Decreto de Aprobación

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<!-- image --> 87274/2025 Expediente nº: Resolución con número y fecha establecidos al margen Contratación Mayor Servicios Procedimiento: El Tte Alcalde Delegado de Hacienda y Administración Pública/Economía y Movilidad, ## HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO ## DECRETO SE 16/26 LMLG/JPG DECRETO.Teniendo conocimiento de la PROPUESTA PARA LA APROBACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELLA EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DEL que presenta la Jefa del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, EXP. SE 16/26, Servicio de Contratación (P.A.) a la aprobación del Órgano de Contratación, del siguiente tenor literal: 'PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELLA EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA. Vista la necesidad de la contratación del servicio de SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELLA EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DEL considerado como una única unidad a efectos EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, del contrato, dada la insuficiencia de medios informada por la Delegación de Sanidad para poder realizar las prestaciones objeto del presente contrato. El presupuesto base de licitación para los dos años de contrato es de TRESCIENTOS MIL , que se desglosa en: EUROS (300.000,00 €) Base 247.933,88 € 21% IVA 52.066,12 € Y con el siguiente cuadro de imputación: | AÑO | BASE | 21% IVA | TOTAL | |-------|--------------|-------------|-----------| | 2026 | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | <!-- image --> <!-- image --> | 2027 | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | |-----------------|----------------|---------------|--------------| | PRESUPUESTO | 247.933,88 € | 52.066,12 € | 300.000,00 € | | 2028 (PRÓRROGA) | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | 2029 (PRÓRROGA) | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | Total PRÓRROGA | 247.933,88 € | 52.066,12 € | 300.000,00 € | | VALOR ESTIMADO | 495.867,76 € | | | CONSIDERANDO que al expediente se han incorporado los siguientes documentos: - Providencia de inicio firmada - Propuesta designación responsable del contrato. - Informe de precios de mercado. - Informe de no división en lotes. - Informe de la valoración de la repercusión del contrato en cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. - Memoria justificativa la necesidad de la contratación, en la que se incluye los criterios de solvencia y valoración. - Informe de insuficiencia de medios. - PPTP. - PCAP. - RCP. - Informe del Titular de la Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO .- Que, el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. CONSIDERANDO .- La necesidad de este Ayuntamiento de tramitar, conforme a las disposiciones legales vigentes, expediente de contratación administrativa que regularice el suministro de referencia. Corresponde, según la Disposición Adicional Segunda, punto 4 de la LCSP, a la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual, cualquiera que sea el importe del contrato. Si bien, en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, punto 3, de 20 de junio 2023, se delegan dichas competencias en favor del del Excmo. Ayuntamiento de Concejal Delegado de Hacienda y Administración Pública Marbella y, emitidos los correspondientes Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas, que han sido informados por el Titular de la Asesoría Jurídica y que será sometidos a informe del Interventor General de la Corporación. <!-- image --> <!-- image --> Al Órgano de Contratación, que adopte el siguiente acuerdo: PROPONGO PRIMERO.el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de APROBAR Prescripciones Técnicas Particulares, para la contratación del SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELLA EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DEL por Procedimiento Abierto, Trámite EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, Anticipado, Regulación Armonizada. SEGUNDO.el procedimiento de contratación por tramitación electrónica; así APROBAR como la aprobación del gasto anual de , que se TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €) desglosa en: Base 247.933,88 € 21% IVA 52.066,12 € Y con el siguiente cuadro de imputación: | AÑO | BASE | 21% IVA | TOTAL | |-----------------|--------------|-------------|--------------| | 2026 | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | 2027 | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | PRESUPUESTO | 247.933,88 € | 52.066,12 € | 300.000,00 € | | 