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Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> <!-- image --> PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR EL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA 'HOSPITAL DEL REY' PARA PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE EN TOLEDO ## 1. OBJETO DEL PLIEGO El presente Pliego tiene por objeto regular condiciones particulares de la contratación y las obligaciones, condiciones técnicas y actividades específicas que deben ser asumidas y desarrolladas por la empresa adjudicataria del Contrato de prestación de los servicios de Limpieza y Lavanderia en la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey' sita en C/Chapinería nº2, en Toledo y gestionada por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, en adelante la Fundación o entidad contratante. Asimismo el presente pliego constituye un documento de referencia básica para la prestación de los servicios que siempre se realizará de acuerdo a la normativa vigente y con la finalidad de redundar en el mayor bienestar posible y mejor calidad de vida de las personas residentes. Dichos servicios se prestarán conforme a lo establecido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y, en consonancia con éstas, a las directrices provenientes directamente de la Dirección de la Residencia, que vendrán determinadas e instruidas en última instancia por la Dirección de la Fundación. ## 2. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA RESIDENCIA COMUNITARIA La Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey', para la atención especializada a personas con trastorno mental grave, cuenta con un total de 60 plazas en régimen residencial. La Residencia Comunitaria (Hospital del Rey) es un Centro Sociosanitario de carácter residencial que, desde el modelo de la rehabilitación psicosocial y la recuperación, ofrece alojamiento, manutención, cuidado, y actividades para la mejora de la autonomía personal y social y la inclusión comunitaria a personas con trastorno mental grave, que precisan de un sistema intensivo de apoyos profesionales al no contar con apoyo social y familiar y/o que debido a su grado de deterioro psicosocial requieren del apoyo personal y social desde este tipo de dispositivos. Este tipo de dispositivos son abiertos, flexibles y tienen la capacidad de ofrecer apoyo profesional especializado en rehabilitación psicosocial de manera intensiva 24 horas los 365 días del año . En ellas se garantizará y fomentará la implicación y participación activa de las personas residentes. La estancia en la Residencia es voluntaria. <!-- image --> <!-- image --> Este centro, cumplirá con los requisitos establecidos en la Orden de 18/11/2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se regulan los requisitos técnicos de los centros y servicios de atención a la salud mental. ## 2.1. UBICACIÓN Y ZONAS HABILITADAS La Residencia comunitaria está ubicada en el casco histórico de Toledo, ofreciendo un entorno urbano, bien comunicado y accesible con todo tipo de servicios esenciales. El inmueble donde se ubica cuenta con una superficie total de 4.014,80 m² útiles distribuidos en 185,89 m² en sótano, 754,15 en semisótano, 1.009,26 m² en planta baja, 106,10 m² en entreplanta, 839,25 m² en planta primera, 780,51 m² en planta segunda, 98,61 m² en planta tercera. Asimismo se divide en las siguientes zonas: 1. Área de Dirección-administración: ubicada en la planta baja, semisótano y edificio anexo; contando con zona de recepción, zona de espera, sala de visitas, despacho de dirección, despacho de profesionales, sala de reuniones y aseos. 2. Área residencial: Distribuida en la primera y en la segunda planta, contando un total de 40 habitaciones, 20 dobles con baño y 20 individuales también con baño. Asimismo también cuenta con salas de estar en la planta baja, primera y segunda y con una zona exterior (terraza en segunda planta) 3. Área de atención especializada: distribuida en la planta semisótano, planta baja y edificio anexo. Se compone de sala de terapia ocupacional, salas polivalentes, depósito de medicamentos, baños hombres y mujeres, etc. 4. Área de servicios generales: distribuida en la planta baja, semisótano y sótano, contando con comedor, cocina, cámaras, almacenes, lavandería, plancha, lencería, cuarto de basura, vestuarios. ## 2.2. DESCRIPCIÓN DE DEPENDENCIAS Y SUPERFICIES La Residencia Comunitaria consta de planta sótano, planta semisótano, planta baja, planta baja-edificio anexo, entreplanta, entreplanta- edificio anexo, planta primera, planta primera- edificio anexo, planta segunda- edificio anexo, planta tercera, con la siguiente distribución por Áreas y dependencias: <!-- image --> <!-- image --> - -PLANTA SOTANO - -PLANTA SEMISOTANO - -PLANTA BAJA - -ENTREPLANTA - -PLANTA PRIMERA - -PLANTA SEGUNDA - -PLANTA TERCERA - -PLANTA BAJA-EDIFICIO ANEXO - -ENTREPLANTA- EDIFICIO ANEXO - -PLANTA PRIMERA- EDIFICIO ANEXO - -PLANTA SEGUNDA- EDIFICIO ANEXO | PLANTA SOTANO | SUPERFICIE UTIL M² | |--------------------------------------|----------------------| | ZONA DE ALMACÉN | 33,02 | | VESTUARIO 1 | 20,58 | | VESTUARIO 2 | 14,04 | | GRUPO OXIGENO | 7,95 | | GRUPO DE AGUA | 8,86 | | GRUPO ELECTRÓGENO | 4,79 | | OTRAS INSTALACIONES | 46,21 | | DISTRIBUIDORES, PASILLOS Y ESCALERAS | 50,44 | | TOTAL SUP. ÚTIL SÓTANO | 185,89 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA SOTANO | 335,66 | | PLANTA SEMISOTANO | SUPERFICIE UTIL M² | | ALMACEN Y ASEO | 20,71 | | ELIMINACIÓN DE RESIDUOS | 9,45 | | PLANCHADO | 16,69 | | ROPA SUCIA LAVADO Y SECADO | 37,11 | | COCINA | 71,96 | | CAMARAS | 17,98 | | CONTROL DE ACCESO | 29,84 | | DESPACHO 1 | 17,38 | | DESPACHO 2 | 17,42 | | CENTRO TRANSFORMACION | 21,95 | | CUADRO ELÉCTRICO BAJA TENSIÓN | 2,88 | <!-- image --> <!-- image --> | GRUPO DE INCENDIOS | 5,25 | |-----------------------------------------------|--------------------| | AREA DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS | 223,58 | | ASEOS | 19,79 | | ALMACENES | 63,90 | | ACCESO, DISTRIBUIDORES, PASILLOS Y ESCALERAS | 170,83 | | OTRAS INSTALACIONES | 7,43 | | TOTAL SUP. UTIL SEMISOTANO | 754,15 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA SEMISOTANO | 1.182,39 | | PLANTA BAJA | SUPERFICIE UTIL M² | | SALA REUNIONES | 26,58 | | SALA DE VISITAS | 8,40 | | SALA POLIVALENTE | 53,97 | | SALA TERAPIA OCUPACIONAL | 69,36 | | SALA ESTAR | 19,28 | | SALA DE ESTAR (PATIO CUBIERTO) | 193,72 | | COMEDOR | 126,36 | | DESPACHO ADMINISTRACIÓN | 17,23 | | DESPACHO POLIVALENTE | 36,61 | | DESPACHO DIRECCIÓN | 24,76 | | DESPACHO ATENCION RESIDENCIAL | 21,42 | | DESPACHO ENFERMERÍA | 22,92 | | DESPACHO ATENCIONES | 12,69 | | ASEOS | 26,28 | | ALMACÉN | 2,39 | | ARCHIVO | 8,49 | | ACCESOS, DISTRIBUIDORES, PASILLOS Y ESCALERAS | 338,25 | | TOTAL SUP. UTIL BAJA | 1.008,71 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA BAJA | 1.181,83 | | ENTREPLANTA | SUPERFICIE UTIL M² | | DISPONIBLE | 44,25 | | DESPACHO | 10,73 | | OFICINA | 43,27 | | ESCALERA | 6,37 | | ARCHIVO | 1,48 | | TOTAL SUP. UTIL ENTREPLANTA | 106,1 | <!-- image --> <!