ANEXO IC CRITERIOS ADJUDICACION.docx

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**ANEXO I.C.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN** Se ha optado por elegir una pluralidad de criterios para adjudicar el contrato, de conformidad con los establecido en el artículo 145 de la LCSP, para así obtener una mejor relación calidad precio de la oferta seleccionada, justificándose la elección de dichos criterios por los motivos expuestos en el apartado correspondiente a los mismos. Los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor tendrán un peso el 45% en la valoración total de la oferta, y los criterios cuantificables por fórmulas un peso del 55%, otorgándose al precio una puntuación máxima de 20 puntos. Esta elección obedece a la concurrencia en este expediente de características técnicas relevantes en la valoración de la relación calidad-precio. | | | | | --- | --- | --- | | **Criterios** | | **Puntuación máxima** | | **Criterios evaluables de forma automática mediante cifras o porcentajes que puedan obtenerse mediante la aplicación de fórmulas.** | * **Precio ofertado** | **20** | | * **Mejoras** | **35** | | **Total criterios automáticos** | | **55** | | **Criterios no evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas.** | * **Memoria Técnica** | **30** | | * **Servicios formación inicial y formación continua** | **15** | | **Total criterios no automáticos** | | **45** | | **Total criterios:** | | **100** | | **UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN EN LA VALORACIÓN (UMBRAL DE SATISFACCIÓN): SE ESTABLECE UN UMBRAL MÍNIMO DEL: 50% (22,5 puntos) del total de los criterios sujetos a juicio de valor. La justificación de este umbral mínimo viene dada por que se trata de un proceso complejo y por la trascendencia de las prestaciones contratadas, cuyo resultado afecta a diversas administraciones públicas.** **Por tanto, aquellas empresas licitadoras que tras la valoración de los criterios mediante juicios de valor queden por debajo del umbral establecido, quedarán excluidas de la licitación, por considerar que no presentan la suficiente calidad técnica.** | | | **A.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES QUE PUEDAN OBTENERSE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS: MÁXIMO 55 PUNTOS** **CRITERIO A.1 - PRECIO OFERTADO: MÁXIMO DE 20 PUNTOS** El objeto de este criterio es obtener la mejor oferta económica. Los licitadores en su oferta no podrán superar el presupuesto máximo de licitación establecido para cada una de las prestaciones citadas. En el caso de que superen el presupuesto de licitación de alguno de los conceptos, se excluirá la oferta. En las ofertas, se deben diferenciar los tres conceptos (suministro de la suscripción, implantación y hosting), debiendo además ofertar los precios unitarios de las suscripciones en función de las tablas establecidas en el presente documento. Sobre la base de precio ofertado total se aplicará la siguiente fórmula: | | | --- | | **Puntuación = X\*((A-B) /(A-C))** | Donde: - X es la puntuación máxima a otorgar por el criterio del precio. - A es el presupuesto base de licitación. - B es el precio ofertado que se va a puntuar. - C es el menor de los siguientes valores: * Precio más bajo ofertado, excluyéndose el de las ofertas rechazadas por ser anormalmente bajas. * Precio límite para no incurrir en presunción de anormalidad, conforme a lo que se indica en el apartado “ofertas incursas en presunción de anormalidad”. **NOTA 1**: La puntuación obtenida se redondeará a 2 decimales. No obstante, en el hipotético caso de que 2 o más precios ofertados que sean distintos sean tan sumamente cercanos que, de la aplicación de la fórmula anterior, resultase que las ofertas correspondientes a los mismos obtuvieran la misma puntuación por este criterio debido al redondeo a 2 decimales, se aumentará en este criterio, para todas las ofertas a valorar, el número de decimales para dicho redondeo a tantos como sean necesarios para dirimir el/los empate/es. **NOTA 2**: En cualquier caso, serán inadmitidas las ofertas cuyo precio supere el presupuesto base de licitación. **NOTA 3**: Ésta es una fórmula en la que los puntos del criterio del precio se otorgan de forma proporcional pura, dentro de un rango que abarca: Desde 0 puntos, que los obtendría la oferta que ofreciera un precio igual al presupuesto base de licitación. Hasta la puntuación máxima a otorgar por el criterio del precio, que la obtendría la oferta que