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Pliego Técnico
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## Expediente Nº. LICT/99/024/2024/0133
Pliego de Prescripciones Técnicas para la Contratación del servicio de mantenimiento integral de los ascensores de FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº61.
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## ÍNDICE
| 1. | OBJETO.......................................................................................................................3 |
|------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 2. | NORMATIVA DE APLICACIÓN ......................................................................................3 |
| 3. ALCANCE DEL | SERVICIO...............................................................................................4 |
| 4. EJECUCIÓN DEL SERVICIO DE | MANTENIMIENTO...........................................................4 |
| 4.1 | Acta inicial.............................................................................................................4 |
| 4.2 | Alcance..................................................................................................................5 |
| 4.3 | Centros objeto del contrato ...................................................................................5 Unidades de prestación de |
| 4.3.1. | servicios y Hospitales de Dia.........................................5 |
| 4.3.2. | Hospitales con internamiento e instalaciones críticas .............................................5 |
| 4.4 | Mantenimiento Preventivo....................................................................................6 |
| 4.5 | Mantenimiento Correctivo.....................................................................................6 |
| 4.6 | Mantenimiento Técnico-Legal................................................................................7 |
| 5. TIEMPO DE | RESPUESTA...............................................................................................7 |
| 6. | TIEMPO DE SOLUCIÓN.................................................................................................8 |
| 7. | SERVICIOS EXCLUIDOS.................................................................................................8 ÓRGANO DE |
| 8. | CONTROL................................................................................................8 |
| 9. | GESTIÓN INFORMATIZADA..........................................................................................9 |
| 10. | CONTROL DE CALIDAD.................................................................................................9 |
| 11. | MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES ...........................................................................10 |
| 11.1 | Medios Humanos.............................................................................................10 |
| 11.2 | |
| 12. | Medios materiales ...........................................................................................10 |
| 13. | OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES........................................................................11 RECLAMACIONES ......................................................................................................11 |
| 14. | PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.......................................................................11 |
| 15. | DEVOLUCION DE GARANTÍA......................................................................................12 |
| 16. | ANEXOS....................................................................................................................12 |
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## 1. OBJETO
El objeto del presente Pliego es describir las características técnicas que regirán en la contratación del servicio de mantenimiento integral de los ascensores de FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 61.
Los trabajos objeto de la presente licitación deberán llevarse a cabo en las condiciones descritas en el presente Pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas por las que se rige la licitación debiendo, a su vez, observar los Anexos a la presente contratación, teniendo todos los documentos carácter contractual.
El conjunto de actividades objeto de esta licitación van encaminadas a asegurar el correcto funcionamiento de los aparatos de elevación de FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 61.
La instalación de nuevos ascensores por parte de FREMAP no implica que los mismos tengan que ser adquiridos al fabricante de la empresa adjudicataria. En ningún caso, el adjudicatario pasará a ocuparse del mantenimiento de los aparatos elevadores que se encuentren dentro del periodo de garantía.
## 2. NORMATIVA DE APLICACIÓN
Además de la normativa general de aplicación, el Pliego de Cláusulas Administrativas y el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, la ejecución del contrato se encuentra sujeta al cumplimiento de la normativa y legislación de carácter técnico enumerada a continuación:
## A. Seguridad y Salud
- -Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, haciendo constar a la empresa adjudicataria la obligatoriedad de designar uno o varios trabajadores para ocuparse de las tareas de prevención de riesgos profesionales o de, en su caso, constituir un Servicio de Prevención específico dentro de la empresa, o concertar dicho servicio con una entidad especializada; Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, en materia de coordinación de actividades empresariales.
- -Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención; Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, de Señalización de Seguridad y Salud en el trabajo; Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo.
## B. Medio ambiente
- -Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
- -Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
## C. Normativa técnica especifica:
- -Reglamento de Aparatos Elevadores y demás disposiciones aplicables: Orden 30/06/1966; Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos; Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad
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del parque de ascensores existente; Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores;.
