202602401 Pliego de Prescripciones Tecnicas.pdf
Pliego Técnico
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA SANITARIA EN UN CENTRO HOSPITALARIO EN BIZKAIA EN LA MARGEN IZQUIERDA DEL NERVIÓN- COMARCA EZKERRALDEA- ENKARTERRI PARA 'MUTUALIA', MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL N.º 2
## CLÁUSULA 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato al que se refiere el presente pliego tiene por objeto la contratación de los servicios de asistencia sanitaria hospitalaria y ambulatoria en un Centro hospitalario (en adelante CH) en Bizkaia, en la margen izquierda del Nervión, Comarca EzkerraldeaEnkarterri, para 'MUTUALIA', Mutua Colaboradora con la Seguridad Social N.º 2 (En lo sucesivo Mutualia o la Mutua), con destino a los y las trabajadores/as protegidos/as en las Contingencias Comunes y Contingencia Profesionales adheridos/as a Mutualia, así como los y las pacientes derivadas de conciertos autorizados por esta Mutua, en el área de cobertura asistencial principalmente de la margen izquierda del Nervión- Comarca Ezkerraldea- Enkarterri y pacientes ubicados en Cantabria.
La asistencia sanitaria objeto de esta licitación comprende aquellos servicios que no podemos obtener con medios propios, concertados o por otras Mutuas y se concreta en las siguientes actuaciones asistenciales:
- Asistencia de Urgencias 24h
- Hospitalización
- Intervenciones quirúrgicas urgentes y programadas
- Consultas externas de especialistas
- Interconsultas hospitalización
- Radiodiagnóstico y otras pruebas diagnósticas complementarias
- Rehabilitación
Mutualia promueve esta contratación por la insuficiencia y falta de adecuación de los medios propios personales, técnicos, estructurales, y/o materiales para cubrir las necesidades y servicios que se pretenden satisfacer por medio del contrato.
Mutualia durante la vigencia del concierto y según las necesidades provocadas por la propia naturaleza inherente de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, podrá solicitar la asistencia sanitaria de cualquier servicio/especialidad en todas las modalidades asistenciales que disponga el hospital en el momento en el que sea requerido.
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Por ello, el licitador deberá ofertar toda su cartera de servicios.
El licitador podrá subcontratar servicios asistenciales y no asistenciales para la prestación sanitaria en el Centro Hospitalario ofertado. En todo caso, cualquier servicio prestado en dicho centro, deberá ser facturado exclusivamente por el adjudicatario.
## CLÁUSULA 2ª.- LUGAR Y HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La asistencia sanitaria contratada deberá prestarse desde un Centro Hospitalario (CH) que deberá estar ubicado en Bizkaia, en la margen izquierda del Nervión, Comarca Ezkerraldea- Enkarterri y disponer de buena accesibilidad mediante transporte público y privado.
Los Servicios de Urgencias y Hospitalización se prestarán las 24 horas al día, los 365 días al año. Las consultas externas estarán operativas en días laborables de lunes a viernes, mediante derivación con cita previa.
El Servicio de Rehabilitación se llevará a cabo de lunes a viernes, en horario de mañana y tarde, siendo los responsables de la indicación y tipo de rehabilitación los Servicios Médicos de Mutualia, así como del control de las bajas y de las altas del servicio.
## CLÁUSULA 3ª.- COBERTURA ASISTENCIAL Y MEDIOS TÉCNICOS
La gestión del servicio a prestar deberá incluir de forma específica y como requisito indispensable las siguientes actividades:
| C.1 Hospital (Centro con internamiento) |
|-------------------------------------------|
| U.2 Enfermería |
| U.6 Alergología |
| U.7 Cardiología |
| U.8 Dermatología |
| U.10 Endocrinología |
| U.13 Medicina Interna |
| U.16 Neumología |
| U.17 Neurología |
| U.18 Neurofisiología |
| U.24 Reumatología |
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| U.26 Ginecología |
|-----------------------------------------|
| U.35 Anestesia y Reanimación |
| U 36 Tratamiento del dolor |
| U.39 Angiología y Cirugía Vascular |
| U.43 Cirugía General y Digestivo |
| U.46 Cirugía Plástica y Reparadora |
| U.49 Neurocirugía |
| U.50 Oftalmología |
| U.52 Otorrinolaringología |
| U.53 Urología |
| U.55 Cirugía Ortopédica y Traumatología |
| U.57 Rehabilitación |
| U.59 Fisioterapia |
| U.67 Cuidados paliativos |
| U.68 Urgencias |
| U.73 Análisis clínicos |
| U.88 Radiodiagnóstico |
Mutualia se reserva el derecho de aceptar los servicios adicionales que el adjudicatario pueda ofrecer en la oferta presentada durante la vigencia del concierto.
El centro que las empresas licitadoras oferten para realizar los servicios objeto de licitación deberá tener en vigor la correspondiente acreditación/autorización sanitaria de la Comunidad Autonómica correspondiente para todas las actuaciones sanitarias que forman parte del servicio licitado. La autorización sanitaria se tendrá que mantener vigente durante toda la vigencia del contrato.
La asistencia sanitaria prestada por el Centro Hospitalario se llevará a cabo hasta que los servicios médicos de Mutualia decidan continuar la prestación asistencial de cada proceso con sus propios medios y servicios, bien en su propio centro periférico de la margen izquierda del Nervión o en otros centros asistenciales de la Mutua.
El/la adjudicatario/a dispondrá de un procedimiento para registrar la asistencia de cada paciente, a través de un sistema que permita la gestión informática de los datos de los mismos, así como su archivo que cumpla con la normativa legal vigente en cuanto a confidencialidad y seguridad.
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La empresa adjudicataria garantizará el cumplimento de la normativa legal y la asistencia adecuada a los/las pacientes (igualdad de trato, protección de datos para usuarios/as, de los derechos y deberes del/de la paciente en la prestación del servicio, protección y seguridad del/de la paciente durante el tiempo de exploración, documentación sobre consentimiento informado, comunicación e información específica al/a la paciente sobre la asistencia sanitaria a realizar y se le informará del mecanismo y soporte de las reclamaciones y sugerencias, poniendo a disposición del/de la paciente, en caso necesario, las correspondientes hojas de reclamación).
La asistencia sanitaria prestada por la adjudicataria se llevará a cabo hasta que la persona responsable del contrato de Mutualia decida continuar la prestación asistencial de cada proceso en Mutualia con sus propios medios y servicios.
Las instalaciones deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de uso y limpieza, con todo su equipamiento y material necesario, así como se asegurará la adecuada esterilización del material y/o instrumental no fungible que requiera ser esterilizado, disponiendo de los correspondientes registros de la operación.