ofreciera el precio límite para no incurrir en presunción de anormalidad. No obstante, en caso de que existieran ofertas incursas en presunción de anormalidad que no hubiesen sido rechazadas por ser anormalmente bajas, la máxima puntuación del criterio del precio la obtendría la que ofreciera el precio más bajo de entre éstas. **- OFERTAS INCURSAS EN PRESUNCIÓN DE ANORMALIDAD:** Estarán incursas en presunción de anormalidad las ofertas que se indican en los siguientes supuestos, en relación con el criterio del precio: | | | | | --- | --- | --- | | Cuando concurra un solo licitador: la oferta de éste, en caso de que sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 35 unidades porcentuales | Por tanto, en este supuesto, el precio límite para no incurrir en presunción de anormalidad (en adelante, PL) será: | | | --- | | **PL= PBL-PBL\*35/100** | Donde PBL es el presupuesto base de licitación | | Cuando concurran dos licitadores: la oferta que sea inferior en más de 30 unidades porcentuales a la otra. | Por tanto, en este supuesto, PL será: | | | --- | | **PL= PMAO-PMAO\*30/100** | Donde PMAO es el precio más alto ofertado. | | Cuando concurran tres o más licitadores: las ofertas que sean inferiores en más de 30 unidades porcentuales a la media aritmética de las presentadas. | Por tanto, en este supuesto, PL será: | | | --- | | **PL= MAPO-MAPO\*30/100** | Donde MAPO es la media aritmética de los precios ofertados. | PL se calcula antes de la tramitación del procedimiento de aceptación o rechazo de ofertas incursas en presunción de anormalidad, y para tal cálculo se tendrán en cuenta todas las ofertas admitidas a licitación. Por lo tanto, PL se mantendrá y no se volverá a calcular si una o más ofertas admitidas a licitación resultan posteriormente rechazadas en dicho procedimiento por ser anormalmente bajas. **Sin perjuicio de lo indicado en relación con el criterio del precio, en caso de que haya más criterios, también estarán incursas en presunción de anormalidad las ofertas que obtengan una puntuación superior al 95% de los puntos máximos a otorgar por todos los criterios de adjudicación.** **- NOTA COMÚN A LOS DOS APARTADOS ANTERIORES RELATIVOS AL CRITERIO DEL PRECIO Y A OFERTAS INCURSAS EN PRESUNCIÓN DE ANORMALIDAD:** | | | --- | | En el caso de que el contrato esté dividido en lotes, dado que la licitación se produciría lote por lote, el presupuesto base de licitación a que se hace referencia en esos dos apartados es el correspondiente únicamente al lote de cuya licitación se trate. | | En el caso de que el contrato sea por precio unitario y se haya establecido unidades mínimas a suministrar, la referencia al presupuesto base de licitación será entendida al precio unitario máximo de licitación. | | En el caso de que el contrato sea por precios unitarios y se haya previsto una estimación de unidades, la referencia al presupuesto base de licitación será el gasto máximo correspondiente. | **- ACEPTACIÓN O RECHAZO DE OFERTAS INCURSAS EN PRESUNCIÓN DE ANORMALIDAD:** Siguiendo el criterio adoptado en el informe 6/2019, de 18 de diciembre de 2019, de la Comisión Consultiva de Contratación Pública de la Junta de Andalucía (solicitado por la Diputación de Almería), a las ofertas que estén incursas en presunción de anormalidad se les aplicará el procedimiento del artículo 149.4, .5 y .6 de la LCSP, con objeto de aceptarlas o rechazarlas **A.2. MEJORAS, PUNTUACION MAXIMA 35 PUNTOS** Se valorará con hasta 35 puntos las siguientes prestaciones adicionales, complementarias al objeto del contrato y con la siguiente concreción de requisitos, límites, modalidades y características. Respecto a estas mejoras, se solicitará informe al responsable del contrato que indicará si se le otorga la puntuación establecida: | | | | --- | --- | | **A.2. Mejoras** | **Puntuación máxima** | | **A.2.a) Centro de Operaciones de Ciberseguridad** | **10** | | **A.2.b) Certificados electrónicos** | **15** | | **A.2.c) Funcionalidades analítica y explotación de datos ofertada como un módulo extra, integrado en la plataforma.