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PLIEGO DE CONDICIONES DE CONTRATACIÓN CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y GESTIÓN ENERGÉTICA E HÍDRICA, CONTROL DE LA FACTURACIÓN Y PLATAFORMA DE GESTIÓN DE RECURSOS ENERGÉTICOS E HÍDRICOS, INCLUYENDO LA GESTIÓN INTELIGENTE Y OPTIMIZACIÓN ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.M.E., S.A. 1.- OBJETO: El objeto del presente pliego es establecer las cláusulas que sirvan de base a la licitación abierta electrónica para la contratación del servicio de asesoramiento y gestión energética e hídrica, control de la facturación y plataforma de gestión de recursos energéticos e hídricos, incluyendo la gestión inteligente y optimización energética de las instalaciones de los establecimientos de Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A. (en lo sucesivo Paradores). Al presente pliego le acompaña como parte integrante del mismo, el Pliego de Prescripciones Técnicas y condiciones de los servicios a contratar, al que deberán ajustarse las diferentes propuestas que se presenten. Para cualquier consulta técnica o administrativa de la presente licitación deberán dirigirlas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Para cualquier consulta técnica al respecto deberán ponerse en contacto con la Dirección de Sostenibilidad de Paradores, Sr. D. Manuel Martos Fernández en el Tfno.: 91.516.66.84 ó Sr. D. Benedicto Delgado Andrés en el Tfno.: 91.211.21.25. Otras consultas (dudas del procedimiento de contratación/plazo de presentación, temas contractuales...), con la Dirección de Inversiones y Compras, Att. Sr. D. Rafael Cascos Amaro, Tfno.: 91.516.67.85. 2.- RÉGIMEN JURÍDICO: El contrato que se suscriba con el adjudicatario, del que forman parte integrante este pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus respectivos anexos, tiene carácter privado. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en los pliegos de Condiciones de Contratación y de Prescripciones Técnicas. Para lo no previsto en los mencionados pliegos de Condiciones de Contratación y de Prescripciones Técnicas, el contrato se regirá por la Instrucción Interna de Contratación de Paradores y por lo dispuesto en los artículos 321, 322 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Contra las actuaciones realizadas en la preparación y adjudicación del presente contrato, podrá interponerse recurso en vía administrativa, ante el titular de la Secretaría de Estado de Turismo, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la correspondiente actuación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por los artículos 321.5 de la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Público, 7.6.a) del Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo. Nota: Para interponer recurso de alzada deberá acceder al siguiente enlace: https://sede.minetur.gob.es/es- es/procedimientoselectronicos/Paginas/detalle-procedimientos.aspx?IdProcedimiento=157 El orden jurisdiccional Contencioso Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con las actuaciones realizadas para la preparación y adjudicación de los contratos que se celebren por Paradores, para la adquisición de suministros, obras y servicios. 1

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