2028 (PRÓRROGA) | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | 2029 (PRÓRROGA) | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | Total PRÓRROGA | 247.933,88 € | 52.066,12 € | 300.000,00 € | | VALOR ESTIMADO | 495.867,76 € | | | El expediente es de conforme al artículo 117.2 LCSP, ya que su tramitación anticipada vigencia será a partir del 1 de enero del 2026, por lo que se somete la adjudicación del presente contrato a la de existencia de crédito adecuado y condición suspensiva suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. Por ello, deberá incorporarse en el expediente con fecha de 2 de enero del año próximo certificación de existencia de crédito y, la fiscalización previa favorable de la Intervención Municipal. <!-- image --> <!-- image --> No obstante, en el caso de que, por circunstancias sobrevenidas no pudiera procederse a consignar los créditos correspondientes en los presupuestos futuros, el Ayuntamiento quedará exento de la indemnización al contratista adjudicatario por el lucro cesante producido por la no realización del servicio. Igualmente, disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que se aprueban y que se consideran parte integrante del contrato. TERCERO.Designar como responsable del contrato a D. Francisco Javier Becerra Romero, Biólogo del Excmo. Ayto. de Marbella. CUARTO. - Que se proceda a llevar a cabo la publicación de los anuncios correspondientes, así como cuantos trámites administrativos sean necesarios para el buen fin de este procedimiento.' Vista la propuesta de resolución PR/2025/23280 de 7 de octubre de 2025 fiscalizada favorablemente con fecha de 8 de octubre de 2025. Por todo ello, en ejercicio de las competencias que me están conferidas por la legislación vigente y en virtud del punto 3º, de la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria y urgente, de 20 de Junio de 2023, en delegación de competencias, ## RESOLUCIÓN PRIMERO.el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de APROBAR Prescripciones Técnicas Particulares, para la contratación del SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELLA EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALES DEL por Procedimiento Abierto, Trámite EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, Anticipado, Regulación Armonizada. SEGUNDO.el procedimiento de contratación por tramitación electrónica; así APROBAR como la aprobación del gasto anual de , que se TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €) desglosa en: Base 247.933,88 € 21% IVA 52.066,12 € Y con el siguiente cuadro de imputación: | AÑO | BASE | 21% IVA | TOTAL | |-------------|--------------|-------------|--------------| | 2026 | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | 2027 | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | PRESUPUESTO | 247.933,88 € | 52.066,12 € | 300.000,00 € | <!-- image --> <!-- image --> | 2028 (PRÓRROGA) | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | |-------------------|----------------|---------------|--------------| | 2029 (PRÓRROGA) | 123.966,94 € | 26.033,06 € | 150.000 € | | Total PRÓRROGA | 247.933,88 € | 52.066,12 € | 300.000,00 € | | VALOR ESTIMADO | 495.867,76 € | | | El expediente es de conforme al artículo 117.2 LCSP, ya que su tramitación anticipada vigencia será a partir del 1 de enero del 2026, por lo que se somete la adjudicación del presente contrato a la de existencia de crédito adecuado y condición suspensiva suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. Por ello, deberá incorporarse en el expediente con fecha de 2 de enero del año próximo certificación de existencia de crédito y, la fiscalización previa favorable de la Intervención Municipal. No obstante, en el caso de que, por circunstancias sobrevenidas no pudiera procederse a consignar los créditos correspondientes en los presupuestos futuros, el Ayuntamiento quedará exento de la indemnización al contratista adjudicatario por el lucro cesante producido por la no realización del servicio. Igualmente, disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que se aprueban y que se consideran parte integrante del contrato. TERCERO.Designar como responsable del contrato a D. Francisco Javier Becerra Romero, Biólogo del Excmo. Ayto. de Marbella. CUARTO. - Que se proceda a llevar a cabo la publicación de los anuncios correspondientes, así como cuantos trámites administrativos sean necesarios para el buen fin de este procedimiento. QUINTO.Dar cuenta del presente decreto a la Junta de Gobierno Local. En Marbella a fecha y hora indicadas a pie de firma electrónica. ## DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE <!-- image -->