** | **5** | | **A.2.d) Sistema de cita previa** | **5** | **A.2.a) Centro de Operaciones de Ciberseguridad (máximo 10 puntos)** Con el objetivo de mejorar los niveles de seguridad exigidos en el presente pliego, se valorará como elemento de mejora de la oferta que el licitador cuenten con un Centro de operaciones de Ciberseguridad (SOC) integrado en la Red Nacional de SOC que coordina el Centro Criptológico Nacional (CCN). En el caso de que el licitador no forme parte de la Red Nacional de SOC y no preste el servicio directamente, podrá hacerlo a través de una tercera empresa subcontratada. En este escenario, el licitador deberá presentar un documento que certifique la relación contractual existente entre ambas partes para la provisión del servicio mencionado. El Centro de operaciones de Ciberseguridad (SOC) se encargará de la monitorización y control de la seguridad, la identificación de vulnerabilidades y la respuesta inmediata ante posibles incidentes de seguridad. El Centro de Operaciones de Ciberseguridad (SOC) llevará a cabo los siguientes controles y operaciones: * Análisis de los registros (logs o trazas) generados por el sistema mediante un Sistema de Información y Eventos de Seguridad (SIEM), abarcando tanto el tráfico proveniente de los usuarios de esta administración como el tráfico proveniente de internet, especialmente a través de la sede electrónica. * Generación de alertas, supervisión de eventos de seguridad y adopción de respuestas inmediatas en caso de ser necesario. * Supervisión continua de las posibles vulnerabilidades de todo el ecosistema de software necesario para la prestación del servicio y corrección de las mismas a través de aplicaciones de parches, cambios en la política de seguridad de la red, etc. * Intercambio de información de ciberseguridad con otras administraciones públicas con la Red Nacional de SOC. * Implementación de medidas de inteligencia frente a amenazas, incluyendo la detección de intentos de suplantación del dominio de la sede electrónica, así como la exposición de credenciales de usuarios, entre otros. * Búsqueda proactiva de amenazas que puedan poner en riesgo el correcto funcionamiento del servicio contratado. * Gestión colaborativa de posibles incidentes de seguridad en coordinación con el equipo informático de esta administración. Este Centro de operaciones de seguridad deberá estar integrado en la Red Nacional de SOC que impulsa el Centro Criptológico Nacional (CCN) para garantizar que existe colaboración e intercambio de información entre los Centros de Operaciones de Ciberseguridad del sector público español. Para valorar esta mejora se verificará que el licitador directamente o la empresa subcontratada que fuera a prestar el servicio, aparezca en el listado oficial publicado por el Centro Criptológico Nacional que es accesible desde la siguiente dirección: <https://rns.ccn-cert.cni.es/red-nacional-soc#entidades-participantes> | | | --- | | Fórmula: | | * Se otorgarán 5 puntos si la empresa licitadora aparece en dicho listado como categoría SILVER. | | * Se otorgarán 10 puntos si la empresa licitadora aparece como categoría GOLD. | | * Se otorgarán 0 puntos si no se oferta. | **A.2.b) Certificados electrónicos (máximo 15 puntos)** Dado que la mayor parte de los usos de certificado electrónico por parte del usuario se produce en la gestión diaria de documentación y expedientes administrativos para reducir tiempos de tramitación, para llevar a cabo actuaciones administrativas automatizadas y por razones de eficiencia se valorará como mejora el suministro, dentro del precio ofertado, de todos los certificados de empleado público y de empleado público con seudónimo, así como todos los certificados de sello de órgano que necesite la Administración para operar con la plataforma. Por ello, en caso de incorporarse esta mejora, el licitador deberá incluir una descripción detallada de los certificados ofertados, de las condiciones generales de uso y deberá aportar el certificado de conformidad con el Reglamento UE 910/2014 (eIDAS) del Prestador de Servicios de Confianza y los servicios de expedición de certificados electrónicos de firma y de sello electrónico que figure en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL) del Estado Español (<https://eidas.ec.europa.eu/efda/tl-browser/#/screen/tl/ES>). Para ser tenido en cuenta esta mejora, la empresa debe almacenar estos certificados en un HSM. | | | --- | | Formula: | | * Si se oferta: **15 puntos** | | * No se oferta: 0 puntos | **A.2.c) Sistema de funcionalidades de analítica y explotación de datos ofertado como un módulo extra, integrado en la plataforma (máximo 5 puntos)** Se valorará como mejora que el adjudicatario proporcione, dentro del precio ofertado, funcionalidades de analítica y explotación de datos integrada en la plataforma objeto de este contrato, con las siguientes características REQUERIMIENTOS Y