Acta nº 5 (036001OTR_OE.pdf)
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## ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DENOMINADO
PÓLIZAS DE SEGUROS PARA LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA. LOTE I: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y PATRIMONIAL, LOTE II: SEGURO DE DAÑOS MATERIALES, LOTE III: SEGURO DE VIDA, LOTE IV: SEGURO DE FLOTA DE VEHÍCULOS, LOTE V: SEGURO DE EMBARCACIONES, LOTE VI: SEGURO DE ACCIDENTES, LOTE VII: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL PERSONAL DIRECTIVO Y LOTE VIII: SEGURO DE RIESGO CIBERNÉTICO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ANTICIPADA.
| Expediente nº 41-15/25S | Fecha: 4 de mayo de 2026 |
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| | Acta nº 5 |
Por haberse autorizado mediante Resolución del Rector de fecha 1 de junio de 2020, se celebra la sesión de la mesa de contratación a distancia a través del sistema de videoconferencia Meet, y consiguientemente se constituye por haber quórum suficiente, en el día de la fecha, a las 9.00 horas, la mesa de contratación dispuesta al efecto en el pliego de cláusulas administrativas que rige la contratación referenciada, formada por:
| Presidente | M ª Keyla González Quintero, Jefa del Servicio de Contratación y Patrimonio |
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| Vocales | Juan Manuel Rodríguez González, Asesor Jurídico de la Universidad. |
| Vocales | Corina Martín Arteaga, Interventora de la Universidad |
| Asesor técnico | Bartolomé Redondo y Enrique Vicente Espliguero. Nombramiento por Resolución del Rector |
| S ecretaria | Iluminada Palao González, Jefa de Sección de Contratación. |
## A) REVISIÓN PUNTUACIONES LOTE III. SEGURO DE VIDA
Se inicia la sesión exponiendo la situación que ha dado lugar a una nueva sesión de la Mesa de Contratación que se resumen en: la constatación de un error aritmético en la valoración de las ofertas presentadas en el lote III, seguro de vida. Error que ha dado
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| Este documento incorpora firma electrónica, y es copia auténtica de un documento electrónico archivado por la ULL según la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada en la siguiente dirección https://sede.ull.es/validacion/ | Este documento incorpora firma electrónica, y es copia auténtica de un documento electrónico archivado por la ULL según la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada en la siguiente dirección https://sede.ull.es/validacion/ | Este documento incorpora firma electrónica, y es copia auténtica de un documento electrónico archivado por la ULL según la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada en la siguiente dirección https://sede.ull.es/validacion/ |
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| Identificador | del documento: 8726120 | Código de verificación: agvcw+rD |
| Firmado por: | Iluminada Palao González UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA | Fecha: 07/05/2026 11:42:39 |
| | María Keyla González Quintero UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA | 07/05/2026 12:24:10 |
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lugar a la propuesta de adjudicación, según acta de la sesión número 4 de la Mesa de contratación, de fecha 17 de abril, a la empresa SURNE SEGUROS & PENSIONES, CIF V48083521, del Lote III, seguro de Vida
Los hechos que se constatan son:
1.- Con fecha 22 de abril, en la Plataforma de Contratación del Sector Público, con el usuario: zurich-vida, se solicita los datos pormenorizados de las puntuaciones otorgadas en el Lote III, vida. Solicitado informe a los vocales técnicos, lo emiten indicando que han constatado nuevamente los datos con el anexo aclaratorio sobre la prima remitido por la entidad SURNE, y se ha detectado un error material en la trascripción de las fórmulas de puntuación y su actualización a los dos años de duración del contrato.
2.- La empresa SURNE SEGUROS & PENSIONES presentó su propuesta inicial con fecha 17 de febrero de 2026, en la misma se contiene la proposición económica, que suscitaba dudas a la Mesa y a requerimiento ésta fue aclarada. Por tanto, los datos que debían constar en los cálculos son los contenidos en la aclaración remitida a solicitud de la Mesa, de fecha 24 de marzo de 2026, y no los inicialmente propuestos.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos nstata, además, que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se ha manifestado en diversas ocasiones sobre cómo considerar cuándo concurren errores materiales, de hecho o aritméticos conteniendo en sus manifestaciones, entre otros externos que: entraña un juicio valorativo ". establece: Mesa 'elerrorhadeser"meramentematerial",porunlado,yporotro,"ostensible,palmario
Dado que se trata de una incorrecta transcripción del precio ofertado tomando como referencia el valor inicial y no la oferta presentada en virtud de la solicitud de aclaración requerida por la Mesa, concurren las circunstancias descritas en el párrafo previo y se procede la actualización de las puntuaciones conforme a los documentos incorporados al expediente.