-- image --> | TOTAL SUP. CONSTRUIDA ENTREPLANTA | 124,26 | |--------------------------------------|--------------------| | PLANTA PRIMERA | SUPERFICIE UTIL M² | | 19 HABITACIONES DE 14,96 A 24,89 | 369,97 | | 20 BAÑOS DE 4,01 A 4,90 | 86,12 | | ASEOS PLANTA | 28,77 | | CONTROL | 5,7 | | DESPACHO | 10,73 | | SALAS DE ESTAR | 42,72 | | ARCHIVO | 1,48 | | DISTRIBUIDORES, PASILLOS Y ESCALERAS | 293,76 | | TOTAL SUP. UTIL PL. PRIMERA | 839,25 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA PL. PRIMERA | 1.176,77 | | PLANTA SEGUNDA | SUPERFICIE UTIL M² | | 21 HABITACIONES DE 14,77 A 20,75 | 333,51 | | 21 BAÑOS DE 4,00 A 4,90 | 104,67 | | ASEO DE PLANTA | 15,9 | | ESTAR | 30,95 | | CUARTO DE MÁQUINAS | 2,34 | | CONTROL | 11,26 | | ALMACÉN | 5,23 | | TERRAZAS | 37,58 | | DISTRIBUIDORES, PASILLOS Y ESCALERAS | 239,07 | | TOTAL SUP. UTIL PL. SEGUNDA | 780,51 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA PL. SEGUNDA | 1.023,36 | | PLANTA TERCERA | SUPERFICIE UTIL M² | | OFICIO | 45 | | ASEO | 4,31 | | DISTRIBUIDOR Y PASILLOS | 18,69 | | INSTALACIONES | 30,61 | | TOTAL SUP. UTIL PL. TERCERA | 98,61 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA PL. TERCERA | 129,48 | | EDIFICIO ANEXO | SUPERFICIE UTIL M² | | PLANTA BAJA | 68,26 | <!-- image --> <!-- image --> | ENTEPLANTA | 62,72 | |--------------------------------------|---------| | PRIMERA PLANTA | 62,05 | | SEGUNDA PLANTA | 47,97 | | TOTAL SUP. UTIL EDIFICIO ANEXO | 241 | | TOTAL SUP. CONSTRUIDA EDIFICIO ANEXO | 313,37 | | TOTAL SUP. UTIL EDIFICIO | 4.014,80 | |--------------------------------|------------| | TOTAL SUP. CONSTRUIDA EDIFICIO | 5.467,12 | ## 3. MEDIOS PERSONALES, RECURSOS HUMANOS NECESARIOS La empresa adjudicataria contará con el personal necesario, para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería, a efectos de garantizar la prestación efectiva y de calidad de los servicios todos los días del año conforme a las particularidades de los servicios. Según cada caso se podrá organizar en turnos de mañana, tarde. El adjudicatario instrumentará las sustituciones oportunas en orden a respetar las disposiciones referentes a los descansos semanales, permisos, licencias, vacaciones y demás que pudieran corresponder en derecho a las personas trabajadoras, sin que ello suponga en ningún caso, menoscabo en el régimen de jornada y horarios. Respecto de la prestación de los servicios contratados y el personal adscrito a los mismos, la empresa adjudicataria asumirá las siguientes obligaciones: -  Designará como persona responsable de los servicios contratados a un profesional debidamente cualificado para la organización y coordinación de todos los servicios, que será asimismo el único interlocutor válido en las relaciones entre la empresa adjudicataria y la Dirección de la Residencia, manteniendo reuniones de coordinación para el seguimiento del contrato con una frecuencia mínima trimestral, o cuantas veces sea necesaria dada la prestación de los servicios. -  Instrumentará las sustituciones y turnos oportunos en orden a respetar las disposiciones referentes a los descansos semanales, permisos, licencias, vacaciones y demás que pudieran corresponder en derecho a los/as trabajadores/as, sin que ello suponga en ningún caso, menoscabo en el régimen de jornada y horarios y prestación del servicio según se dispone en el presente Pliego. La empresa adjudicataria entregará a la Dirección de la Residencia antes de la finalización del mes, y con carácter mensual la planilla de trabajo del personal que presta los servicios en el centro y de aplicación al mes siguiente, requiriendo autorización expresa de la <!-- image --> <!-- image --> Dirección para cualquier modificación horaria, nominal o de cualquier otra índole que deberá presentarse por escrito. Asimismo, la empresa adjudicataria habilitará el procedimiento que estime más conveniente, con el fin de informar mensualmente sobre plantilla, ausencias y sustituciones que realice, así como las ausencias de personal no justificadas, la inobservancia del horario etc. -  Las ausencias de personal no justificadas, así como la inobservancia del horario se pondrán en conocimiento de la Dirección de la Residencia, y darán lugar al correspondiente descuento en facturación, por importe de las horas no trabajadas. -  La empresa adjudicataria está obligada a sustituir la totalidad de las ausencias de los trabajadores adscritos a los servicios objeto de este pliego. De no ser así, será entendido como incumplimiento del contrato firmado con la Fundación. -  La empresa adjudicataria deberá uniformar por su cuenta a todo el personal durante las horas en que se realice el servicio, debiendo ir provisto permanentemente de un distintito de identificación colocado en lugar visible, con su nombre y categoría profesional. -  El personal contratado deberá contar con suficiente y acreditada experiencia profesional, para el desempeño de sus funciones. -  Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, por lo que estará obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de conciliación de la vida familiar y laboral y de Seguridad Social, de seguridad e higiene en el trabajo y de Prevención de Riesgos Laborales respecto del personal por él contratado, sin que el mismo tenga ningún tipo de vinculación laboral con la Dirección de la Residencia ni con la Fundación. -  La empresa adjudicataria deberá garantizar que el personal encargado de la prestación de los servicios realice sus funciones con un escrupuloso respeto por la intimidad y los derechos de las personas residentes. Cuando el personal no procediera con la debida profesionalidad, trato, corrección, o fuese poco cuidadoso en el desempeño de su cometido, se podrá exigir al adjudicatario la sustitución del mismo. -  La entidad adjudicataria se responsabilizará totalmente por los daños causados a personas o bienes propiedad de la Residencia, directa o indirectamente por sus empleados y en especial los ocasionados por negligencia, imprudencia o dolo. -  También se responsabilizará de las sustracciones de cualquier material, valores y efectos, que quede probado ha sido efectuado por su propio personal. <!-- image --> <!-- image --> -  La empresa adjudicataria garantizará la existencia de programas formativos en aquellas materias propias del desempeño de las tareas profesionales y/ lo que conlleva esta formación respecto al uso de material específico para el personal contratado, siendo obligatoria la formación en materia de prevención de riesgos laborales. -  Todo el personal a cargo del adjudicatario que tenga relación directa o indirecta con la prestación de la atención a las personas residentes prevista en este Pliego, guardará secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer público o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. -  La empresa adjudicataria se comprometen expresamente al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. -  La empresa adjudicataria deberá favorecer el desarrollo del Plan de evacuación y emergencias que la Fundación estipula para la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey según la normativa vigente en la materia y bajo la supervisión y en coordinación con las directrices de la Direccion de la Residencia. Asimismo, la empresa adjudicataria debe garantizar las medidas pertinentes en materia de prevención de riesgos laborales, desde la coordinación de actividades con la citada Fundación. ## 4. MEDIOS MATERIALES E INSTALACIONES ## 4.1. En cuanto a Instalaciones: El adjudicatario tendrá a su disposición los locales, instalaciones y mobiliario necesario para la puesta en marcha de los servicios, que deberán ser conservados adecuadamente, corriendo de su cuenta el mantenimiento y reparación de los mismos en un plazo no mayor a 30 días y sin que generen ningún derecho real a favor del adjudicatario. Si por la naturaleza de la reparación requiriera un plazo superior, éste deberá ser debidamente comunicado y justificado por escrito a la Dirección de la Residencia para su aprobación. Al finalizar el contrato, el adjudicatario deberá abandonar los locales y devolver cuanto hubiera recibido en perfecto estado de uso y funcionamiento. Los daños que el personal pudiera ocasionar en el mobiliario e instalaciones, serán indemnizados por cuenta del adjudicatario, pudiendo optar la Fundación por detraer su coste del importe de las facturas que presente. Las mermas que pudieran existir serán valoradas a precio de reposición. <!