COBERTURAS TECNOLÓGICAS DE ANALÍTICA: | | | --- | | **Descripción** | | * Estará disponible para todos los usuarios de la organización. | | * El adjudicatario será responsable de proveer la/s plataforma/s hardware necesaria/s para un adecuado funcionamiento del módulo analítico, de acuerdo con los volúmenes de información procesados en cada momento. Esta infraestructura deberá ser escalable para poder adecuarse a los crecimientos de volumetrías de información a procesar a lo largo del tiempo. | | * Deberá contar con un entorno gobernado, en el que los administradores de la plataforma puedan decidir tanto qué datos son accesibles por cada usuario, como qué analíticas son accesibles por los mismos. | | * Deberá procesar información de todo el histórico de datos cargados en la plataforma de administración electrónica hasta el momento, sin horquillas límite de tiempo a procesar. | | * Comprenderá, analíticas asociadas a los datos de la plataforma tecnológica, agrupados en módulos, de forma que puedan representar el valor diferencial de cada uno de los contextos que representan. | | * Permitirá la navegación desde visiones más generales de cuadro de mando (dashboard) al dato más concreto (unidad transaccional) en cada contexto de trabajo. | | * Deberá estar integrado con la plataforma de administración electrónica, de forma que desde las selecciones realizadas se pueda navegar a un elemento concreto de dicha plataforma para su revisión o edición mediante enlaces u otros mecanismos que lo faciliten. | | * La información contenida será susceptible de mantenerse actualizada con una cadencia de carácter diario, como mínimo, sin perjuicio de que, atendiendo a la criticidad de determinadas fuentes de información, se puedan acordar tiempos de refresco más breves. | | * Además de contar con las visualizaciones base de cada área, permitirá, para aquellos usuarios autorizados, la creación de nuevas visualizaciones y analíticas, basadas en la información contenida en cada módulo de trabajo. Además, estas nuevas visualizaciones deberán poder ser compartidas con el resto de los usuarios de la organización. | | * Tendrá un comportamiento “responsive” adecuando su visualización y operativa al entorno utilizado en cada caso. Deberá contar, así mismo, con aplicación móvil independiente para su acceso, habilitada para Android e iOS. | | * Dispondrá de manera integrada, de visualizaciones geoespaciales con capacidades de selección equivalentes al resto de elementos de la plataforma. Estos mapas, además, deberán poder mostrar (de forma solapada o por navegación) distintas capas/niveles de información. El contexto de utilización de estos elementos se circunscribirá a información georeferenciada (puntos geográficos, áreas…) o georeferenciables (provincias, municipios, códigos postales…), dentro del catálogo del módulo. | | * Es responsabilidad del adjudicatario, el mantenimiento y modificación del módulo analítico para garantizar el correcto alineamiento con la plataforma de administración electrónica que nutre sus análisis. Cualquier cambio sobre la plataforma de administración electrónica conllevará la consecuente actualización sobre el módulo analítico asociado. | Con esta mejora la entidad pretende que el sistema permita realizar una explotación avanzada de toda la información existente en la plataforma de administración electrónica, dotando a los usuarios de los elementos necesarios para el correcto análisis de la información a la que estén autorizados. El sistema comprenderá, como elementos base, soluciones de análisis para las distintas áreas de la plataforma de administración electrónica, de forma que los análisis y medios aportados se puedan adaptar mejor a las necesidades de cada una de las citadas áreas. En cualquier caso, y cómo mínimo, las áreas que deben contar con analítica serán: la explotación de los datos generados por la sede electrónica, el registro de entradas y salidas, la base de datos de terceros, el gestor de expedientes, el módulo de contratación electrónica, el módulo de control interno, y todas las operativas generadas por los conectores de interoperabilidad con los servicios de la Administración General del Estado (SIR, Notifica, etc.) Este sistema deberá evolucionar como parte del mantenimiento y podrá crecer, en caso de contar con nuevas áreas, servicios o nuevos enfoques analíticos. En caso de incorporarse esta mejora, con objeto de comprobar, de manera objetiva el cumplimiento de la misma, el licitador