- -Condiciones de los aparatos elevadores de propulsión hidráulica. Orden 30/07/1974 y demás disposiciones aplicables.
## D. Varios:
- -Instrucciones y criterios complementarios que se reciban de FREMAP.
Esta clasificación normativa no tiene carácter restrictivo, debiendo observarse en la ejecución de los trabajos cualquier otro tipo de reglamento, norma o instrucción oficial (de carácter estatal, autonómico o municipal) que, aunque no se mencione explícitamente en este documento, pueda afectar al objeto del contrato, así como las posibles modificaciones legales que puedan afectar a las normas de aplicación.
Si durante el periodo de vigencia del contrato, se produjera un cambio en la legislación aplicable que afectara a algún centro de FREMAP, el adjudicatario estará obligado a informar del mismo, indicando a que centros afecta y ofrecer una solución inmediata que garantice la correcta ejecución de los servicios.
## 3. ALCANCE DEL SERVICIO
El alcance del servicio comprende las tareas de mantenimiento integral de las instalaciones de ascensores en determinados centros de FREMAP.
El presente documento constituye una descripción de las condiciones establecidas para la realización de las actividades de mantenimiento integral. El objeto del contrato se desarrollará en los centros de FREMAP y en las instalaciones que se especifican en el Anexo 1 y Anexo 2 , sobre las cuales deberán realizarse las tareas de Mantenimiento preventivo-técnico legal y correctivo que se describen en los siguientes apartados. Igualmente, se proporciona información sobre su ubicación, dado que el desplazamiento también se encuentra incluido dentro de la ejecución del contrato, siendo esta una partida muy importante a tener en cuenta.
Del mismo modo, es necesario tener en cuenta que el servicio de mantenimiento objeto de esta licitación puede incluir actuaciones adicionales que proporcionarán a FREMAP un plus de calidad y fiabilidad en sus instalaciones, según los estándares establecidos por esta entidad.
## 4. EJECUCIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
## 4.1 Acta inicial
Las condiciones de la instalación serán comprobadas por el adjudicatario durante el primer mes de vigencia del contrato, emitiendo un informe detallado de las posibles incumplimientos legales obervados observadas, con el fin de que FREMAP proceda, en el supuesto de que entienda necesario, a su adecuación normativa. Dicho informe contendrá una ficha individualizada por cada aparato de acuerdo con el formato que se adjunta como Anexo 3 y tendrá la consideración de exhaustivo, por lo que aquello que no sean defectos u omisiones de incumplimiento normativo y no tengan la consideración de vicios ocultos podrá serle exigido con posterioridad.
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El informe deberá verificar, que todos los equipos e instalaciones son capaces de realizar las prestaciones previstas por los fabricantes de los equipos, siempre que las condiciones de instalación respondan a lo exigido en los documentos técnicos.
Con carácter previo a su elaboración, se le entregará al adjudicatario la documentación técnica necesaria de cada ascensor para proceder a la confección del acta inicial.
## 4.2 Alcance
El mantenimiento objeto de licitación a efectuar en los aparatos de elevación de FREMAP, tendrá el alcance que a continuación se señala:
- -Mantenimiento preventivo establecido en el pliego: nivel mínimo establecido en el Anexo 4 .
- -Mantenimiento correctivo derivado de las averías que puedan surgir en su funcionamiento.
- -Mantenimiento técnico-legal dirigido a garantizar, en todo momento, el respeto absoluto de la normativa que resulte de aplicación.
El contrato de mantenimiento se regirá por el principio de TODO RIESGO, en lo que concierne al coste del suministro de mano de obra, desplazamientos, herramientas, medios y productos de limpieza, tratamiento y conservación necesaria de las instalaciones, incluido el suministro de repuestos para cualquier tipo de avería, salvo las expresamente exceptuadas en el presente pliego o derivadas de modificaciones normativas después de la publicación de estos pliegos.
