Acta de apertura sobre evaluable mediante formulas

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<!-- image --> <!-- image --> ACTA DE LA REUNION DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL ADIF ALTA VELOCIDAD CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN DE APERTURA DEL ARCHIVO ELECTRÓNICO O SOBRE N.º 2 RELATIVO A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS OBRAS DE SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE TRACCIÓN, CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN Y TELEMANDO ASOCIADOS DEL TRAMO MURCIALORCA. LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MURCIA-ALMERÍA ## N.º EXPEDIENTE: 3.23/20830.00140 Asisten como miembros de la Comisión: María Luisa Gómez Gordo Presidenta Carlos Quintana Cabello Vocal. Representante de la Asesoría Jurídica. (*) Félix de la Guía Cárdenas Vocal Técnico Mariaemma González Andreu Secretaria Mariano Garrote Heras Vocal. Asesor externo (*). Director de Compras y Contratación (*) En virtud de la Encomienda de Gestión entre el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y ADIF-Alta Velocidad. En Madrid a 13 de septiembre de 2023, siendo las 10:00 horas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, sin necesidad de reunirnos físicamente, celebrando la sesión a distancia, se reúne la Comisión de Valoración de la Entidad Pública Empresarial ADIF Alta Velocidad, para proceder a la apertura y verificación de proposiciones económicas (sobre nº 2) presentada en tiempo y forma por las empresas licitadoras del procedimiento de contratación arriba indicado. 'CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS OBRAS DE SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE TRACCIÓN, CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN Y TELEMANDO ASOCIADOS DEL TRAMO MURCIA-LORCA. LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MURCIAALMERÍA' ## N.º EXPEDIENTE: 3.23/20830.0140 Se inicia la sesión manifestando la Presidenta de la Comisión de Valoración, el deber de abstención por parte de los miembros de la misma y de cuantos hayan intervenido en el procedimiento, en el caso de incurrir en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y recuerda a los Miembros de la Comisión que no puede formar parte de la misma el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de referencia. Asimismo, manifiesta la Presidenta que los miembros de la Comisión, de conformidad con la Política de Prevención y Gestión de Conflicto de Intereses, aprobada por el Consejo de Administración de la entidad, el 29 de enero de 2018, no han manifestado, mediante escrito firmado al efecto, la existencia de conflicto de interés respecto al presente procedimiento, habiendo suscrito todos ellos una declaración de ausencia de conflicto de interés respecto a los procedimientos en los que interviene directa o indirectamente. No habiendo manifestaciones en este sentido por ninguno de los miembros de la Comisión, continúa la sesión. Una vez realizado el cruce de datos siguiendo lo dispuesto en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, MINERVA ha ofrecido el siguiente resultado del análisis de riesgo de conflicto de interés al responsable de la operación: <!-- image --> <!-- image -->

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