Todas las asistencias, tratamientos médico-quirúrgicos, exploraciones y pruebas diagnósticas han de realizarse en el centro sanitario ofertado, sin estar permitido la derivación de los pacientes a otros centros, salvo urgencia médica o instrucción expresa de Mutualia. Si el centro sanitario no pudiese atender al trabajador por carecer de medios profesionales o técnicos suficientes y fuese precisa la derivación del trabajador, esta se realizará de acuerdo con Mutualia, a un centro previamente autorizado por la Mutua.
El/la adjudicatario/a deberá adoptar todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto 78/2016 (Departamento de salud del Gobierno Vasco), de 17 de mayo, sobre medidas de seguridad de pacientes que reciban asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios ubicados en Euskadi, además de cumplir con todas las exigencias normativas existentes en cada momento. En caso de duda, podrá dirigirse a la persona responsable del contrato, al igual que deberá notificarle si durante la asistencia sanitaria hubiere algún incidente o efecto adverso.
El centro Hospitalario deberá contar con los medios técnicos y dotación de equipamiento suficientes para garantizar la prestación del servicio contratado, los cuales deberán cumplir con la normativa legal vigente. El/la adjudicatario/a deberá declarar en su oferta técnica todos los recursos materiales (mobiliario y equipamiento) disponibles.
La empresa licitadora deberá contar, como mínimo, con los medios técnicos siguientes:
- Laboratorio de análisis clínicos.
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- Servicio de Rehabilitación.
- 100 camas de hospitalización.
- 3 quirófanos.
- Hospital de DIA con 5 camas.
- Box de Urgencias con 2 camas.
- Servicio Cardiología (Ecocardiograma doppler color, prueba de esfuerzo, ECG).
- Servicio de Neurofisiología (Electroencefalograma, electromiograma, potenciales evocados).
- Servicio de Radiodiagnóstico (TAC, Ecografía, Eco-doppler, RMN, Radiología convencional, Esofagograma, Estudio gastroduodenal, tránsito intestinal, urografía intravenosa, pielografía, uretrocistografía, enema opaco, fistulografía).
La integración entre el proveedor y Mutualia permitirá el envío automático de estudios e informes desde los sistemas del proveedor hacia los sistemas corporativos de Mutualia, garantizando la correcta identificación del paciente y la normalización de los datos clínicos. La comunicación se realizará mediante un canal seguro y con los requisitos técnicos establecidos por Mutualia. El proveedor deberá asegurar la calidad, completitud y transmisión adecuada de la información. Esta integración será obligatoria para garantizar la interoperabilidad con Mutualia.
La asistencia sanitaria objeto de esta licitación se concreta en:
## a) Atención de urgencias:
El CH deberá disponer de un servicio de urgencias (U.68) debidamente autorizado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco. El servicio se deberá prestar con carácter permanente (24horas/365 días) y contar con medios técnicos y humanos según los estándares y recomendaciones del Ministerio de Sanidad para las Unidades de Urgencias Hospitalarias.
## Deberá contar como mínimo con:
- Zona de recepción y sala de espera.
- 2 Boxes de atención en urgencias
- Sala de curas
- Sala de rayos.
El CH de la empresa licitadora debe contar con una atención completa en urgencias. Esta atención conllevará cuando se precise la realización de la cirugía en aquellas patologías urgentes o indemorables.
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La asistencia de urgencias será prestada por el personal sanitario del Centro Hospitalario del/de la adjudicatario/a en los casos en los que el/la paciente precise asistencia fuera del horario de apertura del centro propio de Mutualia más próximo, en el resto de los casos el/la paciente será derivado/a a dicho centro para recibir en el mismo dicha asistencia.
Cuando el paciente no sea derivado directamente desde Mutualia, para la asistencia en urgencias se deberá solicitar al/a la paciente el correspondiente ' Parte de asistencia ' , que servirá como justificante para el cobro de la misma.
La atención en el servicio de urgencias a nuestros/as pacientes deberá ser inmediata, no debiendo esperar para ser atendidos por el personal sanitario más de 20 minutos.
Tras la asistencia en urgencias, la empresa adjudicataria facilitará al/a la paciente el informe médico correspondiente y será derivado/a a nuestros centros de referencia, para que éstos decidan sobre cómo realizar el seguimiento médico.
Si tras la asistencia en el Servicio de urgencias, el/la paciente precisa ingreso hospitalario y/o intervención quirúrgica urgente, el/la adjudicatario/a actuará según criterio médico, poniéndolo en conocimiento de la persona responsable del contrato de Mutualia lo antes posible por la vía que éste/ésta determine. En el caso de precisar intervención quirúrgica no urgente, es preciso que sea autorizado por la persona responsable del contrato de Mutualia para su realización.
Si no se precisa ingreso hospitalario, la adjudicataria facilitará al/a la paciente el informe médico correspondiente y entregará a Mutualia una copia vía telemática encriptada a un buzón de correo electrónico que Mutualia facilitará una vez entre en vigor el contrato, siempre dentro del marco de la normativa sobre Protección de Datos (LOPD). El/la paciente será derivado/a a nuestro centro de referencia el primer día hábil, para que la persona responsable del contrato de Mutualia decida sobre cómo realizar el seguimiento médico.
Para las urgencias quirúrgicas, los licitadores deberán garantizar la disponibilidad de un quirófano con el personal necesario, completamente equipado y en perfecto estado de uso y limpieza, para la realización de intervenciones quirúrgicas de urgencia las 24h los 365 días del año.
## b) Pruebas complementarias y laboratorio
El CH deberá contar con los equipos precisos para realizar las pruebas complementarias precisas y un laboratorio de análisis clínicos para la cobertura asistencial establecida anteriormente.
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Los equipos médicos y de radiodiagnóstico deberán estar en perfecto estado de funcionamiento y contar con un servicio de mantenimiento que garantice tiempos de parada mínimos.
La empresa adjudicataria tiene obligación de mantener actualizada y legalizada toda la documentación correspondiente a la instalación de Diagnóstico por Imagen (certificado de instalación en Industria, programa de garantía de calidad, programa de protección radiológica, etc.,) de acuerdo con la legislación vigente. De igual manera será de obligado cumplimiento la observancia de la normativa legal vigente en cuanto a la ubicación, funcionamiento y seguridad para el resto de los equipos.
Todas las pruebas complementarias se realizarán tanto en régimen hospitalario como ambulatorio a los/las pacientes de Mutualia que las precisen tanto si la necesidad se genera desde la urgencia o los diferentes servicios del CH de la empresa adjudicataria como si se deriva desde los centros asistenciales de Mutualia. En este último caso, el paciente deberá acudir con una Solicitud de Asistencia Especializada (SAE) remitida por Mutualia, que deberá adjuntarse con la factura para el cobro de la misma.