## 4.3 Centros objeto del contrato
## 4.3.1. Unidades de prestación de servicios y Hospitales de Dia.
Se entiende por tal la totalidad de los centros menores objeto del presente pliego recogido en el Anexo 1 , salvo los expresamente mencionados en el apartado 4.3.2 del presente pliego.
La empresa adjudicataria tendrá que conseguir una disponibilidad mínima en todas y cada una de las instalaciones del 96%, entendiéndose por tal el tiempo en el que el aparato elevador se encuentra en servicio. El cálculo del tiempo se realizará de acuerdo a la aplicación informática que el adjudicatario pondrá a disposición de FREMAP.
No se contabilizarán como tiempo de no disponibilidad, aquellos periodos que se pueda demostrar que fueron motivados por negligencia o manipulación indebida por parte del usuario o por las labores de mantenimiento preventivo.
En el mantenimiento preventivo cuya ejecución implique dejar a los ascensores fuera de servicio, serán autorizados previamente por el director de la unidad de prestación de servicios que será avisado con una semana de antelación realizándose en horario laborable (08.00 a 20.00 de lunes a viernes). No obstante, si por causas de organización excepcionales se debiese ejecutar mantenimiento preventivo un sabado, no se cobraran costes adicionales a FREMAP al respecto.
## 4.3.2. Hospitales con internamiento e instalaciones críticas
Se considerarán hospitales en cuanto a dichas especificidades las instalaciones recogidas en el Anexo 2 , teniendo la consideración de instalaciones críticas las recogidas en el Anexo 2.
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## ➢ Disponibilidad
La empresa mantenedora se compromete a conseguir una disponibilidad media de cada una de las instalaciones no críticas del 97%.
En el supuesto de instalaciones críticas para el servicio, recogidas en el Anexo 2 , la disponibilidad del servicio será el 98 %.
No se contabilizarán como tiempo de no disponibilidad, aquellos periodos que fueron motivados por negligencia, y manipulación indebida por parte del usuario o por las labores de mantenimiento preventivo.
En el mantenimiento preventivo cuya ejecución implique dejar a los ascensores fuera de servicio, serán autorizados previamente por el director del hospital que será avisado con una semana de antelación realizándose en horario laborable (08:00 a 20:00 de lunes a domingo de 8:00 a 20:00).
## 4.4 Mantenimiento Preventivo
Será realizado para la totalidad de las instalaciones señaladas en el presente pliego, y sus equipos componentes, de forma programada, realizando todas aquellas acciones que tiendan a conseguir el correcto funcionamiento de los ascensores desde el punto de vista funcional (evitando que se produzca la avería o el fallo), de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección del medio ambiente. Cualquier material que sea necesario sustituir, salvo en los servicios excluidos recogidos en el presente pliego, serán a cargo del adjudicatario. Asimismo, todos los materiales empleados serán repuestos y/o
recambios nuevos y originales del fabricante del ascensor.
Las tareas mínimas de mantenimiento preventivo y su periodicidad serán las recogidas en el Anexo 4, o en el supuesto de que las aquí reflejadas sean menores a las establecidas en el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», para aquellos aparatos elevadores que están dentro del ámbito de actuación de la citada normativa o por la normativa que lo sustituya durante la vigencia del contrato, serán de aplicación las reflejadas en dicha normativa.
Para los aparatos elevadores recogidos en el presente pliego y que no están en el citado ámbito de aplicación, se realizarán las tareas citadas en el párrafo anterior con periodicidad trimestral.
## 4.5 Mantenimiento Correctivo
Se realizaran todas las reparaciones derivadas de averias que puedan surgir en el transcurso del contrato, salvo las reparaciones que se ocasionen por modificaciones normativas asi como las expresamente exceptuadas en el presente pliego. Para las reparaciones incluidas dentro del precio del contrato, se deberá tener en cuenta que se incluyen todos los costes imputables, como por ejemplo materiales, desplazamiento, mano de obra… etc.
La empresa adjudicataria contará tanto con un servicio de atención telefónica 24 horas del día y una dirección de correo electronico, los 365 días al año, como de un servicio técnico con la misma disponibilidad que acudirá a solucionar cualquier tipo de incidencia que se produzca en los centros recogidos en el apartado 4.3.
