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Ver licitación
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVA PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN MIXTA, SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA ANTICIPADA, DEL SUMINISTRO DE LA SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS, CON SOPORTE INCLUIDO, Y LOS SERVICIOS DE IMPLANTACIÓN Y DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO EN LA NUBE (CLOUD HOSTING), DE UNA PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA PARA AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA, LA PROPIA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA Y OTROS ENTES INTEGRADOS EN LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES DE LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA REF. EXP. 2025/D22200/006-202/00006
## I N D I C E
| CLAUSULAS | CLAUSULAS |
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| 1. RÉGIMEN JURÍDICO, OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. | 1. RÉGIMEN JURÍDICO, OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER. |
| 2. | ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PERFIL DE CONTRATANTE |
| 3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y REVISIÓN DE PRECIOS | 3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y REVISIÓN DE PRECIOS |
| 4. | DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZOS DE EJECUCIÓN |
| 5. | CAPACIDAD PARA CONTRATAR. |
| 6. | PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. |
| 7. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, CONTENIDO DE LOS SOBRES E INFORMACIÓN ADICIONAL. | 7. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, CONTENIDO DE LOS SOBRES E INFORMACIÓN ADICIONAL. |
| 8. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES, EXAMEN DOCUMENTACIÓN, OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Y SUCESION EN EL PROCEDIMIENTO. | 8. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES, EXAMEN DOCUMENTACIÓN, OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Y SUCESION EN EL PROCEDIMIENTO. |
| 9. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN. | 9. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN. |
| 10. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN | 10. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y PUBLICIDAD
12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y RESPONSABLE DEL MISMO.
13. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, EN ESPECIAL, DEBER DE CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS, CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES SALARIALES, CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO E IMPOSICIÓN DE PENALIDADES.
14. DERECHOS DEL CONTRATISTA, EN ESPECIAL, ABONO DEL PRECIO.
15. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
16. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO: CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
17. RECEPCIÓN, PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
18. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
19. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS.
## ANEXOS
## ANEXO I. CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO.
| ANEXO I.A. INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN SOBRE ELECTRÓNICO CERRADO Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS. |
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| ANEXOI.B.COMPOSICIONDELOSÓRGANOSDEASISTENCIAY DATOS IDENTIFICATIVOS DE LAS DEPENDENCIAS. |
| ANEXO I.C. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y VALORACIÓN |
ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR AJUSTADA AL FORMULARIO DEL 'DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)' (INCLUIR EN EL SOBRE "A")
ANEXO III. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA RELATIVA A LA APTITUD, CAPACIDAD Y SOLVENCIA Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE.
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| ANEXO IV PROPUESTA TECNICA A INCLUIR EN EL SOBRE B |
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| ANEXO V. MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OFERTA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES OBTENIDOS MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS (INCLUIR EN EL SOBRE "C") |
| ANEXO VI.- MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE A EFECTOS DE ACREDITAR QUE NO ESTÁ INCURSO EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR PREVISTA EN EL ART. 71.1.D) DE LA LCSP, ASÍ COMO EN RELACIÓN PERTENENCIA AL GRUPO EMPRESARIAL (A INCLUIR EN EL SOBRE "A"). |
| ANEXO VII. - DECLARACION RESPONSABLE EN RELACION CON EL ESQUEMANACIONALDESEGURIDAD(AINCLUIRENELSOBRE'A',JUNTO CON EL DEUC Y EL ANEXO VI) |
| ANEXO VIII- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL TRATAMIENTO DE DATOS PROTEGIDOS (ANTES DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO). |
| ANEXO IX. MODELO COMPROMISO CONFIDENCIALIDAD PARA LOS EMPLEADOS DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO. |
| ANEXO X.- INFORMACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS EN EL CONTRATO. |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
## CLÁUSULA 1ª.- RÉGIMEN JURÍDICO, OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
1.1.- Régimen jurídico: El contrato al que se refiere el presente pliego tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) y por sus disposiciones de desarrollo: el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el reglamento general de la ley de contratos de las administraciones públicas (RGLCAP) en lo que no se opongan a lo establecido en dicha ley; se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, en particular, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; y en su defecto, las normas de derecho privado.
Las relaciones electrónicas derivadas de la presente contratación se regirán por las disposiciones contenidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre antes citada, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza que complementa el Reglamento (UE) 910/2014 en aquellos aspectos que este no ha armonizado y que se dejan al criterio de los Estados miembros.
En materia de protección de datos, el contrato se somete al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa de aplicación en vigor en materia de protección de datos.
El presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el de prescripciones técnicas y demás documentos anexos revestirán carácter contractual, ajustándose el contrato al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se consideran parte integrante del mismo. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
1.2.- Objeto: El contrato se califica como un contrato mixto, que contiene prestaciones diversas a otros tipos contractuales, en particular relativas al contrato d contrato de servicios Las normas que regularán la adjudicación de este contrato mixto serán las cor al contrato de suministros, atendiendo a que ést e es la prestación principal por ser mayor su valor estimado.
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En el caso de contratos mixtos, se detallará el régimen jurídico aplicabl cumplimiento y extinción, atendiendo a las normas aplicables a las diferente fusionadas en ellos.
Las especificaciones técnicas, así como el tipo y número de bienes a sumi prestaciones a desarrollar quedan descritas de forma expresa en el pliego de técnicas particulares.
El objeto del contrato se describe en el Anexo I , identificado con el código de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea dicho anexo se indica.
En el Anexo I de este pliego se determinará la posibilidad de licitar por lotes. limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en dicho anexo co criterios allí establecidos. Todas las referencias efectuadas en este plie adjudicatario se en tenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del con caso.
En el citado Anexo I , podrá establecerse que en el suministro el empresario se a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario si a cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar entregas a las necesidades de la Diputación, de conformidad con lo dispuesto en adicional 33ª de la LCSP.
1.3. - Necesidades administrativas a satisfacer : La finalidad del contrato y las necesidades administrativas a satisfacer quedan descritas en la Memoria jus contrato.
## CLÁUSULA 2ª.ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PERFIL DE CONTRATANTE
El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Excma. Diputación Pro Almería, es la Junta de Gobierno.
El perfil de contratante de la Diputación de Almería se encuentra alo Plataforma de Contratación del Sector Público ( https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/04\_Sj9CPykssy0xPL MnMz0vMAfIjU1J TC3Iy87KtClKL0jJznPPzSooSSxLzSlL1w\_Wj9KMyU5wK9COriiy0czPS8hO9fQO9jUJc0y LcK7UdbW31C3JzHQEcDVyB/ ), debiendo publicarse en el mismo la información relati la actividad contractual del órgano de contratación, al menos la que se detalla artículo 63 de la LCSP.
## CLÁUSULA 3ª.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y REVISIÓN DE PRECIOS
3.1.- Presupuesto base de licitación : El presupuesto base de licitación del contrato (límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación) asc cantidad que figura en el Anexo I de este pliego , incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante "IVA).
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En caso de que el valor estimado del contrato, calculado conforme a las prev artículo 101 de la LCSP, no coincida con el presupuesto de licitación, se h circunstancia en el citado anexo, motivándolo adecuadamente. Igualmente, en di xo, se indicará si el contrato está o no sujeto a regulación armonizada.
En el citado Anexo I quedará desglosado este presupuesto, indicando los costes di e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación.
En los contratos en qu e los costes de los salarios de las personas empleadas p ejecución formen parte del precio total del contrato, el presupuesto base de l de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los co estimados a partir del convenio laboral.
En el caso de que se fijaran lotes o unidades de posible adjudicación ind presupuesto base de licitación para cada una de las unidades o lotes quedará d anexo I del pliego de cláusulas a dministrativas particulares. El precio ofertado, para ca de los bienes o lotes, no podrá superar el presupuesto máximo de licitación est
3.2. - Precio del contrato: El precio del contrato será el que resulte de la adjudi del mismo e inc luirá, como partida independiente, el IVA.
A tales efectos, el contratista deberá especificar en su oferta, como parti y que se reflejará en el contrato que se suscriba, el tipo de IVA que repercu Imponible en la facturaci ón correspondiente al contrato, de acuerdo con la legalidad vi tiempo de la licitación.
Aquellos contratistas a los que, por aplicación del artículo 20 de la Ley de diciembre, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido, les sea d e aplicación las exenciones previstas para dicho impuesto, deberán justificar documentalmente e esta situación. Esta justificación deberá acompañar a la oferta económica.
En el Anexo I de este pliego, se indicará igualmente el sistema de deter minación del precio, que podrá formularse tanto en términos de precios unitarios referido componentes de la prestación o a las unidades de la misma que se entreguen o e en términos de precios aplicables a tanto alzado a la tota lidad o parte de las prestaciones del contrato.
En el caso de que se fijaran lotes o unidades de posible adjudicación ind precio de adjudicación será el ofertado por el contratista para cada uno de los
En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas presentadas y en el importe de la adjudicación, se encuentran incluidos los gas transporte de los bienes objeto del suministro hasta el lugar convenido y los para la pue sta en marcha o instalación de los bienes, así como todos aquellos ga adjudicatario le pueda producir la realización del presente contrato, de acuerd en la cláusula 13ª de este pliego.
En el citado Anexo I , podrá establecerse q ue el pago del precio total de los bienes a suministrar, cuando razones técnicas o económicas debidamente justificadas en lo aconsejen, podrá consistir parte en dinero y parte en la entrega de otros b clase, sin que, en ningú n caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por 100 del pre En este supuesto, el compromiso de gasto se limitará al importe que, del p contrato, no se satisfaga mediante la entrega de bienes al contratista.
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En aquellos sumini stros en los que el coste económico principal sean los costes deberán considerarse los términos económicos de los convenios colectivos.
- 3.3. - Crédito presupuestario : Existe consignación suficiente en el Presupuesto de Diputación para atender las obligaciones económicas que se deriven de este cont desprende del informe de Intervención Provincial, obrante en el expediente.
De tratarse de un contrato pl urianual se deberá consignar crédito suficiente en ejercicios siguientes
En los expedientes que se tramiten anticipadamente, la adjudicación queda la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para obl igaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente, de confo dispuesto en la disposición adicional tercera de la LCSP.
- 3.4. - Revisión de precios: En el Anexo I de este pliego, se especifica si el precio del contrato es o no revis able, indicándose, en su caso, los índices o fórmulas para calcu revisión. La revisión de precios tendrá lugar, en su caso, cuando el contrato al menos en el 20 por ciento de su importe y hayan transcurrido un (1) a fo rmalización.
La fórmula de la revisión de precios será invariable durante la vigencia determinará la revisión de precios en cada fecha respecto a la fecha de for contrato, siempre que la formalización se produzca en el plazo de tres mes s desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en q plazo de tres meses si la formalización se produce con posterioridad; de conf establecido en el artículo 103 de la LCSP.
## CLÁUSU LA 4ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PLAZOS DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato, los plazos parciales o plazos de entr caso, pudieran establecerse, así como el inicio de su cómputo, se establecen e Anexo I de este pliego y, en su caso, en el pliego de prescripciones técnicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 195.2 de la LCSP, el pla ejecución o plazo de entrega podrá ampliarse, cuando el retraso sea por causas al contratista y éste ofrecie ra cumplir sus compromisos si se le amplía el mismo, previo in del responsable del contrato.
En el caso de que el contratista se obligue a entregar bienes durante un pe de forma sucesiva y por precio unitario, la duración del contrato d e suministro será la establecida en el citado Anexo I de este pliego , así como la de sus posibles prórrogas, sin qu pueda superarse el plazo máximo de cinco (5) años, incluyendo prórrogas.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será oblig atoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos (2) meses de la finalización del plazo de duración del contrato.
La posibilidad o no de prórroga del presente contrato se establece en el A
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En el supuesto de que el contrato se prorrogue, se mantendrán inalterados los iniciales, sin perjuicio de las posibles revisiones de precios que procedan, d lo establecido en la cláusula 3 ª de este pliego.
Prórroga operacional : En los suministro s que requieran continuidad, cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato, se podr presente hasta que comience la ejecución del nuevo, por un periodo máximo de nue sin modificar las restantes con diciones del mismo, siempre que el anuncio de licitación nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres (3) meses r fecha de finalización del presente contrato, de conformidad con lo establecid 29.4 de l a LCSP.
## CLÁUSULA 5ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar previst as en el artículo 71 de la LCSP y acrediten su solven económica o financiera y técnica o profesional indicada en el Anexo III, o que debidamente clasificadas, en los casos en que así lo exija la LCSP.
Asimismo, los empresarios deberán con tar con la habilitación empresarial o profesiona que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que con del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas estén com prendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas comunitarias, no comunitarias y uniones de empresarios, lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 69 de la LCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán o solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión bastantes para ejercitar los derechos y c umplir las obligaciones que del contrato se deriven h la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrado temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la const participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse fo lmente en unión temporal en caso de ser adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas ni las empresas a el que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o d preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, si participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o supo privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
## CLÁUSULA 6ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS
El procedimiento de contratación será exclusivamente de licitación electró
El acceso a la plataforma de contratación pública electrónica que esta ad pone a su disposición es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos y de documentación del procedimiento, así como la presentación de proposiciones.
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Servicio De Patrimonio Y Contratacion
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En el caso de que, al presentar la oferta, los licitadores se encontra problema durante la fase de preparación o de envío de la misma, deberán ponerse en contacto inmediatamente con el servicio de soporte de PLACSP tal y como se determina en de este pliego
La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratació procedimiento abie rto y tramitación ordinaria o urgente, según lo indicado en el Anexo I de este pliego , teniendo en cuenta los criterios de adjudicación y ponderación que se el citado anexo, por ser los adecuados para evaluar las proposiciones que se o res ecto a las características del suministro de que se trata.
Empate : En caso de que tras aplicar los criterios de adjudicación se produz entre dos o más ofertas, se resolverá mediante la aplicación de los criterios sociales señalados en el ar t. 147.2 de la LCSP en el orden establecido y referidos al momento de finalización del plazo de presentación de ofertas.
La documentación acreditativa de dichos criterios se presentará en el mom se produzca el empate.
## CLÁUSULA 7ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, CONTENIDO DE LOS SOBRES E INFORMACIÓN ADICIONAL
- 7.1 . Condiciones generales para las proposiciones : Los licitadores presentarán sus proposiciones, junto con la documentación preceptiva, exclusivamente a tr la plataforma electrónica de contratación pública indicada en el A nexo I.
En el presente procedimiento, todo empresario interesado solo podrá pre proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contra licitadores.
En el caso de presentar más de una oferta, serán excluidas todas las que haya presen incluso las presentadas en unión temporal con otras empresas.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el y su presentación supone la aceptación in condicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna y la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Regi Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o registro equivalente de la Autónoma Andaluza, quedando garantizado su carácter secreto hasta el moment licitación pública, o en las listas oficiales de operadores económicos de un Es de la Unión Europea.
Una vez presentada la documentación, no podrá ser retirada ni sustituida, justificada.
- 7.2. Publicidad: De conformidad con lo establecido en el artículo 135.1 de la L anuncio de licitación para la adjudicación del presente contrato se publicará contratante del órgano de contratación alojado en la Plataforma de Contrataci Público
https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/0 4\_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfIjU1J TC3Iy87KtClKL0jJznPPzSooSSxLzSlL1w\_Wj9KMyU5wK9COriiy0czPS8hO9fQO9jUJc0y LcK7UdbW31C3JzHQEcDVyB/
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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Cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada la licitación será publicada, además, en el 'Diario Oficial de la Unión Europea', disponiéndose los medios necesarios para la acreditación de la fecha de envío del correspondiente anuncio.
Cualquier aclaración o rectificación del anuncio se hará pública en la misma forma que aquel, computándose el plazo de presentación de proposiciones a partir del nuevo anuncio.
Los interesados podrán examinar el pliego y demás documentación complementaria en el perfil de contratante desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio de licitación. Su acceso será libre, directo, completo y gratuito.
Las proposiciones se presentarán en la forma indicada en los apartados siguientes y en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación.
## 7.3.- Forma, lugar y plazo de presentación de las proposiciones
La presentación de proposiciones junto con la documentación preceptiva, en su caso, se hará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público utilizando la aplicación de dicha plataforma denominada 'Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas' que se pone a disposición del licitador para el envío de la documentación relativa a ofertas, agrupada en sobres electrónicos definidos por el órgano de contratación, asegurándose la integridad, autenticidad, no repudio y confidencialidad de las proposiciones.
Es requisito previo inexcusable ser un usuario registrado de la Plataforma de Contratación de Sector Público y rellenar no sólo los datos básicos del alta, también los datos adicionales (Ver 'Guía del Operador Económico' de la Plataforma de Contratación del Sector Público en el siguiente enlace: https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/f46c3a204517-4e54-aac3-
dd3b2eb63f31/GuiaOperadorEconomico\_v4.7.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=f46c3a204517-4e54-aac3-dd3b2eb63f31).
En el Anexo 'I' del presente pliego se recogen las instrucciones para la presentación de ofertas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
En caso de producirse alguna discrepancia entre los datos incorporados manualmente por el licitador en la Plataforma de Contratación del Sector Público y los que se recojan en cualquier documento anexado por el licitador, se tendrán en cuenta los datos incorporados manualmente a la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Todos los archivos electrónicos o sobres deberán ir firmados electrónicamente por el representante del licitador. Asimismo, toda la documentación contenida en cada uno de los archivos electrónicos o sobres deberá ser firmada electrónicamente de forma previa a su inclusión en los sobres.
No se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Las ofertas que se presenten a través del registro de entrada de esta Diputación, mediante una instancia solicitud genérica, serán excluidas.
Plazo: El plazo para la presentación de proposiciones es el señalado en el Anexo I de este pliego: e n el caso de que el último día del plazo sea inhábil, se trasladará al inmediato hábil siguiente.
7.4.- Contenido de las proposiciones: Las proposiciones para participar en el procedimiento constarán de constarán de tres (3) sobres identificados en la oficina virtual como sobres 'A' 'B' y 'C' , en relación con la licitación de referencia.
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Sobre 'A'.- Título: Documentación Administrativa
Sobre 'B'.- Título: Criterios de juicio de valor
Sobre 'C'-. Título: Criterios cuantificables mediante fórmulas
Estos sobres se pondrán a disposición de los licitadores en la Plataforma de Contratación del Sector Público a través de la 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas'
Estos sobres se pondrán a disposición de los licitadores en la Plataforma de Contratación del Sector Público a través de la 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas'
- 7.4.a).- Sobre 'A'.- Título: Documentación Administrativa: En este sobre 'A' se incluirá:
1. ÍNDICE DE DOCUMENTOS Y DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. Se hará constar un correo electrónico a efectos de notificaciones telemáticas para su acceso mediante el correspondiente certificado electrónico.
2. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.1.a) de la Ley de Contratos del Sector Público, las proposiciones deberán ir acompañadas de la DECLARACIÓN RESPONSABLE del licitador ajustada al formulario de documento europeo único de contratación.
Las instrucciones para la cumplimentación del DEUC se adjuntan al presente pliego como Anexo II.
En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medio de otras empresas de conformidad con el artículo 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos según lo dispuesto en el Anexo II.
Igualmente, en el caso de que en el Anexo I se prevea la posibilidad de licitar por lotes, y los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional difieran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
El órgano de contratación o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos de las circunstancias incluidas en la declaración responsable, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar contempladas en la declaración responsable deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
3. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS, EN SU CASO. En los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos según lo dispuesto en el ANEXO II. Adicionalmente a la declaración o declaraciones se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de
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conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
3. DECLARACIÓN RESPONSABLE A EFECTOS DE CONTRATAR QUE NO ESTÁ INCURSO EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR PREVISTA EN EL ART. 71.1D) ASÍ COMO EN RELACIÓN CON PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, conforme al modelo que se recoge como Anexo VI.
4. (En su caso ponerlo) COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS AL CONTRATO, realizado conforme al modelo del Anexo VII de este pliego .
5. ESPECIALIDADES A PRESENTAR POR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS. Además de la declaración responsable, las empresas extrajeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Conforme al modelo que se recoge como Anexo VI .
4. 7.4.b.- Sobre 'B'.- Título: Criterios de juicio de valor: En este sobre 'B', se incluirá la documentación relacionada en el Anexo IV al presente pliego , sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada.
Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor, conteniendo todos los elementos que la integran.
Esta documentación se presentará perfectamente clasificada por apartados y siguiendo la misma estructura que se contiene en el citado anexo.
Si algún licitador no aportara la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere a este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto al criterio de que se trate.
El apartado anterior será de aplicación para aquellos casos en los que para la valoración del criterio de adjudicación sean tenidos en cuenta diferentes parámetros y alguno de ellos no sea acreditado suficientemente.
- 7.4.C.- Sobre 'C'.- Título: Criterios cuantificables mediante fórmulas: En este sobre 'C' se incluirá el modelo de oferta económica establecido en el Anexo V del presente pliego , escrito a máquina, en cifras y letras, y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Diputación Provincial estime fundamental para considerar la oferta, especialmente, el precio y la denominación del servicio.
En la oferta se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos, tasas o precios públicos de cualquier índole que graven los distintos conceptos y resulten de aplicación.
Los licitadores incluirán también en este sobre la documentación relacionada con los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes obtenidos mediante aplicación de fórmulas, conteniendo todos los elementos que la integran.
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Si algún licitador no aportara datos respecto a alguno de los criterios a que se refiere a este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto al criterio de que se trate.
El apartado anterior será de aplicación para aquellos casos en los que para la valoración del criterio de adjudicación sean tenidos en cuenta diferentes parámetros y alguno de ellos no sea acreditado suficientemente
## 7.5 Obligación de inscripción en el Registro de Terceros- Apoderamientos de la Diputación de Almería.
Los licitadores que presenten oferta, deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro de Terceros -Apoderamientos de esta Diputación, a efectos de poder realizar las notificaciones/comunicaciones y, en caso de ser adjudicatario, para poder realizar el abono de las correspondientes facturas.
A tales efectos deberán darse de alta en el registro de Terceros - Apoderamientos, haciendo constar al menos:
- La identidad del tercero oferente (Identificador y denominación recogida automáticamente del certificado digital que se haya utilizado)
- La dirección de correo-e que quiera utilizar para comunicaciones y avisos de notificaciones por comparecencia.
- En su caso, la identidad y poderes del representante (autorizado para firmar la oferta o simplemente auxiliarles en la edición preparatoria para la presentación de las mismas). Siempre que quien apodera pueda hacerlo, bien por identificarse con un certificado de persona jurídica o, si ha utilizado un certificado de persona física, está actuando en su nombre, o en nombre de un tercero que previamente lo había apoderado para tal acción.
Alta y actualización que podrá realizar electrónicamente tal y como se detalla en el anexo I de este pliego.
- O si no dispone de certificado electrónico reconocido, personarse, con los correspondientes poderes en su caso, en una Oficina de Atención al Registro, para que le auxilien en dicha acción.
Información de Oficinas de Atención al Registro aquí:
- https://www.dipalme.org/Servicios/Organizacion/servicios.nsf/ficha.xs p?id=B8131F8C616B202CC12578AF002CD740
- 7.6. Idioma de la documentación: Toda la documentación de las proposiciones para presentarse a la licitación deberá estar redactada en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
- 7.7. Devolución de documentación : En el caso de que, de forma excepcional se haya aportado alguna documentación en formato papel, transcurridos tres (3) meses, contados a partir de la fecha de adjudicación, los licitadores no adjudicatarios dispondrán de un (1) mes para retirar la dicha documentación. Transcurrido dicho plazo sin haberla retirado, se procederá a su destrucción.
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| CLÁUSULA 8ª. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE |
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| PROPOSICIONES, EXÁMEN DE DOCUMENTACIÓN, OFERTAS |
| ANORMALMENTE BAJAS Y SUCESION EN EL PROCEDIMIENTO |
- 8.1. Mesa de contratación: El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación que será el órgano competente para la valoración de las ofertas y estará compuesta, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la LCSP, apartado 7, en la forma señalada en el Anexo I del pliego.
La Mesa de contratación, además de las funciones que le otorga la ley, tendrá la facultad de resolver cuantas cuestiones o incidencias se presenten durante el procedimiento para realizar las propuestas de adjudicación, incluida ésta y solicitar cuantos informes considere oportuno.
## 8.2. Apertura telemática y examen de la documentación del sobre 'A':
Constituida la Mesa de contratación, a la vista de las proposiciones recibidas se procederá a la apertura del sobre 'A' , donde se incluye la documentación relacionada en la cláusula 7ª de este pliego.
Si la Mesa de contratación apreciase defectos subsanables tanto en la declaración responsable como, en su caso, en aquella documentación que deba acompañarse a la misma, concederá un plazo no superior a tres (3) días naturales, para que el licitador los corrija o subsane, lo que le será comunicado mediante notificación electrónica.
No obstante, la no subsanación de cualquiera de los documentos exigidos, será causa de exclusión de la licitación.
El/la Secretario/a levantará acta de todo lo actuado e incluirá en el expediente, en su caso, los requerimientos de subsanación efectuados y el resultado de las subsanaciones recibidas. En dicha acta, hará mención expresa de los licitadores admitidos y excluidos, con indicación, en este caso, de las causas de exclusión.
## 8.3. Apertura telemática del sobre 'B': Criterios de juicio de valor:
- 8.3.1. Acto de apertura del sobre 'B': Transcurrido el plazo para subsanación, en su caso, a que hace referencia la cláusula 8.2, y antes de la apertura a que se refiere el apartado siguiente, se convocará a la Mesa de contratación al objeto de proceder a la apertura de los sobres 'B' presentados y admitidos.
La apertura, en todo caso, se realizará en el plazo máximo de veinte (20) días, contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las proposiciones.
En dicho acto y, en primer lugar, el Presidente dará cuenta de las proposiciones recibidas y del resultado de la calificación de la documentación presentada en el sobre 'A', con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de exclusión, sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
A continuación, se procederá a la apertura de los sobres 'B' correspondientes a los criterios no cuantificables automáticamente.
- 8.3.2. Ponderación y valoración: Teniendo en cuenta los criterios establecidos en el Anexo I.C de este pliego , las puntuaciones se otorgarán conforme a lo dispuesto en dicho Anexo, a cuyos efectos la Mesa dispondrá de un plazo no superior a 15 días y, en cualquier caso, antes del acto de apertura del sobre 'C'.
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Para dicha ponderación, la Mesa podrá pedir informe a personal técnico en la materia.
En el caso de establecerse un umbral mínimo de puntuación para continuar en el proceso selectivo, se indicará en el Anexo referenciado en el párrafo anterior.
## 8.4. Apertura telemática del sobre 'C': Criterios cuantificables mediante fórmulas: Se actuará conforme al siguiente procedimiento:
- 1º) Reunida la mesa, en dicho acto, el Presidente dará cuenta del resultado de la valoración a que hace referencia la cláusula 8.3.
- 2º) A continuación, se procederá a la apertura de los sobres 'C' presentados y no rechazados.
- 3º) El Secretario levantará la correspondiente acta de la apertura de las proposiciones en la que se recogerán cuantas incidencias resulten en el acto.
- 8.4.2. Exclusión de proposiciones: si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el presupuesto ofertado o existiese reconocimiento por el licitador, o persona autorizada, de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa en resolución motivada.
- 8.5.- Para conocimiento en general y, en particular, para los licitadores, el resultado de la apertura de los sobres 'C' relativos a las ofertas económicas, así como el de la valoración de la cláusula 8.3, será expuesto en el perfil de contratante por un periodo de diez (10) días.
- 8.6.- Para la valoración se aplicarán los criterios recogidos en el Anexo I con la ponderación igualmente prevista en dicho Anexo.
- 8.7. Justificación oferta anormal o desproporcionada : Si por aplicación de los parámetros objetivos previstos en el Anexo I del pliego alguna oferta fuese considerada anormalmente baja o desproporcionada, la Mesa de contratación tramitará el procedimiento previsto en el artículo 149 de la LCSP y, a la vista de su resultado, propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo.
En el procedimiento, deberá solicitarse el asesoramiento técnico del Servicio correspondiente.
Cuando una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad hubiera resultado adjudicataria del contrato, el órgano de contratación establecerá mecanismos adecuados para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo, con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que se produzca una merma en la calidad del suministro.
- 8.8. Sucesión en el procedimiento: Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la formalización del contrato, se produjese una operación de fusión, escisión, transmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá a la empresa licitadora o candidata en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibición de contratar y acredite su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en este pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## CLÁUSULA 9ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN
9.1. - Clasificación de las ofertas: De conformidad con lo establecido en el artículo 150.1 de la LCSP, la Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, l presentadas, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el Anexo I del pliego , pudiéndose solicita r para ello cuantos informes técnicos se estime pertinentes.
Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la la que incorpora el precio más bajo.
La Mesa elevará al órgano de contratación dicha propuesta de clasifi cación, en la que incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios indicados en el Anexo I del pliego , acompañada de las proposiciones, las actas de sus reuniones, de la documentació sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitid .
- 9.2. - Requerimiento de la documentación previa a la adjudicación: Tras la adopción por el órgano de contratación del acuerdo, en el que se acepte la propuesta de órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán, mediante comunicación electrónica, al licitador que haya presentado la mejor oferta, a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP, para q del plazo de diez (10) días hábiles, remi ta la documentación exigida indicada a continuación tal y como se establece en el artículo 150.2 de la LCSP:
- 1.- Documentación justificativa, relacionada en el Anexo III del pliego, entre la que se incluirán las circunstancias a las que se refieren las le tras a) y c) del apartado 1 del artículo 140, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra.
El licitador, a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá a órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, las circuns a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar, r eferidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, las cuales deben subsistir a formalización del contrato.
En todo caso, el órgano de contratación podrá recabar, en cualquier moment la adopción de la propues ta de adjudicación, a los licitadores, para que aport documentación señalada en este punto.
La documentación deberá presentarse en formato electrónico a través de virtual de esta Diputación: ( https://www.dipalme.org/Servicios/cmsdipro/index.nsf/index.xsp?p=sededipalme ).
No obstante, esta Diputación excepcionalmente cuando lo considere, en los supuestos legalmente previstos, podrá requerir su presentación en papel para su comprobac
Igualmente podrá aceptarse la documentación en formato electrónico que pr otras Administraciones o entidades y que contenga u n códig s guro de verificación.
Las declaraciones responsables podrán realizarse en formato electrónico e validable y los certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, telemáticos.
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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- 2.- En su caso, relación de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP .
- 3.- En su caso, cuando el licitador desee acudir a las capacidades de otras empresas, de conformidad con el art. 75.2 de la LCSP, deberá aportar los compromisos de las mismas de poner a disposición del adjudicatario los medios necesarios .
- 4.- Constitución de la garantía definitiva, que sea procedente, en los términos previstos en el artículo 107 de la LCSP
Se acreditará mediante el r esguardo acreditativo de la constitución, a disposición órgano de contratación, en la Caja de Depósitos de esta Corporación, por valo precio final ofertado, IVA excluido, o, en el supuesto de un suministro por p por valor d el 5% del presupuesto base de licitación, IVA excluido.
La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores p valores privados, o por contrato de seguro de caución, en la forma y condicion en los art ículos 108 de la LCSP, debiendo depositarse su importe, o la documenta acreditativa correspondiente, en la Caja General de Depósitos de la Diputación
Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar autoriz apoderados de la entidad avalista o aseguradora con poder suficiente para obligarla, que deben ser bastanteados por la Secretaría General de la Diputación de Almer
No se prevé la constitución de la garantía en la modalidad de retención co precio.
Además, de conformidad con el artículo 107.2 de la LCSP y cuando así se indi el Anexo I del presente pliego, en casos especiales, entre los que se incluye el de que l del adjudicatario resultara inicialmente incursa en presunción de anormalidad, á exigir una garantía complementaria de hasta un 5 por 100 del precio final ofertado p que presentó la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 Impuesto sobre el Valor Añadido, pudiendo alcanzar la garant ía total un 10 por 100 del citado precio.
De conformidad con el art 108.3 de la LCSP la acreditación de la constit garantía definitiva podrá realizarse por medios electrónicos.
- 5.- Obligaciones tributarias: Certificación positiva, expedida por l a Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de contratar con la Administración Pública , de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Este certi expedido por medios electrónicos, informáticos o te lemáticos.
Además, el Servicio encargado de la contratación, de oficio, comprobará que como adjudicatario se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con esta Dip
6.- Obligaciones con la Seguridad Social : Certificación positiva, expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social a efectos de contratar con la Administración Pública , de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Social, o declaración responsable de n estar obligado a presentarlas. Este certificado p ser expedido por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Respecto a los certificados de estar al corriente referidos en los apartad citados, deberán ser expedidos a efectos de contratar con la Administración pública y encontrarse vigentes. En el caso de que no lo estén en el momento de la adj AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION Servicio De Patrimonio Y Contratacion Sección de Suministros y Patrimonio correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org Ref. Exp. 2025/D22200/006 -202/00006
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contrato, se exigirán al licitador propuesto nuevos certificados vigentes en d adjudicación; dicha vigencia deb rá extenderse hasta el momento de la formalización d contrato.
7.- Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) : Alta en el I.A.E., en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que se ejerzan actividades impuesto, en relación a las que se vengan realizando a la fecha de presen proposición, referida al ejercicio corriente , o el último recibo del impuesto, en cualquiera los casos completado con una declaración responsable de no haberse dado de matrícula del citado impuesto. Sin perjuicio de la obligación de acreditar el a en el supuesto de e ncontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el art. 82. e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se ap Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditars re solución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Ad Tributaria. Respecto de los supuestos enunciados en la letra c) del art. 82.1, físicas, deberá acreditarse el alta en el impuesto acompañada de una d eclaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
Las personas físicas y los sujetos pasivos contemplados en la letra b) de deberán acreditar el alta en el impuesto. Se exceptúan de los requisitos expresa os en este apartado los sujetos pasivos a que se refiere el art. 82.1 apartados a), d), g) legal.
8.- Empresarios extranjeros : Los extranjeros, sean personas físicas o jurídica pertenecientes o no a Estados miembros de la Un ión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar sendas certificaciones expedida por autoridad com país de procedencia, acreditativas de hallarse al corriente en el cumpli correspondientes obligaciones trib utarias y de las correspondientes obligaciones sociales se exijan en el país de su nacionalidad, todo ello referido a los doce últimos
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Recibida esta documentac ión, se reunirá la Mesa de contratación para proceder calificación de la misma. Si observara defectos u omisiones subsanables en la presentada, concederá un plazo no superior a tres (3) días naturales, para qu corrija o subsane, lo que le será comunicado mediante notificación electrónica.
En todo caso, se comprobará la acreditación de los requisitos mínimos de económica y técnica exigidos, y, en su caso, la clasificación, pudiendo recabar acla raciones que estime oportunas sobre la documentación presentada, así como req la presentación de la documentación correspondiente.
La no presentación del testimonio judicial, certificación administrativa responsable del licitador, otorgada ante notario o autoridad pública, de tener capacidad y de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administració artículo 71 de la LCSP, no es subsanable, salvo que se haya presentado una declaración s in atender al formato recogido en al Anexo III de este pliego , en cuyo caso se procederá a su subsanación mediante su otorgamiento en la forma establecida en dicho anexo.
En el caso de no proceder el licitador a subsanar el defecto u omi documentación requerida en el tiempo concedido, será desestimada su proposició definitiva.
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Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias no sub ables, se rechazará la proposición.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá ex
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De conformidad con el artículo 96 de la LCSP, la inscripción en el Regist Licitadores y Empresas Clasificadas del Sec tor Público acreditará frente a todos los órgano de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prue condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacid representación, hab ilitación profesional o empresarial, solvencia económica y fina técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así com o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mi
La i nscripción en el Registro de Licitadores de Andalucía surtirá los mismo
En el caso que los licitadores tengan acreditada su personalidad y bast escrituras y poderes correspondientes ante esta Diputación, así como el docume ntación que no haya sufrido modificación, podrán presentar una decl responsable de la vigencia de los mismos y la indicación del contrato a que fu según lo establecido en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de iento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estando sujetos, en to comprobación oportuna.
De conformidad con lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señal ado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de l establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71, respecto a las prohi en el caso de que hubiera mediado dolo, culpa o negligencia.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior , se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado cla ofertas.
- 9.3- Propuesta de adjudicación: La Mesa de contratación calificará la documentación presentada y comprobará el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para contratar con la Administración.
Presentada la documentación requerida en forma adecuada, la Mesa elevará de contratación la propuesta de adjudicación correspondiente. En caso contrari exclusión de los candidatos o licitadores que no acrediten dicho cumplimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 157.6 de la LCSP, la pr adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto f Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el cont acuerdo con la propuesta formulada, deberá motivar su decisión.
CLÁUSULA 10ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE
LA ADJUDICACIÓN
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El órgano de contratación deberá adjudica r el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación anteriormente indicada, co indicando los términos definitivos del contrato.
La adjudicación deberá dictarse, en todo caso, siempre que alguna de ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudie declararse desierta la licitación.
Cuando el único criterio para seleccionar al adjudicatario sea el precio, deberá recaer en el plazo m áximo de quince días a contar desde el siguiente al de aper las proposiciones.
Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una plu criterios, o utilizándose un único criterio sea este el de menor coste del cic a, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la ap proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el Anexo I de este pliego .
Estos plazos se ampliarán en quince (15) días hábiles cuando sea necesa rio seguir los trámites procedimentales por haberse identificado ofertas incursas en pr anormalidad.
De no producirse la adjudicación dentro de los plazos establecidos, lo tendrán derecho a retirar su proposición, y la devolución de la garantía provisional, de existir esta.
No obstante, en los términos previstos en el artículo 152 de la LCSP, la A antes la formalización del contrato, podrá decidir no adjudicar o celebrar razones de interés público debida mente justificadas en el expediente; así mismo podrá des del procedimiento con motivo de a una infracción no subsanable de las normas de del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación debiendo expedien te la concurrencia de esta causa. En ambos casos, se indemnizará a los l los gastos que su participación en la licitación les hubiese ocasionado, con u (100) euros.
La adjudicación, que deberá ser motivada, se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La publicidad deberán contener la información necesaria que permita a los inte procedimiento de adjudicación interponer rec urso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, debiendo incluir en todo caso la información que se relaciona 151.2 de la LCSP. En la notificación se indicará el plazo en que debe pro formalización conforme al ci tado precepto.
La notificación se hará por medios electrónicos, de conformidad con lo dis DA15ª de la LCSP. A estos efectos, deberán comunicar, a la Diputación de Almería el electrónico donde quieran recibir aviso de las NOTIFICACIONES, MEDIANTE COMPARECENCIA ELECTRÓNICA, que esta Administración tenga que hacerle.
## CLÁUSULA 11ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y PUBLICIDAD
11.1. - Formalización del contrato : De conformidad con el artículo 153 de la LCSP, los contratos que celebren las Administraciones Públicas se perfeccionan con su debiendo formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exact condiciones de la licitación , constituyendo dicho documento título suficiente para acce cualquier registro público.
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No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a e corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se pod rán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración d de la adjudicación.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contrata al artículo 44 de la LCSP, la formaliz ación no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjud que formal ice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el sig en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previ anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la su ensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano compete resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse n los quinc e días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151 de la LCS
El contrato, en el que se dejará constancia de la dirección electrónica c e al pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones téc contratación, se firmará de forma electrónica mediante el procedimiento electró para ello por esta Diputación.
Antes de proceder a la formalización del contrato, el adjudicatario deber dependencia tramitadora la documentación especificada en el Anexo I del pliego.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado dent ro del plazo indicado, se le exigirá el importe del 3% del presupuesto bas IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar co definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de que en tal ca so se adopte resolución de prohibición para contratar conforme a lo previsto en los arts. 71 y ss. de la L el contrato se adjudicará al licitador siguiente por el orden en que se clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación previa a la adjudicación relacionada en la cláusula 9ª.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administ indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera
No podrá i niciarse la ejecución del contrato con carácter previo a su formal
En los contratos adjudicados por lotes, cada lote constituirá un contrat caso de que se presenten ofertas integradoras, si ello se prevé en el anexo I, das las ofertas constituirán un único documento contractual.
11.2. - Publicidad de la formalización del contrato: La formalización de los contratos deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no super tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del órgano
Cuando el contrato esté sujeto a regulación armonizada, el anuncio de fo deberá publicarse, además en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), enviarse dicho anuncio a más tardar 10 días después de su formalización.
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Esta publicaci ón se realizará de forma previa a la del perfil de contratante, no se haya recibido notificación de su publicación a los dos días naturales de de la recepción del anuncio enviado. En el perfil de contratante deberá indic cha del envío del anuncio al DOUE.
Los anuncios de formalización de contratos contendrán la información reco anexo III de la LCSP.
Podrán no publicarse determinados datos relativos a la celebración de justificándose debidamente en el e xp diente, en los supuestos y en la forma establecida art. 154.7 de la LCSP
## CLÁUSULA 12ª.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y RESPONSABLE DEL
## MISMO
12.1 Ejecución del contrato: La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ven del contratista, con suje ión a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el responsabl
De conformidad con lo establecido en el art. 300 de la LCSP, el contratista ligado a entregar los bienes en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de confo prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que incurrido en mora al recibirlos.
Asimismo, conforme al artículo 311 de la LCSP, será responsable de la cali de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así c consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omis métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato
La eje cución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciars de garantía (art. 305 LCSP), quedando exceptuados los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administra
El adjudicatario no podrá introducir en el contrato, a lo largo de s alteraciones en el mismo, sin autorización previa de esta Corporación, qu n recibirá puntualmente información de todas las incidencias que ocurran en el transcurso
- 12.1.1 - Condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden : De conformidad con lo establecido en e l art. 202 de la LCSP, el órgano de contratación podrá establecer condiciones especiales en relación c del contrato, siempre que estén vinculadas al objeto del contrato, no se indirectamente discriminatorias, sean compatibles con el derecho comunitario y se indiquen en el anuncio de licitación y en los pliegos.
En todo caso, será obligatorio el establecimiento de, al menos, una de la especiales de ejecución que se enumeran en el apartado 2 del art.202 de la LCSP cuales se describirán en el Anexo I del pliego y cuyo incumplimiento tendrá las consecuencias que en mismo se establezcan.
Asimismo, se podrán prever en el citado Anexo I, penalidades para el incumplimiento de las mismas.
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## 12.2- Responsable del objeto del contrato y Unidad de seguimiento y ejecución del mismo.
- 12.2.1. Responsable del objeto del contrato. En el Anexo I del presente pliego figurará el responsable del contrato, que podrá ser persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, que se encargará de:
- 12.2.2. Unidad de seguimiento y ejecución del contrato. La Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato figurará en el Anexo I del presente pliego .
| a) | La supervisión de la ejecución del contrato. |
|------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| b) | Adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. |
| c) | Proponer la imposición de penalidades de conformidad con lo establecido en los artículos 192 y 193 de la LCSP |
| d) | Control de la recepción de los suministros y trabajos realizados. |
| e) | Conformar las facturas para proceder a su abono. |
| f) | En caso de que el contrato tenga tratamiento de datos protegidos y se modificara la finalidad de dicho tratamiento indicada en el anexo I de este pliego, el responsable del contrato estará obligado a comunicarlo a la Unidad de seguimiento y ejecución del contrato. |
| g) | Emitir cuantos informes sean necesarios en relación con la ejecución del contrato. |
## CLÁUSULA 13ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, EN ESPECIAL, DEBER DE CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS, CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO E IMPOSICIÓN DE PENALIDADES
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
Además de las obligaciones que para las partes contratantes se deriven del régimen jurídico del contrato y de todas las obligaciones fijadas en el pliego de prescripciones técnicas y en las restantes cláusulas del presente pliego, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
- -En relación al personal encargado de la ejecución del contrato. El contratista deberá contar con medios personales y materiales para la correcta ejecución del contrato, debiendo aportar los medios que sean necesarios para ello, siendo totalmente ajena la Diputación a las relaciones laborales entre la empresa adjudicataria y su personal, sin que en ningún caso el personal tenga relación alguna con esta Diputación.
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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El personal que realice los suministros dependerá exclus ivamente del adjudicatario, que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario, por cuanto aquél que sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en orden legalmente establecido y sien do, por tanto, ésta la única responsable y obligada cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tri dicho person al en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con la Diputación ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o correspondan al mismo.
En ningún caso la Diputación será responsable de las obligaciones que corr adjudicatario en relación con su personal, pudiendo recabar del adjudicatario documental del cumplimiento de dichos extremos.
Cuando una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colecti de eficacia general imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como determinadas relaciones laborales, se facilitará a los licitadores, mediante un pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los que implicará tal medida, información que se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 de la LCSP.
- Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en las depe provinciales en el lugar convenido y en el plazo señalado en el Anexo I , o en el que hubiere ofertado el contratista en su proposición, si fuera menor. El contratista no tendrá der indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los b su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al rec
- En caso d e que se entreguen bienes como parte del precio según se dispong Anexo I , los bienes objeto de entrega deberán ser retirados en las dependencia contratista y en el plazo señalado en dicho Anexo o en el que hubiere ofertado el contratis ta en su proposición, si fuera menor.
- El contratista estará obligado a realizar todas las operaciones que resu para la instalación de los bienes a suministrar, de conformidad con lo estable de prescripciones técnicas, cons iderándose su costo incluido en el precio del contrato.
- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios q a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consec operaciones que req uiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administ responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. (art. 196 de
- El contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y auto los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudiera n corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propi y comercial, debiendo indemnizar, en su caso, a la Administración de todos perjuicios que para la misma pudieran derivarse c on motivo de la interposición de reclamaciones.
- El contratista, durante la ejecución del contrato, deberá cumplir las aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el dere
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Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el anexo V LCSP.
-El contratista será responsable de todos los accidentes, daños, perjuicios e infracciones que pudieran ocurrir o cometerse, debidos a una mala ejecución de los trabajos objeto de este contrato. A estos efectos, en el Anexo I, podrá establecerse la obligación de que el contratista disponga de una póliza de seguro de responsabilidad civil, que garantice los daños ocasionados tanto a terceros como a la Diputación o centro destinatario de los suministros, por el importe que en dicho anexo se fije. Dicha póliza deberá cubrir ampliamente las responsabilidades que se pudieran derivar del cumplimiento del contrato, debiendo hallarse al corriente en el pago de las primas y mantenerse en vigor durante el periodo que dure la ejecución del contrato, siendo obligatorio remitir al Servicio de Patrimonio y Contratación copia del recibo en vigor.
A estos efectos, el órgano de contratación podrá comprobar el cumplimiento de dichas obligaciones, en cualquier momento, debiendo someterse los contratistas a las medidas de control que se consideren oportunas.
## Información sobre el tratamiento de datos personales del contrato
El responsable del tratamiento de sus datos es la Diputación de Almería, con CIF P0400000F, dirección en calle Navarro Rodrigo 17, C.P. 04001, Almería, teléfono de contacto 950 21 11 00. Puede ponerse en contacto con la Diputación de Almería por correo postal en la dirección indicada, o por correo electrónico en registro@dipalme.org.
La finalidad del tratamiento de los datos personales será la gestión de datos de contactos de interesados y representantes en los expedientes de contratación tramitados en la Diputación de Almería.
La base legal que legitima el tratamiento de sus datos reside en que el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales, y también que es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, en virtud de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La comunicación de sus datos personales es un requisito legal para poder suscribir el contrato. En caso de que no nos proporcione sus datos personales, no será posible adjudicarle dicho contrato.
Sus datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Una vez concluido el citado plazo, la conservación se atendrá a los plazos establecidos en los calendarios de conservación dictaminados por la Comisión Andaluza de Valoración de Documentos.
Están previstas comunicaciones cuando se pueda realizar la comunicación de datos conforme al artículo 6 del RGPD relativo a la legitimación del tratamiento a:
- Cámara de Cuentas/Tribunal de Cuentas
- Juzgados y Tribunales de Justicia.
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Sus datos no serán objeto de transferencias internacionales.
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Diputación de Almería, en la dirección calle Navarro Rodrigo 17, C.P. 04001, Almería, a través de la Sede electrónica de la Diputación, o en la dirección de correo electrónico dpd@dipalme.org, acreditando su identidad y adjuntando la solicitud cumplimentada que puede descargar en el siguiente enlace:
## https://www.dipalme.org/Servicios/Anexos/Anexos.nsf/porclasificador/07944F49EC7 50D7DC12582B7003CA693/$File/EDPD.pdf
También puede ejercer estos derechos en caso de no recibir contestación por nuestra parte en el plazo de un mes, ante la Agencia Española de Protección de Datos, https://www.aepd.es, y el Consejo de transparencia y Protección de
Datos de Andalucía, https://www.ctpdandalucia.es/ para solicitar información sobre sus derechos.
Para más información, puede consultar la Política de Privacidad ubicada en la Web corporativa de Diputación.
## Obligaciones del contratista en relación al deber de confidencialidad y protección en el tratamiento de datos personales
Con carácter general, la entidad adjudicataria del contrato y todo su personal se obliga al cumplimiento de lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de datos personales de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en lo sucesivo, RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la normativa de protección de datos aplicable, en relación con los datos personales a los cuales tengan acceso durante la vigencia del presente contrato.
Los datos personales a los que accederá y tratará -o sean susceptibles de tratamientola entidad adjudicataria, en el ejercicio de la prestación de los servicios profesionales derivados de la formalización del presente contrato, son responsabilidad de la entidad contratante, la Diputación Provincial de Almería (en lo sucesivo, la Diputación), la cual es responsable del tratamiento.
La entidad adjudicataria ostentará la posición de encargado del tratamiento en relación con estos datos, de conformidad con lo que dispone el artículo 28 del RGPD. A tal efecto, se compromete a utilizarlos única y exclusivamente con la finalidad de prestar los servicios profesionales por los cuales ha sido contratada, así como a cumplir con todas las obligaciones que exige la normativa vigente. La entidad adjudicataria tratará los datos de conformidad con las instrucciones de la Diputación y, en ningún caso, utilizará los datos con una finalidad diferente a la establecida en el presente contrato, ni los comunicará ni cederá, ni siquiera para su conservación, a cualquier tercero ajeno al contrato. En el caso de que no pueda cumplir tales instrucciones por la razón que fuera o entienda que una de estas instrucciones infringe el RGPD, informará de ello, sin demora, a la Diputación.
En este sentido, se compromete a cumplir las siguientes instrucciones en el tratamiento de datos personales, de los que la Diputación de Almería es responsable.
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- A. Instrucciones del responsable. Tratará los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
- B. Registro de actividades de tratamiento. Pondrá a disposición de la Diputación de Almería, cuando así le sea requerido, el registro de actividad de tratamiento descrito en el art.30.2 del RGPD, que deberá tener forma escrita, inclusive en formato electrónico. En este registro se incluirán todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable que contenga:
- a. El nombre y los datos de contacto del encargado y de cada responsable, por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del delegado de protección de datos.
- b. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
- c. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- d. Cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
- i. El nombre y los datos de contacto del responsable y del delegado de protección de datos
- ii. Los fines del tratamiento
- iii. Una descripción de las categorías de interesados y de las categorías de datos personales
- iv. Las categorías de destinatarios a quienes se comunicaron o comunicarán los datos personales, incluidos los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales
- v. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caos de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- vi. Cuando sea posible, los plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos
- e. Cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
1. La seudonimización y el cifrado de datos personales.
2. La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
3. La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
4. Un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- C. Comunicación o cesión de datos. No comunicará o cederá los datos a terceras personas físicas o jurídicas, salvo que cuente con la autorización expresa de la Diputación de Almería, en los supuestos legalmente admisibles.
- D. El encargado podrá comunicar los datos a otros encargados del tratamiento de la Diputación de Almería, de acuerdo con las instrucciones de esta, como responsable del tratamiento. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
- E. Si el encargado debiera transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
- F. Confidencialidad y deber de secreto. Mantendrá el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal, así como cualquier otra información a la que tenga acceso en virtud del presente encargo que, incluso en lo referente a datos que no sean de carácter personal, pero que, por su propia naturaleza deban ser tratados de forma confidencial. Este deber se mantendrá incluso después de que finalice el objeto del contrato.
- G. Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente. Asimismo, deberá garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
- H. Mantener a disposición de la Diputación de Almería la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
- I. Formación y Concienciación. Garantizará la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
- J. Ejercicio de derechos en materia de Protección de datos de los ciudadanos. Asistirá a la Diputación en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
1. Acceso, rectificación, supresión y oposición
2. Limitación del tratamiento
3. Portabilidad de datos
4. A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida en la elaboración de perfiles)
- K. Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección: dpd@dipalme.org. La comunicación debe hacerse de forma
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Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
- L. Brechas de Seguridad . El encargado del tratamiento notificará a la Diputación de Almería, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas, y a través del Delegado de Protección de Datos de la Diputación de Almería, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
- M. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
- N. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
- a. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
- b. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
- c. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
- d. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
- O. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
- P. Las incidencias detectadas deberán ser reportadas a la Diputación en menos de 24 horas, de forma genérica, y en menos de 12 horas para incidencias con peligrosidad media, menos de 8 horas para incidencias con peligrosidad alta o muy alta, y menos de 4 horas para incidencias con peligrosidad crítica
- Q. Dará apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda. Asimismo, deberá asistir según el caso, al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de los arts. 15 a 22 del RGPD.
- R. Seguridad del Tratamiento. Durante la vigencia del contrato formalizado entre las partes, y de acuerdo con lo que establece el artículo 32 del RGPD, la entidad adjudicataria del contrato se compromete a aplicar, tanto en el momento de determinar los medios de tratamiento como en el momento mismo del tratamiento de los datos personales responsabilidad de la Diputación y con el fin de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, medidas técnicas y organizativas apropiadas y acordes a los principios de protección de datos e integrar las garantías necesarias en el tratamiento, a fin de cumplir los requisitos del RGPD y proteger los derechos de los interesados .
- S. Aplicará las medidas de seguridad técnicas y organizativas implantadas, a partir del análisis de riesgos realizado para este encargo por la Diputación para:
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- a. Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- b. Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
- c. Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- d. Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
- T. Evaluación de impacto. La entidad adjudicataria deberá ayudar a la Diputación de Almería a garantizar el cumplimiento de las obligaciones concernientes a la seguridad de los datos personales y la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consulta previa, en su caso, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado del tratamiento, además de poner a disposición de la Diputación sus instalaciones y toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones a realizar por la Diputación u otro auditor autorizado por esta.
- U. Delegado de Protección de datos . Si la entidad adjudicataria está obligada a designar un Delegado de Protección de Datos, deberá comunicar su identidad y datos de contacto al Delegado de Protección de Datos de la Diputación de Almería.
- V. Incorporación de otros encargados de tratamiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del RGPD, 'El encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado sin la autorización previa por escrito, específica o general, del responsable. En este último caso, el encargado informará al responsable de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros encargados, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios'.
- W. Servidores. Es obligación del encargado presentar una declaración responsable en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
- X. El encargado tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere el párrafo anterior.
- Y. Es obligatorio que el contratista informe a la Diputación de Almería si tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos sobre el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
- Z. Información sobre el cumplimiento . Pondrá a disposición del responsable del tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
AA. Responsabilidad por uso ilegítimo . Responderá frente al responsable del tratamiento de cualquier reclamación derivada, directa o indirectamente, del uso indebido o ilegítimo de los datos personales por parte del encargado del tratamiento o del personal a su servicio, quedando la Diputación exenta de toda responsabilidad y al margen de cualquier reclamación que pudiera plantearse al respecto.
## Cumplimiento de obligaciones salariales
Será obligación del contratista cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
El incumplimiento de obligaciones salariales, incluidos los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar, según se especifique en el Anexo I de este pliego, a la imposición de penalidades o la resolución del contrato por atribuirles en dicho Anexo el carácter de obligación contractual esencial (artículos 122,2 y 201 de la LCSP).
## Cumplimiento de plazos y penalidades por incumplimiento
De conformidad con el art. 193 de la LCSP, el contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa por parte de esta Corporación.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
El órgano de contratación podrá acordar la inclusión en el Anexo I del presente pliego unas penalidades distintas a las enumeradas en el párrafo anterior cuando, atendiendo a las especiales características del contrato, se considere necesario para su correcta ejecución y así se justifique en el expediente.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta Administración tendrá las mismas facultades a que se refieren los párrafos anteriores respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando se hubiese previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares o cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.
La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
Si se produjera retraso por motivos no imputables al contratista y este ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista, d previsto en el art 195.2 de la LCSP.
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## Cumplimiento defectuoso o incumplimiento parcial de la ejecución del objeto del contrato e imposición de penalidades .
En el caso de que el contratista realizará defectuosamente el objeto de órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, o bien, imponer penal económicas proporcionales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cad no podrán ser superiores al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluid las mismas superar el 50 por cien del precio del contrato.
Se considerará, en su caso, cumplimiento defectuoso, los supuestos indi Anexo I de este pliego .
Impuesta una o varias penalidades, nada impide que cada vez que se produzc incu mplimiento se opte por imponer más penalidades o resolver el contrato.
En todo caso, se resolverá el contrato cuando la totalidad de las penalid por incumplimientos defectuosos superen el 50% del precio del contrato (IVA exc
## Procedimiento para la imposición de penalidades .
Para la imposición de las penalidades se sustanciará un procedimiento, a responsable del contrato, con previo apercibimiento al contratista, requ cumplimiento, en caso de ser subsanable el i ncumplimiento de la obligación.
El procedimiento se tramitará en pieza separada, en el que necesariament audiencia al contratista, para que pueda realizar alegaciones o aportar do considere oportunos, de las que se dará traslado al responsable del contrato para la emisión del informe técnico correspondiente.
El acuerdo adoptado por el órgano de contratación será inmediatamente ejec penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que deban contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cu deducirse de las facturas.
Asimismo, en el plazo de quince (15) días , contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario d ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en en causa de resolución.
## CLÁUS ULA 14ª.- DERECHOS DEL CONTRATISTA, EN ESPECIAL, EL ABONO DEL PRECIO
En general, son derechos del contratista cuantos puedan derivarse del con caso, con arreglo a las normas y prescripciones de la vigente legislación sobr las Administraciones Públicas, y, en especial, al abono del precio convenido en l por los suministros efectivamente recibidos a satisfacción de la Administración derecho a indemnización por las averías y perjuicios ocasionados en la ejecución del contrato, salvo que la Administración hubiere incurrido en culpa.
El contratista tiene la obligación de presentar la/s factura/s por l entregados, en la forma establecida en el acuerdo de adjudicación.
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Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
El contratista deberá presentar la/s factura/s electrónica/s correspondiente/s, de conformidad con el artículo 4 de la ley 25/2013, de 27 de diciembre, a través de la plataforma FACE: https://face.gob.es/es/, debiendo consignar " L02000004 " como código único para los tres órganos FACE.
La/s factura/s habrá/n de cumplir los requisitos exigidos en la normativa vigente y deberá expedirse a la Diputación Provincial de Almería, como Administración contratante, con las referencias del expediente concreto y del órgano proponente.
La/s factura/s ha/n de presentarse en el plazo de treinta días naturales contados desde la fecha de entrega efectiva de los bienes a satisfacción de la Administración.
La Administración tendrá la obligación de aprobar las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes a la presentación de la factura en el registro administrativo indicado en el punto anterior, siendo requisito indispensable haber recepcionado los suministros, de conformidad con lo dispuesto en los documentos contractuales.
La Administración tiene la obligación de pagar el precio del contrato dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de aprobación de las facturas.
En cuanto al devengo y abono de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro, se estará a lo dispuesto en el art. 198.4 de la LCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
El contratista podrá ceder a un tercero por cualquiera de los medios legalmente establecidos su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a esta última el acuerdo de cesión.
## CLÁUSULA 15ª.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Sin perjuicio de los supuestos previstos en la LCSP respecto a la sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y ampliación del plazo de ejecución, los contratos administrativos solo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en la LCSP (Subsección 4, Sección 3, Título I, Libro 2º), y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191, con las particularidades previstas en el artículo 207.
En los supuestos de modificación del contrato recogidas en el artículo 205 LCSP, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido.
Cuando de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior la modificación no resulte obligatoria para el contratista, la misma solo será acordada por el órgano de contratación previa conformidad por escrito del mismo, resolviéndose el contrato, en caso contrario, de conformidad con lo establecido en la letra g) del apartado 1 del artículo 211 LCSP.
En todo caso, la modificación del contrato deberá formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la LCSP.
Las causas de modificación que se prevean expresamente en este pliego se detallarán, en su caso, en el Anexo I de este pliego .
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En el caso de que se determinen causas de modificación en dicho anexo, el procedimiento para su tramitación será el siguiente:
| a) | Informe técnico que justifique que se dan las condiciones indicadas y que valore la incidencia de la modificación en el precio del contrato. |
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| b) | Audiencia del contratista por plazo mínimo de tres (3) días naturales. |
| c) | Informe jurídico del Servicio o Sección tramitador del expediente de contratación, del Secretario General de la Diputación, así como informe de la Intervención Provincial. |
| d) | Dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía en los casos y respecto de las modificaciones de los contratos cuando no estuvieran previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea superior a un 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido, y su precio sea igual o superior a 6.000.000 de euros |
| e) | Acuerdo del órgano de contratación. |
De conformidad con el art. 207.3 de la LCSP, los órganos de contratación que hubieran modificado un contrato que esté sujeto a regulación armonizada, en los casos previstos en las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 205 de la LCSP deberán publicar en el «Diario Oficial de la Unión Europea» el correspondiente anuncio de modificación conforme a lo establecido en esta Ley.
Asimismo los órganos de contratación que hubieren modificado un contrato durante su vigencia, con independencia de si este está o no sujeto a regulación armonizada y de la causa que justifique la modificación, deberán publicar en todo caso un anuncio de modificación en el perfil de contratante del órgano de contratación en el plazo de 5 días desde la aprobación de la misma, que deberá ir acompañado de las alegaciones del contratista y de todos los informes que, en su caso, se hubieran recabado con carácter previo a su aprobación, incluidos aquellos aportados por el adjudicatario o los emitidos por el propio órgano de contratación.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
En relación a la garantía definitiva constituida, cuando a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince (15) días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario el acuerdo de modificación del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la LCSP.
## CLÁUSULA 16ª.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO: CUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN
Con carácter general, en el artículo 209 de la LCSP se establece que los contratos se extinguen por su cumplimiento o por su resolución.
De conformidad con el artículo 210 de la LCSP el contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación.
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En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un a positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o r objeto del contrato, o en el plazo que se determine en el pliego de cláusulas administrat particulares por razón de sus características.
Además de por cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, aco concurrencia de alguna de las causas previstas en la LCSP: a rtículos 211 y en los artículos 306 para los suministros y 313.1 para los servicios, dando lugar a los efectos prev en los artículos 213 y 307 para los suministros y 313.2 y .3 para los servicios
Al tratarse de un contrato mixto, en el que incluye también prestación de servicios, a l finalización del contrato, no podrá producirse la consolidación de las perso realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la administración conformidad con lo pr evisto en el artículo 308 de la LCSP.
## CLÁUSULA 17ª.- RECEPCIÓN, PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
17.1. - Recepción : La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo previsto en el artículo 210 de la LCSP, indicándos e en el Anexo I, en su caso, el lugar de entreg del suministro y prestación del servicio. Los gastos de la entrega y transpor objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
Conforme al art. 311.3 LCSP, la Diputa ción determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la s defectos observados con ocasión de su recepción.
De conformidad con el art. 304 de la LCSP si los bienes no se hallan en e recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucc contratista para que subsane los defectos obs ervados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedan ob ligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio
17.2. - Plazo de garantía : De conformidad con lo establecido en los artículos 210. 311 de la LCSP, el objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía es Anexo I , a contar desde la fecha de recepción o conformidad de los bienes y ser durante el cual la Administración podrá comprobar que la ejecución del contrato se contratado y a lo estipulado en el presente pliego y en el de prescripciones té
De conformidad con dichos preceptos, si durante el plazo de garantía se a existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados o trabajos efectua contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la reposición, reparación los mismos, si fuese suficiente. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento del contrato.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, qu suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecue ncia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá,
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dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que la Diputación haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refiere el art. 311 LCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los suministros o prestación realizados.
Esta garantía contractual operará, en su caso, de forma independiente de la garantía comercial ofrecida por el contratista según lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y que operará sobre el objeto del contrato.
- 17.3.- Devolución de la garantía definitiva: Cumplido satisfactoriamente el contrato y transcurrido el plazo de garantía que, en su caso, se indique en el Anexo I de este pliego , se procederá a la devolución de la garantía definitiva, si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la misma, de conformidad con lo establecido en el art. 111 de la LCSP.
Transcurrido un (1) año desde la fecha de terminación del contrato, y vencido el plazo de garantía, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el art. 110 de la LCSP.
Cuando el valor estimado del contrato sea inferior a 100.000 euros o cuando las empresas licitadoras reúnan los requisitos de pequeña o mediana empresa, según lo establecido en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y no estén controladas directa o indirectamente por otra empresa que no cumpla tales requisitos, el plazo se reducirá a (6) seis meses.
Si no se ha establecido plazo de garantía, concluida la vigencia del contrato y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de ésta.
## CLÁUSULA 18.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
- 18.1.- Cesión del contrato: Si así se contempla en el Anexo I de este pliego , de conformidad con lo dispuesto en el art. 214 de la LCSP, los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y siempre que se den los siguientes requisitos:
- a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, trascurrido el cual deberá entenderse otorgada por silencio administrativo.
- b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato.
- c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
- d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
18.2.- Subcontratación: En el Anexo I de este pliego se especifica si la presente contratación es susceptible de subcontratación de acuerdo con lo previsto en el art. 215 de la LCSP.
Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a esta Corporación, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento descriptivo, y a los términos del contrato; incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral a que se refiere el artículo 201, así como de la obligación a que hace referencia el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 referida al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
El conocimiento que tenga la Diputación de Almería de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a que se refieren las letras b) y c) del apartado 2 del art 215 de LCSP, o la autorización que otorgue en el supuesto previsto en la letra d) de dicho apartado, no alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 71 de la LCSP.
## CLÁUSULA 19ª.PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS
19.1.- Prerrogativas: De conformidad con el art. 190 de la LCSP, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en dicha ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de esta.
Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por los contratistas durante la ejecución del contrato, en los términos y con los límites establecidos en la presente Ley para cada tipo de contrato. En ningún caso dichas facultades de inspección podrán implicar un derecho general del órgano de contratación a inspeccionar las instalaciones, oficinas y demás emplazamientos en los que el contratista desarrolle sus actividades, salvo que tales emplazamientos y sus condiciones técnicas sean determinantes para el desarrollo de las prestaciones objeto del contrato. En tal caso, el órgano de contratación deberá justificarlo de forma expresa y detallada en el expediente administrativo.
19.2.- Jurisdicción competente y recursos: Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición
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en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
En el Anexo I de este pliego se indicará si la presente contratación está sujeta a la posible interposición de recurso especial en materia de contratación.
En caso de ser susceptible de recurso especial en materia de contratación:
1. La interposición del recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo.
2. De conformidad con el artículo 44.1 de la LCSP, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos y decisiones relacionados en el apartado 2 de dicho artículo, cuando se refieran a contratos de suministro, que tengan un valor estimado superior a cien mil euros.
3. El órgano competente para resolver el recurso es el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía con sede en C/ Barcelona Nº 4-6 (41001) - Sevilla (Sede del Registro para la presentación de documentación: Registro General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública: C/ Juan Antonio Vizarrón, s/n (41071) - Sevilla)
4. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 45 y siguientes de la LCSP, y contra la resolución dictada en este procedimiento sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO I: CUADRO RESUMEN CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Objeto del contrato: Implantación de una plataforma de administración electrónica en modalidad Software como Servicio (SaaS) para facilitarla a los Ayuntamientos con población inferior a 20.000 habitantes, a los mayores de 20.000 habitantes indicados en el PPT (mediante el correspondiente convenio de colaboración), a la propia Diputación Provincial y a los otros entes locales de la provincia indicados en el PPT, todo ello al amparo de la Norma Provincial para la prestación de servicios de administración electrónica y servicios de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), asistencia y servicios de administración electrónica y TIC.
Se trata de un contrato mixto comprensivo de las siguientes prestaciones, directamente vinculadas entre si y que mantienen relaciones de complementariedad conformando una unidad funcional:
| Suscripción Licencias (4 años) (gasto máximo) | Suscripción Anual de licencias de uso para Diputación y para los Ayuntamientos de la Provincia de Almería y Entidades Locales que así lo soliciten. |
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| Servicio de Implantación plataforma (solo el primer año) (precio máximo de licitación) | La implantación de la plataforma debe incluir la instalación, despliegue, parametrización, pruebas y puesta en marcha de los siguientes componentes de acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas |
| Servicio de alojamiento (3 años + 1 año incluido en la implantación ) (precio máximo de licitación) | S ervicio de alojamiento y almacenamiento de información. Este servicio resulta necesario para garantizar el almacenamiento, gestión y conservación de los archivos y datos generados y gestionados por las entidades públicas usuarias en el marco del uso del producto SaaS, fundamentalmente ficheros de carácter administrativo, documental y de gestión. Si bien la licencia de uso de un software como servicio (SaaS), en cuanto suministro, incluye de forma inherente el alojamiento de la propia aplicación y de los datos estrictamente necesarios para su funcionamiento -tales como parámetros de configuración, datos de operación y elementos técnicos asociados a la prestación del servicio-, dicho alcance no comprende el almacenamiento masivo de información ni la definición de los periodos de conservación y retención de los datos generados por las entidades públicas usuarias. En particular, el volumen de documentación administrativa gestionada por las entidades públicas usuarias puede crecer de forma sostenida y significativa en el tiempo, estando además sujeta a obligaciones legales de conservación, trazabilidad y disponibilidad. Por este motivo, el almacenamiento de dicha información no puede considerarse implícito dentro de la licencia SaaS, ya que este almacenamiento supondría una necesidad de capacidad |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| potencialmente indefinida, incompatible con el almacenamiento implícito dentro de las licencias SaaS. Es por ello que el hosting, como servicio de alojamiento y almacenamiento de información, contempla el almacenamiento de todos los expedientes abiertos y cerrados (y cualquiera de los estados intermedios), con independencia del año del que sean. Todo ello, con independencia del espacio físico de almacenamiento ocupado. |
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Las prestaciones que comprende el contrato son las detalladas en el pliego de prescripciones técnicas y se refieren tanto al suministro de las licencias como a los servicios de implantación y hosting siendo éstos servicios las prestaciones accesorias del contrato, teniendo en cuenta que el suministro es una prestación cuantitativamente y cualitativamente mayor.
Todo ello de conformidad con las características técnicas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
## Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato e idoneidad de su
objeto y contenido para satisfacerlas: En la documentación preparatoria (memoria justificativa) del presente contrato se justifican, conforme a lo señalado en el art. 28 de la LCSP, los fines institucionales, la naturaleza y extensión de las necesidades administrativas a satisfacer mediante el mismo, la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, así como los factores de todo orden tenidos en cuenta.
Asimismo, en la citada documentación preparatoria se justifica la naturaleza mixta del contrato, donde se concluye que 'En definitiva, este contrato mixto comprende prestaciones directamente vinculadas entre sí y que mantienen relaciones de complementariedad, conformando una unidad funcional indivisible con el objetivo final de disponer de una solución tecnológica.'
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En el caso de que se haya establecido la no división en lotes, esta circunstancia se justifica en la memoria justificativa; en el caso de que se haya establecido la división en lotes, los licitadores podrán presentar oferta a uno, varios o a la totalidad de los lotes y la adjudicación se efectuará de forma independiente para cada uno de ellos, pudiendo, no obstante, adjudicarse uno, varios o todos los lotes al mismo licitador
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Código CPV: De conformidad con el 'Vocabulario común de Contratos Públicos' (CPV) aprobado por la Comisión Europea mediante Reglamento nº 213/2008 de 28 de noviembre de 2007, el objeto del presente contrato puede clasificarse de acuerdo con la siguiente codificación:
## CPV - Código Nomenclatura de la Comisión Europea
48000000 8 Paquetes de software y sistemas de información
72267100 0 Mantenimiento de software de tecnología de la información
## El contratista se encargará del tratamiento de datos protegidos
: Si, a estos efectos
se facilita información sobre el tratamiento de datos en el Anexo VIII de este pliego .
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
Finalidad del tratamiento de datos que vayan a ser cedidos: Los datos personales cedidos al contratista se utilizarán exclusivamente para implantar, mantener y dar soporte técnico a la plataforma de administración electrónica y asegurar la operatividad de todos sus módulos y servicios (sede electrónica, registro, gestor de expedientes, notificaciones, facturación, etc.). No podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta de la ejecución del contrato
## Tratamiento de datos protegidos
- Confidencialidad: En los términos del art. 133 LCSP el adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato, así como los datos o información a los que pueda tener acceso como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que la Diputación de Almería autorice por escrito y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información. Los datos facilitados por el licitador que resulte adjudicatario serán cedidos al Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de que se puedan ceder a otros órganos de la administración pública, en su caso, en virtud del control a que está sujeta la contratación administrativa, de conformidad con la legislación vigente. Algunos de estos datos formarán parte del anuncio de adjudicación que se debe publicar en la forma y medios establecidos en la LCSP. No se podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, y así haya sido acordado por el órgano de contratación. A estos efectos, el licitador deberá incorporar en el sobre la relación de documentación para los que propongan ese carácter confidencial, fundamentando el motivo de tal carácter.
- Protección de datos de carácter personal: Las partes se obligan al cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos, así como de la demás normativa aplicable en materia de protección de datos. Los datos suministrados a la empresa adjudicataria para la ejecución del contrato se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamento de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. De conformidad con lo establecido en el art. 122. 2 de la LCSP, en la redacción dada por el Real Decreto Ley 14/2019, de 31 de octubre, el contratista tendrá la obligación de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos.
Subcontratación En el presente contrato, se establece que la mayor parte de las tareas tienen carácter crítico y no son susceptibles de subcontratación, salvo aquellas relacionadas con la infraestructura tecnológica del Centro de Proceso de Datos (CPD) , cuya subcontratación puede justificarse por razones técnicas, operativas y de eficiencia en la prestación del servicio.
La infraestructura del CPD, incluyendo los sistemas de procesamiento, almacenamiento, redes y seguridad, requiere una constante adaptación a la evolución tecnológica y a las crecientes exigencias en materia de disponibilidad, rendimiento y protección de la información. Esta naturaleza cambiante y especializada hace recomendable, y en muchos casos necesario, recurrir a operadores especializados que dispongan de medios técnicos avanzados y personal cualificado para garantizar un servicio de calidad y plenamente alineado con los estándares del contrato.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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Asimismo, debe entenderse que dentro de esta infraestructura pueden incluirse servicios de vigilancia y monitorización de la seguridad, como los proporcionados por un Centro de operaciones de ciberseguridad (SOC) , en este último caso cuando se haya ofertado como mejora, cuya externalización también se considera posible dentro de esta misma lógica, en tanto forma parte integral del ecosistema tecnológico del CPD.
La subcontratación de estos servicios se ajusta plenamente a lo previsto en los artículos 122.2 y 215 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público , que permiten la subcontratación siempre que se respete lo establecido en los pliegos y el subcontratista reúna los requisitos exigidos para la ejecución de la parte del contrato que se externaliza.
Por todo ello, se justifica que las tareas relativas a la infraestructura tecnológica del CPD, incluyendo servicios como el SOC, puedan ser objeto de subcontratación como una medida que contribuye a garantizar la calidad, continuidad y seguridad del servicio, sin perjuicio del control y responsabilidad última que sigue correspondiendo al adjudicatario principal.
Además, desde el punto de vista de tratamiento de datos personales estas tareas se consideran servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las actuaciones del encargado que pueden ser objeto de subcontratación.
El resto de los elementos de la plataforma no se pueden subcontratar ya que se consideran tareas críticas porque las mismas tratan con datos personales protegidos y porque su subcontratación podría romper la integridad de los diferentes procesos administrativos.
Cesión del contrato: No se permite
Admisión de variantes No se permite
Procedimiento : Abierto
Tramitación Ordinaria Anticipada
Sujeto a regulación armonizada (SARA): Teniendo en cuenta el valor estimado, se trata de una contratación sujeta a regulación armonizada.
Susceptible de recurso especial en materia de contratación (REMC) Teniendo en cuenta el valor estimado si es susceptible.
Plazo de presentación de ofertas Treinta (30) días naturales desde el envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la UE.
En el caso de que el último día del plazo sea inhábil, se trasladará al inmediato hábil siguiente.
Se entenderá cumplido el plazo de presentación de ofertas electrónicamente si se inicia la transmisión dentro del mismo y finaliza con éxito. Todas las ofertas extemporáneas recibidas serán excluidas a no ser que la Plataforma de contratación del Sector Público alerte al órgano de contratación de que se está produciendo alguna situación que afecte al funcionamiento del software y que pueda provocar que los licitadores entreguen su oferta fuera del plazo establecido.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
Se aconseja a las empresas licitadoras que inicien preferentemente la preparación de sus ofertas con varios días de antelación por si hubiera algún problema técnico en sus instalaciones.
Asimismo, con objeto de que las empresas licitadoras puedan ser asistidas durante la fase de presentación de las ofertas por el personal técnico de la Plataforma de Contratación del Sector Público o, en su caso, por la Diputación de Almería, se recomienda que presenten sus propuestas antes de las 11 horas del último día del plazo.
Si surgieran problemas durante el envío de la oferta de modo que no llegue a completarse dicho envío, el licitador obtendrá un justificante de presentación de la huella electrónica o resumen correspondiente a su oferta y dispondrá de un plazo de 24 horas para remitir la oferta completa al órgano de asistencia. Para realizar el envío completo de su oferta el licitador dispone de dos alternativas:
- -Volver a intentar la remisión de forma telemática mediante el botón 'Enviar documentación'
Descargar el fichero de la oferta mediante el botón 'Descargar documentación' en un soporte electrónico y remitir a éste al registro electrónico de la Diputación de Almería, accesible en el siguiente enlace https://ov.dipalme.org/TiProceeding/ciudadano?entrada=ciudadano&idLogica=accesoDirecto &idExpediente=800210\_SolicitudGeneral&forzarCreacion=true&idEntidad=400000.
Presupuesto base de licitación (P.B.L.): El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de 8.595.758,13 € IVA incluido que debe soportar la Administración, para el periodo de duración inicial de cuatro (4) años, conforme a los desgloses que se detallan a continuación:
| Prestaciones | Base Imponible | IVA (21%) | Total |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------|----------------|----------------|
| Suscripción Licencias (4 años) (gasto máximo) | 6.843.749,96 € | 1.437.187,49 € | 8.280.937,45 |
| Servicio de Implantación plataforma (solo el primer año) (precio máximo de licitación) | 80.000,00 € | 16.800,00 € | 96.800,00 € |
| Servicio de alojamiento (3 años + 1 año incluido en la implantación ) (precio máximo de licitación) | 180.182,38 € | 37.838,30€ | 218.020,68 € |
| Total | 7.103.932,34 € | 1.491.825,79 € | 8.595.758,13 € |
Respecto al desglose del gasto por anualidades IVA incluido:
| Prestación | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 | Total |
|--------------------------|--------------|--------------|--------------|--------------|--------|--------------|
| Suscripción Licencias (4 | 2.070.234,36 | 2.070.234,36 | 2.070.234,36 | 2.070.234,37 | | 8.280.937,45 |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| años) (gasto máximo) | | | | | | |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------|-----------|-----------|-----------|-----------|--------------|
| Servicio de Implantación plataforma (solo el primer año) (precio máximo de licitación) | 96.800,00 | | | | | 96.800,00 |
| Servicio de alojamiento (3 años + 1 año incluido en la implantación ) (precio máximo de licitación) | S in coste adicional ya que está incluido en la implantación | 37.836,78 | 72.673,56 | 72.673,56 | 37.836,78 | 218.020,68 |
| Total | Total | Total | Total | Total | Total | 8.595.758,13 |
Los licitadores en su oferta no podrán superar el presupuesto base de licitación establecido para cada una de las prestaciones citadas (suministro y los servicios); en el caso de que superen el presupuesto base de licitación de alguno de los tres conceptos, se excluirá la oferta.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas que formulen los licitadores comprenderán todos los gastos que el contratista deba incurrir para el cumplimiento de las prestaciones contratadas como son: los gastos generales, los impuestos de cualquier tipo que graven la ejecución del contrato, los financieros, los de transportes y de desplazamientos, los de seguros, el beneficio industrial, y los gastos derivados de la aplicación de las disposiciones legales sobre seguridad y salud en el trabajo.
Se han establecido los precios a tanto alzado para los servicios de implantación y de hosting y por precios unitarios (a aplicar al gasto máximo) para las suscripciones de las licencias, por lo que, en las ofertas, se deben diferenciar los tres conceptos (suministro de la suscripción, implantación y hosting), debiendo además ofertar los precios unitarios de las suscripciones en función de las tablas siguientes:
| AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE COMUNICACIONES | AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE COMUNICACIONES | LA RED PROVINCIAL DE | LA RED PROVINCIAL DE |
|------------------------------------------------|------------------------------------------------|-----------------------------|--------------------------|
| Cuotas suscripción licencias | Nº máximo entidades | Coste máximo unitario anual | Coste máximo total anual |
| Diputación Almería | 1 | 166.614,14 € | 166.614,14 € |
| Ayuntamientos hasta 250 hab | 15 | 3.705,02 € | 55.575,30 € |
| Ayuntamientos de 251 a 500 hab | 18 | 4.537,54 € | 81.675,65 € |
| Ayuntamientos de 501 a 1000 hab | 17 | 5.891,90 € | 100.162,37 € |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 44/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| Ayuntamientos de 1001 a 1500 hab | 8 | 7.765,92 € | 62.127,36 € |
|----------------------------------------------------------------------------|-----|--------------|----------------|
| Ayuntamientos de 1501 a 2000 hab | 6 | 9.204,58 € | 55.227,46 € |
| Ayuntamientos de 2001 a 3000 hab | 6 | 11.887,01 € | 71.322,05 € |
| Ayuntamientos de 3001 a 5000 hab | 12 | 14.017,34 € | 168.208,13 € |
| Ayuntamientos de 5001 a 7500 hab | 5 | 19.084,22 € | 95.421,12 € |
| Ayuntamientos de 7501 a 10000 hab | 2 | 25.909,44 € | 51.818,88 € |
| Ayuntamientos de 10001 a 15000 hab | 4 | 42.543,36 € | 170.173,44 € |
| Ayuntamientos de 15001 a 20000 hab | 3 | 57.048,86 € | 171.146,59 € |
| Ayuntamientos de 20001 a 30000 hab | 3 | 71.800,03 € | 215.400,10 € |
| Ayuntamientos de 30001 a 40000 hab | 1 | 92.819,04 € | 92.819,04 € |
| TOTAL DE AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | 101 | | 1.557.691,63 € |
## OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES
| Tipo | Presupuesto anual | Nº máximo entidades | Coste máximo unitario anual | Coste máximo total anual |
|----------------------------|---------------------|-----------------------|-------------------------------|----------------------------|
| A Hasta 200.000 | € 2 | | 4.537,54 € | 9.075,08 € |
| B De 200.001 € a 450.000 € | 4 | | 5.891,90 € | 23.567,60 € |
| C De 450.001€ a 900.000 € | 1 | | 7.765,92 € | 7.765,92 € |
| D | De 900.001€ a | 1 | 9.204,58 € | 9.204,58 € |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 45/101 |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| | 1.400.000 € | | |
|------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------|
| E | De 1.400.001 a 2.000.000 € 1 De 2.000.001€ a | 11.887,02€ 11.887,02 € 14.017,34 € | F |
| 1 | 3.000.000 € 14.017,34 € De 3.000.001 a 30.000.000 € | G 77.728,32 € | 3 |
| 25.909,44 € | OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES 13 | 153.245,86 € TOTAL DE AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES 1.557.691,63 € 153.245,86 € | OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES |
| Suscripción Licencias Total máximo 1 año Base año) | Suscripción Licencias Total máximo 1 año Base año) | imponible (1 | 1.710.937,49 € |
| | | | Base imponible (4 |
| 6.843.749,96 € | 6.843.749,96 € | 6.843.749,96 € | 6.843.749,96 € |
| 1.437.187,49 € | 1.437.187,49 € | 8.280.937,45 € | Total (4 años) |
Los precios unitarios (por suscripción de la licencia) que se oferten no podrán superar el precio máximo de licitación establecido para cada una de las entidades incluidos en la tabla indicada (sin IVA), ya que en tal caso se procederá a la exclusión de la oferta
Respecto a las licencias, solo se abonarán los suministros efectivamente realizados hasta cubrir el gasto máximo para este concepto con subordinación a las necesidades que surjan.
Los precios unitarios ofertados por municipios y demás entidades se mantendrán invariables durante todo el periodo de duración del contrato, con independencia de si los mismos aumentan o disminuyen de población o tamaño. Esta circunstancia deberá de tenerse en cuenta por los licitadores a la hora de realizar su oferta.
La Administración no está obligada a agotar el gasto máximo
Determinación del precio: A tanto alzado el servicio de la implantación y el hosting; por precio unitario la suscripción de licencias.
Justificación precio adecuado al mercado : Los precios establecidos son adecuados al precio existente en el mercado.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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A esta conclusión se llega tras consulta web en el mercado de la implantación, suscripción y alojamiento de plataformas de similares prestaciones y empresas del sector, por lo que se considera que el presupuesto de licitación establecido es acorde a los precios de mercado.
Desglose de costes Para el desglose de costes se ha recurrido a la base de datos RSE (ratios sectoriales de sociedades no financieras) de la Central de Balances del Banco de España (CenBal), en el sector de actividad CNAE J62 «Programación Consultoría y otras actividades relacionadas con la informática», para empresas con cifra de negocio de menos de 50 millones de euros recogidas en el Q2 (cuartil segundo, que es donde se encuentra la media de la distribución de empresas del sector con las que se hace la comparación):
| Concepto | Suministro | Servicios |
|------------------------|--------------|-------------|
| Costes directos | 52,06% | 36,74% |
| Costes indirectos | 19,52% | 12,58% |
| Gastos Generales | 24,80% | 42,41% |
| Beneficio Industrial | 3,62% | 8,27% |
Aplicación presupuestaria : Las obligaciones económicas del contrato mixto se aplicarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias o las que resulten aplicables en los ejercicios correspondientes:
| Prestación | Aplicación |
|--------------|----------------------------------------------------------|
| Suministro | 9250 491 22710 - Implantación administración electrónica |
| Servicios | 9250 491 22710 - Implantación administración electrónica |
Régimen de financiación del contrato: Será con fondos propios.
Valor estimado del contrato (V.E.): Asciende a la cantidad señalada al final de la tabla, según el siguiente desglose:
| Prestación | Base Inicial | 20% modificado | Prorroga 1 ño | 20% modificado | Total |
|------------------------------|----------------|------------------|-----------------|------------------|---------------|
| Suscripción Licencias 4 años | 6.843.749,96 | 1.368.749,99 | 1.710.937,49 | 342.187,50 | 10.265.624,94 |
| Servicio de implantación | 80.000,00 € | | | | 80.000,00 |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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| plataforma (solo el primer año) | | | | |
|-------------------------------------|--------------|------------|---------------|------------|
| Servicio de alojamiento (tres años) | 180.182,38 € | 45.045,60 | 225.227,98 | |
| TOTAL V.E. | TOTAL V.E. | TOTAL V.E. | 10.570.852,92 | TOTAL V.E. |
Revisión de precios: No procederá la revisión de precios del contrato. Las empresas licitadoras habrán de prever esta circunstancia en el momento de realizar su oferta, teniendo en cuenta que serán a cuenta y riesgo de las mismas las posibles variaciones que se den en los costes que haya asumido el contratista para este contrato.
Duración del contrato : La duración total del contrato será de cuatro (4) años, a contar desde el día siguiente a la firma del contrato, con posibilidad de prórroga de un (1) año más, respecto a la suscripción y el servicio del hosting.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca, al menos, con dos (2) meses de antelación respecto a la finalización del plazo de duración del contrato.
Suministro de la suscripción: La duración del contrato será de cuatro (4) años, a contar desde el día siguiente a la firma del contrato, con posibilidad de prórroga por un (1) año más.
A estos efectos se extenderá el 'acta de inicio de la suscripción de la plataforma'; acta que se realizará por parte del responsable del contrato, momento en que comenzará el periodo de suscripción de licencias (que más adelante denominaremos FINI). Una vez extendida el acta de inicio, comenzará el periodo máximo de 180 días para la puesta en marcha de las entidades.
Servicio de implantación de la plataforma: (máximo 180 días) Una vez configurada la licencia de uso, se iniciará la implantación de la plataforma, para lo que la suscripción deberá estar activa desde el día siguiente a la firma del contrato en todos los Ayuntamientos y Entidades Locales que formen parte de esta primera implantación tal y como se establece el PPT, para poder acceder y desarrollar los siguientes trabajos.
- Máximo de 180 días naturales desde el día siguiente a la formalización del contrato para configuración y formación. Con los siguientes hitos:
- Recabar datos (usuarios, organigrama, procedimientos, cuadros de clasificación propios de la Diputación de Almería, etc.)
- Consultoría (ir a la entidad y ver cómo trabaja, reconfiguración de la instancia) configuración de la herramienta y entrevistas en la entidad para definir los perfiles, con una duración de entre un día y una semana
- Los trabajos de puesta en marcha en las entidades que entran en la primera implantación conforme al PPT, será de manera progresiva de acuerdo con los siguientes porcentajes de implantación.
Días tras la firma del contrato Porcentaje mínimo de entidades con puesta en marcha finalizada
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| 30 | 15% |
|------|-------|
| 60 | 25% |
| 90 | 35% |
| 120 | 50% |
| 150 | 75% |
| 180 | 100% |
- Diputación de Almería será la última en conseguir la puesta en marcha, pudiendo extenderse el periodo de puesta en marcha 60 días más (240 días en total).
- Formación presencial en la entidad en la forma ofertada por el contratista (comienza desde registro y se va por resto de dependencias).
- Migración después de la puesta en marcha.
De acuerdo con los porcentajes anteriores, se extenderá 'acta de puesta en marcha de la plataforma ' para las entidades finalizadas; acta que se realizará por parte del responsable del contrato, tras la verificación del correcto funcionamiento de la distribución de las licencias y de los requisitos expuestos en el pliego de prescripciones técnicas. Una vez extendida el acta de puesta en marcha de la plataforma, el contratista podrá emitir la factura correspondiente a la implantación.
Servicio de hosting : La duración del contrato será de cuatro (4) años a contar desde el día siguiente a la firma del contrato, teniendo en cuenta que el coste de hosting del primer año está contenido dentro del importe de implantación.
A estos efectos se extenderá el 'acta de puesta en marcha del servicio ' (relativo al hosting).
Una vez extendida el acta, el contratista podrá emitir las facturas semestrales, finalizado cada periodo.
## FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato, previa presentación de facturas electrónicas, y una vez que estén debidamente conformadas por el responsable del contrato, se realizará de la siguiente forma en función de las prestaciones:
Suscripción Licencias (4 años)
Forma de pago de la suscripción durante los cuatro años del contrato (una vez realizada el acta de puesta en marcha de la plataforma):
1. Duración y facturación: El contrato dura cuatro años a contar desde el día siguiente a su formalización, con posibilidad de prórroga por un año más.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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## Servicio de implantación plataforma (solo el primer año)
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La facturación será conforme con los precios unitarios ofertados por el contratista.
## 2. Primera
## anualidad:
Se pagará la primera anualidad de suscripción referidas a las entidades de la primera implantación, conforme al PPT, una vez realizada el acta de inicio de suscripción de la plataforma, mediante un pago único.
Si a lo largo de este primer año se incorporan nuevas entidades, se abonará la cantidad correspondiente por la suscripción de dichas entidades, mediante presentación de factura, en función al tamaño y número de las nuevas entidades incorporadas, y durante el periodo de tiempo desde realización de acta de inicio de la suscripción de la plataforma para estas nuevas entidades hasta final del periodo anual de contratación.
## 3. Anualidades siguientes:
- o Se abonará la cantidad correspondiente por todas las entidades hasta el momento incorporadas (excepto que hayan solicitado baja para siguiente anualidad conforme a lo estipulado en el PPT) mediante presentación de factura al inicio del periodo anual de contratación en función al número y tamaño de cada entidad.
- o Si se incorporan nuevas entidades, se abonará, mediante presentación de factura, en función al tamaño y número de las nuevas entidades incorporadas, y durante el periodo de tiempo desde realización de acta de inicio de la suscripción de la plataforma para estas nuevas entidades hasta final de ese periodo anual de contratación.
El pago de la implantación será único por el importe ofertado en el concepto de implantación una vez se hayan finalizado todos los procesos de implantación y migración en todas las entidades objeto de la primera implantación, una vez que se extienda el acta de puesta en marcha de la plataforma.
## Se presentará una factura.
Las sucesivas entidades que se den de alta (siguiendo las mismas fases que para las entidades de la primera implantación) no supondrán coste adicional.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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| Servicio de alojamiento (3 años) | El pago para el servicio será por abonos parciales, mediante la presentación de facturas semestrales , debiendo presentarse al final de cada uno de los semestres de prestación. Se presentarán un total de seis (6) facturas, por el importe proporcional de dividir el importe ofertado por este servicio entre los seis semestres. El primer año de este servicio está incluido en la implantación por lo que está exento de pago. Se pagará a partir del segundo año de puesta en marcha. El servicio que da lugar a este pago se iniciará una vez que se extienda el 'acta de puesta en marcha del servicio'. Las sucesivas entidades que se den de alta (siguiendo las mismas fases que para las entidades de la primera implantación) no supondrán coste adicional. |
|------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
Facturación electrónica : La factura deberá presentarse de forma electrónica, a través de la plataforma 'FACE', manteniendo los requisitos que se establezcan en dicha herramienta.
| Códigos DIR3 | Oficina Contable | L02000004 INTERVENCION. |
|----------------|--------------------|----------------------------------------------------------------------------------|
| Códigos DIR3 | Órgano Gestor: | L02000004 DIPUTACION DE ALMERIA. |
| Códigos DIR3 | Unidad Tramitadora | L02000004 INTERVENCION. |
| | Órgano Proponente: | D9210400 SERVICIO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS, GESTIÓN DE DATOS Y TRANSPARENCIA |
Asimismo, la empresa deberá indicar en sus facturas el código de expediente que corresponde a este contrato que será comunicado por el Servicio De Patrimonio Y Contratación y que aparecerá desde la publicación en los medios correspondientes.
Entrega de otros bienes de la misma clase como pago de parte del precio: No
## Lugar de entrega de los suministros y prestación de los servicios:
| Suministro | Se trata de suministro con configuración en modo SAAS por lo que no hay entrega física de suministro. |
|--------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Servicio de implantación | Se realizará en las instalaciones del contratista salvo las actuaciones que requieran presencia física en las instalaciones de las entidades usuarias de la plataforma |
| Servicio de hosting | Se realizará en las instalaciones del contratista |
## Plazo de garantía
:
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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| Suministro | El plazo de garantía se extenderá hasta transcurridos tres (3) meses desde la finalización de la prestación total del contrato |
|--------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Servicio de implantación | El plazo de garantía se extenderá hasta transcurridos tres (3) meses desde la finalización de la prestación total del contrato. |
| Servicio de hosting | El plazo de garantía se extenderá hasta transcurridos tres (3) meses desde la finalización de la prestación total del contrato |
Este plazo de garantía contractual viene a coincidir con el plazo de garantía comercial fijado en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
## Garantía provisional: No
Garantía complementaria: No
Garantía definitiva : Por valor del 5% del precio de adjudicación (IVA excluido) constituida en la forma indicada en la cláusula 9.4 del este pliego.
Formalización del contrato Se describe en la cláusula 11ª del pliego. No obstante, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá remitir a la dependencia tramitadora la siguiente documentación:
En el supuesto de ser una Unión Temporal de Empresarios, deberá aportar escritura pública de constitución como tal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 LCSP, aportar el NIF asignado, así como copia del DNI y el poder inscrito en el Registro Mercantil, bastanteado por la Secretaría General de la Diputación de Almería, de representante o apoderado único de la unión con poderes bastanteados para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
-En los contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento deberá presentar alguno de los siguientes documentos, junto con la declaración responsable del Anexo VIII del pliego, que incluirá solo los apartados B y C que se detallan en dicho anexo:
- Adhesión del encargado del tratamiento a un código de conducta (artículo 40 RGPD).
- Certificado emitido por organismo de certificación en materia de protección de datos, autorizado por el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía o por la AEPD, a fin de demostrar el cumplimiento del RGPD (UE) (art 42 RGPD).
- Un informe de cumplimiento realizado por una empresa especializada en consultorías y/o auditorías sobre Protección de Datos Personales.
En caso de no disponer de ninguno de los tres documentos descritos anteriormente, el contratista deberá presentar la declaración responsable del citado Anexo VIII del pliego con todos sus apartados (A, B y C).
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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Ref. Exp. 2025/D22200/006 -202/00006
- En los cont ratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista personales por cuenta del responsable del tratamiento deberá presentar com confidencialidad para los empleados del encargado de tratamiento, de conform Anexo IX de este pliego .
Tras la formalización del contrato : El adjudicatario deberá remitir a la dependenc tramitadora la declaración responsable en la que indiquen, en su caso, el porce objeto de subcontratación, junto con una relación detallada de los subcontratistas que hayan perfeccionado su participación en el contrato, justificando la aptitud de ésto prestación, debiendo acreditar en este momento que dichos subcontratistas no incursos en prohibición d e contratar conforme a lo establecido en el art. 71 de la LCSP caso, que dispone de la habilitación necesaria para la ejecución de las correspondientes.
En el caso de que dicho porcentaje sea igual o superior al 30% una vez t la prestación correspondiente, se concederá un plazo al contratista para que justificantes acreditativos del cumplimiento de los pagos a subcontratistas o s
Cumplimiento Esquema Nacional de Seguridad: De conformidad con lo establ ecido en el pliego de prescripciones técnicas y en la memoria justificativa se exige ALTO.
A estos efectos, todos los licitadores deben presentar una declaración responsable en el modelo establecido en el Anexo VII de este pliego; además, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar, tras ser requerido para ello, el certificad conformidad con el Anexo III del pliego.
Es una obligación esencial.
## Adscripción obligatoria de medios personales y/o materiales para la ejecución del
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## Modificaciones convencionales del contrato:
Durante el plazo de ejecución del contrato podrían aparecer neces de la misma naturaleza que las contempladas en la presente licitaci podrían dar lugar a modificaciones.
El presente contrato podrá modificarse ante la necesidad de incluir en la suscripción y soporte a más Entidades no contempladas inicialmente.
Las modificaciones del contrato, durante su vigencia, no podrán el 20% del precio del contrato, IVA excluido, del concepto de suscrip
| Causa: | Durante el plazo de ejecución del contrato podrían de la misma naturaleza que las contempladas en la podrían dar lugar a modificaciones. El presente contrato podrá modificarse ante la necesidad de la suscripción y soporte a más Entidades no contempladas |
|----------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Límite: | Las modificaciones del contrato, durante su el 20% del precio del contrato, IVA excluido, del |
Penalidades por cumplimiento defectuoso : Además de las penalidades previstas por incumplimiento de plazos, en particular, se considerará como cumplimiento de incumplimiento de las siguientes obligaciones, que podrá ser causa de impos siguientes penalidades, previa valoración técnica:
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| Tipo de Infracción | Causa | Penalidad |
|----------------------|---------|-------------|
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| | En el caso de que el adjudicatario no haya autorizado a esta Diputación para obtener los certificados de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, y estos hayan perdido vigencia durante el periodo de duración del contrato, podrá penalizarse el incumplimiento de no presentar alguno de los certificados citados. | 50 euros por cada día hábil de retraso a contar desde el vencimiento del plazo concedido, para ello en el correspondiente requerimiento. |
|-------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| | Si en el momento de proceder a la recepción, la plataforma no se encuentra en estado de ser utilizada por causas imputables al contratista: | 1.000 € por cada día natural que no se produzca la recepción. |
| Leve | Por indisponibilidad de la plataforma o del servicio técnico especializado. | 1.100 € por cada día natural de indisponibilidad |
| Leve | Por incidencia leve o problema de usuario, incumpliendo tiempo máximo de respuesta o de solución conforme a lo indicado en el punto 7.1 del PPT sin una causa justificada. | 1.000 € por cada día natural de incumplimiento. |
| Leve | Incumplimiento de los criterios establecidos y valorados como mejora hasta un máximo de 10 días naturales | 1.000 € por cada día natural de incumplimiento |
| | La comisión de cuatro (4) infracciones leves. La cuarta infracción leve tendrá la consideración de grave, debido a la reincidencia. | 5.000€ |
| Grave | Incumplimiento de los criterios establecidos y valorados como mejora desde el día 11 hasta un máximo de 20 días naturales | 1.500 € por cada día natural de incumplimiento |
| Grave | Incumplimiento condición especial de ejecución | 5.100€ |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 54/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| | Por incidencia grave, incumpliendo el tiempo máximo de respuesta o de solución conforme a lo indicado en el punto 7.1 del PPT sin una causa justificada. | 150 € por cada hora de incumplimiento. |
|-----------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------|
| | Incumplimiento de las obligaciones salariales | 5.100€ |
| Muy grave | La comisión de cuatro (4) infracciones graves. La cuarta infracción grave tendrá la consideración de muy grave, debido a la reincidencia. | 10.000€ |
| Muy grave | Incumplimiento de los criterios establecidos y valorados como mejora desde el día 21 | 2.000 € por cada día natural de incumplimiento |
| Muy grave | Por incidencia muy grave, incumpliendo tiempo máximo de respuesta o de solución conforme a lo indicado en el punto 7.1 del PPT sin una causa justificada. | 250 € por cada hora de incumplimiento. |
| Muy grave | El incumplimiento de contenido, formato, restricciones o tiempo establecidos, previstos en la cláusula «4.6. Devolución de datos a la finalización del contrato» del PPT. | 2.000 € por cada día natural de incumplimiento |
## Procedimiento:
- Las infracciones serán calificadas por la Administración, tras los informes emitidos por el responsable del contrato, fijando la penalización en resolución motivada, previa audiencia al contratista.
- En todo caso, la imposición de penalidades no eximirá al contratista de su obligación de reparar e indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados a la Diputación o a terceros, y todo ello sin perjuicio de que no se abonaran las prestaciones no realizadas.
- En cualquier caso, el importe resultante de aplicar una penalización se realizará deduciéndose de la siguiente factura, si la hubiera; si no hubiera más facturas será la garantía definitiva constituida, la que responda de dicha obligación, mediante deducción en la misma. En caso de no ser posible la deducción de la garantía, el abono de la penalización se producirá a través de carta de pago; si la carta de pago no se atendiera en el plazo voluntario indicado en la misma, se procederá al cobro por vía ejecutiva.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192 de la LCSP, cuando la totalidad de las penalidades impuestas por dichos incumplimientos superen el cincuenta (50%) por ciento del precio del contrato, IVA excluido, se procederá a resolver el contrato.
Indemnización por daños y perjuicios: La eventual aplicación de penalidades se establece sin perjuicio de la obligación del contratista de indemnizar los daños y perjuicios causados a la Diputación Provincial de Almería por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de sus obligaciones, debidamente informados y valorados por el responsable del contrato, una vez constatada la existencia de tales daños y/o perjuicios.
Las obligaciones salariales (a las que se refiere la cláusula 13ª del pliego):
El
incumplimiento de obligaciones salariales, incluidos los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa tendrá la consideración de infracción grave, y conllevará la penalización correspondiente a este supuesto.
Condición/es especial/es de ejecución : En aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 202 de la LCSP, se establece la siguiente condición especial de ejecución:
| Condición | 1.- Consideraciones de tipo ambiental . -Toda la documentación que se genere con este contrato estará disponible en formato electrónico, para no imprimir papel, como buena práctica medioambiental. 2.- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos. -El adjudicatario se someterá a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de datos, de conformidad con lo establecido en la cláusula 13ª del pliego. Esta condición especial de ejecución tiene el carácter de obligación esencial, a los efectos de la posible resolución del contrato conforme a lo previsto en el art. 211 de la LCSP, en caso de incumplimiento.-. |
|----------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Acreditación | El responsable del contrato podrá requerir al contratista la información y datos necesarios para comprobar el adecuado cumplimiento de esta condición. |
| Incumplimiento | El incumplimiento de esta condición tendrá la consideración de infracción grave, y conllevará la penalización correspondiente a este supuesto. |
Obligaciones esenciales : Tienen el carácter de obligaciones esenciales, a los efectos de la posible resolución del contrato conforme a lo previsto en el art. 211 de la LCSP, las siguientes:
1. Mantener la vigencia durante toda la duración del contrato, de la certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, de sistemas de categoría ALTO
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## exigida.
2. La empresa adjudicataria queda obligada a realizar el tratamiento de los datos personales que le cede la Diputación de Almería solo y exclusivamente para la finalidad que se especifique en este pliego de cláusulas administrativas particulares.
3. La empresa adjudicataria y todo su personal, deberán respetar y someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea vigente en materia de protección de datos, siendo esto una condición especial de ejecución, que tiene el carácter de obligación esencial.
4. La empresa deberá comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la duración del contrato, respecto a la información facilitada en el modelo de declaración del Anexo VIII del pliego de cláusulas administrativas particulares relativa al lugar de ubicación de los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
5. Mantener la vigencia durante toda la duración del contrato, de la certificación oficial TIER III y TIER IV emitida por el Uptime Institute o cualquier otra empresa acreditada.
6. Mantener la vigencia durante toda la duración del contrato, de la Certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Interoperabilidad para la Plataforma de Administración Electrónica.
7. Mantener la vigencia durante toda la duración del contrato la acreditación de la condición de Punto de Presencia de la Red SARA.
8. El cumplimiento de la obligación de la subcontratación en su caso de los servidores o servicios asociados a los mismos, en los términos a los que se ha comprometido en su oferta
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
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correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
## ANEXO I.A.- INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LA PRESENTACIÓN
## DE OFERTAS EN SOBRE ELECTRONICO CERRADO
## 1.- PRESENTACION A TRAVES PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL
SECTOR DE LA PÚBLICO: La presentación de proposiciones, junto con la documentación preceptiva, en su caso, se hará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es) utilizando la aplicación de dicha plataforma denominada 'Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas' que se pone a disposición del licitador para el envío de la documentación relativa a ofertas, agrupada en sobres electrónicos definidos por el órgano de contratación, asegurándose la integridad, autenticidad, no repudio y confidencialidad de las proposiciones.
Para la presentación de ofertas en la Plataforma de Contratación del Sector Público, puede acudirse a la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que podrán encontrar en el siguiente enlace: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda
En la citada guía se documenta cómo el licitador debe preparar y enviar la documentación y los sobres que componen las ofertas mediante la 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas', que se pone a su disposición y que se arrancará automáticamente en su equipo local siguiendo las instrucciones que figuran en la guía de referencia.
A estos efectos, es requisito previo inexcusable ser un usuario registrado de la Plataforma de Contratación de Sector Público y rellenar no sólo los datos básicos del alta, también los datos adicionales (Ver 'Guía del Operador Económico' de la Plataforma de Contratación del Sector Público en el siguiente enlace: https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/f46c3a20-4517-4e54-aac3dd3b2eb63f31/GuiaOperadorEconomico\_v4.7.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=f46c3a204517-4e54-aac3-dd3b2eb63f31
Importante: Se recomienda a los licitadores la presentación de las ofertas con antelación suficiente, por si hubiera algún problema técnico en sus instalaciones y a los efectos de la correcta utilización de la 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas' ya mencionada, y de poder solventar cualquier duda de funcionalidad de la misma.
Asimismo, y ante cualquier dificultad técnica que surja de la utilización de la citada 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas', deberán ponerse en contacto con el buzón de soporte a usuarios: licitacionE@hacienda.gob.es o con el teléfono de atención: 91 524 12 42. El horario de atención al público será el siguiente (se excluyen los festivos de acuerdo con el calendario laboral):
- -De 9:00 a 19:00, de lunes a jueves
- -Y de 9:00 a 15:00 los viernes
No olvide indicar en su correo el expediente y el órgano de contratación que licita. Envíe todas las evidencias que puedan ayudar a resolver su problema, lo que incluye capturas de pantalla en caso de error y descripción detallada de la incidencia, que permitan al equipo técnico resolver la incidencia lo antes posible.
En el anuncio de licitación se han publicado, en formato Word, los anexos del pliego de cláusulas administrativas particulares que se deben cumplimentar, firmar e incluir en los sobres electrónicos cerrados correspondientes, para facilitar la presentación de las ofertas.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 58/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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2.- MODELOS DE OFERTA : En el anuncio de licitación se han publicado, en formato Word, los anexos del pliego de cláusulas administrativas particulares que se deben cumplimentar, firmar e incluir en los sobres electrónicos cerrados correspondientes. Para no tener problemas en la presentación de ofertas, se recomienda que utilicen esta documentación en formato Word, SIN CAMBIAR EL MODELO, para cumplimentar la información y datos necesarios; posteriormente estos documentos, convertidos en 'pdf', solo se deben firmar en la herramienta de la Diputación, evitando aportar documentos firmados previamente o documentos tratados por el licitador que generen documentos PDF con capas.
## 3.- INFORMACIÓN IMPORTANTE A EFECTOS DE NOTIFICACIONES Y ABONO DE FACTURAS, EN SU CASO :
Los licitadores que presenten oferta, deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro de Terceros - Apoderamientos de esta Diputación, accediendo a la sede electrónica de esta Diputación en la dirección https://www.dipalme.org , disponible en el siguiente enlace: https://www.dipalme.org/Servicios/cmsdipro/index.nsf/index.xsp?p=sededipalme
El alta y actualización la podrá realizar electrónicamente tal y como se muestra en la imagen siguiente, accediendo a la opción TERCEROS-APODERAMIENTOS desde el enlace anterior:
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O si no dispone de certificado electrónico reconocido, personarse, con los correspondientes poderes en su caso, en una Oficina de Atención al Registro, conforme a lo establecido en la cláusula 7.3.a) del pliego de cláusulas administrativas particulares
## 4.- FECHA Y HORA LÍMITE PARA PREGUNTAS EN LA PLATAFORMA DE
CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO: Los interesados en la presente contratación podrán realizar las preguntas y consultas que consideren convenientes a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, estableciéndose como fecha y hora límite para su planteamiento, hasta las 09.00 horas del último día de presentación de ofertas, al objeto de poder responderlas.
5.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: De conformidad con lo establecido en la cláusula 7.4 del pliego, en relación a los criterios de adjudicación establecidos en el Anexo I de este pliego, se deberá presentar:
| SOBRE/S | DOCUMENTACIÓN |
|-----------|-----------------|
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 59/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| Sobre 'A'.- Título: Documentación Administrativa: | Declaración responsable del licitador ajustada al formulario del 'Documento Europeo Único De Contratación' (DEUC), siguiendo las instrucciones del Anexo II del pliego y descargándose el archivo .xml que se publica en el anuncio de licitación y accesible a través de la siguiente dirección https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd- web/filter?lang=es |
|--------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Sobre 'A'.- Título: Documentación Administrativa: | Modelo de declaración responsable a efectos de acreditar que no está incurso en la prohibición de contratar prevista en el art. 71.1d) de la LCSP, así como en relación con pertenencia a grupo empresarial realizado conforme al modelo del Anexo VI del pliego . |
| Sobre 'A'.- Título: Documentación Administrativa: | Modelo de declaración responsable en relación con el esquema nacional de seguridad realizado conforme al modelo del Anexo VII del pliego . |
| Sobre 'B'.- Título: Criterios no cuantificables mediante fórmulas: | Documentación relacionada en el Anexo IV del pliego , relativa a los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas |
| Sobre 'C'.- Título: Criterios cuantificables mediante fórmulas: | Documentación relacionada en el Anexo V del pliego . - Modelo proposición económica y oferta relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes obtenidos mediante la aplicación de fórmulas, conteniendo todos los elementos que lo integran. Dentro de este Anexo, se incluye el Anexo V1.- Tabla de precios unitarios de la suscripciones |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 60/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO I.B.- COMPOSICION DE LOS ÓRGANOS DE ASISTENCIA Y
## DATOS IDENTIFICATIVOS DE LAS DEPENDENCIAS.
En la presente contratación actuará el siguiente órgano de asistencia (con señalada):
La Diputada Delegada del Área de Recursos Humanos o persona que le
El Secretario General de la Diputación o la persona que legalme
El Interventor Provincial o la persona que legalmente le sustituya
Adjunta al Servicio de Patrimonio y Contratación y, en ausencia de
la
C. Navarro Rodrigo, 17.
- 211722 correo
, Gestión De Datos
Negociado de Seguimiento de contratos del Servicio de Patrimon
| ACTUARÁLAMESA DECONTRATACIÓN COMPUESTAPORLOSSIGUIENTES MIEMBROS: | ACTUARÁLAMESA DECONTRATACIÓN COMPUESTAPORLOSSIGUIENTES MIEMBROS: |
|--------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Presidente | La Diputada Delegada del Área de Recursos Humanos o sustituya |
| Vocales | El Secretario General de la Diputación o la sustituya |
| Vocales | El Interventor Provincial o la persona que legalmente |
| Vocales | La Jefa del Servicio de Patrimonio y Contratación |
| Secretario/a: | Adjunta al Servicio de Patrimonio y Contratación y, Jefa del Servicio de Patrimonio y Contratación |
| DATOS IDENTIFICATIVOS E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: | DATOS IDENTIFICATIVOS E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: |
| Dependencia tramitadora | Facilitará la información complementaria relativa a la documentación administrativa |
| Dependencia tramitadora | Servicio De Patrimonio y Contratacion C. Navarro Rodrigo, - 04001. - Almería, segunda planta. Teléfono: 950 - 211722 electrónico patrimonioycontratacion@dipalme.org |
| Responsable del contrato | Tendrá las funciones reflejadas en la cláusula 12.2 del plie go y facilitará la información complementaria relativa a la documentación técnica |
| Responsable del contrato | Jefe/a Del Servicio De Aplicaciones Informáticas , Gestión De Y Transparencia seaplidat@dipalme.org ,D9210400 |
| Unidad de Seguimiento general ejecución del contrato | Negociado de Seguimiento de contratos del Contratación. |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 61/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO I.C.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Se ha optado por elegir una pluralidad de criterios para adjudicar el contrato, de conformidad con los establecido en el artículo 145 de la LCSP, para así obtener una mejor relación calidad precio de la oferta seleccionada, justificándose la elección de dichos criterios por los motivos expuestos en el apartado correspondiente a los mismos.
Los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor tendrán un peso el 45% en la valoración total de la oferta, y los criterios cuantificables por fórmulas un peso del 55%, otorgándose al precio una puntuación máxima de 20 puntos. Esta elección obedece a la concurrencia en este expediente de características técnicas relevantes en la valoración de la relación calidad-precio.
| Criterios | Criterios | Puntuación máxima |
|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------|---------------------|
| Criterios evaluables de forma automática mediante cifras o porcentajes que puedan obtenerse mediante la aplicación de fórmulas. | Precio ofertado | 20 |
| Criterios evaluables de forma automática mediante cifras o porcentajes que puedan obtenerse mediante la aplicación de fórmulas. | Mejoras | 35 |
| | Total criterios automáticos | 55 |
| Criterios no evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas. | Memoria Técnica | 30 |
| | Servicios formación inicial y formación continua | 15 |
| Total criterios no automáticos | Total criterios no automáticos | 45 |
| Total criterios: | Total criterios: | 100 |
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN EN LA VALORACIÓN (UMBRAL DE SATISFACCIÓN): SE ESTABLECE UN UMBRAL MÍNIMO DEL: 50% (22,5 puntos) del total de los criterios sujetos a juicio de valor. La justificación de este umbral mínimo viene dada por que se trata de un proceso complejo y por la trascendencia de las prestaciones contratadas, cuyo resultado afecta a diversas administraciones públicas.
Por tanto, aquellas empresas licitadoras que tras la valoración de los criterios mediante juicios de valor queden por debajo del umbral establecido, quedarán excluidas de la licitación, por considerar que no presentan la suficiente calidad técnica.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
## A.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES QUE PUEDAN OBTENERSE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS: MÁXIMO 55 PUNTOS
## CRITERIO A.1 - PRECIO OFERTADO: MÁXIMO DE 20 PUNTOS
El objeto de este criterio es obtener la mejor oferta económica.
Los licitadores en su oferta no podrán superar el presupuesto máximo de licitación establecido para cada una de las prestaciones citadas. En el caso de que superen el presupuesto de licitación de alguno de los conceptos, se excluirá la oferta.
En las ofertas, se deben diferenciar los tres conceptos (suministro de la suscripción, implantación y hosting), debiendo además ofertar los precios unitarios de las suscripciones en función de las tablas establecidas en el presente documento.
Sobre la base de precio ofertado total se aplicará la siguiente fórmula:
<!-- formula-not-decoded -->
## Donde:
- X es la puntuación máxima a otorgar por el criterio del precio.
- A es el presupuesto base de licitación.
- B es el precio ofertado que se va a puntuar.
- C es el menor de los siguientes valores:
- Precio más bajo ofertado, excluyéndose el de las ofertas rechazadas por ser anormalmente bajas.
- Precio límite para no incurrir en presunción de anormalidad, conforme a lo que se indica en el apartado 'ofertas incursas en presunción de anormalidad'.
NOTA 1 : La puntuación obtenida se redondeará a 2 decimales. No obstante, en el hipotético caso de que 2 o más precios ofertados que sean distintos sean tan sumamente cercanos que, de la aplicación de la fórmula anterior, resultase que las ofertas correspondientes a los mismos obtuvieran la misma puntuación por este criterio debido al redondeo a 2 decimales, se aumentará en este criterio, para todas las ofertas a valorar, el número de decimales para dicho redondeo a tantos como sean necesarios para dirimir el/los empate/es.
- NOTA 2 : En cualquier caso, serán inadmitidas las ofertas cuyo precio supere el presupuesto base de licitación.
- NOTA 3 : Ésta es una fórmula en la que los puntos del criterio del precio se otorgan de forma proporcional pura, dentro de un rango que abarca:
Desde 0 puntos, que los obtendría la oferta que ofreciera un precio igual al presupuesto base de licitación.
Hasta la puntuación máxima a otorgar por el criterio del precio, que la obtendría la oferta que ofreciera el precio límite para no incurrir en presunción de anormalidad.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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No obstante, en caso de que existieran ofertas incursas en presunción de que no hubiesen sido rechazadas por ser anormalmente bajas, la máxima puntuación del pr ecio la obtendría la que ofreciera el precio más bajo de entre éstas.
## - OFERTAS INCURSAS EN PRESUNCIÓN DE ANORMALIDAD:
Estarán incursas en presunción de anormalidad las ofertas que se indi siguientes supuestos, en relación con el criterio del precio:
solo Por tanto, en este supuesto, el precio límite para no in en presunción de anormalidad (en a delante, PL) será:
de las Donde MAPO es la media aritmética de los precios ofertados.
| Cuando concurra un licitador: la oferta caso de que sea presupuesto base de en más de 35 porcentuales | solo de éste, en inferior al licitación unidades Por tanto, en este supuesto, el precio en presunción de anormalidad (en a delante, PL) PL= PBL-PBL*35/100 Donde PBL es el presupuesto base de |
|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Cuando concurran licitadores: la oferta inferior en más de 30 porcentuales a la otra. | dos que sea unidades Por tanto, en este supuesto, PL será: PL= PMAO-PMAO*30/100 Donde PMAO es el precio más alto ofertado. |
| Cuando concurran tres licitadores: las sean inferiores en unidades porcentuales media aritmética presentadas. | o más ofertas que más de 30 a la de las Por tanto, en este supuesto, PL será: PL= MAPO-MAPO*30/100 Donde MAPO es la media aritmética de ofertados. |
PL se calcula antes de la tramitación del procedimiento de aceptación o ofertas incursas en presunción de anormalidad, y para tal cálculo se tendrán en ofertas admitid as a licitación. Por lo tanto, PL se mantendrá y no se volverá a calc más ofertas admitidas a licitación resultan posteriormente rechazadas en dicho por ser anormalmente bajas.
Sin perjuicio de lo indicado en relación con el criterio del precio, en caso de que haya más criterios, también estarán incursas en presunción de anormalidad las ofertas que obtengan una puntuación superior al 95% de los puntos máximos a otorgar por todos los criterios de adjudicación.
## - NOTA COMÚN A LO S DOS APARTADOS ANTERIORES RELATIVOS AL CRITERIO DEL PRECIO Y A OFERTAS INCURSAS EN PRESUNCIÓN DE ANORMALIDAD:
En el caso de que el contrato esté dividido en lotes, dado que la licitación s por lote, el presupuesto base de licitación a que se hace referencia en esos dos apartados es el correspondiente únicamente al lote de cuya licitación se trate.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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En el caso de que el contrato sea por precio unitario y se haya establecido un a suministrar, la referencia al presupuesto base de licitación será entendida al precio unitario máximo de licitación.
En el caso de que el contrato sea por precios unitarios y se haya previsto una unidades, la referencia al presupuesto base de licitación será el gast correspondien te.
## - ACEPTACIÓN O RECHAZO DE OFERTAS INCURSAS EN PRESUNCIÓN DE ANORMALIDAD:
Siguiendo el criterio adoptado en el informe 6/2019, de 18 de diciembre d Comisión Consultiva de Contratación Pública de la Junta de Andalucía (solici Diputación de Almería), a las ofertas que estén incursas en presunción de anor aplicará el procedimiento del artículo 149.4, .5 y .6 de la LCSP, con objeto rechazarlas
## A.2. MEJORAS, PUNTUACION MAXIMA 35 PUNTOS
Se valorará con hasta 35 puntos las siguientes prestaciones adicionales complementarias al objeto del contrato y con la siguiente concreción de requ modalidades y características.
Respecto a estas mejoras, se solicitará informe al responsable del contrat que indicará si se le otorga la puntuación establecida:
| A.2. Mejoras | Puntuación máxima |
|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------|
| A.2.a) Centro de Operaciones de Ciberseguridad | 10 |
| A.2.b) Certificados electrónicos | 15 |
| A.2.c) Funcionalidades analítica y explotación de datos ofertada como un módulo extra, integrado en la plataforma. | 5 |
| A.2.d) Sistema de cita previa | 5 |
## A.2.a) Centro de Operaciones de Ciberseguridad (máximo 10 puntos)
Con el objetivo de mejorar los nivel es de seguridad exigidos en el presente pliego, valorará como elemento de mejora de la oferta que el licitador cuenten con operaciones de Ciber seguridad (SOC) integrado en la Red Nacional de SOC que coordin Centro Criptológico Nacional (CCN).
En el caso de que el licitador no forme parte de la Red Nacional de SOC y servicio directamente, podrá hacerlo a través de una tercera empresa subcontr escenario, el licitador deberá presentar un documento que certifique la relación contractual existente entre ambas partes para la provisión del servicio mencionado.
El Centro de operaciones de Ciber seguridad (SOC) se encargará de la monitorización y control de la seguridad, la identificación de vulnerabilidades y la respues ta inmediata ante posibles incidentes de seguridad.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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- El Centro de Operaciones de Ciberseguridad (SOC) llevará a cabo los siguientes controles y operaciones:
- Análisis de los registros (logs o trazas) generados por el sistema mediante un Sistema de Información y Eventos de Seguridad (SIEM), abarcando tanto el tráfico proveniente de los usuarios de esta administración como el tráfico proveniente de internet, especialmente a través de la sede electrónica.
- Generación de alertas, supervisión de eventos de seguridad y adopción de respuestas inmediatas en caso de ser necesario.
- Supervisión continua de las posibles vulnerabilidades de todo el ecosistema de software necesario para la prestación del servicio y corrección de las mismas a través de aplicaciones de parches, cambios en la política de seguridad de la red, etc.
- Intercambio de información de ciberseguridad con otras administraciones públicas con la Red Nacional de SOC.
- Implementación de medidas de inteligencia frente a amenazas, incluyendo la detección de intentos de suplantación del dominio de la sede electrónica, así como la exposición de credenciales de usuarios, entre otros.
- Búsqueda proactiva de amenazas que puedan poner en riesgo el correcto funcionamiento del servicio contratado.
- Gestión colaborativa de posibles incidentes de seguridad en coordinación con el equipo informático de esta administración.
Este Centro de operaciones de seguridad deberá estar integrado en la Red Nacional de SOC que impulsa el Centro Criptológico Nacional (CCN) para garantizar que existe colaboración e intercambio de información entre los Centros de Operaciones de Ciberseguridad del sector público español.
Para valorar esta mejora se verificará que el licitador directamente o la empresa subcontratada que fuera a prestar el servicio, aparezca en el listado oficial publicado por el Centro Criptológico Nacional que es accesible desde la siguiente dirección: https://rns.ccncert.cni.es/red-nacional-soc#entidades-participantes
## Fórmula:
- Se otorgarán 5 puntos si la empresa licitadora aparece en dicho listado como categoría SILVER.
- Se otorgarán 10 puntos si la empresa licitadora aparece como categoría GOLD.
- Se otorgarán 0 puntos si no se oferta.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 66/101 |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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## A.2.b) Certificados electrónicos (máximo 15 puntos)
Dado que la mayor parte de los usos de certificado electrónico por parte del usuario se produce en la gestión diaria de documentación y expedientes administrativos para reducir tiempos de tramitación, para llevar a cabo actuaciones administrativas automatizadas y por razones de eficiencia se valorará como mejora el suministro, dentro del precio ofertado, de todos los certificados de empleado público y de empleado público con seudónimo, así como todos los certificados de sello de órgano que necesite la Administración para operar con la plataforma.
Por ello, en caso de incorporarse esta mejora, el licitador deberá incluir una descripción detallada de los certificados ofertados, de las condiciones generales de uso y deberá aportar el certificado de conformidad con el Reglamento UE 910/2014 (eIDAS) del Prestador de Servicios de Confianza y los servicios de expedición de certificados electrónicos de firma y de sello electrónico que figure en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL) del Estado Español (https://eidas.ec.europa.eu/efda/tl-browser/#/screen/tl/ES).
Para ser tenido en cuenta esta mejora, la empresa debe almacenar estos certificados en un HSM.
## Formula:
- Si se oferta:
15 puntos
- No se oferta: 0 puntos
## A.2.c) Sistema de funcionalidades de analítica y explotación de datos ofertado como un módulo extra, integrado en la plataforma (máximo 5 puntos)
Se valorará como mejora que el adjudicatario proporcione, dentro del precio ofertado, funcionalidades de analítica y explotación de datos integrada en la plataforma objeto de este contrato, con las siguientes características REQUERIMIENTOS Y COBERTURAS TECNOLÓGICAS DE ANALÍTICA:
## Descripción
- Estará disponible para todos los usuarios de la organización.
- El adjudicatario será responsable de proveer la/s plataforma/s hardware necesaria/s para un adecuado funcionamiento del módulo analítico, de acuerdo con los volúmenes de información procesados en cada momento. Esta infraestructura deberá ser escalable para poder adecuarse a los crecimientos de volumetrías de información a procesar a lo largo del tiempo.
- Deberá contar con un entorno gobernado, en el que los administradores de la plataforma puedan decidir tanto qué datos son accesibles por cada usuario, como qué analíticas son accesibles por los mismos.
- Deberá procesar información de todo el histórico de datos cargados en la plataforma
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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de administración electrónica hasta el momento, sin horquillas límite de tiempo a procesar.
- Comprenderá, analíticas asociadas a los datos de la plataforma tecnológica, agrupados en módulos, de forma que puedan representar el valor diferencial de cada uno de los contextos que representan.
- Permitirá la navegación desde visiones más generales de cuadro de mando (dashboard) al dato más concreto (unidad transaccional) en cada contexto de trabajo.
- Deberá estar integrado con la plataforma de administración electrónica, de forma que desde las selecciones realizadas se pueda navegar a un elemento concreto de dicha plataforma para su revisión o edición mediante enlaces u otros mecanismos que lo faciliten.
- La información contenida será susceptible de mantenerse actualizada con una cadencia de carácter diario, como mínimo, sin perjuicio de que, atendiendo a la criticidad de determinadas fuentes de información, se puedan acordar tiempos de refresco más breves.
- Además de contar con las visualizaciones base de cada área, permitirá, para aquellos usuarios autorizados, la creación de nuevas visualizaciones y analíticas, basadas en la información contenida en cada módulo de trabajo. Además, estas nuevas visualizaciones deberán poder ser compartidas con el resto de los usuarios de la organización.
- Tendrá un comportamiento 'responsive' adecuando su visualización y operativa al entorno utilizado en cada caso. Deberá contar, así mismo, con aplicación móvil independiente para su acceso, habilitada para Android e iOS.
- Dispondrá de manera integrada, de visualizaciones geoespaciales con capacidades de selección equivalentes al resto de elementos de la plataforma. Estos mapas, además, deberán poder mostrar (de forma solapada o por navegación) distintas capas/niveles de información. El contexto de utilización de estos elementos se circunscribirá a información georeferenciada (puntos geográficos, áreas…) o georeferenciables (provincias, municipios, códigos postales…), dentro del catálogo del módulo.
- Es responsabilidad del adjudicatario, el mantenimiento y modificación del módulo analítico para garantizar el correcto alineamiento con la plataforma de administración electrónica que nutre sus análisis. Cualquier cambio sobre la plataforma de administración electrónica conllevará la consecuente actualización sobre el módulo analítico asociado.
Con esta mejora la entidad pretende que el sistema permita realizar una explotación avanzada de toda la información existente en la plataforma de administración electrónica, dotando a los usuarios de los elementos necesarios para el correcto análisis de la información a la que estén autorizados.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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El sistema comprenderá, como elementos base, soluciones de análisis para las distintas áreas de la plataforma de administración electrónica, de forma que los análisis y medios aportados se puedan adaptar mejor a las necesidades de cada una de las citadas áreas.
En cualquier caso, y cómo mínimo, las áreas que deben contar con analítica serán: la explotación de los datos generados por la sede electrónica, el registro de entradas y salidas, la base de datos de terceros, el gestor de expedientes, el módulo de contratación electrónica, el módulo de control interno, y todas las operativas generadas por los conectores de interoperabilidad con los servicios de la Administración General del Estado (SIR, Notifica, etc.)
Este sistema deberá evolucionar como parte del mantenimiento y podrá crecer, en caso de contar con nuevas áreas, servicios o nuevos enfoques analíticos.
En caso de incorporarse esta mejora, con objeto de comprobar, de manera objetiva el cumplimiento de la misma, el licitador deberá incluir un video que detalle el funcionamiento y su integración con el resto de módulos de la plataforma.
Formato exigido : Respecto al vídeo demostrativo, este se deberá presentar a través de algún servicio de publicación de contenidos o ficheros provisto por el licitador, donde alojará el vídeo y lo compartirá mediante una URL pública con contraseña de descarga (que deberá indicar en la documentación de este sobre asociado a la indicación/título «URL y contraseña del vídeo»). En este mismo punto (indicación/título) de la URL y contraseña, se indicará la huella criptográfica (HASH) del fichero del vídeo obtenida mediante el algoritmo SHA-256. Esta huella derivada del contenido del fichero del vídeo, y garantizará la inalterabilidad del vídeo una vez presentado. El vídeo debe poseer formato MP4 con codificación (códec) H.264, calidad máxima 1080p, FPS máximo 25, relación aspecto radio 16:9 o 1:1, con audio (si el licitador lo considera necesario) en formato ACC. Debe ser visible y entendible por humanos, y tener una duración máxima de 20 minutos.
En el momento de la valoración, el vídeo debe estar disponible para la descarga (desde la URL y con la contraseña especificada) y permitir que se descargue (debe ser descargado por Diputación de Almería). Esta descarga se realizará desde las instalaciones de Diputación de Almería. Tras la descarga se comprobará que el vídeo (y su audio embebido) posee el formato especificado, así como duración máxima conforme a lo exigido, que la huella criptográfica especificada en el documento concuerda con la que se calcule por Diputación de Almería del fichero descargado; y acto seguido se visionará para valorarlo. En caso de imposibilidad de descarga, incumplimiento de formato o duración, no concordancia de la huella criptográfica, o no poseer el contenido que se requiere, será desestimado y no valorado.
## Formula:
- Si se oferta: 5 puntos
- No se oferta: 0 puntos
## A.2.d) Sistema de cita previa (máximo 5 puntos)
Para facilitar nuevos canales de acceso y atención, más accesibles para los ciudadanos y empresas, en aras de prestar un mejor servicio público se valorará como mejora que el adjudicatario suministre dentro del precio ofertado un sistema de cita previa integrado en la sede electrónica que permita tanto la planificación de la atención al público en las oficinas como la prestación de atención telemática a ciudadanos y empresas por medios telefónicos o por videoconferencia.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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En caso de incorporarse esta mejora, con objeto de comprobar, de manera objetiva el cumplimiento de la misma, el licitador deberá incluir un video que detalle el funcionamiento y su integración con el resto de módulos de la plataforma.
Formato exigido : Respecto al vídeo demostrativo, este se deberá presentar a través de algún servicio de publicación de contenidos o ficheros provisto por el licitador, donde alojará el vídeo y lo compartirá mediante una URL pública con contraseña de descarga (que deberá indicar en la documentación de este sobre asociado a la indicación/título «URL y contraseña del vídeo»). En este mismo punto (indicación/título) de la URL y contraseña, se indicará la huella criptográfica (HASH) del fichero del vídeo obtenida mediante el algoritmo SHA-256. Esta huella derivada del contenido del fichero del vídeo, y garantizará la inalterabilidad del vídeo una vez presentado. El vídeo debe poseer formato MP4 con codificación (códec) H.264, calidad máxima 1080p, FPS máximo 25, relación aspecto radio 16:9 o 1:1, con audio (si el licitador lo considera necesario) en formato ACC. Debe ser visible y entendible por humanos, y tener una duración máxima de 20 minutos.
En el momento de la valoración, el vídeo debe estar disponible para la descarga (desde la URL y con la contraseña especificada) y permitir que se descargue (debe ser descargado por Diputación de Almería). Esta descarga se realizará desde las instalaciones de Diputación de Almería. Tras la descarga se comprobará que el vídeo (y su audio embebido) posee el formato especificado, así como duración máxima conforme a lo exigido, que la huella criptográfica especificada en el documento concuerda con la que se calcule por Diputación de Almería del fichero descargado; y acto seguido se visionará para valorarlo. En caso de imposibilidad de descarga, incumplimiento de formato o duración, no concordancia de la huella criptográfica, o no poseer el contenido que se requiere, será desestimado y no valorado.
## Formula:
- Si se oferta: 5 puntos
- No se oferta: 0 puntos
## B) CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES QUE PUEDAN OBTENERSE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS: MÁXIMO 45 PUNTOS.
## B.1.MEMORIA TÉCNICA HASTA MAXIMO 30 PUNTOS DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. -
El objeto de este criterio es poder valorar los aspectos que se indican en este apartado y así facilitar el poder seleccionar la mejor plataforma posible.
Los licitadores deberán presentar una memoria técnica descriptiva que detalle exhaustivamente las características de la plataforma respecto a todas sus funcionalidades, requisitos y características técnicas exigidos en el PPT.
En primer lugar, se comprobará que la plataforma ofertada cumple todos los requisitos exigidos en cada uno de los apartados del citado PPT. En caso de no cumplirlos, se procederá a la ex clusión de la oferta .
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| Observaciones | | Página | 70/101 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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Los criterios de valoración serán los siguientes :
## Claridad, orden y nivel de detalle de la memoria: hasta un máximo de 7 puntos.
Se valorará que la redacción sea clara y coherente, concreta y ordenada, contenidos, entrar en contradicción, en hechos ficticios o irreales, o en falta de de
## Calidad de la integración en la plataforma de todas las funcionalidades exigidas en el PPT y la calidad de los mecanismos de seguridad de la plataforma: hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorará la calidad de la plataforma en relación con los servicios de integr las funcionalidades exigidas en el PPT y la calidad de los mecanismos de seg plataforma. En la memoria se detallará la forma de la integración, restricciones, mecanismo de seguridad y e renovación de configuraciones y parámetros debido a caducida modificación de componentes o servicios.
## Facilidad de uso de la plataforma: hasta un máximo de 6 puntos.
Se valorará la plataforma en relación con su usabilidad para los diferentes per usuario. La memoria debe permitir obtener una comprens ión aproximada del modo de utilización de la Plataforma , con el fin de evaluar la sencillez de uso.
La información aportada debe ser real y fiel a las características del producto o por el licitador.
## Adaptabilidad a distintos dispositivos: hasta un máximo de 3 puntos.
Se valorará la correcta adaptabilidad y funcionalidad de la plataforma en tipos de dispos itivos de usuario, desde computadoras personales de usuario a disp móviles de pantalla reducida.
## Estética moderna: hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la calidad estética de la interfaz del servicio web, valorando el diseño visual c ontemporáneo. A tal efecto, se valorará la coherencia gráfica, la alineación con patrones actuales de diseño web, la adecuación tipográfica, la armonía c claridad visual y la correcta jerarquización de la información. La puntuación r grado en que la solución presentada adopta una estética actual, limpia y profesional
## B.2.- SERVICIOS DE FORMACIÓN INICIAL Y FORMACIÓN CONTINUA HASTA UN MÁXIMO DE 15 PUNTOS. DOCUMENTACION OBLIGA TORIA.
En el marco del presente expediente de contratación, se considera de capital importancia asegurar que el personal de las distintas entidades usuarias dquiera un dominio completo y eficaz de la plataforma de administración electrónica a implantar.
La correcta asimilación de sus funcionalidades es un factor determinante para el éxito del proyecto, la optimización de los procesos administrativos y, en última inst prestación de un servicio público de calidad. Por ello, se valorará de form propuesta formativa que presenten los licitadores, la cual deberá ser detallada y estructurada para garantizar el uso correcto y avanzado de los sistemas contratados.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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Los licitadores deberán presentar una propuesta de formación inicial y continua.
Dicha propuesta deberá contemplar un itinerario formativo coherente y completo que abarque, como mínimo, las siguientes áreas temáticas de conocimiento:
- Tramitación de expedientes: Cubriendo todo el ciclo de vida del expediente electrónico.
- Control interno: Enfocado en el uso del módulo específico para el ejercicio de la función interventora.
- Administración de la plataforma: Orientado a la adquisición de conocimientos para la gestión autónoma de usuarios, permisos, procedimientos y otros elementos de configuración.
- Desarrollo de integraciones (API): Formación técnica destinada a permitir la integración de la plataforma con otras herramientas mediante la interfaz de programación de aplicaciones.
- Personalización de la plataforma: Conocimientos para adaptar y configurar aspectos específicos de la herramienta a las necesidades de cada entidad.
La oferta formativa deberá estar organizada en distintos niveles de conocimiento, desde un nivel inicial o introductorio hasta un nivel avanzado. Este último podrá dar lugar a la obtención de una certificación oficial emitida por la empresa propietaria de la plataforma, que acredite la adquisición de un conocimiento profundo en un área determinada.
Las acciones formativas podrán impartirse en diversas modalidades: presencial, semipresencial y online, para dotar de flexibilidad al plan y adaptarlo a las distintas necesidades. En todo caso, será responsabilidad del adjudicatario proveer los entornos de ejecución de pruebas o formación que sean necesarios para la realización de ejercicios prácticos, así como facilitar todos los materiales de apoyo requeridos, ya sean libros, manuales u otros recursos, en formato papel o electrónico.
Toda la formación ofertada, con independencia de su nivel o modalidad, deberá ser gratuita para los usuarios de las entidades adheridas al contrato. No obstante, en el supuesto de formaciones presenciales que se desarrollen en las instalaciones del licitador, los gastos de desplazamiento, alojamiento y dietas que se pudieran generar correrán a cargo de la entidad a la que pertenezca el empleado público en formación.
Cada actividad formativa deberá tener una duración mínima de 10 horas. Se establecen las siguientes excepciones y precisiones:
1. Formación Inicial Obligatoria: Tras la puesta en marcha de la plataforma en cada entidad, se deberá impartir una formación presencial inicial de 8 horas de duración mínima para los distintos órganos de gestión. Se estima que esta duración, equivalente a una jornada laboral, es suficiente para que el personal adquiera los conocimientos básicos indispensables para el manejo inicial de la herramienta, habilitándolos para acceder posteriormente a formaciones más específicas y detalladas conforme a sus perfiles y necesidades.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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2. Formación conducente a Certificación: Aquellas acciones formativas que culminen en una certificación oficial deberán desarrollarse en modalidad semipresencial, con una duración total mínima de 210 horas, distribuidas de la siguiente manera:
1. Un mínimo de 60 horas presenciales en las instalaciones del licitador, para un uso intensivo de los entornos de prueba y formación.
2. Un mínimo de 150 horas online.
3. Se establece este umbral mínimo de horas al considerar que los procesos de certificación deben acreditar un conocimiento profundo y exhaustivo del área temática correspondiente. Se estima que una carga lectiva inferior podría resultar insuficiente para garantizar la correcta y completa adquisición de las competencias avanzadas que dicha certificación debe avalar.
Los criterios de valoración serán los siguientes:
## Mejor cobertura de las 5 áreas temáticas o más: hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la mejor cobertura de las cinco áreas temáticas. Para que sea estimado debe haber al menos un curso para cada una de las áreas temáticas, aunque también se ofrezcan otros que abarquen más de un área temática.
Se valorarán también cursos adicionales de otras áreas temáticas relacionadas con las funcionalidades de la plataforma.
## Coherencia y detalle del itinerario formativo: hasta un máximo de 2 puntos.
Se valorará la coherencia y detalle de la propuesta para la formación inicial y la continua, asegurando que el plan abarque la totalidad de las áreas temáticas de conocimiento requeridas y que esté correctamente estructurado por niveles.
Se valorará especialmente:
- El detalle con el que se planifican los cursos para cubrir las cinco áreas temáticas obligatorias mínimas.
- La organización efectiva del itinerario en distintos niveles de conocimiento, desde el introductorio hasta el avanzado.
- La claridad y concreción de la planificación, evitando redundancias o falta de detalle.
## Calidad de la metodología y recursos didácticos: hasta un máximo de 2 puntos .
Se valorará la eficacia de la propuesta formativa en términos de ejecución, metodología y recursos didácticos, con el objetivo de garantizar un dominio completo y eficaz de la plataforma por parte del personal.
Se valorará especialmente:
- La adecuación y flexibilidad de las modalidades de impartición (presencial, semipresencial y online) para adaptarse a las distintas necesidades de las entidades.
- La garantía de provisión de entornos de ejecución de pruebas o formación necesarios para la realización de ejercicios prácticos.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
## Diseño y alcance de la formación continua y de actualización: hasta un máximo de 3 puntos.
Se valorará la propuesta de acciones de formación continua destinadas a mantener actualizado al personal de las entidades usuarias durante la vigencia del contrato, un aspecto que se debe valorar positivamente.
Se valorará especialmente:
- La planificación de la formación orientada a las nuevas funcionalidades o evoluciones de la plataforma que se produzcan a lo largo de todos los años del contrato.
- La frecuencia y el método propuesto para la distribución de la formación continua y las actualizaciones, garantizando que el personal de las entidades usuarias esté informado y capacitado ante los cambios.
## Propuesta de formación avanzada y certificación oficial: hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la oferta de programas formativos avanzados que permitan obtener una certificación oficial y que cumplan con los requisitos de carga lectiva para acreditar un conocimiento profundo y exhaustivo, con los requisitos especificados anteriormente para ser tenidos en cuenta para la valoración.
## Se valorará especialmente:
- La inclusión de acciones formativas conducentes a una certificación oficial emitida por la empresa propietaria de la plataforma.
- El programa de los cursos y los procesos de evaluación para obtener dicha certificación, en concordancia, al menos, con las áreas temáticas indicadas anteriormente.
## REQUISITOS DE FORMATO Y EXTENSIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA A INCLUIR EN EL SOBRE 'B', RELATIVA A LOS CRITERIOS NO AUTOMÁTICOS:
Al objeto de asegurar la legibilidad y concreción de la información, toda la documentación aportada por el licitador en su oferta técnica, deberá presentarse tanto la memoria técnica como la propuesta de formación inicial y continua en ficheros electrónicos en formato PDF cumpliendo con los siguientes requisitos de extensión y formato:
Extensión de la memoria técnica : La memoria técnica descriptiva tendrá una extensión máxima de doscientas (200) páginas (A-4) y 40 Mb, pudiendo incluirse imágenes tablas, gráficos o diagramas en la documentación. Dentro de dicha extensión máxima se incluye cualquier tipo de documentación complementaria como pueden ser índices o portadas, por lo que será determinante la concreción y síntesis de la misma.
Extensión de la propuesta de formación inicial y continua : La propuesta de formación inicial y continua tendrá una extensión máxima de cincuenta (50) páginas (A-4) y 40 Mb, pudiendo incluirse imágenes tablas, gráficos o diagramas en la documentación. Dentro de dicha extensión máxima se incluye cualquier tipo de documentación complementaria como pueden ser índices o portadas, por lo que será determinante la concreción y síntesis de la misma.
Formato de la memoria técnica y la propuesta de formación inicial y continua : El formato del cuerpo de texto a emplear deberá contener como tipo de letra 'Arial' o similar, tamaño mínimo de 11 con interlineado sencillo, al objeto de que la información sea legible. Del mismo modo, las tablas, gráficos o diagramas que se pudieran incluir en la documentación, deberán cumplir con dicho tamaño mínimo de fuente Arial-11 o similar comprobando que todos los textos insertados sean perfectamente legibles.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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En caso de no cumplir con estos requisitos de formato y extensión de la documentación a presentar en los criterios de juicio de valor, no se valorarán dichos criterios.
SE ESTABLECE UN UMBRAL MÍNIMO DEL: UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN EN LA VALORACIÓN (UMBRAL DE SATISFACCIÓN).
SE ESTABLECE UN UMBRAL MÍNIMO DEL: 50% (22,5 puntos) del total de los criterios sujetos a juicio de valor. La justificación de este umbral mínimo viene dada por que se trata de un proceso complejo y por la trascendencia de las prestaciones contratadas, cuyo resultado afecta a diversas administraciones públicas.
Por tanto, aquellas empresas licitadoras que tras la valoración de los criterios mediante juicios de valor queden por debajo del umbral establecido, quedarán excluidas de la licitación , por considerar que no presentan la suficiente calidad técnica.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO II.- INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL
## 'DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) A INCLUIR EN
## EL SOBRE 'A'
El Documento Europeo Único de Contratación consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación.
Los licitadores interesados tendrán que presentar una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos previos para participar en un procedimiento de contratación, conforme al formulario normalizado del DEUC.
## Para la cumplimentación del formulario deberán seguirse las siguientes indicaciones:
- Existe un modelo DEUC que la Excma. Diputación Provincial de Almería ha creado para el presente procedimiento de licitación y que se pone a disposición de los licitadores en el formato normalizado '.xml' , junto con los demás documentos en el anuncio de licitación de la Plataforma de Contratación del Sector Público así como en la convocatoria en el Perfil del contratante (https://www.rpc.almeria.es/Servicios/cmsdipro/index.nsf/tablon\_view\_canal.x sp?p=dipalme&canal=Contratante)
- El licitador deberá almacenar localmente en su ordenador dicho archivo '.xml'
- A continuación, una vez guardado el archivo '.xml', deberán acceder al servicio en línea gratuito DEUC electrónico, que facilita la Comisión Europea, en la siguiente dirección de Internet: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espdweb/filter?lang=esy
- Deben acceder como ' operador económico ' .
- Una vez que hayan accedido como operador económico, deben importar el archivo '.xml' (que previamente han guardado en su ordenador), para lo que:
- Deberán hacer click en la opción ' Importar un DEUC '
- A continuación, deben hacer click en el botón 'Seleccionar archivo ' para poder cargar el archivo '.xml' guardado en su ordenador.
- Una vez cargado el archivo '.xml', se abrirá el formulario del DEUC.
- El licitador deberá seguir las instrucciones y rellenar los campos que aparezcan en las sucesivas pantallas.
- El formulario normalizado DEUC, una vez cumplimentado, deberá incorporarse a la documentación del Sobre 'A' .
En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá rellenarse y presentarse un DEUC por el licitador y otro por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
Por otro lado, en el caso de que en el Anexo I se prevea la posibilidad de licitar por lotes, y los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional difieran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal , cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado DEUC, debiendo acompañar asimismo un escrito de compromiso en el que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que se agrupan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la designación de un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de la misma frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compongan la unión.
Además del formulario o los formularios DEUC y del compromiso de constitución de la UTE (en su caso), en el Sobre 'A', deberá incluirse la declaración de los licitadores de su pertenencia, o no, a un grupo de empresas, conforme al modelo del anexo V.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario.
## ESTRUCTURA DEL FORMULARIO NORMALIZADO DEUC
Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
Esta parte del documento la cumplimenta el órgano de contratación (el resto del formulario lo debe cumplimentar el licitador).
Parte II: Información sobre el operador económico.
Parte II: Información sobre el operador económico.
Esta parte recoge información sobre la empresa licitadora. En la identificación del operador económico, se deberá indicar el NIF si se trata de ciudadanos o empresas españolas, el NIE si se trata de ciudadanos extranjeros residentes en España, y el VIES o DUNS si se trata de empresas extranjeras.
La pregunta del apartado II.C). sobre si se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección, se refiere a la integración de la solvencia con medios externos recogida en el artículo 75 de la Ley de Contratos del Sector Público, no a los casos de constitución de uniones temporales de empresas. (Debe comprobarse en el PCAP específico de cada contrato si se contempla esta posibilidad).
La declaración sobre si se concurre en UTE a la licitación se recoge en la última pregunta del apartado II.A). La subcontratación de trabajos se recoge en el apartado II.D).
A la pregunta del apartado II.A). sobre si figura inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (p. ej. si la empresa está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado -ROLECE- o su equivalente autonómico) la empresa deberá cumplimentar una de las opciones siguientes:
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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- Sí: si se encuentra clasificada.
- No: si no se encuentra clasificada.
- No procede: si la clasificación no es exigida para el contrato que se licita.
Para indicar el nombre de la lista o certificado, procede contestar si la empresa está clasificada como contratista de obras o de servicios. Como número de inscripción o certificación basta con consignar el propio NIF, CIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa.
## Parte III: Motivos de exclusión.
Las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en la parte III del formulario normalizado DEUC.
## Parte IV: Criterios de selección.
Cuando los licitadores rellenen el DEUC, únicamente será necesario cumplimentar las secciones del mismo que estén activadas.
Posteriormente, si el órgano de contratación lo estima conveniente, en aras a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de solvencia establecidas para ser adjudicatario del contrato. En todo caso, dicha documentación le será siempre requerida al propuesto como adjudicatario.
## Parte V: Reducción del número de candidatos cualificados.
En un procedimiento abierto, el empresario no tiene que cumplimentar esta parte.
## Parte VI: Declaraciones finales.
Esta parte debe ser cumplimentada por la empresa interesada y firmada electrócamente en todo caso.
Una vez el formulario DEUC esté cumplimentado por el interesado, deberá ser exportado en formato .pdf y firmado electrónicamente por la empresa licitadora, para ser incorporado a la documentación del Sobre 'A'.
Para más información sobre la cumplimentación del formulario, se puede consultar la Resolución de 6 de abril de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública (B.O.E. de 8 de abril de 2016).
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO III.- DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA RELATIVA A LA
## APTITUD, CAPACIDAD Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE
El licitador propuesto para la adjudicación del contrato, tras recibir el requerimiento, deberá acreditar, además de la documentación exigible en los apartados 2 a 7 de la cláusula 9.3, la siguiente documentación establecida en el apartado 1 de la cláusula 9.3:
## Documentos acreditativos de la personalidad del empresario y su ámbito de
## actividad:
| Persona física: | Copia del DNI o del documento que haga sus veces. |
|-------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Persona jurídica: | Copia del NIF. Escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable o certificado del Registro Mercantil. Si no lo fuere, deberán presentar la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. |
## Documentos que acrediten, en su caso, la representación de personas jurídicas
:
En el caso de que se aporte un certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP), éste será suficiente si en el mismo consta la representación y facultades del firmante de la proposición, debiéndose valorar por la Mesa de contratación si éstas son suficientes para el contrato.
En el caso de no constar en el ROLECSP, o de que la representación y facultades que consten en el mismo no sean suficientes, se deberá solicitar el bastanteo ante la Diputación de Almería, a través de la Oficina Virtual, mediante una solicitud general, dirigida a la Secretaría General, adjuntando la escritura donde conste la designación, vigencia y facultades del representante/s (el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil; si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil). Deberá adjuntarse el justificante de abono de la cantidad de dieciocho (18) euros/bastanteo, mediante su ingreso en alguna de las siguientes cuentas: CAJAMAR: ES63 3058 0199 48 2732000063
Empresarios extranjeros: Toda la documentación se presentará en castellano.
- Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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Sección de Suministros y Patrimonio
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en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
- Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
- Además, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe de la Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (este último párrafo no ponerlo en los simplificados y en los abreviados)
Unión Temporal: Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
Solvencia económica y financiera : Deberá acreditarse mediante el siguiente medio acreditativo de solvencia:
Declaración de la cifra anual de negocios del licitador de los tres (3) últimos años, acompañada de las cuentas anuales de dichos tres últimos años aprobadas y depositadas en el Registro Mercanti l, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o bien, mediante la presentación de las declaraciones de IRPF (modelo 100), de los tres últimos años, debidamente presentados, en los que se comprobarán el total de ingresos obtenidos, con sujeción al importe mínimo establecido anteriormente.
La remisión de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o el que proceda, se realizará de forma telemática, admitiéndose copias electrónicas recibidas AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION Servicio De Patrimonio Y Contratacion Sección de Suministros y Patrimonio correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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directamente del Registro Mercantil, para lo cual la sociedad puede dirigirse a la web del Registro Mercantil (www.registradores.org), cumplimentando directamente desde dicha web como lugar de envío de las mismas la dirección de correo electrónico de la dependencia tramitadora. En caso de no ser posible, se aportará una certificación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de dichas cuentas.
Solvencia mínima exigida: El año de mayor volumen deberá ser, al menos, equivalente al siguiente porcentaje del valor estimado del contrato, es decir:
| Total VE | % | Mínimo exigible |
|---------------|-----|-------------------|
| 10.570.852,92 | 30% | 3.171.255,88 |
Solvencia técnica o profesional: Deberá acreditarse mediante una relación debidamente firmada, de las principales prestaciones efectuadas durante los tres (3) últimos años , que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su descripción, importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.
Medios acreditativos de la solvencia: Deberá acreditarse mediante una relación debidamente firmada, de las principales prestaciones efectuadas durante los tres (3) últimos años , que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, junto con los certificados de buena ejecución de una entidad receptora de las prestaciones acreditativos de las mismas.
Estos certificados deberán indicar expresamente la aplicación satisfactoria de la integración vía PdP (nodo Punto de Presencia de la Red SARA del licitador), del software ofrecido con los servicios SIR, SIA, Cl@ve, Notifica y Apodera requeridos en el punto 5.20 del PPT.
Solvencia mínima exigida: El año de mayor ejecución deberá ser, al menos, equivalente al siguiente porcentaje del valor estimado, es decir:
| Total VE | % | Mínimo exigible |
|---------------|-----|-------------------|
| 10.570.852,92 | 30% | 3.171.255,88 |
Conforme al art. 85 de la LCSP, deberá aportar testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración, previstas en el artículo 71 LCSP.
Esta declaración se realizará conforme al modelo siguiente:
'D./Dña. ……………………………………………, con D.N.I. núm. …………….……, en nombre propio o de la empresa que representa, (empresa ……………………………., con C.I.F. núm. ……..…………), DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que a la fecha de finalización del plazo para la presentación de ofertas:
Tiene plena capacidad de obrar y no se encuentra incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION Servicio De Patrimonio Y Contratacion Sección de Suministros y Patrimonio correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
En …..............................……….., a…..................'
Esta declaración, se otorgará ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público; con el objeto de facilitar a los licitadores el cumplimiento de esta declaración, la misma puede otorgarse ante la Jefa de Servicio de Patrimonio y Contratación o en su ausencia la Jefa de Sección de Suministros y Patrimonio. También podrá otorgarse electrónicamente firmando con certificado electrónico reconocido o cualificado u otros medios incorporados en cl@ve al presentarlo por la Oficina Virtual junto con el resto de documentación.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. También podrá otorgarse electrónicamente, utilizando cl@ve.
Habilitación profesional o empresarial: Se marca con una 'X' lo que procede:
X
No se exige
## Documentación acreditativa del cumplimiento de la condición de ejecución del
contrato de ser partner : Se marca con una 'X' lo que procede:
- X
No se exige
Relación de medios personales / materiales adscritos al contrato Se marca con una
'X' lo que procede
- X
No se exige
Certificación de conformidad con Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y otra
## documentación exigible:
- Además de que todos los licitadores marquen esta opción en el modelo del Anexo VII del pliego, el licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar que, para los servicios a prestar, dispone de la certificación de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, en su categoría ALTA para la plataforma de administración electrónica emitido por una Entidad de Certificación acreditada por el Centro Criptográfico Nacional (CCN).
La acreditación de este requisito deberá estar vigente durante toda la ejecución del contrato, habiéndose establecido como obligación esencial.
- Certificación ISO/IEC 27701:2019 del Sistema de Gestión de la Privacidad de la Información, o certificación equivalente.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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- Documentación acreditativa de los niveles de disponibilidad del servicio mínimo del 99,995% (TIER IV o equivalente) en el CPD principal, e igual o superior al 99,982% (TIER III o equivalente) en el CPD secundario.
- Certificación de Conformidad con el Esquema Nacional de Interoperabilidad para la plataforma de administración electrónica.
- Documento emitido desde la Secretaría General de Administración Digital en la que acredite el reconocimiento de la condición de Punto de Presencia de la Red SARA.
- Documento acreditativo de que la aplicación figura como vigente y correcta en el listado de aplicaciones de registro integradas en la plataforma SIR en la modalidad «instalación certificada en SIR de un proveedor Punto de Presencia en la red SARA (PdP)» que publica la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
- Informe de evaluación de los servicios técnicos de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica acreditativo de la superación de las pruebas de integración sistémica con la Plataforma de Contratos del Sector Público, emitido en favor de algún órgano de contratación que utilice la plataforma ofertada.
- Certificado de seguridad del HSM y documentación relativa al cumplimiento sobre dispositivo de firma HSM.
A estos efectos, respecto a la acreditación de los requisitos indicados en cumplimiento del esquema nacional y resto documentación señalada en la tabla anterior, se solicitará informe técnico, al objeto de comprobar que cumple con lo exigido.
La ausencia o no acreditación de alguno de estos requisitos será motivo de exclusión del procedimiento.
Compromiso de contar con una póliza de responsabilidad civil: Se marca con una 'X' lo que procede:
X
No se exige
Acreditación de no encontrarse incurso en prohibición para contratar prevista en
el artículo 71.1d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que la empresa propuesta como adjudicataria cuente con 50 o más trabajadores.
A estos efectos, a fecha fin de plazo de presentación de ofertas, debe de contar con un Plan de Igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y dicho Plan ha de encontrarse inscrito (o haber solicitado su inscripción) en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (REGCON).
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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Y, por otro lado, a fecha fin de plazo de presentación de ofertas, debe cumplir con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Para su acreditación deberá aportar:
- o Copia del certificado de inscripción del Plan en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (REGCON). En caso de no contar con dicho certificado, al menos deberá aportar copia del justificante de haber solicitado su inscripción junto con una declaración responsable en la que manifieste que la no inscripción es por razones ajenas al licitador.
- o Una declaración responsable en la que indique que cumple con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad
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La presentación del certificado actualizado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma de Andalucía, acreditará las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no de las prohibiciones para contratar que deban constar en el mismo.
Este certificado deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## ANEXO IV.- DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE
## ADJUDICACIÓN CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
## (INCLUIR EN EL SOBRE "B")
En este sobre 'B' se debe incluir la siguiente documentación obligatoria con el formato y extensión establecidos 1 :
## B.1.- MEMORIA TÉCNICA (DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA). -
Los licitadores deberán presentar una memoria descriptiva que detalle exhaustivamente las características de la plataforma ofertada respecto a todas sus funcionalidades, requisitos y características técnicas exigidos en el PPT., todo ello conforme a lo indicado en el Anexo I C del pliego
## B.2.- PROPUESTA DE FORMACIÓN INICIAL Y FORMACIÓN CONTINUA (DOCUMENTACION OBLIGATORIA).
Los licitadores deberán presentar una propuesta de formación inicial y continua para garantizar el uso correcto de los sistemas contratado, todo ello conforme a lo indicado en el Anexo I C del pliego.
## 1 REQUISITOS DE FORMATO Y EXTENSIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA SOBRE B:
Al objeto de asegurar la legibilidad y concreción de la información, toda la documentación aportada por el licitador en su oferta técnica, deberá presentarse tanto la memoria técnica como la propuesta de formación inicial y continua en ficheros electrónicos en formato PDF cumpliendo con los siguientes requisitos de extensión y formato:
Extensión de la memoria técnica : La memoria técnica descriptiva tendrá una extensión máxima de doscientas (200) páginas (A4) y 40 Mb, pudiendo incluirse imágenes tablas, gráficos o diagramas en la documentación. Dentro de dicha extensión máxima se incluye cualquier tipo de documentación complementaria como pueden ser índices o portadas, por lo que será determinante la concreción y síntesis de la misma.
Extensión de la propuesta de formación inicial y continua : La propuesta de formación inicial y continua tendrá una extensión máxima de cincuenta (50) páginas (A-4) y 40 Mb, pudiendo incluirse imágenes tablas, gráficos o diagramas en la documentación. Dentro de dicha extensión máxima se incluye cualquier tipo de documentación complementaria como pueden ser índices o portadas, por lo que será determinante la concreción y síntesis de la misma.
Formato de la memoria técnica y la propuesta de formación inicial y continua : El formato del cuerpo de texto a emplear deberá contener como tipo de letra 'Arial' o similar, tamaño mínimo de 11 con interlineado sencillo, al objeto de que la información sea legible. Del mismo modo, las tablas, gráficos o diagramas que se pudieran incluir en la documentación, deberán cumplir con dicho tamaño mínimo de fuente Arial-11 o similar comprobando que todos los textos insertados sean perfectamente legibles.