En caso de realizarse una prueba de imagen o de alta resolución, el centro Hospitalario enviará a Mutualia las imágenes telemáticamente a través de una integración entre el proveedor y Mutualia permitiendo el envío automático de estudios e informes desde los sistemas del proveedor hacia los sistemas corporativos de Mutualia, garantizando la correcta identificación del paciente y la normalización de los datos clínicos. La comunicación se realizará mediante un canal seguro y con los requisitos técnicos establecidos por Mutualia. El proveedor deberá asegurar la calidad, completitud y transmisión adecuada de la información. Esta integración será obligatoria para garantizar la interoperabilidad con Mutualia.
El tiempo de espera desde que se solicita la prueba hasta que se realiza y se envía el informe a Mutualia no deberá superar los 7 días hábiles.
Se deberá enviar a Mutualia periódicamente los certificados de revisiones anuales que realiza la UTPR (Unidad Técnica de Protección Radiológica) de la Adjudicataria en sus instalaciones radiológicas.
## c) Hospitalización:
El CH deberá disponer de habitaciones individuales con un espacio mínimo de 10 m 2 y contarán con cama o sofá de acompañante.
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Todas las habitaciones dispondrán de toma de oxígeno y vacío, de un sistema de aviso al control de enfermería.
Los y las pacientes estarán permanentemente asistidos/as por el correspondiente servicio de enfermería y auxiliar sanitario. Será responsabilidad del personal médico asignado al/a la paciente hospitalizado/a el seguimiento de su estancia mientras permanezca ingresado/a.
El Servicio de Hospitalización debe aportar a los/las pacientes ropería desechable y no desechable (todo lo necesario para la higiene y cuidado del/de la paciente) y las dietas correspondientes (desayuno, comida, merienda y cena).
Todas las habitaciones deberán ser adecuadas, en correcto estado de limpieza y actualizadas. Se realizarán encuestas de satisfacción a nuestros/as pacientes; si se detectaran deficiencias en el acondicionamiento de las habitaciones, la empresa adjudicataria deberá atender y solventar dichas deficiencias.
La adjudicataria entregará al alta hospitalaria un informe médico como resultado de la estancia en la unidad de Hospitalización, conforme a la normativa vigente. Dicho informe incluirá la valoración, diagnóstico y tratamiento aplicado, así como una copia de toda la documentación clínica generada y las pruebas complementarias realizadas durante el ingreso del paciente.
En el plazo no superior a un mes, se remitirán además los códigos de procedimientos y de diagnóstico CIE10 adscritos al/a la paciente durante su hospitalización y cirugía.
## d) Bloque quirúrgico
La empresa adjudicataria deberá garantizar la disponibilidad de un quirófano completamente equipado y en perfecto estado de uso y limpieza, para la realización de intervenciones quirúrgicas de urgencia.
El quirófano deberá disponer, como mínimo, del equipamiento suficiente para realizar cirugía con anestesia general. Se considerará imprescindible carro para anestesia, monitorización del paciente, fluidos anestésicos, gases medicinales, dos lámparas quirúrgicas de techo, mesa quirúrgica, bisturí eléctrico, toma de aires medicinales o diferente a la de anestesia para utilización de material monitorizado, tomas de vacío, mesa para instrumental y equipamiento con instrumental básico.
Se considera cirugía urgente la realizada en horario de noche desde las 22:00h a las 8:00 h del día siguiente, fines de semana y festivos. Toda intervención no urgente, obliga a un contacto previo con la persona responsable del contrato de Mutualia para su aprobación.
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Además, el CH deberá contar como mínimo con otros dos quirófanos para las cirugías programadas.
El CH deberá contar además con una Sala de reanimación postquirúrgica (URPA).
En caso de precisar una intervención quirúrgica programada, el tiempo de espera será de máximo 15 días naturales desde la autorización para la intervención por parte de Mutualia. En ese intervalo de tiempo está incluida la visita preoperatoria de anestesiología.
## e) Consultas especialistas
Las empresas licitadoras deberán contar con médicos especialistas, personal de enfermería y otro personal sanitario suficiente, así como con las instalaciones adecuadas y dotadas de los equipos médicos necesarios en el centro sanitario ofertado, para la realización de las consultas médicas tanto en régimen de consultas externas como hospitalarias, para las unidades asistenciales reflejadas anteriormente en esta Cláusula 4ª, que se consideran mínimas y obligatorias y que el centro sanitario ofertado donde se realicen deberán tener acreditadas/autorizadas por la autoridad sanitaria autonómica correspondiente.
El tiempo de respuesta será de 7 días hábiles desde que se solicite la consulta por parte de Mutualia hasta que se realice y se envíe el informe por parte del personal especialista. Dicho informe se entregará a Mutualia vía telemática encriptada a un buzón de correo electrónico que Mutualia facilitará una vez entre en vigor el contrato, siempre dentro del marco de la normativa sobre Protección de Datos (LOPD). En los informes de las consultas de especialistas se valorará la capacidad laboral del paciente.
La atención en consulta externa especializada a nuestros/as pacientes deberá realizarse de acuerdo con la hora de citación, no debiendo demorarse la espera para ser atendidos por el personal facultativo más de 15 minutos.
Si resultara necesario realizar técnicas exploratorias invasivas o con posibilidades de reacciones adversas no previsibles, el/la médico especialista deberá informar con anterioridad al/a la paciente derivado/a, tanto de los procedimientos a los que va a ser sometido/a y de los riesgos que los mismos conlleven, como de los resultados esperados, rellenando el preceptivo consentimiento escrito informado.
## f) Rehabilitación
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Dentro del gimnasio deberá existir una zona exclusiva para los/las pacientes de Mutualia con todos los medios necesarios para la realización del tratamiento rehabilitador, dicha instalación no podrá ser utilizada por pacientes ajenos/as a la Mutua en el horario de 8:00 a 15:00 de lunes a viernes. Este requisito deberá cumplirse siempre bajo el compromiso de Mutualia de precisar una asistencia de 11.000 sesiones de Rehabilitación al año, si se diera el caso de no cumplir con este mínimo, se creará una comisión en la que tanto Mutualia como el/la adjudicatario/a puedan acordar unas nuevas condiciones sobre este aspecto.
## CLÁUSULA 4ª.- MEDIOS HUMANOS
La oferta presentada deberá comprender el personal necesario para la correcta realización y gestión de servicio objeto del presente contrato. Asimismo, deberá disponer del personal adicional para las sustituciones necesarias, previstas e imprevistas, para que los servicios se presten con plena efectividad.
