuración
- [ ] Modificación
- [ ] Conservación (almacenamiento)
- [ ] Extracción
- [ ] Consulta
- [ ] Comunicación (cesión)
- [ ] Difusión
- [ ] Interconexión (cruce)
- [ ] Cotejo
- [ ] Limitación
- [ ] Supresión
- [ ] Destrucción (de copias temporales)
- [ ] Conservación (en sus sistemas de información)
- [ ] Duplicado
- [ ] Copias temporales
- [ ] Copias de seguridad
- [ ] Recuperación
E4B24E6A63396635564DB7
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- [ ]
Otros:......................................................................................
Para la prestación de los servicios acordados, LA PARTE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO pone a disposición de LA PARTE ENCARGADA DEL TRATAMIENTO la siguiente información que se encuentra incluida en la/s siguiente/s actividad/es de tratamiento:
- -<denominación del tratamiento> 1, con código RAT…….
- -Categoría de personas interesadas:
- -Categoría de datos personales:
- -Finalidades del tratamiento:
- -Duración del tratamiento:
## QUINTA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Ambas partes deben cumplir durante toda la vigencia del contrato la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos que se encuentre vigente en cada momento.
Con arreglo al tratamiento descrito, los pormenores de las operaciones de tratamiento y, en particular, las categorías de datos personales y los fines para los que se tratan los datos personales por cuenta de la parte responsable.
Son obligaciones de las partes:
## 1. Instrucciones.
- a) La parte encargada tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas de la parte responsable, salvo que esté obligada a ello en virtud del Derecho de la Unión o de la normativa nacional española, que se aplique a la parte encargada. En tal caso, la parte encargada informará a la parte responsable de esa exigencia legal previa al tratamiento, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. La parte responsable también podrá
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dar instrucciones ulteriores en cualquier momento del período de tratamiento de los
datos personales. Dichas instrucciones deberán estar siempre documentadas.
b)
La parte encargada informará inmediatamente a la parte responsable si las instrucciones
dadas por la parte responsable infringen, a juicio de la parte encargada, el RGPD o las
disposiciones aplicables del Derecho de la Unión en materia de protección de datos, o de La Ley
(LOPDyGDD).
## 2. Limitación de la finalidad.
La parte encargada tratará los datos personales únicamente para los fines específicos del
encargo de tratamiento indicados, salvo cuando siga instrucciones adicionales de la parte
responsable. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
## 3. Duración del tratamiento.
El tratamiento por parte de la parte encargada solo se realizará durante el período especificado en la cláusula cuarta de este acuerdo.
## 4. Seguridad del tratamiento.
a)
La parte encargada aplicará, como mínimo, las medidas técnicas y organizativas especificadas
a continuación para garantizar la seguridad de los datos personales. Una de estas medidas
consistirá
en la protección contra violaciones de la seguridad que ocasionen la destrucción,
pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales, o la comunicación o acceso no
autorizados a dichos datos («violación de la seguridad de los datos personales»). A la hora de
determinar un nivel adecuado de seguridad, las partes tendrán debidamente en cuenta el estado
de la técnica, los costes de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del
tratamiento, y los riesgos que entraña el tratamiento para las interesadas.
Medidas a implantar:
(OPCIÓN 1) Dado que el tratamiento forma parte de un Sistema de Información incluido en el ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad, las medidas a implantar son las
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## correspondientes a nivel <categoría del sistema>
(OPCIÓN 2) Las medidas técnicas y organizativas a implantar son las siguientes:
(marcar las medidas de entre las siguientes)
- [ ] Medidas de seudonimización y cifrado de los datos personales.
- [ ] Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- [ ] Medidas para restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
- [ ] Procesos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- [ ] Medidas para la identificación y autorización de la persona usuaria.
- [ ] Medidas para la protección de los datos durante la transmisión. Medidas para la protección de los datos durante el almacenamiento.
- [ ] Medidas para garantizar la seguridad física de los lugares en los que se tratan los datos personales. Medidas para garantizar el registro de incidentes.
- [ ] Medidas para garantizar la configuración del sistema, en especial la configuración por defecto.
- [ ] Medidas de gobernanza y gestión de la informática y la seguridad informática internas.