deberá incluir un video que detalle el funcionamiento y su integración con el resto de módulos de la plataforma. **Formato exigido**: Respecto al vídeo demostrativo, este se deberá presentar a través de algún servicio de publicación de contenidos o ficheros provisto por el licitador, donde alojará el vídeo y lo compartirá mediante una URL pública con contraseña de descarga (que deberá indicar en la documentación de este sobre asociado a la indicación/título «URL y contraseña del vídeo»). En este mismo punto (indicación/título) de la URL y contraseña, se indicará la huella criptográfica (HASH) del fichero del vídeo obtenida mediante el algoritmo SHA-256. Esta huella derivada del contenido del fichero del vídeo, y garantizará la inalterabilidad del vídeo una vez presentado. El vídeo debe poseer formato MP4 con codificación (códec) H.264, calidad máxima 1080p, FPS máximo 25, relación aspecto radio 16:9 o 1:1, con audio (si el licitador lo considera necesario) en formato ACC. Debe ser visible y entendible por humanos, y tener una duración máxima de 20 minutos. En el momento de la valoración, el vídeo debe estar disponible para la descarga (desde la URL y con la contraseña especificada) y permitir que se descargue (debe ser descargado por Diputación de Almería). Esta descarga se realizará desde las instalaciones de Diputación de Almería. Tras la descarga se comprobará que el vídeo (y su audio embebido) posee el formato especificado, así como duración máxima conforme a lo exigido, que la huella criptográfica especificada en el documento concuerda con la que se calcule por Diputación de Almería del fichero descargado; y acto seguido se visionará para valorarlo. En caso de imposibilidad de descarga, incumplimiento de formato o duración, no concordancia de la huella criptográfica, o no poseer el contenido que se requiere, será desestimado y no valorado. | | | --- | | Formula: | | * Si se oferta: **5 puntos** | | * No se oferta: 0 puntos | **A.2.d) Sistema de cita previa (máximo 5 puntos)** Para facilitar nuevos canales de acceso y atención, más accesibles para los ciudadanos y empresas, en aras de prestar un mejor servicio público se valorará como mejora que el adjudicatario suministre dentro del precio ofertado un sistema de cita previa integrado en la sede electrónica que permita tanto la planificación de la atención al público en las oficinas como la prestación de atención telemática a ciudadanos y empresas por medios telefónicos o por videoconferencia. En caso de incorporarse esta mejora, con objeto de comprobar, de manera objetiva el cumplimiento de la misma, el licitador deberá incluir un video que detalle el funcionamiento y su integración con el resto de módulos de la plataforma. **Formato exigido**: Respecto al vídeo demostrativo, este se deberá presentar a través de algún servicio de publicación de contenidos o ficheros provisto por el licitador, donde alojará el vídeo y lo compartirá mediante una URL pública con contraseña de descarga (que deberá indicar en la documentación de este sobre asociado a la indicación/título «URL y contraseña del vídeo»). En este mismo punto (indicación/título) de la URL y contraseña, se indicará la huella criptográfica (HASH) del fichero del vídeo obtenida mediante el algoritmo SHA-256. Esta huella derivada del contenido del fichero del vídeo, y garantizará la inalterabilidad del vídeo una vez presentado. El vídeo debe poseer formato MP4 con codificación (códec) H.264, calidad máxima 1080p, FPS máximo 25, relación aspecto radio 16:9 o 1:1, con audio (si el licitador lo considera necesario) en formato ACC. Debe ser visible y entendible por humanos, y tener una duración máxima de 20 minutos. En el momento de la valoración, el vídeo debe estar disponible para la descarga (desde la URL y con la contraseña especificada) y permitir que se descargue (debe ser descargado por Diputación de Almería). Esta descarga se realizará desde las instalaciones de Diputación de Almería. Tras la descarga se comprobará que el vídeo (y su audio embebido) posee el formato especificado, así como duración máxima conforme a lo exigido, que la huella criptográfica especificada en el documento concuerda con la que se calcule por Diputación de Almería del fichero descargado; y acto seguido se visionará para valorarlo. En caso de imposibilidad de descarga, incumplimiento de formato o duración, no concordancia de la huella criptográfica, o no poseer el contenido que se requiere, será desestimado y no valorado. | | | --- | | Formula: | | * Si se oferta: **5 puntos** | | * No se oferta: 0 puntos | **B) CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES QUE PUEDAN OBTENERSE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS: MÁXIMO 45 PUNTOS.