-- image --> <!-- image --> El adjudicatario no podrá realizar obras en los locales sin permiso expreso de la Fundación. En el supuesto de que se acordara alguna reforma, ésta quedaría a beneficio de la Residencia sin derecho alguno a indemnización. Asimismo, tampoco podrá llevar a cabo tareas de mantenimiento de la maquinaria, objeto de inventario del presente contrato, sin permiso expreso de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha. El uso del inmueble y de los demás bienes entregados por la Fundación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería no generará ningún derecho a favor del adjudicatario, que deberá realizar un uso adecuado , corriendo de su cuenta el mantenimiento y reparación de los mismos en el caso de que sufran desperfectos derivados de un mal uso de los profesionales adscritos al servicio. A estos efectos la Fundación podrá detraer la compensación procedente del importe de las facturas que presente el contratista. Será obligación de la empresa adjudicataria reponer el material fungible del servicio en la medida de la necesidad surgida respecto a tiempo, cantidad y aplicabilidad de los productos, evitando la merma del servicio. ## 4.2. En cuanto al material o productos de limpieza: Todos y cada uno de los productos de limpieza, lavandería y desinfección necesarios para la prestación de los servicios, así como todos los utensilios y artículos que se empleen en cualquier circunstancia, serán suministrados por la empresa adjudicataria y su coste se entenderá incluido en el presupuesto de licitación. Será por cuenta del adjudicatario el material de consumo y reposición necesario para la prestación continuada de los servicios, y en concreto de aseos y cuartos de baño, tales como papel higiénico o toallas de papel y jabón, ambientadores, dispensadores de papel, etc… cuyos remanentes quedarán en propiedad de la Residencia a la finalización del contrato. Los materiales y útiles deberán ser suministrados con la calidad y en cantidad suficiente para servir al fin y obtener los resultados óptimos en cada uno de los servicios, pudiendo la Dirección de la Residencia supervisar y señalar las deficiencias que en este sentido supongan un menoscabo en el resultado final de los trabajos y el servicio a las personas usuarias. Todos los materiales y útiles que aporte la empresa para la prestación de los servicios estarán de acuerdo a la normativa vigente en materia de Salud Laboral y específicamente se seguirán las prescripciones del artículo 41 (Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores) de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. No estará permitido el uso de productos para el servicio de limpieza y lavandería, que no siga la norma vigente para este tipo de servicio y que su ficha técnica deberá constar en el proyecto técnico presentado para la licitación de la presente contratación. <!-- image --> <!-- image --> ## 4.3. En cuanto a la maquinaria. La empresa adjudicataria pondrá a disposición de la Residencia la maquinaria necesaria para la prestación de los servicios que no se encuentre disponible en la misma, siendo por cuenta de la empresa adjudicataria las reparaciones y reposición de cualquiera de los equipamientos con las mismas características que los originarios. El plazo de reparación y reposición se establece en un periodo no mayor a 30 días y sin que generen ningún derecho real a favor del adjudicatario. Si por la naturaleza de la reparación requiriera un plazo superior, éste deberá ser debidamente comunicado y justificado por escrito a la Dirección de la Residencia para su aprobación. En todo caso, la empresa adjudicataria habrá de sustituir con carácter inmediato y en un plazo no superior a 5 días naturales, la maquinaria afectada a fin de garantizar la prestación y continuidad del servicio o bien plantear alternativas temporales de solución hasta la solución definitiva de la reparación en un plazo no superior a 1 mes. Todos y cada uno de los utensilios y materiales que se empleen en cualquier circunstancia, incluidos aquellos necesarios para las pequeñas reparaciones de mantenimiento vinculados a la maquinaria como pequeño fungible (bombillas, pilas, tornillos, cables, enchufes, etc.) serán suministrados por la empresa adjudicataria y su coste se entenderá incluido en el presupuesto de licitación En este sentido, deberá comunicarse a la Dirección de la Residencia cualquier gasto extraordinario que la empresa necesite realizar y pretenda trasladar a la Residencia, gasto que no será abonado sin la previa autorización expresa de la Dirección de la Residencia y la Fundación. Toda la maquinaria estará de acuerdo a la normativa actualmente vigente en materia de Salud Laboral y específicamente se seguirán las prescripciones del artículo 41 (obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores) de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y contará con el Certificado CE, así como el listado de las revisiones reglamentarias que en cada caso corresponda. El uso del inmueble y de los demás bienes entregados por la Fundación para la prestación de los servicios de limpieza y lavandería no generará ningún derecho a favor del adjudicatario, que deberá realizar un uso adecuado , corriendo de su cuenta el mantenimiento y reparación de los mismos en el caso de que sufran desperfectos derivados de un mal uso de los profesionales adscritos al servicio. A estos efectos la Fundación podrá detraer la compensación procedente del importe de las facturas que presente el contratista. <!-- image --> <!-- image --> Al finalizar el Contrato, el adjudicatario deberá abandonar los locales y devolver cuanto hubiera recibido en uso en correcto estado de funcionamiento. Las mermas que pudieran existir serán valoradas a precio de reposición. ## 5. SUMINISTROS La Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha correrá con los gastos de los suministros que sean utilizados en los locales necesarios para la prestación de los servicios, tales como agua, gas, gasoil, oxígeno y energía eléctrica. El adjudicatario deberá hacer un uso adecuado de los mismos y destinar única y exclusivamente el consumo para prestar el servicio a la Residencia Comunitaria. ## 6. LIMPIEZA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS Será obligación de la empresa adjudicataria la limpieza de todos los espacios, enseres y utensilios que se utilicen para la prestación de los servicios y para ello realizarán las siguientes gestiones y controles. En cuanto a la Gestión de residuos el Adjudicatario deberá trasladar los residuos hasta el lugar que se indique para su futura evacuación, de acuerdo a la normativa vigente sobre clasificación de residuos. En este sentido, el Adjudicatario facilitará un Plan de clasificación de residuos generados en la propia Residencia (cartón, plástico, orgánico, aceites, etc.). Si algún residuo no fuese asimilable a urbano