- [ ] Medidas para la certificación/garantía de procesos y productos.
- [ ] Medidas para garantizar la minimización de datos.
- [ ] Medidas para garantizar la calidad de los datos.
- [ ] Medidas para garantizar una retención limitada de los datos.
- [ ] Medidas para garantizar la responsabilidad proactiva.
- [ ] Medidas para permitir la portabilidad de los datos y garantizar la supresión.
b) La parte encargada solo concederá acceso a los datos personales tratados a los miembros de su personal en la medida en que sea estrictamente necesario para la ejecución, la gestión y el seguimiento del acuerdo. La parte encargada garantizará que las personas autorizadas para tratar los datos personales recibidos se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria, se comprometerán, de forma expresa y por escrito, según el modelo facilitado por la parte responsable del tratamiento, a respetar la confidencialidad, a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, y a recibir la formación necesaria para el tratamiento, de todo ello debe remitir a la parte responsable la documentación que lo acredite.
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## 5. Datos sensibles.
Si el tratamiento afecta a datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, datos genéticos o datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o la orientación sexual de una persona física, o datos relativos a condenas e infracciones penales («datos sensibles»), el encargado aplicará restricciones específicas y/o garantías adicionales.
## 6. Documentación y cumplimiento.
a)
Las partes deberán poder demostrar el cumplimiento del presente acuerdo.
b)
La parte encargada presentará a la parte responsable la adhesión a códigos de conducta
aprobados a tenor del artículo 40 del RGPD o a mecanismos de certificación aprobados a tenor
del artículo 42 del RGPD, en su caso.
c)
La parte encargada llevará por escrito un registro
1
de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta de la parte responsable conforme al artículo 30.2 del citado
Reglamento, que contenga:
1 'Las obligaciones indicadas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a ninguna empresa ni organización que emplee a menos de 250 personas, salvo que el tratamiento que realice pueda suponer un riesgo para los derechos y las libertades de los interesados, no sea ocasional, o incluya categorías especiales de datos personales indicadas en el artículo 9, apartado 1 del RGPD, o datos personales relativos a condenas e infracciones penales a que se refiere el artículo 10 de dicho Reglamento.' (Art. 30.5 RGPD).
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- -El nombre y los datos de contacto de la parte encargada o de las partes encargadas y de cada persona responsable por cuenta de la cual actúe la parte encargada y, en su caso, de quien represente a la persona responsable o encargada y de la persona delegada de protección de datos.
- -Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
- -En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- -Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad.
- d) La parte encargada designará a un Delegado o Delegada de Protección de Datos y comunicará su identidad y datos de contacto a la parte responsable (sólo en el caso en que la empresa esté obligada).
- e) La parte encargada resolverá con presteza y de forma adecuada las consultas de la parte responsable relacionadas con el tratamiento con arreglo al presente acuerdo.
- f) La parte encargada pondrá a disposición de la parte responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente acuerdo y que deriven directamente del RGPD. A instancia de la parte responsable, la parte encargada permitirá y contribuirá a la realización de auditorías de las actividades de tratamiento cubiertas por el presente acuerdo, a intervalos razonables o si existen indicios de incumplimiento. Al decidir si se realiza un examen o una auditoría, la parte responsable podrá tener en cuenta las certificaciones pertinentes que obren en poder de la parte encargada.
g) La parte responsable podrá optar por realizar la auditoría por sí misma o autorizar a una auditoría independiente. Las auditorías también podrán consistir en inspecciones de los locales o instalaciones físicas de la parte encargada y, cuando proceda, realizarse con un preaviso razonable.
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- h) Las partes pondrán a disposición de las autoridades de control competentes, a instancia de estas, la información a que se refiere la presente cláusula y, en particular, los resultados de las auditorías.
7. En el caso de que el encargo implicase sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de datos fiscales relacionados con tributos y registros de población, así como los correspondientes tratamientos de datos personales, deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea.
8. Subencargos. (Escoger la opción deseada en función de si se puede recurrir a personas subencargadas o no)
(Opción A: Recurso a persona subencargadas.)