Cualquier material que sea necesario sustituir, salvo en los servicios excluidos recogidos en el presente pliego serán a cargo del adjudicatario, asimismo todos los materiales empleados serán repuestos y/o recambios originales del fabricante del ascensor.
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## 4.6 Mantenimiento Técnico-Legal
Será realizado sobre aquellos ascensores que se encuentren en la red de centros de FREMAP, según las especificaciones de los reglamentos industriales de obligado cumplimiento que estén en vigor, y las que se pudieran promulgar durante el periodo de vigencia del contrato.
Las actuaciones a realizar serán las descritas en los distintos reglamentos industriales vigentes tanto de tipo preventivo, como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio, así como las dispuestas en el presente pliego, por lo que el adjudicatario dispondrá de la acreditación que corresponda en cada caso.
Si durante el periodo de vigencia del contrato, se produjera un cambio en la legislación aplicable que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el adjudicatario vendrá obligado a proponer por escrito a FREMAP, las modificaciones necesarias para adecuar las mismas a lo ordenado en la disposición normativa dentro de 15 días desde promulgación de la norma para el cumplimiento de los plazos previstos en la misma. Los gastos que ocasionen dicha adecuación serán presupuestados por el adjudicatario, no siendo obligatoria la aceptación de dichos presupuestos por la propiedad. Además, si la empresa adjudicataria no hubiese realizado esta propuesta dentro de los plazos previstos en la disposición legal, y como consecuencia de ello FREMAP fuese sancionada por la autoridad competente, el importe de la misma será descontado de la facturación al adjudicatario.
La empresa adjudicataria cumplimentará los libros de mantenimiento oficiales, exigidos por las distintas normativas en vigor para las instalaciones que lo necesiten, tomando para si las responsabilidades que se derive del articulado de las mismas.
En los casos que por imperativo legal, las revisiones periódicas tengan que ser realizadas obligatoriamente por una entidad de inspección y control o por técnicos de la Administración, el adjudicatario comunicará a la propiedad con la debida antelación la necesidad, siendo realizada por la OCA autorizada que establezca la propiedad.
La empresa adjudicataria estará obligada, tal y como se establece en la normativa en vigor, a estar presente en las diferentes inspecciones que la OCA realice, sin que estas visitas supongan un coste adicional para FREMAP.
Los costes de reparacion que se puedan derivar del informe de la OCA estarán incluidas dentro del precio del contrato, y por tanto serán asumidos por el adjudicatario, salvo que dichas reparaciones sean provocadas por cambios en la normativa en cuyo caso el coste de reparacion seria asumido por FREMAP.
## 5. TIEMPO DE RESPUESTA
Tiempo transcurrido desde la llamada al centro de atención hasta el inicio de las actuaciones para la solución del problema. Se establece en el siguiente cuadro:
| MOTIVO | TIEMPO MÁXIMO |
|------------|-----------------|
| Urgente | 1 hora |
| No urgente | 3 horas |
La urgencia de la actuación la determinará FREMAP en cada momento.
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## 6. TIEMPO DE SOLUCIÓN
El tiempo de solución se entiende como el tiempo transcurrido desde la llamada por parte de FREMAP hasta la efectiva puesta en marcha del aparato elevador.
| ASCENSORES HOSPITALARIOS | TIEMPO MÁXIMO |
|----------------------------|-----------------|
| Ascensores críticos | 2 horas |
| Ascensores no críticos | 4 horas (*) |
## Los ascensores críticos son los recogidos en el Anexo 2 .
Los técnicos de mantenimiento actualizarán en un plazo de 48 horas como máximo, las actuaciones tendentes a reflejar sobre las actuaciones de cualquier tipo de mantenimiento realizadas en el soporte informático al que FREMAP tenga acceso, sin perjuicio de que dejen al responsable del centro copia del parte o protocolo de los servicios o revisiones realizados.