adoptarán las medidas necesarias para que el mismo sea retirado por el gestor de residuos autorizado. Las bolsas u otros recipientes necesarios para la retirada de los mismos serán por cuenta del Adjudicatario. Las bolsas deberán ser opacas y con la resistencia adecuada. Este servicio llevará incluida la gestión y retirada de residuos sanitarios y objetos punzantes, de acuerdo con la normativa vigente aplicable, si los hubiere. El recipiente contenedor para la retirada de los residuos será aportado por la entidad adjudicataria incluyendo aquéllos de carácter sánico, en la medida en la que se necesite según el desarrollo de la atención a las personas . La limpieza y desinfección, así como los materiales necesarios para llevarla a cabo, correrán por cuenta del adjudicatario, quien deberá mantener el nivel de higiene óptimo, exigible en un centro residencial. Corresponderá al adjudicatario el traslado de los residuos hasta el lugar que se indique para su evacuación, así como la recogida de residuos especiales y/o peligrosos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Asimismo, los costes que se originen por el traslado de los residuos serán por cuenta del Adjudicatario. Dichos traslados se realizarán con la frecuencia y el horario establecidos. <!-- image --> <!-- image --> ## 7. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO El control y seguimiento de la prestación de los servicios contratados serán realizados, al menos, trimestralmente en coordinación con el Responsable del Contrato y el Interlocutor de la empresa adjudicataria. Para tal fin, se mantendrán reuniones de coordinación donde podrán efectuase las inspecciones, controles o determinaciones analíticas que se consideren convenientes para detectar cualquier tipo de alteración en la prestación de los servicios objeto del presente contrato, así como establecer el plan de medidas correctoras que sean necesarias. De todo lo expuesto se emitirá un Acta que será firmada/aceptada de manera expresa por ambos responsables del Contrato. ## 8. CARACTERISTICAS ESPECÍFICAS DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO ## 8.1. SERVICIO DE LIMPIEZA El servicio de limpieza se prestará todos los días del año , en turnos de mañana y tarde. Fuera del horario de presencia obligada, la entidad adjudicataria fijará y garantizará en su oferta, un sistema de atención permanente de urgencias e imprevistos, propio o contratado, con guardia localizada en todo momento. ## 8.1.1. Obligaciones del adjudicatario y características del servicio Este servicio englobará la limpieza de todas las dependencias de la Residencia; y comprenderá las obligaciones que se detallan en los puntos siguientes: - -Se exigirá la limpieza, mantenimiento, frecuencia de fregado y tratamiento específico de suelos de madera (abrillantado, si es el caso, trimestral) y otros tratamientos que garanticen el perfecto estado de conservación de todas las dependencias. - -Para la limpieza de pavimentos de terrazo se empleará jabón neutro y para su desinfección temporal amonios cuaternarios o similares. Los pavimentos especiales (tales como maderas, suelos sintéticos, etc.) se limpiarán diariamente y se desinfectarán semanalmente con productos adecuados. - -La limpieza de mesas de despacho, archivadores, etc. (salvo la del mobiliario de madera, que se realizará con productos adecuados para la limpieza de la madera), se efectuará mediante paño húmedo y secado posterior. <!-- image --> <!-- image --> - -Se exigirá, mediante la supervisión de la persona encargada, la escrupulosa limpieza y desinfección de inodoros y duchas con productos específicos y apropiados para ello una vez al día de forma ordinaria, más todas las ocasiones que a juicio de la dirección se considere necesario cuando se produzcan circunstancias que así lo precisen. En los espacios de uso común, la frecuencia se aumentará por orden de Dirección según la necesidad surgida. - -Se procederá a la instalación y mantenimiento de unidades higiénicas y bacteriostáticos en los aseos de uso común de señoras. Asimismo, se procederá a la instalación y conservación de bacteriostáticos en los aseos de uso común de caballeros. La ubicación de los aparatos citados será decidida por la Dirección de la Residencia. - -Se especifica, asimismo, que se exigirá el empleo de productos ambientadores. - -Será de carácter general el desempolvado de zócalos, reposapiés y pasamanos, puertas y paredes (puntos de luz, extintores y mangueras contra incendios), techos (puntos de megafonía, rejillas, y oquedades). - -Limpieza de accesos y zonas exteriores pertenecientes al centro. - -Limpieza y retirada de excrementos de aves. - -Limpieza de cristales, espejos, mamparas, etc. - -Limpieza general con paño húmedo y productos para la madera, en su caso, de habitaciones (camas, armarios, sillas y butacas). - -La limpieza comprenderá aquellos trabajos no regulares que se produzcan con motivos de actos o celebraciones en los que afecte a la limpieza de locales y movimiento o limpieza extra de mobiliario. - -Todos los productos utilizados en los trabajos objeto del presente contrato serán por cuenta de la entidad adjudicataria. Estos deberán ser de buena calidad, no decolorantes, corrosivos ni deslizantes; debiendo utilizarse productos no nocivos para la salud y autorizados por la autoridad competente y provistos de los correspondientes registros sanitarios. Se deberán entregar las fichas de seguridad a la Dirección de la Residencia, de cada uno de estos productos. - -La entidad adjudicataria también deberá suministrar y reponer los productos, tales como gel de manos, papel higiénico, papel secamanos, etc. <!-- image --> <!-- image --> - -La entidad adjudicataria, habrá de elaborar un Plan de Gestión de todos los Residuos generados en la Residencia, y un Plan de DDD, que habrá de contar con la aprobación de la Dirección de la Residencia, en el que se especificarán acciones de coordinación y colaboración con el resto de lotes y servicios. - -El traslado de los residuos hasta el lugar que se indique para su evacuación, así como la recogida de residuos especiales y/o peligrosos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Dicho traslado se realizará con la frecuencia y el horario establecidos: -  Proceder de forma aséptica al traslado de basura y materiales reciclables a los puntos de recogida establecidos. -  Este servicio llevará incluida la gestión y retirada de residuos sanitarios y objetos punzantes, de acuerdo con la normativa vigente aplicable. El recipiente contenedor para la retirada de los residuos será aportado por la entidad adjudicataria. Se entregará en cada retirada la documentación reglamentariamente establecida a la Dirección de la Residencia. - -Igualmente las herramientas y maquinarias necesarias para la realización del servicio correrán a cargo del adjudicatario. Deberán cumplir con las normas de seguridad e higiene en el trabajo para con su personal así como para las personas usuarias de la Residencia y además deberán ser utilizadas por el profesional competente y debidamente formado en su uso. En todo caso se velará por el empleo de instrumentos de calidad y específicos para las tareas de limpieza y desinfección. - -La maquinaria a aportar deberá contar además con el Certificado CE, así como el listado de las revisiones reglamentarias según la legislación vigente que le es de aplicación. - -La entidad adjudicataria se hará cargo de la reparación en caso de producirse un deterioro por el uso de productos de limpieza inadecuados. - -Según establezca la Dirección de la Residencia, puede darse el caso, de que sea el personal de limpieza el encargado del apoyo de la limpieza de la habitación o espacios comunes, hechuras de camas y cambio de ropa de los residentes para favorecer su autonomía. En este caso, la actividad de limpieza se llevará a cabo con productos de uso doméstico suministrados por la entidad adjudicataria - -Las características especiales de la Residencia hace necesario la existencia de personal especializado en limpieza de cristales así como el material y maquinaria adecuada. <!