- a) OPCIÓN A.1: AUTORIZACIÓN PREVIA ESPECÍFICA: La parte encargada solo podrá subcontratar a una persona subencargada las operaciones de tratamiento que realice por cuenta de la parte responsable en virtud del presente Acuerdo con la autorización previa específica por escrito de la parte responsable. La parte encargada presentará la solicitud de autorización específica al menos [ESPECIFICAR PERIODO DE TIEMPO] antes de la contratación de la persona subencargada de que se trate, junto con la información necesaria para que la parte responsable pueda resolver la solicitud. La lista de personas subencargadas autorizadas por la parte responsable se une como anexo, que las partes mantendrán actualizado.
2. OPCIÓN A. 2: AUTORIZACIÓN GENERAL POR ESCRITO: La parte encargada cuenta con una autorización general de la parte responsable para contratar a personas subencargadas que figuren en la lista acordada y que figura en el anexo a este acuerdo. La parte encargada informará a la parte responsable específicamente y por escrito de las adiciones o sustituciones de personas subencargadas previstas en dicha lista con al menos [ESPECIFICAR PERIODO DE TIEMPO] de antelación, de modo que la parte responsable tenga tiempo suficiente para formular objeción a tales cambios antes de que se contrate a la persona subencargada o subencargadas de que se trate. La parte encargada del tratamiento proporcionará a la parte responsable la información necesaria para que pueda ejercer su derecho a formular objeción.
- b) Cuando la parte encargada contrate a una persona subencargada para llevar a cabo
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actividades de tratamiento específicas (por cuenta de la parte responsable), lo hará por medio de un acuerdo que imponga a la persona subencargada, en esencia, las mismas obligaciones en materia de protección de datos que las impuestas a la parte encargada en virtud del presente acuerdo. La parte encargada se asegurará de que la persona subencargada cumpla las mismas obligaciones a las que ella esté sujeta en virtud del presente documento, del RGPD y la LOPD y GDD.
- c) La parte encargada proporcionará a la parte responsable, a instancia de esta, una copia del acuerdo con la persona subencargada y de cualquier modificación posterior de la misma. En la medida en que sea necesario para proteger secretos comerciales u otro tipo de información confidencial, como datos personales, la parte encargada podrá expurgar el texto del acuerdo antes de compartir la copia.
d)
La parte encargada seguirá siendo plenamente responsable ante la parte responsable del
cumplimiento de las obligaciones que imponga a la persona subencargada su acuerdo con la
parte encargada. La parte encargada notificará a la parte responsable los incumplimientos por
parte de la persona subencargada de las obligaciones que le atribuya dicho acuerdo.
e)
La parte encargada pactará con la persona subencargada una cláusula de tercero beneficiario
en virtud de la cual, en caso de que la parte encargada desaparezca de facto, cese de existir
jurídicamente o sea insolvente, la parte responsable tendrá derecho a rescindir el acuerdo de la
subencargada y ordenar a esta que suprima o devuelva los datos personales.
(Opción B. No puede ser objeto de subencargo.)
No es posible subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios de la parte encargada del tratamiento, cuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215.2.e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el apartado 29 del Anexo I del pliego de cláusulas prohíba la subcontratación de aquellas prestaciones objeto del contrato que comporten el tratamiento de datos personales para los contratos de obra, servicio o los servicios o trabajos de colocación o instalación en el contexto de un contrato de suministro.
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## 9. Transferencias Internacionales.
- a) Las transferencias de datos a un tercer país o a una organización internacional por parte de la parte encargada solo podrán realizarse siguiendo instrucciones documentadas de la parte responsable o en virtud de una exigencia expresa del Derecho de la Unión o del Estado Español; se llevarán a cabo de conformidad con el capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679.
- b) La parte responsable se aviene a que, cuando la parte encargada recurra a una subencargada para llevar a cabo actividades de tratamiento específicas (por cuenta de la parte responsable) y dichas actividades conlleven una transferencia de datos personales en el sentido del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679, la parte encargada y la sub encargada puedan garantizar el cumplimiento del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679 utilizando cláusulas tipo de protección de datos adoptadas por la Comisión, con arreglo al artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679, siempre que se cumplan las condiciones para la utilización de dichas cláusulas contractuales tipo.