El CH deberá contar como mínimo con:
| PERSONAL ASISTENCIAL | DEDICACIÓN/HORAS |
|--------------------------------------------------------------------|--------------------|
| Servicio médico de urgencias | 24 horas/365 días |
| Personal de quirófano con su correspondiente personal de anestesia | 24 horas/365 días |
| Servicio de Hospitalización | 24 horas/365 días |
Deberá contar con un equipo humano quirúrgico cualificado para la realización de las intervenciones quirúrgicas tanto las urgentes indemorables como las programadas en las especialidades quirúrgicas requeridas en la cobertura asistencial de la cláusula 4ª del presente pliego.
Asimismo, deberá contar con el personal médico especialista y demás personal sanitario necesario para dar la cobertura asistencial y cumplir con los tiempos de respuesta establecidos en el presente pliego.
El servicio de urgencias deberá contar como mínimo, con el siguiente personal de manera presencial durante todo el horario de cobertura:
- Un facultativo
- Personal de Enfermería
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Para el cumplimiento de la prestación de asistencia quirúrgica será imprescindible disponer del siguiente personal:
- Médicos cirujanos
- Médicos anestesistas.
- Instrumentista.
- DUE o auxiliar de campo.
Para consultas de especialistas se debe contar como mínimo con un médico especialista de cada una de las especialidades requeridas en la cláusula 4ª del presente pliego.
La empresa adjudicataria deberá proporcionar en la memoria una relación del personal facultativo según las diferentes especialidades (Mutualia se reserva el derecho de solicitar la formación y experiencia que requiera cada función, así como cualquier otra información complementaria durante el proceso de valoración o durante la ejecución del contrato).
Si durante la ejecución del contrato surgieran exigencias de formación y de acreditación oficial para la empresa adjudicataria o su personal dependiente, la empresa adjudicataria estará obligada a proporcionar y facilitar dicha formación a todo el personal que lo requiera.
El personal que vaya a prestar los servicios objeto de este contrato no podrá estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la normativa vigente.
Son de exclusiva responsabilidad de la empresa Adjudicataria la titularidad de las relaciones laborales. Así mismo, la empresa adjudicataria deberá contratar, con tal fin, el personal que resulte necesario, el cual dependerá exclusivamente de aquélla, quedando obligada a cumplir respecto de su personal los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario/a, aplicando en su totalidad el convenio colectivo del sector y el resto de las disposiciones vigentes, tanto en materia laboral como la referida a la prevención y salud en el trabajo.
Se valorará de forma positiva el conocimiento del euskera del personal que vaya a prestar los servicios objeto del contrato.
## CLÁUSULA 5ª.- FACTURACIÓN
La facturación se realizará por acto médico y por conceptos individuales.
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En el Anexo II se detallan los actos médicos y pruebas complementarias de uso más probable.
Si el/la licitador/a, con sus propios medios, puede realizar cualquier otra actividad, prueba o servicio que no está reflejada en la tabla, podrá ofertarla incluyendo en la oferta económica la tarifa. De esta manera, en caso de que excepcionalmente se precisara dicha prueba, por parte de Mutualia, podrá ser solicitada siempre y cuando no se pudiera realizar con medios propios, públicos o de otras Mutuas en igualdad de condiciones.
A los efectos de cumplimentar la oferta económica, deberá entenderse:
## HOSPITALIZACIÓN:
ESTANCIA DÍA COMPLETO: El ingreso en habitación individual/día (por un espacio superior a 12 horas o inferior si abarca, al menos en parte, el periodo nocturno (24h a 7h) que incluirá cuatro comidas diarias (Desayuno, comida, merienda y cena) del paciente ingresado.
Igualmente, se incluirá la atención de enfermería, pase de visita diario del personal médico especialista del servicio responsable por el que se ha hospitalizado/intervenido al paciente (excluyéndose las interconsultas de otros especialistas), atención del médico de guardia, material de curas de uso habitual, medicación, analítica básica (Recuento, formula, plaquetas, hematocrito, V.S., Na, K, Urea, Creatinina, calcio y albumina. Anormales de orina y sedimento, urocultivo), Radiología convencional, ecografía, ECG, material y fungibles empleados durante la estancia del paciente, gases medicinales y/o terapéuticos y la limpieza diaria de la habitación en condiciones óptimas de uso. Se tendrá en cuenta el día de ingreso, independientemente de la hora que se produzca. El día de alta no se facturará.
Se deberá especificar en la factura a cargo de qué servicio o médico se ingresa al paciente.
Exclusiones: Pruebas cruzadas y transfusiones. Anatomía patológica. Medicación y material especial no habitual. Genética y biología molecular y pruebas diagnósticas especiales como TAC y resonancia. Costes derivados del uso de teléfono, televisión y manutención del acompañante que se facturarán al interesado.
ESTANCIA HOSPITAL DE DÍA/ MEDIA ESTANCIA: la tarifa incluye el ingreso inferior a 12 horas y siempre que no medie el periodo nocturno. Igualmente, se incluirá la atención de enfermería, pase de visita del personal médico especialista del servicio responsable por el que se ha hospitalizado/intervenido al paciente (excluyéndose las interconsultas de otros especialistas), atención del médico de guardia, material de curas de uso habitual, medicación, analítica básica , Radiología convencional, ecografía, ECG, material y fungibles empleados durante la estancia del paciente, gases medicinales y/o terapéuticos y la limpieza de la habitación en condiciones óptimas de uso y una o dos comidas dependiendo del horario de estancia del paciente.
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Exclusiones: Pruebas cruzadas y transfusiones. Anatomía patológica. Medicación y material especial no habitual. Genética y biología molecular y pruebas diagnósticas especiales como TAC y resonancia. Costes derivados del uso de teléfono, televisión y manutención del acompañante que se facturarán al interesado.
## HONORARIOS CONSULTAS Y URGENCIAS:
CONSULTAS ESPECIALISTAS: Consultas externas (Primera consulta y sucesivas)
Estará incluido el uso de instalaciones, honorarios profesionales y resto de personal sanitario, curas, inyectables, medicación, fungibles y material sanitario necesario para la correcta resolución de la asistencia sanitaria en la consulta. En caso de patología músculo esquelética se incluirán asimismo infiltraciones mixtas cortico-anestésicas articulares o de partes blandas, inmovilizaciones con yeso para tratamiento de fractura y /o luxaciones de cualquier localización e inmovilizaciones con yeso para el tratamiento de lesiones partes blandas, articulares y periarticulares y retirada de yesos. No se incluyen las pruebas de imagen. Asimismo, está incluido la realización de informe médico sobre la asistencia prestada.