-- image --> <!-- image --> - -Por decisión de la Dirección de la Residencia y de acuerdo con la evolución de las necesidades, podrán modificarse las condiciones o frecuencia de la limpieza. ## 8.1.2. Frecuencia del servicio La Residencia se limpiará diariamente con el cuadro de frecuencias que se describe a continuación. No obstante, la entidad debe atender con la urgencia necesaria las necesidades especiales que puedan surgir dadas las características de los usuarios de la misma. El servicio normal de habitaciones se realizará por regla general entre las 9,30 horas y las 13,30 h. de la mañana. ## CUADRO DE FRECUENCIAS | LIMPIEZA DE HABITACIONES | DIARIO | 2 VECES SEMANA | SEMANAL | QUINCENAL | SEMESTRAL | |--------------------------------------------------------|----------|------------------|-----------|-------------|-------------| | 1.- Barrer y fregar suelos | X | | | | | | 2.- Barrido, fregado y desinfectado del cuarto de baño | X | | | | | | 3.-Vaciado de papeleras. | X | | | | | | 4.- Hacer la cama 1 | X | | | | | | 5.- Cambio de sábanas 2 | | X | | | | | 6.- Ropa de cama (mantas, colchas) 3 | | | | | X | | 7.- Limpiar el polvo | | X | | | | | 8.- Recogida de la ropa sucia | X | | | | | | 9.- Limpieza de los cristales | | | | X | | | 10.- Lavado de cortinas | | | | | X | | 11.- Limpieza de puertas y marcos. | | X | | | | | 12.- Limpieza poyetes exteriores | | | X | | | ## FRECUENCIA DE DISTRIBUCION 2 VECES AL DIA: 2D QUINCENAL: Q DIARIO: D MENSUAL: M DIAS ALTERNOS: DA TRIMESTRAL: T SEMANAL: S SEMESTRAL: SM <!-- image --> <!-- image --> | DISTRIBUCION | BARRIDO SUELO | FREGADO SUELO | PAPELERAS | MUEBLES DESEMPOLVADO | |--------------------------------------|-----------------|-----------------|-------------|------------------------| | 1. PLANTA SOTANO, SEMITÓTANO Y BAJA | | | | | | 1.1.- Salas programas / polivalentes | 2D | 2D | 2D | D | | 1.2.- Sala de visitas | 2D | D | 2D | D | | 1.3.- Despachos profesionales | D | D | D | D | | 1.4.- Aseos | 2D | 2D | D | D | | 1.5.- Comedor | D | D | D | D | | 1.6.- Sala de reuniones | D | D | D | D | | 1.7.- Cocina | D | D | D | D | | 1.8.- Almacén/Despensa | D | D | S | S | | 1.9.-Sala de Calderas | Q | Q | | Q | | 1.10.- Lavandería | D | D | D | D | | 1.11.- Vestuarios | D | D | D | D | | 2.- PLANTA 1ª | | | | | | 2.1.- Baño | D | D | D | D | | 2.2.- Salas de Estar | D | D | D | D | | 2.3.- Control Planta | D | D | D | D | | 2.4.- Almacenes | S | S | S | S | | 3.- PLANTA 2ª | | | | | | 3.1.- Sala de Estar | D | D | D | D | | 3.2.- Control Planta | D | D | D | D | | 3.3.-Almacén Planta | S | S | S | S | | 3.4.- Baño | D | D | D | D | | 4.- ZONAS COMUNES | | | | | | 4.1.- Pasillos | D | D | D | D | | 4.2.- Escaleras | D | D | D | D | | 4.3.- Ascensores | D | D | D | D | | 4.4.- Cuarto de Ascensores | Q | Q | Q | Q | | 4.5.- Terrazas | 2D | 2D | 2D* | - | | 5.- EDIFICIO ANEXO | | | | | | 4.1.- Despachos | D | D | D | D | | 4.2.- Aseos | D | D | D | D | | 4.3.- Ascensores | D | D | D | D | | 4.4.- zonas comunes | D | D | D | D | | 4.5.- Terraza | S | | | | | 5.6.- Escaleras | D | D | D | D | <!-- image --> <!-- image --> ## *Vaciado de ceniceros ## DATOS COMPLEMENTARIOS DE LA PERIODICIDAD 1. Durante los turnos de mañana y tarde habrá siempre una persona trabajadora para cualquier requerimiento dentro de sus funciones de limpiadora o limpiador. 2. Se contará con personal específico para la limpieza de cristales , dadas las especiales características de la Residencia en cuanto a ventanas altas, techo lucernario, etc… 3. La limpieza de los techos se hará una vez al año. 4. La limpieza de todos los suelos de la Residencia se hará diariamente mediante fregado o mopa según las necesidades de mantenimiento del material de los mismos. 5. La limpieza de recepción se hará por las mañanas y tardes. Los cristales de las puertas de entrada se limpiarán diariamente por ambas caras, así como los de paso habitual: despachos, lucernario y comedor. 6. Los poyetes de todas las zonas comunes se limpiarán con frecuencia semanal. 7. Lavado de cortinas de zonas comunes con una periodicidad semestral ## 8.1.3. Personal El Servicio de Limpieza se prestará de lunes a domingo garantizando las necesidades del servicio en el recurso con la siguiente distribución: De lunes a domingo: 4 personas en jornada completa (en turno de mañana). De lunes a domingo: 2 personas en jornada completa (en turno de tarde). ## 8.1.4. Servicios de desinfección, desinsectación y desratización (DDD) El adjudicatario del servicio de limpieza será el encargado de la ejecución de los servicios de desinfección, desinsectación y desratización (DDD) de la totalidad de la Residencia conforme al Plan elaborado por la entidad adjudicataria y aprobado por la FSCLM. En dicho Plan se recogerá la periodicidad que, en cualquier caso, al menos deberá aplicarse con carácter trimestral y deberá ajustarse a la normativa vigente para el tipo de centros y sus usuarios, avisándose su aplicación con tiempo suficiente para impedir que trastornen el buen funcionamiento de la Residencia. Asimismo habrá de recoger las actuaciones puntuales y específicos a realizar ante la posible aparición de una plaga. <!-- image --> <!-- image --> ## 8.2. SERVICIO DE LAVANDERIA ## 8.2.1. Obligaciones del adjudicatario y características del servicio El servicio de lavandería, clasificación, repasado, planchado, y cuidado de ropa se realizará de lunes a sábados en jornada de mañana. No obstante, se mantendrá un servicio mínimo para casos urgentes fuera de este horario, a petición de la Dirección de la Residencia. La empresa adjudicataria será también la responsable de realizar los arreglos de costura de las prendas de los usuarios y de la Residencia. El contratista tendrá la obligación de realizar un uso adecuado y de efectuar las reparaciones y mantenimiento del equipo inventariable, así como de reponer el material fungible, tanto de limpieza como de lavandería y costura. Igualmente estará obligada a realizar los gastos de material necesarios para las reparaciones de mantenimiento. De los daños que el personal pudiera ocasionar en las distintas prendas de vestir y ropa en general, la Fundación podrá exigir indemnización a la entidad adjudicataria. Esta indemnización consistirá en la reposición de las prendas deterioradas por otras de igual valor o por el importe del gasto que le haya generado a la Residencia o al usuario la compra de una nueva de características lo más similares posible Los materiales a emplear en los servicios de lavandería serán por cuenta del contratista, debiendo procurar que en todo momento se disponga de los productos necesarios que garanticen la buena calidad del servicio. El coste de los mismos está incluido en el presupuesto de licitación. Al inicio del contrato, la entidad adjudicataria entregará un listado de los productos y/o proveedores, que deberá atender a los criterios de máxima calidad y a la normativa aplicable vigente. La Fundación pondrá a disposición del contratista maquinaría para la prestación de este servicio y asumirá los gastos de agua, alumbrado y energía necesaria para el funcionamiento del mismo. Los procedimientos de lavado deberán ajustarse a la tipología de las prendas a fin de garantizar su higiene y conservación. A tal objeto deberán lavarse independientemente toda la ropa que así lo precise. La recogida de ropa sucia se realizará por las mañanas y tardes en el lugar/lugares designados, y siguiendo las indicaciones de la Dirección de la RC respecto a las necesidades individuales de las personas residentes. La entrega de ropa limpia deberá ser ordenada y depositada en las habitaciones, armarios y servicios que corresponda, siendo embolsada y etiquetada la que corresponda a cada usuario. <!