Todas las averias ocasionadas en los ascensores hospitalarios serán consideradas de carácter urgente, independientemente si estas averias afectan a ascensores críticos o no críticos.
(*) En el caso de haberse ofertado reducción de plazo en el criterio 2 . Reducción del tiempo máximo de solución (ascensores no criticos) , el plazo será el ofertado.
## 7. SERVICIOS EXCLUIDOS
1. Las reparaciones o sustitución de aquellos materiales o piezas deterioradas por el mal uso, o por causas ajenas a la utilización racional de las instalaciones, así como los desperfectos ocasionados por actos vandálicos, incendios o siniestros que afecten al edificio.
2. Cualquier cambio en las características o aportación de elementos no incluidos originariamente en el proyecto de los ascensores, los deterioros en la estética de la instalación, los desperfectos en la decoración de cabinas, espejos, defectos de pintura, en hojas y marcos de puertas.
3. Las modificaciones que puedan ser ordenadas por los Organismos Oficiales Autorizados, siempre que los mismos sean a consecuencia de la aplicación de normativa cuya entrada en vigor sea posterior al acta inicial que el adjudicatario está obligado a realizar, o de defectos en estas actas iniciales recogidas y que FREMAP hubiese decidido no solucionar.
## 8. ÓRGANO DE CONTROL
FREMAP a lo largo del periodo de vigencia del contrato podrá establecer aquellos controles que estime oportunos para la verificación del correcto mantenimiento, que podrán ser realizados por entidades de control independientes, siendo por cuenta del adjudicatario los gastos de realización de los mismos. En todo caso, el número de controles a realizar por FREMAP no será superior a dos controles por ejercicio, y tendrá la finalidad de comprobación de aquellos requisitos que exige la legislación vigente y los pliegos que regulan la presente licitación.
Pliego de Prescripciones Técnicas Página 8 de 12 Si a raíz de estos controles o durante el servicio de mantenimiento se detectan anomalías en el mantenimiento de ascensores objeto de licitación o en el tiempo de respuesta de las emergencias o averías detectadas, FREMAP levantará un acta de disconformidad, que será notificada al adjudicatario, el cual deberá subsanar las deficiencias con la mayor inmediatez y, en todo caso, en un plazo máximo de 3 días, remitiendo a FREMAP un informe pormenorizado de las causas que han motivado las desviaciones, medios puestos en práctica para corregirlas, y finalmente tiempo de resolución.
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## 9. GESTIÓN INFORMATIZADA
La empresa adjudicataria debera tener implantado un programa de gestión informatizada del servicio, que permita organizar y cuantificar todas las operaciones descritas en los apartados anteriores. Dicho programa deberá estar en funcionamiento y activo en FREMAP, en el plazo de dos meses desde la firma del contrato.
La aplicación informática deberá permitir la verificación de cualquier tipo de operación de mantenimiento realizada y agrupando las instalaciones por centro asistencial indicando:
- Fecha de y hora de inicio y fin del mantenimiento.
- Actuaciones realizadas.
- Informe detallado de las averías de cada instalación indicando:
- o Fecha y hora de la incidencia.
- o Fecha y hora de la actuación o reparación.
- o Tipo de incidencia.
- o Tiempo, materiales y medios utilizados.
- o Causa o posibles causas de la misma.
- Verificar el histórico de revisiones, averías y control de organismos públicos.
- Disponibilidad por aparato.
Todos los datos recogidos en el programa recogidos son propiedad de FREMAP, debiendo ser entregados a la finalización del presente contrato en un formato informático compatible con el sistema operativo que FREMAP tenga vigente en ese momento y en soporte papel.
La puesta en marcha del sistema será totalmente realizada por el adjudicatario, sin que ello suponga coste adicional para FREMAP.
El programa descrito en este punto, debe de permitir el acceso al mismo por parte de varias personas designadas por FREMAP, de manera remota, no pudiendo el programa entrar a formar parte de la estructura informática de FREMAP.
