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Pliego Técnico
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS DE BEBIDAS CALIENTES Y FRÍAS, Y DE ALIMENTOS SÓLIDOS, EN EL ACUARTELAMIENTO DE 'VALDESPARTERA' Y DETERMINADOS ACUARTELAMIENTOS DE LA COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE ZARAGOZA
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## 1. INTRODUCCIÓN.
## 1.1 OBJETO Y ALCANCE DEL PPTP.
El objeto del contrato es la prestación del servicio de instalación y mantenimiento de máquinas expendedoras de bebidas (frías y calientes) y alimentos sólidos, en Acuartelamiento de 'Valdespartera' y varios Acuartelamientos de la Comandancia de la Guardia Civil de Zaragoza que se relacionan en el Anexo 1 del pliego de prescripciones técnicas
El alcance de este Pliego será el que indique el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP). En este documento se determinan las condiciones, características o especificaciones por las que haya de regirse la realización de la prestación objeto del contrato.
## 1.2 NORMATIVA ESPECÍFICA DE APLICACIÓN.
- Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
- Decreto 290/2003, de 4 de junio, por el que se fijan las normas relativas a la formación de manipuladores de alimentos, el procedimiento de autorización de empresas y entidades de formación y se crea el registro de las mismas.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
- Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.
- Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.
- Además de las anteriores, cualquier otra norma de ámbito autonómico o local que sea de aplicación a las empresas del sector.
## 2. REQUISITOS TÉCNICOS.
## 2.1 CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO.
La empresa adjudicataria se compromete a realizar la prestación del servicio de la instalación y mantenimiento de máquinas expendedoras de bebidas (frías y calientes) y alimentos sólidos en el ámbito del Acuartelamiento de 'Valdespartera' de Zaragoza y varios Acuartelamiento de la Comandancia de la Guardia Civil de Zaragoza en los lotes asignados.
La explotación del mencionado servicio será a riesgo y ventura del adjudicatario, sin derecho, por tanto, a indemnización por causas, averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio, ni por la disminución del número de usuarios que pudiera producirse en relación al inicialmente previsto.
La empresa adjudicataria se compromete a la integración de las máquinas expendedoras en marquesinas logotipadas con imagen y colores corporativos de la Guardia Civil, que serán facilitados a la empresa adjudicataria. Además, las máquinas expendedoras permitirán el pago con tarjeta de crédito/débito y/o sistema de pago 'contactless'.
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## 2.2 PERSONAL.
## 2.2.1 GENERALIDADES.
El adjudicatario deberá destinar a la prestación del servicio contratado, el personal preciso para atender las obligaciones que se derivan del presente contrato, debiendo presentar, a tal efecto, relación del personal que asignará al mismo para la realización del servicio.
Es obligación del contratista la sustitución del personal y la cobertura de las ausencias que se produzcan (enfermedad, asuntos particulares, vacaciones u otras circunstancias previstas en la normativa de aplicación).
El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que, por tanto, tiene y asume todas las obligaciones y derechos inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, retributiva, de seguridad social, de salud laboral, de prevención de riesgos, sanitarias y de cualquier índole que vengan exigidas por disposiciones legales o por Convenios Colectivos o Pactos que resulten de aplicación.
El hecho de no estar al corriente en los compromisos establecidos con la Hacienda Pública o la Seguridad Social, será causa de resolución del contrato. El incumplimiento de tales obligaciones por parte de la empresa adjudicataria por las infracciones que pudieran cometerse en las materias señaladas o las que eventualmente pudiera cometer el personal dependiente del adjudicatario, no generará responsabilidades de ningún orden para la Administración ya que, como consecuencia de este contrato, la Administración contratante no adquiere ningún vínculo legal con el personal contratado por la adjudicataria, ni aún en el supuesto de que las medidas que adopte ésta con el personal, incluido el despido, tengan por causa el cumplimiento o ejecución del contrato.
Siempre que se le solicite, el adjudicatario deberá presentar ante quien designe el órgano de contratación copia de los documentos TC1 y TC2, acreditativos de haber cumplido sus obligaciones de cotización, respecto de los trabajadores contratados que prestan sus servicios en los espacios y locales donde se localiza la prestación del servicio objeto del contrato. Igualmente, el adjudicatario, cuando le sea requerido formalmente, deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, mediante la presentación de certificaciones positivas de ambos organismos, en los términos establecidos en el Real Decreto 1098/2001.
La situación laboral del personal contratado por el adjudicatario, una vez llegado al término del contrato dependerá de lo que al efecto establece la normativa vigente en la materia.
El Órgano de Contratación podrá inspeccionar al personal y su trabajo en todo lo que se refiera a la contrata.
## 2.2.2 RESPONSABILIDADES.
El adjudicatario queda obligado a formalizar con anterioridad al inicio de la ejecución del contrato una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, que ampare todos los riesgos derivados de las actuaciones del personal a su servicio, así como de cualquier daño que pudiera causar a personas o bienes de la Administración contratante o de terceros, bien sea a través de su personal o el de sus proveedores.