## FORFAIT SERVICIO DE URGENCIAS:
INCLUYE: La tarifa incluirá los honorarios médicos de los facultativos que presten servicio en la unidad de urgencias y del médico especialista en Traumatología, box de observación, radiología convencional, ecografía, ECG, analítica básica, curas, medicación administrada, aerosolterapia y material fungible, inmovilizaciones con yeso para tratamiento de fractura y /o luxaciones de cualquier localización e inmovilizaciones con yeso para el tratamiento de lesiones partes blandas, articulares y periarticulares y retirada de yesos.
EXCLUYE: TAC, resonancias, endoscopias y conceptos de analítica no básica y radiología no convencional.
## INTERCONSULTA ESPECIALISTAS EN URGENCIAS U HOSPITALIZACIÓN:
Honorarios de las interconsultas de médicos especialistas en el servicio de urgencias y en Hospitalización (a excepción del personal médico de la especialidad responsable del ingreso y del especialista en Traumatología y Cirugía Ortopédica en el caso de la urgencia). Los honorarios incluyen curas, inyectables, medicación, fungibles y material sanitario necesario para la correcta resolución de la asistencia sanitaria en la urgencia u hospitalización. En caso de patología músculo esquelética se incluirán asimismo infiltraciones mixtas cortico-anestésicas articulares o de partes blandas y artrocentesis, inmovilizaciones con yeso para tratamiento de fractura y /o luxaciones de cualquier localización e inmovilizaciones con yeso para el tratamiento de lesiones partes blandas, articulares y periarticulares y retirada de yesos.
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## TRATAMIENTO COMBINADO DE REHABILITACIÓN:
Estará incluido el uso de instalaciones, honorarios profesionales del fisioterapeuta y resto de personal sanitario, fungibles y material sanitario necesario para la correcta realización de la asistencia. Tarifa por sesión/día.
## INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS:
Se establecen unos Forfait para las intervenciones que es probable que se realicen con mayor frecuencia:
## Forfait intervenciones cirugía general y digestiva:
La tarifa incluye: preoperatorio, los honorarios médicos del cirujano y ayudantía, honorarios anestesistas, personal auxiliar de quirófano, derechos de quirófano, estancia URPA, estancia hospitalaria, medicación habitual, Radiología convencional, analítica básica, aparataje quirúrgico, fungibles y resto de material sanitario. Asimismo, se incluye la malla.
## Forfait artroplastia de cadera:
La tarifa incluye: preoperatorio, los honorarios médicos del cirujano y ayudantía, honorarios anestesistas, personal auxiliar de quirófano, derechos de quirófano, estancia URPA, estancia hospitalaria, medicación habitual, Radiología convencional, analítica básica, aparataje quirúrgico, fungibles y resto de material sanitario.
NO se incluye: El material protésico y de ostesíntesis.
## Forfait intervenciones neurocirugía:
La tarifa incluye: preoperatorio, los honorarios médicos del cirujano y ayudantía, honorarios anestesistas, personal auxiliar de quirófano, derechos de quirófano, estancia URPA, estancia hospitalaria, medicación habitual, Radiología convencional, analítica básica, aparataje quirúrgico y material sanitario fungible. NO se incluye: material de osteosíntesis o específico de la intervención.
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Para el resto de las intervenciones no reflejadas en el Anexo II, se tendrán en cuenta la clasificación de las intervenciones y/o actos médicos que corresponden a la Clasificación Terminológica y Codificación de Actos y Técnicas Médicas publicada por la Organización Médica Colegial.
## CLÁUSULA 6ª.- CONSIDERACIONES GENERALES
El/la adjudicatario/a asume y se compromete al cumplimiento de todas y cada una de las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones o normas editadas por los Organismos oficiales competentes en la materia que nos ocupa.
Cualquier disposición de rango legal que pudiera ser publicada durante la vigencia del contrato, será asumida por el/la adjudicatario/a, tanto en su cumplimiento como en el coste económico que pueda suponer.
La empresa adjudicataria garantizará el cumplimento de la normativa legal vigente y la asistencia adecuada a los/las pacientes (igualdad de trato, protección de datos para usuarios/as, de los derechos y deberes del/de la paciente en la prestación del servicio, protección y seguridad del/de la paciente durante el tiempo de exploración, documentación sobre consentimiento informado, comunicación e información específica al/a la paciente sobre la asistencia sanitaria a realizar y se le informará del mecanismo y soporte de las reclamaciones y sugerencias, poniendo a disposición del/de la paciente, en caso necesario, las correspondientes hojas de reclamación).
Serán objeto de valoración las mejoras y servicios relacionados con el objeto del contrato no incluidos en el presente pliego que se propongan para la prestación del servicio.
## CLÁUSULA 7ª.- RESPONSABLE DEL CONTRATO Y COMUNICACIÓN
La responsabilidad de la buena ejecución de los servicios que se contratan estará a cargo del Responsable del Contrato que será la persona en quién la dirección de Mutualia delegue las funciones expresadas en los Pliegos para velar por la correcta prestación del servicio.
La persona responsable del contrato de Mutualia ostenta la facultad de supervisar y de ser informada, de la realización de los trabajos contratados.
La empresa adjudicataria designará una persona coordinadora como interlocutora única con la persona Responsable del contrato de Mutualia en relación con la prestación del servicio o para resolver cualquier consulta. Deberá aportar e-mail y nº de teléfono de contacto (Anexo I del presente pliego) y tener accesibilidad para facilitar la comunicación con la persona responsable del contrato de Mutualia.
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Deberá realizarse un seguimiento del servicio entre el/la adjudicatario/a y Mutualia, así como de las incidencias que se detecten, a través de análisis y reuniones periódicas. El/la adjudicatario/a realizará un parte mensual donde reflejará las principales incidencias, urgencias.
## CLÁUSULA 8ª- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Las empresas participantes en el presente expediente de contratación, y especialmente la empresa adjudicataria en la ejecución del contrato, se deberán comprometer a un estricto cumplimiento de la normativa vigente (estatal y de la Unión Europea), en materia de protección de datos de carácter personal y, muy especialmente, a la confidencialidad sobre los datos de carácter personal a los que pueda tener acceso con ocasión de la prestación del servicio.
En concreto, se deberá cumplir lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 General de Protección de Datos (RGPD), en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD; y demás normativa complementaria o que le sea de aplicación vigente o que se apruebe en un futuro, advirtiéndose que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual ESENCIAL a los efectos del art. 211.1 f) de la Ley 9/2017 de Contratación del Sector Público como causa de resolución por incumplimiento de la obligación principal del contrato.