## 10. CONTROL DE CALIDAD
La empresa adjudicataria declara que conoce el Sistema de Calidad de FREMAP, que establece que si la empresa contratada tiene un incumplimiento de los servicios contratados, por razón de los plazos, la normativa vigente, o cualquiera de las cláusulas estipuladas en el contrato, el Centro de FREMAP afectado podrá abrir una No conformidad.
A raíz de esta No conformidad, la empresa adjudicataria deberá subsanar las deficiencias con la mayor inmediatez, (no pudiendo superar las 72 horas), emitiendo a FREMAP un informe pormenorizado de las causas que han motivado las desviaciones, medios puestos en práctica para corregirlas y, finalmente, tiempo de resolución.
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Si debido a la mala ejecución del servicio fuesen necesarios efectuar actuaciones extraordinarias, en las instalaciones de FREMAP relacionadas con el objeto de licitación, serán por cuenta del adjudicatario los gastos ocasionados por las mismas.
## 11. MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES
## 11.1 Medios Humanos
La empresa adjudicataria deberá contar con personal suficiente a efectos de llevar a buen término la ejecución del servicio, y en ningún caso se permitirá la subcontratación de personal en el servicio de mantenimiento de ascensores objeto de este contrato.
Asimismo, la empresa adjudicataria deberá contar con un personal formado en la tecnología de las diferentes marcas de ascensores, para poder hacer frente a cualquier reparación de los mismos.
La empresa adjudicataria designará un responsable del contrato con experiencia probada en la dirección de mantenimiento de ascensores, que actuará como interlocutor único para FREMAP y velará por la correcta ejecución del mismo en los términos establecidos en la normativa vigente. Estará localizado permanentemente para la resolución de posibles incidencias.
Será la figura de interlocutor válido ante la propiedad y representará al adjudicatario en todos los asuntos relacionados con el objeto del contrato. Facilitará y emitirá, todo tipo de información y documentación que la propiedad le solicitase en relación con el cumplimiento del contrato.
La empresa propuesta como adjudicataria aportará a requerimiento de FREMAP previamente a la adjudicación del contrato nombre, apellidos, correo electrónico y teléfono de contacto de la persona designada para estas funciones.
## 11.2 Medios materiales
La empresa adjudicataria dispondrá de un domicilio social o delegación en España, disponiendo de un local definido y provisto de teléfono, y pondrá a disposición de FREMAP una dirección de correo electrónico y un servicio de atención telefónica que debe estar disponible las 24 horas los 365 dias de la semana.
Serán por cuenta del adjudicatario la totalidad de herramientas, equipos de medida, elementos elevadores, plataformas, materiales, utillaje… necesario para llevar a cabo las actividades objeto del presente pliego (aunque esto suponga el tener que alquilar algunos de estos elementos, cuyo coste será a cargo de la empresa adjudicataria), dotándose al personal, de aquellas, que en función de su especialidad sean necesarias para una perfecta ejecución de los trabajos.
El licitador deberá instalar la tecnología suficiente que permita la comunicación bidireccional entre el ascensor y el centro de atención 24 h mediante sistemas inalámbricos sin que la misma suponga coste adicional a FREMAP.
Todos los materiales empleados en las reparaciones y en las revisiones de mantenimiento preventivo serán repuestos y recambios nuevos y originales de los fabricantes de los equipos.
Tambien se deberán tener en cuenta como medios materiales, el sistema informativo implantado en los términos mencionados en el apartado 9 del presente pliego.
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## 12. OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES
La empresa adjudicataria deberá velar por el estricto cumplimiento de la normativa medioambiental vigente, así como aquella que se pudiera promulgar durante la duración del contrato en relación al objeto de licitación, adoptando para ello las medidas necesarias para su cumplimiento.
En el supuesto de producirse cualquier incidente medioambiental causado por la empresa adjudicataria, responderá la misma frente a las consecuencias que pudieran derivarse del incidente, liberando a FREMAP de cualquier responsabilidad y restaurando el entorno medioambiental alterado.