Si el importe de los daños producidos fuera superior a la cantidad asegurada, la diferencia será de cuenta de la Empresa Adjudicataria.
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Como justificante acreditativo de la formalización de la póliza, deberá presentar antes de la formalización del contrato, copia del recibo justificativo del pago de la cuota que cubra el período de vigencia del contrato. En caso de prórroga, deberá asimismo presentarla en los mismos términos.
El adjudicatario estará obligado a dar de alta a todo su personal, en la Seguridad Social, estar al día en las cuotas de la misma, tener cubierto el riesgo de accidentes de trabajo, atenerse a lo dispuesto en los Convenios aplicables y velar por el cumplimiento de la legislación sobre Higiene y Seguridad en el trabajo.
## 2.3. CONDICIONES ESPECIALES DEL SERVICIO.
Los horarios del servicio y las restricciones a la expedición de determinados artículos con carácter general o en períodos de horarios determinados serán fijados por la Administración contratante.
Todos los productos servidos por la empresa adjudicataria tendrán que estar sujetos a lo especificado en la normativa vigente en cada momento.
La empresa adjudicataria conserva la propiedad de las máquinas que instale, siendo de su cuenta y cargo la instalación, reparación-y conservación, así como el suministro de los productos para las mismas; y de cuenta y cargo de la Guardia Civil los consumos de agua y electricidad ocasionados por su funcionamiento.
El adjudicatario se compromete a dejar en su estado originario, a instancia de la Guardia Civil, a la terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, las zonas en las que hubieran estado instaladas las máquinas y hubieran precisado obras de adaptación por parte de aquél.
La ubicación de las máquinas será decidida por la Guardia Civil y su instalación, deberá cumplir con la normativa vigente en cada momento y ser sometida a la aprobación de la Guardia Civil.
En caso de necesidad estimada por la Guardia Civil, la empresa quedará obligada a reubicar las máquinas instaladas, cuantas veces se le indique, sin que por ello tenga derecho a contraprestación alguna. Asimismo, la Administración podrá negociar con la adjudicataria la instalación de nuevas máquinas en otros acuartelamientos de la Comandancia de la Guardia Civil si se estima dicha necesidad, revisándose proporcionalmente el canon de uso.
La empresa adjudicataria se compromete a mantener en todo momento las máquinas en perfectas condiciones de utilización debidamente aprovisionadas de los productos a expender, respondiendo en todo momento de la buena calidad de los mismos, plazo de caducidad, estando éstos debidamente registrados en Sanidad, por cada uno de los fabricantes.
Igualmente, la empresa adjudicataria se compromete a tener el personal necesario para la asistencia técnica y buen funcionamiento del servicio, reparando en un plazo máximo de 24 horas o el que se derive del inferior de la oferta, cualquier eventual avería que pueda producirse en las máquinas y a sustituirlas si no fuera posible su reparación en un plazo máximo de tres (3) días naturales. Para estos fines la empresa, adjudicataria utilizará sus propios medios.
Todas las máquinas instaladas dispondrán de tarjetas identificativas, en las que deberá especificarse un número de teléfono para solicitar cualquier información o reclamación, así como, si se tratara de alguna avería, el teléfono del servicio técnico.
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Asimismo, las máquinas deberán estar equipadas de monedero electrónico que admita cualquier tipo de moneda al uso, con devolución del cambio y si es posible indicación de 'precio exacto' si se agota el cambio. Además, las máquinas expendedoras permitirán el pago con tarjeta de crédito/débito y/o sistema de pago 'contactless'.
La empresa adjudicataria se compromete a reponer las existencias de las máquinas de forma que esté siempre en disposición de prestar el servicio para el que fueron instaladas y a efectuar visitas periódicas a cada una de las máquinas en horario de lunes a viernes, de 09,00 a 14,00 horas, garantizando en todo caso el correcto funcionamiento de las mismas, así como el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene vigentes.
La Guardia Civil facilitará, dentro del horario indicado en la cláusula anterior, la entrada y circulación por los locales donde se hallen situadas las máquinas, a los empleados del contratista encargados del aprovisionamiento y mantenimiento de las mismas respetando éstos, en todo caso, las normas de seguridad y organización que tiene establecida la Guardia Civil en cuanto a identificación y control.
Si las máquinas no fueran rentables comercialmente, el adjudicatario, de mutuo acuerdo con la Guardia Civil podrá sustituirlas por otras de menor capacidad, siempre que sean suficientes para el servicio que haya de prestar.
El adjudicatario designará un RESPONSABLE de quien dependerá, con carácter exclusivo y a todos los efectos, el personal que presta los servicios. De la misma forma, la Guardia Civil designará una persona de su plantilla que estará en relación con el adjudicatario a fin de resolver cuantos problemas pudieran producirse con respecto al objeto del contrato.