** **B.1.- MEMORIA TÉCNICA HASTA MAXIMO 30 PUNTOS DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. -** El objeto de este criterio es poder valorar los aspectos que se indican en este apartado y así facilitar el poder seleccionar la mejor plataforma posible. Los licitadores deberán presentar una **memoria técnica** descriptiva que detalle exhaustivamente las características de la plataforma respecto a todas sus funcionalidades, requisitos y características técnicas exigidos en el PPT. En primer lugar, se comprobará que la plataforma ofertada cumple todos los requisitos exigidos en cada uno de los apartados del citado PPT. En caso de no cumplirlos, se procederá a la exclusión de la oferta. Los criterios de valoración serán los siguientes: | | | --- | | **Claridad, orden y nivel de detalle de la memoria: hasta un máximo de 7 puntos.** Se valorará que la redacción sea clara y coherente, concreta y ordenada, sin redundar contenidos, entrar en contradicción, en hechos ficticios o irreales, o en falta de detalle. | | **Calidad de la integración en la plataforma de todas las funcionalidades exigidas en el PPT y la calidad de los mecanismos de seguridad de la plataforma: hasta un máximo de 10 puntos.** Se valorará la calidad de la plataforma en relación con los servicios de integración de las funcionalidades exigidas en el PPT y la calidad de los mecanismos de seguridad de la plataforma. En la memoria se detallará la forma de la integración, restricciones, mecanismos de seguridad y de renovación de configuraciones y parámetros debido a caducidad o modificación de componentes o servicios. | | **Facilidad de uso de la plataforma: hasta un máximo de 6 puntos.** Se valorará la plataforma en relación con su usabilidad para los diferentes perfiles de usuario. La memoria debe permitir obtener una comprensión aproximada del modo de utilización de la Plataforma, con el fin de evaluar la sencillez de uso. La información aportada debe ser real y fiel a las características del producto ofrecido por el licitador. | | **Adaptabilidad a distintos dispositivos: hasta un máximo de 3 puntos.** Se valorará la correcta adaptabilidad y funcionalidad de la plataforma en los distintos tipos de dispositivos de usuario, desde computadoras personales de usuario a dispositivos móviles de pantalla reducida. | | **Estética moderna: hasta un máximo de 4 puntos.** Se valorará la calidad estética de la interfaz del servicio web, valorando el uso de un diseño visual contemporáneo. A tal efecto, se valorará la coherencia gráfica, la alineación con patrones actuales de diseño web, la adecuación tipográfica, la armonía cromática, la claridad visual y la correcta jerarquización de la información. La puntuación reflejará el grado en que la solución presentada adopta una estética actual, limpia y profesional. | **B.2.- SERVICIOS DE FORMACIÓN INICIAL Y FORMACIÓN CONTINUA HASTA UN MÁXIMO DE 15 PUNTOS. DOCUMENTACION OBLIGATORIA.** En el marco del presente expediente de contratación, se considera de capital importancia asegurar que el personal de las distintas entidades usuarias adquiera un dominio completo y eficaz de la plataforma de administración electrónica a implantar. La correcta asimilación de sus funcionalidades es un factor determinante para el éxito del proyecto, la optimización de los procesos administrativos y, en última instancia, para la prestación de un servicio público de calidad. Por ello, se valorará de forma específica la propuesta formativa que presenten los licitadores, la cual deberá ser detallada y estructurada para garantizar el uso correcto y avanzado de los sistemas contratados. Los licitadores deberán presentar una **propuesta de formación inicial y continua.