-- image --> <!-- image --> El lavado de lencería (mantelería, mantas, edredones, almohadas, cortinas, sábanas, toallas), se realizará fuera de las dependencias de la Residencia, al no existir en la misma la maquinaria necesaria para una adecuada realización del trabajo, correspondiendo entonces a la entidad adjudicataria la recogida de la ropa en la Residencia y posterior transporte de dicha lencería al lugar donde se proceda a su lavado, así como los costes que ello genere y devolverlo en el plazo que se determine a la Residencia para su posterior uso. Asimismo, se deberá hacer un reporte de la lencería en su salida y entrada de la RC, a cargo de la adjudicataria, con el fin de hacer un seguimiento de stock. En caso de rotura de stock, vinculado al servicio de lavandería por falta de lencería o deterioro por lavado inadecuado, la reposición de la misma correrá a cargo de la empresa adjudicataria. Según establezca la Dirección de la Residencia, puede darse el caso, de que sea el personal de lavandería el encargado del apoyo del lavado y planchado de ropa para favorecer la autonomía de los residentes. Esta actividad se desarrollaría con lavadoras y secadoras de uso doméstico facilitadas por la FSCLM, igual que el resto de la maquinaria. No obstante, los productos empleados para el desarrollo de la actividad (detergente, suavizante, antical, etc.) serán suministrados por la entidad adjudicataria. La Fundación renovará, a su cargo, la ropa de uso común (toallas, sábanas, manteles, servilletas y demás lencería) deteriorada por el uso normalizado de las personas residentes, propiedad de la Residencia. En caso de que el deterioro sea motivado por un lavado inadecuado respecto a las temperaturas del mismo o uso de productos inadecuados, la renovación correrá a cargo del contratista. ## 8.2.2. Frecuencia del servicio Con carácter general las sábanas y toallas se cambiarán dos veces por semana y siempre que exista causa justificada, a criterio de la dirección del centro, esta frecuencia podrá incrementarse. Los manteles, servilletas y ropa de cocina se cambiarán diariamente. Las prendas de vestir interiores (calcetines, camisas y prendas íntimas) se lavarán diariamente y el resto de ropa de vestir de calle con la periodicidad que se requiera, teniendo en cuenta si fuera posible el criterio de los usuarios, utilizando para ello los productos y sistemas de limpieza adecuados a cada prenda. Las cortinas, mantas, y otros elementos textiles o decorativos se limpiarán con la periodicidad previamente establecida, con los productos y sistema de limpieza adecuado a cada prenda. Se atenderá igualmente la limpieza de elementos de vestido y/o uso privado de residentes (calzado, ayudas técnicas, gafas, sombreros… etc.), siempre que la situación del residente así lo requiera. <!-- image --> <!-- image --> Las prendas se trasladarán a la lavandería para el lavado, planchado y repaso, reponiéndose, salvo incidencia, en los dos días siguientes. Desde la Residencia se establecerá un calendario ajustado para la retirada que no interfiera en el servicio de atención a los residencies. Se tendrá especial cuidado en la identificación de las prendas de vestir de los residentes, que deberán estar etiquetadas con el nombre de la persona, a su incorporación al dispositivo, mediante un sistema de marcaje que garantice que la prenda permanecerá marcada durante la estancia del usuario en la Residencia. La adquisición de las etiquetas correrá a cargo de la entidad adjudicataria Con carácter previo al planchado y redistribución de la ropa se procederá a su repaso y a coser la que resulte deteriorada. ## 8.2.3. Personal El Servicio de lavandería se prestará de lunes a sábado, garantizando las necesidades del servicio en el recurso con la siguiente distribución: De lunes a sábado: 1 persona en jornada completa. ## 8.2.4. Maquinaria La maquinaria y/o útiles que la Fundación pone a disposición del adjudicatario y que actualmente dispone la lavandería es la siguiente: -  Mueble clasificación ropa de 66 casillas -  Mesa de planchado -  Plancha industrial -  2 Lavadoras industriales -  2 secadoras industriales -  Una pila de acero inoxidable -  2 carros para traslado de ropa -  2 carros ruedas para reparto de ropa -  1 burro para el colgado de ropa 9. COMPROMISO PLAN DE FORMACIÓN CONTINUADO PARA EL PERSONAL ADSCRITO AL CONTRATO La empresa adjudicataria, llevará a cabo un Plan de formación para el personal adscrito al Contrato y que será el siguiente: 'Compromiso de realización de horas anuales de formación para el personal que presta los servicios a la Residencia Comunitaria 'Hospital del Rey', objeto del contrato, por cada trabajador en alguno de los siguientes ámbitos': 20 <!-- image --> <!-- image --> - -Introducción a la salud mental, que incluirá, al menos los siguientes temas: conceptos básicos de salud mental, estigma y prejuicios: cómo afectan y cómo evitarlos. El rol del personal de servicios generales en la convivencia y bienestar en la Residencia. - -Atención a personas usuarias desde los servicios generales, que incluirá, al menos los siguientes temas: comunicación básica y respetuosa, escucha activa y manejo de situaciones cotidianas, detección de situaciones inusuales y comunicación con el equipo técnico, actitudes y conductas no estigmatizantes. - -Derechos, dignidad y trato ético a las personas : respeto a la intimidad, autonomía y diferencias culturales, actuaciones que pueden reforzar la autoestima, lenguaje no estigmatizante. - -Formación en materia de limpieza de edificios e instalaciones : poner lo que también puedas entender que esta formados sobre esto. - o Tratamiento de suelos según material - o Limpieza en altura: cristales ventanas, techo lucernario… Si es pertinente o si envían a profesionales formados específicamente - o Tratamiento de manchas resistentes en diferentes superficies - o Costura de prendas de vestido y otros textiles Este Plan ha de ser presentado anualmente a la Dirección de la Fundación quien podrá asesorar y sugerir los temas formativos más relevantes siempre que éstos estén contemplados en este criterio. Las propuestas de formación no afectaran a la prestación normal del servicio. El Plan de Formación será objeto de evaluación dentro de los criterios objetivos cuantificables, tal como se detalla en el apartado 17.3 del Anexo I Cuadro de Características del Pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP). ## 10. SITUACIONES DE EXCEPCIONALIDAD Debido al carácter residencial del recurso, pueden surgir situaciones sanitarias de aplicación de normativa específica de Salud Pública o Epidemiología. Estas situaciones se atenderán con carácter de urgencia y máxima prioridad por indicación de la Dirección de la RC. La normativa a aplicar podría ser de carácter directo con las personas residentes, con la organización del servicio o de carácter directo también a profesionales. En estos casos, es de obligación de la empresa adjudicataria mantenerse accesible y con una comunicación fluida con la RC, bien identificada en sus interlocutores y con una aplicación inmediata de las medidas indicadas por la Dirección de la RC según la normativa aplicada en la situación surgida de carácter excepcional. <!