Conforme al art. 116.1 Ley 9/2017 de Contratación del Sector Público, en aquellos contratos cuya ejecución requiera de la cesión de datos por parte de entidades del sector público al contratista, el órgano de contratación en todo caso deberá especificar en el expediente de contratación cuál será la FINALIDAD del tratamiento de los datos que vayan a ser cedidos. A este respecto, la FINALIDAD del tratamiento de datos de este expediente queda explicitado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y/o en el Contrato que se suscriba por Mutualia con la empresa adjudicataria.
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Conforme a lo dispuesto en el art. 122.2 de la Ley 9/2017 de Contratación del Sector Público, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28.2 del RGPD, en aquellos contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, adicionalmente en este pliego o en el de condiciones administrativas particulares se hará constar:
- a) La finalidad para la cual se cederán dichos datos.
- b) La obligación del futuro contratista de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.
- c) La obligación de la empresa adjudicataria de presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
- d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior.
- e) La obligación de los licitadores de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
En el supuesto que esta relación contractual exija el tratamiento por la empresa adjudicataria de datos personales por cuenta de Mutualia de los que esta sea RESPONSABLE , la empresa adjudicataria ostentará la condición jurídica de ENCARGADO de Tratamiento, tal y como señala la vigente normativa de protección de datos personales (salvo que la empresa adjudicataria, por su especial naturaleza jurídica y en base a su normativa sectorial, también tenga la condición de RESPONSABLE en cuyo caso tanto Mutualia como la adjudicataria tendrán la consideración de corresponsables en el tratamiento de los datos personales objeto del contrato).
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En el supuesto de que la empresa adjudicataria sea ENCARGADO DE TRATAMIENTO, conforme a lo también previsto en el PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES de este expediente de contratación, se deberá firmar entre ambas partes el correspondiente CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD, SEGURIDAD EN LA INFORMACIÓN Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES según regula el art. 28 RGPD y los arts. 28 y 33 LOPDGDD.
En el caso que la ejecución del contrato principal exija de su tratamiento, los sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de datos de usuarios del Sistema Nacional de Salud, así como los correspondientes tratamientos de sus datos personales, deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea, conforme dispone el art. 46 bis de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estos datos no podrán ser objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional, con excepción de los que hayan sido objeto de una decisión de adecuación de la Comisión Europea o cuando así lo exija el cumplimiento de las obligaciones internacionales; advirtiéndose de que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial.
Así mismo, en caso de que la empresa adjudicataria pueda legal o contractualmente, o sea expresamente autorizada por Mutualia a realizar SUBCONTRATACIÓN de algún servicio objeto de este contrato que suponga a su vez el tratamiento por la empresa subcontratista de datos personales de los que sea responsable Mutualia, la empresa adjudicataria deberá exigir y supervisar a su vez a la empresa subcontratista (SUBENCARGADO de tratamiento) el cumplimiento por este de la normativa de protección de datos personales vigente, conforme a lo indicado en el arriba citado Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. En estos casos de subcontratación, conforme al art. 215.2 b) de la Ley 9/2017 de Contratación del Sector Público (LCSP) la empresa adjudicataria deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71.
Conforme al art. 215.4 LCSP, los SUBCONTRATISTAS quedarán obligados solo ante el CONTRATISTA PRINCIPAL que asumirá, por tanto, la TOTAL RESPONSABILIDAD
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DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO frente a la Administración (en este caso, esta Mutua como poder adjudicador, no administración pública, de este expediente), con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento descriptivo, y a los términos del contrato; incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral a que se refiere el artículo 201, así como de la obligación a que hace referencia el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 referida al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. El conocimiento que tenga la Administración (en este caso, esta Mutua como poder adjudicador, no administración pública, de este expediente) de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a que se refieren las letras b) y c) del apartado 2 del citado art. 215, o la autorización que otorgue en el supuesto previsto en la letra d) de dicho apartado, no alterarán la responsabilidad EXCLUSIVA del contratista principal.
## CLÁUSULA 9ª.- APROBACIÓN
Visto el presente pliego de prescripciones técnicas para la contratación de los servicios de asistencia sanitaria en un Centro hospitalario en Bizkaia en la margen izquierda del Nervión-Comarca Ezkerraldea-Enkarterri para Mutualia, junto con el pliego de condiciones particulares que se acompaña como anexo a éste, y del que forma parte inseparable, el Órgano de Contratación de Mutualia ha tenido a bien dar su aprobación.
Bilbao a 25 de marzo de 2026
MARÍA LOURDES GONDRA EGUSKIZA DIRECTORA GERENTE
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## ANEXO I
## DATOS DE CONTACTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO (ADJUNTAR EN EL SOBRE D EN CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO):
D/Dña. ----------------------------------------------------------------------------------------------- con domicilio en ----------------------------------- ------------------------------------------------ calle -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- y provisto/a del DNI -------------------------------------------------------------, como representante y/o administrador/a de la empresa ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ con domicilio social en ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- y NIF/CIF ---------------------------------------------------------
A efectos de la prestación del servicio, señala como persona coordinadora del servicio a:
- Nombre de la persona de contacto:
- Cargo:
- Dirección de email:
- Número de teléfono:
- Horario:
Esta persona podrá ser sustituidas en cualquier momento remitiendo una comunicación suscrita por el/la adjudicatario/a en este sentido a Mutualia, cumplimentando al efecto los nuevos datos.
En………….., a ……… de……….2021
Fdo. …………..