** Dicha propuesta deberá contemplar un itinerario formativo coherente y completo que abarque, como mínimo, las siguientes áreas temáticas de conocimiento: * Tramitación de expedientes: Cubriendo todo el ciclo de vida del expediente electrónico. * Control interno: Enfocado en el uso del módulo específico para el ejercicio de la función interventora. * Administración de la plataforma: Orientado a la adquisición de conocimientos para la gestión autónoma de usuarios, permisos, procedimientos y otros elementos de configuración. * Desarrollo de integraciones (API): Formación técnica destinada a permitir la integración de la plataforma con otras herramientas mediante la interfaz de programación de aplicaciones. * Personalización de la plataforma: Conocimientos para adaptar y configurar aspectos específicos de la herramienta a las necesidades de cada entidad. La oferta formativa deberá estar organizada en distintos niveles de conocimiento, desde un nivel inicial o introductorio hasta un nivel avanzado. Este último podrá dar lugar a la obtención de una certificación oficial emitida por la empresa propietaria de la plataforma, que acredite la adquisición de un conocimiento profundo en un área determinada. Las acciones formativas podrán impartirse en diversas modalidades: presencial, semipresencial y online, para dotar de flexibilidad al plan y adaptarlo a las distintas necesidades. En todo caso, será responsabilidad del adjudicatario proveer los entornos de ejecución de pruebas o formación que sean necesarios para la realización de ejercicios prácticos, así como facilitar todos los materiales de apoyo requeridos, ya sean libros, manuales u otros recursos, en formato papel o electrónico. Toda la formación ofertada, con independencia de su nivel o modalidad, deberá ser gratuita para los usuarios de las entidades adheridas al contrato. No obstante, en el supuesto de formaciones presenciales que se desarrollen en las instalaciones del licitador, los gastos de desplazamiento, alojamiento y dietas que se pudieran generar correrán a cargo de la entidad a la que pertenezca el empleado público en formación. Cada actividad formativa deberá tener una duración mínima de 10 horas. Se establecen las siguientes excepciones y precisiones: 1. Formación Inicial Obligatoria: Tras la puesta en marcha de la plataforma en cada entidad, se deberá impartir una formación presencial inicial de 8 horas de duración mínima para los distintos órganos de gestión. Se estima que esta duración, equivalente a una jornada laboral, es suficiente para que el personal adquiera los conocimientos básicos indispensables para el manejo inicial de la herramienta, habilitándolos para acceder posteriormente a formaciones más específicas y detalladas conforme a sus perfiles y necesidades. 2. Formación conducente a Certificación: Aquellas acciones formativas que culminen en una certificación oficial deberán desarrollarse en modalidad semipresencial, con una duración total mínima de 210 horas, distribuidas de la siguiente manera: 1. Un mínimo de 60 horas presenciales en las instalaciones del licitador, para un uso intensivo de los entornos de prueba y formación. 2. Un mínimo de 150 horas online. 3. Se establece este umbral mínimo de horas al considerar que los procesos de certificación deben acreditar un conocimiento profundo y exhaustivo del área temática correspondiente. Se estima que una carga lectiva inferior podría resultar insuficiente para garantizar la correcta y completa adquisición de las competencias avanzadas que dicha certificación debe avalar. Los criterios de valoración serán los siguientes: | | | --- | | **Mejor cobertura de las 5 áreas temáticas o más: hasta un máximo de 4 puntos.** Se valorará la mejor cobertura de las cinco áreas temáticas. Para que sea estimado debe haber al menos un curso para cada una de las áreas temáticas, aunque también se ofrezcan otros que abarquen más de un área temática. Se valorarán también cursos adicionales de otras áreas temáticas relacionadas con las funcionalidades de la plataforma. | | **Coherencia y detalle del itinerario formativo: hasta un máximo de 2 puntos.** Se valorará la coherencia y detalle de la propuesta para la formación inicial y la continua, asegurando que el plan abarque la totalidad de las áreas temáticas de conocimiento requeridas y que esté correctamente estructurado por niveles. Se valorará especialmente: * El detalle con el que se planifican los cursos para cubrir las cinco áreas temáticas obligatorias mínimas. * La organización efectiva del itinerario en distintos niveles de conocimiento, desde el introductorio hasta el avanzado. * La claridad y concreción de la planificación, evitando redundancias o falta de detalle. | | **Calidad de la metodología y recursos didácticos: hasta un máximo de 2 puntos**. Se valorará la eficacia de la propuesta formativa en términos de ejecución, metodología y recursos didácticos, con el objetivo de garantizar un dominio completo y eficaz de la plataforma por parte del personal. Se valorará especialmente: * La adecuación y flexibilidad de las modalidades de impartición (presencial, semipresencial y online) para adaptarse a las distintas necesidades de las entidades. * La garantía de provisión de entornos de ejecución de pruebas o formación necesarios para la realización de ejercicios prácticos. | | **Diseño y alcance de la formación continua y de actualización: hasta un máximo de 3 puntos.