-- image --> <!-- image --> ## 11. COMPROMISO DE APORTACIÓN GRATUITA PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO/MATERIAL COMPLEMENTARIO (ÁREA DE LIMPIEZA Y LAVANDERÍA) Durante la vigencia inicial del contrato, la empresa adjudicataria podrá comprometerse a la adquisición e instalación, a su costa, de equipamiento, dispositivos o elementos complementarios destinados a la mejora de la funcionalidad y calidad de los servicios de limpieza y lavandería de la Residencia. Dichos elementos deberán estar directamente relacionados con las prestaciones objeto del contrato y podrán incluir, entre otros, equipos de lavandería, maquinaria o útiles de limpieza profesional. La elección y determinación de los elementos a adquirir por la contratista y a su costa corresponderá a la persona Responsable del Contrato por parte de la Fundación, atendiendo en todo caso a las necesidades de la Residencia y de las personas usuarias. Las cantidades comprometidas serán sin IVA, alcanzado el compromiso presentado durante el periodo de vigencia inicial del contrato. El material adquirido quedará en propiedad de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha al finalizar el Contrato, debiendo entregarse en perfecto estado de funcionamiento. El equipamiento que se estima oportuno es el siguiente: - -Hidrolimpiadora a presión - -Vaporeta - -Aspiradora convencional - -Aspiradora de húmedo y seco para tapicerías - -Otro equipamiento que por necesidades del servicio en el momento de la contratación se estimen. No obstante, del equipamiento referenciado, se podrá definir a petición de la Dirección de la Residencia, otro tipo de material, siempre que no supere el compromiso de gasto que haya ofertado la empresa licitadora en su oferta económica. Este compromiso de aportación de equipamiento/material complementario será objeto de evaluación dentro de los criterios objetivos cuantificables, tal como se detalla en el apartado 17.3 del Anexo I Cuadro de Características del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares (PCAP). ## 12. CONDICIONES LABORALES DEL PERSONAL DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA -  La empresa adjudicataria deberá cumplir las obligaciones y deberes establecidos en la normativa vigente y en los Convenios Colectivos de Trabajo, en especial en materia de subrogación de su <!-- image --> <!-- image --> personal. A tal efecto se adjuntará como Anexo el Convenio Colectivo en vigor, relación de profesionales que prestan servicios en la Institución, retribuciones del personal y cuanta información se considera necesaria para la formulación de la oferta. -  La empresa adjudicataria se compromete, en los tres primeros meses del contrato, a entregar los contratos de trabajo del personal adscrito a los servicios. -  El adjudicatario mantendrá, con respecto al personal que emplee en los servicios, todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de patrono a tenor de la legislación laboral y social actualmente vigentes, o que en lo sucesivo pueda promulgarse sin que pueda alegarse derecho alguno de dicho personal con relación a la FSCLM, ni exigirle a ésta responsabilidad de cualquier clase como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún cuando las incidencias que lo afecten sean por causas directas o indirectas del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. -  El adjudicatario se compromete a facilitar a la Dirección de la Residencia, antes de iniciar la prestación de servicio, la relación nominal de personas que van a prestar sus servicios con carácter permanente, así como fichas de cada uno que incluirá foto actualizada y como mínimo los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, antigüedad, horario de trabajo, contrato, etc. El personal aportado poseerá la suficiente formación para el trabajo encomendado. -  La Dirección de la Residencia valorará la aptitud del personal ofertado y una vez aceptada, el adjudicatario se compromete a no trasladarlo a ningún otro Centro de trabajo, sin la autorización de la Dirección de la Residencia. No obstante, si por causas justificadas algún componente de la plantilla ofertada debiera ser sustituido, la Dirección de la Residencia valorará la aptitud del sustituto. -  El personal llevará en lugar visible, una placa distintiva con sus datos personales (Nombre, apellidos, categoría profesional y fotografía). La empresa adjudicataria deberá aportar un sistema de seguimiento de presencia, cumplimiento de horarios, cumplimiento de jornadas, etc., permitiendo a la persona que designe la Dirección de la Residencia, verificar en cualquier momento el cumplimiento del contrato en cuanto a presencia de personal, puntualidad, horas de trabajo realizadas, número de jornadas realizadas, verificación de sustituciones, etc. -  El adjudicatario pondrá a disposición de sus trabajadores los elementos de intercomunicación necesarios (intercomunicadores portátiles o similares). La legalización de dichos aparatos correrá por cuenta del adjudicatario. <!-- image --> <!-- image --> -  El adjudicatario realizará anualmente un programa de formación y reciclaje de todo el personal en materia medioambiental y de prevención de riesgos laborales, además de la específica del servicio a desarrollar, que deberá ser supervisado por la Dirección de la Residencia. -  El contratista estará obligado a mantener la continuidad del servicio a lo largo de todo el año, incluido el periodo vacacional, llevando a cabo las contrataciones que fueran necesarias para ello, así como garantizar la cobertura de las bajas y/o ausencias del personal que puedan producirse a lo largo del año. -  En cualquier caso, solo podrá disminuir el número de efectivos ofertados, siempre que lo autorice la Dirección de la Residencia con la suficiente antelación. En este caso el importe de la facturación se verá reducida proporcionalmente a la disminución propuesta. -  En NINGÚN CASO se podrá disminuir el nivel del servicio prestado. -  Todos aquellos acuerdos que pudieran darse entre sindicatos y la empresa adjudicataria del servicio, al margen de lo establecido en los Convenios Colectivos, deberán ser comunicados previamente a la Dirección de la Residencia, dichos acuerdos vincularán únicamente a la empresa adjudicataria. -  El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal que contrate, asumiendo de forma directa y no trasladable a la Residencia, el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dichas mejoras son consecuencia de Convenios Colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole que pueda conllevar o conlleven equiparación a otras situaciones. -  En caso de originarse algún conflicto colectivo que pudiera afectar a este servicio, dicha circunstancia deberá ponerse en conocimiento de la Dirección de la Residencia a la mayor brevedad posible, a la vez de comprometerse el adjudicatario a cubrir los servicios mínimos conforme fija la legislación vigente para estos casos. -  En caso de conflicto laboral, la empresa adjudicataria se hará responsable de todos los perjuicios que ocasione a la Fundación. -  Todos los gastos de carácter social, así como los relativos a tributos del personal serán por cuenta de la empresa adjudicataria. -  La empresa adjudicataria deberá presentar con cada factura mensual, fotocopias de los modelos de Seguridad Social (Recibo de Liquidación de Cotizaciones y Relación nominal de trabajadores), acreditativos de estar al corriente en el pago de las liquidaciones de Seguros Sociales, de cuyo incumplimiento podrá derivarse la resolución del contrato. <!