## SEXTA. - AYUDA A LA PARTE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
- a) La parte encargada notificará con presteza a la parte responsable las solicitudes que reciba de la persona interesada. No responderá a dicha solicitud por sí misma, a menos que la parte responsable le haya autorizado a hacerlo.
2. En el caso de solicitudes de ejercicios de derechos la parte encargada ayudará a la parte responsable a cumplir sus obligaciones al responder. Cuando las personas afectadas presenten la solicitud de ejercicio de los derechos antes la parte encargada del tratamiento, ésta debe comunicarlo por correo electrónico a la parte responsable del tratamiento (<email>) y a protecciondatos@jccm.es.
- b) La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
- c) Además de la obligación de la parte encargada de ayudar a la parte responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones siguientes teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga la parte encargada:
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- c.1) La obligación de realizar una evaluación del impacto de las operaciones de tratamiento en la protección de datos personales («evaluación de impacto») cuando sea probable que un tipo de tratamiento suponga un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas;
- c.2) La obligación de consultar a las autoridades de control competentes antes de proceder al tratamiento cuando una evaluación de impacto relativa a la protección de los datos muestre que el tratamiento entrañaría un alto riesgo si el responsable no toma medidas para mitigarlo;
- c.3) La obligación de garantizar que los datos personales sean exactos y estén actualizados, informando sin demora a la parte responsable si la parte encargada descubre que los datos personales que está tratando son inexactos o han quedado obsoletos;
- c.4) Las obligaciones contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679, relativas a la seguridad el tratamiento.
## SÉPTIMA. - NOTIFICACIÓN DE LAS VIOLACIONES DE SEGURIDAD.
En caso de violación de la seguridad de los datos personales, la parte encargada colaborará con la parte responsable y le ayudará a cumplir las obligaciones que le atribuyen los artículos 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga la parte encargada.
## 1. Violación de la seguridad de datos personales tratados por la parte responsable
En caso de violación de la seguridad de los datos personales en relación con los datos tratados por la parte responsable, la parte encargada ayudará a la parte responsable en lo siguiente.
- a) Notificar la violación de la seguridad de los datos personales a las autoridades de control competente es sin dilación indebida una vez tenga constancia de ella, si procede (a menos que sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas).
- b) Recabar la información siguiente, que, de conformidad con el artículo 33, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/679, deberá figurar en la notificación de la parte responsable, que debe
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## incluir como mínimo:
b.1)
la naturaleza de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y
el número aproximado de personas interesadas afectadas, y las categorías y el número
aproximado de registros de datos personales afectados;
b.2)
las consecuencias probables de la violación de la seguridad de los datos personales;
b.3)
las medidas adoptadas o propuestas por la parte responsable del tratamiento para
poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si
procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Cuando y en la medida en que no se pueda proporcionar toda la información al mismo tiempo,
en la notificación inicial se proporcionará la información de que se disponga en ese momento y,
a medida que se vaya recabando, la información adicional se irá proporcionando sin dilación
indebida.
c)
Cumplir, con arreglo al artículo 34 del Reglamento (UE) 2016/679, la obligación de comunicar
sin dilación indebida a la persona interesada la violación de la seguridad de los datos personales
cuando sea probable que la violación de la seguridad entrañe un alto riesgo para los derechos y
libertades de las personas físicas.
## 2. Violación de la seguridad de datos personales tratados por la parte encargada
En caso de violación de la seguridad de datos personales tratados por la parte encargada, esta
lo notificará a la parte responsable sin dilación indebida una vez que la parte encargada tenga
constancia de ella, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas. Dicha notificación
deberá efectuarse a la dirección de la parte Responsable del tratamiento (<email>) y a
protecciondatos@jccm.es.
No será
necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación
seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Dicha notificación deberá incluir como mínimo:
a)
Una descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad (inclusive, cuando sea posible,
de la las categorías y el número aproximado de interesados y de registros de datos afectados. El nombre y los datos de contacto del Delegado o Delegada de Protección de Datos de su empresa o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
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- b) los datos de un punto de contacto en el que pueda obtenerse más información sobre la violación de la seguridad de los datos personales;
c)
sus consecuencias probables y las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la
violación de la seguridad, incluyendo las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos
negativos.