Para evitar cualquier incidencia de origen medioambiental, la empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión y, en especial, las referidas a evitar emisiones contaminantes a la atmósfera, abandono de cualquier tipo de residuo y ruidos, teniéndose éstos también en cuenta a la hora del uso de maquinaria.
Si a pesar de lo señalado en el párrafo anterior tiene lugar durante la ejecución de los trabajos cualquier tipo de incidente medioambiental, éste se comunicará inmediatamente a FREMAP, que podrá requerir a la empresa adjudicataria, incluso por escrito, la información al respecto que considere oportuna.
## 13. RECLAMACIONES
La empresa adjudicataria deberá resolver cualquier tipo de reclamación presentada por FREMAP en relación a la calidad del servicio prestado, demoras en el arreglo de averías, facturas emitidas, etc. y demás consideraciones que puedan llegar a ser penalizadas, siguiendo las pautas marcadas en el Pliego de Clausulas Administrativas al respecto de Penalidades y Resolución del Contrato.
Esta reclamación será presentada mediante correo electrónico ante el gestor tecnico y/o responsable de contrato asignado por parte del adjudicatario, para la resolución de las incidencias en el plazo de tiempo que se otorgue o para que no vuelva a repetirse en caso que no sea posible la subsanación de dichas incidencias.
## 14. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La empresa adjudicataria facilitará a sus trabajadores la totalidad de equipos de protección, individuales y colectivos derivados de su evaluación de riesgos, estando los mismos obligados a su uso correcto en todas aquellas operaciones donde existan riesgos de accidentes que puedan prevenir con su utilización.
En el momento de inicio de actividades en las instalaciones de FREMAP, la empresa adjudicataria recibirá las Normas de prevención para empresas externas, documento que será de obligado cumplimiento durante toda la vigencia del contrato, así como cualquier actualización que pueda producirse en las mismas.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, sobre coordinación de la actividad preventiva, la empresa contratada debe entregar para la firma del contrato la siguiente documentación:
## -Declaración de modalidad PRL (*)
(*) documentación disponible en el perfil del contratante de la Mutua:
Hacer click en el Hipervínculo (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilContratante):
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1. En el campo 'Nombre O. Contratación' buscar FREMAP
2. Seleccionar la pestaña 'Director Gerente de FREMAP'
3. Seleccionar la pestaña 'Documentos'
4. Dentro del apartado 'Otros documentos'
5. Descargar el documento 'DECLARACION MODALIDAD PRL'
## 15. DEVOLUCION DE GARANTÍA
En relación con la devolución de la garantía, se indica lo siguiente:
- -CANTIDAD : 5% (La exigencia en su caso de garantía definitiva, en los términos, condiciones y plazo indicados en la normativa de contratación, se indicará en el CUADRO RESUMEN del Pliego de cláusulas Administrativas).
- -SE DEVUELVE : se devolverá cuando se haya cumplido satisfactoriamente la prestación;
- -SOLICITUD : Para la devolución de la garantía, se avisará al adjudicatario desde FREMAP, de su puesta a disposición para proceder a recogerla, enviando una comunicación al correo electrónico del responsable del contrato, (debiendo el adjudicatario informar de cualquier cambio en dicha figura, a través del portal del proveedor de FREMAP).
## 16. ANEXOS
La información y los Anexos de la presente licitación podrán ser consultados a través del perfil de contratante de FREMAP, mediante el acceso a la siguiente dirección electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público: www.contrataciondelestado.es
Asimismo, toda la información estará disponible en el Portal de Licitación Electrónica de FREMAP (https://licitacion.fremap.es)
Como ya se ha indicado, todos los anexos que se mencionan se incluyen en la carpeta 'ANEXOS.zip' y son:
Anexo 1 - Dirección de las UPS.
Anexo 2 - Dirección de los centros hospitalarios y ascensores críticos.
Anexo 3 - Inspección Acta Inicial.
Anexo 4 - Plan de mantenimiento preventivo.