La empresa adjudicataria se compromete a reparar cualquier daño producido por sus aparatos en las instalaciones de la Guardia Civil, ya sea durante el traslado, colocación o con ocasión del funcionamiento de los mismos, así como los que dichas máquinas expendedoras pudieran ocasionar a personas, para lo cual deberá tener suscrita una póliza de responsabilidad civil que cubra cualquier daño en personas, o cosas, sobre cuya existencia y vigencia deberá darse prueba a la Administración.
Al término de la vigencia del contrato, la empresa contratista se obliga a proceder a la retirada de las máquinas instaladas utilizando para ello sus propios medios y a su costa. De no hacerlo así, la Guardia Civil podrá ejercitar las acciones que en Derecho sean procedentes.
La Guardia Civil no responderá en ningún caso de los daños que para las máquinas puedan derivarse de su utilización por terceros.
El adjudicatario, en ningún caso tendrá ni adquirirá ningún derecho sobre los locales o instalaciones fijas o móviles, a excepción de los derechos derivados de su utilización durante el período de vigencia del contrato.
El adjudicatario será plenamente responsable de toda pérdida, deterioro, destrucción o inutilización de las instalaciones o dependencias afectadas por el servicio, salvo fuerza mayor.
La Empresa Adjudicataria se abstendrá de hacer cualquier tipo de publicidad dentro de los locales, salvo con autorización expresa.
Queda prohibida la instalación de máquinas expendedoras de tabaco, de conformidad con la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo.
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De conformidad con la Orden General número 5, de 7 de marzo de 2001, las máquinas expendedoras no ofrecerán bebidas alcohólicas.
## 2.4 LIMPIEZA
La recogida de los residuos generados, sólidos o líquidos, será responsabilidad de la empresa adjudicataria, adecuándose a lo que en cada momento establezca la legislación vigente.
## 3. REQUISITOS DE CALIDAD.
## 3.1 INSPECCIONES TÉCNICAS.
La Administración contratante tendrá derecho de acceso a la totalidad de las instalaciones que utilice la empresa adjudicataria en el Acuartelamiento.
La empresa adjudicataria deberá facilitar en todo momento, la labor del personal competente y cualificado nombrado al efecto, poniendo a su disposición la documentación, personal y elementos auxiliares necesarios para ello.
Podrá ser objeto de control por parte de los representantes competentes y cualificados de la Administración: El estado y uso que se haga de las instalaciones y su entorno, equipos y materiales y medios de transporte.
- Los productos ofertados.
- Los medios de conservación empleados.
Este control podrá realizarse mediante una o varias de las siguientes operaciones:
- Inspección; toma de muestras y análisis.
- Examen del material escrito y documental.
## 4. PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES.
Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
Zaragoza, a fecha de la firma electrónica.
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## ANEXO I
## RELACIÓN DE LOTES Y UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LOS MISMOS. DESCRIPCIÓN DE NECESIDADES POR LOTE
## COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE ZARAGOZA
## (LOTE 1) COMPAÑÍA CALATAYUD:
## a) Puesto de Calatayud
## SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- Bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua)
## b) Destacamento de Daroca
## SERVICIO DE:
- Bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua)
## (LOTE 2) COMPAÑÍA DE CASPE:
## a) Puesto de Caspe
## SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- Bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua).
- Sólidos Snacks/bollería.
## (LOTE 3) COMPAÑÍA DE TARAZONA:
## a) Puesto de Tarazona
## SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- Bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua)
- Sólidos Snacks/bollería
## b) Puesto de La Almunia de Doña Godina:
## SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- Bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua)
- Sólidos Snacks/bollería.
## (LOTE 4) COMPAÑÍA EJEA DE LOS CABALLEROS:
## a) Puesto de Alagón:
## SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- b) Puesto de Ejea de los Caballeros SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
## (LOTE 5) ACUARTELAMIENTOS DE ZARAGOZA Y COMPAÑÍA DE CASETAS:
## A) Acuartelamiento Zaragoza
## SERVICIO DE:
- -3 máquinas bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- -4 máquinas bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua)
- -3 máquinas sólidos Snacks/bollería
## B) Puesto de Casetas:
## SERVICIO DE:
- Bebidas frías (0,5 y 1,5 litros de agua)
## C) Puesto de Alfajarín:
## SERVICIO DE:
- Bebidas calientes (cafés, chocolates e infusiones).
- Bebidas frías (isotónicas, refrescos, 0,5 y 1,5 litros de agua)
- -Sólidos Snacks/bollería
En la propuesta económica deberá de figurar el lote/s a los que se licita y ofertar el precio de la totalidad de artículos y productos incluidos en el modelo de proposición del ANEXO 2A del Cuadro de Características Técnicas de cada lote elegido.