Dicha actualización conlleva una actualización de los cálculos aritméticos de las ofertas presentadas que se traduce en un nuevo orden de clasificación de las empresas. Los citados cálculos han sido refrendados por los Asesores Técnicos de la Mesa mediante informe que se incorpora al expediente.
En el Anexo I a esta Acta se incorporan los nuevos resultados.
## B) CLASIFICACIÓN DE OFERTAS
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| Identificador | del documento: 8726120 | Código de verificación: agvcw+rD |
| Firmado por: | Iluminada Palao González UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA | Fecha: 07/05/2026 11:42:39 |
| | María Keyla González Quintero UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA | 07/05/2026 12:24:10 |
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Conforme dispone el artículo 150.1 LCSP, se establece la clasificación de las proposiciones por su orden de prelación en los Lotes en que no se concurre en presunción de anormalidad, en orden a la puntuación obtenida conforme a los criterios de adjudicación y los Lotes a los que se concurre, según Anexo II de esta Acta, conforme a los nuevos cálculos.
## C) ACUERDO.
En consecuencia, la Mesa acuerda:
- a) Reconocer el error detectado en la valoración de ofertas del LOTE III, en la sesión número 4 de la Mesa de contratación, de fecha 17 de abril, debido a la transcripción incorrecta del precio ofertado por SURNE SEGUROS & PENSIONES, CIF V48083521, dejándola sin efecto , y proceder a una nueva aplicación de las fórmulas establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- b) Otorgar, en base a la transparencia del proceso y la seguridad del mismo, trámite de audiencia a SURNE SEGUROS & PENSIONES sobre el error detectado y las consecuencias derivadas del cálculo de puntuaciones. Transcurrido el plazo otorgado a tal fin sin pronunciamiento, o sin oposición al acuerdo de la mesa,
- c) Elevar propuesta de adjudicación del contrato de servicios denominado PÓLIZAS DE SEGUROS PARA LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA:
Lote III SEGURO DE VIDA
A favor de la proposición presentada por la entidad mercantil MAPFRE VIDA S.A, DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA, con CIF A28229599, por ser la proposición más ventajosa conforme a la puntuación obtenida en los criterios de adjudicación, con una puntuación de 100 puntos sobre 100, por importe de 201.585,94 , excluidos IGIC.
Es todo cuanto se hace constar, y no habiendo más actuaciones, se da por terminada la sesión por el Presidente, a las 10.20 horas del día de la fecha, formalizándose la presente acta en único ejemplar.
LA PRESIDENTA, LA SECRETARIA,
LOS VOCALES,
(Artículo 18.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante acceso a través de la plataforma Plyca).
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Este documento incorpora firma electrónica, y es copia auténtica de un documento electrónico archivado por la ULL según la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada en la siguiente dirección https://sede.ull.es/validacion/
Identificador del documento: 8726120 Código de verificación: agvcw+rD
Firmado por:
Iluminada Palao González UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
Fecha:
07/05/2026 11:42:39
María Keyla González Quintero UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
07/05/2026 12:24:10
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## Lote III: SEGURO DE VIDA
| OFERTA TECNICA | GENERALI | ZURICH VIDA | MAPFRE VIDA | SURNE | VIDA CAIXA | AXA AURORA VIDA | HNA | ALLIANZ |
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| 1. Participación en Beneficios en función de la Siniestralidad | 24,65 | 25,43 | 45,00 | 23,75 | 31,06 | 29,89 | 36,63 | 38,07 |
| OFERTA ECONOMICA | 55 | 55 | 55 | 55 | 55 | 55 | 55 | 55 |
| TOTAL | 79,65 | 80,43 | 100,00 | 78,75 | 86,06 | 84,89 | 91,63 | 93,07 |
## ANEXO II CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
## Lote III. SEGURO DE VIDA
- 1.-MAPFRE VIDA, , que obtiene 100 sobre 100 puntos
- 2.-ALLIANZ, que obtiene 93,07 sobre 100 puntos
- 3.-HNA, que obtiene 91,63 sobre 100 puntos
- 4.-VIDACAIXA, que obtiene 86,06 sobre 100 puntos
- 5.-AXA AURORA, que obtiene 84,89 sobre 100 puntos
- 6.-ZURICH VIDA, que obtiene 80,43 sobre 100 puntos
- 7.-GENERALLI, que obtiene 79,65 sobre 100 puntos
- 8.-SURNE, que obtiene 78,75 sobre 100 puntos
## ANEXO I PUNTUACIONES OBTENIDAS
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| Identificador del | Código de verificación: agvcw+rD |
| Firmado por: Iluminada Palao González UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA | Fecha: 07/05/2026 11:42:39 |
| María Keyla González Quintero UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA | 07/05/2026 12:24:10 |