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## ANEXO II
Los actos médicos y tarifas que forman parte del objeto del contrato son los siguientes:
| CONCEPTOS | ESTIMACIÓN CONSUMO (1 AÑO) | TARIFA MÁXIMA UNITARIA DE LICITACIÓN |
|--------------------------------------------------------------|------------------------------|----------------------------------------|
| SERVICIO DE URGENCIAS | | |
| FORFAIT URGENCIAS | 25 | 173,00 € |
| INTERCONSULTA MÉDICOS ESPECIALISTAS EN SERVICIO DE URGENCIAS | 0 | 92,00 € |
| HOSPITALIZACION | | |
| ESTANCIA DÍA COMPLETO | 2 | 270,00 € |
| HOSPITAL DE DÍA/MEDIA ESTANCIA HOSPITALARIA | 4 | 149,00 € |
| CONSULTAS ESPECIALISTAS | | |
| PRIMERA CONSULTA (TODAS LAS ESPECIALIDADES) | 80 | 90,00 € |
| CONSULTA SUCESIVA (TODAS LAS ESPECIALIDADES) | 80 | 60,00 € |
| INTERCONSULTA HOSPITALIZACIÓN (TODAS LAS ESPECIALIDADES) | 0 | 92,00 € |
| REHABILITACIÓN | | |
| SESIÓN COMBINADA DE RHB | 16.000 | 25,00 € |
| INFILTRACIÓN (no incluye medicacion) | 0 | 44,00 € |
| SESIÓN ONDAS DE CHOQUE (focales y radiales) | 0 | 55,00 € |
| RADIODIAGNÓSTICO Y DIAGNÓSTICO POR IMAGEN | | |
| RADIOLOGÍA CONVENCIONAL 1 POSICIÓN | 800 | 28,00 € |
| RADIOLOGÍA CONVENCIONAL 2 POSICIONES | 0 | 43,00 € |
| RADIOLOGÍA CONVENCIONAL 3 POSICIONES O COLUMNA COMPLETA | 0 | 65,00 € |
| ORTOPANTOMOGRAFÍA | 0 | 54,00 € |
| TELEMETRÍA CRANEO/EEII AP | 1 | 70,00 € |
| ECOGRAFÍA (CUALQUIER LOCALIZACIÓN) | 80 | 77,00 € |
| ECOGRAFÍA ABDOMINAL+PÉLVICA | 0 | 82,00 € |
| ECOGRAFÍA DOPPLER | 0 | 141,00 € |
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| MAMOGRAFIA BILATERAL | 0 | 60,00 € |
|--------------------------------------------------------------------------------|-----|-----------|
| MAMOGRAFIA UNILATERAL | 0 | 45,00 € |
| RESONANCIA SIMPLE | 0 | 210,00 € |
| RESONANCIA DOBLE | 0 | 270,00 € |
| CONTRASTE RESONANCIA | 0 | 68,00 € |
| TAC SIMPLE | 5 | 130,00 € |
| TAC DOBLE | 0 | 170,00 € |
| CONTRASTE TAC | 0 | 13,00 € |
| ARTRORESONANCIA | 0 | 412,00 € |
| TARIFAS CONCRETAS POR ESPECIALIDAD | | |
| ALERGOLOGIA | | |
| PRUEBAS ALÉRGICAS COMPLETAS (LAS NECESARIAS HASTA FORMULACIÓN DEL DIAGNÓSTICO) | 14 | 66,00 € |
| PRUEBAS DE CONTACTO O EPICUTÁNEAS | 80 | 45,00 € |
| TEST DE HIPERACTIVIDAD/PROVOCACIÓN BRONQUIAL (BASAL Y TRAS RESPUESTA) | 0 | 28,00 € |
| ESPIROMETRÍA | 2 | 28,00 € |
| ESPIROMETRÍA CON TEST BRONCODILATADOR | 2 | 40,00 € |
| SESION AEROSOLTERAPIA, AEROSOLES | 1 | 13,00 € |
| FOTOPATCH TEST | 4 | 19,00 € |
| CARDIOLOGÍA | | |
| ELECTROCARDIOGRAMA | 0 | 12,00 € |
| ERGOMETRÍA E.C.G DE ESFUERZO | 0 | 114,00 € |
| ECOCARDIOGRAMA | 0 | 141,00 € |
| ECOCARDIOGRAMA DE ESTRÉS | 0 | 181,00 € |
| HOLTER MONITORIZACION AMBULATORIA | 0 | 90,00 € |
| HOLTER DE PRESION ARTERIAL | 0 | 90,00 € |
| NEUROFISIOLOGÍA | | |
| ELECTROMIOGRAMA (por área) | 0 | 135,00 € |
| ELECTROMIOGRAMA (segundo mismo área) | 0 | 74,00 € |
| ELECTRORRETINOGRAMA | 0 | 135,00 € |
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| POTENCIALES EVOCADOS | 0 | 124,00 € |
|-------------------------------------------------------------------|-----|------------|
| ORL | | |
| PRUEBAS VESTIBULARES | 0 | 79,00 € |
| FIBRORINOLARINGOSCOPIA | 0 | 35,00 € |
| LARINGOSCOPIA | 0 | 41,00 € |
| AUDIOMETRIA | 0 | 13,00 € |
| DERMATOLOGÍA | | |
| ELECTROCOAGULACION, CRIOTERAPIA (cada una) | 0 | 35,00 € |
| PRUEBAS DE CONTACTO O EPICUTANEAS TEST DEL PARCHE | 0 | 46,00 € |
| FOTOPATCH TEST | 0 | 19,00 € |
| ANATOMIA PATOLOGICA | | |
| MUESTRA AP (cada una) | 0 | 70,00 € |
| NEUMOLOGIA | | |
| SESION AEROSOLTERAPIA, AEROSOLES | 0 | 13,00 € |
| ESPIROGRAFIA | 0 | 24,00 € |
| FIBROBRONCOSPIA DIAGNÓSTICA | 0 | 168,00 € |
| PRICK TEST | 0 | 19,00 € |
| TEST DE HIPERACTIVIDAD, DE PROVOCACION Y BRONCODILATACION | 0 | 29,00 € |
| VENTILOTERAPIA Y AEROSOLES CON APARATOS DE PP. II. O ULTRASONIDOS | 0 | 19,00 € |
| UROLOGIA | | |
| CISTOMANOMETRIA | 0 | 52,00 € |
| ESTUDIO FUNCIONAL UROLOGICO COMPLETO | 0 | 130,00 € |
| FLUJOMETRIA | 0 | 19,00 € |
| OFTALMOLOGÍA | | |
| CAMPIMETRIA O PERIMETRIA COMPUTARIZADAS (UNI O BILATERAL) | 0 | 46,00 € |
| PAQUIMETRÍA CORNEAL (UNI O BILTAERAL) | 0 | 24,00 € |
| ECOGRAFIA OFTÁLMICA (UNI O BILATERAL) | 0 | 79,00 € |
| RETINOGRAFIA | 0 | 57,00 € |
| TOMOGRAFIA COHERENCIA OPTICA BILATERAL | 0 | 74,00 € |
| TOPOGRAFIA CORNEAL | 0 | 24,00 € |
| TRAUMATOLOGIA o REUMATOLOGÍA | | |