Cuando y en la medida en que no se pueda proporcionar toda la información al mismo tiempo,
en la notificación inicial se proporcionará la información de que se disponga en ese momento y,
a medida que se vaya recabando, la información adicional se irá proporcionando sin dilación
indebida.
Las partes establecerán los demás elementos que deberá aportar la parte encargada cuando ayude a la parte responsable a cumplir las obligaciones que le atribuyen los artículos 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679.
## OCTAVA. - DISPOSICIONES FINALES. INCUMPLIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS Y RESOLUCIÓN DEL ACUERDO
a)
Sin perjuicio de lo dispuesto en el RGPD, en caso de que la parte encargada del tratamiento
incumpla las obligaciones que le atribuye el presente acuerdo, la parte responsable podrá
ordenar a la parte encargada que suspenda el tratamiento de datos personales hasta que este
vuelva a dar cumplimiento al presente acuerdo, o resolver el acuerdo. La parte encargada
informará con presteza a la parte responsable en caso de que no pueda dar cumplimiento al
presente acuerdo por cualquier motivo.
b) La parte responsable estará facultada para resolver el presente cuando:
b.1)
el tratamiento de datos personales por parte de la parte encargada haya sido suspendido
por la parte responsable con arreglo a la letra a) y no se vuelva a dar cumplimiento al presente
acuerdo en un plazo razonable y, en cualquier caso, en un plazo de un mes a contar desde la suspensión;
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- b.2) la parte encargada incumpla de manera sustancial o persistente el presente acuerdo o las obligaciones que le atribuye el Reglamento (UE) 2016/679;
- b.3) la parte encargada incumpla una resolución vinculante de un órgano jurisdiccional competente o de las autoridades de control competentes en relación con las obligaciones que les atribuye el presente acuerdo, y el Reglamento (UE) 2016/679.
- c) la parte encargada estará facultada para resolver el acuerdo cuando, tras haber informado a la parte responsable de que sus instrucciones infringen los requisitos jurídicos exigidos por la cláusula quinta, número 1, letra b), la parte responsable insiste en que se sigan dichas instrucciones.
d)
Destino de los datos, en el supuesto de resolución del acuerdo y, en todo caso, una vez
cumplida la prestación objeto del contrato, la parte encargada deberá:
(Escoger la opción deseada según el destino que se quiera dar a los datos)
## -OPCIÓN A:
Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, la parte encargada debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado a la parte responsable del tratamiento. No obstante, la parte encargada puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
## -OPCIÓN B:
Devolver todos los datos personales a la parte responsable y suprimir las copias existentes, a menos que el Derecho de la Unión o del Estado Español exija el almacenamiento de los datos personales. Hasta que se destruyan o devuelvan los datos, la parte encargada seguirá garantizando el cumplimiento con el presente acuerdo. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por la parte encargada. No obstante, la parte encargada puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
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## -OPCIÓN C:
Devolver a la parte encargada que designe por escrito la parte responsable del tratamiento, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por la parte encargada del tratamiento. No obstante, la parte encargada puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
LA PARTE RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Firmado digitalmente LA PARTE ENCARGADA DEL TRATAMIENTO
Firmado digitalmente
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## ANEXO.
## Lista de personas subencargadas del tratamiento
Debe cumplimentarse este anexo cuando sea necesaria la autorización específica de una o más subencargadas.
La parte responsable ha autorizado que se recurra a las personas subencargadas siguientes:
- 1.
Nombre: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Dirección: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Nombre, cargo y datos de contacto de la persona de contacto: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Descripción del tratamiento (incluida una delimitación bien definida de las responsabilidades si se autoriza a varias subencargadas): . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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## ANEXO IX. COMUNICACIÓN DE PUNTO DE CONTACTO DE SEGURIDAD (POC)
D/Dª
Nº DNI:
En nombre propio
En representación de la empresa que se indica a continuación
Empresa:
Nº NIF
Domicilio fiscal:
Dirección de correo electrónico:
Nº de teléfono:
EXPONE : Que, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, la empresa designa como POC ( Punto o Persona de Contacto (POC), para la seguridad de la información tratada y el servicio prestado a:
POC (Punto o Persona de Contacto):
Teléfono:
Correo electrónico:
Otros medios de contacto:
## Consideraciones sobre el Punto o Persona de Contacto:
- Se referirá a una persona física, una unidad o un departamento que cuente con el apoyo de los órganos de dirección.