-- image --> <!-- image --> -  Así mismo notificará a la Dirección de la Residencia, con la debida antelación, todas las incidencias o variaciones en la plantilla asignada a la misma en cuestión de trabajo, altas y bajas de personal, cambios de turnos, horarios y en general, de cualquier otro dato que se requiera para el adecuado control, la notificación deberá ir acompañada de la oportuna justificación documental (contrato de trabajo y partes de alta y baja en Seguridad Social, etc.). Su incumplimiento podrá ser causa de rescisión del contrato, si así lo estimase la Dirección de la Residencia. -  En este sentido, si las asistencias reales al trabajo no alcanzasen las señaladas en la oferta de personal, la Residencia podrá imponer una penalización a la empresa adjudicataria, evaluada en número de horas no trabajadas. -  El adjudicatario se responsabilizará totalmente por los daños causados a personas o bienes propiedad de la Residencia, directa o indirectamente por sus empleados y en especial los ocasionados por negligencia, imprudencia o dolo. -  Igualmente será responsable el adjudicatario de las sustracciones de cualquier material, valores y efectos, imputables a su personal, siempre a juicio de la Dirección de la Residencia. -  Podrán ser objeto de penalización al adjudicatario, las actuaciones u omisiones de su personal en orden a la uniformidad, aseo personal, puntualidad, compostura y atención a personas residentes, público y personal de la Residencia, permanencia en lugares distintos a los asignados para el trabajo, carencia de placa identificativa, defectos en la ejecución de la limpieza, retirada de basuras y en general, cuantos hechos puedan ser constitutivos de faltas de carácter leve no especificadas anteriormente. -  En ningún caso la parte contratante resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento o interpretación del contrato establecido. -  El adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, obligándole a cumplir con el mismo toda la Legislación vigente en materia de salud laboral. -  El adjudicatario se compromete a no facilitar información y datos proporcionados por la Residencia u obtenidos en la misma para cualquier uso no preventivo establecido en el presente Pliego, manteniendo la confidencialidad de la misma. El incumplimiento de esta norma dará lugar a la rescisión del contrato. <!-- image --> <!-- image --> ## 13. HORARIOS En cualquier caso, los horarios de ejecución del servicio de limpieza y lavandería quedarán condicionados a la prestación del servicio residencial en propia Residencia por el personal de la misma. Asimismo, en aquellas situaciones en las que, por necesidades del servicio residencial, la ejecución material de las tareas deba efectuarse en horarios en los que no preste servicio el personal no residencial de la Residencia, por no corresponder a su jornada de trabajo, el personal de la empresa adjudicataria se verá obligado a llevar a cabo las tareas de cierre de puertas, ventanas, patios, etc., de acceso a la Residencia y activación de los sistemas de seguridad existentes en el mismo, de forma que quede asegurada la total aplicación de los mecanismos de seguridad existentes en cada Anexo de la Residencia. En ningún caso dichos horarios podrán estar comprendidos entre las 22 h. y las 8 horas, salvo necesidades de urgencias informadas desde la dirección de la Dirección de la Residencia. ## 14. INSPECCIÓN Y CONTROLES DE CALIDAD. Para verificar el cumplimiento del objeto de esta contratación se establece un sistema de control de calidad de la prestación del servicio basado en: -  La Dirección de la Residencia con la persona responsable (interlocutor) que destine la empresa adjudicataria , los cuales podrán inspeccionar al personal y su trabajo en todo momento, suscribirán un informe trimestral en la que se hará constar la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados de acuerdo con las exigencias del Pliego de Prescripciones Técnicas. -  En los informes, se hará constar la calidad técnica de los trabajos y servicios, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En estas rutas, y para cada una de éstas áreas concretas, se valorará el nivel de calidad de todos los servicios, anotándose en un parte de calidad los datos siguientes: 1. Nivel de limpieza constatado en cada área. 2. Anomalías observadas, gravedad de las mismas, y en su caso, operario responsable. 3. Medidas de corrección solicitadas por la Residencia con su plazo de ejecución, ambos puntos discutidos en la misma ruta con el responsable del adjudicatario, y salvo conflicto, aceptado por él, en nombre de la empresa adjudicataria, a través de la firma final del parte diario. -  La Dirección de la Residencia, si lo estima conveniente, podrá requerir al contratista para que subsane en el plazo máximo de 3 días los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos reglamentarios que le sean imputables, de acuerdo con las conclusiones del Informe al que se refiere el párrafo anterior. -  También serán objeto del seguimiento, parámetros como los siguientes: 1. Encuesta de satisfacción de residentes y personal de la Residencia. 2. Plazos de ejecución de los tratamientos especiales, con respecto a las previsiones de la planificación, sobre todo cuanto entorpezcan el funcionamiento normal de la Residencia. <!-- image --> <!-- image --> 3. Limpieza y disciplina del personal operativo. 4. Cumplimiento de los períodos de tiempo previstos para la prestación del servicio. 5. Cumplimiento de cualquier obligación prevista en el presente pliego. ## 15. RESCISIÓN DEL CONTRATO Serán causas de resolución del contrato: 1. La interrupción del servicio por tres días consecutivos o alternos el mismo mes. 2. El incumplimiento reiterado por parte de la empresa de las obligaciones con sus trabajadores. A modo de ejemplo y de forma no restrictiva: los defectos en altas y bajas en Seguridad Social, la liquidación de finiquitos, los errores y retrasos en el pago de nóminas, etc. Así como, la falta de presentación durante tres meses consecutivos o alternos de estar al corriente en el pago de las liquidaciones de Seguros Sociales. 3. El incumplimiento de convenios, acuerdos, reglamentaciones y demás normas aplicables. 4. Cuando hubiere reiteradas faltas de negligencia: - a. En la prestación de los servicios objeto del contrato. Estas causas se expondrán al adjudicatario quien resolverá, sustituyendo al personal causa de la negligencia. Si ello no fuere así, incurrirá en esta penalización. - b. En el uso indebido (mal trato; utilización indebida y/o prohibida, etc.) de material, muebles y objetos propiedad de la Residencia, y/o de los residentes. 5. El incumplimiento de confidencialidad establecido en el presente Pliego. Toledo, 9 de abril de 2026 ## LA SECRETARIA DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA Fdo. Mª Teresa Marín Rubio