** Se valorará la propuesta de acciones de formación continua destinadas a mantener actualizado al personal de las entidades usuarias durante la vigencia del contrato, un aspecto que se debe valorar positivamente. Se valorará especialmente: * La planificación de la formación orientada a las nuevas funcionalidades o evoluciones de la plataforma que se produzcan a lo largo de todos los años del contrato. * La frecuencia y el método propuesto para la distribución de la formación continua y las actualizaciones, garantizando que el personal de las entidades usuarias esté informado y capacitado ante los cambios. | | **Propuesta de formación avanzada y certificación oficial: hasta un máximo de 4 puntos.** Se valorará la oferta de programas formativos avanzados que permitan obtener una certificación oficial y que cumplan con los requisitos de carga lectiva para acreditar un conocimiento profundo y exhaustivo, con los requisitos especificados anteriormente para ser tenidos en cuenta para la valoración. Se valorará especialmente: * La inclusión de acciones formativas conducentes a una certificación oficial emitida por la empresa propietaria de la plataforma. * El programa de los cursos y los procesos de evaluación para obtener dicha certificación, en concordancia, al menos, con las áreas temáticas indicadas anteriormente. | **REQUISITOS DE FORMATO Y EXTENSIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA A INCLUIR EN EL SOBRE “B”, RELATIVA A LOS CRITERIOS NO AUTOMÁTICOS:** Al objeto de asegurar la legibilidad y concreción de la información, toda la documentación aportada por el licitador en su oferta técnica, deberá presentarse tanto la memoria técnica como la propuesta de formación inicial y continua en ficheros electrónicos en formato PDF cumpliendo con los siguientes requisitos de extensión y formato: **Extensión de la memoria técnica**: La memoria técnica descriptiva tendrá una extensión máxima de doscientas (200) páginas (A-4) y 40 Mb, pudiendo incluirse imágenes tablas, gráficos o diagramas en la documentación. Dentro de dicha extensión máxima se incluye cualquier tipo de documentación complementaria como pueden ser índices o portadas, por lo que será determinante la concreción y síntesis de la misma. **Extensión de la propuesta de formación inicial y continua**: La propuesta de formación inicial y continua tendrá una extensión máxima de cincuenta (50) páginas (A-4) y 40 Mb, pudiendo incluirse imágenes tablas, gráficos o diagramas en la documentación. Dentro de dicha extensión máxima se incluye cualquier tipo de documentación complementaria como pueden ser índices o portadas, por lo que será determinante la concreción y síntesis de la misma. **Formato de la memoria técnica y la propuesta de formación inicial y continua**: El formato del cuerpo de texto a emplear deberá contener como tipo de letra “Arial” o similar, tamaño mínimo de 11 con interlineado sencillo, al objeto de que la información sea legible. Del mismo modo, las tablas, gráficos o diagramas que se pudieran incluir en la documentación, deberán cumplir con dicho tamaño mínimo de fuente Arial-11 o similar comprobando que todos los textos insertados sean perfectamente legibles. En caso de no cumplir con estos requisitos de formato y extensión de la documentación a presentar en los criterios de juicio de valor, no se valorarán dichos criterios. # SE ESTABLECE UN UMBRAL MÍNIMO DEL: UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN EN LA VALORACIÓN (UMBRAL DE SATISFACCIÓN). **SE ESTABLECE UN UMBRAL MÍNIMO DEL:** 50% **(22,5 puntos)** del total de los criterios sujetos a juicio de valor. La justificación de este umbral mínimo viene dada por que se trata de un proceso complejo y por la trascendencia de las prestaciones contratadas, cuyo resultado afecta a diversas administraciones públicas. Por tanto, aquellas empresas licitadoras que tras la valoración de los criterios mediante juicios de valor queden por debajo del umbral establecido, **quedarán excluidas de la licitación**, por considerar que no presentan la suficiente calidad técnica.