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| ARTROCENTESIS | 0 | 41,00 € |
|------------------------------------------------------|-----|------------|
| INFILTRACIÓN (no incluye medicación) | 0 | 44,00 € |
| NEUROLOGÍA (NEUROTEK) | | |
| CONSULTA (PRIMERA Y SUCESIVA) | 0 | 125,00 € |
| PROTOCOLO SUDEK | 0 | 250,00 € |
| Estudio PostCovid: Consulta Neurológica | 0 | 110,00 € |
| Estudio PostCovid: Consulta Neuropsicológica | 0 | 110,00 € |
| Estudio PostCovid: disautonomía | 0 | 432,00 € |
| Estudio PostCovid: neuropatía | 0 | 217,00 € |
| Estudio PostCovid: cefalea | 0 | 110,00 € |
| Estudio PostCovid: olfato | 0 | 87,00 € |
| FORFAIT INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS MÁS FRECUENTES-FF | | |
| CIRUGIA GENERAL Y DIGESTIVA | | |
| EVENTRACIÓN | 0 | 2.254,00 € |
| HERNIA INGUINAL o CRURAL UNILATERAL, o UMBILICAL | 1 | 2.254,00 € |
| HERNIA INGUINAL, CRURAL BILATERAL | 0 | 3.518,00 € |
| HERNIA VENTRAL SIN OBSTRUCCION NI GANGRENA | 0 | 3.518,00 € |
| TRAUMATOLOGIA | | |
| ARTROPLASTIA DE CADERA | 0 | 7.600,00 € |
| NEUROCIRUGÍA | | |
| HERNIA DISCAL CERVICAL (sin material) | 0 | 4.694,00 € |
| ESTENOSIS CERVICAL (sin material) | 0 | 6.640,30 € |
| HERNIA DISCAL LUMBAR (sin material) | 0 | 4.406,00 € |
| ARTRODESIS LUMBAR (ESTENOSIS DE CANAL (sin material) | 0 | 6.691,30 € |
| INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS (NO FORFAIT) | | |
| HONORARIOS MÉDICOS TRAUMATOLOGIA | | |
| ARTROSCOPIA CODO, MUÑECA. | 0 | 1.137,00 € |
| ARTROSCOPIA TOBILLO | 0 | 1.137,00 € |
| ARTROSCOPIA RODILLA, MENISCECTOMIA | 0 | 1.137,00 € |
| ARTROSCOPIA MENISCECTOMIA MAS SINOVITIS | 0 | 1.303,00 € |
| ARTROSCOPIA RODILLA PARA LIGAMENTOPLASTIA | 0 | 1.972,00 € |
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| ARTROSCOPIA LESIONES COMPLEJAS LIGAMENTOS Y MENISCO | 0 | 2.194,00 € |
|-------------------------------------------------------|-----|--------------|
| ARTOLISIS RODILLA POR ARTROSCOPIA | 0 | 1.972,00 € |
| SINOVECTOMIA RODILLA POR ARTROSCOPIA | 0 | 1.972,00 € |
| ACROMIOPLASTIA POR ARTROSCOPIA | 0 | 1.750,00 € |
| ACROMIOPLASTIA MAS SUTURA MANGUITOS POR ARTROSCOPIA | 0 | 1.972,00 € |
| ARTROSCOPIA TEMPORO MANDIBULAR ATM | 0 | 1.972,00 € |
| ARTROSCOPIA CADERA | 0 | 4.198,00 € |
| DEDO RESORTE | 0 | 669,00 € |
| DEDO MARTILLO | 0 | 669,00 € |
| DUPUYTREN | 0 | 781,00 € |
| EXOSTOSIS DE PIE | 0 | 669,00 € |
| HALLUX VALGUS UNILATERAL+ DEDO MARTILLO. | 0 | 1.227,00 € |
| HALLUX VALGUS BILBATERAL+ DEDO MARTILLO. | 0 | 1.338,00 € |
| OSTEOTOMÍA FEMUR TIBIA PERONE | 0 | 1.782,00 € |
| PRÓTESIS RODILLA | 0 | 5.312,00 € |
| TENOTOMIAS | 0 | 559,00 € |
| TUNEL CARPIANO | 0 | 891,00 € |
| HONORARIOS MÉDICOS CIRUGIA GENERAL | | |
| FÍSTULA ANAL, ESFINTEROTOMIA, FISTULECTOMIA | 0 | 1.003,00 € |
| HONORARIOS MÉDICOS CIRUGIA VASCULAR | | |
| VARICES, SAFENECTOMIA, CIRUGIA VASCULAR PERIFERICA | 0 | 1.003,00 € |
| HONORARIOS MÉDICOS ORL | | |
| DRENAJE TIMPANO-MASTOIDEO | 0 | 669,00 € |
| MICROCIRUGIA LARINGEA | 0 | 669,00 € |
| MIRINGOTOMIA Y COLOCACION DE DRENAJES | 0 | 669,00 € |
| OTOPLASTIA UNILATERAL | 0 | 669,00 € |
| OTOPLASTIA BILATERAL | 0 | 891,00 € |
| RINOSEPTOPLASTIA | 0 | 837,00 € |
| TIMPANOPLASTIA | 0 | 503,00 € |
| HONORARIOS MÉDICOS OFTALMOLOGÍA | | |
| CATARATA | 0 | 781,00 € |
| DESPRENDIMIENTO DE RETINA | 0 | 694,00 € |
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| ECTROPION O ENTROPION | 0 | 336,00 € |
|----------------------------------------|-----|------------|
| VITRECTOMIA | 0 | 1.393,00 € |
| HONORARIOS MÉDICOS CIRUGIA PLASTICA | | |
| DESVIACIÓN NARIZ CORREC.ESTETICA | 0 | 781,00 € |
| OTOPLASTIA BILATERAL | 0 | 891,00 € |
| OTOPLASTIA UNILATERAL | 0 | 669,00 € |
| RINOSEPTOPLASTIA | 0 | 837,00 € |
| TENOTOMIA | 0 | 559,00 € |
| HONORARIOS ANESTESIOLOGIA (NO FORFAIT) | | |
| CONSULTA PREOPERATORIO | 1 | 62,00 € |
| BLOQUEO | 0 | 188,00 € |
| REANIMACION | 0 | 222,00 € |
| GRUPO 1 | 0 | 180,00 € |
| GRUPO 2 | 0 | 251,00 € |
| GRUPO 3 | 1 | 346,00 € |
| GRUPO 4 | 0 | 451,00 € |
| GRUPO 5 | 0 | 594,00 € |
| GRUPO 6 | 0 | 691,00 € |
| DERECHOS DE QUIROFANO (NO FORFAIT) | | |
| GRUPO 0 | 0 | 114,00 € |
| GRUPO 1 | 0 | 135,00 € |
| GRUPO 2 | 0 | 282,00 € |
| GRUPO 3 | 0 | 382,00 € |
| GRUPO 4 | 1 | 472,00 € |
| GRUPO 5 | 0 | 617,00 € |
| GRUPO 6 | 0 | 739,00 € |
| GRUPO 7 | 0 | 841,00 € |
| GRUPO 8 | 0 | 953,00 € |
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