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- Canalizará y supervisará, tanto el cumplimiento de los requisitos de seguridad del servicio que se presta o solución que provee, como las comunicaciones relativas a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes para el ámbito de dicho servicio.
- Será el propio Responsable de Seguridad de la organización, formará parte de su área o tendrá comunicación directa con la misma.
- La modificación de los datos relativos al Punto o Persona de Contacto se comunicará con la mayor celeridad posible.
## Firmado digitalmente
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## ANEXO X. DECLARACIÓN RESPONSABLE AL EFECTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 57.1 DE LA LEY ORGÁNICA 8/2021, DE 4 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA
D/Dª
con (DNI/Pasaporte /Tarjeta de residencia)
de la empresa con NIF
en el expediente de contratación del servicio
## DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
- 1.- Que la empresa a que represento se ha cerciorado de que todo su personal puede acreditar no haber sido condenado por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, según lo establecido en el artículo 57.1. de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia.
- 2.- Que, para el cumplimiento de lo indicado en el punto anterior, la empresa a la que represento ha recabado de todo el personal a adscribir al servicio una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos , certificación que obra en su poder y que podrá ser mostrada a la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha contratante en cualquier momento en que sea requerida por la misma.
- 3.- Que esta empresa se compromete a sustituir a cualquier miembro del personal a adscribir al servicio cuyo comportamiento a este respecto se considere impropio por parte de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha contratante, al primer requerimiento de la misma.
## Firmado digitalmente
, como representante legal a efectos de la participación Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
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## ANEXO XI. COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS
D/Dª
con DNI
- [ ] En nombre propio
- [ ] En representación de la empresa en
calidad de (Márquese lo que proceda)
D/Dª
con DNI
- [ ] En nombre propio
- [ ] En representación de la empresa en
calidad de (Márquese lo que proceda)
Contratistas del contrato que tiene por objeto
, expediente n.º :
Se comprometen:
A concurrir conjunta y solidariamente al procedimiento abierto para la adjudicación del servicio , expediente n.º y
A constituirse en Unión de Empresas en caso de resultar adjudicatarias del citado procedimiento.
Declaran responsablemente:
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Que la participación de cada una de las compromisarias, en el ámbito de sus competencias, en la Unión Temporal de Empresas, sería la siguiente:
% de
% de
Y de común acuerdo, designan a D/Dª , para que, durante la vigencia del contrato, ostente ante el órgano de contratación, la plena representación de la Unión Temporal de Empresas que se constituirá en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
El domicilio a efectos de notificaciones de la Unión Temporal de Empresas será:
Y para que conste a los efectos oportunos firmamos la presente en
Firmado digitalmente
(indicar)
( Lugar y fecha de firma).
Firmado digitalmente
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## ANEXO XII. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE AJUSTADO AL FORMULARIO NORMALIZADO DEL DEUC
(A cumplimentar, en su caso, por el órgano de contratación)
(A cumplimentar en formato xml)
## INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN
- 1º. Guardar en su equipo el documento XML titulado DEUC.xml que aparece como documentación de esta licitación en el perfil del contratante
- 2º. Entra en la página web
- https://visor.registrolicitadores.gob.es/espd.web/filter?lang=es
- 3º. Dentro de la pregunta '¿Quién es usted?' seleccionar la opción 'Soy un operador económico'
- 4º. Dentro de la pregunta ¿Qué desea hacer? Seleccionar la opción 'Importar un DEUC'
- 5º. Cargue el documento DEUC.xml desde el archivo en el que lo haya guardado
- 6º. Elija el país en el que tiene la sede social su empresa
- 7º. Pulse el botón 'siguiente' y vaya rellenando todas las opciones que le pide el documento
- 8º. Cuando haya completado todos los apartados elija la opción 'Visión general'
- 9º. Repase el documento y presione el botón 'descargar como'
- 10º. Elija la opción FORMATO PDF
- 11º. Una vez descargado fírmelo
En Toledo, 9 de abril de 2026
LA SECRETARIA DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA