TEC0007114_PCAP.pdf
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE TECNOLOGÍAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC) PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PARA ESCOLARES EN AUTOBÚS PARA EL DESARROLLO DE LAS RUTAS QUE TIENEN LUGAR EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE VILLARDECIERVOS (ZAMORA) Y VIÉRNOLES (CANTABRIA) PARA EL PERIODO DE OTOÑO DE 2026 A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
## REF.: TEC0007114
## ÍNDICE DE CONTENIDO
| 1. | OBJETO DEL PLIEGO .................................................................................................................................... 5 |
|-------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 2. | PRESUPUESTO .............................................................................................................................................. 5 |
| 3. | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO ........................................................................................................... 5 |
| 4. | DISPOSICIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ......................................................... 5 |
| | CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR ...........................................................................................................5 |
| | UNIONES DE EMPRESARIOS .....................................................................................................................................6 |
| | SOLVENCIA ............................................................................................................................................................7 |
| | FORMA, PLAZO Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ................................................................................................7 |
| | COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES : .....................................................................................................................9 |
| | CONTENIDO DE LOS SOBRES ....................................................................................................................................9 |
| 4.6.1 | Documentación acreditativa de la aptitud para contratar ........................................................................10 |
| 4.6.2 | Proposición económica y criterios de adjudicación cuantificables mediante fórmulas ............................14 |
| 4.6.3 | Criterios de adjudicación dependientes de juicio de valor y referencias técnicas .....................................15 |
| | GARANTÍA PROVISIONAL ......................................................................................................................................15 |
| 5. | SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ...................................................15 |
| | APERTURA DE LOS SOBRES ELECTRÓNICOS Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ...................................................15 |
| | APERTURA DE OFERTAS ........................................................................................................................................16 |
| | RESOLUCIÓN DE POSIBLES EMPATES ......................................................................................................................17 |
| | OFERTASANORMALMENTE BAJAS ..........................................................................................................................17 |
| | DETERMINACIÓN DE LA MEJOR OFERTA ..................................................................................................................19 |
| | GARANTÍA DEFINITIVA .........................................................................................................................................20 |
| | ADJUDICACIÓN .....................................................................................................................................................21 |
| 7. | FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .............................................................................................................23 |
| 8. | EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO ......................................................................24 |
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| | EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ................................................................................................................................24 | |
|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 8.1.1 Plazo de ejecución del contrato ...................................................................................................................25 | 8.1.1 Plazo de ejecución del contrato ...................................................................................................................25 | |
| 8.1.2 Recepción .....................................................................................................................................................25 | 8.1.2 Recepción .....................................................................................................................................................25 | |
| PENALIDADES | PENALIDADES | ......................................................................................................................................................25 |
| 9. | OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL Y PROTECCIÓN DE DATOS .......................26 | OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL Y PROTECCIÓN DE DATOS .......................26 |
| 10. | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ...................................................................26 | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ...................................................................26 |
| 11. | RESPONSABLE DEL CONTRATO .................................................................................................................27 | RESPONSABLE DEL CONTRATO .................................................................................................................27 |
| 12. | PAGO DEL PRECIO .......................................................................................................................................27 | PAGO DEL PRECIO .......................................................................................................................................27 |
| 13. | CONFIDENCIALIDAD ...................................................................................................................................28 | CONFIDENCIALIDAD ...................................................................................................................................28 |
| 14. | PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL ...............................................................................................29 | PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL ...............................................................................................29 |
| 15. | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................................................29 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................................................29 |
| 16. | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ................................................................................................................31 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ................................................................................................................31 |
| 17. | CESIÓN DEL CONTRATO .............................................................................................................................32 | CESIÓN DEL CONTRATO .............................................................................................................................32 |
| 18. | SUBCONTRATACIÓN ...................................................................................................................................32 | SUBCONTRATACIÓN ...................................................................................................................................32 |
| 19. | DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD ..............................................................35 | DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD ..............................................................35 |
| 20. | RÉGIMEN JURÍDICO .....................................................................................................................................36 | RÉGIMEN JURÍDICO .....................................................................................................................................36 |
| 21. | JURISDICCIÓNCOMPETENTE .....................................................................................................................36 | JURISDICCIÓNCOMPETENTE .....................................................................................................................36 |
| 22. | PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES Y PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE .............................................37 | PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES Y PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE .............................................37 |
| CONTRATOS FINANCIADOS CON FONDOS NEXT GENERATION | CONTRATOS FINANCIADOS CON FONDOS NEXT GENERATION | ....................................................................................37 |
| 23. | CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Y ANTIFRAUDE ........................................................................................38 | CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Y ANTIFRAUDE ........................................................................................38 |
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| ANEXO I - CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO .....................................................................................39 | ANEXO I - CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO .....................................................................................39 | ANEXO I - CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO .....................................................................................39 |
|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| A. | DESCRIPCIÓNDELOBJETODELALICITACIÓNYCODIFICACIÓN (CPV) ....................................................39 | |
| | Objeto de la licitación: .................................................................................................................................39 | |
| | Lotes: ............................................................................................................................................................39 | |
| | Codificación CPV: .........................................................................................................................................39 | |
| | Codificación CPV por lotes: ..........................................................................................................................39 | |
| B. PRESUPUESTO .................................................................................................................................................39 | B. PRESUPUESTO .................................................................................................................................................39 | |
| | Presupuesto base de licitación total: ...........................................................................................................39 | |
| | Presupuesto desglosado por lotes: ...............................................................................................................40 | |
| | Costes estimados totales: .............................................................................................................................41 | |
| | Costes estimados por lotes: ..........................................................................................................................41 | |
| C. | VALORESTIMADODELCONTRATO ..............................................................................................................42 | |
| | Valor total estimado del contrato: ..............................................................................................................42 | |
| | Modificaciones y prórrogas previstas: .........................................................................................................42 | |
| | Valor estimado del contrato por lotes: ........................................................................................................43 | |
| | Modificaciones y prórrogas previstas por lotes: .........................................................................................43 | |
| D. | FECHALÍMITEDEPRESENTACIÓNDEPROPOSICIONESYACTODEAPERTURA .....................................43 | |
| | Fecha máxima de presentación de ofertas: .................................................................................................44 | |
| | Fecha de apertura de ofertas: ......................................................................................................................44 | |
| | Contacto y perfil del contratante: ................................................................................................................44 | |
| | Comunicaciones y notificaciones: ................................................................................................................44 | |
| E. | SOBREELECTRÓNICOÚNICO-PROPOSICIÓNTÉCNICA-DOCUMENTACIÓNGENERAL .........................44 | |
| | Requisitos que acreditar: .............................................................................................................................44 | |
| | Solvencia de las empresas de nueva creación: ............................................................................................46 | |
| F. | GARANTÍAS ......................................................................................................................................................47 | |
| | Garantía provisional: ...................................................................................................................................47 | |
| | Garantía definitiva: ......................................................................................................................................47 | |
| G. | ÁMBITODELAOFERTA ..................................................................................................................................47 | |
| H. | CARACTERÍSTICASDELASPRESTACIONES .................................................................................................47 | |
| I. | CRITERIOSDEADJUDICACIÓN .......................................................................................................................47 | |
| | Criterios evaluables de forma automática mediante fórmulas: .................................................................47 | |
| | Criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor: .............................................48 | |
| | Ofertas anormalmente bajas: ......................................................................................................................48 | |
| J. | LUGARDEENTREGA .......................................................................................................................................48 | |
| K. | PLAZODEVIGENCIAYEJECUCIÓNDELCONTRATO ....................................................................................50 | |
| L. | PLAZODEGARANTÍA ......................................................................................................................................50 | |
| M. OTRASOBLIGACIONESDELCONTRATISTA ..................................................................................................51 | M. OTRASOBLIGACIONESDELCONTRATISTA ..................................................................................................51 | |
| | Obligaciones del contratista respecto a su personal: ....................................................................................51 | |
| | Seguro de responsabilidad civil: ..................................................................................................................54 | |
| | Responsabilidad medioambiental: ..............................................................................................................55 | |
| | Gestión de la calidad: ...................................................................................................................................56 | |
| | Eficiencia energética: ...................................................................................................................................57 | |
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| | Obligaciones en materia de fondos europeos: .............................................................................................57 | |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| N. | CONDICIONESESENCIALESDEEJECUCIÓN ..................................................................................................57 | |
| | Condiciones especiales de ejecución: ...........................................................................................................58 | |
| | Sistema de seguimiento: ..............................................................................................................................58 | |
| O. | REVISIÓNDEPRECIOS ....................................................................................................................................58 | |
| P. | RESPONSABLEDELCONTRATO ....................................................................................................................58 | |
| Q. | TAREASCRÍTICASNOSUBCONTRATABLES .................................................................................................58 | |
| R. | PENALIDADES .................................................................................................................................................59 | |
| S. | MODIFICACIÓNDELCONTRATO ...................................................................................................................59 | |
| T. | FORMADEFACTURACIÓNYPAGO ................................................................................................................60 | |
| U. | DOCUMENTACIÓNAPRESENTARPORLAMEJOROFERTA ........................................................................61 | |
| ANEXO II - PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE ................64 | ANEXO II - PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE ................64 | ANEXO II - PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE ................64 |
| ANEXO III - PRESENTACIÓN DE GARANTÍA ..........................................................................................................66 | ANEXO III - PRESENTACIÓN DE GARANTÍA ..........................................................................................................66 | ANEXO III - PRESENTACIÓN DE GARANTÍA ..........................................................................................................66 |
| ANEXO IV - MODELO DE DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE .................................67 | ANEXO IV - MODELO DE DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE .................................67 | ANEXO IV - MODELO DE DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE .................................67 |
| ANEXO V - MODELO DE ACTA DE CONFORMIDAD ...............................................................................................69 | ANEXO V - MODELO DE ACTA DE CONFORMIDAD ...............................................................................................69 | ANEXO V - MODELO DE ACTA DE CONFORMIDAD ...............................................................................................69 |
| ANEXO VI - DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ...........................70 | ANEXO VI - DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ...........................70 | ANEXO VI - DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ...........................70 |
| ANEXO VII - CLAUSULADO DE PROTECCIÓN DE DATOS .....................................................................................71 | ANEXO VII - CLAUSULADO DE PROTECCIÓN DE DATOS .....................................................................................71 | ANEXO VII - CLAUSULADO DE PROTECCIÓN DE DATOS .....................................................................................71 |
| ANEXO VIII - ANEXO XI - HITOS Y OBJETIVOS PRTR ...........................................................................................73 | ANEXO VIII - ANEXO XI - HITOS Y OBJETIVOS PRTR ...........................................................................................73 | ANEXO VIII - ANEXO XI - HITOS Y OBJETIVOS PRTR ...........................................................................................73 |
| ANEXO IX - ORDENHFP/1030/2021 ....................................................................................................................74 | ANEXO IX - ORDENHFP/1030/2021 ....................................................................................................................74 | ANEXO IX - ORDENHFP/1030/2021 ....................................................................................................................74 |
| ANEXO X - ORDENHFP/1030/2021 .....................................................................................................................75 | ANEXO X - ORDENHFP/1030/2021 .....................................................................................................................75 | ANEXO X - ORDENHFP/1030/2021 .....................................................................................................................75 |
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## 1. OBJETO DEL PLIEGO
El presente pliego tiene por objeto la contratación de los servicios especificados en el Anexo I, que junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas han de regir la adjudicación del contrato su contenido y efectos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), y en la normativa reguladora del Grupo Tragsa.
## 2. PRESUPUESTO
El presupuesto máximo de licitación para los trabajos asciende a la cantidad que figura en el Anexo I, incluidos los correspondientes impuestos, conforme a las unidades que en éste se especifican.
## 3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad que figura en el Anexo I sin incluir los impuestos aplicables, incluyendo los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP.
## 4. DISPOSICIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada por parte del licitador de todas las cláusulas o condiciones de este, sin salvedad o reserva alguna.
## Condiciones de aptitud para contratar
Podrán tomar parte en el procedimiento de licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en los que así se exija, se encuentren debidamente clasificadas.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
## CONDICIONES GENERALES
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Las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o de los estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en adelante Acuerdo EEE), deberán estar habilitadas para realizar la prestación objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas a estas empresas se les exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder ejecutar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Unión Europea o de estados signatarios del Acuerdo EEE deberán justificar mediante informe que el estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presenten. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
## Uniones de empresarios
Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de estas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los licitadores que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la UTE, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción de este, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese la modificación de la composición de la UTE, esta quedará excluida del procedimiento. No tendrá la consideración de modificación de la composición la alteración de la participación de las empresas, siempre que se mantenga la misma clasificación.
Quedará excluida también del procedimiento de adjudicación del contrato la UTE cuando alguna o algunas de las empresas que la integren quedase incursa en prohibición de contratar.
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Las operaciones de fusión, escisión y aportación o transmisión de rama de actividad de las que sean objeto, alguna o algunas empresas integradas en una UTE, no impedirán la continuación de ésta en el procedimiento de adjudicación. En el caso de que la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad, no sean empresas integrantes de la UTE, será necesario que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que se mantenga la solvencia, la capacidad exigida, en su caso.
## Solvencia
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, y profesional o técnica, establecidas en el Anexo I del presente pliego.
Los licitadores podrán acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato, dispondrán efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurran no esté incursa en una prohibición de contratar.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones de empresarios podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la UTE.
Cuando los licitadores recurran a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, las empresas el Grupo Tragsa podrán exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
Además, los licitadores se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello, en los términos que se establezcan, en su caso, en el Anexo I del presente pliego.
## Forma, plazo y contenido de las proposiciones
Esta licitación tiene carácter electrónico.
Los pliegos y demás documentación complementaria se pondrán a disposición de los licitadores a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (en adelante PLACSP) en la dirección https://contrataciondelestado.es , garantizando así el acceso a los mismos por medios electrónicos.
Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas de forma electrónica a través de la PLACSP, debiendo preparar y presentar los sobres electrónicos que requiera el Anexo I del presente pliego dentro del plazo indicado en dicho anexo. No se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de los medios descritos en el presente pliego.
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Asimismo, caso de requerirlo el presente pliego, la documentación contenida en cada uno de los archivos electrónicos deberá ser firmada manual o electrónicamente por representante legal. Las proposiciones se presentarán redactadas en castellano o, en su caso, acompañadas de traducción jurada, en el lugar y dentro del plazo señalado. Cuando, por causas técnicas no imputables al licitador, éste no pudiera presentar su oferta dentro del plazo, el Grupo Tragsa podrá ampliar el plazo de presentación de ofertas para todos los licitadores, una vez verificada la causa.
Las empresas del Grupo Tragsa podrán exigir la presentación por medios no electrónicos cuando:
- a) Debido al carácter especializado de la contratación, el uso de medios electrónicos requeriría herramientas, dispositivos o formatos de archivo específicos que no están en general disponibles o no aceptan los programas generalmente disponibles.
- b) Las aplicaciones que soportan formatos de archivo adecuados para la descripción de las ofertas utilizan formatos de archivo que no pueden ser procesados por otros programas abiertos o generalmente disponibles o están sujetas a un régimen de licencias de uso privativo y el Grupo Tragsa no pueda ofrecerlas para su descarga o utilización a distancia.
- c) La utilización de medios electrónicos requiera equipos ofimáticos especializados de los que no dispone el Grupo Tragsa.
- d) Los pliegos de la contratación requieran la presentación de modelos físicos o a escala que no pueden ser transmitidos utilizando medios electrónicos.
En estos casos, el envío de información se realizará por correo o por cualquier otro medio apropiado o mediante
una combinación de correo o de cualquier otro medio apropiado y de medios electrónicos.
El Grupo Tragsa podrá habilitar medios distintos de presentación de ofertas cuando el uso de medios no electrónicos sea necesario, bien por una violación de la seguridad de los antedichos medios electrónicos o para proteger información especialmente delicada, que requiera un nivel tan alto de protección, que no se pueda garantizar adecuadamente utilizando dispositivos y herramientas electrónicos de los que disponen, en general, los operadores económicos o de los que se pueda disponer a través de otros medios de acceso alternativos.
El Grupo Tragsa garantiza que se preservará la integridad de los datos y la confidencialidad de todas las comunicaciones e intercambios de información, así como de las ofertas, y que el contenido de dichas ofertas no será conocido hasta después de finalizados los plazos de presentación y apertura de estas.
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EL Grupo Tragsa podrá exigir la utilización de herramientas y dispositivos que no estén disponibles de forma general, si así lo establece el Anexo I, ofreciendo alguno de los medios de acceso alternativos de acuerdo con lo siguiente:
- a) Ofrezcan gratuitamente un acceso completo y directo por medios electrónicos a dichas herramientas y dispositivos a partir de la fecha de publicación del anuncio correspondiente o a partir de la fecha de envío de la invitación, en su caso. El texto del anuncio o de la invitación especificará la dirección de internet en la que puede accederse a dichas herramientas y dispositivos.
- b) Que garantice que los licitadores que no tienen acceso a las herramientas y dispositivos de que se trate, o que no tienen la posibilidad de obtenerlos en el plazo fijado, siempre que la falta de acceso no pueda atribuirse al licitador en cuestión, pueden tener acceso al procedimiento de contratación utilizando mecanismos de acceso provisionales disponibles gratuitamente en línea.
- c) Que admita un canal alternativo para la presentación electrónica de ofertas.
Las notificaciones que realicen las empresas del Grupo Tragsa se realizarán a través de la dirección de correo habilitada o mediante comparecencia electrónica.
## Comunicaciones y notificaciones:
Las comunicaciones y notificaciones que realicen las empresas del Grupo Tragsa, derivadas del procedimiento de adjudicación, se realizarán por medios exclusivamente electrónicos, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I.
Los plazos se computarán desde la fecha de envío de la notificación o aviso, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en la PLACSP. En caso contrario, los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
## Contenido de los sobres
El licitador presentará los sobres electrónicos requeridos en el Anexo I del presente pliego, pudiendo ser un único sobre, si no hay criterios evaluables mediante juicio de valor. En ese caso, el sobre único contendrá tanto la oferta de los criterios evaluables automáticamente, como la declaración y documentación acreditativa de la aptitud para contratar de los licitadores (conforme a los apartados 4.61 y 4.6.2); o, dos sobres en el caso de que la licitación contenga criterios evaluables mediante juicio de valor. En este caso habrá un primer sobre electrónico técnico, que contendrá lo especificado en los apartados 4.6.1 y 4.6.3, y un segundo sobre con el contenido del apartado 4.6.2.
La apertura de los sobres, en caso de existir más de uno, se realizará en el orden en que se han citado anteriormente.
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## 4.6.1 Documentación acreditativa de la aptitud para contratar
La aptitud para contratar se acreditará mediante la documentación señalada en los apartados siguientes.
Los documentos deberán estar redactados en castellano, y tratándose de documentación presentada por empresas extranjeras, se exigirá, en su caso la traducción oficial al castellano. Asimismo, los documentos de carácter público deberán estar debidamente legalizados para producir efectos jurídicos en España a través de la correspondiente apostilla u otro instrumento equivalente, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
- Los empresarios individuales deberán presentar el documento nacional de identidad que es el único documento con suficiente valor por sí solo para la acreditación a todos los efectos de la identidad de los datos de su titular. Asimismo, deberán acreditar la inscripción en el Registro Mercantil, en el supuesto de que estuviesen obligados a ello, conforme a la legislación vigente, y, en su caso, el del nombre comercial bajo el que operen, cuando no lo hagan con su nombre y apellidos.
- Las personas jurídicas presentarán la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por la que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Cuando se trate de empresarios no españoles nacionales de estados miembros de la Unión Europea o de estados signatarios del Acuerdo EEE su capacidad se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la misión diplomática permanente de España en el estado correspondiente o de la oficina consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Asimismo, las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Unión Europea o de estados signatarios del Acuerdo EEE deberán presentar informe de la respectiva misión diplomática permanente española en el que conste que el estado de procedencia de la empresa extranjera admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables, en forma sustancialmente análoga. Tratándose de empresas de estados signatarios del Acuerdo Plurilateral sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (en adelante ACP), se prescindirá del informe de reciprocidad.
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- Escritura de poder justificativa de la representación que ostenta el firmante de la proposición.
- Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (en adelante ROLECE ), antes de la fecha fin de presentación de oferta, de los actos relativos a la extensión de las facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente, podrán aportar certificación expedida por el citado registro en la que se acredite la representación, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación alguna. En esta declaración se indicará expresamente el nombre del representante de la empresa, cuyas facultades consten inscritas en el ROLECE, que represente en la licitación a la persona jurídica en cuestión, y que deberá ser el firmante de la proposición. También se acompañará copia del documento nacional de identidad del representante designado.
- Los documentos justificativos relativos a los requisitos de elegibilidad en relación con la habilitación empresarial o profesional, solvencia económica, financiera y técnica, normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental especificados en el Anexo I del presente pliego.
- Declaración sobre el compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de los medios materiales o profesionales que, en su caso, se especifiquen en el Anexo I del presente pliego.
- Declaración sobre el sometimiento expreso del licitador a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, cuando para la ejecución del contrato se requiera por el contratista el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, entidad del sector público, especificado en el Anexo I del presente pliego.
- En caso de incluirse en este pliego, el Anexo VI debidamente cumplimentado.
- Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo e indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, y expresa declaración de sometimiento al fuero de los juzgados y tribunales de Madrid capital.
- Unión temporal. Además de los documentos acreditativos de que la capacidad de obrar de los empresarios que la componen, en los términos indicados en los párrafos precedentes, se presentará un documento, firmado por los representantes legales de los integrantes, en el que se deberá indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno, la persona o entidad designada, que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos, así como que asumen el compromiso de
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constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La constitución de la UTE sólo deberá acreditarse en caso de que el procedimiento de licitación sea adjudicado a la misma.
- Declaración sobre grupo empresarial. El licitador deberá presentar declaración sobre el grupo empresarial al que pertenezcan las empresas, con indicación de las que lo componen ( Art. 86.3 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ), en caso de que se presenten ofertas por distintas sociedades pertenecientes a un mismo grupo.
- Los licitadores acreditarán el cumplimiento de los requisitos previos de acceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP, mediante la presentación de la declaración responsable recogida en la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos adjunto al presente pliego.
El Grupo Tragsa incluye en el presente pliego una plantilla (declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos) específica para la presente licitación, sin rellenar, la cual será puesta a disposición de los licitadores como documentación adjunta con objeto de que se cumplimente por el proveedor y sirva de declaración responsable de estos extremos.
Los requisitos previos de acceso contemplados en el citado artículo 140 de la LCSP y que se contienen en el formulario Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos a efectos de acreditar la aptitud de contratar requerida en la presente licitación son los siguientes:
- a) Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de la declaración.
- b) Que el licitador cumple los criterios de selección establecidos en el presente pliego, referidos a la habilitación para ejercer la actividad profesional, así como a los requisitos de elegibilidad en relación con la solvencia económica, financiera y técnica especificados en el Anexo I del presente pliego.
- c) Que el licitador no se encuentra en ninguna de las situaciones de prohibición de contratar contempladas en el artículo 71 de la LCSP; ni por sí mismo ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP.
La declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos cumplimentado por el proveedor deberá contener así mismo la designación de una dirección de correo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la LCSP, a efectos de la realización de notificaciones por parte del Órgano de Contratación del Grupo Tragsa que convoca la licitación.
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La declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos cumplimentado por el proveedor deberá presentarse debidamente firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa licitadora y acompañado con la correspondiente identificación del firmante.
El licitador que quiera acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP, deberá presentar su propia declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos cumplimentada, junto con otra declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos separada en la que figure la información pertinente por cada una de las entidades de las que se trate. Cuando los licitadores concurran en UTE deberá presentarse una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos separada en la que figure la información requerida por cada uno de los integrantes de la UTE. Adicionalmente se aportará el compromiso de constituir la UTE por parte de los empresarios que sean parte de esta de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP y en el presente pliego. Cuando de conformidad con la LCSP y el presente el pliego se exija la acreditación de otras circunstancias distintas de las que comprende la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos, se determinará en el Anexo I su forma de acreditación. Cuando en el Anexo I del presente pliego se contemple la división en lotes del contrato y los requisitos de clasificación o solvencia económica, financiera y técnica varíen de un lote a otro, la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos deberá cumplimentarse para cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de clasificación o solvencia económica, financiera y técnica. El Grupo Tragsa podrá pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos de los requisitos previos de acceso que se contienen en la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. No obstante, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en el ROLECE o que figuren en una base de datos nacional de un estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, siempre que estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento
de perfección del contrato.
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## 4.6.2 Proposición económica y criterios de adjudicación cuantificables mediante fórmulas
Incluye la proposición económica ajustada al modelo que se adjunta al presente pliego, como Anexo II, relacionando los productos que se ofertan, y, en caso de ser admitidas, las variantes presentadas debidamente identificadas y con indicación de sus cuantías respectivas.
La proposición, dependiendo de cada caso, se referirá a la totalidad de los trabajos, a partidas independientes del mismo o a lotes dentro de cada partida, en los términos que se señalan en el Anexo I.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones establecidas en los pliegos de la presente licitación, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización al Grupo Tragsa para consultar los datos recogidos en el ROLECE o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la Unión Europea.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las proposiciones.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de que, cuando en la adjudicación hayan de tenerse en cuenta criterios distintos del precio, el Grupo Tragsa admitiese la presentación de variantes de conformidad con lo establecido en el Anexo I.
Los licitadores tampoco podrán suscribir ninguna propuesta en UTE con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden, no sólo el precio del material, sino también los gastos y los tributos que correspondan, los cuales serán de cuenta del adjudicatario de conformidad con lo establecido en el Anexo I.
En todo caso, en la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe de los impuestos de aplicación que deban ser repercutidos.
Asimismo, en este sobre se incluirá, en su caso, la documentación necesaria para la valoración de los criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, de conformidad con lo establecido en el Anexo I.
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## 4.6.3 Criterios de adjudicación dependientes de juicio de valor y referencias técnicas
Incluye, en su caso, la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, de conformidad con lo establecido en el Anexo I.
De igual manera, si así se especificara en el PPT, en este sobre se aportará una descripción resumida de las características del material objeto del procedimiento de licitación junto con la documentación técnica que se considere necesaria al respecto, y en el caso de que el Grupo Tragsa admitiera la presentación de variantes, de conformidad con lo establecido en el Anexo I, se aportará una descripción de las mismas con indicación de las características técnicas de los materiales propuestos y la justificación de cada una de ellas.
En el supuesto en que el contrato requiriera del tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, deberá constar dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
Los sistemas de información y comunicación para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos a que se refiere el art. 46 bis de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea, sin que puedan ser objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional, con excepción de los que hayan sido objeto de una decisión de adecuación de la Comisión Europea o cuando así lo exija el cumplimiento de obligaciones asumidas por el Reino de España.
Asimismo, se aportará, en caso de solicitarse en el PPT, el programa de la ejecución de los trabajos a contratar, y la documentación que los licitadores consideren conveniente para valorar los criterios de valoración cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, establecidos en su caso en el Anexo I, así como la restante documentación exigida en el citado anexo y en el PPT.
## Garantía Provisional
No aplica.
## 5. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
## Apertura de los sobres electrónicos y calificación de la documentación
En el caso de que no se valoren en el Anexo I criterios evaluables mediante juicio de valor, el sobre electrónico único contendrá tanto los requisitos de acreditación de la aptitud para contratar como los criterios que sean cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. En este caso, se realizará una única apertura, y la Mesa de Contratación calificará, los documentos presentados en tiempo y forma referentes a la acreditación de la aptitud para contratar y comprobará en el ROLECE que la empresa está debidamente constituida, que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
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Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Los documentos solicitados en subsanación deberán ser enviados por el licitador electrónicamente a través de la PLACSP en el plazo señalado en la petición de subsanación en el formato y con las condiciones indicadas en el requerimiento. No se admitirán los documentos enviados físicamente o por correo y a través de la PLACSP, o que no hayan sido entregados dentro del plazo otorgado para la subsanación.
En el caso de que se valoren en el Anexo I criterios evaluables mediante juicio de valor, se abrirá en primer lugar el sobre con lo especificado en los apartados 4.6.1 y 4.6.3, realizando los pasos descritos anteriormente para la calificación y subsanación, en su caso.
A continuación, se analizará la documentación referente a los criterios de valoración evaluables mediante juicio de valor por la unidad técnica correspondiente, dando cuenta a la Mesa de Contratación en un plazo no superior a siete días, debiendo ser suscritas por el técnico/s que realicen la valoración, mediante el correspondiente informe, así como del cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles que, en su caso, se establezcan en el Anexo I del presente pliego, así como en el PPT. En todo caso esta valoración deberá efectuarse antes de la apertura del sobre o archivo electrónico que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. Este informe técnico será publicado en la PLACSP como parte del expediente de la licitación.
## Apertura de ofertas
Una vez realizado esto se procederá a la apertura del sobre electrónico que recoge los criterios evaluables automáticamente mediante fórmulas.
No se realizará acto público de apertura de ofertas de ninguno de los sobres electrónicos que conformen la presente licitación.
En todo caso, la apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas. El plazo anterior se entenderá cumplido cuando se haya abierto, dentro del mismo, el primero de los sobres que componen la proposición,
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## Resolución de posibles empates
En caso de empate en puntuación, el desempate se resolverá conforme a lo previsto en el Artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas, o sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores no hubiera dado lugar a desempate.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.
## Ofertas anormalmente bajas
En los casos en que el Grupo Tragsa presuma que una oferta resulta inviable por haber sido formulada en términos que la hacen anormalmente baja, sólo podrá excluirla del procedimiento de licitación previa tramitación del procedimiento que se establece a continuación.
La Mesa de Contratación deberá identificar las ofertas que se encuentren incursas en presunción de anormalidad, de conformidad con los parámetros objetivos que permitan identificar los casos en que una oferta se considere anormal, establecidos en el Anexo I del presente pliego.
La Mesa de Contratación realizará la función descrita en el párrafo anterior con sujeción a los siguientes criterios:
- a) Salvo que en el Anexo I del presente pliego se estableciera otra cosa, cuando el único criterio de adjudicación sea el precio, se aplicarán los parámetros objetivos que se establecen en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y que, en todo caso, determinarán el umbral de anormalidad por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente.
- b) Cuando se utilice una pluralidad de criterios de adjudicación, se estará a lo establecido en el Anexo I del presente pliego, en el cual se han de establecer los parámetros objetivos que deberán permitir identificar los casos en que una oferta se considere anormal, referidos a la oferta considerada en su conjunto.
Cuando se hayan presentado ofertas de empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que sea más baja, con independencia de que presenten su oferta en solitario o junto con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en UTE.
Cuando la Mesa de Contratación identifique una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad, deberá requerir al licitador o licitadores que las hayan presentado, dándoles plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos. En particular, en lo que se refiere a los siguientes valores:
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- a) El ahorro que permita el procedimiento de fabricación.
- b) Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga el licitador para los trabajos a realizar.
- c) La innovación y originalidad de las soluciones propuestas.
- d) El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación, no siendo justificables precios por debajo de mercado o que incumplan lo establecido en el artículo 201 de la LCSP.
- e) La posible obtención de una ayuda de Estado.
La petición de información que la Mesa de Contratación dirija al licitador se formulará con claridad de manera que estos estén en condiciones de justificar plena y oportunamente la viabilidad de la oferta.
Para el análisis de la justificación presentada por los licitadores, se dará traslado a la unidad técnica correspondiente, para que elabore un informe en el que se exprese si la información presentada permite garantizar que la oferta es económicamente viable. Dicho informe se publicará en la PLACSP, junto con el expediente de la licitación. Se entenderá en todo caso que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador cuando esta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico. En todo caso, la Mesa de Contratación propondrá al Órgano de Contratación rechazar las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el artículo 201 de la LCSP. En los casos en que se compruebe que una oferta es anormalmente baja debido a que el licitador ha obtenido una ayuda de Estado, solo podrá rechazarse la proposición por esta única causa si aquél no puede acreditar que tal ayuda se ha concedido sin contravenir las disposiciones comunitarias en materia de ayudas públicas. La Mesa de Contratación, evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo y elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al Órgano de Contratación. En ningún caso se acordará el rechazo de una oferta sin que la propuesta de la Mesa de Contratación en este sentido
esté debidamente motivada.
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Si el Grupo Tragsa, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos efectuados, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
## Determinación de la mejor oferta
La valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se realizará con base en los criterios directamente vinculados al objeto del contrato especificados en el Anexo I.
A propuesta de la Mesa de Contratación, el Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, y que no hayan sido declaradas anormalmente bajas, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo.
En los casos en los que se hubieran identificado ofertas incursas en presunción de anormalidad, si a propuesta de la Mesa de Contratación, el Órgano de Contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos efectuados, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado anteriormente.
Una vez aceptada la propuesta de la Mesa de Contratación por el Órgano de Contratación, ésta requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, si no se hubiera aportado con anterioridad. El licitador deberá presentar tanto su información de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP, como la de aquellas otras empresas a cuyas capacidades recurra. También deberá presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, y cualquier otra documentación que el Grupo Tragsa considere conveniente en atención a la oferta presentada por el licitador, todo ello de conformidad con lo que se establezca en el Anexo I.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, impuestos excluidos, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP en materia de prohibición de contratar.
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En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
## Garantía definitiva
En caso de establecerlo así el Anexo I, el Grupo Tragsa exigirá la constitución de garantía definitiva, pudiendo llevarse a cabo por cualquiera de los siguientes medios:
- a) En metálico, mediante transferencia bancaria, en la cuenta indicada en el Anexo I.
- b) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, conforme al modelo de aval que se incluye en el Anexo III.
- c) Mediante contrato de seguro de caución con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, conforme al modelo que se adjunta en el Anexo III.
La garantía presentada por personas o entidades distintas del contratista queda sujeta, en todo caso, a las mismas responsabilidades que si hubiese sido constituida por el propio adjudicatario, no pudiendo utilizar el beneficio de excusión a que se refieren los artículos 1830 y concordantes del Código Civil.
## La garantía definitiva responderá:
- De la obligación de formalizar el contrato en plazo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 153 de la LCSP.
- De las penalidades impuestas al contratista debido a la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el Anexo I del presente Pliego.
- De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, incluidas las mejoras ofertadas por el contratista que hayan sido aceptadas por el Órgano de Contratación.
- De los gastos originados al Grupo Tragsa por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
- De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato.
- De la inexistencia de vicios o defectos de los bienes suministrados durante el plazo de garantía que se haya previsto en el contrato.
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Cuando la garantía no sea bastante para satisfacer las citadas responsabilidades, se procederá al cobro de la diferencia, mediante los procedimientos legalmente previstos al efecto.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio de este, se reajustará la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión de este.
Transcurrido el plazo de garantía establecido en el Anexo I, si no resultaran responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se procederá a la devolución de la misma, previa solicitud escrita del adjudicatario dirigida a la Unidad de Gestión de Contratación del Grupo Tragsa, la cual, procederá a su reintegro en el plazo de dos meses a contar desde la solicitud del adjudicatario, previa verificación del transcurso del período de garantía, partiendo de la fecha fijada en el acta de conformidad (Anexo V).
## Adjudicación
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación solicitada, no pudiendo declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios establecidos en este pliego.
Cuando el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario sea el precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
Cuando para la adjudicación deba tenerse en cuenta una pluralidad de criterios o, utilizándose un único criterio, sea éste el del menor coste de ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
Si la proposición se contuviera en más de un sobre, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el plazo anterior se computará desde la apertura del primero de los sobres que contenga una parte de la proposición.
Los plazos indicados en los apartados anteriores se ampliarán en quince días hábiles cuando se hayan identificado ofertas incursas en presunción de anormalidad y sea necesario seguir los trámites a que se refiere el apartado 4 del artículo 149 de la LCSP.
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De no producirse la adjudicación en los plazos señalados anteriormente, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en la PLACSP en el plazo de 15 días, debiendo indicarse en ambos casos el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
## 6. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR Y DESISTIMIENTO DE LA ADJUDICACIÓN
En el caso en que el Órgano de Contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar el contrato objeto del presente procedimiento de licitación, lo notificará a los candidatos o licitadores.
La decisión de no adjudicar o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el Órgano de Contratación antes de la formalización de este. En estos casos se compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido, hasta un máximo de DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00 €) de los gastos que se indican a continuación:
- Gastos derivados de la realización de los testimonios notariales aportados en el procedimiento, para cuya justificación se aportará factura acreditativa de los mismos.
- Cualquier otro gasto derivado de la presentación de su oferta, siempre que éste quede debidamente acreditado por el licitador.
Solo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto, en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la decisión.
Asimismo, el Grupo Tragsa podrá adoptar la decisión de no adjudicar en el caso que la Administración para la que se ejecute la obra, en la que precisase los trabajos objeto del presente pliego, finalmente, no encomendará la misma a las empresas del Grupo, u ordenará su suspensión o paralización inmediata, compensando a los licitadores de acuerdo con lo establecido en el presente pliego.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación de la licitación o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
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## 7. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Si el valor estimado del contrato supera los CIEN MIL EUROS (100.000€), la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Para aquellos contratos financiados con Fondos Next Generation EU, dicho plazo se reduce a 10 días naturales, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Órgano de Contratación requerirá al adjudicatario o adjudicatarios para que formalicen el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
No obstante lo anterior, la celebración del contrato quedará automáticamente suspendida: a) en caso de que el Grupo Tragsa tenga conocimiento de la interposición del recurso especial en materia de contratación contra el acto de adjudicación, en los términos previstos en el Artículo 44 y siguientes de la LCSP, con posterioridad a la fecha de firma del mismo, hasta que el órgano competente dicte la resolución que considere oportuna; b) en el caso de que se solicite y el órgano competente acuerde la suspensión.
En caso de no superar el importe indicado, el Órgano de Contratación requerirá al adjudicatario o adjudicatarios para que formalicen el contrato en plazo no superior a quince días hábiles a contar desde que se publique la adjudicación en la PLACSP.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 en materia de prohibición de contratar.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP, resultando de aplicación los plazos establecidos en este apartado.
Cuando no se hubiese formalizado el contrato por causas imputables al Grupo Tragsa, ésta abonará al adjudicatario los gastos derivados de la presentación de los documentos solicitados para participar en el procedimiento de licitación, los cuales deberán acreditarse debidamente al Grupo Tragsa, con la presentación de las correspondientes facturas. Asimismo, el Grupo Tragsa deberá abonar al adjudicatario cualesquiera otros gastos en que haya incurrido como consecuencia de la notificación de la adjudicación, siempre que los mismos estén debidamente justificados. La formalización del contrato se realizará mediante firma con certificado digital, y se publicará en el perfil del contratante del Órgano de Contratación en la PLACSP.
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No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
## 8. EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO
## Ejecución de los trabajos
Sólo podrá iniciarse la ejecución del contrato cuando se hubiera otorgado el visto bueno por parte del Grupo Tragsa a la documentación requerida para el cumplimiento de los requisitos que fueran legalmente exigibles, en especial, aquellos documentos exigidos en el contrato en materia de Prevención de Riesgos Laborales, así como la inclusión del sometimiento y respeto de la normativa vigente en materia de protección de datos por parte del futuro
contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que el órgano de contratación de al contratista para su interpretación. Cuando el contrato requiera el tratamiento de datos por el contratista por cuenta del responsable del tratamiento se comprobará, además, que se ha presentado declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. En este caso, el contratista estará obligado a comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la mencionada declaración y a cumplir con las finalidades del tratamiento que se prevén en el Anexo I. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios
realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Grupo Tragsa o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista queda obligado a aportar, para la realización de los trabajos objeto del contrato, el equipo y medios auxiliares para la buena ejecución de aquellos en los plazos convenidos.
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## 8.1.1 Plazo de ejecución del contrato
El contratista estará obligado a realizar los trabajos conforme a los plazos especificados en el anexo I o, en su caso, en los que el adjudicatario haya ofertado y hayan sido recogidos en el correspondiente contrato. La entrega de los trabajos y/o la prestación de los servicios se realizará en el lugar o lugares especificados en el Anexo I.
## 8.1.2 Recepción
El Grupo Tragsa determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, suscribiéndose, si procede, por ambas partes la oportuna acta de recepción, conforme al modelo que se incorpora como Anexo V.
En el caso de que las prestaciones realizadas no se ajustaran a lo establecido en el contrato y/o en los pliegos, el Grupo Tragsa requerirá la realización de las prestaciones contratadas en los términos procedentes y la subsanación de los defectos observados, en el plazo que, en su caso, se establezca en el acta de recepción.
No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, el Grupo Tragsa, asimismo, podrá rechazar la prestación ejecutada si los trabajos efectuados no se adecuan a lo contratado, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de estos.
Terminado el plazo de garantía sin que el Grupo Tragsa haya formalizado alguno de los reparos o de la denuncia a que se refieren los párrafos anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la prestación de servicios.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
## Penalidades
Si el adjudicatario incurriera en mora respecto del plazo único o de los parciales de entrega, o de fabricación, señalados en el Anexo I, o, en su caso, en el que el adjudicatario haya ofertado y haya sido recogido en el correspondiente contrato, o de incumplimiento de cualquiera de las prestaciones establecidas en el PCAP, en el PPT y/o en el contrato, por causas imputables al mismo, el Grupo Tragsa podrá imponer las penalidades establecidas en el Anexo I.
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La aplicación y el pago de estas penalidades no excluyen las indemnizaciones a que las empresas del Grupo Tragsa puedan tener derecho por daños y perjuicios ocasionados, con motivo de la no observancia de los plazos y períodos y de la continuidad prescritos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al adjudicatario o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las correspondientes facturas.
## 9. OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL Y PROTECCIÓN DE DATOS
El Grupo Tragsa tomará las medidas pertinentes para garantizar que, en la ejecución de los contratos, los contratistas cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral y de protección de datos establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral y de protección de datos que vinculen al Estado.
El incumplimiento de estas obligaciones y, en especial, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar a la imposición de las penalidades a que se refiere el artículo 192 de la LCSP, y que se establezcan en el Anexo I del presente pliego.
El contratista estará sujeto, además, a las obligaciones específicas que se señalan en el Anexo I.
## 10. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El Grupo Tragsa podrá establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas al objeto de este, en el sentido del artículo 145 de la LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias, sean compatibles con el derecho comunitario, de conformidad con lo que se determine el Anexo I el presente pliego.
Asimismo, si conforme al Anexo I la ejecución del contrato conllevara la cesión de datos por las entidades del sector público al contratista será condición especial de ejecución la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP.
Estas condiciones de ejecución podrán referirse, en especial, a consideraciones económicas, relacionadas con la innovación, de tipo medioambiental o de tipo social o de protección de datos personales para aquellos contratos cuya ejecución requiera el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento del Grupo Tragsa.
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Se podrán establecer penalidades, conforme a lo previsto en el Anexo I del presente pliego, para el caso de incumplimiento de estas condiciones de ejecución, al tratarse de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 de la LCSP.
Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución de este.
## 11. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Grupo Tragsa designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias, con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquellos le atribuyan. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al Grupo Tragsa o ajena a él.
La persona responsable del contrato por parte del Grupo Tragsa se recogerá en el contenido del contrato.
## 12. PAGO DEL PRECIO
Efectuada la recepción de conformidad del servicio prestado, el adjudicatario tendrá derecho al abono del servicio prestado.
Excepcionalmente, si se indicara en el Anexo I del presente pliego, el contratista podrá obtener pagos a cuenta, a medida que se vayan realizando los trabajos objeto de este contrato, y una vez que el Grupo Tragsa haya prestado su conformidad a los mismos. Dichos pagos a cuenta se realizarán con el carácter de 'salvo buen fin' y deberán ser devueltos por el contratista al Grupo Tragsa si la totalidad de los trabajos contratados no fueran entregados en tiempo y forma o con el nivel de calidad exigido por el Grupo Tragsa.
Los pagos se efectuarán de conformidad con lo establecido en el Anexo I.
En las facturas que se presenten al cobro, se deberá repercutir como partida independiente el IVA, u otro impuesto de aplicación, cuando así proceda, sin que el importe total contratado experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido.
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## 13. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, el Grupo Tragsa no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores. El deber de confidencialidad del Grupo Tragsa, así como de sus servicios dependientes, no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el Grupo Tragsa en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. El deber de confidencialidad tampoco podrá impedir la divulgación pública de partes no confidenciales de los contratos celebrados, tales como, en su caso, la liquidación, los plazos finales de ejecución de la obra, las empresas con las que se ha contratado y subcontratado, y, en todo caso, las partes esenciales de la oferta y las modificaciones posteriores del contrato, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante LOPDYGDD). El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de toda la documentación y/o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la realización del objeto del contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal y, por tanto, a no revelar a terceras partes, directa o indirectamente, total o parcialmente, cualquier dato y/o información del que haya tenido conocimiento por la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, comprometiéndose a mantener el carácter confidencial de todos los detalles relativos a la misma. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. Asimismo, el adjudicatario se compromete a adoptar las medidas necesarias para evitar la divulgación de cualquier información y/o documento existente en las sedes del Grupo Tragsa o suministrada por éste, garantizando su seguridad, y obligándose, en particular, a advertir a sus empleados del carácter confidencial de las informaciones que puedan conocer como consecuencia del ejercicio de sus funciones, y de la imposibilidad de extraer de las sedes del Grupo Tragsa, y/o de poner en conocimiento de terceros, datos del mismo de cualquier naturaleza, incluidos en cualquier tipo de soporte, debiendo los empleados del adjudicatario tener suscrito el correspondiente compromiso de confidencialidad a disposición del Grupo Tragsa, cuando la ejecución del contrato conlleve el
tratamiento de datos de carácter personal.
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De igual manera, el adjudicatario se compromete a o a destruir, o devolver al Grupo Tragsa, la información confidencial en el momento en que termine la vigencia del contrato, sin que sea necesario requerimiento previo para ello. Asimismo, se compromete a destruir cuanta información haya podido generar con base de la que es objeto del contrato, buscando y haciendo desaparecer cualquier referencia a ella, en cualquier soporte informático. El adjudicatario responderá directamente frente al Grupo Tragsa de la divulgación o uso ilegal que de la
información confidencial puedan hacer las personas que hayan tenido acceso a ella, incluidos los datos de carácter personal.
## 14. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Todos los derechos de propiedad industrial e intelectual que se deriven de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato serán de la titularidad, única y exclusiva, del Grupo Tragsa, a cuyo objeto el adjudicatario
proporcionará al Grupo Tragsa todos los diseños y planos de detalle de los trabajos realizados. Entregados los trabajos objeto de esta adjudicación, con los desarrollos necesarios o partes de los mismos que pudieran tener consideración independiente y recibidos a plena satisfacción del Grupo Tragsa, pasarán a ser propiedad exclusiva de ésta, así como todos los derechos renunciables de propiedad intelectual o industrial por el máximo tiempo que reconoce la Ley al autor, no pudiendo ser utilizados por el adjudicatario, salvo consentimiento expreso previo de su titular para fin distinto del expresamente pactado.
Los resultados parciales o finales susceptibles de ser explotados comercialmente corresponderán al Grupo Tragsa quien únicamente ostentará el derecho de explotación comercial en exclusiva, bien directamente o a través de terceros. El Grupo Tragsa se reserva el derecho de utilizar los documentos derivados de los trabajos contratados, de utilizarlos de forma parcial o total, de ampliarlos o modificarlos con el mismo contratista o con quien estime conveniente.
## 15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato:
- a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo establecido legalmente respecto a la fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad. No obstante, el Grupo Tragsa podrá acordar la continuación del contrato con sus herederos o sucesores.
- b) El mutuo acuerdo entre el Grupo Tragsa y el contratista.
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- c) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista y el incumplimiento del plazo a que este obligado, especialmente el incumplimiento de los plazos de entrega de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del presente pliego. En todo caso se resolverá por retraso injustificado sobre el plan de trabajos establecidos en el pliego o en el contrato, en cualquier actividad, por un plazo superior a un tercio del plazo de duración inicial del contrato, incluidas las posibles prórrogas.
- d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205 de la LCSP; o cuando dándose las circunstancias establecidas en el artículo 205 de la LCSP, las modificaciones impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio de este, en cuantía superior, en más o en menos, al 20% del precio inicial del contrato, con exclusión de los impuestos de aplicación.
- e) El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato. No obstante, sólo se acordará la resolución con carácter general, a instancia de los representantes de los trabajadores de la empresa contratista; excepto cuando los trabajadores afectados por el impago de salarios sean trabajadores en los que procediera la subrogación de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la LCSP y el importe de los salarios adeudados por el contratista supere el 5% del importe de adjudicación en cuyo caso la resolución podrá ser acordada directamente por el Órgano de Contratación de oficio.
- f) El incumplimiento de la obligación principal del contrato, así como el incumplimiento de las condiciones esenciales que, en su caso, se determinen en el presente pliego y en el contrato (p.e. incumplimiento de adscripción de medios del artículo 76 LCSP, incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del artículo 202 LCSP, incumplimiento de las reglas de la subcontratación del artículo 215 LCSP) siempre que se supere el límite conjunto del 10% de penalidad en caso de incumplimiento (Anexo I) y concurran los dos requisitos siguientes:
5. -Que las mismas respeten los límites que el apartado 1 del artículo 34 de la LCSP establece para la libertad de pactos.
6. -Que figuren enumeradas en el Anexo I del presente Pliego, no siendo admisibles cláusulas de tipo general.
- g) La no aportación por parte del contratista de la documentación recogida en el Anexo VI del presente pliego sobre prevención de riesgos laborales y de protección de datos, en el caso de que sea aplicable, en los 10 días siguientes a la formalización del contrato.
- h) El Grupo Tragsa se reserva el derecho de resolver unilateralmente el contrato total o parcialmente, en caso de que se anulase, suspendiese o modificase total o parcialmente el encargo por parte de la
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Administración, sin perjuicio de la liquidación de los trabajos efectivamente realizados por el contratista de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y en el contrato.
- i) El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, en el caso de que sea aplicable.
- j) El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones establecidas como esenciales en aquellos contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, a los efectos previstos en la letra f del apart. 1 del art. 211 de la LCSP.
- k) El incumplimiento de las obligaciones en materia de medidas de seguridad adaptadas a la determinación del riesgo de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del RGPD en atención al tratamiento de datos de carácter personal para evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado, de conformidad con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad regulado por el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo.
La resolución del contrato se acordará por el Órgano de Contratación. En el plazo no superior a un mes desde el acuerdo de resolución, el Órgano de Contratación adoptará las medidas oportunas para la liquidación de este.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar al Grupo Tragsa por los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
## 16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse siempre que así se especifique en el Anexo I del presente pliego.
En cualquier caso, la modificación del contrato deberá efectuarse de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 207 de la LCSP.
Las causas determinantes de la propuesta de modificación deberán motivarse en informe emitido por las direcciones o unidades promotoras solicitantes del Grupo Tragsa de las que dependa funcionalmente la contratación, debiéndose autorizar la modificación por el Órgano de Contratación, así como formalizarse el acuerdo expreso de modificación entre las partes a través de adenda al contrato.
En los casos en que la determinación del precio se haya realizado mediante unidades de ejecución, no tendrán la consideración de modificaciones, las variaciones que durante la correcta ejecución de la prestación se produzcan exclusivamente en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el contrato, las cuales podrán ser recogidas en la liquidación, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10% del precio del contrato.
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## 17. CESIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 de la LCSP, al margen de los supuestos de sucesión del contratista del artículo 98 de la LCSP, la modificación subjetiva de los contratos solamente será posible por cesión contractual. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. No podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato. Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los siguientes
requisitos:
- a) Que el Órgano de Contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes.
- b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20% del importe del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso, aunque se haya abierto la fase de liquidación, o se ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
- c) Que el cesionario tenga capacidad de contratar con el Grupo Tragsa y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito se le hubiera exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
- d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
## 18. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que la prestación o parte de esta haya de ser ejecutada directamente por el primero, en las condiciones que se determinen y justifiquen en el presente Pliego, por considerar que dichas prestaciones son tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación, debiendo ser éstas ejecutadas directamente por el contratista principal.
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En ningún caso la limitación de la subcontratación podrá suponer que se produzca una restricción efectiva de la competencia, sin perjuicio de lo establecido en la LCSP respecto a los contratos de carácter secreto o reservado, o aquellos cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales de acuerdo con disposiciones legales o reglamentarias o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado.
La celebración de subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- a) Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
- b) En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 de la LCSP.
- c) El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
- d) En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia será suficiente para acreditar la aptitud de este. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si esta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente por el contratista principal.
- e) Si se trata de un contrato cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento (Grupo Tragsa), el contratista deberá indicar en su oferta si tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
- f) El subcontratista, deberá indicar las medidas de seguridad que aplicará y las evidencias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, así como en el Esquema Nacional de Seguridad, de conformidad con la D.A.1ª de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (para tratamiento de datos personales y/o diseños, desarrollos o mantenimientos de software.
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- g) Si el contratista principal hubiera indicado en su oferta la parte del contrato que tuviera previsto subcontratar, todos los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones previstas anteriormente, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que el Grupo Tragsa no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
Bajo la responsabilidad del contratista principal, los subcontratos podrán concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
El contratista principal no podrá subcontratar las tareas consideradas críticas en el Anexo I del presente pliego.
La infracción de las condiciones establecidas en el apartado anterior para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato, así como a la resolución del contrato, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Grupo Tragsa, con arreglo estricto al presente pliego de cláusulas administrativas y a los términos del contrato. Dicha responsabilidad exclusiva del contratista no verá alterada por el conocimiento que tenga el Grupo Tragsa de dichos subcontratos en virtud de las comunicaciones a que se refieren los apartados descritos anteriormente, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral o en materia de protección de datos.
El Grupo Tragsa quedará siempre ajeno y al margen de las relaciones entre el contratista y el subcontratista, no siendo responsable en ningún caso, de las consecuencias de cualquier clase, derivadas del contrato que éstos celebren entre sí, y continuará, por tanto, relacionándose exclusivamente con el contratista a todos los efectos. Incluso tras la autorización por parte del Grupo Tragsa de dicha subcontratación, el contratista será responsable del cumplimiento del contrato firmado con las empresas del Grupo Tragsa para la realización del objeto de este, y asumirá todas las obligaciones en su realización, responsabilizándose solidariamente de la totalidad de las obligaciones de los terceros subcontratados.
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El contratista responderá, en cualquier caso, del cumplimiento por parte de los subcontratistas de todas las normas de seguridad y salud en el trabajo, eximiendo expresamente al Grupo Tragsa de cualquier responsabilidad al respecto.
## 19. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
En cumplimiento del RGPD y de la LOPDYGDD, así como de lo previsto en el art. 122 apartado 2 de la LCSP, se incorpora al presente pliego el Anexo VII (Clausulado de protección de datos y confidencialidad) que formará parte integrante del clausulado del contrato.
En los supuestos en que la ejecución del contrato requiera la cesión de datos por parte del Grupo Tragsa al contratista, se determina expresamente la obligación del sometimiento por parte del contratista a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Así mismo, y sin perjuicio de lo establecido en el art. 28.2 del Reglamento, si el contrato requiere para su ejecución el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento (Grupo Tragsa), en el Anexo VII se harán constar las siguientes obligaciones que se califican como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del art. 211apart. 1 de la LCSP:
- a) Respetar la finalidad para la cual se cederán dichos datos.
- b) La obligación del futuro contratista de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo previsto en el art. 202. Apart.1 de la LCAP, que constituye una obligación esencial del contratista, y que en el contrato se trata de condición especial de ejecución.
- c) La obligación de la empresa adjudicataria de presentar a la formalización del contrato, una declaración responsable en la que se pongan de manifiesto donde van a estar ubicados los servidores y desde donde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, que habrán de ser en el ámbito de la Unión Europea o del territorio nacional en los casos del art 46 bis de la Ley 40/2015 de RJSP.
- d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior.
- e) La obligación del licitador de indicar en la oferta, si tiene previsto subcontratar servidores o los servicios asociados a los mismos, en nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
Lo indicado anteriormente, tendrá la consideración de condición especial de ejecución del contrato a formalizar.
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Igualmente, en los supuestos de tratamiento de datos personales por el futuro contratista, por cuenta del responsable del tratamiento, el Grupo Tragsa, y con objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional primera de la LOPDYGDD el adjudicatario aplicará las medidas de seguridad equivalentes y/o compensatorias que correspondan a las del Esquema Nacional de Seguridad, con objeto de evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado en el caso de tratamiento de datos de carácter personal, adaptando los criterios de determinación del riesgo a lo dispuesto en el artículo 32 del RGPD. El cumplimiento de los requisitos exigidos deberá demostrarse por el contratista, entre otros medios, a través de adhesión a mecanismos de certificación aprobados, adopción de certificaciones aprobadas, auditoría por terceros de reconocido prestigio de los 2 últimos ejercicios en el ámbito de protección de datos, cumplimiento de estándares internacionales (ISO 27001, 27701, ENS, etc.), que deberán ser aportadas a requerimiento del Grupo Tragsa, una vez adjudicado el contrato.
En caso de que el contrato requiera el tratamiento de datos personales en el diseño, desarrollo o mantenimiento de software, el incumplimiento de las obligaciones en materia de medidas de seguridad adaptadas a la determinación del riesgo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679RGPD en atención al tratamiento de datos de carácter personal para evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado, su incumplimiento será causa de resolución del contrato de conformidad con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad regulado por el R.D. 3/2010, de 8 de enero.
El contratista responderá directamente frente al Grupo Tragsa de cualquier daño o perjuicio ocasionado a cualquier interesado afectado, así como de las posibles sanciones que pudiera ocasionar su incumplimiento o el de los subcontratistas por él contratados, en los casos de incumplimiento de sus obligaciones de protección de datos y relativas a las medidas de seguridad y cumplimiento de los tratamientos con datos personales. En el Anejo VII se establece la regulación de forma detallada.
## 20. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato derivado de la presente licitación se sujetará, en lo que sea de aplicación, a lo establecido en la LCSP. Asimismo, se sujetará a lo dispuesto en este pliego y en el PPT y, para lo no previsto en ellos se regirá, en cuanto a sus efectos y extinción, por el derecho privado, salvo por lo dispuesto en cuanto a sus efectos y extinción en el artículo 319 de la LCSP.
## 21. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Son competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales derivadas de este procedimiento de licitación, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP, ante al el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. En caso de estar financiado el contrato con Fondos Next Generation, los plazos de presentación de recurso se computarán conforme a lo establecido en el artículo 58 a) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
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En aquellos supuestos en los que el importe de adjudicación no supere los 100.000€, el recurso de alzada impropio se podrá presentar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.6 de la LCSP y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , ante el Secretario General Técnico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Son competencia del orden jurisdiccional civil las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato derivado del presente procedimiento de licitación, con excepción de las modificaciones contractuales a que se refiere el párrafo anterior, con sometimiento expreso a los jueces y tribunales de Madrid.
## 22. PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES Y PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE
El contratista se compromete a conocer y aceptar el código ético del Grupo Tragsa, el cual se puede consultar en el siguiente enlace Código Ético y compartirá los principios básicos recogidos en el mismo, así como el compromiso de buen gobierno corporativo y políticas de trasparencia del Grupo Tragsa, cumpliendo con los estándares internacionalmente aceptados respecto a estas materias y, comprometiéndose a comunicar cualquier riesgo o incumplimiento del que tenga conocimiento durante la vigencia del contrato.
## Contratos financiados con Fondos Next Generation
En el caso de los contratos que estén financiados con Fondos Next Generation, el Grupo Tragsa cuenta con un Plan de prevención de riesgos penales y antifraude de conformidad con los exigido en el art. 31 bis del Código Penal y con las Órdenes Ministeriales HFP 130/2021 y 1031/2021 y el Real Decreto-ley 36/2020 para el control de los fondos Next Generation. A tal efecto, el Grupo Tragsa declara y garantiza que, en su ámbito de actuación, los fondos recibidos serán utilizados de conformidad con la normativa aplicable y, en particular, con la que se refiere a prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
Por su parte, las personas del Grupo Tragsa implicadas en el presente contrato firmarán la correspondiente Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) que también deberá ser firmada por el contratista en el momento de formalización del contrato. A tal efecto, el contratista se compromete a comunicar cualquier riesgo de fraude o corrupción, así como de posibles conflictos de interés o incumplimiento del que tenga conocimiento durante la vigencia del contrato.
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23. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Y ANTIFRAUDE
El contratista se compromete y asume en el contrato que, en la fecha de su entrada en vigor, ni la empresa adjudicataria, ni sus directivos, administradores, empleados o colaboradores, por sí o por persona interpuesta habrá ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ningún beneficio, ventaja indebida, económica o de otro tipo, o insinuado que lo haría o podría hacerlo en algún momento futuro, o a llevarlo a cabo en el futuro, a una autoridad o funcionario público relacionado de algún modo con el contrato, o realizado o a realizar cualquier otro acto que pudiera suponer cualquier conducta contraria al Convenio OCDE, o al Código Penal Español.
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## ANEXO I - CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
## A. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DE LA LICITACIÓN Y CODIFICACIÓN (CPV)
## Objeto de la licitación:
Servicio de transporte para escolares en autobús destinado al desarrollo de las rutas que tienen lugar en los centros de educación ambiental de Villardeciervos (Zamora) y Viérnoles (Cantabria) durante el periodo de otoño de 2026.
## Lotes:
| Lotes | Sí ☒ |
|-----------------------------------------------|-------------------------------------------------------|
| Los licitadores podrán presentar oferta a: | Todos los lotes ☒ Un lote ☐ Número de lotes máximo __ |
| Los licitadores podrán ser adjudicatarios de: | Todos los lotes ☒ Un lote ☐ Número de lotes máximo __ |
| Lotes | Descripción |
|---------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 1 | Servicio de transporte para escolares en autobús para el desarrollo de las rutas que tienen lugar en el centro de educación ambiental de Villardeciervos (Zamora) durante 8 semanas en el periodo de otoño de 2026. |
| 2 | Servicio de transporte para escolares en autobús para el desarrollo de las rutas que tienen lugar en el centro de educación ambiental de Viérnoles (Cantabria) durante 8 semanas en el periodo de otoño de 2026. |
## Codificación CPV:
| CPV | Código | Descripción |
|---------------|------------|-------------------------------------------------|
| CPV principal | 60172000-4 | Alquiler de autobuses y autocares con conductor |
## Codificación CPV por lotes:
## AMBOS LOTES
| CPV | Código | Descripción |
|------------|------------|-------------------------------------------------|
| Otros CPVs | 60172000-4 | Alquiler de autobuses y autocares con conductor |
## B. PRESUPUESTO
## Presupuesto base de licitación total:
| TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | 20.080,00 € |
|----------------------------------------------------------|---------------|
| Impuesto sobre el Valor Añadido(10%) | 2.008,00 € |
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## TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA incluido)
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22.088,00 €
Cualquier omisión o cambio en la descripción se entenderá que la oferta es irregular quedando excluido del proceso de adjudicación. No se admitirán tampoco ofertas parciales, es decir se deberán ofertar todos los precios unitarios.
Se entenderán incluidos en el/los importe/s los gastos accesorios o complementarios necesarios relativos a la empresa adjudicataria para la correcta realización del objeto del presente pliego tales como transporte, gastos de desplazamiento, dietas, seguros, tributos, gastos de aduana y cualquier otro coste que se estime necesario para la correcta ejecución del objeto del presente pliego.
## Presupuesto desglosado por lotes:
LOTE 1:
| ☒ Presupuesto definido | ☐ Presupuesto estimado |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| En el caso de que el presupuesto esté definido, los importes reflejados a continuación muestran el presupuesto base de licitación. | En el caso de que el presupuesto globalmáximo de la licitación sea estimado, por estar éste condicionado a las necesidades del Grupo Tragsa durante el período de vigencia del contrato, los importes reflejados a continuación, reflejan, a título meramente orientativo, el importe al que se estima que el contrato podría ascender. Los precios unitarios se entenderán como máximos de licitación. En virtud del carácter abierto del contrato, Tragsa no tendrá obligación de solicitar un determinado número de unidades, así como de todos los ítems durante la duración del contrato. |
| ☒ No se admitirán ofertas que superen el presupuesto base de licitación. | ☒ No se admitirán ofertas que superen el presupuesto base de licitación. |
| ☐ No se admitirán ofertas que superen los precios unitarios de la licitación. | ☐ No se admitirán ofertas que superen los precios unitarios de la licitación. |
| LOTE 1 Villardeciervos (Zamora) | LOTE 1 Villardeciervos (Zamora) | LOTE 1 Villardeciervos (Zamora) | LOTE 1 Villardeciervos (Zamora) |
|------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------|
| Nº unidades | Descripción | PRECIO UNITARIO (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL |
| 16 | Servicio de transporte para escolares en autobús para el desarrollo de las rutas que tienen lugar en el centro de educación ambiental de Villardeciervos (Zamora) durante 8 semanas en el periodo de otoño de 2026. | 580 € | 9.280,00 € |
| PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA no incluido) | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA no incluido) | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA no incluido) | 9.280,00 € |
| Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | 928,00 € |
| IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA incluido) | 10.208,00 € |
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LOTE 2:
| ☒ Presupuesto definido | ☐ Presupuesto estimado |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| En el caso de que el presupuesto esté definido, los importes reflejados a continuación muestran el presupuesto base de licitación. | En el caso de que el presupuesto globalmáximo de la licitación sea estimado, por estar éste condicionado a las necesidades del Grupo Tragsa durante el período de vigencia del contrato, los importes reflejados a continuación, reflejan, a título meramente orientativo, el importe al que se estima que el contrato podría ascender. Los precios unitarios se entenderán como máximos de licitación. En virtud del carácter abierto del contrato, Tragsa no tendrá obligación de solicitar un determinado número de unidades, así como de todos los ítems durante la duración del contrato. |
| ☒ No se admitirán ofertas que superen el presupuesto base de licitación. | ☒ No se admitirán ofertas que superen el presupuesto base de licitación. |
| ☐ No se admitirán ofertas que superen los precios unitarios de la licitación. | ☐ No se admitirán ofertas que superen los precios unitarios de la licitación. |
| LOTE 2 | LOTE 2 | LOTE 2 | LOTE 2 |
|------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------|---------------|
| Nº unidades | Descripción | PRECIO UNITARIO (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL |
| 24 | Servicio de transporte para escolares en autobús para el desarrollo de las rutas que tienen lugar en el centro de educación ambiental de Viérnoles (Cantabria) durante 8 semanas en el periodo de otoño de 2026. | 450,00 € | 10.800,00 € |
| TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA no incluido) | TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA no incluido) | TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA no incluido) | 10.800,00 € |
| Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | 1.080,00 € |
| IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA incluido) | 11.880,00 € |
## Costes estimados totales:
| Costes estimados | Importe (€) |
|--------------------------------------|---------------|
| Costes directos del proveedor (CD) | 16.070,43 € |
| Costes indirectos del proveedor (CI) | 803,52 € |
| Costes de actividad (CD+CI) | 16.873,95 € |
| Gastos generales (GG) | 2.193,61 € |
| Beneficio industrial (BI) | 1.012,44 € |
| Costes totales (CD+CI+GG+BI) | 20.080,00 € |
## Costes estimados por lotes:
LOTE 1:
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| Costes estimados | Importe (€) |
|--------------------------------------|---------------|
| Costes directos del proveedor (CD) | 7.426,97 € |
| Costes indirectos del proveedor (CI) | 371,35 € |
| Costes de actividad (CD+CI) | 7.798,32 € |
| Gastos generales (GG) | 1.013,78 € |
| Beneficio industrial (BI) | 467,90 € |
| Costes totales (CD+CI+GG+BI) | 9.280,00 € |
## LOTE 2:
| Costes estimados | Importe (€) |
|--------------------------------------|---------------|
| Costes directos del proveedor (CD) | 8.643,46 € |
| Costes indirectos del proveedor (CI) | 432,17 € |
| Costes de actividad (CD+CI) | 9.075,63 € |
| Gastos generales (GG) | 1.179,83 € |
| Beneficio industrial (BI) | 544,54 € |
| Costes totales (CD+CI+GG+BI) | 10.800,00 € |
Para establecer una estimación de los gastos de personal se ha tenido en cuenta el convenio laboral de referencia para el sector.
| Porcentaje de los costes de personal sobre el total de losCD | < 50 AMBOS LOTES |
|----------------------------------------------------------------|--------------------|
## C. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
## Valor total estimado del contrato:
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de VEINTE MIL OCHENTA EUROS (20.080,00 €) IVA no incluido. En este importe se ha tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP, y, en concreto, las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas.
| PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | 20.080,00 € |
|----------------------------------------------------|---------------|
| IMPORTE PRÓRROGAS | ─ |
| IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | ─ |
| VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (IVA no incluido) | 20.080,00 € |
## Modificaciones y prórrogas previstas:
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| Se prevén modificaciones del contrato | Sí ☐ No ☒ |
|-----------------------------------------|-------------|
| Se prevén prórrogas del contrato | Sí ☐ No ☒ |
## Valor estimado del contrato por lotes:
## LOTE 1:
El valor estimado del contrato para este lote asciende a la cantidad de NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA EUROS (9.280,00 €) IVA no incluido. En este importe se ha tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP, y, en concreto, las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas.
| PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA no incluido) | 9.280,00 € |
|-----------------------------------------------------------|--------------|
| IMPORTE PRÓRROGAS | ─ |
| IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | ─ |
| VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO LOTE 1 (IVA no incluido) | 9.280,00 € |
## LOTE 2:
El valor estimado del contrato para este lote asciende a la cantidad de DIEZ MIL OCHOCIENTOS EUROS (10.800,00 €) IVA no incluido. En este importe se ha tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP, y, en concreto, las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas.
| PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA no incluido) | 10.800,00 € |
|-----------------------------------------------------------|---------------|
| IMPORTE PRÓRROGAS | ─ |
| IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | ─ |
| VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO LOTE 2 (IVA no incluido) | 10.800,00 € |
## Modificaciones y prórrogas previstas por lotes:
## AMBOS LOTES
| Se prevén modificaciones del contrato | Sí ☐ No ☒ |
|-----------------------------------------|-------------|
| Se prevén prórrogas del contrato | Sí ☐ No ☒ |
## D. FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y ACTO DE APERTURA
Esta licitación tiene carácter electrónico. No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en la LCSP para la huella digital.
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Los sobres electrónicos de presentación deberán ser firmados electrónicamente por representante legal habilitado para presentar ofertas en nombre del licitador.
## Fecha máxima de presentación de ofertas:
05/05/2026 14:00
## Fecha de apertura de ofertas:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 157.4 de la LCSP la apertura no será pública al realizarse por medios electrónicos. El resultado de esta será comunicado a los proveedores y publicado en la PLACSP, una vez realizada la subsanación, caso de ser necesaria, y, la admisión y exclusión definitiva.
## Contacto y perfil del contratante:
| Perfil del contratante Tragsatec: | https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/DccxDoAgDADAJ3U3cUBXE5 1E2JpQSSOUhjQMvl5vO4hwQRQcnNG4CZb_IRFpYXkmpX5zWZtYR0MxAg8RIqdFIRz- leHObZc8g9bqPt1MrJI!/ |
|-------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Correo electrónico habilitado | licitacionE@hacienda.gob.es |
## Comunicaciones y notificaciones:
Las comunicaciones y notificaciones que realice el Grupo Tragsa derivadas del procedimiento de adjudicación se realizarán por medios exclusivamente electrónicos.
Los plazos desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de esta o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en la PLACSP. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
## E. SOBRE ELECTRÓNICO ÚNICO - PROPOSICIÓN TÉCNICA - DOCUMENTACIÓN GENERAL
Incluye los requisitos previos de elegibilidad en relación con la habilitación empresarial o profesional, solvencia económica y técnica, adscripción de medios, normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental.
Los licitadores acreditarán el cumplimiento de los requisitos previos de acceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP, mediante la presentación de la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos, la cual se le facilita con el presente pliego.
## Requisitos que acreditar:
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| CONCEPTO | ACREDITACIÓN A TRAVÉS DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDO A LA LICITACIÓN |
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| PARA SER ADMITIDO A LICITACIÓN BASTARÁ CON INDICAR EN LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDO A LA LICITACIÓN QUE 'SI' SE CUMPLE TODO LO SOLICITADO EN EL PLIEGO AL RESPECTO DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA, SIN NECESIDAD DE DETALLAR LOS APARTADOS. ESTOS REQUISITOS DEBERÁN ACREDITARSE EXCLUSIVAMENTE POR EL LICITADOR QUE PRESENTE LA MEJOR OFERTA, Y SIEMPRE CON CARÁCTER PREVIO A LA ADJUDICACIÓN. | PARA SER ADMITIDO A LICITACIÓN BASTARÁ CON INDICAR EN LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDO A LA LICITACIÓN QUE 'SI' SE CUMPLE TODO LO SOLICITADO EN EL PLIEGO AL RESPECTO DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA, SIN NECESIDAD DE DETALLAR LOS APARTADOS. ESTOS REQUISITOS DEBERÁN ACREDITARSE EXCLUSIVAMENTE POR EL LICITADOR QUE PRESENTE LA MEJOR OFERTA, Y SIEMPRE CON CARÁCTER PREVIO A LA ADJUDICACIÓN. |
| Habilitación empresarial | Declaración responsable, suscrita electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante que indique que la empresa a la que representa cuenta con la autorización administrativa de acuerdo con lo exigido en la Ley 16/1987, de 30 de julio de Ordenación de Transportes Terrestres y demás normativa de desarrollo. |
| Inscripción en el ROLECE | Declaración responsable que indique que la persona, entidad o empresa se halla inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Incluyendo el número de inscripción. O que la persona, entidad o empresa declara haber presentado, con fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas, la solicitud de inscripción en ROLECE junto con la documentación preceptiva para ello y no haber recibido requerimiento de subsanación. Como documento acreditativo, se adjunta a la presente declaración responsable el acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente registro oficial. |
| Solvencia económica y financiera | Declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante que indique una cifra anual de negocios referida al mejor ejercicio de los últimos tres años disponibles (2022, 2023 y 2024) en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a las siguientes cantidades, impuestos indirectos no incluidos: Lote 1: TRECE MIL NOVECIENTOS EUROS (13.900,00 €) Lote 2: DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS EUROS (16.200,00 €) En el caso de ofertar a más de un lote la cifra anual de negocios a acreditar deberá ser igual o superior |
| Solvencia Técnica o Profesional | Declaración responsable, firmada electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante que indique que han realizado servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (relativos al mismo código CPV: 60172000 ─ Alquiler d e autobuses y autocares con conductor., en cada uno de los lotes) en el año de mayor ejecución de los últimos tres (3) años naturales (2023, 2024 y 2025) por un importe acumulado igual o superior a las siguientes cantidades, impuestos indirectos no incluidos: Lote 1: SEIS MIL QUINIENTOS EUROS (6.500,00 €) Lote 2: SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA EUROS (7.560,00 €) En el caso de ofertar a más de un lote la cifra a acreditar deberá ser igual o superior a la acumulación |
| Subcontratación | Declaración responsable, suscrita electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante, declarando la parte del contrato que prevé subcontratar, así como indicar las empresas a subcontratar. |
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| CONCEPTO | ACREDITACIÓN FUERA DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDO A LA LICITACIÓN |
|------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Otros requisitos | NO APLICA |
Para la valoración de la admisión de la oferta, sólo se tendrán en cuenta la Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos y, en su caso, los requisitos exigidos fuera de la misma, establecidos en el presente pliego. La documentación adicional no solicitada que presenten los licitadores no será revisada por el Grupo Tragsa y, por tanto, no decidirá la admisión o exclusión de la oferta.
Todos los documentos solicitados en el presente pliego referentes a los requisitos necesarios para ser admitidos a licitación deberán presentarse a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la PLACSP, en formato .pdf, debidamente firmados electrónicamente por el representante legal de la empresa e incluidos en el sobre electrónico. Asimismo, el sobre electrónico de presentación deberá ser firmado por representante legal habilitado para presentar ofertas en nombre del licitador.
Si por razones justificadas a juicio del Grupo Tragsa, un empresario no pudiere facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por el Grupo Tragsa.
## Solvencia de las empresas de nueva creación:
| Solvencia económica y financiera: | Declaración responsable suscrita electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante que indique que su cifra anual de negocios en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior al siguiente importe: 20% del importe requerido como solvencia económica y financiera, caso que el licitador comenzara a operar y desarrollar sus actividades en el último año natural. 40% del importe requerido como solvencia económica y financiera, caso que el licitador comenzara a operar y desarrollar sus actividades en los últimos dos años naturales. 60% del importe requerido como solvencia económica y financiera, caso que el licitador comenzara a operar y desarrollar sus actividades a partir de los últimos tres años naturales. 80% del importe requerido como solvencia económica y financiera, caso que el licitador comenzara a operar y desarrollar sus actividades a partir de los últimos cuatro años naturales. 100% del importe requerido como solvencia económica y financiera, caso que el licitador comenzara a operar y desarrollar sus actividades a partir de los últimos cinco años naturales. |
|-------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Solvencia Técnica o Profesional: | Declaración responsable, suscrita electrónicamente por representante legal de la empresa, en la que indique la disposición de al menos un autobús por lote que contará al menos con 54 plazas homologadas aparte de la del conductor. |
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## F. GARANTÍAS
## Garantía provisional:
No aplica.
## Garantía definitiva:
Exigible:
- [ ] Sí ☐
- [x] No ☒
## G. ÁMBITO DE LA OFERTA
Totalidad:
Partidas determinadas:
Lotes determinados:
- [x] Sí ☒
- [ ] No ☐
- [ ] Sí ☐
- [x] No ☒
- [x] Sí ☒
- [ ] No ☐
## H. CARACTERÍSTICAS DE LAS PRESTACIONES
Según lo establecido en el PPT
Se admiten variantes:
- [ ] Sí ☐
- [x] No ☒
## I. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
## Criterios evaluables de forma automática mediante fórmulas:
| Criterios | Puntuación máxima | Criterios coste-eficacia |
|---------------------|---------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Precio de la oferta | 100 | Se valorará con la máxima puntuación al Ofertante cuya proposición económica sea más baja, valorándose a los demás conforme a la fórmula: 𝑃 𝑥 = 𝑃 𝑚á𝑥 ( 𝑃 𝑟 -𝑂 𝑥 𝑃 𝑟 -𝑂 𝑚𝑜 ) Donde, - P x = Puntuación que obtiene la oferta a valorar - P máx = Puntuación máxima - P r = Presupuesto base de licitación - O x = Importe de la Oferta a valorar - O mo = Importe de la mejor oferta |
No se admitirán ofertas cuyo valor total sea de CERO euros. Caso de ofertarse, quedará excluida de la licitación.
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## Documentación obligatoria en el Sobre electrónico único para la valoración de las ofertas
Anexo II: Criterios de adjudicación evaluables de forma automática mediante fórmulas.
## Criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor:
Sobre de propuesta técnica
- [ ] Sí ☐
- [x] No ☒
Criterio
Puntuación máxima
Forma de valorar cada criterio de juicio de valor
NO APLICA
## Ofertas anormalmente bajas:
A efectos exclusivamente del cálculo de la baja, el precio ofertado se corregirá de la siguiente forma:
| Corrección del precio para el cálculo de la baja | 'Precio ofertado corregido' = Precio ofertado* (1 -Puntos de valoración obtenidos por el proveedor que no corresponden al precio*0,01) |
|----------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
Se considerarán anormalmente bajas las ofertas cuyos importes obtenidos tras la corrección se encuentren en uno de los siguientes supuestos:
| Nº de ofertas presentadas Criterio para calcular la baja anormal |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Tres o más ofertas corregido inferior al 20% a la media aritmética de estos. Se excluirán dicha media, las ofertas de cuantía más elevada cuando sean superiores |
| Dos ofertas Se considerará que una oferta es anormalmente baja si su precio encuentra por debajo del precio ofertado corregido de la otra oferta |
| Una oferta inferior en más de un 25 % al presupuesto base de licitación corregido |
## J. LUGAR DE ENTREGA
Los trabajos se realizarán en los lugares que se indican a continuación:
## LOTE 1: VILLARDECIERVOS
Los servicios se realizarán en el CEAM de Villardeciervos (Zamora).
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Los posibles recorridos a realizar en Villardeciervos indistintamente del día (cada martes o jueves correspondiente) son:
## Ruta Arribes del Duero:
Villardeciervos - Villardiegua (Mirador de Peñaredonda)- Torregamones - Rabanales- Villardeciervos.
## Ruta Sanabria:
Villardeciervos- Centro del Lobo en Robledo de Sanabria - Ribadelago Nuevo(comida) - Ribadelago viejoPlaya de los Enanos- Puebla de Sanabria - Villardeciervos.
## LOTE 2: VIÉRNOLES
Los servicios se realizarán en el CEAM de Viérnoles (Cantabria). En cuanto a los recorridos semanales en Viérnoles serán:
## Martes, por la mañana:
Salida a las 9:45h del CEAM-Viérnoles a Borleña. O similar en distancia y tiempo (dependerá de las condiciones climáticas)
Regreso al CEAM a las 13:30h.
Miércoles, día completo, con un trayecto:
Salida a las 9.45h del CEAM-Viérnoles, para ir a Liencres, Santander y recogida en Somo. O similar en distancia y tiempo (dependerá de las condiciones climáticas)
Regreso al CEAM-Viérnoles a las 18.00h.
## Jueves, por la tarde:
Salida de tarde: a las 15.00h del CEAM. Cuevas de Altamira. Santillana. O similar en distancia y tiempo (dependerá de las condiciones climáticas)
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## 1. PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de vigencia del contrato será de 8 semanas contados a partir de la fecha de firma del mismo, sin perjuicio de las prórrogas del plazo de ejecución que pudieran pactarse, previo acuerdo escrito de las partes. Se prevé que el servicio entre en funcionamiento en el mes de septiembre de 2026.
## K. PLAZO DE VIGENCIA Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Plazo de vigencia del contrato
Hasta
- [ ] Meses ☐
- [ ] Años ☐
Fecha ☒ 13/11/2026
Plazo de ejecución
Hasta
- [ ] Meses ☐
- [ ] Años ☐
Fecha ☒ 13/11/2026
Momento de inicio del plazo de ejecución
- [x] ☒ Desde la formalización del contrato.
- [ ] ☐ Desde la comunicación al contratista por el Grupo Tragsa.
- [ ] ☐ Otro:
El plazo de vigencia del presente contrato contará a partir de la fecha de la última firma del contrato, sin perjuicio de las ampliaciones del plazo que conceda el Órgano de Contratación, previa justificación del contratista en la que indique que el retraso no le es imputable, y manteniendo el resto de las condiciones contractuales invariables. En caso de que el retraso sea imputable al contratista se aplicarán las penalidades que se recogen en el presente pliego.
Los trabajos se realizarán previo requerimiento del Grupo Tragsa, que comunicará de manera fehaciente al contratista, mediante correo electrónico, con la antelación mínima indicada, el lugar y fecha indicada para la ejecución de las prestaciones.
El incumplimiento de estos plazos llevará aparejada la imposición de las penalidades descritas en este pliego, independientemente de que se establezca un plazo para la subsanación de los defectos recogidos en el acta de conformidad, hasta la aprobación por parte del Grupo Tragsa, de la totalidad de los trabajos realizados, de acuerdo con lo establecido en este pliego.
## L. PLAZO DE GARANTÍA
Garantía
- [ ] Aplica ☐
- [x] No aplica ☒
Plazo de garantía
─
- [ ] Meses ☐
- [ ] Años ☐
- [ ] Fecha ☐
- [ ] \_\_/\_\_/20\_\_
Dada la naturaleza del objeto de contrato, consistente en servicio de trasporte de personas no resulta aplicable un plazo de garantía al término de la ejecución.
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## M. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la LCSP para el caso de fuerza mayor.
El contratista se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que sean exigidos por el Grupo Tragsa. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, el Grupo Tragsa podrá requerir al contratista la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin.
El contratista responderá de la totalidad de los daños y perjuicios que se irroguen al Grupo Tragsa por el incumplimiento, total o parcial, o el cumplimiento defectuoso de las obligaciones derivadas del contrato.
## Obligaciones del contratista respecto a su personal:
El contratista deberá disponer en todo momento de los medios materiales y humanos que sean precisos para la buena ejecución de los trabajos en los plazos totales y parciales contenidos en el contrato.
El contratista deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad Social del personal dependiente de él, que realice los trabajos objeto del contrato, y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. También deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias, acreditándose ambas circunstancias mediante la aportación del certificado correspondiente. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para el Grupo Tragsa, conforme a la normativa vigente.
El personal del contratista deberá tener la capacitación, formación y conocimientos técnicos necesarios para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.
Los daños que el personal utilizado por el contratista pueda ocasionar en las instalaciones o cualquier propiedad del Grupo Tragsa, correrán por cuenta del contratista.
La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del presente contrato.
Al comienzo de los trabajos, la empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
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- a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al Grupo Tragsa, canalizando toda la información entre el contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y el Grupo Tragsa, de otro lado, en todo lo relativo a cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
- b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
- c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
- d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el contratista con el Grupo Tragsa, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
- e) Garantizar el correcto cumplimiento por parte del personal integrante del equipo de trabajo, respecto de los compromisos de confidencialidad y secreto, así como la formación adecuada en materia de protección de datos, cuando se tratasen datos personales.
- f) Informar al Grupo Tragsa acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
El personal que haya de efectuar los trabajos pertenecerá a la plantilla del contratista que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a tal condición, con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes del contratista.
En consecuencia, el contratista, como empresario de todo el personal que utilice para cumplir el presente contrato,
responderá ante las autoridades y tribunales de la correcta aplicación de la legislación vigente.
El contratista se obliga a observar una serie de requerimientos, de forma documental:
- a) Justificación de encontrarse al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social, que deberá incluir a todos los trabajadores que vayan a trabajar en las actuaciones contempladas por el contrato.
- b) Seguros de vida y de invalidez permanente según lo establecido en el convenio vigente.
- c) Designación formal de un responsable de seguridad y salud de la empresa contratista ante el Grupo Tragsa.
- d) Documento firmado por el contratista en el que se describa la organización en materia preventiva de la empresa.
- e) Acreditación documental de que el contratista ha realizado, para los trabajos contratados, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
- f) Documento individualizado para cada uno de los trabajadores que justifique la información recibida sobre los riesgos inherentes al puesto de trabajo y a la actuación objeto del contrato, así como la formación
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- recibida en materia de prevención de riesgos laborales, especificando el temario recibido. Este documento deberá ir firmado por el propio trabajador y por la persona encargada de impartir la formación por parte de la empresa.
- g) Certificado de aptitud médica de los trabajadores que van a participar en los trabajos, de acuerdo con los reconocimientos médicos específicos efectuados.
- h) Justificación, si fuera necesario, del cumplimiento de la reglamentación de la Seguridad Industrial.
- i) Justificación documental que acredite la adecuación de toda la maquinaria a emplear en la actuación objeto del contrato al Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, y al resto de legislación vigente.
Cuando el Grupo Tragsa solicite al contratista los documentos a que se ha hecho referencia precedentemente, o cualquier otro que sea exigible conforme a la legislación vigente, este vendrá obligado a su presentación en un plazo no superior a siete días desde que se produzca la solicitud. El incumplimiento de esta obligación será causa automática de resolución del presente contrato sin que el contratista tenga derecho a reclamación alguna.
Sólo podrá iniciarse la ejecución del contrato cuando se hubiera otorgado el visto bueno por parte de Grupo Tragsa a la documentación requerida para el cumplimiento de los requisitos que fueran legalmente exigibles, en especial, aquellos documentos exigidos en el contrato en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Grupo Tragsa podrá solicitar al contratista la actualización de la documentación anteriormente descrita cuando se
presente cambios respecto de la situación inicial.
De igual forma, el contratista vendrá obligado a:
- a) Contar con la Póliza de Seguros que ampare los accidentes de trabajo, conforme a lo establecido en el pliego.
- b) Prohibir e impedir que personas no dadas de alta en Seguridad Social realicen cualquier tipo de trabajo.
- c) Adoptar y cumplir las normas sobre Prevención de Riesgos Laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. En este sentido, Grupo Tragsa podrá solicitar la adopción de las medidas de seguridad que considere conveniente en aquellos supuestos en los que, a juicio de Grupo Tragsa la falta de adopción de éstas por el contratista pueda poner en peligro la vida o la seguridad de los trabajadores de éste, del Grupo Tragsa, o de cualquiera de las empresas concurrentes. El incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral para con su personal dependiente, así como la falta de adecuación a la normativa vigente de seguridad de
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la maquinaria y equipos que intervengan en la actuación objeto del contrato, será causa inmediata de resolución del presente contrato.
- d) El contratista será responsable de que el personal de él dependiente, que vaya a participar en la ejecución del presente contrato, tenga las habilitaciones, tanto profesionales como administrativas.
## Seguro de responsabilidad civil:
Serán de la exclusiva cuenta del adjudicatario el importe de todos los daños y perjuicios que, con motivo de la ejecución del objeto del presente contrato, se originen a terceros, así como al personal de él dependiente, en régimen laboral o no, y en especial las indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo. A tales efectos, a solicitud de Tragsatec el adjudicatario acreditará la existencia de una póliza de seguros, vigente y al corriente de pago que garantice la Responsabilidad Civil de circulación de cada uno de los vehículos integrantes de la flota que prestará el servicio objeto del contrato, en los términos y condiciones previsto en el R D. 8/2004 de 29 de octubre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor y el Reglamento que la desarrolla. De igual forma, a solicitud de Tragsatec deberá acreditar la suscripción del Seguro Obligatorio de Viajeros sobre todos los vehículos que prestarán los servicios objeto del contrato, en los términos y condiciones previstos en el R. D. 1575/1989 de 22 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros y sus modificaciones posteriores, debiendo acreditarse igualmente que esta se encuentra vigente y al corriente de pago. A los efectos de responsabilidad civil, tendrán la consideración de terceros, todas las personas empleadas o no de Tragsatec que viajen en el vehículo arrendado, a excepción del conductor. Cualquier daño o perjuicio que se cause a las citadas personas, deberá ser totalmente indemnizado por el asegurador y, en su caso, por el adjudicatario. El adjudicatario presentará a requerimiento de Tragsatec, el certificado de seguro y la póliza de seguro correspondiente con todos los riesgos cubiertos. Asimismo, Tragsatec podrá solicitar los recibos acreditativos del pago de las primas, del el/los vehículo/s objeto de este contrato, quedando el adjudicatario obligado a presentarlos. El incumplimiento de ello será causa de resolución del presente contrato. En todo caso, el adjudicatario se obliga a indemnizar, en su totalidad, aquellos daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación o manipulación del/los vehículo/s arrendado/s de que se trate, en el caso de que se produjera algún siniestro y la Compañía Aseguradora no indemnizara, o sólo lo hiciera en parte, los daños causados. De acuerdo con lo previsto en esta estipulación, el adjudicatario se obliga frente a Tragsatec a pagar la totalidad
de los daños causados hasta los límites cubiertos en el seguro y convenidos en esta estipulación, sin que pueda oponer frente a Tragsatec que el certificado de seguro entregado con cada vehículo no los cubre o los excluye, o cualquier otra causa justificada o no, ya que con independencia del contrato de seguro, se entiende que las coberturas citadas en el presente contrato no admiten variación, modificación o limitación alguna. No podrá oponerse el adjudicatario al pago antes señalado, aún en el caso de que la póliza de seguro entregada a Tragsatec, a través de sus empleados, en este acto o en las prórrogas del presente contrato, fuera distinta a la exigida en este documento, por cuanto se entenderá, a todos los efectos, que el hecho de recoger la referida póliza no implicará aceptación implícita, ni novación de las condiciones aquí convenidas, y por ello en caso de discrepancia entre lo aquí pactado y las posibles condiciones del contrato de seguro suscrito por el adjudicatario, prevalecerán aquéllas, salvo que las condiciones del seguro fueran más favorables para Tragsatec. El contratista se compromete formalmente, a rembolsar al Grupo Tragsa las indemnizaciones y sanciones económicas que en derecho resultasen procedentes, derivadas del ejercicio de la acción de un tercero ante cualquier jurisdicción o procedimiento sancionador incoado por la autoridad competente si, de forma subsidiaria, el Grupo Tragsa las hubiese abonado; aceptando la retención por parte del Grupo Tragsa del importe de cuantas facturas, fianzas o garantías hubiera pendientes, para hacer frente a tal efecto. De igual forma, el contratista acepta, en virtud del presente contrato, el derecho de repetición del asegurador de Grupo Tragsa en caso de asumir ésta subsidiariamente la indemnización que en derecho le correspondiese al contratista o su asegurador. En su caso, no podrá oponerse el contratista al pago antes señalado, aún en el caso de que la póliza(s) de seguro entregada al Grupo Tragsa, a través de sus empleados, fuera distinta a la exigida en el presente contrato, por cuanto se entenderá, a todos los efectos, que el hecho de recoger la referida póliza no implicará aceptación implícita ni novación de las condiciones aquí convenidas, y por ello en caso de discrepancia entre lo aquí pactado y las posibles condiciones del contrato de seguro suscrito por el contratista, prevalecerán aquellas. El contratista asumirá con su propio patrimonio el exceso entre la indemnización que, conforme a derecho le correspondiese abonar al tercero perjudicado y la cuantía asumida por su asegurador atendiendo al límite contratado en póliza.
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## Responsabilidad medioambiental:
Durante la vigencia del contrato, el contratista, junto con todo el personal a su cargo bajo cualquier vínculo jurídico, desarrollará la actividad objeto de este cumpliendo de manera estricta toda la normativa medioambiental vigente en cada momento. Se prohíbe expresamente la realización de actuaciones que puedan poner en peligro la salud humana o emplear procedimientos o métodos que puedan causar daño al medio ambiente, especialmente aquellos que supongan riesgos para el agua, el aire, el suelo o el subsuelo. El entorno en el que se desarrollen las actividades deberá conservarse en perfecto estado.
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El contratista limitará el consumo de materias primas a lo estrictamente necesario y siempre dentro de lo autorizado por la normativa vigente, evitando así comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas de los que se obtienen dichos recursos.
Durante la vigencia del contrato, el contratista se compromete, de forma firme e irrevocable, a:
- Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir la generación de residuos. Si estos se produjeran, deberá reducirlos, recogerlos y eliminarlos conforme a la legislación aplicable. Además, impartirá instrucciones precisas a sus operarios para asegurar la correcta gestión y eliminación diferenciada de los residuos peligrosos o contaminantes, acreditando estas actuaciones siempre que el Grupo Tragsa lo requiera.
- Asumir la responsabilidad exclusiva de la gestión adecuada de los residuos peligrosos generados por el mantenimiento de la maquinaria y equipos, cumpliendo en todo momento los requisitos legales vigentes.
- Garantizar que todos los componentes de la maquinaria y equipos cumplen con la legislación medioambiental aplicable, especialmente en lo relativo a emisiones de ruido, gases u otros productos nocivos o perjudiciales para el medio ambiente.
- Garantizar que la maquinaria y los vehículos cumplan oportunamente con todas las inspecciones y trámites administrativos requeridos, así como con cualquier otra disposición establecida por el Grupo Tragsa para el adecuado desarrollo de la prestación. Asimismo, asegurar el seguimiento de los planes de mantenimiento y conservación definidos en la documentación aplicable o por las indicaciones del fabricante, distribuidor o servicio técnico.
Mediante la firma del contrato, el contratista autorizará expresa e irrevocablemente al Grupo Tragsa, o a la persona que esta designe, a realizar los controles medioambientales que considere oportunos para verificar el cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y de la normativa interna del Grupo Tragsa en la ejecución del contrato.
En todo caso, el contratista reconocerá y asumirá la responsabilidad exclusiva por el cumplimiento de todas las obligaciones medioambientales derivadas de este contrato, sin perjuicio de la facultad de control atribuida al Grupo Tragsa.
## Gestión de la calidad:
En cumplimiento de lo que establece la norma UNE-EN ISO 9001:2015 conforme a la cual las empresas del Grupo Tragsa están certificadas, el contratista deberá tener conocimiento y aceptar que el Grupo Tragsa tiene implantado un sistema para el seguimiento y evaluación de sus proveedores, en el que se valorarán las prestaciones realizadas en base a los siguientes aspectos: cumplimiento de los requisitos y plazos del contrato, rapidez y grado de respuesta, cumplimiento en materia de seguridad y salud laboral, cumplimiento legal y concienciación en materia medioambiental.
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## Eficiencia energética:
Todos los productos, equipos o servicios suministrados deberán cumplir con la normativa legal vigente en lo referente a consumo energético, eficiencia, ecodiseño, rendimiento y etiquetado energético. En cumplimiento del sistema de gestión, el contratista estará obligado a facilitar, cuando así lo requiera el Grupo Tragsa, toda información técnica al respecto.
## Obligaciones en materia de fondos europeos:
Cumplimiento Orden HFP/1030/2021
NO APLICA
Cumplimiento Orden HFP/55/2023
NO APLICA
## N. CONDICIONES ESENCIALES DE EJECUCIÓN
Se establecen las siguientes obligaciones esenciales de ejecución del contrato
- a) Forma de facturación y pago establecida en el pliego.
- b) Las condiciones técnicas de la prestación establecidas en el PPT.
- c) Plazo de ejecución y vigencia.
- d) Criterios de solvencia.
- e) Obligación de presentación de documentos que Tragsatec considere necesarios para la verificación de cumplimiento de requisitos establecidos con relación a al objeto de su actividad y del contrato, como por ejemplo certificado de Delitos de Naturaleza Sexual 1, permisos de conducir, certificación CAP, así como otros documentos cuya exigencia es obligatoria por normativa legal.
- f) Las condiciones especiales de ejecución.
1 https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-registro-central
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## Condiciones especiales de ejecución:
| Carácter | Descripción |
|----------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Medioambiental ☒ Social ☐ Innovación ☐ Económico ☐ | Toda la documentación que se genere (albaranes, facturas, partes de incidencias, etc.) como consecuenciade la ejecución del contrato, deberá realizarse, firmarse y distribuirse ensoporte digital para minimizar al máximo su impresión, de tal forma que se promueva el ahorro de energía, papel, tóner, etc. En caso de ser necesario, el papel a usar será reciclado. |
| Medioambiental ☒ Social ☐ Innovación ☐ Económico ☐ | Gestión de residuos: Se deberá garantizar una correcta gestión de residuos generados en los vehículos (plásticos, residuos orgánicos, etc.), incluyendo sistemas de reciclaje a bordo si es viable. |
Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución de este.
## Sistema de seguimiento:
El Grupo Tragsa supervisará y verificará de forma periódica y efectiva el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el contratista respecto de las condiciones especiales de ejecución del contrato indicadas en el apartado anterior. A estos efectos, el contratista podrá ser requerido en cualquier momento de la vigencia del contrato para verificar su cumplimiento antes del abono de la totalidad del importe del contrato.
## O. REVISIÓN DE PRECIOS
El contratista renuncia a la revisión de los precios ofertados.
## P. RESPONSABLE DEL CONTRATO
Los datos de la persona responsable del contrato por parte del Grupo Tragsa se recogerá en el contenido del contrato. Cualquier consulta que los licitadores quieran resolver durante el proceso de licitación, deberá realizarse a través de la PLACSP.
## Q. TAREAS CRÍTICAS NO SUBCONTRATABLES
| No subcontratable | Descripción |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Se permite la subcontratación parcial de la prestación objeto del presente pliego, a excepción de la interlocución y coordinación con el Grupo Tragsa, por considerarse tarea crítica. | Se permite la subcontratación parcial de la prestación objeto del presente pliego, a excepción de la interlocución y coordinación con el Grupo Tragsa, por considerarse tarea crítica. |
| Otras tareas críticas (no subcontratables) | Otras tareas críticas (no subcontratables) |
| Apartado del pliego | Descripción |
| Aplica ☐ | ─ |
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## R. PENALIDADES
Si el contratista incurriera, a lo largo de la vigencia del contrato, por causas imputables al mismo, en uno de los supuestos que a continuación se indican, y una vez atendidas sus alegaciones, el Grupo Tragsa podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de las siguientes penalidades, sin necesidad del previo requerimiento al contratista, ni intimación por mora:
- Incumplimiento de cualquiera las condiciones especiales/esenciales de ejecución: 1% del importe de adjudicación, a excepción de las correspondientes a los plazos de ejecución, penalidad contemplada en los párrafos siguientes.
- Retraso no justificado en cualquiera de los plazos parciales de entrega o en la entrega de la totalidad de las prestaciones contratadas: 0,5% del importe correspondiente a la entrega retrasada por cada día de retraso no justificado.
- Cumplimiento defectuoso: 1% del importe correspondiente a las unidades en las que se demuestre un cumplimiento defectuoso.
En caso de que la penalización excediera del 5% del importe total del contrato, el mismo podrá quedar resuelto a instancia del Grupo Tragsa, bastando a tal efecto, su mera comunicación fehaciente al contratista. En caso de que excedieran del 10% el contrato quedará automáticamente resuelto.
Si las penalidades así definidas no fueran suficientes para cubrir los daños ocasionados al Grupo Tragsa por la actuación del contratista, ésta exigirá al contratista la indemnización por los daños y perjuicios no cubiertos.
Las presentes penalidades serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas contra los pagos de las cantidades pendientes de abonar al contratista o contra la garantía que, en su caso, se haya constituido, si no es posible deducirla de dichos pagos.
## S. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Se prevén las modificaciones del contrato recogidas en el apartado C del presente anexo.
La modificación del contrato deberá efectuarse de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 205 de la subsección 4ª de la sección 3ª del capítulo I del Título I de la LCSP.
No serán causas de modificación, por no tener carácter de modificación legal contractualmente, los siguientes incrementos: Se podrá incrementar el número de unidades contratadas a ejecutar hasta el porcentaje que no exceda, en una sola modificación o en sucesivas, el 10 por ciento del precio inicial del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 301 apartado 2 de la LCSP.
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Este incremento no podrá realizarse añadiendo nuevas unidades no incluidas en el presupuesto, sólo añadiendo más unidades a las presupuestadas, ni para otras actividades que las indicadas en el PPT
Las modificaciones se propondrán mediante informe emitido por las Unidades Promotoras del Grupo Tragsa de las que dependa funcionalmente la contratación, debiéndose autorizar la modificación por el órgano de contratación, así como formalizarse el acuerdo expreso de modificación entre las partes a través de adenda al contrato correspondiente y la posterior publicación de este en el perfil del contratante del Grupo Tragsa.
## T. FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO
El contratista expedirá facturas por cada periodo del servicio, en las que se detallará el periodo de facturación, el número de actuación, número de pedido, número de contrato y número de cuenta bancaria en la que se efectuará el pago de la factura, el cual deberá corresponder con el número de cuenta que figure en el certificado de titularidad bancaria proporcionado por el mismo.
Las facturas deberán cumplir las exigencias legales vigentes, desglosando, en todo caso, el importe correspondiente al objeto del contrato del impuesto repercutible al mismo. Estas facturas deberán ser en formato digital (.pdf o similar), deberán estar firmadas mediante firma digital reconocida o cualificada, y remitidas a la dirección de correo electrónico indicada en la siguiente tabla, para su recepción por el responsable del contrato:
| Periodo de facturación: | ☐ Mensual ☐ Bimensual ☒ Contra la realización de servicios |
|--------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Periodo de facturación: | ☐ Otro: |
| Empresa: | ☐ Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. ☒ Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. |
| Unidad promotora: | Gerencia de Calidad, Evaluación Ambiental y Medio Natural |
| Datos a incluir en la factura: | Nº de contrato |
| E-mail de envío de la factura: | Se proporcionarán tras la firma del contrato |
Queda expresamente prohibida la cesión de créditos, derivados de la facturación originada en las prestaciones realizadas, por cualquiera de las modalidades establecidas en derecho, incluido el factoring, sin que previamente el Grupo Tragsa autorice expresamente la cesión. En el caso de existir autorización, ésta se realizará crédito a crédito y nunca de la totalidad de ellos.
El Órgano de Contratación responderá a la solicitud de autorización en el plazo de dos meses, transcurrido el cual, si no ha habido contestación expresa, se entenderá como NO autorizada. En caso de que el Grupo Tragsa autorice la cesión, ésta podrá formalizarse en escritura pública o en documento privado, debiéndose especificar, en todo caso, los datos y facultades de los firmantes del documento de cesión y a qué créditos alcanza la misma.
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La cesión no será vinculante para el Grupo Tragsa hasta que se le notifique fehacientemente con la inclusión de todos los datos de esta, debiéndose adjuntar a dicha notificación copia del documento de cesión y de las escrituras públicas acreditativas de las facultades de los firmantes del contrato de cesión. El Grupo Tragsa se reserva el derecho a solicitar la documentación que considere necesaria para verificar la realidad de la cesión y las facultades de los firmantes para la realización de esta.
El Grupo Tragsa NUNCA solicitará a los licitadores o al contratista el abono de importe alguno por gastos de publicidad o de otro tipo.
El pago se realizará por transferencia bancaria, en los plazos establecidos en el artículo 198.4 y 210.4 de la LCSP.
## U. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA MEJOR OFERTA
El licitador que haya presentado la mejor oferta deberá aportar, para resultar adjudicatario, los documentos que se indican en la tabla a continuación.
La inscripción en el ROLECE es obligatoria y acreditará frente al Grupo Tragsa, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
| Tipo | Descripción |
|-----------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Inscripción en el ROLECE | Documento acreditativo de estar inscrito en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público); o, en su caso, acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente registro y declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación Se adjuntará, además, en este caso, el acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente registro oficial. |
| Documentación sobre la capacidad de obrar del contratista | Documentos justificativos de los requisitos previos de acceso que se contienen en la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos para ser admitido a la licitación en caso de que no hubieran sido aportados con carácter previo en el procedimiento: - Copia de la escritura donde figure la última redacción del objeto social de la empresa. - Copia de la escritura de poder justificativa de la representación que ostenta el firmante de la proposición y del contrato. - Copia del documento nacional de identidad de dicho representante legal de la empresa. - Copia de la escritura de constitución de la UTE (cuando aplique). - Testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, que acredite que no está incurso en prohibiciones de contratar. Cuando el documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado (Acta de Manifestaciones Notarial de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición de contratar previstas en el Art. 71 de la LCSP). - Certificado de inscripción en el REGCON del plan de igualdad de la empresa, si ha declarado que tiene 50 o más trabajadores. |
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Tipo
## Descripción
## Solvencia económica y financiera
Copia de las cuentas anuales debidamente depositadas en el Registro Mercantil que corresponda, y auditadas si dicho requisito fuera legalmente exigible, por importe igual o superior a los importes indicados en apartado E del presente Anexo I, correspondientes a:
- [x] El mejor ☒
- [ ] La media ☐
- [ ] La suma ☐
De los últimos 3 ejercicios disponibles
- [ ] ☐ 2021
- [x] ☒ 2022
- [x] ☒ 2023
- [x] ☒ 2024
- [ ] ☐ 2025
- [ ] ☐ 202\_
## Empresas de nueva creación
- a) Copia de las cuentas anuales debidamente depositadas en el Registro Mercantil que corresponda, y auditadas si dicho requisito fuera legalmente exigible, por importe igual o superior a los importes prorrateados indicados en apartado E del presente Anexo I.
- b) Para empresas creadas en 2025 Certificado de importe neto de la cifra de negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a los efectos de la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas.
## Solvencia Técnica o Profesional
Certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder de este que acrediten haber realizado trabajos iguales o similares que el objeto del contrato (mismo Código CPV), correspondientes a:
- [x] El mejor ☒
- [ ] La media ☐
- [ ] La suma ☐
De los últimos 3 ejercicios disponibles
- [ ] ☐ 2021
- [ ] ☐ 2022
- [x] ☒ 2023
- [x] ☒ 2024
- [x] ☒ 2025
- [ ] ☐ 202\_
## Empresas de nueva creación
- Copia del permiso y licencia de circulación de cada vehículo a utilizar en el servicio.
- Copia de la Tarjeta de inspección técnica de vehículos en vigor
## Acreditación de la solvencia con medios externos
En caso de medios externos de otras entidades, compromiso por escrito de dichas entidades, debidamente firmado por sus representantes legales, que demuestre que el futuro contratista va a disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato, así como documentación que acredite la solvencia del tercero.
## Habilitación empresarial
El contratista deberá aportar la correspondiente autorización para transporte público de viajeros en autobús expedido por la autoridad competente, y visado correspondiente al periodo actual de la autorización, junto con declaración de que ésta continúa vigente.
## Otra documentación
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativa de que la sociedad no tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social. https://portal.seg-
social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Consulta+de+pagos+y+deudas/CCertifica do+de+estar+al+corriente+en+las+obligaciones+de+la+Seguridad+Social
Certificación de contratistas y subcontratistas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
por
un
período
de
vigencia
de
12
meses.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G303.shtml
Anexo VI del presente pliego debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente por representante legal de la empresa, en su caso.
Certificado emitido por la entidad bancaria de titularidad de cuenta bancaria, firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante.
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Si el Grupo Tragsa lo estimara oportuno, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 95 de la LCSP, podrá solicitar aclaraciones sobre los certificados o documentos presentados, así como requerir la presentación de otros complementarios.
Esta documentación se presentará a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la PLACSP.
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## ANEXO II - PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE
A presentar con la plantilla suministrada por el Grupo Tragsa en .pdf firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa.
El que suscribe, REPRESENTANTE en su propio nombre (o en representación de EMPRESA, enterado del anuncio del procedimiento de licitación para la contratación del SERVICIO DE TRANSPORTE PARA ESCOLARES EN AUTOBÚS PARA EL DESARROLLO DE LAS RUTAS QUE TIENEN LUGAR EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE VILLARDECIERVOS (ZAMORA) Y VIÉRNOLES (CANTABRIA) PARA EL PERIODO DE OTOÑO DE 2026 se compromete a prestar el objeto del presente pliego de acuerdo con las siguientes unidades y precios:
| LOTE 1 | LOTE 1 | LOTE 1 | LOTE 1 |
|-------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------|---------------|
| Nº unidades | Descripción | PRECIO UNITARIO OFERTADO (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL |
| 16 | Servicio de transporte para escolares en autobús para el desarrollo de las rutas que tienen lugar en el centro de educación ambiental de Villardeciervos (Zamora) durante 8 semanas en el periodo de otoño de 2026. | | |
| IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 1 (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 1 (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 1 (IVA no incluido) | 9.280,00 € |
| Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | 928,00 € |
| IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 1 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 1 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 1 (IVA incluido) | 10.208,00 € |
| LOTE 2 | LOTE 2 | LOTE 2 | LOTE 2 |
|-------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------|-------------------------------------------------|
| Nº unidades | Descripción | PRECIO UNITARIO OFERTADO (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL |
| 24 | Servicio de transporte para escolares en autobús para el desarrollo de las rutas que tienen lugar en el centro de educación ambiental de Viérnoles (Cantabria) durante 8 semanas en el periodo de otoño de 2026. | | |
| IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA no incluido) |
| Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) | |
| IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO LOTE 2 (IVA incluido) | |
No se admitirán ofertas que superen el presupuesto base de licitación para ningún lote.
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Si el importe total declarado por el proveedor o el indicado en el documento firmado electrónicamente no coincidiera con el resultado de realizar las operaciones incluidas en la plantilla adjuntada, en la valoración total se atenderá a los precios unitarios incluidos en el documento .pdf con los cálculos correctamente realizados.
Esta prestación se efectuará ajustándose al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen el mencionado procedimiento de licitación, no teniéndose por puesta ninguna aclaración que contradiga lo aquí establecido. La presentación de la oferta supone la admisión de todas las condiciones de estos sin salvedad.
| Grupo de empresas | Si el licitador forma parte de un grupo empresarial, de conformidad con lo dispuesto en el art 42.1 del Código de Comercio y presentan proposiciones a dicha licitación otras empresas del mismo grupo. (Indicar qué empresas del grupo presentan proposiciones a la presente licitación). | Si el licitador forma parte de un grupo empresarial, de conformidad con lo dispuesto en el art 42.1 del Código de Comercio y presentan proposiciones a dicha licitación otras empresas del mismo grupo. (Indicar qué empresas del grupo presentan proposiciones a la presente licitación). |
|---------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Grupo de empresas | Otros participantes | |
| Grupo de empresas | Otros participantes | |
| Grupo de empresas | Otros participantes | |
| Grupo de empresas | Otros participantes | |
| Grupo de empresas | participantes | Otros |
Firma electrónica del representante legal de la empresa
Condiciones de presentación del sobre electrónico para que la oferta sea válida:
- El licitador deberá declarar el valor total del importe ofertado.
- El licitador deberá incluir un documento equivalente al Anexo II del presente pliego en formato pdf debidamente firmado electrónicamente por representante legal de la empresa. Para generar dicho documento se utilizará la plantilla que se le proporcionará por el Grupo Tragsa a través de la PLACSP, debiendo cumplimentarla con los precios unitarios. En caso de no presentar este documento se entenderá que el licitador ha renunciado a la presentación de oferta. El proveedor no podrá alterar el resto de los datos que recibirá ya cumplimentados por el Grupo Tragsa en dicha plantilla, en caso contrario
- la oferta quedará excluida.
- El sobre electrónico único deberá presentarse cifrado y firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa.
- La presentación de estos documentos al igual que todos los solicitados en la presente licitación se realizará a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la PLACSP. No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en el LCSP para la huella digital.
- Se incluirá una la hoja Excel rellenada con la plantilla que se incluye en el sobre electrónico.
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## ANEXO III - PRESENTACIÓN DE GARANTÍA
NO APLICA
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## ANEXO IV - MODELO DE DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE
A cumplimentar cuando concurran a la licitación varios licitadores con el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas, en caso de ser adjudicatarios. Deberá ir firmada por todos los miembros. Se deberá presentar una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos cada una de las empresas integrantes de la UTE junto con la presente declaración.
Las siguientes empresas:
| Representante | DNI | Empresa | NIF |
|-----------------------|-------|-----------|-------|
| NOMBRE REPRESENTANTE1 | DNI1 | EMPRESA1 | NIF1 |
| NOMBRE REPRESENTANTE2 | DNI2 | EMPRESA2 | NIF2 |
| NOMBRE REPRESENTANTE3 | DNI3 | EMPRESA3 | NIF3 |
| NOMBRE REPRESENTANTE4 | DNI4 | EMPRESA4 | NIF4 |
## M A N I F I E S T A N
PRIMERO. Su voluntad de constituir una Unión Temporal de Empresas (UTE) comprometiéndose, en caso de resultar la mejor oferta en el procedimiento de licitación para la contratación del SERVICIO DE TRANSPORTE PARA ESCOLARES EN AUTOBÚS PARA EL DESARROLLO DE LAS RUTAS QUE TIENEN LUGAR EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE VILLARDECIERVOS (ZAMORA) Y VIÉRNOLES (CANTABRIA) PARA EL PERIODO DE OTOÑO DE 2026 a formalizar la constitución de dicha UTE en escritura pública.
SEGUNDO . Que la participación que cada empresa ostentará en la Unión Temporal de Empresas será la siguiente:
| Empresa | %de participación |
|-----------|---------------------|
| EMPRESA1 | %1 |
| EMPRESA2 | %2 |
| EMPRESA3 | %3 |
| EMPRESA4 | %4 |
TERCERO . Que, a los efectos mencionados, designan como representante único de dicha Unión Temporal de Empresas a:
| Representante UTE | DNI |
|----------------------|-------|
| NOMBRE REPRESENTANTE | DNI |
CUARTO . Que igualmente designan como domicilio único y válido para las notificaciones que les curse la administración el siguiente:
| Dirección | Localidad | Provincia | Correo electrónico |
|-------------|-------------|-------------|----------------------|
| DIRECCIÓN | LOCALIDAD | PROVINCIA | EMAIL |
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Firma electrónica de todos los representantes legales integrantes de la UTE
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## ANEXO V - MODELO DE ACTA DE CONFORMIDAD
A fecha de 10 de diciembre de 2025, estando presente D./Dª. NOMBRE en representación de LA EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) Y DE TECNOLOGÍAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC), y NOMBRE en representación del contratista, se procede a la recepción de los trabajos del contrato NºCONTRATO suscrito entre ambas partes, reconociéndose por el Grupo Tragsa haber recibido la totalidad/parte en la fecha de otorgamiento del presente documento, dando comienzo a partir de la misma el plazo de garantía establecido, en su caso, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación del SERVICIO DE TRANSPORTE PARA ESCOLARES EN AUTOBÚS PARA EL DESARROLLO DE LAS RUTAS QUE TIENEN LUGAR EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE VILLARDECIERVOS (ZAMORA) Y VIÉRNOLES (CANTABRIA) PARA EL PERIODO DE OTOÑO DE 2026 .
(Incluir párrafo de aplicación, si se apreciaran defectos a la vista en el momento de la recepción)
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente documento en la fecha de la firma.
Firma electrónica por parte del Grupo Tragsa y del contratista
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## ANEXO VI - DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Cuando las prestaciones se vayan a desarrollar en un centro del Grupo Tragsa o de la Administración se deberá dar cumplimiento al R.D. 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Les rogamos que cumplimenten debidamente el siguiente documento y marque las casillas de la columna 'DECLARADO' si cumple y le son de aplicación. El firmante, declara bajo su responsabilidad, que los datos indicados en este documento son ciertos, y se compromete a justificarlo documentalmente cuando le sea requerido por esta empresa para la firma del contrato.
## 1. DATOS GENERALES (Si es autónomo no rellenar casilla que no apliquen)
Nombre o Razón Social:
Domicilio Social:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
Actividad:
Nº Trabajadores:
Mutua de Accidentes de Trabajo y Enf. Prof.:
## 2. RESPONSABLE / INTERLOCUTOR DE PREVENCIÓN (En caso de trabajador autónomo sin trabajadores no cumplimentar)
Nombre:
Teléfono:
Cargo en la empresa:
Correo electrónico:
3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA
3.1. Marcar lo que proceda
DECLARADO
(a cumplimentar por
colaborador)
a) Asunción personal por el empresario
b) Designación de uno o varios trabajadores
c) Trabajador autónomo Si es trabajador autónomo en caso de tener SPA indicarlo en la casilla correspondiente.
d) Servicio de Prevención Propio (SPP) y/o Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
4. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN. RD 171/2004
(A cumplimentar cuando se vayan a realizar trabajos en centros de
trabajo de Grupo TRAGSA o en CENTROS DE LA ADMINISTRACIÓN o en el campo)
DECLARADO
(a cumplimentar por
Colaborador)
4.1. ¿Dispone de
Evaluación de Riesgos (ER) y Planificación Preventiva (PAP)
para todas las actividades objeto de la
presente oferta?
4.2. DOCUMENTACIÓN DEL PERSONAL
¿
Personal
de su empresa
va a trabajar en centros de trabajo del Grupo TRAGSA o realizar trabajos de campo o en
centros diferentes al suyo
? Sólo
en caso afirmativo, conteste las siguientes 4 cuestiones
.
- [ ] SÍ
NO
4.2.1. ¿Se imparte la
Formación
y entrega la
Información
en materia preventiva de su puesto de trabajo a los trabajadores
objeto de esta oferta? (art.18 y 19 de la Ley PRL)
4.2.2. ¿Se garantiza la protección especial a
Trabajadores Sensibles, Menores y Embarazadas
?
4.2.3. ¿Se realiza la
Vigilancia de la Salud
en función de los riesgos inherentes a los puestos de trabajo?
4.2.4. ¿Se facilitan
Equipos de Protección Individual
, en función del riesgo de los trabajos, a cada trabajador?
5. RESPONSABLE DE LA EMPRESA
Nombre:
Fecha, Sello y Firma:
Cargo en la empresa:
Teléfono:
Correo electrónico:
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## ANEXO VII - CLAUSULADO DE PROTECCIÓN DE DATOS
En virtud del presente contrato, ambas entidades se transfieren mutuamente datos personales de contacto a efectos de cumplir con los fines establecidos por el Grupo Tragsa, conforme al artículo 19 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDYGDD):
- Datos incluidos en correos electrónicos para la comunicación habitual, incluyendo contactos de presidencia y otros datos de representantes.
- Contactos en redes sociales.
- Datos necesarios para funciones vinculadas a la gestión contractual entre ambas entidades.
- Otros datos tratados durante actas y reuniones.
A fin de regular la comunicación de dichos datos, las partes suscriben el presente acuerdo de cesión de datos personales, ajustándose a las finalidades previstas en el propio contrato. De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la LOPDYGDD, ambas partes quedan informadas de que los datos personales facilitados o intercambiados con motivo de la firma del presente contrato estarán destinados exclusivamente a la gestión y ejecución de lo aquí pactado.
Las entidades intervinientes, como responsables o destinatarias de dichos datos, declaran haber informado adecuadamente a los interesados sobre la finalidad de tratamiento y los aspectos relativos al tratamiento de datos personales, conforme a los artículos 13 y 14 del RGPD. Igualmente, deberán facilitar a los interesados el ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del RGPD mediante la dirección de correo electrónico que se señala posteriormente.
Cada parte, en calidad de responsable o destinataria de los datos, deberá asegurar que los datos personales comunicados cumplen los principios del artículo 5 del RGPD y que su tratamiento se realiza conforme al artículo 6 del citado reglamento. Asimismo, deberán observar las obligaciones previstas en los artículos 26, 28, 29 y 30 del RGPD, así como lo aplicable al efecto en la LO 3/2018, de protección de datos personales, incluyendo:
1. Ante supuestos de corresponsabilidad en el tratamiento de datos, según el artículo 29 de la LOPDYGDD y el 26.1 del RGPD, la comunicación de datos se realizará conforme a las responsabilidades efectivas de cada corresponsable, conforme a las disposiciones legales y a lo establecido en el presente documento.
2. Cuando una parte transfiera datos personales para su tratamiento por cuenta de la otra, será de aplicación el artículo 28.3 del RGPD, así como las obligaciones derivadas del RGPD y el artículo 33 de la LOPDYGDD sobre medidas de seguridad (artículo 32 RGPD), garantizando adecuadamente la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de los datos. El presente documento tendrá consideración de cláusula de encargo de tratamiento, sin perjuicio de anexos adicionales si fuera preciso.
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De igual forma, en caso de tratamiento de datos bajo el artículo 28.3 RGPD, las partes se comprometen a facilitar el derecho de información y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, limitación, portabilidad, oposición y olvido. Los interesados podrán dirigirse a los domicilios contractuales y direcciones electrónicas especificadas. Si se proporcionaran datos de terceros sin base legitimadora, será obligación de ambas partes informarles previamente. Para los casos no regulados en la condición de encargado, se atenderán las instrucciones del responsable según el artículo 29 RGPD. Respecto a transferencias internacionales, se estará a lo dispuesto en el RGPD, artículos 40 a 43 LOPDYGDD y normativa complementaria.
3. Al término del contrato, ambas entidades destruirán o devolverán los datos personales, eliminando todos los soportes, salvo aquellas copias bloqueadas exigidas por ley o según criterios preestablecidos.
4. Cada parte se compromete a preservar la confidencialidad de la información obtenida en el contexto del contrato y al cumplimiento de lo previsto en el artículo 5 LOPDYGDD respecto a responsables, encargados y personal autorizado. La parte receptora de información confidencial no podrá revelarla, salvo requerimiento formal de autoridad judicial o administrativa, notificando previamente a la parte emisora y concediendo oportunidad razonable para que esta adopte medidas de protección o se pronuncie sobre la revelación.
5. Toda notificación entre partes se realizará por escrito a los domicilios detallados en el contrato y se deberá certificar la recepción.
6. La inactividad en la exigencia de derechos por cualquiera de las partes no implicará renuncia a los mismos para el futuro.
7. En caso de declaración de nulidad o inaplicabilidad de alguna disposición, las demás estipulaciones permanecerán vigentes.
8. El contrato, en materia de protección de datos personales, se regirá por la normativa vigente aplicable en España.
9. Estas cláusulas relativas a protección de datos entrarán en vigor a la formalización del contrato.
10. Para cualquier cuestión relacionada, la dirección de contacto es: dpd@tragsa.es.
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## ANEXO VIII - ANEXO XI - HITOS Y OBJETIVOS PRTR
NO APLICA
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## ANEXO IX - ORDEN HFP/1030/2021
Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia
NO APLICA
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## ANEXO X - ORDEN HFP/1030/2021
Modelo declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia
NO APLICA
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