ANEXO III DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA APTITUD CAPACIDAD Y DEMAS DOCUMENTACION.docx
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**ANEXO III.- DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA RELATIVA A LA APTITUD, CAPACIDAD Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE**
El licitador propuesto para la adjudicación del contrato, tras recibir el requerimiento, deberá acreditar, además de la documentación exigible en los apartados 2 a 7 de la cláusula 9.3, la siguiente documentación establecida en el apartado 1 de la cláusula 9.3:
**Documentos acreditativos de la personalidad del empresario y su ámbito de actividad:**
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| **Persona física:** | Copia del DNI o del documento que haga sus veces. |
| **Persona jurídica:** | Copia del NIF. |
| Escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable o certificado del Registro Mercantil. Si no lo fuere, deberán presentar la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. |
**Documentos que acrediten, en su caso, la representación de personas jurídicas**:
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| En el caso de que se aporte un certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP), éste será suficiente si en el mismo consta la representación y facultades del firmante de la proposición, debiéndose valorar por la Mesa de contratación si éstas son suficientes para el contrato. |
| En el caso de no constar en el ROLECSP, o de que la representación y facultades que consten en el mismo no sean suficientes, se deberá solicitar el bastanteo ante la Diputación de Almería, a través de la Oficina Virtual, mediante una solicitud general, dirigida a la Secretaría General, adjuntando la escritura donde conste la designación, vigencia y facultades del representante/s (el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil; si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil). Deberá adjuntarse el justificante de abono de la cantidad de dieciocho (18) euros/bastanteo, mediante su ingreso en alguna de las siguientes cuentas: CAJAMAR: ES63 3058 0199 48 2732000063 |
**Empresarios extranjeros:** Toda la documentación se presentará en castellano.
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| * Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP. |
| * Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. |
| * Además, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe de la Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (este último párrafo no ponerlo en los simplificados y en los abreviados) |
**Unión Temporal:** Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
**Solvencia económica y financiera:** Deberá acreditarse mediante el siguiente medio acreditativo de solvencia:
**Declaración de la cifra anual de negocios del licitador de los tres (3) últimos años, acompañada de las cuentas anuales de dichos tres últimos años aprobadas y depositadas en el Registro Mercanti**l, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o bien, mediante la presentación de las declaraciones de IRPF (modelo 100), de los tres últimos años, debidamente presentados, en los que se comprobarán el total de ingresos obtenidos, con sujeción al importe mínimo establecido anteriormente.
La remisión de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o el que proceda, se realizará de forma telemática, admitiéndose copias electrónicas recibidas directamente del Registro Mercantil, para lo cual la sociedad puede dirigirse a la web del Registro Mercantil (www.registradores.org), cumplimentando directamente desde dicha web como lugar de envío de las mismas la dirección de correo electrónico de la dependencia tramitadora. En caso de no ser posible, se aportará una certificación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de dichas cuentas.
**Solvencia mínima exigida: El año de mayor volumen deberá ser, al menos, equivalente al siguiente porcentaje del valor estimado del contrato, es decir:**
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| **Total VE** | **%** | **Mínimo exigible** |
| **10.570.852,92** | **30%** | **3.171.255,88** |
**Solvencia técnica o profesional:** Deberá acreditarse mediante una **relación debidamente firmada, de las principales prestaciones efectuadas durante los tres (3) últimos años**, que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su descripción, importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.
Medios acreditativos de la solvencia: Deberá acreditarse mediante una relación debidamente firmada, **de las principales prestaciones efectuadas durante los tres (3) últimos años**, que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, junto con los **certificados de buena ejecución de una entidad receptora de las prestaciones acreditativos de las mismas.**
Estos certificados deberán indicar expresamente la aplicación satisfactoria de la integración vía PdP (nodo Punto de Presencia de la Red SARA del licitador), del software ofrecido con los servicios SIR, SIA, Cl@ve, Notifica y Apodera requeridos en el punto 5.20 del PPT.