En caso de no cumplir con estos requisitos de formato y extensión de la documentación a presentar en los criterios de juicio de valor, no se valorarán dichos criterios.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## ANEXO V.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OFERTA RELATIVA A LOS
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O
PORCENTAJES OBTENIDOS MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS (A
## INCLUIR EN EL SOBRE "C")
"D./Dª. ………………………………………………, mayor de edad, vecino/a de ……………………………….., domiciliado en C/………………………………., (con correo electrónico a efectos de recibir el aviso de la notificación electrónica ……………y tlf……....) provisto del DNI. núm. ……………………………….., en nombre propio o en representación de ……………………………. (en este último caso según escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de ……………………............, D/Dª ……………………………………………, en ………………………………., núm. …… de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de…………………………………….) enterado del procedimiento convocado por la Excma. Diputación Provincial de Almería para la CONTRATACIÓN MIXTA DE DEL SUMINISTRO (SUSCRIPCIÓN), CON IMPLANTACIÓN Y SOPORTE, Y DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO EN LA NUBE (CLOUD HOSTING), DE UNA PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA PARA AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA, LA PROPIA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA Y OTROS ENTES INTEGRADOS EN LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES DE LA DIPUTACION DE ALMERIA , anunciado en el perfil de contratante.
## A) HACE CONSTAR
- 1) Que conoce todas las condiciones que han de regir en el mencionado procedimiento abierto, las cuales acepta en todos sus elementos.
- 2) Que se obliga a cumplir el objeto del contrato con arreglo a las características pormenorizadas recogidas en su oferta, la cual se adapta a la legislación vigente que es de aplicación al suministro que se pretende contratar, de conformidad con la normativa aplicable al mismo.
- 3) Que está en posesión de las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para el desarrollo de las actividades objeto del contrato, los cuales deberán ser válidos y, en su caso, renovarse durante todo el periodo de vigencia del contrato que se llegue a formalizar, garantizando que, de acuerdo con la vigente legislación de propiedad intelectual, la Diputación de Almería pueda utilizar dichos productos sin infringir derechos de terceros.
- 4) En relación al tratamiento de datos personales por el contratista, indicar si tiene previsto subcontratar los servidores o servicios asociados a los mismos (marcar con una X, lo que proceda):
Si, especificar el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización: …..
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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No
- 5) Se compromete a ejecutar la prestación en la que participa, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidas, por el precio siguiente que, a continuación, se desglosa: Precio ofertado: ( No se podrá superar los importes consignados ya que en tal caso se procederá a la exclusión de la oferta. En la suscripción se debe incluir el importe resultante de las tablas de precios unitarios del Anexo V1)
| | Presupuesto base de licitación | Presupuesto base de licitación | Presupuesto base de licitación | Precio ofertado | Precio ofertado | Precio ofertado |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------|----------------------------------|----------------------------------|-------------------|-------------------|-------------------|
| Prestaciones | Base imponible | IVA (21%) | Total | Base imponible | IVA (21%) | Total |
| Suscripción Licencias (4 años). - gasto máximo Se debe incluir la cantidad total que aparezca en tabla de precios unitarios | 6.843.749,96 € | 1.437.187,49 € | 8.280.937,45 | | | |
| Servicio de Implantación plataforma (solo el primer año) (precio máximo de licitación) | 80.000,00 € | 16.800,00 € | 96.800,00 € | | | |
| Servicio de alojamiento (3 años +1añoincluido en la implantación) (precio máximo de licitación) | 180.182,38 € | 37.838,3 € | 218.020,68 € | | | |
| Total: | 7.103.932,34 € | 1.491.825,79 € | 8.595.758,13 € | | | |
Asimismo, en relación a la prestación de la suscripción de licencias, realiza la oferta por los precios unitarios (por suscripción de la licencia) según modelo Anexo V1.- TABLA PRECIOS UNITARIOS que no podrán superar el precio máximo de licitación establecido para cada una de las entidades incluidos en la tabla siguiente ya que en tal caso se procederá a la exclusión de la oferta (los costes unitarios son base imponible, sin IVA).
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
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## RESPECTO A LOS OTROS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, REALIZA LAS SIGUIENTES MEJORAS:
| Mejoras | Ofrece SI/NO | Ofrece SI/NO |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------|
| Centro de Operaciones de Ciberseguridad | Centro de Operaciones de Ciberseguridad | |
| Certificados electrónicos | Certificados electrónicos | |
| Mejoras | Ofrece SI/NO | Enlace video demostrativo y HASH del mismo |
| Funcionalidades analítica y explotación de datos ofertada como un módulo extra, integrado en la plataforma | Funcionalidades analítica y explotación de datos ofertada como un módulo extra, integrado en la plataforma | |
| Sistema de cita previa | | |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 88/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
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## ANEXO V1.- TABLA PRECIOS UNITARIOS DE LA SUSCRIPCION
En relación a la prestación de la suscripción de licencias, realiza la siguiente oferta por los precios unitarios (por suscripción de la licencia) que no podrán superar el precio máximo de licitación establecido para cada una de las entidades incluidos en la tabla siguiente ya que en tal caso se procederá a la exclusión de la oferta (los costes unitarios son base imponible, sin IVA).
| A ) AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | A ) AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | A ) AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | A ) AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | A ) AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | A ) AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES |
|-------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------|
| CUOTAS Suscripción Licencias | nº máximo entidades | Precios unitarios máximos | Precios unitarios máximos | Precios unitarios ofertados | Precios unitarios ofertados |
| CUOTAS Suscripción Licencias | nº máximo entidades | Coste máximo unitario anual | Coste total anual | Coste ofertado unitario anual | Coste ofertado anual |
| Diputación Almería | 1 | 166.614,14 € | 166.614,14 € | | |
| Ayuntamientos hasta 250 hab | 15 | 3.705,02 € | 55.575,30 € | | |
| Ayuntamientos de 251 a 500 hab | 18 | 4.537,54 € | 81.675,65 € | | |
| Ayuntamientos de 501 a 1000 hab | 17 | 5.891,90 € | 100.162,37 € | | |
| Ayuntamientos de 1001 a 1500 hab | 8 | 7.765,92 € | 62.127,36 € | | |
| Ayuntamientos de 1501 a 2000 hab | 6 | 9.204,58 € | 55.227,46 € | | |
| Ayuntamientos de 2001 a 3000 hab | 6 | 11.887,01 € | 71.322,05 € | | |
| Ayuntamientos de 3001 a 5000 hab | 12 | 14.017,34 € | 168.208,13 € | | |
| Ayuntamientos de 5001 a 7500 hab | 5 | 19.084,22 € | 95.421,12 € | | |
| Ayuntamientos de 7501 a 10000 hab | 2 | 25.909,44 € | 51.818,88 € | | |
| Ayuntamientos de 10001 a 15000 hab | 4 | 42.543,36 € | 170.173,44 € | | |
| Ayuntamientos de 15001 a 20000 hab | 3 | 57.048,86 € | 171.146,59 € | | |
| Ayuntamientos de 20001 a 30000 hab | 3 | 71.800,03 € | 215.400,10 € | | |
| Ayuntamientos de 30001 a 40000 hab | 1 | 92.819,04 € | 92.819,04 € | | |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Observaciones | | Página | 89/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
TOTAL DE AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA
RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES: 101
1.557.691,63
Total
ofertado
| B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | B) OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES |
|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|
| Tipo | Presupuesto anual | nº máximo entidade s | Precios unitarios máximos | Precios unitarios máximos | Precios unitarios ofertados | Precios unitarios ofertados |
| Tipo | Presupuesto anual | nº máximo entidade s | Coste unitario anual | Coste total anual | Coste ofertado unitario anual | |
| A | Hasta 200.000 € | 2 | 4.537,54 € | 9.075,08 € | | |
| B | De 200.001 € a 450.000 € | 4 | 5.891,90 € | 23.567,60 € | | |
| C | De 450.001€ a 900.000 € | 1 | 7.765,92 € | 7.765,92 € | | |
| D | De 900.001€ a 1.400.000 € | 1 | 9.204,58 € | 9.204,58 € | | |
| E | De 1.400.001 a 2.000.000 € | 1 | 11.887,02€ | 11.887,02€ | | |
| F | De 2.000.001€ a 3.000.000 € | 1 | 14.017,34 € | 14.017,34 € | | |
| G | De 3.000.001 a 30.000.000 € | 3 | 25.909,44 € | 77.728,32 € | | |
| TOTAL DE OTRAS ENTIDADES: 13 | TOTAL DE OTRAS ENTIDADES: 13 | TOTAL DE OTRAS ENTIDADES: 13 | TOTAL DE OTRAS ENTIDADES: 13 | 153.245,86 € | TOTAL OFERTADO | |
## TABLA RESUMEN DE PRECIOS UNITARIOS DE LA SUSCRIPCION
| TIPO DE ENTIDADES | Total precios unitarios máximos | Total precios unitarios ofertados |
|--------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------|-------------------------------------|
| A.- TOTAL DE AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIÓN DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | 1.557.691,63 € | |
| B.- OTRAS ENTIDADES DE LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES | 153.245,86 € | |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| TIPO DE ENTIDADES | TIPO DE ENTIDADES | Total precios unitarios máximos | Total precios unitarios ofertados |
|------------------------------------|-----------------------------------|-----------------------------------|-------------------------------------|
| Suscripción Licencias Total 1 año | Base imponible (1 año) = A+B | 1.710.937,49 € | |
| Suscripción Licencias Total 4 años | Base imponible (4 años) = A+B*4 | 6.843.749,96 € | |
| Suscripción Licencias Total 4 años | IVA (21%) | 1.437.187,49 € | |
| Suscripción Licencias Total 4 años | Total | 8.280.937,45 € | |
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION Servicio De Patrimonio Y Contratacion Sección de Suministros y Patrimonio correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
## ANEXO VI. - MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE A EFECTOS DE ACREDITAR QUE NO ESTÁ INCURSO EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR PREVISTA EN EL ART. 71.1d) DE LA LCSP, ASÍ COMO EN RELACIÓN CON PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL (A INCLUIR EN EL SOBRE 'A')
ANTE EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, D./Dª. ………………………………………………, mayor de edad, vecino/a de ……………………………….., domiciliado en C/………………………………., (con correo electrónico a efectos de recibir el aviso de la notificación electrónica ……………y tlf……....) provisto del DNI. núm. ……………………………….., en nombre propio o en representación de ……………………………. (en este último caso según escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de ……………………............, D/Dª ……………………………………………, en ………………………………., núm. …… de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de…………………………………….) DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
A) Que a los efectos de acreditar que no se encuentra incurso en la prohibición de contratar prevista en el artículo 71.1d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, hace constar lo siguiente (señalar la opción que proceda):
Que la empresa a la que represento cuenta con 50 o más trabajadores, por lo que, a fecha finalización del plazo para la presentación de ofertas:
- Cuenta con un Plan de Igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y que dicho Plan se encuentra inscrito (o que ha solicitado su inscripción) en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos. La acreditación de esta circunstancia se realizará si es propuesto como adjudicatario, conforme a lo establecido en el anexo II de este pliego.
- - Y cumple con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. La acreditación de esta circunstancia se realizará si es propuesto como adjudicatario, conforme a lo establecido en el anexo II de este pliego.
Que la empresa a la que represento, a fecha finalización del plazo para la presentación de ofertas, cuenta con menos de 50 trabajadores, cumpliendo con las AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION Servicio De Patrimonio Y Contratacion Sección de Suministros y Patrimonio correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 92/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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medidas para evitar cualquier discriminación laboral entre mujeres y hombre, conforme a lo previsto en el art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
B) Que, a los efectos de lo previsto en el artículo 86 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP, la empresa a la que represento (marcar lo que proceda) :
No pertenece a un grupo empresarial ni concurre ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Pertenece al grupo empresarial \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ y de las empresas que componen dicho grupo (se adjunta relación):
Ninguna ha presentado proposición en la presente contratación
Presentan proposición la/s siguiente/s empresa/s: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- C) (Si se trata de empresa extranjera) Que me someto a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir en el contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdicciones extranjero que pudiera corresponder.
- D) Asimismo, deberá indicar si su empresa es o no una PYME (se considera que es PYME si ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.) marcando con una X la opción correspondiente:
La empresa SI es una PYME
La empresa NO es una PYME
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| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
|---------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
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| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO VII. DECLARACION RESPONSABLE EN RELACION CON EL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD (A INCLUIR EN EL SOBRE 'A', JUNTO
## CON EL DEUC Y EL ANEXO VI) 2
D./Dª. ………………………………………………, mayor de edad, vecino/a de ……………………………….., domiciliado en C/………………………………., (con correo electrónico a efectos de recibir el aviso de la notificación electrónica ……………y tlf……....) provisto del DNI. núm. ……………………………….., en nombre propio o en representación de ……………………………. (en este último caso según escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de ……………………............, D/Dª ……………………………………………, en ………………………………., núm. …… de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de…………………………………….) en caso de resultar adjudicatario de la contratación de ........................................:
DECLARA: Que, en el caso de resultar propuesto como adjudicatario y durante todo el periodo de vigencia del contrato, dispondrá:
- Certificado nivel ALTO del Esquema Nacional de Seguridad.
La documentación y justificación de las certificaciones se acreditarán por el licitador propuesto como adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III del pliego (la ausencia de estas acreditaciones será motivo de exclusión), debiendo de estar vigentes durante todo el periodo de duración del contrato (una obligación esencial).
2 Nota: En caso de no presentarse el presente compromiso o de presentarse de modo defectuoso, la Mesa podrá requerir al licitador para su subsanación.
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| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 94/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
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## ANEXO VIII.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL
## TRATAMIENTO DE DATOS PROTEGIDOS (PARA REMITIR ANTES DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO)
Ante La Diputación Provincial de Almería,
- D./Dª. , mayor de edad, vecino/a de , domiciliado en C/ ,(con correo electrónico a efectos de recibir el aviso de la notificación electrónica y tlf ) provisto del DNI. núm, , en nombre propio o en representación de (en este último caso según escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario del ilustre Colegio de , D/Dª , en , núm de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de ).
## DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
- A. Que, como encargado del tratamiento, ofrezco suficientes garantías en lo referente a conocimientos especializados, fiabilidad y recursos, con vistas a la aplicación de medidas técnicas y organizativas que cumplan los requisitos del Reglamento General (UE) 2016/679 de 27 de abril de protección de datos personales, incluida la seguridad del tratamiento. (Eliminar si se aporta alguna documentación de la señalada en el Anexo I)
- B. Que la ubicación de los servidores y desde donde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, será .
- C. Que se compromete a cumplir con la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, respecto a la información facilitada en la letra B) de la presente declaración.
## FIRMA
En Lugar
a
## PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE TERCEROS, SUS CONTACTOS Y REPRESENTANTES responsabilidad de DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS DE PERSONAS FÍSICAS O REPRESENTANTES DE PERSONAS JURÍDICAS (APODERADOS O CONTACTOS), QUE SE RELACIONAN CON LA DIPUTACIÓN en base a la legitimación de OBLIGACIÓN LEGAL. Más información sobre Protección de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de de Año
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| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 95/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
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Día de Mes
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acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad.
Con la firma de este formulario, confirmo que he sido informado sobre el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE TERCEROS, SUS CONTACTOS Y REPRESENTANTES.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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## ANEXO IX.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD PARA EMPLEADOS DE UN ENCARGO CON PROTECCIÓN DE DATOS (ANTES DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO).
## DATOS DEL EMPLEADO
NOMBRE Y APELLIDOS
## MANIFIESTA
Por la presente me comprometo y obligo con la Diputación Provincial de A guardar absoluta confidencialidad y secreto sobre cualquier tipo información o datos que conozca o a los que tenga acceso como consecuencia de la relación profesional m la Empresa/Entidad, CIF , con independencia de la forma por la que tenga acces o información, y especialmente sobre los datos e información de carácter personal.
Este compromiso alcanza a cualquier soporte de información. Está absol prohibido obtener copias sin previa autorización en cualquier soporte, material cualquier tipo de documentac ión, especialmente la que contenga datos de carácter person
El acceso y tratamiento de datos de carácter personal consecuencia de establecida entre el la Diputación Provincial de Almería y la Empresa/Entidad , personal pertenez co, se realizará de acuerdo a las finalidades y estipulaciones pre Contrato/Convenio de Encargado del Tratamiento firmado entre ambas partes, excl y en estricto cumplimiento de los principios generales estipulados en el Regla ropeo (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos libre circulación de estos datos y en la normativa de protección de datos aplicable, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales derechos digitales.
La presente obligación de secreto y confidencialidad subsistirá después de mi relación profesional con mi actual empresa o con la Diputación Provincial de Almería
El cumplimiento de esta obligación podrá ser exigido por los procedimien procedentes y su violación dará lugar a las responsabilidades de todo orden es ordenamiento jurídico.
## PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad CONTRATACIÓN responsabilidad de DIPUTACI ÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIÓN DE DATOS DE CONTACTOS DE INTERESADOS Y REPRESENTANTES EN LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN TRAMITADOS EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA,en base a la legitimación de OBLIGACIÓN LEGAL. Más información sobre Protección de Datos
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| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 97/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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NIF
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
| personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he sido informado sobre el tratamiento de mis datos personales para la actividad CONTRATACIÓN.Másinformación sobre la Actividad de Tratamiento objeto del contrato a través del enlace del apartado "A" del "ANEXO VII" del Pliego de Prescripciones Técnicas. |
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FIRMA
EN
(FIRMA DEL INTERESADO)
, A
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 98/101 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## ANEXO X.- INFORMACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN EL CONTRATO.
La empresa adjudicataria, como encargada del tratamiento, por cuenta de la Diputación Provincial de Almería, responsable del tratamiento, realizará el tratamiento de datos personales necesarios para EL SUMINISTRO (SUSCRIPCIÓN), CON IMPLANTACIÓN Y SOPORTE, Y DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO EN LA NUBE (CLOUD HOSTING), DE UNA PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA PARA LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA, LA PROPIA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA Y OTROS ENTES DEPENDIENTES DE LA RED PROVINCIAL.
El tratamiento de datos personales se realizará en relación a las siguientes especificaciones:
## A. Finalidad.
El acceso por parte del encargado de tratamiento a los datos de carácter personal facilitados por la Diputación de Almería tiene la exclusiva finalidad de llevar a cabo la gestión del servicio descrito en el párrafo anterior.
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, la Diputación de Almería, responsable del tratamiento, pone a disposición de la empresa, encargada del tratamiento, la información que se describe en la/s actividad/es de tratamiento que se enumera/n a continuación, incluidas en el 'Registro de Actividades de Tratamiento de la Diputación de Almería', aprobado por Resolución de Presidencia núm. 1575 de 4 de junio de 2021.
| ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO | FINALIDAD | TIPOS DE DATOS |
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| El contratista actuará como encargado del tratamiento por cuenta del responsable (Diputación o los ayuntamientos), realizando operaciones de almacenamiento, consulta, migración, soporte y acceso a los datos personales contenidos en los expedientes, registros, usuarios, documentos, etc. relacionados con la tramitación administrativa electrónica | Los datos personales cedidos al contratista se utilizarán exclusivamente para implantar, mantener y dar soporte técnico a la plataforma de administración electrónica y asegurar la operatividad de todos sus módulos y servicios (sede electrónica, registro, gestor de expedientes, notificaciones, facturación, etc.). No podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta de la ejecución del contrato | Datos identificativos: nombre, apellidos, DNI/NIE, domicilio, datos de contacto, etc. Datos relativos a procedimientos administrativos : información asociada a expedientes, solicitudes, comunicaciones, notificaciones, etc. Datos económicos : en los casos de facturación electrónica y otros procedimientos económicos. |
El encargado utilizará los datos personales objeto de tratamiento, o los que se recopilen en la ejecución del mismo, sólo para la finalidad prevista en el encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
El encargado accederá a más información a través de la página Web de la Diputación de
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 99/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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## AREA DE RECURSOS HUMANOS Y CONTRATACION
Servicio De Patrimonio Y Contratacion
Sección de Suministros y Patrimonio
correo-e: patrimonioycontratacion@dipalme.org
Ref. Exp. 2025/D22200/006-202/00006
Almería, en el apartado 'Privacidad' o a través del siguiente enlace:
https://app.dipalme.org/proDatos/registros/registrosActRespConsulta.zul?id=24
## B. Tratamiento de datos personales
Las acciones de tratamiento de datos a realizar serán las siguientes:
| Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar | Tratamiento a realizar |
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| Recogida | Registro | | | | | | | | | | |
| Estructuración | Modificación | | | | | | | | | | |
| Conservación | Extracción | | | | | | | | | | |
| Consulta | Comunicación por transmisión | | | | | | | | | | |
| Difusión | Interconexión | | | | | | | | | | |
| Cotejo | Limitación | | | | | | | | | | |
| Organización | Utilización | | | | | | | | | | |
| Supresión | Destrucción | | | | | | | | | | |
| Digitalización | Comunicación | | | | | | | | | | |
| Otros | | | | | | | | | | | |
El acceso o tratamiento de datos se realizará a través de:
## 1. Acceso a través de la Plataforma
El contratista accede a los datos a través de la propia plataforma de administración electrónica, mediante cuentas de usuario con permisos restringidos y controlados.
El acceso solo se permite cuando es necesario para realizar tareas de implantación, soporte técnico, mantenimiento, actualización, migración, recuperación ante incidentes o auditoría del sistema.
## 2. Acceso remoto y seguro
El acceso del personal técnico del contratista se realiza de forma remota y segura, empleando conexiones cifradas y autenticación fuerte.
## 3. Control de acceso y trazabilidad
El sistema exige autenticación individualizada, de forma que cada acceso queda registrado con la identidad del usuario, fecha, hora, dirección IP y tipo de operación realizada.
4. Acceso físico y lógico a los datos
El acceso físico a los servidores y centros de datos está restringido, videovigilado y controlado.
El acceso lógico (digital) está protegido por cortafuegos, sistemas de detección de intrusiones, permisos a nivel de sistema operativo y aplicaciones, y cumplimiento de normativas como el Esquema Nacional de Seguridad (nivel ALTO).
## C. Deber de información.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 100/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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- -Corresponde a la Diputación de Almería la responsabilidad de facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos.
## D. Subcontratación de prestaciones que comporten tratamiento de datos personales.
- -La entidad adjudicataria no subcontratará ninguna de las prestaciones que comporten tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las actuaciones del encargado.
## E. Destino de los datos al finalizar el contrato.
Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento deberá:
- -Devolver a la Diputación de Almería los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado.
No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
## F. Cumplimiento normativa Protección de datos.
El adjudicatario aportará de la firma del contrato alguno de los siguientes requisitos:
- a. Informe o certificación, realizada por empresa especializada en auditorías de protección de datos, sobre que la entidad adjudicataria cumple con la normativa en materia de Protección de Datos.
- b. Declaración responsable de que cumple normativa de Protección de datos (Ver 'Declaración Responsable').
- G. Obligaciones del Responsable del Tratamiento. Corresponde al responsable del tratamiento:
1. Entregar al encargado del tratamiento los datos necesarios y descritos en la Actividad de Tratamiento correspondiente
2. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado del tratamiento.
3. Realizar las consultas previas que corresponda.
4. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado del tratamiento.
5. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
| Código Seguro De Verificación | 4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Maria del Mar Lopez Asensio - Diputada Delegada Area de Recursos Humanos y Contratacion | Firmado | 22/12/2025 09:13:05 |
| Observaciones | | Página | 101/101 |
| Url De Verificación | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== | https://ov.dipalme.org/verifirma/code/4Sz4Bo99rnGVaLUT7CKxEQ== |
| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). |
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