**Solvencia mínima exigida: El año de mayor ejecución deberá ser, al menos, equivalente al siguiente porcentaje del valor estimado, es decir:**
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| **Total VE** | **%** | **Mínimo exigible** |
| **10.570.852,92** | **30%** | **3.171.255,88** |
**Conforme al art. 85 de la LCSP, deberá aportar testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración, previstas en el artículo 71 LCSP.**
Esta declaración se realizará conforme al modelo siguiente:
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| *“D./Dña. ……………………………………………, con D.N.I. núm. …………….……, en nombre propio o de la empresa que representa, (empresa ……………………………., con C.I.F. núm. ……..…………), DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que a la fecha de finalización del plazo para la presentación de ofertas:* *Tiene plena capacidad de obrar y no se encuentra incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.* *En …..............................……….., a…..................”* |
Esta declaración, se otorgará ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público; con el objeto de facilitar a los licitadores el cumplimiento de esta declaración, la misma puede otorgarse ante la Jefa de Servicio de Patrimonio y Contratación o en su ausencia la Jefa de Sección de Suministros y Patrimonio. También podrá otorgarse electrónicamente firmando con certificado electrónico reconocido o cualificado u otros medios incorporados en cl@ve al presentarlo por la Oficina Virtual junto con el resto de documentación.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. También podrá otorgarse electrónicamente, utilizando cl@ve.
**Habilitación profesional o empresarial: Se marca con una “X” lo que procede:**
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| X | No se exige |
**Documentación acreditativa del cumplimiento de la condición de ejecución del contrato de ser partner**: **Se marca con una “X” lo que procede:**
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| X | No se exige |
**Relación de medios personales / materiales adscritos al contrato Se marca con una “X” lo que procede**
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| X | No se exige |
**Certificación de conformidad con Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y otra documentación exigible:**
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| * **Además de que todos los licitadores marquen esta opción en el modelo del Anexo VII del pliego, el licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar que, para los servicios a prestar, dispone de la certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, en su categoría ALTA para la plataforma de administración electrónica emitido por una Entidad de Certificación acreditada por el Centro Criptográfico Nacional (CCN).** **La acreditación de este requisito deberá estar vigente durante toda la ejecución del contrato, habiéndose establecido como obligación esencial.** |
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| * **Certificación ISO/IEC 27701:2019 del Sistema de Gestión de la Privacidad de la Información, o certificación equivalente.** |
| * **Documentación acreditativa de los niveles de disponibilidad del servicio mínimo del 99,995% (TIER IV o equivalente) en el CPD principal, e igual o superior al 99,982% (TIER III o equivalente) en el CPD secundario.** |
| * **Certificación de Conformidad con el Esquema Nacional de Interoperabilidad para la plataforma de administración electrónica.** |
| * **Documento emitido desde la Secretaría General de Administración Digital en la que acredite el reconocimiento de la condición de Punto de Presencia de la Red SARA.** |
| * **Documento acreditativo de que la aplicación figura como vigente y correcta en el listado de aplicaciones de registro integradas en la plataforma SIR en la modalidad «instalación certificada en SIR de un proveedor Punto de Presencia en la red SARA (PdP)» que publica la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.** |
| * **Informe de evaluación de los servicios técnicos de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica acreditativo de la superación de las pruebas de integración sistémica con la Plataforma de Contratos del Sector Público, emitido en favor de algún órgano de contratación que utilice la plataforma ofertada.** |
| * **Certificado de seguridad del HSM** **y documentación relativa al cumplimiento sobre dispositivo de firma HSM.** |
A estos efectos, respecto a la acreditación de los requisitos indicados en cumplimiento del esquema nacional y resto documentación señalada en la tabla anterior, se solicitará informe técnico, al objeto de comprobar que cumple con lo exigido.
La ausencia o no acreditación de alguno de estos requisitos será motivo de exclusión del procedimiento.
**Compromiso de contar con una póliza de responsabilidad civil:** Se marca con una “X” lo que procede:
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| X | No se exige |
**Acreditación de no encontrarse incurso en prohibición para contratar prevista en el artículo 71.1d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público**, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que la empresa propuesta como adjudicataria cuente con 50 o más trabajadores.
A estos efectos, a fecha fin de plazo de presentación de ofertas, debe de contar con un Plan de Igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y dicho Plan ha de encontrarse inscrito (o haber solicitado su inscripción) en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (REGCON).
Y, por otro lado, a fecha fin de plazo de presentación de ofertas, debe cumplir con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Para su acreditación deberá aportar:
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| * Copia del certificado de inscripción del Plan en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (REGCON). En caso de no contar con dicho certificado, al menos deberá aportar copia del justificante de haber solicitado su inscripción junto con una declaración responsable en la que manifieste que la no inscripción es por razones ajenas al licitador. |
| * Una declaración responsable en la que indique que cumple con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad |
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La presentación del certificado actualizado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma de Andalucía, acreditará las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no de las prohibiciones para contratar que deban constar en el mismo.
Este certificado deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.